F ormato Modelo de contrato para el Seguro de Vida
____________________
SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
PRESUPUESTO ESTATAL – EJERCICIO 2019-2020
CONTRATO MULTINIANUAL PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SEGURO DE VIDA INSTITUCIONAL PARA TRABAJADORES Y EXTRABAJADORES SUJETO A LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, REPRESENTADO POR EL ING. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX, SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, Y POR LA OTRA _____________________________________________., REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL __________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PRESTADOR”, DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S:
PRIMERA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, DECLARA:
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 40, 42, FRACCIÓN I, 43 Y 116 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y 1° DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, ÉSTA ES UNA ENTIDAD FEDERATIVA, PARTE INTEGRANTE DEL ESTADO MEXICANO, CON TERRITORIO Y POBLACIÓN, LIBRE Y SOBERANO EN CUANTO A SU RÉGIMEN INTERIOR, CONSTITUIDO COMO GOBIERNO REPUBLICANO, REPRESENTATIVO Y POPULAR.
QUE ES UNA PERSONA MORAL, DEBIDAMENTE REGISTRADA ANTE LAS AUTORIDADES HACENDARIAS DEL PAÍS, DEDICADO A SERVICIOS PÚBLICOS ESTATALES, CON CAPACIDAD PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO EN LOS TÉRMINOS QUE MARCA LA LEY Y COMPARECE A LA CELEBRACIÓN DE ESTE CONTRATO POR CONDUCTO DE QUIEN LO REPRESENTA, CON REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES SFG9312205S3, X XXXXXX XX XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XXX XXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXX XXXXXXXXXX XXX.
QUE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, PERTENECIENTE A LA SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, EN SU CALIDAD DE ÁREA REQUIRENTE, CUENTA CON LA DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL SUFICIENTE PARA COMPROMETER LAS EROGACIONES QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO CON RECURSOS PROVENIENTES DEL PRESUPUESTO ESTATAL, EJERCICIO 2019, EN LO RELATIVO AL EJERCICIO 2020 SU CONTINUIDAD ESTARÁ SUJETA AL PRESUPUESTO QUE AUTORICE EL CONGRESO DEL ESTADO Y SE CONTEMPLE EN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO.
QUE POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, PERTENECIENTE A LA SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, SE LLEVARÁ A CABO LA SUPERVISIÓN, VIGILANCIA Y CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES POR CONDUCTO DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE EL ÁREA SOLICITANTE DESIGNE EN LOS TÉRMINOS Y BAJO LAS CONDICIONES QUE EN EL CLAUSULADO DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE PRECISAN.
QUE LA REPRESENTACIÓN JURÍDICA PARA LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO EN MATERIA DE ADQUISICIONES, RADICA EN EL ING. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX, ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 22 FRACCIÓN XLV, DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, 11 FRACCIÓN VIII Y IX DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN.
QUE SU REPRESENTANTE, EL ING. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX, ACREDITA SU PERSONALIDAD MEDIANTE NOMBRAMIENTO DE SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN, EXPEDIDO POR EL C. LIC. XXXXXX XXXXXXX XXXXX, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, EL 16 DE ENERO DEL 2019.
QUE LA ADJUDICACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO SE REALIZÓ MEDIANTE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PRESENCIAL NÚMERO _________________________________ DE CONFORMIDAD AL ARTÍCULO 35 FRACCIÓN I, DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR.
QUE SEÑALA COMO SU DOMICILIO PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO, LAS OFICINAS DEL DESPACHO DE LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN, SITO EN XXXXXX LA CATÓLICA ENTRE XXXXXXX XXXXXXX Y XXXXXXX XXXXX, COL. CENTRO, 2DO. PISO, XXXXXX XXXXXX 00000, XX XX XXX, XXXX XXXXXXXXXX XXX.
SEGUNDA.- “EL PRESTADOR” DECLARA:
SER UNA PERSONA MORAL, CONSTITUIDA LEGALMENTE, CONFORME A LA LEGISLACIÓN MEXICANA, Y SU NOMBRE CORRECTO ES COMO HA QUEDADO SEÑALADO EN EL PROEMIO DEL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO.
QUE ACREDITA SU EXISTENCIA JURÍDICA MEDIANTE ACTA CONSTITUTIVA PROTOCOLIZADA MEDIANTE ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO ____________, OTORGADA ANTE LA FE DEL ____________________, NOTARIO PÚBLICO NÚMERO ____, DE ______________________ DE FECHA _________________.
QUE SE ENCUENTRA REGISTRADA EN EL PADRÓN DE PROVEEDORES DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, ACTUALIZADO AL EJERCICIO FISCAL 2019, CON EL NÚMERO BCS-OMDRM-_______-___
HABER MODIFICADO SU RAZÓN SOCIAL EN LOS ÚLTIMOS 5(CINCO AÑOS) CON LAS NOMBRES SIGUIENTES:
______________________
_____________________
_____________________
ESTAR AUTORIZADA POR ___________________________ PARA OPERAR EL RAMO DEL SEGURO DE VIDA, SEGÚN CONSTA EN _____________________________
SER SU OBJETO SOCIAL: “__________________________________
QUE SE ENCUENTRA REGISTRADA ANTE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO CON EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES NÚMERO HSE971027CW2; Y QUE PRESENTA OPINIÓN POSITIVA EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES, DE CONFORMIDAD AL DOCUMENTO DENOMINADO: OPINIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES, EXPEDIDO POR EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA CON EL FOLIO ____________, CON FECHA DEL ___ DE _______ DE ___.
QUE SU REPRESENTANTE, __________________________, CON R.F.C. ___________________, Y CON CURP NÚMERO _________________; QUIÉN SE IDENTIFICA CON CREDENCIAL PARA VOTAR EMITIDA POR EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL CON EL NÚMERO _________________; CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA LA FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO, SEGÚN CONSTA EN ________ NÚMERO __________DE FECHA ________________, OTORGADA ANTE LA XX XXX XXXXXXX PÚBLICO NÚMERO ___ DEL _______________, LIC. _______________________, EXPRESANDO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE DICHAS FACULTADES NO LE HAN SIDO REVOCADAS, MODIFICADAS O LIMITADAS EN FORMA ALGUNA.
QUE SE ENCUENTRA EN PLENO USO DE SUS DERECHOS CIVILES; QUE TIENE CAPACIDAD JURÍDICA PARA CONTRATAR; Y QUE NO SE ENCUENTRA IMPOSIBILITADA PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO CON “EL GOBIERNO DEL ESTADO”.
QUE NO SE ENCUENTRA EN LOS SUPUESTOS DEL ARTÍCULO 61 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, XXXXXXXXXXXXXX X XXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXX XXXXXXXXXX XXX.
QUE SEÑALA COMO DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES Y PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO, EL UBICADO EN _________________________; CON DIRECCIÓN ELECTRÓNICA _________________ Y __________________________; ASÍ COMO LOS TELÉFONOS ____________________.-
DECLARACIÓN CONJUNTA:
PRIMERA.- LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN EL CONTRATO QUE SE FIRMA FUERON ACORDADOS Y FIJADOS LIBREMENTE ENTRE EL GOBIERNO DEL ESTADO Y EL PRESTADOR, POR LO QUE ESTE ES UN CONTRATO DE NO ADHESIÓN Y POR LO TANTO, NO SE UBICA EN EL SUPUESTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 202 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS; EN ESA VIRTUD ESTA PÓLIZA NO REQUIERE SER REGISTRADA ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS.
SEGUNDA.-LAS PARTES SE RECONOCEN MUTUAMENTE LA PERSONALIDAD JURÍDICA CON LA QUE COMPARECEN, RECONOCIENDO SABER Y COMPRENDER EL CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL DE TODAS Y CADA UNA DE LAS DECLARACIONES Y OBLIGACIONES QUE SE DERIVAN DEL PRESENTE CONTRATO, EXPRESANDO SU LIBRE VOLUNTAD, SIN QUE MEDIE ERROR, DOLO, MALA FE, O CUALQUIER VICIO DEL CONSENTIMIENTO, PARA SUJETARSE A LAS SIGUIENTES:
X X X X X X X X X:
PRIMERA.- OBJETO.
EL PRESENTE INSTRUMENTO TIENE POR OBJETO EL ASEGURAMIENTO DEL PAGO DE LOS BENEFICIOS RECLAMADOS POR PRIMERA Y ÚNICA VEZ POR EL FALLECIMIENTO DE LOS TRABAJADORES ACTIVOS DE PLANTA, TRANSITORIOS Y JUBILADOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, LOS TITULARES DE LAS DEPENDENCIAS (SECRETARIOS), SUBSECRETARIOS, PROCURADOR, SUBPROCURADORES, AGENTES DEL MINISTERIO PÚBLICO, AGENTES DE LA POLICÍA, INVESTIGACIÓN Y FUERZAS ESPECIALES Y DE TODAS Y CADA UNA DE LAS DEPENDENCIAS QUE INTEGRAN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DE BAJA CALIFORNIA SUR, Y LOS QUE DETERMINE EL GOBIERNO DEL ESTADO DENTRO DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA DE VIDA CUYO OBJETO ES CUBRIR LOS RIESGOS POR FALLECIMIENTO DE LOS TRABAJADORES ACTIVOS, PENSIONADOS Y/O JUBILADOS, CUALQUIERA QUE SEA SU SEXO Y EDAD Y SIN NECESIDAD DE APLICARLES EXAMEN MÉDICO, A PARTIR DE LA FECHA DE INICIO DE VIGENCIA DE ESTA PÓLIZA.
SEGUNDA.- DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO.
LOS SERVICIOS TENDRÁN LAS CARACTERÍSTICAS, DESCRIPCIÓN Y CONTENIDOS SOLICITADOS POR “EL GOBIERNO DEL ESTADO” Y PROPUESTOS POR “EL PRESTADOR”, EN LOS TÉRMINOS Y BAJO LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESTABLECIDAS EN LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PRESENCIAL NÚMERO __________________________, IDENTIFICADOS EN DOS GRUPOS, TRABAJADORES EN ACTIVO Y EXTRABAJADORES JUBILADOS O PENSIONADOS.
CANTIDAD AL INICIO DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO |
GRUPO DE TRABAJADORES |
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TRABAJADORES EN ACTIVO, O “GRUPO A” |
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EXTRABAJADORES JUBILADOS - PENSIONADOS. O “GRUPO B” |
TERCERA.- LA COLECTIVIDAD PROTEGIDA POR EL SEGURO.
EL PRESTADOR, SEÑALA EXPRESAMENTE QUE LOS TRABAJADORES ACTIVOS PERTENECIENTES A LAS DEPENDENCIAS Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL, Y CUYA RELACIÓN SE DA POR RECIBIDA, SE CONSIDERAN A PARTIR DE LAS 12:00 HORAS DEL 30 DE NOVIEMBRE DE 2019 COMO CUBIERTOS POR EL PRESENTE CONTRATO Y DE LA POLIZA, RAZÓN POR LA CUAL NINGÚN TRABAJADOR QUEDARÁ EXCLUIDO DE LA COBERTURA DE LA PÓLIZA, SALVO POR LAS EXCLUSIONES MENCIONADAS EXPRESAMENTE A CONTINUACIÓN:
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_____________________________
_____________________________
EL PRESTADOR, SEÑALA EXPRESAMENTE QUE LOS EXTRABAJADORES JUBILADOS Y/O PENSIONADOS CUYA RELACIÓN SE DA POR RECIBIDA, SE CONSIDERAN A PARTIR DE LAS 12:00 HORAS DEL 30 DE NOVIEMBRE DE 2019 COMO CUBIERTOS POR EL PRESENTE CONTRATO Y LA POLIZA, RAZÓN POR LA CUAL NINGUNO EXTRABAJADOR DE LA LISITA QUEDARÁ EXCLUIDO DE LA COBERTURA DE LA PÓLIZA, SALVO POR LAS EXCLUSIONES MENCIONADAS EXPRESAMENTE A CONTINUACIÓN:
_____________________________
_____________________________
_____________________________
XXXXXX.- XXXXX X XXXXX.
XX XXXXXXXX XXX XXXXXX, XXXXX AUMENTAR O DISMINUIR EL NÚMERO DE ASEGURADOS; PARA SU ACREDITACIÓN BASTARÁ CON QUE EMITA EL ALTA Y/O BAJA DEL TRABAJADOR, SEGÚN CORRESPONDA, MEDIANTE NOTIFICACIÓN QUE SE HAGA A EL PRESTADOR, POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE EN LA CIUDAD DE LA PAZ, CONFORME A LOS PERIODOS Y PLAZOS SIGUIENTES:
PERIODO |
PLAZO MÁXIMO PARA NOTIFICAR ALTAS Y BAJAS DEL PERIODO |
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30/11/2019 – 31/12/2019 |
15/01/2020. |
CUANDO EL PLAZO SEA EN DÍA INHÁBIL, VENCERÁ AL DÍA SIGUIENTE HÁBIL |
01/01/2020 - 31/01/2020 |
15/02/2020. |
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01/02/2020 - 29/02/2020 |
15/03/2020. |
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01/03/2020 - 31/03/2020 |
15/04/2020. |
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01/04/2020 - 30/04/2020 |
15/05/2020. |
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01/05/2020 - 31/05/2020 |
15/06/2020. |
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01/06/2020 - 30/06/2020 |
15/07/2020. |
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01/07/2020 - 31/07/2020 |
15/08/2020. |
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01/08/2020 - 31/08/2020 |
15/09/2020. |
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01/09/2020 - 30/09/2020 |
15/10/2020. |
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01/10/2020 - 31/10/2020 |
15/11/2020. |
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01/11/2020 - 30/11/2020 |
15/12/2020. |
QUINTA.- MUERTE NATURAL, ACCIDENTAL O COLECTIVA
PARA EFECTOS ESTE CONTRATO, DEBERÁ CONSIDERARSE EL RIESGO POR FALLECIMIENTO OCURRIDO POR MUERTE NATURAL, ACCIDENTAL Y/O COLECTIVA,
MUERTE NATURAL. - ES EL ACONTECIMIENTO FUTURO MEDIANTE EL CUAL PIERDE LA VIDA UNA PERSONA, QUE NO SEA DERIVADO DE ACTO U HECHO QUE SE DERIVE DE UNA CAUSA VIOLENTA, SÚBITA, EXTERNA E INVOLUNTARIA QUE PRODUZCA LA MUERTE.
MUERTE ACCIDENTAL. -ES EL ACONTECIMIENTO FUTURO MEDIANTE EL CUAL PIERDE LA VIDA UNA PERSONA, DERIVADO DE ACTO U HECHO QUE SE DERIVE DE UNA CAUSA VIOLENTA, SÚBITA, EXTERNA E INVOLUNTARIA QUE PRODUZCA LA MUERTE, CONTEMPLADA EN LA MISMA LA OCURRIDA EN HOSPITALIZACIÓN CUANDO LA HOSPITALIZACIÓN SE DIO POR UN DE ACTO U HECHO QUE SE DERIVE DE UNA CAUSA VIOLENTA, SÚBITA, EXTERNA E INVOLUNTARIA.
MUERTE COLECTIVA. -ES EL ACONTECIMIENTO FUTURO MEDIANTE EL CUAL PIERDE LA VIDA DOS O MÁS PERSONAS, DERIVADO DE UN MISMO ACTO U HECHO QUE SE DERIVE DE UNA CAUSA VIOLENTA, SÚBITA, EXTERNA E INVOLUNTARIA QUE PRODUZCA LA MUERTE.
SEXTA.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LOS ASEGURADOS
LOS DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LOS INTEGRANTES DE LA COLECTIVIDAD PARA EFECTOS DE ESTE CONTRATO SON ENTREGADOS A LA FIRMA DEL CONTRATO Y CONTIENEN NOMBRE COMPLETO DEL TRABAJADOR, REGISTRO FEDERAL, GENERO (H O M).
EL PRESTADOR SE CONSIDERA SABEDOR DE LA INFORMACIÓN DE IDENTIFICACIÓN DE LOS INTEGRANTES, Y SABEDOR QUE ES CONFIDENCIAL, POR LO QUE ACEPTA NO PODRÁ EXIGIR BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA, INFORMACIÓN RELATIVA PUESTO, CARGO, COMISIÓN, FUNCIÓN QUE DESARROLLA Y/O INSTITUCIÓN A LA QUE SE ENCUENTRE ADSCRITO.
SEPTIMA.- MONTOS INDEMNIZABLES
EL MONTO A PAGAR AL BENEFICIARIO SEÑALADO EN EL FORMATO DE CONSENTIMIENTO EN EL SUPUESTO DE MUERTE NATURAL, SERÁ DE $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N), PARA EL GRUPO A 1 Y $85,000.00 (OCHENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N) PARA EL GRUPO B, BASTANDO PARA ELLO QUE ASÍ LO HAYA EXPRESADO EL ASEGURADO, SIN RESTRICCIÓN DE LA EXISTENCIA DE UN PARENTESCO.
EL MONTO A PAGAR AL BENEFICIARIO SEÑALADO EN EL FORMATO DE CONSENTIMIENTO EN EL SUPUESTO DE MUERTE ACCIDENTAL, SERÁ DE $200,000.00 (DOCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N), PARA L EL GRUPO A Y $85,000.00 (OCHENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N) PARA EL GRUPO B, BASTANDO PARA ELLO QUE ASÍ LO HAYA EXPRESADO EL ASEGURADO, SIN RESTRICCIÓN DE LA EXISTENCIA DE UN PARENTESCO.
EL MONTO A PAGAR AL BENEFICIARIO SEÑALADO EN EL FORMATO DE CONSENTIMIENTO EN EL SUPUESTO DE MUERTE COLECTIVA, SERÁ DE $300,000.00 (TRESCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N), PARA EL GRUPO A Y $85,000.00 (OCHENTA Y CINCOMIL PESOS 00/100 M.N) PARA EL GRUPO B, BASTANDO PARA ELLO QUE ASÍ LO HAYA EXPRESADO EL ASEGURADO, SIN RESTRICCIÓN DE LA EXISTENCIA DE UN PARENTESCO.
OCTAVA.- TÉRMINOS Y CONDICIONES
EL PRESTADOR RECONOCE EXPRESAMENTE A QUE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES QUE PREVALECERÁN SERÁN LOS DE LAS BASES DE LICITACIÓN Y BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA SE ESTARÁ A LAS CONDICIONES GENERALES, EXCLUSIONES, QUE OPEREN REGISTRADAS POR EL PRESTADOR ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS, SI LAS MISMAS NO FUERON PLASMADAS EXPRESAMENTE EN SU OFERTA Y FUERON SUJETAS DE ANÁLISIS Y EVALUACIÓN POR PARTE DE LA CONVOCANTE EN EL PROCESO DE EVALUACIÓN.
NOVENA.-.- CONTRAPRESTACIÓN.
“EL GOBIERNO DEL ESTADO”, PAGARÁ A “EL PRESTADOR” UN MONTO OFERTADO DE $________________ (_______________________________________ M.N.) PAGADEROS EN 12 EXHIBICIONES MENSUALES IGUALES DE CONFORMIDAD AL PROGRAMA DE PAGOS SIGUIENTE:
PAGO |
COBERTURA |
FECHA LÍMITE DE PAGO (ANTES DEL:) |
MONTO MENSUAL |
1 |
DE LAS 12:00 HRS DEL 30 DE NOVIEMBRE DE 2019 Y TODO EL MES DE DICIEMBRE DE 2019 |
15 DE DICIEMBRE DE 2020 |
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2 |
ENERO DE 2020 |
15 DE DICIEMBRE DE 2020 |
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3 |
FEBRERO DE 2020 |
15 DE ENERO DE 2020 |
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4 |
MARZO DE 2020 |
00 XX XXXXXXX XX 0000 |
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5 |
ABRIL DE 2020 |
15 XX XXXXX DE 2020 |
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6 |
MAYO DE 2020 |
00 XX XXXXX XX 0000 |
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7 |
JUNIO DE 2020 |
00 XX XXXX XX 0000 |
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8 |
JULIO DE 2020 |
15 XX XXXXX DE 2020 |
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9 |
AGOSTO DE 2020 |
00 XX XXXXX XX 0000 |
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10 |
SEPTIEMBRE DE 2020 |
30 XX XXXXXX DE 2020 |
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11 |
OCTUBRE DE 2020 |
00 XX XXXXXXXXXX XX 0000 |
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12 |
HASTA LAS 12:00 HORAS DEL 30 DE NOVIEMBRE DE 2020 |
31 DE OCTUBRE DE 2020 |
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TOTAL |
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DÉCIMA.- PLAZO, LUGAR Y FORMA DE ENTREGA-RECEPCIÓN.
PLAZO.
LA COBERTURA DE LA PÓLIZA DEL SEGURO TENDRÁ UNA VIGENCIA DE UN AÑO, CONTADO A PARTIR DE LAS 12:00 HORAS DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DE 2019 Y HASTA LAS 12:00 HORAS DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DE 2020.
LUGAR.
EL PRESTADOR ENTREGARÁ UNA CARTA COBERTURA, POR GRUPO, EN LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO, EN LA CUAL SE ESPECIFIQUE LA CONFIRMACIÓN DE LA ACEPTACIÓN DEL RIESGO ESTABLECIDO EN LAS BASES DE LA PRESENTE LICITACIÓN E INDICANDO LA VIGENCIA DEL SERVICIO; LA MISMA SERÁ ENTREGADA A MÁS TARDAR EL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DE 2019.
EL TRAMITE DEL RECLAMO DEL PAGO DEL SEGURO, SE REALIZARÁ EN EL DOMICILIO UBICADO EN ____________________________________________________, LA CIUDAD DE LA PAZ, EN HORARIO COMPRENDIDO DE LUNES A SABADO DE ___ A _____ HORAS, ANTE ___________________________, CON NÚMERO TÉLEFONICO _____________________________ Y CORREO ELECTROMICO.
FORMA.
FORMATO CON DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS
AL OCURRIR UN SINIESTRO, LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS, REMITIRÁ A EL PRESTADOR EL FORMATO DE CONSENTIMIENTO CON LA FIRMA AUTÓGRAFA DEL ASEGURADO EN EL CUAL SE SEÑALEN LOS BENEFICIARIOS, COPIA DEL IFE, ASÍ COMO MÍNIMO LA DOCUMENTACIÓN QUE TENGA EN SU PODER RELACIONADO CON EL SEGURO DE VIDA.
CUALQUIER RETRASO, OMISIÓN O ERROR INADVERTIDO, NO SERÁ CAUSAL PARA RELEVAR A LAS PARTES DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD QUE LE PUDIERA CORRESPONDER SI DICHO RETRASO, OMISIÓN O ERROR NO SE HUBIERA MATERIALIZADO, SIEMPRE Y CUANDO DICHO RETRASO, OMISIÓN O ERROR SE RECTIFIQUEN A SU DESCUBRIMIENTO.
FORMATO SIN DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS
PARA EL SUPUESTO QUE EL FORMATO NO CONTENGA EL NOMBRE DE LOS BENEFICIARIOS, O LOS MISMOS SE ENCUENTREN FALLECIDOS, SE ESTARÁ A LO DISPUESTO EN EL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR Y EL PRESTADOR CUBRIRÁ EL PAGO AL BENEFICIARIO, POR RESOLUCIÓN JUDICIAL QUE CAUSE EJECUTORIA.
FORMATO SIN FIRMA DEL ASEGURADO
EN EL SUPUESTO QUE EL FORMATO CAREZCA DE FIRMA DEL ASEGURADO, SE ESTARÁ A LO DISPUESTO EN EL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR Y EL PRESTADOR CUBRIRÁ EL PAGO AL BENEFICIARIO POR RESOLUCIÓN JUDICIAL QUE CAUSE EJECUTORIA.
DÉCIMA PRIMERA.- VIGENCIA.
EL PRESENTE CONTRATO TENDRÁ UNA VIGENCIA A PARTIR DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DE 2019 Y AL DÍA 31 DE DICIEMBRE DE 2020.
LA COBERTURA INICIA A LAS 12:00 HORAS DEL 30 DE NOVIEMBRE DEL 2019 Y CONCLUYE A LAS 12:00 XXXXX XXX 00 XX XXXXXXXXX XXX 0000.
EL PRESTADOR COMO PRESTADOR INDEMNIZARÁ LAS RECLAMACIONES PROCEDENTES QUE SE PRESENTEN POR PRIMERA Y ÚNICA VEZ DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA. ASIMISMO, DEBERÁ CONCLUIR EL PAGO DE TODOS Y CADA UNO DE LOS BENEFICIOS QUE DERIVEN POR EL FALLECIMIENTO DEL ASEGURADO, AUN CUANDO LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA HAYA CONCLUIDO.
LA RESPONSABILIDAD DE EL PRESTADOR CONCLUIRÁ HASTA LA ÚLTIMA INDEMNIZACIÓN DE LAS RECLAMACIONES RECIBIDAS DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA.
CONCLUIDO EL TÉRMINO DEL PRESENTE CONTRATO O DE LA COBERTURA DE LA POLIZA, NO PODRÁ HABER PRÓRROGA AUTOMÁTICA POR EL SIMPLE TRANSCURSO DEL TIEMPO, Y TERMINARA SIN NECESIDAD DE DARSE AVISO ENTRE LAS PARTES.
DÉCIMA SEGUNDA.- DEL PAGO DE LA CONTRAPRETACIÓN.
EL PAGO SE EFECTUARÁ EN UNA DOCE EXHIBICIONES MENSUALES, DE CONFORMIDAD A LA CLÁUSULA TERCERA, CONTRA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
PREVIO A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, SE PRESENTARÁ EL COMPROBANTE FISCAL PARA SU TRÁMITE EN EL DOMICILIO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, CON HORARIO DE 9:00 A 15:00 HORAS, UBICADO EN LAS OFICINAS DE LA COORDINACIÓN DE APOYO ADMINISTRATIVO DE LA SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR; UBICADO EN XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXX XXXXXXX XXXXXXX; XXXXXXX XXXXXX; XXXXXX XXXXXX 00000; XX XX XXX, XXXX XXXXXXXXXX XXX; NÚMERO TELEFÓNICO (612) 125 8158; Y DIRECCIÓN ELECTRÓNICA XXXXXXXXX@XXXXXXX.XXX.
EL TRÁMITE DE PAGO SE EFECTUARÁ CONFORME AL CALENDARIO SEÑALADO EN EL PRESENTE CONTRATO, BAJO LOS MECANISMOS INTERNOS DE PAGO, EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR: A) MEDIANTE SPEI O A TRAVÉS DE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA BANCARIA; B) POR CADENAS PRODUCTIVAS; C) CREDIPROVEEDORES; O D) MEDIANTE CHEQUE EXPEDIDO A FAVOR DE “EL PRESTADOR”.
DÉCIMA TERCERA.- DE LA FACTURACIÓN.
EL(LOS) COMPROBANTE(S) FISCAL(ES) DEBERÁ(N) EXPEDIRSE CON LOS SIGUIENTES DATOS:
NOMBRE: |
XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XXX XXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXX XXXXXXXXXX XXX. |
RFC: |
SFG 931220 5S3. |
DOMICILIO: |
XXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXX; XXXXXXX XXXXXX X.X. 00000; LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR. |
ADEMÁS, EL(LOS) COMPROBANTE(S) FISCAL(ES) DEBERÁ(N) CONTENER LA SIGUIENTE INFORMACIÓN:
NÚMERO DE CONTRATO.
MES DE COBERTURA
NUMERO DE POLIZA
EL(LOS) COMPROBANTE(S) FISCAL(ES) DEBERÁ(N) CUMPLIR CON LOS REQUISITOS FISCALES VIGENTES Y CON LA PREVIA VALIDACIÓN DE “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, ASÍ COMO LA ACEPTACIÓN DE LAS MISMAS Y AUTORIZACIÓN PARA LA LIBERACIÓN DEL PAGO POR PARTE DE “EL GOBIERNO DEL ESTADO” QUIEN REMITIRÁ LA CONSTANCIA DE LIBERACIÓN RESPECTIVA A LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO.
PARA EFECTOS DE LO ANTERIOR, EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO DE MANERA PREVIA HABRÁ DE COTEJAR CON EL PROVEEDOR LA FACTURA ANTES DEL TIMBRADO, PARA VALIDAR LA OBLIGACIÓN CORRESPONDIENTE.
EN CASO DE QUE EL(LOS) COMPROBANTE(S) FISCAL(ES) ENTREGADO(S) POR “EL PRESTADOR” PARA SU PAGO PRESENTEN ERRORES O DEFICIENCIAS, “XX XXXXXXXX XXX XXXXXX”, XXXXXX XX XXX 0 (XXXX) XXXX HÁBILES SIGUIENTES AL DE SU RECEPCIÓN, INDICARÁ POR ESCRITO A “EL PRESTADOR” LAS DEFICIENCIAS QUE DEBERÁ CORREGIR. “EL PRESTADOR” CONTARÁ CON UN PERIODO DE 3 (TRES) DÍAS HÁBILES A PARTIR DE LA ENTREGA DEL CITADO ESCRITO PARA PRESENTAR EL(LOS) COMPROBANTE(S) FISCAL(ES) CON LAS CORRECCIONES. DICHO TÉRMINO NO SE CONTARÁ DENTRO DE LOS 30 DÍAS QUE SE CONTEMPLA PARA REALIZAR EL PAGO.
“EL PRESTADOR” ACEPTA Y CONVIENE QUE EN EL CASO DE NO PRESENTAR EL(LOS) COMPROBANTE(S) FISCAL(ES) CON LAS CORRECCIONES, “EL GOBIERNO DEL ESTADO” LE RETENDRÁ LOS PAGOS HASTA EN TANTO SE SUBSANEN ÉSTAS, SITUACIÓN POR LA CUAL SE SUSPENDERÁ EL PLAZO PARA REALIZAR EL PAGO Y SE INICIARÁ CUANDO SE PRESENTEN A SATISFACCIÓN DE “EL GOBIERNO DEL ESTADO”. LO ANTERIOR, SIN PERJUICIO DE LA OBLIGACIÓN DEL PRESTADOR DE SEGUIR SUMINISTRANDO LOS INSUMOS, EN TANTO SE REGULARIZA DICHA SITUACIÓN.
DÉCIMA CUARTA.- DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
PARA LA ESTRICTA VIGILANCIA DEL CUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES, “EL GOBIERNO DEL ESTADO” DESIGNA COMO ADMINISTRADORES DEL CONTRATO A LA C. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, JEFA DEL DEPARTAMENTO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS Y SOCIALES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, Y AL C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX XX XXXX, COORDINADOR DE APOYO ADMINISTRATIVO DE LA SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, QUIENES SERÁN LOS RESPONSABLES A NOMBRE DE “EL GOBIERNO DEL ESTADO” DE VIGILAR EL ESTRICTO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES DEL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO, SIENDO ESTAS DE MANERA ENUNCIATIVA MÁS NO LIMITATIVA LAS SIGUIENTES:
INTEGRAR EL EXPEDIENTE QUE CONTENGA, LA NECESIDAD O SOLICITUD DE RECIBIR LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, ACOMPAÑADO DE LA SUFICIENCIA PRESUPUESTAL, RESGUARDOS EN CASO DE ACTIVOS, CONSTANCIAS DE CUMPLIMIENTO O INCUMPLIMIENTO EN SU CASO, ACTA DE FINIQUITO Y DE EXTINCIÓN DE DERECHOS.
ELABORAR, TRAMITAR Y DAR SEGUIMIENTO AL CUMPLIMIENTO EN TIEMPO Y FORMA DE LAS OBLIGACIONES DE PAGO A CARGO DE “EL GOBIERNO DEL ESTADO”.
CUANTIFICAR, REQUERIR, Y APLICAR EN SU CASO, LAS PENALIDADES POR EL INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES, CON CARGO A “EL PRESTADOR”.
DAR SEGUIMIENTO AL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES DE “EL PRESTADOR”, GENERAR Y CUSTODIAR LA INFORMACIÓN COMPROBATORIA.
INTEGRAR EL EXPEDIENTE DEL PRESENTE CONTRATO Y CONSERVAR EN FORMA ORDENADA Y SISTEMÁTICA, LA DOCUMENTACIÓN QUE JUSTIFIQUE Y COMPRUEBE LA REALIZACIÓN DE LAS OPERACIONES CONTRACTUALES, POR UN TÉRMINO NO MENOR DE CINCO AÑOS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU RECEPCIÓN.
NOTIFICAR A LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN, DENTRO DEL PLAZO ESTABLECIDO EN EL CONTRATO, DE LA OMISIÓN EN LA PRESTACIÓN DEL (DE LOS) SERVICIO(S), PARA QUE SE INICIE EL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN.
INFORMAR A LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN DEL MOMENTO OPORTUNO EN EL CUAL SE MATERIALIZA EL SUPUESTO DE DAR POR LIBERADAS LAS GARANTÍAS.
PARA EFECTOS DE LO ANTERIOR, “EL GOBIERNO DEL ESTADO” ESTABLECE COMO DOMICILIOS DE LOS ADMINISTRADORES DEL CONTRATO, CON HORARIO DE 9:00 A 15:00 HORAS, EL UBICADO EN:
LAS OFICINAS DE LA JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS Y SOCIALES DE LA DIRECCIÓN XXXXXXX XX XXXXXXXX XXXXXXX XXX XXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXX XXXXXXXXXX XXX; UBICADO EN CALLE NORMAL ESQUINA CHIAPAS; COLONIA LOS OLIVOS; XXXXXX XXXXXX 00000; XX XX XXX, XXXX XXXXXXXXXX XXX; NÚMERO TELEFÓNICO (612) 123 9400 EXTENSIÓN 12028; Y DIRECCIÓN ELECTRÓNICA XXXXXXX@XXX.XXX.XX
LAS OFICINAS DE LA COORDINACIÓN DE APOYO ADMINISTRATIVO DE LA SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, SITO EN XXXXXXX XXXXXX ESQUINA CON XXXXXXX XXXXXXX; COLONIA CENTRO; XXXXXX XXXXXX 00000; XX XX XXX, XXXX XXXXXXXXXX XXX; NÚMERO TELEFÓNICO (612) 125 8158; Y DIRECCIÓN ELECTRÓNICA XXXXXXXXX@XXXXXXX.XXX
DÉCIMA QUINTA.- IMPUESTOS Y DERECHOS.
“EL GOBIERNO DEL ESTADO” PAGARÁ ÚNICAMENTE EL MONTO DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (I.V.A.), DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA LEGISLACIÓN VIGENTE.
DÉCIMA SEXTA.- RESPONSABILIDAD LABORAL.
“EL PRESTADOR” COMO JEFE Y PATRÓN DEL PERSONAL QUE OCUPE CON MOTIVO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DEL CONTRATO, SERÁ EL ÚNICO RESPONSABLE DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y DEMÁS ORDENAMIENTOS EN MATERIA DE TRABAJO Y DE SEGURIDAD SOCIAL. “EL PRESTADOR” CONVIENE POR LO MISMO, EN RESPONDER A TODAS LAS RECLAMACIONES QUE SUS TRABAJADORES PRESENTARAN EN SU CONTRA O CONTRA “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, EN RELACIÓN A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO.
DÉCIMA SEPTIMA.- OBLIGACIONES DE “EL PRESTADOR”.
“EL PRESTADOR” SE OBLIGA A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS EN EL PRESENTE CONTRATO, LO SEÑALADO EXPRESAMENTE EN SU OFERTA, LAS BASES, ANEXOS Y JUNTAS DE ACLARACIONES QUE DIERON POR ORIGEN LA SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO.
HACER LAS NOTIFICACIONES SOBRE EL ESTADO DE LOS RECLAMOS EN LA PERIODICIDAD EXPRESAMENTE SEÑALADOS EN EL PRESENTE CONTRATO.
DÉCIMA OCTAVA.- NEGATIVA DE INDEMNIZACIÓN
EN CASO DE NO SER PROCEDENTE EL PAGO DE UN SINIESTRO, EL PRESTADOR DEBERÁ NOTIFICAR EL RESULTADO NEGATIVO DEL DICTAMEN AL GOBIERNO DEL ESTADO POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS, Y AL SOLICITANTE, DENTRO DE LOS 15 DÍAS HÁBILES POSTERIORES LA ENTREGA TOTAL DE LA DOCUMENTACIÓN QUE AMPARE LA RECLAMACIÓN, LA FALTA DE NOTIFICACIÓN AL GOBIERNO DEL ESTADO POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS TENDRÁ LOS EFECTOS DE POSITIVA FICTA.
DÉCIMA NOVENA.-PLAZO DE INDEMNIZACIÓN
EL TIEMPO DE RESPUESTA PARA EL PAGO DE LOS SINIESTROS SERÁ MÁXIMO DE 7 (SIETE) DÍAS, UNA VEZ QUE EL PRESTADOR CUENTE CON TODA LA INFORMACIÓN REQUERIDA, EN COINCIDENCIA CON LA ESTABLECIDA EN LAS BASES DE LA LICITACIÓN, ANEXO Y OFERTA TÉCNICA DE LA EL PRESTADOR, LA CUAL SERÁ ENTREGADA AL REPRESENTANTE DE EL PRESTADOR SEÑALADO EN SU OFERTA EN EL DOMICILIO Y DENTRO DE LOS HORARIOS PREVISTOS EN SU OFERTA.
EL PAGO DE LAS PRIMAS E INDEMNIZACIONES EN CASO DE SINIESTRO O DEMÁS PAGOS RELACIONADOS CON LA COBERTURA DE LA PÓLIZA, CUYA OBLIGACIÓN DE PAGO EN MONEDA EXTRANJERA SE REALICE EN TERRITORIO NACIONAL, SE DEBERÁ DE CUBRIR EN MONEDA NACIONAL UTILIZANDO EL TIPO DE CAMBIO QUE EL BANCO DE MÉXICO PUBLIQUE EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA HÁBIL BANCARIO INMEDIATO ANTERIOR A AQUÉL EN QUE SE HAGA EL PAGO.
DECIMA CUARTA.- REPORTES DE SINIESTRALIDAD
SINIESTRALIDAD
EL PRESTADOR ENTREGARÁ A LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS, EL REPORTE TRIMESTRAL DE SINIESTRALIDAD, DENTRO DE LOS 30 DÍAS POSTERIORES AL CIERRE, DETALLANDO:
NOMBRE DEL ASEGURADO;
CAUSA DEL SINIESTRO;
FECHA DEL SINIESTRO;
FECHA EN QUE SE RECLAMA EL SINIESTRO;
FECHA DE PAGO;
MONTO PAGADO;
SITUACIÓN ACTUAL DEL RECLAMO.
LOS PLAZOS MÁXIMOS PARA LA ENTREGA DEL REPORTE SON LOS SIGUIENTES:
1ER REPORTE |
2DO REPORTE |
3ER REPORTE |
4TO REPORTE |
REPORTE FINAL |
DE LA ENTRADA EN VIGOR AL 29 DE FEBRERO DE 2020 |
DEL 01 XX XXXXX AL 31 XX XXXX DE 2020 |
DEL 01 XX XXXXX AL 31 XX XXXXXX DE 2020 |
DEL 01 DE SEPTIEMBRE AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2020 |
15 DE DICIEMBRE DE 2020 |
30/03/2020 |
30/04/2020 |
30/09/2020 |
30/12/2020 |
30/12/2020 |
EL INCUMPLIMIENTO DE LA ENTREGA DE ESTE REPORTE EN TIEMPO Y FORMA, SERÁ CAUSA DE APLICACIÓN DE UNA PENA CONVENCIONAL.
VIGÉSIMA.- SUSPENSIÓN TEMPORAL.
“EL GOBIERNO DEL ESTADO”, PODRÁ SUSPENDER TEMPORALMENTE, EN TODO O EN PARTE, EL PRESENTE CONTRATO, EN CUALQUIER MOMENTO, POR CAUSAS JUSTIFICADAS O POR RAZONES DE INTERÉS GENERAL, SIN QUE ELLO IMPLIQUE SU TERMINACIÓN DEFINITIVA PREVIA NOTIFICACIÓN A “EL PRESTADOR”.
VIGÉSIMA PRIMERA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA.
“EL GOBIERNO DEL ESTADO” PODRÁ RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL CONTRATO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DE “EL PRESTADOR”, EN CUYO CASO EL PROCEDIMIENTO DEBERÁ INICIARSE DENTRO DE LOS QUINCE DÍAS SIGUIENTES A AQUEL EN QUE SE HUBIERE GENERADO EL INCUMPLIMIENTO.
EL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN SE LLEVARÁ A CABO CONFORME A LO SIGUIENTE:
SE INICIARÁ A PARTIR DE QUE A “EL PRESTADOR” LE SEA COMUNICADO POR ESCRITO EL INCUMPLIMIENTO EN QUE HAYA INCURRIDO, PARA QUE EN UN TÉRMINO DE SIETE DÍAS HÁBILES EXPONGA LO QUE A SU DERECHO CONVENGA Y APORTE, EN SU CASO, LAS PRUEBAS QUE ESTIME PERTINENTES;
TRANSCURRIDO EL TÉRMINO A QUE SE REFIERE LA FRACCIÓN ANTERIOR, “EL GOBIERNO DEL ESTADO” CONTARA CON UN PLAZO DE QUINCE DÍAS PARA RESOLVER, CONSIDERANDO LOS ARGUMENTOS Y PRUEBAS QUE HUBIERE HECHO VALER “EL PRESTADOR”.
LA DETERMINACIÓN DE DAR O NO POR RESCINDIDO EL CONTRATO DEBERÁ SER DEBIDAMENTE FUNDADA, MOTIVADA Y COMUNICADA A “EL PRESTADOR” DENTRO DICHO PLAZO.
CUANDO SE RESCINDA EL CONTRATO SE FORMULARA EL FINIQUITO CORRESPONDIENTE, A EFECTO DE HACER CONSTAR LOS PAGOS QUE DEBA EFECTUAR “EL GOBIERNO DEL ESTADO” POR CONCEPTO DE LOS SERVICIOS PRESTADOS HASTA EL MOMENTO DE RESCISIÓN.
SI PREVIAMENTE A LA DETERMINACIÓN DE DAR POR RESCINDIDO EL CONTRATO, SE REPUSIERA EL SERVICIO, EL PROCEDIMIENTO INICIADO PODRÁ QUEDAR SIN EFECTO. PREVIA ACEPTACIÓN Y VERIFICACIÓN DE “EL GOBIERNO DEL ESTADO” QUE CONTINUA VIGENTE LA NECESIDAD DE LOS MISMOS, APLICANDO, EN SU CASO, LAS PENAS CONVENCIONALES CORRESPONDIENTES, SEGÚN ARTÍCULO 64, DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.
“EL GOBIERNO DEL ESTADO” PODRÁ DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE EL CONTRATO, CUANDO CONCURRAN RAZONES DE INTERÉS GENERAL, O BIEN CUANDO POR CAUSAS JUSTIFICADAS SE EXTINGA LA NECESIDAD DE REQUERIR LOS SERVICIOS, ORIGINALMENTE CONTRATADOS Y SE DEMUESTRE QUE DE CONTINUAR CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS, SE OCASIONARÁ ALGÚN DAÑO O PERJUICIO AL ESTADO, O SE DETERMINE LA NULIDAD DE LOS ACTOS QUE DIERON ORIGEN AL CONTRATO CON MOTIVO DE LA RESOLUCIÓN DE UNA INCONFORMIDAD O INTERVENCIÓN DE OFICIO EMITIDO POR LA CONTRALORÍA GENERAL.
VIGÉSIMA TERCERA.- CONFIDENCIALIDAD:
“EL PRESTADOR”, POR MOTIVO DE LLEVAR A CABO EL OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, PRESTARÁ EL SERVICIO POR SÍ O POR CONDUCTO DE TERCEROS, EMPLEADOS DE LA MISMA, LO CUAL, PERMITIRÁ TENER ACCESO A DOCUMENTOS, DATOS, ESPECIFICACIONES, MÉTODOS, PROCESOS Y EN GENERAL INFORMACIÓN QUE ES CONSIDERADA COMO INFORMACIÓN CONFIDENCIAL, EN TAL VIRTUD, SE OBLIGA A NO DIVULGAR, REVELAR, COMUNICAR, TRANSMITIR, GRABAR, DUPLICAR, COPIAR O DE CUALQUIER OTRA FORMA, REPRODUCIR, O PONER A DISPOSICIÓN POR ACTOS DE ACCIÓN O DE OMISIÓN, SIN LA AUTORIZACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DE LA SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN A LA QUE TENDRÁ ACCESO Y GÉNERO EN VIRTUD DE QUE DICHA INFORMACIÓN CONSTITUYE UN SECRETO.
LA VIOLACIÓN O INCUMPLIMIENTO A LO ANTERIOR, SERÁ CAUSAL DE RESCISIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, CON UNA PENA DE HASTA EL 25% DEL MONTO DEL CONTRATO, INDEPENDIENTEMENTE DE QUE “EL GOBIERNO DEL ESTADO” SE RESERVA EL DERECHO A RECLAMAR POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE DICHO INCUMPLIMIENTO LE OCASIONE Y DE EJERCITAR EL DERECHO QUE LE ASISTE PARA EJERCER LAS ACCIONES PENALES QUE SEAN PROCEDENTES.
LAS OBLIGACIONES Y DERECHOS INMERSOS EN ESTA CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD, ESTARÁ VIGENTE A PARTIR DE LA FECHA DE FIRMA DEL CONTRATO, DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO Y 5 AÑOS DESPUÉS DE LA FECHA EN QUE SE HAYA TERMINADO LA RELACIÓN, SIN IMPORTAR LA RAZÓN DE LA MISMA.
VIGÉSIMA CUARTA.- PENAS CONVENCIONALES A CARGO DE “EL PRESTADOR”.
EN CASO DE QUE “EL PRESTADOR” INCURRA EN ATRASO EN EL PAGO DE LA PÓLIZA AL BENEFICIARIO, POR SUPUESTO NO MANIFESTADOS EXPRESAMENTE EN SU PROPUESTA TÉCNICA DENTRO DE LA LICITACIÓN PAGARÁ A “EL GOBIERNO DEL ESTADO” UNA PENA DEL 0.5% (CERO PUNTO CINCO POR CIENTO) POR CADA DÍA NATURAL XX XXXX DEL VALOR DEJADO DE PAGAR.
CUANDO “EL PRESTADOR” INCURRA EN OMISIÓN EN LA ENTREGA DEL REPORTE TRIMESTRAL, SE LE APLICARÁ UNA PENA EQUIVALENTE AL 0.05% (CERO PUNTO CERO CINCO POR CIENTO) DEL VALOR DE CONTRATO POR DÍA XX XXXX. DE IGUAL FORMA SE CONSIDERARÁ OMISIÓN EN LA ENTREGA CUANDO LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA CONTENGA OMISIONES.
LO ANTERIOR, SIN PERJUICIO DEL DERECHO QUE TIENE “EL GOBIERNO DEL ESTADO” DE OPTAR ENTRE EXIGIR EL CUMPLIMIENTO FORZOSO DEL CONTRATO O DE RESCINDIRLO.
VIGÉSIMA QUINTA.- PAGOS EN EXCESO.
TRATÁNDOSE DE PAGOS EN EXCESO QUE RECIBA “EL PRESTADOR”, DEBERÁ REINTEGRAR LAS CANTIDADES PAGADAS EN EXCESO, MÁS LOS INTERESES CORRESPONDIENTES, CONFORME A UNA TASA QUE SERÁ IGUAL A LA ESTABLECIDA EN LOS CASOS DE PRÓRROGA PARA EL PAGO DE CRÉDITOS FISCALES, LOS CARGOS SE CALCULARÁN SOBRE LAS CANTIDADES PAGADAS EN EXCESO EN CADA CASO Y SE COMPUTARAN POR DÍAS NATURALES DESDE LA FECHA DEL PAGO, HASTA LA FECHA EN QUE SE PONGAN EFECTIVAMENTE LAS CANTIDADES A DISPOSICIÓN DE “EL GOBIERNO DEL ESTADO”.
PARA SU EXIGENCIA BASTARÁ CON LA NOTIFICACIÓN HECHA POR ESCRITO POR CONDUCTO DE “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, EN EL SUPUESTO QUE DESPUÉS DE UN PRIMER REQUERIMIENTO NO SE HAGA LA DEVOLUCIÓN, “EL PRESTADOR” SE OBLIGA A PAGAR LOS GASTOS DE COBRANZA QUE SE GENEREN.
VIGÉSIMA SEXTA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO.
“EL GOBIERNO DEL ESTADO” PODRÁ HACER MODIFICACIONES AL CONTENIDO DEL PRESENTE CONTRATO, PARA LO CUAL, SERÁ NECESARIO LA FORMALIZACIÓN POR ESCRITO DEL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO.
VIGÉSIMA SEPTIMA.- AJUSTE DE COSTOS.
LAS PARTES ACUERDAN QUE NO HABRÁ REVISIÓN Y AJUSTE EN LOS COSTOS, QUE INTEGRAN EL PRECIO PACTADO EN ESTE CONTRATO.
VIGÉSIMA OCTAVA.- CESIÓN DE DERECHOS.
“EL PRESTADOR”, NO PODRÁ TRANSFERIR O CEDER POR NINGÚN TÍTULO, EN FORMA PARCIAL, NI TOTAL, EN FAVOR DE CUALQUIER OTRA PERSONA FÍSICA O MORAL, LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO. “EL PRESTADOR” PODRÁ CEDER LOS DERECHOS DE COBRO, PREVIA AUTORIZACIÓN DE “EL GOBIERNO DEL ESTADO”.
VIGÉSIMA NOVENA.- EROGACIONES POR PARTE DE “EL PRESTADOR”.
“EL GOBIERNO DEL ESTADO” PAGARÁ EXCLUSIVAMENTE LOS COSTOS PACTADOS EN LA OFERTA ECONÓMICA DE “EL PRESTADOR”, MÁS EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA), POR LO QUE CUALQUIER OTRO COSTO, IMPUESTO O DERECHO QUE SE GENERE CON MOTIVO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO SERÁ POR CUENTA DE “EL PRESTADOR”.
TRIGÉSIMA .- QUIEBRA E INSOLVENCIA DEL PRESTADOR..
EN EL CASO DE DECLARARSE EL PRESTADOR O CUALQUIER ENTIDAD QUE FORME PARTE DE EL PRESTADOR EN CONCURSO DE ACREEDORES, QUIEBRA O INSOLVENCIA, NO RELEVARÁ A EL PRESTADOR DEL PAGO DE LAS RECLAMACIONES QUE AFECTEN LA PRESENTE PÓLIZA, DEBIDO A TAL BANCARROTA O INSOLVENCIA.
ESTA CLÁUSULA OPERA SIEMPRE Y CUANDO LA PÓLIZA ESTE VIGENTE Y QUE LOS SINIESTROS RECLAMADOS SEAN POR UN RIESGO CUBIERTO EN LA PÓLIZA.
TRIGÉSIMA PRIMERA.- PRESCRIPCIÓN.
TODAS LAS ACCIONES QUE SE DERIVEN DE ESTA PÓLIZA DE SEGURO PRESCRIBIRÁN EN CINCO AÑOS, TRATÁNDOSE DE LA COBERTURA DE FALLECIMIENTO EN LOS SEGUROS DE VIDA CONTADOS DESDE LA FECHA DEL ACONTECIMIENTO DE LA PRESENTACIÓN POR PRIMERA VEZ DE LA RECLAMACIÓN COMPLETAMENTE INTEGRADA, Y EN DOS AÑOS EN LOS DEMÁS CASOS, DE ACUERDO CON LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 81 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO, SALVO LOS CASOS DE EXCEPCIÓN CONSIGNADOS EN EL ARTÍCULO 82 DE LA MISMA LEY.
TRIGÉSIMA SEGUNDA.- DAÑOS Y PERJUICIOS.
“EL PRESTADOR” SERÁ RESPONSABLE DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE POR INCUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS O ECONÓMICAS, O POR NEGLIGENCIA EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PACTADO EN ESTE INSTRUMENTO JURÍDICO, SE LLEGARAN A PRODUCIR, POR LO QUE DEBERÁ RESPONDER POR LOS GASTOS QUE SE OCASIONEN, SIN MENOSCABO DE LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA O PENAL EN QUE SE INCURRIERA.
TRIGÉSIMA TERCERA.- LEGISLACIÓN APLICABLE.
PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, LAS PARTES SE OBLIGAN A AJUSTARSE ESTRICTAMENTE A TODAS Y CADA UNA DE LAS CLÁUSULAS DEL MISMO, ASÍ COMO A LOS TÉRMINOS, LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS QUE ESTABLECE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR.
TRIGÉSIMA CUARTA.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.
PARA LA INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, ASÍ COMO PARA TODO AQUELLO QUE NO ESTE ESTIPULADO EN EL MISMO, LAS PARTES SE SOMETEN A LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LA CONTRALORÍA GENERAL; EN CASO DE EXCUSA DE LA MISMA, A LOS TRIBUNALES LOCALES XXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XX XXX, XXXX XXXXXXXXXX XXX, RENUNCIANDO “EL PRESTADOR” A CUALQUIER JURISDICCIÓN PRESENTE O FUTURA QUE LE CORRESPONDA O LE LLEGARA A CORRESPONDER A RAZÓN DE SU DOMICILIO ACTUAL O FUTURO.
TRIGÉSIMA QUINTA.- DE LA FECHA Y LUGAR DE SU FIRMA.
LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO Y ENTERADAS LAS PARTES DE SU CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL LO FIRMAN POR TRIPLICADO, EN LA CIUDAD DE LA PAZ, B.C.S., A ___ DE NOVIEMBRE DE 2019.
“EL PRESTADOR”
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“EL GOBIERNO DEL ESTADO”
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ING. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN |
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LIC. XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
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LIC.XXXXX XXXXXXX XXXXX XX XX XXXX. DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES. CONTRATO REGISTRADO CON EL NÚMERO 2018 / 35 LP GBCS SFA SSA DRM___ ARTÍCULO 21 FRACCIÓN XI DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN. |
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ADMINISTRADOR DE CONTRATO
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C. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXX DEL DEPARTAMENTO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS Y SOCIALES DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS |
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ADMINISTRADOR DE CONTRATO
EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, CUYO NOMBRE, FIRMA Y CARGO SE SEÑALAN A CONTINUACIÓN, SE HACE SABEDOR DEL CONTENIDO DEL CONTRATO, ASUMIENDO EN TÉRMINOS DE LA CLÁUSULA OCTAVA, LA RESPONSABILIDAD PARA VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES EN SU DEPENDENCIA.
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C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX XX XXXX COORDINADOR DE APOYO ADMINISTRATIVO DE LA SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN |
LA PRESENTE HOJA DE FIRMAS FORMA PARTE INTEGRAL DEL CONTRATO
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