GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA MINISTERIO DE TRABAJO, PLANIFICACION Y RECURSOS HUMANOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA MINISTERIO DE TRABAJO, PLANIFICACION Y RECURSOS HUMANOS
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION FINANCIERA DIRECCION DE CONTRATACIONES
CONCURSO DE PRECIOS - Nº 01/2023 MODALIDAD COMPRA DETERMINADA
FECHA Y HORA DE APERTURA: 14/03/2023 A LAS 10:00HS
FECHA Y HORA LIMITE PARA PRESENTAR OFERTAS: 14/03/2023 A LAS 10:00HS
EXPEDIENTE: EX-2023-00392096- -CAT-DC#MTPRH PROCESO Nº: 22-0001-CPR23
SOLICITUD DE CONTRATACION Nº: 22-1-SCO23 AUTORIZADO POR: RESRH-2023-31-E-CAT-SAC#MTPRH
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
El presente CONCURSO DE PRECIOS - modalidad compra determinada, se regirá por las disposiciones de la Ley Nº 4938 “Administración Financiera, Contrataciones, Administración de los Bienes y Sistemas de Control del Sector Publico Provincial” y su modificatoria introducida por la Ley 5636, y Anexo I del Reglamento Parcial N° 2 aprobado por Decreto Acuerdo N° 1127/2020 y sus modificatorias y lo establecido por Ley N° 5038 “Compre y Contrate Preferentemente Catamarqueño” y sus Decretos Reglamentarios Nº 1122/01 y 445/02 y por las disposiciones xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Resolución RESOL-2020-28-E-CAT- CGP#MHF y del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares; por las disposiciones de la Ley 5038, “Compre y Contrate Preferentemente Catamarqueño” y sus Decretos Acuerdos Reglamentarios Nº 1122/01 y 445/02; y por las disposiciones de los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares de la presente contratación. Normativas, a las que el Oferente con la presentación de su propuesta, implica que las conoce, acepta y se somete a ellas. Todos los requerimientos (características y especificaciones) técnicos, contenidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares deben ser considerados mínimos, pudiendo el Oferente presentar ofertas principales y alternativas o variables cuyas características superen o mejoren las solicitadas.
X. XXXXX DE APERTURA E INFORMES:
Artículo 1º: Los interesados presentarán sus ofertas a través del sistema electrónico de
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compras públicas xxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx , aprobado por Decreto Acuerdo N° 751/2018 y puesto en funcionamiento por Resolución RES-2020-23-E-CAT- CGP#MHF. Los interesados en ofertar en los procesos de contratación del gobierno de provincia de Catamarca, podrán encontrar detallados instructivos en video y archivos PDF en el siguiente link xxxxx://xxx-xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx. Los oferentes formularán sus propuestas a través del sistema electrónico de contrataciones en entorno web que administra Contaduría General de la Provincia de Catamarca denominado “Xxxxx.xx” ( xxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx ). No se admitirá la presentación de la oferta mediante una forma distinta a la expuesta.
B. OBJETO DEL LLAMADO:
Artículo 2º: El presente CONCURSO DE PRECIOS - modalidad compra determinada tiene por objeto la contratación de ACTUALIZACION DE LOS SISTEMAS DE RECURSOS HUMANOS, DEL MINISTERIO DE TRABAJO
PLANIFICACION Y RECURSOS HUMANOS, según se detalla en el Anexo IV del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
C. PRESUPUESTO OFICIAL:
Artículo 3º: El Presupuesto Oficial de la presente contratación asciende a la suma de Pesos Noventa Millones con 00/100 ($ 90.000.000,00).
RECEPCION DE OFERTAS:
Artículo 4º: Los interesados presentaran sus ofertas a través del sistema electrónico de compras públicas (xxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx). Las ofertas se deberán presentar hasta el día y hora que se determine por la autoridad competente en la convocatoria que se publica a través del XXXXX.XX utilizando el formulario electrónico que suministre el sistema, y cumpliendo todos los requerimientos del presente pliego, acompañando la documentación que la integre en soporte electrónico. Para el caso en que en los pliegos se solicite algún requisito que sólo sea posible efectuar en forma material, como la entrega de muestras, o la presentación de documentos que por sus características deban ser presentados en soporte papel, estos serán individualizados en la oferta y serán presentados en la Dirección de Contrataciones dependiente de la Subsecretaria de Administración Financiera del Ministerio de Trabajo, Planificación y Recursos Humanos de Provincia de Catamarca, Av. Venezuela S/N C.A.P.E. Pabellón N° 3- San Xxxxxxxx xxx Xxxxx de Catamarca, en la fecha, hora y lugar que se indique. Todo archivo que se adjunte a la oferta ya sea adjunto a un ítem en particular, como en cumplimiento de los requisitos mínimos de participación o como anexos adicionales, para que se adjunten a las ofertas luego de seleccionar el archivo a adjuntar, deben pulsar el botón “INGRESAR ARCHIVO O ANEXO O IMAGEN”, los archivos que no sean ingresados de dicha forma no serán recibidas por la UNIDAD LICITANTE.
Artículo 5º: La oferta deberá ser formulada, en alguna de las siguientes formas:
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a) En el caso de Personas Físicas: La oferta será refrendada por el Oferente o su Representante Autorizado, con poderes habilitantes al efecto.
b) Si el Oferente fuera una Persona Jurídica: La oferta deberá formularla el Representante Legal de la Sociedad o Mandatario con Poderes Especiales o Generales de Administración, debidamente certificados por Escribano Público. De tratarse de una firma de otra jurisdicción, tal acreditación se efectuará por Instrumento Público certificado por Escribano Público y legalizado ante el Colegio de Escribanos correspondiente. EN TODOS LOS CASOS, LA ACREDITACION DE LA REPRESENTACION QUE SE INVOCA, DEBERA ADJUNTARSE A LA PROPUESTA.
Artículo 6º: Asimismo, y en el caso de otorgarse Poder Especial o General de Administración, deberá también acreditar fehacientemente, mediante Contrato Constitutivo de la Sociedad, Acta de Asamblea de Socios, Publicación de Edictos u otro medio, y con los recaudos antes requeridos, la facultad que se invoca para otorgar la misma.
D. RECEPCIÓN Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS:
Artículo 7º: Serán admisibles únicamente las ofertas que se presenten hasta el día y hora que se indique en la convocatoria, a través del sistema electrónico de contrataciones XXXXX.XX utilizando el formulario electrónico que suministre el mismo. Cumpliendo asimismo con los siguientes requerimientos, acompañando la documentación que la integre en soporte electrónico:
a) Declaración Jurada de sometimiento expreso a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Catamarca con renuncia expresa al Fuero Federal y a cualquier otro fuero que pudiere corresponder, para la resolución de controversias motivadas por el contrato en cualquiera de sus etapas (ANEXO I).
b) Declaración Jurada del oferente, de no encontrarse incurso de ninguna de las causales de inhabilidad ni suspendido en el Registro de Proveedores del Estado provincial para contratar con la provincia (ANEXO I).
c) Los Oferentes deberán obligatoriamente constituir domicilio Legal en la Ciudad de San Xxxxxxxx xxx Xxxxx de Catamarca y domicilio electrónico especial de acuerdo a lo normado por el artículo 104º Bis de la Ley 4938, incorporado por el artículo 19º de la Ley Nº 5636/2020.
d) No obligatorio: Para gozar de los beneficios de la Ley N° 5038 “Compre y Contrate
Preferentemente Catamarqueño” y sus Decretos Acuerdos Reglamentarios N° 1122/01 y Nº 445/02, certificados emitidos por: Dirección Provincial de Comercio y Dirección Provincial de Inspección Laboral. En caso de presentarse copias de los mencionados certificados, las mismas deberán estar certificadas por Escribano Publico o por Autoridad de Aplicación.
e) Constancia Vigente de Inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos A.F.I.P. y Cedula Fiscal con inscripción en el Rubro que corresponda, con el objeto del presente procedimiento para contribuyentes locales; y para Contribuyentes no locales, constancia de Convenio multilateral en la que se
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acredite la inscripción en el rubro que se corresponda con el objeto del presente procedimiento, vigente a la fecha de apertura de la presente contratación.
f) Se constatará que el oferente se encuentre Inscripto en el Registro de Proveedores del Estado Provincial, en el rubro que corresponda con el objeto de la presente contratación. La Comisión Evaluadora, verificará la vigencia y validez del estado de Inscripción en el Registro de Proveedores del Estado Provincial, corroborándola con la Contaduría General de la Provincia y verificará la documentación societaria y firmantes autorizados.
En caso de OFERENTES NO INSCRIPTOS, la sola presentación de oferta, implicará solicitud de inscripción en el Registro de Proveedores del Estado Provincial, debiendo el oferente completar la documentación pertinente dentro de los CINCO (5) días corridos posteriores a la fecha del acto de apertura. Si el oferente no cumpliera, se tendrá por no inscripto y la oferta como no presentada. Deberán asimismo constituir un domicilio electrónico especial en la respectiva oferta.
g) Deberán presentar certificado de normas de calidad ISO 9001:2015 específicas para instalación y desarrollo de software e instalación y mantenimiento de sistemas de seguridad electrónica.
h) Deberán presentar una nota del fabricante de los equipos, que indiquen ser integradores certificados de la marca ofertada, así como también estar capacitados en las tecnologías aplicadas.
i) Constitución de la GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA por el plazo establecido en el artículo 10° del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, o la constancia de haberla constituido.
La misma deberá ser del UNO POR CIENTO (1%) del monto total de la oferta y por todo el tiempo de mantenimiento de la oferta, la que deberá ser constituida de acuerdo a alguna de las formas que se establece en el artículo 23°. Salvo las excepciones previstas en el artículo 24° del presente pliego. En la oferta presentada a través del “XXXXX.XX”, el oferente individualizará la garantía de mantenimiento de la oferta mediante los datos que requiera el sistema.
j) Sellado provincial equivalente al Seis por Mil (6‰) sobre la Garantía de mantenimiento de Oferta cuando esta sea constituida por medio de avales y demás garantías personales o seguro de caución, de conformidad a lo establecido por el artículo 19º Inc . 6 y 22° Inc .1 xx Xxx Impositiva Provincial Nº 5797 vigente para el Ejercicio Fiscal 2023.
k) Sellado Provincial en concepto de Tasa Retributiva de Servicios para el Concurso de Precios, del EL CERO COMA UNO POR CIENTO, (0,1%), calculado sobre el Monto de la Oferta de conformidad a lo establecido por el artículo 27º de la Ley Impositiva Provincial Nº 5797 vigente para el Ejercicio Fiscal 2023.
E. ESPECIFICACIONES:
Artículo 8º: Respecto al servicio a proveer deberá indicar con la mayor precisión
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posible y sin lugar a interpretaciones ambiguas, los servicios ofrecidos y otras características técnicas que permitan individualizar lo cotizado; acompañado de un plan de trabajo o ficha técnica en idioma castellano; la Administración podrá requerir las aclaraciones que consideren necesarias.
Artículo 9°: Los precios establecidos en la propuesta serán invariables. El proponente estará obligado a mantener su oferta durante el plazo que se establece en el presente Xxxxxx, plazo que se empezará a contar desde la fecha de Apertura de la Propuesta.
Artículo N° 10: La cotización especificará el Precio Unitario y Total de cada renglón en Números y en Letras; y Números el total general de la propuesta. En caso que el total de cada renglón no responda al precio unitario del mismo, se tomará como base a este último para determinar el total de la propuesta.
La oferta económica podrá ser realizada en Dólares Estadounidenses (US$) o en Pesos argentinos ($), redactada en idioma nacional y legible.
Si la cotización es en US$ la adjudicación se realizará en aquella moneda, el pago se realizará en moneda nacional.
Las demás etapas que requieran conversión de la moneda extranjera en moneda de curso legal de la República Argentina se realizará de acuerdo a lo previsto en Artículo 14° del Anexo I de Decreto Acuerdo N° 1127/2020.
F. MANTENIMIENTO DE LA OFERTA:
Artículo 11º: Los Oferentes están obligados a mantener sus ofertas por un plazo no inferior a sesenta (60) días corridos contados a partir del día de la apertura. El plazo otorgado por el oferente deberá especificarse en la oferta, caso contrario se considerará como aceptado el indicado en el presente Artículo. El plazo se considerará prorrogado automáticamente por igual periodo, siempre que el oferente no manifieste lo contrario con una antelación de cinco (5) días corridos de producirse el vencimiento del plazo de mantenimiento de oferta, mediante nota.
G. NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES:
Artículo 12º: Todas las notificaciones entre la entidad contratante y los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, deberán realizarse en el domicilio especial electrónico constituido, para el caso del proveedor el que se publica en el perfil del mismo en el sistema XXXXX.XX. y para el caso de la administración al xxxxxxx_xxxxxxxxxxxxxx_xxxx@xxxxxxx.xxx. Dichas notificaciones serán válidas desde el día en que fueron enviadas, sirviendo de prueba suficiente la constancia que el correo electrónico genere para el emisor.
H. APERTURA DE LAS PROPUESTAS
Artículo 13º: La apertura de ofertas se efectuará por acto público a través del Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Provincial “XXXXX.XX”, cuyo
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sitio de internet es: xxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, en la hora y fecha establecida en el presente pliego. En forma electrónica y automática se generará el acta de apertura de ofertas correspondiente.
I. CAUSALES DE INADMISIBILIDAD
Artículo 14º: Serán causales de inadmisibilidad de las propuestas, las siguientes:
a) Cuando la oferta no fuera remitida desde el sistema XXXXX.XX y/o el domicilio electrónico especial constituido al efecto por el oferente.
b) Que la oferta económica no estuviere firmada por el oferente o su representante legal.
c) Que fuera formulada por personas inhabilitadas o suspendidas para contratar con la Provincia.
d) Que fuera condicionada.
e) Que contuviere cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación.
f) Si el precio cotizado mereciera la calificación de vil o no serio.
g) Que no cumpla con el pago de los impuestos y tasas impositivas en materia de contrataciones, hasta la fecha de emisión del Dictamen de Evaluación, sin perjuicio de las sanciones que le pudieren corresponder.
h) Que el oferente no estuviere inscripto y/o empadronado en el Registro de Proveedores del Estado Provincial, a la fecha de emisión del Dictamen de Evaluación, salvo las excepciones expresamente previstas.
Artículo 15º: Los errores meramente formales no serán causales de inadmisibilidad de la propuesta. No serán rechazadas las propuestas que contengan defecto de forma, como ser falta de totalización de la propuesta, errores evidentes de cálculo u otros defectos que no impiden su exacta comparación con las demás propuestas presentadas.
Cualquiera de las Causales de Inadmisibilidad establecidas en el presente Xxxxxx, y que pasara inadvertida en el acto de Apertura de las propuestas, podrá surtir efecto durante el estudio de las mismas y hasta la adjudicación.
J. EVALUACION Y ORDEN DE MERITO:
Artículo 16º: DETERMINACION DE LA OFERTA MAS CONVENIENTE: Entre
las ofertas admisibles se realizará, por ítem, un orden de mérito de ofertas con los siguientes factores de ponderación:
1. Antecedentes como Proveedor 5 puntos.
• A los oferentes que, como proveedor del Estado Provincial no hayan sufrido penalidad, ni suspensión ni inhabilitación alguna, según lo informado oportunamente por el Registro de Proveedores del Estado Provincial: Cinco (5) Puntos.
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• A los oferentes que, como proveedor del Estado Provincial hayan sufrido en suma hasta tres penalidades y/o, suspensiones y/o inhabilitaciones, según lo informado oportunamente por el Registro de Proveedores del Estado Provincial: Tres (3) Puntos.
• A los oferentes que, como proveedor del Estado Provincial hayan sufrido en suma cuatro o más penalidades y/o, suspensiones y/o inhabilitaciones, según lo informado oportunamente por el Registro de Proveedores del Estado Provincial: cero (0) Puntos
2. Precio del Servicio----------------------------- 50 puntos.
Se asignará el mayor puntaje a la oferta que, siendo formal y técnicamente admisible, resulte ser la de menor precio. Las demás serán puntuadas conforme la regla de proporcionalidad inversa, de acuerdo a la siguiente formula:
%)
Formula =
Menor Precio Ponderado Computable x Máximo de Valoración (50 Precio Ponderado Computable de la Oferta a Considerar
3. Plazo de inicio de prestación 5 puntos.
A todas las ofertas que propongan un plazo de entrega dentro de lo estipulado en el presente Xxxxxx se asignará igual puntaje de cinco (5) puntos.
A todas las ofertas que propongan un plazo de entrega superior de lo estipulado en el presente Xxxxxx se asignará igual puntaje xx xxxx (0) puntos.
4. Antecedentes en el rubro 40 puntos.
A todas las ofertas que presenten experiencia comprobable en proyectos similares, acreditando fehacientemente mediante contratos, órdenes de compra, notas de clientes, facturas o documentación que demuestre al menos 3 casos de éxito. Los casos de éxito deberán contemplar desarrollo de software, integración con equipamiento biométrico, y al menos UNO (1) de ellos deberá manejar un volumen de no menos de 20.000 usuarios, se le asignará el máximo puntaje de cuarenta (40) puntos.
A todas las ofertas que no presenten experiencia comprobable en proyectos similares, acreditando fehacientemente mediante contratos, órdenes de compra, notas de clientes, facturas o documentación que demuestre al menos 3 casos de éxito. Los casos de éxito deberán contemplar desarrollo de software, integración con equipamiento biométrico, y al menos UNO (1) de ellos deberá manejar un volumen de no menos de 20.000 usuarios, se le asignará el puntaje xx xxxx (0) puntos.
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K. DE LA PREADJUDICACION
Articulo N° 17: La pre adjudicación será por ítem o renglón, o parte de éste, o por el total solicitado, según convenga a los intereses del Estado Provincial.
Articulo N° 18º: Los descuentos que se ofrezcan por pago dentro de un plazo determinado, no serán considerados a los efectos de la comparación de las ofertas, debiendo no obstante ser tenidos en cuenta para el pago, si la cancelación de las facturas se efectúa dentro de los términos fijados. –
L. DICTAMEN DE EVALUACIÓN:
Articulo N° 19°: El Dictamen de Evaluación de las ofertas que constará en un acta, deberá emitirse dentro del término de TRES (3) DÍAS CORRIDOS, contados a partir de la fecha de recepción de la actuación por la Comisión Evaluadora.
Cuando la complejidad de las cuestiones a considerar impidiere el cumplimiento de su cometido, dentro del plazo fijado, la Comisión Evaluadora podrá requerir una prórroga por igual plazo a la autoridad competente que autorizó el llamado, quien deberá resolver sobre la procedencia del pedido. El mismo deberá formularse por escrito y fundarse debidamente.
En todos los casos, el Dictamen de Evaluación de Ofertas que se emita por la Comisión Evaluadora interviniente, explicitará los fundamentos por los cuales la respectiva oferta presentada se pondere inadmisible o inconveniente.
En relación a las ofertas que considere admisibles y convenientes la Comisión Evaluadora interviniente ponderará los factores y recaudos establecidos en este Pliego de Bases y Condiciones Particulares al efecto de la comparación de las ofertas presentadas y la incidencia de cada uno de ellos al efecto de determinar el respectivo orden de mérito, recomendando en consecuencia en su Dictamen. La Comisión Evaluadora podrá requerir información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido, sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.
El Dictamen de Evaluación de Ofertas se notificará a todos los oferentes mediante la difusión en el sitio de internet es: xxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y se enviarán avisos mediante mensajería del XXXXX.XX.
M. DESEMPATE DE OFERTAS
Articulo N° 20: En caso de existir igualdad de puntaje, se adjudicará al oferente que cotizare al menor precio. En caso de igualdad de puntaje y de precios, la Unidad de Contrataciones solicitará a través del sistema XXXXX.XX a los respectivos oferentes y dentro del plazo común que se les fije, formulen una mejora de precios, conforme a lo establecido en el Art. 77º del Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley Nº 4938 – Anexo I – Decreto Acuerdo Nº 1127/2020 y modificatorios.
El silencio por parte del oferente será considerado mantenimiento de igual oferta. De subsistir nuevamente el empate, se procederá al sorteo público de las ofertas
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empatadas en el mismo acto, labrándose el acta correspondiente DE LA ADJUDICACIÓN.
Articulo N° 21°: La adjudicación será decidida por la autoridad competente conforme lo establecido en el Anexo I - Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938
- Decreto Acuerdo N° 1127/20 y modificatorios, y sobre la base del dictamen de la Comisión Evaluadora.
Si la adjudicación fuera distinta a la aconsejada por la Comisión, deberá fundamentar dicha decisión. Podrá adjudicarse aun cuando se haya presentado una sola oferta.
La autoridad facultada para adjudicar podrá rechazar todas las propuestas, sin que el adjudicatario tenga derecho a exigir indemnización o diferencia de precio. Se resolverá dentro del plazo de mantenimiento de las propuestas y recaerá en la propuesta que sea considerada más conveniente, de acuerdo a la normativa aplicable.
La adjudicación será notificada dentro de los TRES (3) DÍAS de dictado el acto respectivo, mediante la difusión en el sitio de internet es: xxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y se enviarán los avisos pertinentes mediante el sistema de mensajería automático de XXXXX.XX.
N. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:
Articulo N° 22: Para afianzar el cumplimiento del contrato, el oferente que resulte adjudicado deberá constituir a favor de la UNIDAD SOLICITANTE, GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO del TRES POR
CIENTO (3%) del valor total adjudicado. Se constituirá sobre el monto total adjudicado, dentro de los CINCO (5) DIAS, contados a partir de la notificación del Acto Administrativo de adjudicación. Conforme lo establecen los artículos 83° y 84° inc. b) del Anexo I –Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938– Decreto Acuerdo Nº 1127 y modificatorios.
Articulo N° 23: La GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA y DE
CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, podrá constituirse de las siguientes formas, o combinaciones de ellas, según lo por el Artículo 85º del Anexo I - Reglamento Parcial Nº 2 del Decreto Acuerdo Nº 1127/2020 y modificatorios:
a) Con depósito bancario en la cuenta Bancaria Nº 46600695/38 o giro postal o bancario, todos realizados en efectivo.
b) Con cheque certificado contra una entidad bancaria que opere preferentemente en plaza del lugar donde se realice la contratación. El Organismo depositará el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones.
c) Con títulos públicos emitidos por el Estado Nacional o Provincial. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente, lo que deberá ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito. Si no tuvieren cotización serán aforados a su valor nominal.
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d) Con fianza bancaria u otra fianza a satisfacción de la Unidad contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia expresa a los beneficios de división y excusión, así como al beneficio de intimación previa.
e) Con seguro de caución, otorgado por compañías aseguradoras autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, y que hayan fijado domicilio en la Provincia de Catamarca para realizar tales operaciones, extendidos a favor del Organismo contratante.
f) Mediante la afectación de créditos que el proponente o adjudicatario tenga liquidados y al cobro en un Organismo Provincial, a cuyo efecto el interesado deberá presentar, en la fecha de la constitución de la garantía, la cesión pertinente.
Teniendo en cuenta que para determinadas formas de constitución de la garantía se repone impuesto de sello en la provincia, se deberá tener en cuenta lo establecido en la Ley Impositiva Provincial Nº 5797 vigente para el Ejercicio Fiscal 2023, impuesto de sellos. El mismo se podrá generar y pagar en forma online a través de la de la página de Internet: xxxxx://xxxxxxxx.xxx x.xxx.xx/. Cuando estos sean repuestos en estampillas fiscales, y el soporte físico de las garantías establecidas precedentes, deberá/n ser presentados en forma digital junto a la oferta y además físicamente en Mesa de Entrada y Salidas de la Subsecretaria de Administración Financiera del Ministerio de Trabajo Planificación y Recursos Humanos, sito en Av. Venezuela S/N° Cape Pabellón N° 3, San Xxxxxxxx xxx Xxxxx de Catamarca, dentro de los TRES (3) días hábiles posteriores al día establecido para la apertura se ofertas, en el horario de 8:00 a 13:00hs.
Articulo N° 24: EXCEPCIONES A LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR
GARANTÍAS: En ofertas y/o adjudicaciones, conforme al artículo 87° del Decreto Acuerdo Nº 1127, Anexo I – Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley N° 4938, no será necesario presentar garantías en los siguientes casos: cuando el monto de la garantía no fuere superior a DIEZ (10) Módulos, es decir
$211.330,00; cuando la ejecución de la prestación dentro del plazo de integración de la garantía, o cuando el oferente o adjudicatario sea un organismo nacional, provincial o municipal o Sociedades del Estado Provincial.
O. PLAZO DE ENTREGA - DURACION DEL CONTRATO -
Articulo N° 25: La adquisición del software de recursos humanos se realizará en un periodo de doce (12) meses y la entrega de los productos solicitados en un periodo de Cinco (05) meses, ambos a partir de la fecha de difusión de la respectiva Orden de Compra en el sitio xxxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx o en el que en un futuro lo reemplace o su notificación en el domicilio especial electrónico constituido por el proveedor. En caso de ofrecer plazo de entrega superior al requerido, se desestimará la oferta.
El plazo de entrega otorgado por el oferente debe especificarla en días hábiles y en ningún caso se aceptará término inmediato. Cuando en una oferta no se fije expresamente el plazo de entrega, se entiende que se ajusta al plazo máximo
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admitido en el presente Pliego. Asimismo, cuando el oferente indicare un plazo de entrega sin indicar “hábiles”, a todos los efectos y principalmente en la puntuación del factor y su comparación con las demás ofertas, se considerará que ofertó dicho plazo en días hábiles.
P. LUGAR DE PRESTACION DEL SERVICIO
Articulo N° 26º: La prestación de los servicios se realizará en la Secretaría de Recursos Humanos del Ministerio de Trabajo Planificación y Recursos Humanos, sito en Av. Venezuela S/N° - C.A.P.E. Xxxxxxxx Xx 00, Xxx Xxxxxxxx xxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx.
El servicio a prestar deberá responder a las características solicitadas y a la oferta presentada por la firma.
Q. ORDENES DE COMPRA - FACTURACION Y PAGO
Articulo N° 27: La Orden de Compra será emitida dentro de los Cinco (5) días corridos de resuelta la adjudicación y deberá contener las estipulaciones básicas de la contratación. En caso de errores u omisión, el adjudicatario deberá ponerlo en conocimiento del organismo que lo expidió, sin perjuicio de cumplir el Contrato conforme a las bases de contratación y a la oferta adjudicada.
A partir de la notificación de la ORDEN DE COMPRA además de producir su perfeccionamiento, es la fecha a partir del cual comienza la vigencia del periodo de implementación por (12) meses.
La notificación al adjudicatario de la Orden de Compra, se realizará mediante difusión de la respectiva Orden de Compra en el sitio xxxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx o en el que en un futuro lo reemplace o su notificación a la dirección de correo electrónico publicada en el perfil del proveedor en el sistema XXXXX.XX., constituido como domicilio especial electrónico por el mismo.
R. AUMENTOS O DISMINUCIONES
Articulo N° 28: Durante la ejecución del contrato, la Subsecretaria de Administración Financiera del Ministerio de Trabajo Planificación y Recursos Humanos se reserva la potestad unilateral de aumentar o disminuir hasta el límite del veinte por ciento (20%) el número de líneas adjudicadas, sin variar las condiciones adjudicadas. En los casos en que resulte imprescindible para el organismo contratante el aumento o la disminución en más del VEINTE POR CIENTO (20%), se deberá requerir la conformidad del cocontratante; si esta no fuera aceptada, no generará ningún tipo de responsabilidad al proveedor ni será pasible de ningún tipo de penalidad o sanción.
En ningún caso las ampliaciones o disminuciones podrán exceder del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) del monto total del contrato, aun con consentimiento del cocontratante, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 109° de Anexo I del Decreto Acuerdo N° 1127/2020.
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Articulo N° 29: Una vez verificada la prestación y comprobada la calidad de las entregas parciales, se emitirá un certificado mensual de recepción, dentro de los diez (10) días hábiles el que se contará a partir del día siguiente al de la fecha de prestación de servicio, de conformidad a lo dictado en el Art. 95º del Anexo I - Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley Nº 4938 aprobado por el Decreto Acuerdo N° 1127/2020.
S. FACTURACION Y PLAZO DE PAGO:
Artículo 30º: La facturación debe realizarse a la CUIT de la UNIDAD SOLICITANTE, Ministerio de Trabajo, Planificación y Recursos Humanos, SAF N° 022 - Subsecretaria de Administración Financiara CUIT N° 30- 71703777-0, acompañada del original de la Orden de Compra – solicitud de provisión, con la reposición del sellado establecido por la Ley Impositiva Vigente de la Provincia de Catamarca. El oferente en su oferta deberá adherir a la presente forma y plazo de pago, en el caso de no especificarla en su oferta se entiende que adhiere y ajusta a la forma y plazo de pago consignado en el presente párrafo.
PAGO:
Articulo N° 31: El pago del Software se efectuará en Doce (12) cuotas, en moneda nacional, depositado en la cuenta bancaria informada oportunamente por el/los adjudicatarios/s. La primera cuota se abonará dentro de los diez (10) días hábiles contados desde el momento que se produce la primera entrega. Y las restantes cuotas serán abonadas del día 01 al 10 del mes siguiente al pago de la primera entrega. El pago de Relojes Digitales de control de tiempo y asistencia se efectuara en Un (01) solo pago en un plazo no mayor a Treinta (30) días hábiles contados desde la entrega de los mismos.
T. SANCIONES:
Artículo 32º: El incumplimiento de las obligaciones contraídas por los Proponentes o Adjudicatarios a la contratación en particular y al Reglamento de Contrataciones en su caso; dará lugar a la aplicación de las penalidades y sanciones previstas en el Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley Nº 4938 - Decreto Acuerdo Nº 1127/20 y modificatorios.
Artículo 33º: No se aceptará ninguna oferta que fije pago contra entrega de los elementos, o exija pago de deuda pendiente y/o condicionen la misma.-
SAN XXXXXXXX XXX XXXXX DE CATAMARCA, 09 xx Xxxxx de 2.023.-
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ANEXO I: DECLARACIÓN JURADA
Por la presente, manifiesto mi renuncia expresa al Fuero Federal y a cualquier otro fuero que pudiera corresponderme y me someto a la Jurisdicción de los Tribunales de la Provincia de Catamarca, para la resolución de controversias motivadas por el contrato en cualquiera de sus etapas.
• Constituyo domicilio en la ciudad de San Xxxxxxxx xxx Xxxxx de Catamarca:
………………………………………………………………………………………………
• Constituyo domicilio especial electrónico:
…………………………………………………………………………………………….
Asimismo, manifiesto en carácter de declaración jurada, de no estar incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la provincia – Art. N° 10 y 75 del anexo I del Decreto Acuerdo N° 1127/20, todo ello en conformidad a lo establecido por el Art. N° 53 del Decreto mencionado.-
Firma del
oferente:…………………………………………………
Aclaración:……………………………………………
….….……..
Fecha:…………………………………………………
…………….
PLIEG-2023-00456564-CAT-DC#MTPRH
ANEXO II
FORMULARIO OFICIAL DE LA PROPUESTA
San Xxxxxxxx xxx Xxxxx de Catamarca,
/
El que suscribe ………………………………….., CUIT N° , actuando en nombre y
representación de la empresa………………..con domicilio legal en , de la
ciudad de San Xxxxxxxx xxx Xxxxx de Catamarca; compenetrado de toda la documentación xxx xxxxxx de llamado al Concurso de Precios de modalidad compra determinada “Actualización de Sistemas de Recursos Humanos del Ministerio de Trabajo Planificación y Recursos Humanos”; ofrece efectuar la provisión, en un todo de acuerdo con lo estipulado en el mencionado pliego y la documentación adjunta, por la suma de $… (Pesos
con 00/100)
Manteniendo la oferta días corridos.
Plazo de Entrega:…………………………..
Se considera que la oferta se ha formulado con precios vigentes a la fecha de apertura.
Firma y sello del
Proponente
PLIEG-2023-00456564-CAT-DC#MTPRH
ANEXO III CUADRO DE OFERTA
ITEM | DESCRIPCION | UNIDAD | CANTI DAD | PRECIO UNITARIO | PRECIO TOTAL |
1 | SOFTWARES; TIPO: SIST. DE TIEMPO Y ASISTENCIA | UNIDAD | 01 | ||
2 | CONTROL ACCESO D/PERSONAL; CANTIDAD DE CONTROLADORES: SIN VALOR, TIPO DE INGRESO DE DATOS: LECTOR BIOM. HUELLA DACTILAR, CANTIDAD: SIN VALOR, TIPO DE CREDENCIALES: SIN VALOR, INGRESO DE DATOS: LECTOR BIOM. HUELLA DACTILAR, SOFTWARE: COMPATIBLE C/WINDOWS, SOFTWARE DE CONTROL: COMPATIBLE C/WINDOWS | UNIDAD | 50 | ||
TOTAL GENERAL |
• ACLARACIONES:
ITEM 01: Adquisición de (01) Software de Recursos Humanos con CODIGO FUENTE, documentaciones y credenciales de acceso plenos, el cual se implementará en un periodo de 12 meses, realizándose pagos mensuales contra certificación del área competente.
ITEM 02: Provisión de 50 Relojes Digitales de control de tiempo y asistencia, se deberá presentar garantía de fábrica.
PLIEG-2023-00456564-CAT-DC#MTPRH
ANEXO IV –ESPECIFICACIONES TECNICAS ESPECIFICACIONES TECNICAS
SOFTWARE INTEGRAL DE CONTROL DE ASISTENCIA – APP MOBILE
El desarrollo de la APP Mobile deberá soportar la descarga tanto para sistema operativo ANDROID como para sistema operativo iOS.
Se podrá realizar en lenguaje php o similar.
La aplicación Mobile deberá interactuar tanto con su software de gestión y control (plataforma web) como también deberá ser integrado con el sistema de Recursos Humanos que se encuentra en funcionamiento para los empleados públicos de la provincia de Catamarca.
Es 100% necesaria la integración en su totalidad con todos los sistemas relacionados al recurso humano y liquidación de haberes (Sistemas: SAGE y SARHLIQ) que actualmente se encuentran funcionando en el Gobierno de Catamarca, dado que dicha aplicación Mobile alimentará de datos sensibles en estos sistemas.
Las funcionalidades requeridas en este módulo son:
- Registración de INGRESO/EGRESO por parte del empleado/a.
- Seguridad de geo-posicionamiento al realizar registraciones por parte del empleado/a
- Control de geo-posicionamiento de manera aleatoria a los distintos usuarios del sistema, únicamente dentro del horario laboral.
- Posibilidad de funcionamiento offline de la aplicación móvil. Almacenando la información relevante hasta nueva conexión con el servidor central.
- Gestión xx xxxxxxxxx por parte de las distintas reparticiones a los empleados/as a través de la app.
- Gestión de solicitud de licencias de aprobación por parte de la autoridad competente y que a través de la app el empleado se le comunique si se le aprobó o denegó la solicitud.
- Gestor de zonas geográficas dentro de la app para distintos grupos de empleados.
- Cálculo de tiempo trabajado por día desde el primer evento al último evento de marcación.
Software Integral De Control De Asistencia – GESTOR DE CONTROL Y ADMINISTRACION
- Software gestor de control y administración que deberá permitir asignar los horarios y turnos de trabajo. Configurar notificaciones y destinatarios para enviar mensajes al personal. Múltiples usuarios y permisos.
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- Modulo de integración con sistemas de terceros: acceso a la interfaz de programación de aplicaciones (API). Generación de Backups.
La plataforma web de Control y Administración del presentismo deberá ser desarrollada en: Backend:
# php
# slimframework Frontend:
# javascript Base de datos:
# PostgreSQLcon posibilidad de interoperar con Microsoft SQL Server
Dicho módulo deberá poder ser alimentado desde distintas bases de datos relevadas al momento de iniciar el desarrollo.
Con respecto a la funcionalidad del software, se detallan:
- El sistema deberá poder computar tanto marcaciones desde dispositivos móviles, como marcaciones desde los dispositivos biométricos que se encuentren localmente en cada repartición.
Siempre los eventos deberán estar diferenciados a fin de lograr un mayor control. En este punto es 100% obligación la integración de los dispositivos biométricos del renglón 1.1 con el renglón 2 en su totalidad. Se deberá poder dar de alta controladores desde el mismo portal web de gestión y control, sin permitirse un software xx xxxxxxx para la configuración de los mismos.
- Se deberá geolocalizar en mapa todos los dispositivos de control biométricos a fin de saber el estado real de los mismos (conectados/desconectados)
- Se deberá poder gestionar distintos roles de permisos y accesos a diferentes funcionalidades del sistema. (rol operador, rol supervisor, rol administrador)
- Se deberá poder realizar marcaciones de manera “manual” para aquellos circuitos internos de notificación de ingreso o egreso con errores involuntarios de marcación, debiendo la APP móvil activar una alerta para que el usuario deba volver a registrar su movimiento.
- Se deberá poder visualizar y gestionar la aprobación/denegación de las licencias por parte de la autoridad responsable que se van solicitando a través de la app Mobile.
- Se deberá visualizar una grilla completa de empleados por repartición con los eventos (marcaciones) que van realizando.
- Desde la aplicación web se deberá poder enviar notificaciones (sin posibilidad de respuesta) a un grupo de empleados de una repartición específica, a un empleado/a especifico o bien, a la totalidad de empleados activos en sistema, debiendo generar reporte si el usuario la recibe y si la lee.
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- Se contempla dentro de este módulo la MIGRACION de un total estimado de 55.000 (cincuenta y cinco mil) legajos de personal activos en sistema. La migración deberá ser por procesos en base de datos, no de forma manual ni por data entry. Es importante también aclarar que deberán ser importados datos básico como algunos datos adicionales que van a ser definidos al momento de iniciar el proceso migratorio.
- Se deberá poder limitar por plataforma la zona donde puede generar la marcación un empleado/a. Es decir, va a tener un lugar asignado de trabajo, y no podrá generar entradas o salidas a la cantidad de metros definidos por la plataforma.
Software Integral De Control De Asistencia – MODULO INTEGRACION SISTEMA DE TERCEROS
En el presente modulo, se detallan algunas de las integraciones que deberán realizarse puntualmente en el desarrollo:
- Integración de equipamiento biométrico existente y nuevos a incorporar con el sistema de gestión y control web.
- Integración de los sistemas de Recursos Humanos de la Provincia de Catamarca (SAGE
/SARHLIQ) con el sistema de gestión y control web.
- Integración de la APP Mobile con el desarrollo de gestión y control web.
- Integración de la APP Mobile con datos de empleados a través del sistema de Recursos Humanos la Provincia de Catamarca (SAGE / SARHLIQ).
Tanto la APP mobile, como la plataforma de gestión web, deberán estar 100% integrados con los actuales sistemas de gestión de recursos humanos de la provincia. Esto es requerimiento necesario a fin de unificar la información en una sola plataforma para poder lograr mejores controles de gestión.
Software Integral De Control De Asistencia - MODULO REPORTES
Este módulo se detalla exclusivamente los reportes que se requerirán de manera automática a fin de lograr un mejor control de los recursos humanos:
- Reportes personalizables con segmentación por organismos, fechas, ausencias, tardanzas, etc. Alertas por inasistencias y demoras en el momento. Posibilidad de descargar reportes en formato para hoja de cálculo.
- INFORME DE JORNADAS LABORALES POR EMPLEADO/A
- INFORME DE RESUMEN LABORAL POR SECTOR
- INFORME DE ENTRADAS Y SALIDAS POR EMPLEADO CON SU POSICIONAMIENTO
- INFORME DE ENTRADAS Y SALIDAS POR REPARTICION.
- INFORME TOTAL DE HORAS TRABAJADAS POR EMPLEADO/A.
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- CRUCE ENTRE LICENCIAS Y EVENTOS DE MARCACION PARA DETERMINAR EL PRESENTE / AUSENTE DE UN EMPLEADO DE MANERA INDIVIDUAL O POR GRUPO DE EMPLEADOS.
- INFORME DE LICENCIAS SOLICITADAS.
- Capacitación en el uso INTEGRAL del sistema y asistencia técnica en el permanente.
Una vez avanzado el desarrollo, el organismo contratante podrá requerir de informes adicionales a los detallados anteriormente. Siempre se respetará que las solicitudes deberán ser sobre información que se encuentra incluida dentro del mismo desarrollo.
ESPECIFICACIONES TECNICAS CONTROLADOR TIEMPO Y ASISTENCIA
Control de tiempo y asistencia
Se deberá proveer controladores compactos robustos con pantalla táctil e identificación por huellas digitales, lector de proximidad y contraseña. Los lectores deberán integrarse de forma transparente con el software de control.
- Pantalla táctil: LCD TFT a color de hasta 3.5”
- Lector óptico de huellas: 500 DPI
- Lector de proximidad: Tecnologías MiFare o RFID 125kHz (ASK / FSK / PSK)
- Ingreso por contraseña PIN: Si
- Capacidad de usuarios: 200.000
- Capacidad de Huellas digitales: desde 6.000
- Capacidad de registros: 200.000
- Tasa de coincidencia verdadera del 99,98 %
- Posibilidad de crear reglas de acceso personalizadas por grupos y horarios
- Entradas Xxxxxxx: 1 puerto Xxxxxxx nativo (expansible hasta 4); configurable como ABATRACK II
- Xxxxxxx Xxxxxxx: puerto Xxxxxxx nativo (expansible hasta 4); configurable como ABATRACK II
- Puerto Ethernet: 10/100 Mbps
- Puerto USB Host 2.0: 1
- Puerto RS-485: 1
- WI-FI: opcional
- Alimentación: 12V
- Dimensiones: Alto: hasta 184 mm, Largo: hasta 100 mm, Profundo: hasta 51.8 mm
PLIEG-2023-00456564-CAT-DC#MTPRH
- El dispositivo debe incluir un módulo de accionamiento externo con relé cuyas medidas no excedan las siguientes, a fin de poder embutirlo en una caja standard: Alto: 52 mm, Largo: 52 mm, Profundo: 22 mm
- Poseer interfaz WEB para configuración y gestión de reglas
- Ofrecer moderna interfaz de comunicación vía API (Application Programming Interface) basada en TCP/IP (Ethernet) con arquitectura REST.
- El dispositivo deberá usar algoritmos de reconocimiento biométrico que ocupe el primer lugar de precisión en la Evaluación de Plantilla de Huellas Dactilares Patentada II (PFT II) realizada por el Instituto Nacional de Estándares y Tecnología (NIST).
PLIEG-2023-00456564-CAT-DC#MTPRH
Gobierno de Catamarca 2023
Hoja Adicional de Firmas Pliego
Número: PLIEG-2023-00456564-CAT-DC#MTPRH
SAN XXXXXXXX XXX XXXXX DE CATAMARCA, CATAMARCA
Jueves 9 xx Xxxxx de 2023
Referencia: PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES - EX-2023-00392096- -CAT- DC#MTPRH
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Date: 2023.03.09 11:20:41 -03'00'
Xxx Xxxxxx Xxxxxxxx Directora
Dirección de Contrataciones - Subsecretaría de Administración Financiera - MTPRH
Ministerio de Trabajo, Planificación y Recursos Humanos
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Date: 2023.03.09 11:20:44 -03'00'