PLIEGOS DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA
PLIEGOS DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA
DE EDIFICIOS E INSTALACIONES MUNICIPALES
DE XXXXX XX XXXXXXX-TRAPAGARAN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO
I.- CONTENIDO DEL CONTRATO
1. OBJETO DEL CONTRATO
El contrato que en base al presente pliego se realice tendrá por objeto la realización del servicio de limpieza (interior y exterior) de los edificios e instalaciones municipales de Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran, de conformidad con la documentación técnica que figura en el expediente que tendrá carácter contractual.
Codificación de la nomenclatura CPV: 90910000-9
2. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de duración del contrato será de cuatro (4) años, contado a partir del siguiente día hábil al de formalización del contrato (o excepcionalmente, el que se indique en el propio documento de formalización del contrato), siendo susceptible de prórroga expresa y mutuamente acordada por las partes antes de la finalización de aquél, sin que la duración total de ésta pueda exceder de dos (2) años, es decir, siempre que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, no exceda de seis (6) años, y que las prórrogas no superen, aislada o conjuntamente, el plazo fijado originariamente.
Además en caso de acordarse la prórroga deberá recaer resolución expresa en tal sentido del órgano de contratación con carácter previo a la fecha de finalización del contrato. La falta de resolución expresa determinará la terminación automática del contrato.
El contratista se entenderá incurso en xxxx por el transcurso del plazo citado, no siendo necesaria intimidación previa por parte de la Administración.
3. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y ANUALIDADES
A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado de este contrato, incluido el importe para las eventuales prórrogas, sin incluir el IVA, asciende a:
2.288.135,60 €
Valor estimado incluidas prórrogas (IVA excluido)
El presupuesto máximo de licitación del contrato, sobre el que los licitadores deberán formular sus ofertas, diferenciando la cuantía correspondiente al IVA, será de.
Presupuesto máximo de gasto | 1.525.423,73 € |
18 % IVA | 274.576,27 € |
TOTAL | 1.800.000 € |
Las anualidades presupuestarias del contrato son:
ANUALIDAD | IMPORTE ANUALIDAD (IVA INCLUIDO) |
2012 | 450.000 € |
2013 | 450.000 € |
2014 | 450.000 € |
2015 | 450.000 € |
Ante la posibilidad de iniciar la prestación del servicio con fecha posterior al 1 de enero de 2012, el precio ofertado del primer ejercicio será prorrateado por mensualidades y se abonará el periodo efectivamente prestado.
4. FINANCIACIÓN
Para sufragar el precio del contrato hay prevista financiación con cargo al presupuesto del año en curso. Asimismo, el órgano competente en materia presupuestaria se compromete a reservar los créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados.
5. FORMA DE PAGO
El pago del precio del contrato se realizará contra la presentación y conformidad del correspondiente documento cobratorio y en la siguiente forma:
a) Por períodos mensuales vencidos, el adjudicatario presentará factura en la que se hará constar la relación de edificios con su facturación desglosada, expresando el montante total del precio a satisfacer por el Ayuntamiento.
b) La citada factura deberá entregarse en el Registro del Ayuntamiento.
Efectuados los anteriores trámites, se elevará propuesta de abono a la Presidencia, que a su vez será informada por la Intervención y con este requisito se ordenará y realizará el pago.
6. REVISIÓN DE PRECIOS (arts 89 y ss TRLCSP)
El precio por el que sea adjudicado el Servicio se revisará con arreglo a las siguientes normas:
- Durante la primera anualidad, se abonará el precio ofertado por el contratista en la forma prevista en el Pliego.
- En las anualidades sucesivas se revisará aplicando al mismo, el incremento o decremento interanual que experimente el Índice de Precios al Consumo de la Comunidad Autónoma Vasca, publicado por el Eustat, correspondiente a la anualidad inmediatamente anterior, sin que, no obstante, la revisión no podrá superar el 85 por 100 de variación experimentada por el índice adoptado. (art. 90.3. TRLCSP)
La revisión de precios tendrá lugar, en su caso, cuando el contrato se haya ejecutado al menos en el 20 por ciento de su importe y haya transcurrido un año desde su formalización, fecha que se tomará como referencia a fin de determinar el momento a partir del cual procede la revisión de precios y sus efectos, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 91.3 del TRLCSP.
Fuera del caso de revisión previsto en el anterior apartado no se realizará revisión alguna de precios, cualquiera que fuera la variación que experimenten los costes de los distintos elementos integrantes del servicio contratado y, en particular, los salarios del personal.
7. GARANTÍAS
De acuerdo con lo establecido en el artículo 103.1 del TRLCSP, los licitadores no deberán constituir garantía provisional.
El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento del órgano de contratación, deberá acreditar la constitución de la garantía definitiva por importe del 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, excluido el IVA.
La garantía exigida en el contrato podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, debiendo depositarse su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la Tesorería General del Ayuntamiento de Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran.
Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se notifique al adjudicatario la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 99 del
TRLCSP. A estos efectos no se considerarán las variaciones de precio que se produzcan como consecuencia de una revisión del mismo.
En el plazo de quince días, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución.
La devolución de la garantía, tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.
8. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista (art. 215 TRLCSP) y no tendrá derecho, caso de prórroga del contrato, a otro incremento del precio, que el fijado para la revisión del mismo en este Pliego de Condiciones.
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y, en su caso, a las especificaciones técnicas unidas al expediente, bajo la dirección, inspección y control de la Administración, quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente.
Cuando por actos u omisiones imputables al contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, la Administración podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo.
Sistemas de Control
Dentro de la organización propuesta, los licitadores deberán prever unos dispositivos muy ágiles que permitan proporcionar a tiempo todos los datos requeridos por el Ayuntamiento para llevar a cabo satisfactoriamente los controles que se crean convenientes sobre este servicio.
Los servicios contratados estarán sometidos permanentemente a la inspección y vigilancia del Ayuntamiento.
El contratista deberá presentar parte semanal de los trabajos realizados y de cuantas circunstancias ocurran en el servicio, quedando obligado a exhibir cuantos documentos sean precisos para el cumplimiento de esta obligación y en especial en lo relativo a Seguros Sociales, accidentes de trabajo, pólizas de seguros y en general, permitir todas aquellas actuaciones que vayan encaminadas a evitar cualquier responsabilidad subsidiaria del Ayuntamiento.
El adjudicatario queda obligado también a preparar cuantos informes y estudios relacionados con el servicio que le sean ordenados por el Ayuntamiento.
Mensualmente, la empresa adjudicataria, remitirá al Departamento de Obras los partes donde se reflejen:
• Distribución de medios humanos y materiales, desglosados por turnos, categorías y tipo de trabajo.
• Incidencias ocurridas durante el mes.
• Los partes de baja del personal.
• Los partes de frecuencias de los trabajos, firmados por la persona responsable del centro, de cómo se han efectuado los mismos.
• Asimismo se remitirán los TC1 y TC2.
9. OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando la Administración exonerado de responsabilidad por este incumplimiento.
El presente contrato será objeto de subrogación contractual, quedando obligado el adjudicatario a subrogarse como empleador en las relaciones laborales especificadas en el documento ANEXO “II” al presente pliego, conforme en todo caso a lo dispuesto por el respectivo Convenio Colectivo aplicable. En aplicación de lo dispuesto en el art. 120 del TRLCSP, esta información será facilitada a los licitadores que lo soliciten a los efectos de permitir la evaluación de los correspondientes costes laborales.
Entre los trabajadores que la adjudicataria asume, más los que en su caso pudiera posteriormente contratar durante la ejecución del Servicio y el Ayuntamiento de Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran, no existirá relación laboral, administrativa, ni mercantil de ningún tipo, quedando la Entidad Local exonerada de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de la ejecución del servicio.
Exención de responsabilidad municipal en cláusula subrogatoria.
Si el adjudicatario necesitase contratar personal para el desempeño de la actividad objeto de este contrato, aquél se obliga a llevar a cabo dicha contratación, utilizando alguna de las fórmulas previstas en la legislación vigente, que permitan la resolución automática de aquellos contratos al extinguirse el contrato por cualquiera de las causas previstas en el pliego de condiciones.
Ante el supuesto de incumplimiento de la presente estipulación, o suscripción de contratos indefinidos o irresolubles a la extinción del contrato, serán de cuenta del adjudicatario las indemnizaciones a que hubiere lugar por la
extinción de los contratos laborales en vigor, respondiendo de este incumplimiento a través de la incautación de la garantía si esta fuere suficiente.
Si esta garantía no fuera suficiente responderá el contratista patrimonialmente del importe de las citadas indemnizaciones.
La Administración se mantendrá al margen de las relaciones laborales que celebre el adjudicatario, no procediendo la sucesión empresarial en los contratos que, en su caso, pudiera posteriormente contratar el adjudicatario durante la ejecución del servicio.
Obligaciones Relativas a Personal y Material:
En el estudio los licitadores deberán indicar para cada dependencia o edificio, el personal necesario para la prestación del servicio, así como los medios mecánicos y materiales a emplear y el programa de trabajo, con su presupuesto independiente.
Asimismo, deberán presentar relación detallada de todo el personal indirecto asignado a los servicios con el fin de garantizar el buen funcionamiento de los mismos.
Todo el personal deberá ir uniformado. En el mismo figurará el nombre del Ayuntamiento, el servicio que se presta, es decir, limpieza y el nombre de la empresa. La cantidad y calidad del vestuario se regirá en todo momento según lo acordado por los Convenios Colectivos no siendo en ningún caso inferior a dos uniformes por temporada.
El adjudicatario se responsabilizará de la falta de aseo, decoro, uniformidad en el vestuario o de la descortesía o mal trato que el personal observe con respecto a otras personas de los centros, incluso vecindario, así como de otros perjuicios a terceros en el procedimiento del servicio, para lo cual deberá tener la cobertura mínima al respecto, con la presentación del correspondiente seguro de responsabilidad civil.
Los licitadores en sus ofertas indicarán el diverso material móvil a utilizar en los diferentes servicios, expresando con claridad lo que se entiende por material necesario para la correcta prestación de los servicios, incluso material de reserva, es decir, aquel que no estando ordinariamente en servicio se incluirá con el fin de suplir a los que habitualmente prestan el servicio.
Los licitadores no podrán subcontratar a otras empresas especializadas en cualquiera de los apartados.
El adjudicatario remitirá al Departamento de Obras del Ayuntamiento los partes de trabajo, en el que queden reflejadas las incidencias habidas, ausencias de trabajo, baja del personal por enfermedad o vacaciones, etc. y
la forma en que son sustituidos para una perfecta realización de los trabajos. La falta de presentación de estos partes, será considerada como falta grave.
10. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
11. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
La Administración podrá modificar el contrato, por razones de interés público, para atender a causas imprevistas, no teniendo derecho el contratista a indemnización alguna, sin perjuicio de lo que se establece en el artículo 308.c) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
A lo largo del contrato el Ayuntamiento podrá requerir a la empresa adjudicataria, la ampliación de operaciones y servicios a zonas no incluidas en el estudio inicial. Asimismo, podrá modificarse el número de operaciones en zonas que estén incluidas, o la prestación de nuevos servicios. Las ampliaciones se harán basándose en el incremento de espacios dentro del mismo centro o nuevos centros que el Ayuntamiento pueda contemplar en el transcurso del período de contratación.
12. RECEPCIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA
Dada la naturaleza de este contrato y de que los servicios objeto del contrato agotan sus prestaciones con el final de la ejecución del contrato, no se considera necesario establecer ningún plazo de garantía.
13. PENALIDADES AL CONTRATISTA POR INCUMPLIMIENTO
A) de los plazos de ejecución del contrato
Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto del cumplimiento del plazo de ejecución del contrato, tanto del plazo total como, en su caso, de los plazos parciales, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del mismo, con pérdida de la garantía, o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción 0,20 por cada 1.000 euros del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el Órgano de Contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
B) de la ejecucion parcial de las prestaciones
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de una penalidad equivalente al 10 por 100 del precio total del contrato.
En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación, la Administración podrá imponer una penalidad equivalente al 10% del presupuesto del contrato
C) infracciones y sanciones
El incorrecto cumplimiento por el adjudicatario de sus obligaciones contractuales, ó por causas relacionadas con la mala prestación del servicio, así como por no ejecutar las órdenes emanadas desde la Jefatura del Servicio, bien de forma oral o bien a través del libro de órdenes, dará lugar a la imposición de las penalizaciones previstas en esta cláusula.
Las penalizaciones se diferenciarán en función de las faltas que podrán ser: leves, graves y muy graves.
Se acompaña cuadro de clasificación de penalización. (ANEXO “I”)
Todas las penalizaciones se descontarán de las certificaciones mensuales.
FALTAS LEVES
Se considerarán como tales la omisión, dejadez o deficiencia en los trabajos a realizar, que hayan sido previamente objeto de apercibimiento por parte del personal municipal dedicado a labores de control, ejecución y vigilancia.
También se definirán como tales el incumplimiento de las órdenes dictadas por la Administración, su incorrecta ejecución, o falseo.
La cuantía de la penalización para este tipo xx xxxxxx será de 200,00 €.
FALTAS GRAVES
Se entiende como tales aquellas que resultan de la acumulación de tres faltas leves, así como de actuaciones que conllevan una intencionalidad tal que acaban por ocasionar daños y perjuicios no ya a los equipos, sino incluso a los bienes, personas y cosas.
También se entenderán como tales el incumplimiento reiterado de las órdenes recibidas bien oralmente o por escrito, o bien por desaires o caso omiso a las órdenes del personal de vigilancia, inspección y control.
La cuantía de la penalización para este tipo xx xxxxxx será de 450,00 €.
Si la falta grave se demostrara producida por negligencia voluntaria y afectase a terceros de forma importante se considerará falta muy grave.
FALTAS MUY GRAVES
Se considerarán faltas muy graves las producidas por la acumulación de tres faltas graves, y su penalización ascenderá a 1.000,00 €, además de la pérdida de fianza, rescisión del contrato e inhabilitación para ejercer actividad alguna ante la Administración, de acuerdo con la legislación vigente al respecto, así como retención del aval bancario depositado al efecto.
El adjudicatario, por otra parte, será el único responsable en todas aquellas circunstancias que pudieran afectar a equipos, cosas, bienes o personas afectadas por omisión de medidas auxiliares complementarias para garantizar la seguridad de los usuarios, peatones o vehículos.
El incumplimiento de los plazos que previamente fueran fijados por la Administración será objeto de penalización, y su aplicación será inmediata en la certificación mensual correspondiente.
14. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Constituyen causas de resolución del contrato de obras las establecidas en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
15. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
II.- PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR
16. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación del presente contrato se realizará por procedimiento abierto.
Los criterios de valoración de las ofertas que han de servir de base para la adjudicación del contrato relacionados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye son los siguientes:
1.- Oferta
Económica 60 puntos
La oferta económica se valorará de acuerdo a una regla de tres inversamente proporcional, que otorga la puntuación máxima a la oferta más baja siempre y cuando no esté incursa en temeridad. Se otorgará la máxima puntuación a la oferta más económica y la puntuación del resto de las ofertas se desprende de la fórmula de multiplicar el resultado del cociente entre la oferta económica más baja y la oferta del licitador que se valora, por el número total de puntos aplicables al criterio. Esto es:
Ob
------ x Z
Ol
donde Ob es la oferta más baja y Ol es la oferta del licitador que se valora, siendo Z el número tope de puntos a aplicar en el presente cirterio.
Ofertas con valores anormales o desproporcionados: Los límites que permitirán apreciar que las proposiciones no pueden ser cumplidas como consecuencia de ofertas desproporcionadas o anormales serán los siguientes
Se considerará anormal o desproporcionada la oferta cuya cuantía se inferior en más de un 15% a la media aritmética de las ofertas presentadas.
2.- Precio/hora ampliación (de instalaciones y/o frecuencias) 10 puntos
Se otorgará la máxima puntuación a la oferta más económica y al resto de ofertas proporcionalmente la que se desprenda de la fórmula utilizada anteriormente.
3.- Xxxxxx/hora por limpieza
extraordinaria 6 puntos
Horario diurno, hasta 2 puntos; horario nocturno, hasta 2 puntos; y festivo, hasta 2 puntos
Se otorgará la máxima puntuación a la oferta más económica y al resto de ofertas proporcionalmente la que se desprenda de la fórmula utilizada anteriormente.
4.- Certificados de Calidad 20 puntos
a.- de Seguridad y Salud Laboral (OHSAS 18001) 10 puntos
b.- de Medio Ambiente (UNE/14001) 5 puntos
c.- de Calidad (AENOR UNE/9001)………………………………………………….
5 puntos
EN CASO DE EMPATE: Cuando dos o más empresas licitadoras empaten en cuanto a la proposición más ventajosa, se procederá a elegir a la empresa adjudicataria mediante la celebración de un sorteo público.
17. CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La solvencia se acreditará y evaluará de acuerdo con los medios establecidos en la letra e) de la cláusula 18.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación objeto del presente contrato.
18. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en las dependencias u oficinas del órgano de contratación, que se indican a continuación (Registro General del Ayuntamiento del Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran, Plaza Lauaxeta s/n, CP 48510- Trapagaran) de esta Administración de 09:00 h a 13:00 horas, todos los días
hábiles a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de esta licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea o en el Boletín Oficial del Estado o en el perfil del contratante, y hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones.
Las proposiciones deberán presentarse en el lugar y horario indicado durante el plazo de 52 días naturales contados a partir del siguiente al del envío del anuncio al Diario Oficial de la Unión Europea. (art. 159 TRLCSP) y podrán presentarse redactadas en castellano y/o euskera.
Esta licitación se anunciará, asimismo, en el perfil de contratante del órgano de contratación, cuyo acceso se podrá realizar en el siguiente portal informático o página web: xxx.xxxxxxxxxx.xxx
El acceso a los pliegos y a la documentación complementaria podrá realizarse en el portal informático o página web: xxx.xxxxxxxxxx.xxx
La información adicional sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria que, en su caso, soliciten los licitadores será facilitada en el plazo de seis días antes de la fecha límite fijada para la recepción de proposiciones, siempre que la solicitud haya sido realizada al menos ocho días antes del vencimiento del plazo de recepción de las proposiciones señalado anteriormente.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 158.3 del TRLCSP, cuando la información adicional sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria no haya podido ser facilitada en los plazos indicados, así como cuando las ofertas solamente puedan realizarse después de una visita sobre el terreno o previa consulta “in situ” de la documentación adjunta al pliego, el plazo para la recepción de ofertas se prorrogará el tiempo que se considere conveniente para que los candidatos afectados puedan tener conocimiento de toda la información necesaria para formular las ofertas.
Las proposiciones presentadas con posterioridad al plazo fijado para su recepción no serán admitidas aunque conste que se entregaron en Correos antes de la finalización del plazo, salvo que se remita al Órgano de Contratación por telex, fax, telegrama o correo electrónico la justificación de la fecha de remisión de la oferta en el mismo día que se envió por correo. El envío del anuncio por correo electrónico se ajustará a lo establecido en cuanto a su validez en el artículo 80.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Los licitadores deberán presentar dos sobres cerrados (A y B) en cada uno de los cuales figurará la inscripción “PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE SERVICIO DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS E INSTALACIONES MUNICIPALES DE XXXXX XX XXXXXXX-TRAPAGARAN”
En cada sobre se indicará la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, debiendo estar ambos sobres también firmados.
El sobre “A” se subtitulará “CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR”
y contendrá los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del participante o su representante. Además en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial.
b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido Ley de Contratos del Sector Público, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias.
d) Acreditación de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del I.A.E, en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto.
e) Documento que acredite la clasificación del contratista que habilite para contratar los servicios de: grupo U, subgrupo 1, categoría C
f) En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad y su solvencia conforme a lo establecido en los puntos anteriores, y, asimismo, aportar el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios. Igualmente,
indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos.
g) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
h) Memoria explicativa de los trabajos a realizar.
Las circunstancias señaladas en las anteriores letras a), b) y e) podrán acreditarse mediante una certificación del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma Vasca, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el art. 73 de la LCSP. En este caso, deberá acompañarse a la referida certificación una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
El sobre “B” se subtitulará “PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y CRITERIOS DE ADJUDICACION” y contendrá los siguientes documentos:
a) Proposición económica ajustada al modelo del ANEXO “III” xxx Xxxxxx.
b) junto con el modelo de proposición económica se presentará en documento aparte el precio anual global, diferenciando el importe correspondiente al IVA, de limpieza ordinaria de cada uno de los centros contemplados en el artículo 1 xxx xxxxxx de condiciones técnicas y cuya suma total deberá coincidir con el precio anual global estipulado en el modelo de proposición económica.
En caso de discrepancia entre la suma de los precios de cada uno de los centros y el precio anual global del modelo de proposición económica prevalecerá éste último.
c) Documentos que acrediten el cumplimiento de los criterios de valoración de las ofertas, señalados en la cláusula 16 de este pliego.
La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma, debidamente compulsada o autenticada por la Administración o por notario.
Nota aclaratoria sobre la presentación de documentación:
Transcurrido el plazo de 3 meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por los licitadores que no hayan resultado adjudicatarios, en el supuesto que éstos no hayan procedido a solicitar su devolución y retirada.
19. CALIFICACION DE DOCUMENTOS, SELECCIÓN DE EMPRESAS Y APERTURA DE PROPOSICIONES
Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa calificará la documentación recibida en tiempo y forma (sobre “A”), procediendo, para ello, como se señala en los artículos 81 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
A tal efecto, podrán pedirse aclaraciones o documentos complementarios sobre la capacidad y solvencia de los licitadores que habrán de aportarse, tal y como dispone el artículo 22 del Reglamento, en el plazo de cinco días naturales. La solicitud de aclaraciones o información complementaria será comunicada por la Mesa verbalmente a los interesados, anunciándose, igualmente, en el tablón de anuncios del Órgano de contratación y en el perfil de contratante. En la misma forma comunicará la Mesa la existencia de vicios subsanables en la documentación presentada para que en el plazo, en este caso, de tres días hábiles los licitadores corrijan o subsanen los defectos observados.
La Mesa, una vez calificada la documentación presentada y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas determinados en la cláusula 18 de este pliego, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
Las ofertas presentadas (sobre “B”) serán abiertas en acto público:
• Lugar: Salón de Plenos del Ayuntamiento del Xxxxx xx Xxxxxxx- Trapagaran, C/ Lauaxeta Enparantza, 1.
• Fecha y hora: el señalado en el perfil del contratante,
salvo en el caso de envío por correo en que se estará a lo dispuesto en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Posteriormente se procederá a la valoración y clasificación de las proposiciones, por orden decreciente, atendiendo a los criterios establecidos en la cláusula 16 y, previos los informes técnicos oportunos, la Mesa de Contratación elevará la propuesta de adjudicación del contrato al Órgano de Contratación que haya de efectuar la misma.
20. ADJUDICACION, FORMALIZACIÓN Y GASTOS
A la vista de las proposiciones realizadas, el expediente será objeto de informe técnico, quién elevará al órgano competente, la propuesta de adjudicación.
El Órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de:
a) Xxxxxxse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
b) Disponer efectivamente de medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al Art. 64.2 TRLCSP.
c) Haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El órgano de contratación adjudicará el contrato de forma motivada, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La formación del contrato se efectuará en los plazos previstos en el Art. 156 TRLCSP.
En el caso de falta de formalización del contrato, por causas imputables al contratista, la Administración podrá acordar la resolución del mismo, previa audiencia al mismo, con indemnización de daños y perjuicios.
Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de la licitación en Boletines Oficiales y en un periódico de cada provincia por una sola vez (art. 67.2.g) RG), así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública.
Los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratista, salvo que el mismo acredite el ingreso del coste de aquellos en la Tesorería General del Ayuntamiento de Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran.
Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, que correrán por cuenta del contratista, salvo el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que deba ser soportado por la Administración, que se indicará como partida independiente. (art. 145.5 TRLCSP)
Se consideran también incluidos en la proposición del adjudicatario y en el precio del contrato todos los gastos que resultaren necesarios para la ejecución del contrato, incluidos los posibles desplazamientos.
Serán de cuenta de la empresa adjudicataria los siguientes gastos:
1. Los gastos de publicación del anuncio de convocatoria del concurso y formalización del contrato.
2. La contratación del personal a su servicio.
3. Seguros de accidentes y responsabilidad civil.
4. Todo tipo de impuestos, tasas y gravámenes relacionados directamente con el desarrollo de la actividad objeto del contrato.
5. Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución.
6. Abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté incluido en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en el de Cláusulas Administrativas Particulares específicas.
III.- NATURALEZA, RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
21. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato que en base a este pliego se realice, tendrá carácter administrativo y en todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y en el RD 817/2009 de 8 xx xxxx de desarrollo parcial de la misma, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas.
En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este pliego.
22. PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional Vigésimo Sexta del TRLCSP, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.
23. JURISDICCIÓN COMPETENTE
Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa, no obstante lo cual, las partes pueden
acordar el sometimiento de sus litigios a arbitraje, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
En Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran, a.............de..............................de 20........
ANEXO I| CUADRO DE INFRACCIONES
INFRACCIONES LEVES | LEVE | |||||
Falta de uniforme reglamentario en el personal, el estado indecoroso del mismo, o llevar distintivos ajenos al diseño establecido. | X | |||||
Incumplimiento de las condiciones de Seguridad e Higiene en el trabajo. | X | |||||
Carecer el equipo o el trabajador de su ficha de identificación. | X | |||||
Omisión del deber de comunicar situaciones contrarias al buen estado de la limpieza. | X | |||||
Por falta de respeto al público, a inspectores de los servicios técnicos municipales y a directores de centros. | X | |||||
Estado general de la maquinaria y medios mecánicos valorado en las inspecciones técnicas como insuficiente. | X | |||||
Otro incumplimiento de las normas generales y específicas previstas en este pliego. | X | |||||
INFRACCIONES GRAVES | GRAVE | |||||
Ocupación del equipo concesión. | en tareas | distintas | que | las propias de | la | x |
Modificación de un servicio sin causa justificada y sin notificación previa. | X | |||||
Las riñas o peleas entre operarios durante el desempeño del servicio. | X | |||||
La falta de disposición de la maquinaria establecida en la oferta. | X | |||||
La no sustitución del personal de baja en 24 horas. | X | |||||
La explotación del servicio por personas distinta del contratista. | X | |||||
El incumplimiento del horario señalado. | X | |||||
La negativa o resistencia a permitir la inspección del Ayuntamiento. | X | |||||
La desobediencia inexcusable a las órdenes que el Ayuntamiento de por escrito para corregir deficiencias señaladas concretamente por éste. | X | |||||
Reiteración o reincidencia en falta leve en cinco ocasiones. | X | |||||
Desobediencia a la Jefatura del Servicio, del personal de la contrata en situaciones de emergencia o excepcionalidad. | x | |||||
INFRACCIONES MUY GRAVES | MUY GRAVES | |||||
Reiteración o reincidencia en falta grave. | X | |||||
Ocupación del equipo concesión, aceptando remuneración. | en tareas cualquier | distintas clase | que de | las propias de contraprestación | la o | x |
XXXXX XX | RELACIÓN DE PERSONAL A SUBROGAR
XXXXX XXX | MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D/Dña................................................................................................................, con
domicilio en.........................................................................................,CP ,
D.N.I. nº........................, teléfono..........................., fax ……………, e-mail ,
en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de............................ con domicilio en............................................................., CP..........................., teléfono ,
fax....................., e-mail y D.N.I. o C.I.F. (según se trate de persona física
o jurídica) nº........................................)), enterado del procedimiento abierto convocado por el Ayuntamiento de Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran, para la contratación del SERVICIO DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS MUNICIPALES
declaro:
1º) Que me comprometo a su ejecución por el precio anual global de
..........................................................................................€,más...........................................
............€, correspondientes al 18% de I.V.A , (deberá consignarse la cantidad en letra y número) debiendo entenderse comprendidos en el precio todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal al igual que el beneficio industrial del contratista.
2º) Que el precio hora ampliación es de ……….. €, más €
correspondientes al 18% de IVA.
3º) Que los precios hora limpieza extraordinaria son los siguientes:
• Diurno: ….. €, más € correspondientes al 18% de IVA
• Nocturno: ……. €, más ……. € correspondientes al 18% de IVA
• Festivo: ……. €, más € correspondientes al 18% de IVA
4º) Que conozco el Pliego de Prescripciones Técnicas, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
3º) Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En..............................., a...............de.......................................de 20......
Firma
ANEXO IV | MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL, Y DE QUE NO TIENEN DEUDAS DE NATURALEZA TRIBUTARIA EN PERIODO EJECUTIVO CON EL AYUNTAMIENTO DEL XXXXX XX XXXXXXX-TRAPAGARAN.
D./Xx……………………………, con domicilio en ………, calle ………., C.P ,
Teléfono …………, y D.N.I , en posesión de su plena capacidad de
obrar y en nombre propio o en representación de la Empresa …………, con domicilio en ……………, calle ………………, C.P. ………, Teléfono y C.I.F.
…………, a los efectos que establece la cláusula 18 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado para regir el contrato de SERVICIOS DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS MUNICIPALES DE XXXXX XX XXXXXXX-TRAPAGARAN
DECLARA
I. Que la empresa a la que representa, sus administradores y representantes, así como el firmante, no están incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (Real Decreto Legislativo 3/2011, de 16 de noviembre), en los términos y condiciones previstos en el mismo.
II. Asimismo, declara que la citada empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como no tener deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo de pago con el Ayuntamiento del Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran.
En …………………, a …de de 2010.
Fdo.:
D.N.I.:
Fecha y firma del licitador.
ANEXO V | MODELO DE COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE U.T.E.
D./Xx……………………………, con domicilio en ………, calle ………., C.P , Teléfono
…………, y D.N.I. …………… , en posesión de su plena capacidad de obrar y en nombre propio o en representación de la Empresa …………, con domicilio en
……………, calle ………………, C.P. ………, Teléfono ………… y C.I.F. …………
D./Xx……………………………, con domicilio en ………, calle ………., C.P , Teléfono
…………, y D.N.I. …………… , en posesión de su plena capacidad de obrar y en nombre propio o en representación de la Empresa …………, con domicilio en
……………, calle ………………, C.P. ………, Teléfono ………… y C.I.F. …………
D./Xx……………………………, con domicilio en ………, calle ………., C.P , Teléfono
…………, y D.N.I. …………… , en posesión de su plena capacidad de obrar y en nombre propio o en representación de la Empresa …………, con domicilio en
……………, calle ………………, C.P. ………, Teléfono ………… y C.I.F. …………
Se obligan conjunta y solidariamente en régimen de Agrupación Temporal a ejecutar el Contrato de SERVICIOS DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS MUNICIPALES DE XXXXX XX XXXXXXX-TRAPAGARAN
conforme a los Pliegos aprobados, Anexos correspondientes y demás documentación contractual que expresamente asumimos y acatamos en su totalidad, sin salvedad alguna.
I. La participación con que concurren a la Agrupación Temporal cada una de las empresas es la siguiente:
EMPRESA PORCENTAJE
(detallar el nombre de la empresa) y (el porcentaje en que participa en la UTE)
………………………………………….
………………………………………………….
………………………………………….
………………………………………………….
………………………………………….
…………………………………………………..
II. Se designa a …………………………………… como el representante o apoderado único de la Unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato deriven, durante la vigencia y hasta la extinción del contrato, para que ostente la plena representación de las empresas frente al Ayuntamiento del Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran.
III. Se comprometen a constituirse formalmente en Unión Temporal, caso de resultar adjudicatarios del contrato.
En ……………………, a …de de 2010.
Fdo.: D.N.I.:
XXXXX XX | MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO DE LICITADORES
(Declaración de presentación obligatoria junto con la Certificación de inscripción registral, caso de aportar alguna de las que contempla la cláusula 18 de este Pliego)
D./Xx……………………………, con domicilio en ………, calle ………., C.P ,
Teléfono …………, y D.N.I , en posesión de su plena capacidad de
obrar y en nombre propio o en representación de la Empresa …………, con domicilio en ……………, calle ………………, C.P. ………, Teléfono y C.I.F.
…………, al objeto de tomar parte en el procedimiento abierto en base a una pluralidad de criterios de adjudicación, seguido por el Ayuntamiento del Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran, para la adjudicación del Contrato de de SERVICIOS DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS MUNICIPALES DE XXXXX XX XXXXXXX-TRAPAGARAN y a
los efectos que señala la cláusula 18 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado para regir el contrato de referencia, declara bajo su responsabilidad:
a) Que los datos de esta empresa que constan en el Registro Oficial de Contratistas presentada no han sido alteradas en ninguna de sus circunstancias y que se corresponden con la Certificación del Registro que acompaña a esta declaración.
b) Que los datos de esta empresa que constan en el Registro Oficial de Contratistas presentado, referentes a:
1. ……………………………………………………………………………………
…
2. ……………………………………………………………………………………
…
3. ……………………………………………………………………………………
…
Han sufrido alteración según se acredita mediante los documentos que se adjuntan a la presente declaración y que estos extremos han sido comunicados en el Registro con fecha …… de de
………, manteniéndose el resto de los datos sin ninguna alteración respecto del contenido de la Certificación del Registro.
En ………………………, a … de de 2010.
Fdo.:
D.N.I.:
• las opciones a) y b) son incompatibles entre sí, señale solamente la que corresponda. Esta declaración deberá ser emitida por cualquiera de los
representantes con facultades que figuren inscritos en el Registro de Licitadores.
ANEXO VII | MODELO DE AVAL ENTIDAD FINANCIERA (garantía definitiva del adjudicatario)
"La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)
...................................... NIF con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en
........ en la calle/plaza/avenida .............................................. C.P y en su nombre (nombre
y apellidos de los apoderados) , con poderes suficientes
para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación efectuada en el dorso de este documento.
A V A L A
a: (nombre y apellidos o razón social del avalado) ..............................................................................
NIF ,
(En el caso de U.T.E.)
a: (nombre y apellidos o razón social de los avalados)
........................................................................NIF y
.................................................................... NIF CONJUNTA Y SOLIDARIAMENTE,
en virtud de lo dispuesto en el la Ley de Contratos del Sector Público y en el Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado)
..........................................................................................................................................................................
..............................
ante el Excmo. Ayuntamiento de Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran, por importe de: (en letra y en cifra)
..........................................................................................................................................................................
...............................
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Ayuntamiento xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en el LCSP, y en sus normas de desarrollo.
El presente aval estará en vigor hasta que el Ayuntamiento de Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la LCSP y legislación complementaria.
(lugar y fecha)
(razón social de la entidad) (firma de los Apoderados)".
Bastanteo de poderes por la Asesoría Jurídica Municipal, realizado con fecha ...............................
NOTA: Para el caso de garantías provisionales y definitivas y siempre que la entidad a la que se avala sea una unión de empresarios, no se admitirán garantías que únicamente garanticen sólo a una de las empresas que las constituya, sino que la misma ha de garantizar al resto de las empresas que forman la unión temporal, recogiéndose
expresamente que la responsabilidad es conjunta y solidaria respecto de las demás integrantes de la U.T.E.