CONVENIO DE VOLUNTARIADO CON LA PARROQUIA XXXX
CONVENIO DE VOLUNTARIADO CON LA PARROQUIA XXXX
Nombre Voluntario: |
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Entre las partes de común acuerdo, XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, identificado con la cédula de Ciudadanía No. XX.XXX.XXX de XXXXXXXXX, en adelante denominado EL VOLUNTARIO por una parte, y Pbro. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXX, identificado con la cédula de ciudadanía No. XXXXXXXXX de XXXXXXX, quien actúa en calidad de Representante Legal la PARROQUIA XXXXXXXXXXXXXXX, identificada con NIT XXX.XXX.XXX-X, en adelante denominada LA PARROQUIA, acuerdan celebrar el presente CONVENIO DE VOLUNTARIADO, el cual se regirá por los siguientes términos y condiciones:
CLÁUSULAS
PRIMERA – Definición de Voluntariado: Las partes conciben un voluntario (a) como toda persona natural que libre y responsablemente, sin recibir remuneración alguna, con un carácter altruista y solidario, ofrece tiempo, trabajo y talento para la construcción del bien común en forma individual o colectiva,
SEGUNDA – Objeto: Las partes han suscrito el presente Convenio con el fin de regular el desarrollo de las actividades de voluntariado dentro de la Parroquia en calidad de XXXXXXXXXXXXXXXXXX (describir la función o funciones). En virtud del presente Convenio, La PARROQUIA se compromete para con EL VOLUNTARIO a facilitarle todos los medios para que reciba la información y los recursos necesarios para la realización de su labor social.
TERCERA - Exclusión laboral: Las actividades que EL VOLUNTARIO realiza dentro de LA PARROQUIA son enteramente gratuitas y altruistas. Por consiguiente, se excluye de antemano la existencia de un contrato de trabajo entre LA PARROQUIA y EL VOLUNTARIO, de manera que LA PARROQUIA no se encuentra obligada al pago de salarios o prestaciones sociales de ninguna naturaleza ni a realizar o ejecutar ninguna otra obligación que se derive o pueda derivarse de un contrato de trabajo o de aprendizaje.
De esta manera, la acción voluntaria se realiza en los términos del Art. 3 numerales 1 y 2 de la Ley 720/2001, esto es, como una acción de servicio a la comunidad en virtud de una relación de carácter civil y voluntaria, sin remuneración de carácter laboral en la que LA VOLUNTARIA ofrece tiempo, trabajo y talento para la construcción del bien común en forma individual o colectiva. Por esta razón este acuerdo no se rige por las normas laborales colombianas sino por la legislación del servicio voluntario (Ley 720/2001).
CUARTA - Duración: El término de duración del presente acuerdo es de un año, a partir de la fecha de la firma del presente instrumento, pudiendo prorrogarse a voluntad de las partes indefinidamente como extinguirlo o darlo por terminado en cualquier oportunidad o periodo con la sola comunicación escrita o verbal de cualquiera de las partes que así lo decida sin que ello implique el pago de indemnizaciones. Parágrafo- Prórrogas: El presente convenio no tiene prórroga automática. Cualquiera de las partes puede decidir unilateralmente no prorrogar el convenio una vez la duración acordada se haya cumplido. En caso contrario, la prorroga debe hacerse con la firma de un nuevo convenio de voluntariado o con otro sí al convenio actual.
CUARTA - Compromiso de LA PARROQUIA: Durante el tiempo que dura el presente acuerdo, LA PARROQUIA dispondrá permanentemente de una persona del equipo, que estará a cargo de la coordinación, planeación y evaluación del trabajo de LA VOLUNTARIA.
QUINTA – Obligaciones de LA PARROQUIA: 1) LA PARROQUIA proveerá a la VOLUNTARIA de los recursos necesarios para la movilización dentro de la zona de trabajo para la realización de sus obligaciones; 2) El reconocimiento de los gastos en que incurra LA VOLUNTARIA para el desarrollo de las actividades asignadas, será asumido por LA PARROQUIA previa autorización del Párroco; 3) LA PARROQUIA proporcionará a la VOLUNTARIA, la inducción respectiva y la información que requiera para el cumplimiento de sus funciones específicas y 4) LA PARROQUIA entregará a la VOLUNTARIA si lo requiere, la certificación de su servicio en la institución.
SEXTA - Obligaciones de EL VOLUNTARIO: Son obligaciones del VOLUNTARIO: 1) Asumir con responsabilidad los compromisos de la acción voluntaria de acuerdo con la orientación, de la PARROQUIA. 2) Asistir cuando la PARROQUIA, se lo pida, a la inducción al voluntariado, a la evaluación, planeación y a la formación en temas afines y a hacer y quehaceres de la PARROQUIA. 3) Acoger el manual, directrices o reglamentos propios de la PARROQUIA donde desarrolle el voluntariado, así mismo respetará las normas allí expuestas para su protección y la de los/las demás miembros del equipo de voluntarios cuando sea un grupo de voluntariado. 4) Responder por los prejuicios que por xxxx, culpa leve o grave ocasionarle a las instalaciones físicas de la PARROQUIA, lugar donde hace su voluntariado o la persona jurídica como tal. 5) Acreditar su afiliación y pago de la seguridad social, bien sea en el régimen contributivo o subsidiado, en calidad de afiliado o beneficiario. Es estrictamente necesario que el VOLUNTARIO tenga cubierta su seguridad social pues en caso de un eventual accidente o enfermedad el voluntario tendrá donde acudir dado que la PARROQUIA no asumirá los gastos derivados de estas situaciones en tanto no cuenta con los recursos financieros para ello y adicionalmente porque no tendrá la obligación de ello en tanto que el ejercicio del voluntario no genera ningún vínculo laboral. El voluntario se compromete a estar al día con su seguridad social y a presentar los soportes actualizados con cierta periodicidad, como mínimo una vez por semestre. 6) Guardar absoluta confidencialidad de la información conocida durante las actividades de voluntariado guardará la confidencialidad de los planes y programas, proyectos trazados por la PARROQUIA con acción voluntaria, para que estos no sean entorpecidos por terceras personas. 7) Respetar las normas internas de seguridad de LA PARROQUIA para el ingreso y permanencia en sus instalaciones de conformidad con los lineamientos especificados. 8) Guardar las más estrictas normas de ética, moral y respeto con las personas en el tiempo de las actividades voluntarias. 9) Exonerar a LA PARROQUIA de responsabilidades relacionadas con cualquier vínculo laboral. 10) Ser cuidadoso con los equipos e instalaciones de LA PARROQUIA, al igual que con las demás instalaciones de las que se debe hacer uso en marco de las actividades de la fundación. 11) Abstenerse de exigir, o recibir, por la labor desarrollada en LA PARROQUIA para él o para terceras personas, dineros o cualquier otra utilidad de parte de los beneficiarios de la PARROQUIA. 12) Comunicar oportunamente a LA PARROQUIA de cualquier riesgo, peligro o contingencia que pueda presentarse dentro del desarrollo de las actividades.
SÉPTIMA - Confidencialidad: EL VOLUNTARIO reconoce que toda la información, incluyendo pero no limitándose a escritos, dibujos, fotografías, modelos o revelaciones orales, conocidas o realizadas con ocasión de las actividades en la PARROQUIA es y será propiedad única y exclusiva de LA PARROQUIA. En virtud de lo anterior, EL VOLUNTARIO se compromete a utilizar la información confidencialmente y únicamente para los usos para los que le fue proporcionada.
OCTAVA - PROPIEDAD INTELECTUAL: De conformidad con lo establecido en el presente Convenio, es expresamente entendido por EL VOLUNTARIO que cualquier derecho patrimonial o de explotación derivado de toda obra o en general de cualquier invención o creación intelectual realizada u originada en desarrollo de las actividades relacionadas con su desempeño del voluntariado, es de propiedad exclusiva de LA PARROQUIA, y sobre ellas LA PARROQUIA sólo deberá sujetar su actuación al reconocimiento del nombre del autor o inventor, conforme con lo establecido con las normas pertinentes. Si EL VOLUNTARIO crea o participa en la creación de propiedad intelectual en el ejercicio de sus actividades al interior de LA PARROQUIA, EL VOLUNTARIO se compromete a no reclamar ningún pago especial por dicha propiedad intelectual. EL VOLUNTARIO adquiere la obligación de hacer la cesión del título a LA PARROQUIA, de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia.
NOVENA – MANEJO Y USO DE INFORMACIÓN PERSONAL: LA PARROQUIA hará uso de la información personal suministrada por EL VOLUNTARIO, con fines de generar retroalimentación sobre toda su actividad durante su permanencia en LA PARROQUIA. EL VOLUNTARIO, se compromete a actualizarla cuando sea pertinente o a pedir que su información sea eliminada de nuestras bases de datos, al momento que se encuentre desvinculado.
DÉCIMA: El presente Acuerdo de Acción Voluntaria puede ser modificado de acuerdo a las necesidades y circunstancias que así lo requiera, pero deberá guardar lo normativizado en la ley 720 del 2001, expedida por el Congreso dela República de Colombia y su decreto reglamentario 4290 del 2005.
UNDÉCIMA: Queda expresa y formalmente establecido que cualquiera que hubiere sido en el pasado, en el presente o a futuro el acuerdo de acción voluntaria, en razón de su índole, de su objeto y de su finalidad, no genere ni generará en ningún momento vínculo laboral entre la PARROQUIA y EL VOLUNTARIO toda vez que su relación siempre es y ha sido radicalmente ajena a cualquier nexo laboral.
En constancia, se firma por las partes en Rionegro-Antioquia a los XX días del mes de XXXXXXX del año 2019.
LA VOLUNTARIA, LA PARROQUIA,
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XXXXXXXX XXXXX XXXXX Xxxx. XXXXX.XXXXX XXXXX XXXX
C.C. 39.451.800 C.C. XX.XXX.XXX
Parroquia XXXXXXXXXXXXXX
NIT: XXX.XXX.XXX-x