GARANTÍA ACCIDENTES
GARANTÍA ACCIDENTES
GARANTÍA COMPLEMENTARIA: ACCIDENTES
El presente Extracto tiene carácter puramente informativo y para cualquier conflicto o litigio se estará a lo dispuesto en las Condiciones Generales, Particulares y Especiales, en su caso, de la Póliza Colectiva del contrato de reaseguro.
1. ASEGURADOS
Tendrán la consideración de Asegurados
todas las personas físicas que conformen el Grupo Asegurado de la presente póliza y que tengan contratada ésta garantía.
2. OBJETO DEL SEGURO. RIESGOS CUBIERTOS
SURNE garantiza el pago de las indemnizaciones previstas en este Certificado, cuando a consecuencia de un accidente, se produzca:
• El fallecimiento por accidente del Asegurado.
• La Invalidez Permanente Absoluta por accidente del Asegurado.
• La Invalidez Permanente Parcial por accidente según baremo detallado en el anexo nº1 de las Condiciones Generales de la Póliza.
A efectos del seguro, se entiende por accidente toda lesión corporal que deriva directamente de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del Asegurado.
Están expresamente excluidos los riesgos de Invalidez Permanente Total, Invalidez Temporal y Asistencia Sanitaria recogidos en las Condiciones Generales de la Póliza. Se considerarán accidentes indemnizables aquellos casos que sean declarados como accidente laboral por la Autoridad Laboral Competente siempre y cuando como consecuencia de ellos se produzca el Fallecimiento, la Invalidez Permanente Absoluta o la Invalidez Permanente Parcial en los términos asegurados mediante la presente Póliza.
Quedan cubiertos los accidentes que se produzcan tanto en el curso de actividades profesionales como en la vida privada, incluidos aquellos que sean debidos a la práctica de cualquier deporte como aficionado, con excepción de la práctica de deportes como profesional.
Las garantías alcanzan al Asegurado incluso en la conducción de cualquier tipo de motocicleta, no utilizada en el ejercicio de deportes, y como pasajero en aviones de cualquier clase que estén debidamente autorizados para el
transporte de pasajeros.
3. RIESGOS EXCLUIDOS
Se estará a los dispuesto en el Artículo 3
de las Condiciones Generales de la Póliza, haciéndose constar en sentido enunciativo pero no limitativo, que no se consideran accidentes garantizados los debidos a:
1. Daños provocados directa o indirectamente por guerra, declarada o no, invasiones, guerra civil, motines, alborotos, revoluciones o insurrecciones.
2. Daños resultantes directa o indirectamente de la fisión o de la fusión nuclear o de la radioactividad.
3. Los seguros y/o reaseguros en exceso de pérdida.
4. Los riesgos reservados al Consorcio de Compensación de Seguros.
5. Pools de reaseguro.
6. Seguro Obligatorio de Viajeros.
7. Trabajos de construcción o extracción realizados bajo tierra, bajo o sobre el agua.
8. Industrias químicas u otras, que utilicen materias tóxicas, explosivas o corrosivas.
9. Navegación profesional aérea o marítima.
10. Seguros específicos de viaje.
11. Pólizas - ticket emitidas a través de Agencias de Viaje u Organizaciones de Crédito.
12. Rentas como consecuencia de incapacidad, excepto exención de pago xx xxxxxx a consecuencia de invalidez.
13. Equipos deportivos profesionales.
14. Epidemias, Endemias, Pandemias.
15. Cualquier negocio diferente a los definidos en el CONTRATO DE REASEGURO.
Quedan excluidas dentro del artículo 3º de las Condiciones Generales de la Póliza las siguientes exclusiones:
1º La utilización de aeronaves de propiedad particular no destinadas al servicio público, así como la utilización de helicópteros o avionetas para la fumigación, lucha contra incendios o servicios de salvamento.
2º Motín, tumulto popular, terrorismo y sabotaje, a excepción de lo dispuesto en el apartado “Riesgos extraordinarios” para acontecimientos extraordinarios acaecidos en España cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros.
4. PERSONAS EXCLUIDAS DEL SEGURO
No serán asegurables las personas mayores de 70 años. Al cumplir está edad el
Asegurado, estando vigente el contrato, se extinguirá automáticamente esta garantía de la póliza.
5. EFECTO Y VALIDEZ DEL SEGURO
El Seguro entra en vigor a partir de las CERO
HORAS del primer día que figure como fecha de efecto de la póliza del mes siguiente al del cumplimiento de las condiciones descritas dentro delapartado.
6. SINIESTROS
El Asegurado o Beneficiarios, en caso de
xxxxxxxxx, vienen obligados a comunicarlo a SURNE dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido, facilitando además información sobre las circunstancias y consecuencias del mismo.
7. ÁMBITO TERRITORIAL
Las garantías del seguro son válidas en cualquier lugar delmundo.
8. BENEFICIARIOS
La condición de Beneficiario corresponderá
a las personas en cuyo favor se generen las prestaciones objeto de cobertura.
En caso de incapacidad permanente será beneficiario el propio Xxxxxxxxx.
En caso de fallecimiento, y a falta de designación expresa de beneficiarios, se considerarán como tales, por orden de prelación preferente y excluyente, los siguientes:
1. Cónyuge no separado legalmente en virtud de sentencia firme en la fecha del fallecimiento del asegurado o pareja de hecho legalmente constituida.
2. La existencia xx xxxxxx de hecho se acreditará mediante certificación de la inscripción en alguno de los registros específicos existentes en las comunidades autónomas o ayuntamientos del lugar de residencia o mediante documento público en el que conste la constitución de dicha pareja.
3. Hijos, o descendientes del asegurado por partes iguales.
4. Padres o ascendientes del asegurado por partes iguales.
5. A falta de estos a los herederos del Asegurado.
9. BAREMO
• Los porcentajes de invalidez considerados para derecho e izquierdo, se han tenido en cuenta para una persona diestra. Por lo tanto si el Asegurado es zurdo se intercambiaran los citados porcentajes.
• Si la pérdida anatómica o funcional es sólo parcial, el grado de invalidez a
Familiar de Seguros Active S.A. Tel. 000 00 00 00 xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx
considerar se reduce proporcionalmente.
• En los casos de invalidez no previstos en el baremo, el importe de la prestación se determina por analogía, proporcionalmente a su gravedad, según dictamen médico emitido por Especialista en evaluación de daño corporal.
• El grado de invalidez a tomar en cuenta, cuando un mismo accidente cause diversas pérdidas anatómicas o funcionales, se calculará sumando los porcentajes correspondientes a cada una de los mismos sin que dicho grado pueda exceder del cien por cien (100%).
• Si un órgano o miembro afectado por un accidente cubierto, ya presentaba con anterioridad al mismo un efecto físico o
funcional, la invalidez causada por dicho accidente no podrá ser clasificada en un grado mayor al que resultaría si el asegurado fuera una persona normal desde el punto de vista de integridad corporal.
• En caso de invalidez permanente sobrevenida el Asegurado como consecuencia de un accidente garantizado por la póliza, que deje lesiones residuales que precisen prótesis ortopédicas, al Asegurador pagará el importe que alcance la primera prótesis que se practique al Asegurado, sin exceder del 5 por 100 del capital indemnizable para caso de invalidez permanente absoluta, y en todo caso hasta la cantidad de 602 €.
• El importe de las prestaciones satisfechas por invalidez permanente, a consecuencia del mismo accidente, se deduce de las prestaciones a satisfacer por fallecimiento debido al mismo accidente.
EL PRESENTE EXTRACTO ANULA Y DEJA SIN EFECTO LOS EXPEDIDOS CON ANTERIORIDAD, DE LA MISMA PÓLIZA, O DE CUALQUIER OTRA REFERIDA AL MISMO COLECTIVO ASEGURADO, QUE GARANTICE RIESGOS IGUALES O SIMILARES Y CUYO TOMADOR SEA LA ENTIDAD CONTRATANTE.
BAREMO PARA LA COBERTURA DE INVALIDEZ PERMANENTE PARCIAL O ABSOLUTA
GRADO DE INVALIDEZ
Parálisiscompleta Enajenación mentalincurable Ceguera absoluta
Pérdida total de un ojo o de la visión delmismo
Sordera completa de unoído | 15% | |
Sordera completa de un oído cuando el otro ya estaba perdido | 30% | |
Ablación completa de la mandíbula interior o pérdida total del maxilar inferior Ambos brazos, manos, piernas opies | 25% | |
100% | ||
De un brazo y una pierna o unpie | 100% | |
De una mano y un pie | 100% | |
De un brazo o la mano De un dedo pulgar | 60% | 50% |
20% | 16% | |
Del dedo índice | 16% | 13% |
De uno de los demás dedos de lamano Del movimiento delhombro | 8% | 7% |
25% | 20% | |
Del movimiento del codo | 20% | 15% |
Del movimiento de la muñeca | 20% | 15% |
La pierna por encima de larodilla La pierna a la altura o por debajo de la rodilla, o del pie completo | 50% | |
40% | ||
Acortamiento, no inferior a 5 centímetros, de la pierna | 15% | |
Fractura no consolidada de la pierna o del pie | 25% | |
Fractura no consolidada de larótula | 20% | |
El dedo gordo delpie | 10% | |
Uno de los demás dedos delpie | 5% | |
El movimiento de la cadera o de larodilla El movimiento deltobillo | 20% | |
20% | ||
El movimiento de la articulación subastragalina | 10% | |
El movimiento de la columna cervical, dorsal o lumbar, con o sin manifestaciones neurológicas | 33% |
Pérdida total de un ojo o de la visión del mismo cuando el otro ya estaba perdido Sorderacompleta
PORCENTAJE DE INDEMNIZACIÓN
DERECHO IZQUIERDO 100%
100%
100%
30%
70%
60%
2