Contract
Contrato de Compraventa de Instrumentos Musicales y Equipos de Sonido, que celebran por una parte la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, representada en este acto por el Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Director General de Administración y Finanzas, a quien en lo sucesivo se le denominará “La Secretaría” y por la otra parte, la Persona Física Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx y/o Economusic, representada en este acto por ella misma, a quien en lo subsecuente se le designará como “El Proveedor”, de conformidad con los Antecedentes, Declaraciones y Cláusulas siguientes:-------------------------------------------------------
ANTECEDENTES:
A. Con fecha 07 xx Xxxxx de 2006, “La Secretaría”, a través de la Dirección General de Administración y Finanzas, envió oficios donde se les formuló una invitación a varias empresas y funcionarios de la misma dependencia, asimismo a la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado, a la Contraloría General; para participar en la Licitación Simplificada No. LS/GEV-23-012/06 relativa a la compraventa de Instrumentos Musicales, Equipos de Sonido, Reproductores de Discos Compactos y Televisores, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 46 del Decreto No. 521, del Presupuesto de Egresos para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, para el ejercicio fiscal de 2006 y 1, 9, 10, 26 fracción II, 43, 56, 57, 58 y demás relativos aplicables de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
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B. Con fecha 17 xx Xxxxx de 2006, se celebró la Junta de Presentación y Apertura de Proposiciones respecto a la licitación señalada en el inciso anterior, en términos de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, y base quinta de las bases de participación de la licitación de referencia. -
C. Con fecha 20 xx Xxxxx de 2006, se llevo a cabo la Notificación de Fallo de la Licitación Simplificada No. LS/GEV-23-012/06 relativa a la compraventa de Instrumentos Musicales, Equipos de Sonido, Reproductores de Disco Compactos y Televisores; siendo favorecido “El Proveedor” en las partidas de la licitación que en la cláusula primera de este contrato se indican, en acatamiento a lo estipulado en el artículo 44 de la Ley citada en el antecedente B..-------------------------------------------------
D E C L A R A C I O N E S:
I.“DE LA SECRETARÍA”
I.1.Que es una dependencia del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, en términos de los artículos 50 de la Constitución Política del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 1, 2, 4, 9 fracción IV, 10, 11, 15, en relación con los artículos 21 y 22 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 186 del Código Financiero para el Estado Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 46 del Decreto No. 521 del Presupuesto de Egresos para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, para el Ejercicio Fiscal 2006, 1, 3 y 18 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación.----------------
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I.2. Que la personalidad jurídica del C. Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Director General de Administración y Finanzas para celebrar a nombre de “La Secretaría” en los términos del presente contrato, se acredita con el nombramiento expedido a su favor el día 01 de diciembre del 2004, por el Xx. Xxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Secretario de Educación para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, así como por las facultades conferidas en el artículo 18 fracción III, del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación.
I.3. Que cuenta con los recursos disponibles suficientes, en la Partida Presupuestal 5104, para cubrir el monto de los bienes pactados en el presente contrato.--------------------------------------------------------------
I.4.“La Secretaría” declara que es su voluntad celebrar el presente contrato relativo a la compraventa de Instrumentos Musicales y Equipo de Sonido con “El Proveedor” bajo la modalidad de licitación simplificada y de conformidad con los artículos 26 fracción II, 54, 56, 57 y 58 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
I.5.Que señala como su domicilio para los efectos de este contrato el ubicado en el kilómetro 4.5 de la Carretera Federal Xalapa a Veracruz de la Colonia S.A.H.O.P. con Código Postal 91190 y R.F.C. No. SED9905019C2.
II. DE “EL PROVEEDOR”
II.1.Que es una Persona Física, lo cual acredita su personalidad con copia de su Acta de Nacimiento No. 848, expedida por el Registro Civil de la Ciudad de Coatepec, Ver, además presenta fotocopia de su Credencial de Elector con Folio No. 049858004 expedida por el Instituto Federal Electoral en Xalapa, Ver.-
- II.2.Que cuenta con R.F.C. No. GOGR490907-1S6 expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.-
II.3.Que señala como su domicilio para los efectos legales de este contrato el ubicado en la Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xx. 0, Xxxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Tel. y Fax 000-00-00, en Coatepec, Ver. -------------
II.4.Que cuenta con la capacidad legal, técnica y financiera suficiente para el suministro de los bienes requeridos por “La Secretaría”. -
- II.5.Que manifiesta bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en ninguno de los casos de excepción para la contratación del servicio establecidos en el artículo 45, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento, Administración y Enajenación de Bienes Muebles para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
C L Á U S U L A S:
PRIMERA: Objeto. “El Proveedor” vende a “La Secretaría” y este se obliga a proporcionar los Instrumentos Musicales y Equipo de Sonido que a continuación se detallan:--------------------------------------
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PARTIDA | DESCRIPCION | U. DE M | CANTIDAD | P.U. | TOTAL |
1 | MANDOLINA XX XXXXX ROJO Y MAQUINARIA IMPORTADA EN MEDIDA STANDARD MARCA ESP. | PIEZA | 8 | $ 420.00 | $ 3,360.00 |
2 | GUITARRA CLASICA XX XXXX EN VARIOS COLORES MARCA ANOTHA | PIEZA | 4 | $ 360.00 | $ 1,440.00 |
3 | CLARINETE LAQUEADO CON ESTUCHE Y BOQUILLA MARCA XXXXXXX | PIEZA | 2 | $ 1,750.30 | $ 3,500.00 |
4 | VIOLIN DE 4/4 CON ESTUCHE EN XXXXXX XX XXXX Y ARCO MARCA XXXXXXX | PIEZA | 2 | $ 940.00 | $ 1,880.00 |
0 | XXXXXXXXXXX XX XXXXX XXXXXX XXX XXXXXX ORIGINAL MARCA ANOTHA | PIEZA | 2 | $ 2,370.00 | $ 4,740.00 |
6 | CONTRABAJO XX XXXXX CANADIENSE EN MEDIDA DE 4/4 MARCA ANOTHA | PIEZA | 2 | $ 2,400.00 | $ 4,800.00 |
7 | BONGO XX XXXXXX NATURAL CON PARCHE SINTETICO | PIEZA | 1 | $ 660.00 | $ 660.00 |
8 | BOMBO DE 28” LAQUEADO EN COLOR NEGRO CON PARCHE SINTETICO XXXXX XXXXX | PIEZA | 1 | $ 2,895.00 | $ 2,895.00 |
9 | FLAUTA TRANSVERSA LAQUEADA CON ESTUCHE MARCA XXXXXXX | PIEZA | 2 | $ 2,170.00 | $ 4,340.00 |
10 | TIMBALES LAQUEADOS DE 13 Y 14 | JUEGO | 1 | $ 2,700.00 | $ 2,700.00 |
PULGADAS CON ATRIL MARCA THUNDER | |||||
11 | TROMPETAS LAQUEADAS CON ESTUCHE Y BOQUILLA | PIEZA | 2 | $ 2,365.00 | $ 4,730.00 |
12 | FLAUTA PICCOLO ESTANDARD DE RESINA MOD. YPC32 MARCA YAMAHA | PIEZA | 12 | $ 7,000.00 | $ 84,000.00 |
13 | FLAUTA TRANSVERSAL CON ESTUCHE ESTANDAR MODELO YFL 221 MARCA YAMAHA | PIEZA | 12 | $ 12,000.00 | $ 144,000.00 |
14 | SAXOFON TENORES EN COLOR DORADO CON ESTUCHE YTS 23 MARCA YAMAHA | PIEZA | 12 | $ 15,500.00 | $ 186,000.00 |
00 | XXXXXXXX Xx XXXXXXXXXX XXX 0000 DORADA MARCA YAMAHA | PIEZA | 20 | $ 10.374.35 | $ 207.487.00 |
16 | TROMBON TENOR XX XXXX ESTANDAR CON ESTUCHE MODELO YSL 354E MARCA YAMAHA | PIEZA | 12 | $ 15,000.00 | $ 180,000.00 |
17 | SOUSAFON TUBA EN COLOR BLANCO CON ESTUCHE EN COLOR BLANCO YSH 301 | PIEZA | 7 | $ 48,800.00 | $ 341,600.00 |
18 | MELOFONOS DE MARCHA CON ESTUCHE MOD. YMP203 M MARCA YAMAHA | PIEZA | 12 | $ 23,000.00 | $ 276,000.00 |
19 | RESONADORES MULTITIMBRE EN COLOR BLANCO SERIE FSZ- MTS CON CARGADOR TUBULAR MARCA YAMAHA | PIEZA | 6 | $ 28,000.00 | $ 168,000.00 |
20 | SET DE BOMBOS DE MARCHA 28” 26”24”22”20”18”16” PULGADAS EN COLOR BLANCO SERIE DE FIELD CORPS CON CARGADOR MARCA YAMAHA | JUEGO | 1 | $ 104,000.00 | $ 104,000.00 |
21 | MULTITENOR DE 6 VASOS EN COLOR BLANCO CON CARGADOR INCLUIDO SERIE FIELD CORPS MARCA YAMAHA | PIEZA | 3 | $ 45,000.00 | $ 135,000.00 |
22 | EQUIPO DE SONIDO QUE CONSTA DE: 1 CONSOLA DE 4 CANALES CON AMPLIFICADOR DE 400 WATTS; 2 BOCINAS DE 1000 WATS EN MATERIAL PLASTIFICADO, COLOR NEGRO DE 12”; 1 MICROFONO ALAMBRICO CON SWITCH DE ENCENDIDO Y APAGADO; UNA RADIOGRABADORA CON LECTOR DE CD Y REPRODUCTOR DE CASSETE; UN ATRIL PARA MICROFONO COLOR NEGRO; UN PAR DE CABLES PARA BOCINAS DE 10 MTS CADA UNO Y CONECTORES Y UN CABLE PARA MICROFONO DE 5 METROS. MARCA BACKSTAGE | JUEGO | 5 | $ 6,900.00 | $ 34,500.00 |
23 | AMPLIFICADOR CON REPRODUCTOR AUTOREVERSIBLE DE CASSETE, DE 600W PMPO, ENTRADA PARA 2 MICROFONOS Y UNA AUXILIAR; CONTROLES INDEPENDIENTES PARA GRAVES, AGUDOS Y CONTROL DE TONOS; SALIDA DE BOCINA IMPEDANCIA 4 (DESBALANCEADA); CON 2 TROMPETAS CIRCULAR FABRICADA EN ALUMINIO COLOR GRIS CON UNIDAD INTEGRADA.; 1 MICROFONO PROFESIONAL UNIDIRECCIONAL ALAMBRICO E INALAMBRICO; METALICO CROMADO, CON ENTRADA PARA PLUG 6.3MM. DISTANCIA EFECTIVA DE 15-30M. UTILIZA BATERIAS TIPO “AA”. 2 CABLES DE 10 MTS CADA UNO. MARCA MITZU | JUEGO | 1 | $ 2,000.00 | $ 2,000.00 |
SUBTOTAL | $ 1,897,632.00 | ||||
I.V.A. | $ 284,644.80 | ||||
TOTAL | $ 2,182,276.80 |
SEGUNDA: Forma de Pago. “La Secretaría” se compromete a pagar a precio fijo a “El Proveedor” la cantidad de $ 2,182,276.80 (DOS MILLONES CIENTO OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS
SETENTA Y SEIS PESOS 80/100 M.N.) incluido el 15% del Impuesto al Valor Agregado, cantidad que será pagada dentro de los 30 días naturales siguientes a la entrega total de los bienes, previa presentación de la factura debidamente requisitada fiscalmente. Los pagos se efectuarán a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, mediante transferencia electrónica. -
TERCERA: Lugar de Entrega. Los bienes deberán ser entregados libre a bordo en el almacén de “La Secretaría” ubicado en la prolongación de Xxxx Xxxxx Xxxxxxx y Xxxxx N°. 43 de la Colonia Viveros del Municipio de Banderilla, Veracruz. Las entregas deberán realizarse coordinadamente con el almacén, con previo aviso al teléfonos 000-00-00, 0-00-00-00 extensión 104 y 000-00-00 en días hábiles de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 14:00 horas.
CUARTA: Plazo de Entrega. “El Proveedor” se obliga a la entrega de los bienes dentro de un término de 15 (Quince) días naturales siguientes a la notificación del fallo de licitación, siendo el plazo de entrega el día 11 (Once) xx Xxxx de 2006. No se aceptarán entregas parciales de los bienes, solo se aceptará la totalidad de los bienes. Además “El Proveedor” se obliga a entregar en la Subdirección de Adquisiciones, Arrendamiento y Mantenimiento de Inmuebles de “La Secretaría” una constancia que avale la entrega recepción de los bienes. Solo hasta la entrega total de los bienes se recibirá la factura debidamente requisitada y hasta entonces se iniciará el trámite normativo correspondiente de pago.- -
- QUINTA: Garantía de los bienes. “El Proveedor” se obliga a garantizar la calidad de los bienes contra cualquier defecto de fabricación, composición y/o vicio oculto, por el término por el término de 1 (un) año contados a partir de la entrega total de los bienes, comprometiéndose a su reposición por otros de la misma calidad, marca y totalmente nuevos en un término de 5 (cinco) días naturales a partir de la notificación por escrito de “La Secretaría”.-
SEXTA: Garantía de Cumplimiento de Contrato. Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato la calidad de los bienes y el pago de daños y perjuicios ocasionados por su incumplimiento, el pago de las penas convencionales y todas las obligaciones pactadas, “El Proveedor” deberá exhibir a favor de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, Póliza de Fianza expedida por compañía legalmente autorizada para ello, por el importe del 10% (DIEZ POR CIENTO) del monto total del contrato, el cual corresponde a la cantidad de $ 189,763.20 (CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES 20/100 M.N.) sin incluir el concepto del Impuesto al Valor Agregado, conforme a lo establecido en el artículo 64 fracción II, de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
SÉPTIMA: Vigencia de la Fianza. El “Proveedor” queda obligado a mantener vigente la Fianza mencionada en la cláusula anterior por el término de de 1 (un) año y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte la resolución definitiva por autoridad competente, en la inteligencia que dicha Fianza, solo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de la Secretaria de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. La institución afianzadora se somete al procedimiento administrativo de ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas con exclusión de cualquier otro.
- OCTAVA: Incremento. “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado
originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.----------
- NOVENA: Pena Convencional. “El Proveedor” se compromete a pagar a “La Secretaría” como pena convencional un 5 (cinco) al Millar por cada día de atraso en la entrega de los bienes objeto del presente contrato, mismo que será deducido proporcionalmente del importe total a pagar, con sujeción en lo establecido en el artículo 62 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.--------------------------------
- DÉCIMA: Rescisión de Contrato. “La Secretaría” podrá rescindir administrativamente el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas por ”El Proveedor”, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 79, 80 y 81 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.--------------------------------
- DÉCIMA PRIMERA: Derechos y Obligaciones. Acuerdan las partes que los derechos y obligaciones del presente contrato, no podrán cederse o traspasarse total, ni parcialmente bajo ninguna modalidad en favor de persona alguna. La contravención a esto traerá como consecuencia la rescisión del mismo, sin responsabilidad alguna para “La Secretaría”. Queda entendido y aceptado expresamente por “La Secretaría” y “El Proveedor” que el pago por resarcimiento de daños y perjuicios como consecuencia de la rescisión del contrato, no podrá exceder del monto total del valor del presente contrato.---------------
- DÉCIMA SEGUNDA: Incumplimiento. “El Proveedor” acepta y reconoce que en caso de incumplimiento en el sostenimiento de su oferta, como se establece en la base Décima Octava de las Bases de la licitación que originan este contrato o a las obligaciones pactadas en este instrumento legal, se hará acreedor a las sanciones consistentes en multa de cien a mil xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en la capital del Estado, en la fecha que se cometa la infracción; y prohibición para participar en los procesos de licitación durante dos años, de conformidad con el artículo 73 fracciones I y II, de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. -
- DÉCIMA TERCERA: Capacidad. “El Proveedor” acepta que “La Secretaría” analice en los lugares que crea convenientes la calidad de los bienes, así como realizar visitas a las instalaciones de “El Proveedor” cuando lo considere necesario para verificar su capacidad.------------------------------------------
- DÉCIMA CUARTA: Consentimiento. Las partes manifiestan que en el presente contrato no existe error, dolo, o mala fe, ni lesión alguna que pudiera invalidarlo, comprometiéndose a cumplirlo en cualquier tiempo, lugar y bajo las condiciones ya especificadas.-----------------------------------------------------
- DÉCIMA QUINTA: Jurisdicción. Para la interpretación y debido cumplimiento del presente contrato, las partes convienen en someterse expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales comunes de la Ciudad de Xalapa-Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave; renunciando al fuero que les corresponda en atención a su domicilio presente o futuro.---------------------------------------------------------
- Enteradas las partes del alcance, contenido y fuerza legal de este contrato lo firman en la Ciudad de Xalapa-Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave; a los 21 días del mes xx Xxxxx de Dos Mil Seis.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Por “La Secretaría”
Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.
Director General de Administración y Finanzas.
Por “El Proveedor” Economusic
C. Ma. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx
Representante Legal.
Contrato de Compraventa de Reproductores de Discos Compactos y Televisores, que celebran por una parte la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, representada en este acto por el Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Director General de Administración y Finanzas, a quien en lo sucesivo se le denominará “La Secretaría” y por la otra parte, la Persona Física Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx y/o Mitzu, representado en este acto por el mismo, a quien en lo subsecuente se le designará como “El Proveedor”, de conformidad con los Antecedentes, Declaraciones y Cláusulas siguientes:--------------------------------------------------------------
ANTECEDENTES:
A. Con fecha 07 xx Xxxxx de 2006, “La Secretaría”, a través de la Dirección General de Administración y Finanzas, envió oficios donde se les formuló una invitación a varias empresas y funcionarios de la misma dependencia, asimismo a la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado, a la Contraloría General; para participar en la Licitación Simplificada No. LS/GEV-23-012/06 relativa a la compraventa de Instrumentos Musicales y Equipos de Sonido, Reproductores de Discos Compactos Y Televisores, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 46 del Decreto No. 521, del Presupuesto de Egresos para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, para el ejercicio fiscal de 2006 y 1, 9, 10, 26 fracción II, 43, 56, 57, 58 y demás relativos aplicables de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
B. Con fecha 17 xx Xxxxx de 2006, se celebró la Junta de Presentación y Apertura de Proposiciones respecto a la licitación señalada en el inciso anterior, en términos de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, y base quinta de las bases de participación de la licitación de referencia. -
C. Con fecha 20 xx Xxxxx de 2006, se llevo a cabo la Notificación de Fallo de la Licitación Simplificada No. LS/GEV-23-012/06 relativa a la compraventa de Instrumentos Musicales y Equipos de Sonido, Reproductores de Disco Compactos y Televisores; siendo favorecido “El Proveedor” en las partidas de la licitación que en la cláusula primera de este contrato se indican, en acatamiento a lo estipulado en el artículo 44 de la Ley citada en el antecedente B..----------------------------------------------
D E C L A R A C I O N E S:
I.“DE LA SECRETARÍA”
I.1.Que es una dependencia del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, en términos de los artículos 50 de la Constitución Política del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 1, 2, 4, 9 fracción IV, 10, 11, 15, en relación con los artículos 21 y 22 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 186 del Código Financiero para el Estado Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 46 del Decreto No. 521 del Presupuesto de Egresos para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, para el Ejercicio Fiscal 2006, 1, 3 y 18 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación.----------------
-
I.2. Que la personalidad jurídica del C. Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Director General de Administración y Finanzas para celebrar a nombre de “La Secretaría” en los términos del presente contrato, se acredita con el nombramiento expedido a su favor el día 01 de diciembre del 2004, por el Xx. Xxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Secretario de Educación para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, así como por las facultades conferidas en el artículo 18 fracción III, del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación.
I.3. Que cuenta con los recursos disponibles suficientes, en la Partida Presupuestal 5110, para cubrir el monto de los bienes pactados en el presente contrato.--------------------------------------------------------------
I.4.“La Secretaría” declara que es su voluntad celebrar el presente contrato relativo a la compraventa de Reproductores de Discos Compactos y Televisores con “El Proveedor” bajo la modalidad de licitación simplificada y de conformidad con los artículos 26 fracción II, 54, 56, 57 y 58 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
I.5.Que señala como su domicilio para los efectos de este contrato el ubicado en el kilómetro 4.5 de la Carretera Federal Xalapa a Veracruz de la Colonia S.A.H.O.P. con Código Postal 91190 y R.F.C. No. SED9905019C2.
II. DE “EL PROVEEDOR”
II.1.Que es una Persona Física, lo cual acredita su personalidad con copia de su Acta de Nacimiento No. 1004, expedida por el Registro Civil en la Ciudad de Xalapa, Ver, además presenta fotocopia de su Credencial de Elector con Folio No. 99851813 expedida por el Instituto Federal Electoral en Xalapa, Ver.
II.2.Que cuenta con R.F.C. No. MIAG770909-7F2 expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.-
II.3.Que señala como su domicilio para los efectos legales de este contrato el ubicado en la Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xx. 00, Xxxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Tel. y Fax 000-00-00 , en Xalapa, Ver. ---
- II.4.Que cuenta con la capacidad legal, técnica y financiera suficiente para el suministro de los bienes requeridos por “La Secretaría”. -
- II.5.Que manifiesta bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en ninguno de los casos de excepción para la contratación del servicio establecidos en el artículo 45, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento, Administración y Enajenación de Bienes Muebles para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
C L Á U S U L A S:
PRIMERA: Objeto. “El Proveedor” vende a “La Secretaría” y este se obliga a proporcionar los Instrumentos Musicales y Equipo de Sonido que a continuación se detallan:--------------------------------------
-
PARTIDA | DESCRIPCION | U. DE M | CANTIDAD | P.U. | TOTAL |
24 | REPRODUCTOR PORTÁTIL DE DISCOS COMPACTOS EN FORMATO DISCMAN EN COLOR ROJO CON AUDIFONOS INCLUIDOS EN COLOR ROJO, SUPER LIGEROS. DC 4.5V AC/DC ADAPTADOR MARCA FUSSIÓN. | PIEZA | 3000 | $280.00 | $ 840,000.00 |
25 | TELEVISORES DE 5.5” PARA UHF/VHF CON PANTALLA DE BURBUJA, RADIO AM/FM, SINTONIZADOR ANÁLOGO, ENTRADA PARA AUDIFONOS. INCLUYE ACCESORIOS. FUENTE DE PODER: 12Vcc/850Ma, ADAPTADOR PARA Vca O 8 BATERIAS TIPO “D”, CON OPCION DE UTILIZAR EL ADAPTADOR DE BATERIA PARA AUTOMOVIL EN COLOR ROJO. MARCA MITZU. | PIEZA | 250 | $500.00 | $ 125,000.00 |
SUBTOTAL | $ 965,000.00 | ||||
I.V.A. | $ 144,750 | ||||
TOTAL | $ 1,109,750.00 |
SEGUNDA: Forma de Pago. “La Secretaría” se compromete a pagar a precio fijo a “El Proveedor” la cantidad de $ 1,109,750.00 (UN MILLON CIENTO NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA 00/100
M.N.) incluido el 15% del Impuesto al Valor Agregado, cantidad que será pagada dentro de los 30 días naturales siguientes a la entrega total de los bienes, previa presentación de la factura debidamente requisitada fiscalmente. Los pagos se efectuarán a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, mediante transferencia electrónica.---------------------------------
- TERCERA: Lugar de Entrega. Los bienes deberán ser entregados libre a bordo en el almacén de “La Secretaría” ubicado en la prolongación de Xxxx Xxxxx Xxxxxxx y Xxxxx N°. 43 de la Colonia Viveros del Municipio de Banderilla, Veracruz. Las entregas deberán realizarse coordinadamente con el almacén, con previo aviso al teléfonos 000-00-00, 8-12-58-04 extensión 104 y 000-00-00 en días hábiles de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 14:00 horas.
CUARTA: Plazo de Entrega. “El Proveedor” se obliga a la entrega de los bienes dentro de un término de 15 (Quince) días naturales siguientes a la notificación del fallo de licitación, siendo el plazo de entrega el día 11 (Once) xx Xxxx de 2006. No se aceptarán entregas parciales de los bienes, solo se aceptará la totalidad de los bienes. Además “El Proveedor” se obliga a entregar en la Subdirección de Adquisiciones, Arrendamiento y Mantenimiento de Inmuebles de “La Secretaría” una constancia que avale la entrega recepción de los bienes. Solo hasta la entrega total de los bienes se recibirá la factura debidamente requisitada y hasta entonces se iniciará el trámite normativo correspondiente de pago.- -
- QUINTA: Garantía de los bienes. “El Proveedor” se obliga a garantizar la calidad de los bienes contra cualquier defecto de fabricación, composición y/o vicio oculto, por el término por el término de 1 (un) año contados a partir de la entrega total de los bienes, comprometiéndose a su reposición por otros de la misma calidad, marca y totalmente nuevos en un término de 5 (cinco) días naturales a partir de la notificación por escrito de “La Secretaría”.-
SEXTA: Garantía de Cumplimiento de Contrato. Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato la calidad de los bienes y el pago de daños y perjuicios ocasionados por su incumplimiento, el pago de las penas convencionales y todas las obligaciones pactadas, “El Proveedor” deberá exhibir a favor de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, Póliza de Fianza expedida por compañía legalmente autorizada para ello, por el importe del 10% (DIEZ POR CIENTO) del monto total del contrato, el cual corresponde a la cantidad de $ 96,500.00 (NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS 00/100 M.N.) sin incluir el concepto del Impuesto al Valor Agregado, conforme a lo establecido en el artículo 64 fracción II, de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.--------------------------------
- SÉPTIMA: Vigencia de la Fianza. El “Proveedor” queda obligado a mantener vigente la Fianza mencionada en la cláusula anterior por el término de de 1 (un) año y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte la resolución definitiva por autoridad competente, en la inteligencia que dicha Fianza, solo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de la Secretaria de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. La institución afianzadora se somete al procedimiento administrativo de ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas con exclusión de cualquier otro. -
- OCTAVA: Incremento. “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos,
Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.----------
- NOVENA: Pena Convencional. “El Proveedor” se compromete a pagar a “La Secretaría” como pena convencional un 5 (cinco) al Millar por cada día de atraso en la entrega de los bienes objeto del presente contrato, mismo que será deducido proporcionalmente del importe total a pagar, con sujeción en lo establecido en el artículo 62 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.--------------------------------
- DÉCIMA: Rescisión de Contrato. “La Secretaría” podrá rescindir administrativamente el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas por ”El Proveedor”, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 79, 80 y 81 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.--------------------------------
- DÉCIMA PRIMERA: Derechos y Obligaciones. Acuerdan las partes que los derechos y obligaciones del presente contrato, no podrán cederse o traspasarse total, ni parcialmente bajo ninguna modalidad en favor de persona alguna. La contravención a esto traerá como consecuencia la rescisión del mismo, sin responsabilidad alguna para “La Secretaría”. Queda entendido y aceptado expresamente por “La Secretaría” y “El Proveedor” que el pago por resarcimiento de daños y perjuicios como consecuencia de la rescisión del contrato, no podrá exceder del monto total del valor del presente contrato.---------------
- DÉCIMA SEGUNDA: Incumplimiento. “El Proveedor” acepta y reconoce que en caso de incumplimiento en el sostenimiento de su oferta, como se establece en la base Décima Octava de las Bases de la licitación que originan este contrato o a las obligaciones pactadas en este instrumento legal, se hará acreedor a las sanciones consistentes en multa de cien a mil xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en la capital del Estado, en la fecha que se cometa la infracción; y prohibición para participar en los procesos de licitación durante dos años, de conformidad con el artículo 73 fracciones I y II, de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. -
- DÉCIMA TERCERA: Capacidad. “El Proveedor” acepta que “La Secretaría” analice en los lugares que crea convenientes la calidad de los bienes, así como realizar visitas a las instalaciones de “El Proveedor” cuando lo considere necesario para verificar su capacidad.------------------------------------------
- DÉCIMA CUARTA: Consentimiento. Las partes manifiestan que en el presente contrato no existe error, dolo, o mala fe, ni lesión alguna que pudiera invalidarlo, comprometiéndose a cumplirlo en cualquier tiempo, lugar y bajo las condiciones ya especificadas.-----------------------------------------------------
- DÉCIMA QUINTA: Jurisdicción. Para la interpretación y debido cumplimiento del presente contrato, las partes convienen en someterse expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales comunes de la Ciudad de Xalapa-Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave; renunciando al fuero que les corresponda en atención a su domicilio presente o futuro.---------------------------------------------------------
- Enteradas las partes del alcance, contenido y fuerza legal de este contrato lo firman en la Ciudad de Xalapa-Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave; a los 21 días del mes xx Xxxxx de Dos Mil Seis.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Por “La Secretaría”
Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.
Director General de Administración y Finanzas.
Por “El Proveedor” MITZU
Lic. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
Representante Legal.