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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS Y PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE PUESTA A DISPOSICIÓN, EN REGIMEN DE INTERINIDAD, DE UN TÉCNICO EN LA OFICINA DE PROMOCIÓN DEL INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGIÓN XX XXXXXX A TRAVÉS DE UNA EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL
1.- ANTECEDENTES, NECESIDAD E IDONEIDAD DEL CONTRATO, OBJETO, RÉGIMEN JURÍDICO Y PUBLICIDAD.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
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1.1. Antecedentes. Que el «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx» (en adelante también ITREM), es un organismo público con naturaleza jurídica de entidad pública empresarial, que se encuentra adscrito a la actual Consejería de Turismo y Cultura, mediante Decreto del Presidente nº 2/2018, de 00 xx xxxxx xx 0000 (XXXX número 91, de 21 xx xxxxx de 2018), que fue constituido por el capítulo IV del libro III de la «Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional» de la Asamblea Regional xx Xxxxxx; y que tiene como fines generales la ordenación, planificación, programación, dirección y coordinación de las competencias de la Región xx Xxxxxx en materia de turismo, en el marco de la política del Gobierno regional, tal y como señala el artículo 57.2 de dicha Ley.
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Las oficinas del Instituto de Turismo se encuentran ubicadas en la Avenida Xxxxx Xxxxx nº 2 xx Xxxxxx en el Edificio CCT, donde además se encuentra el centro de formación reglada y no reglada en materia turística, denominado Centro de Cualificación Turística, el cual gestiona directamente el ITREM.
1.2. Necesidad e idoneidad del contrato.
Una de las trabajadoras del ITREM de la Oficina de Promoción, con la categoría profesional de Oficial 1ª Administrativo, se encuentra de baja por incapacidad laboral temporal previa a un previsible periodo de descanso por maternidad y posteriormente permisos retribuidos de lactancia y vacaciones.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Así pues, surge la urgente necesidad de cubrir este puesto, ya que hay muchos proyectos que el ITREM tiene previsto realizar en los próximos meses y que se encuadran dentro del Plan Estratégico 2015-2019, dado que la no cobertura del puesto supondría graves consecuencias para el ITREM debido a que muchos de estos proyectos no podrían ejecutarse y por tanto los objetivos de la Oficina de Promoción y, por ende, del propio Instituto, se verían afectados negativamente.
1.3. Objeto. El presente pliego tiene por objeto establecer cláusulas administrativas que van a regir en el procedimiento ABIERTO SUPERSIMPLIFICADO para la contratación de un «SERVICIO DE PUESTA A DISPOSICIÓN, EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD, DE UN TÉCNICO PARA LA OFICINA DE PROMOCIÓN DEL INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGIÓN XX XXXXXX A TRAVÉS DE UNA EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL», en la forma y con las especificaciones técnicas contenidas en el apartado de prescripciones Técnicas (CPV 79620000-6 Servicios de suministro de personal, incluido personal temporal).
1.4.- Régimen jurídico y publicidad. Esta contratación se rige por el pliego de cláusulas administrativas particulares, por el pliego de prescripciones técnicas, por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y, en cuanto no se encuentre derogado por ésta, por el Reglamento General de la Ley de contratos de las administraciones públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 122.4 de la LCSP, los contratos se ajustarán al contenido del presente pliego de cláusulas administrativas particulares, cuyas cláusulas se consideran parte integrante de los mismos.
El ITREM desarrolla la presente contratación en su calidad de poder adjudicador que tiene carácter de administración pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 y 3.3 letra d) de la LCSP.
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A los efectos de la presente contratación y de las normas y documentos que constituyen su régimen jurídico, se entenderá por «poder adjudicador» o simplemente por «contratante» al
«Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx», y se entenderá por «empresa contratista» o simplemente por «contratista» o «adjudicataria» a la empresa o empresario que aquélla contrate para la realización de las prestaciones en cuestión. Por su parte, las referencias al
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«órgano de contratación» han de entenderse referidas al órgano competente de la entidad pública empresarial «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx».
En cuanto al procedimiento de contratación a seguir, atendiendo tanto al objeto como a la cuantía se llevará a cabo mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO SUPERSIMPLIFICADO de conformidad con lo establecido en el artículo 159.6 de la LCSP.
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 159.2 de la LCSP, los anuncios de este procedimiento se publicarán en el Perfil del Contratante del Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx.
El Pliego de Cláusulas Administrativas, el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás documentos anexos, revestirán carácter contractual. Queda prohibida toda negociación de los términos del contrato con las empresas licitadoras.
El desconocimiento del presente pliego, del contrato, de sus documentos anexos o de las instrucciones o normas de toda índole aprobadas por la Administración que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá a la persona contratista de la obligación de su cumplimiento.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
La unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato es el Área Jurídica, Régimen Interior y Contratación de la Oficina Jurídico-Económica del Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx.
2.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, PRECIO DEL CONTRATO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO.
2.1.- Se fija como PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN la cantidad de veintidós mil doscientos sesenta y cuatro euros (22.264,00€), IVA INCLUIDO.
2.2. La valoración del presupuesto de licitación se ha realizado teniendo en cuenta el salario bruto mensual de un trabajador de 1.500,00 euros con arreglo al siguiente desglose:
- Salario del trabajador (incluyendo todos los conceptos de prorratas, indemnizaciones, seguros, vacaciones ….) para un puesto de Oficial 1ª Administrativo según las tablas salariales del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de la Región xx Xxxxxx : 1.500,00€/mensuales.
- Costes de Seguridad Social para la ETT: 32% sobre el salario del trabajador = 480€/mensuales.
- Un margen medio xx xxxxxxx sobre el coste de la contratación, incluyendo en él todos los gastos derivados de la contratación, tales como el reclutamiento y la selección de personal para la cobertura del puesto, formación del trabajador, seguro de responsabilidad civil, costes de gestión de personal y cobertura de riesgos de IT.
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TOTAL MENSUAL: 2.300 € (+ IVA)
Para 8 meses de contratación: 18.400 € (IVA Excluido), que al tipo del 21% vigente supone un importe de 3.864 €, lo que suma un importe total de 22.264,00 €.
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2.3. De acuerdo con lo dispuesto en el art.101.10 de la LCSP, el valor estimado para esta contratación es de dieciocho mil cuatrocientos (18.400,00€), IVA excluido.
2.4. El abono del servicio se efectuará con carácter mensual previa presentación de la correspondiente factura en las oficinas del ITREM, sitas en la Xxxx. Xxxxx Xxxxx, 0, (Xxxxxxxx Xxxxxx de Cualificación Turística), 30006-Murcia, con las retenciones e impuestos que legalmente correspondan , y se pagarán mediante transferencias bancarias a nombre del adjudicatario contratista, en la cuenta bancaria que éste indique en su oferta o en cualquier otra que notifique expresamente a la entidad contratante con posterioridad. Para proceder al pago de las facturas, éstas deberán ir acompañadas de los justificantes de las prestaciones comprendidas en su concepto, para cuya verificación el ITREM tendrá un plazo máximo de 30 días, el cual se suspenderá en caso de que la contratista fuese requerida para subsanar la justificación presentada o aportar aquella omitida. Una vez verificada correctamente cada factura, los pagos se realizarán en un plazo máximo de 30 días desde la verificación. Dichos pagos parciales tendrán la consideración de abonos a cuenta sujetos a liquidación final.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 210.4 de la LCSP, dentro del plazo de treinta días a contar desde la fecha del documento de conformidad con lo dispuesto en el contrato, deberá acordarse la liquidación correspondiente del contrato y abonarse al contratista, en su caso, el saldo resultante
2.5. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación e incluirá como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido. En el precio queda incluido cualquier otro tipo de gasto que se necesite satisfacer para la realización de las prestaciones contratadas, sean gastos generales, financieros, de material, de equipo técnico, de personal, de seguros sociales, de seguros de responsabilidad civil o de cualquier otra naturaleza, así como el beneficio imputable a su gestión, cánones, tasas, impuestos y contribuciones de cualquier clase que sea, a excepción del IVA que se adicionará a cada factura como partida
independiente, y en el caso de que se incurra en el supuesto de aplicación del mecanismo de inversión del sujeto pasivo previsto en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, habrá de señalarse con valor 0,00 euros.
2.6. Para atender a las obligaciones económicas que se deriven de este contrato, está prevista la consignación presupuestaria y crédito adecuado y suficiente con cargo a los presupuestos del ITREM para el ejercicio 2018, en el que se debe realizar la ejecución del gasto, de acuerdo con el expediente de propuesta autorizada de gasto PRN 205.
2.7. No se admitirán ofertas cuyo importe sea superior al presupuesto base de licitación fijado para la presente contratación.
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2.8. En las ofertas económicas que se formulen, se especificará la cantidad propuesta IVA excluido, entendiéndose siempre, que en la cantidad propuesta se incluye cualquier otro tipo de impuesto o carga fiscal que le sea de aplicación, en su caso, por la naturaleza del contrato. En partida separada se especificará la cantidad correspondiente al IVA, indicando el tipo en vigor al momento de presentar la oferta.
3.- DURACIÓN Y REVISIÓN DEL PRECIO.
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El plazo de ejecución previsto para la realización del servicio objeto de la presente contratación es desde la fecha de formalización del contrato y todo el tiempo que dure la ausencia del trabajador sustituido con derecho a la reserva del puesto de trabajo.
Atendiendo a las características concretas del contrato, de acuerdo con lo señalado en el artículo 103 de la LCSP, queda excluida la revisión de precios.
4.- CLASIFICACION EXIGIDA.
No se requiere exigencia de clasificación en base a lo dispuesto en el art.77.1.b) de la LCSP y la Disposición Transitoria Tercera de la LCSP.
5.- APTITUD PARA CONTRATAR.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
5.1. Podrán concurrir en el presente procedimiento, conforme a lo dispuesto en los artículos 65 y siguientes de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, todas aquellas personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional, o se encuentren debidamente clasificadas.
5.2. Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad, que a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Si se tratare de personas físicas, que su actividad o finalidad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de su epígrafe fiscal de actividad económica (IAE).
5.3. Solo podrán concurrir al presente procedimiento las personas físicas o jurídicas que cuenten con la autorización administrativa previa exigida para las Empresas de Trabajo Temporal, conforme a lo previsto en el artículo 2 de la Ley 14/1994, de 1 xx xxxxx, por la que se regulan las Empresas de Trabajo Temporal, y artículo 2 del Real Decreto 417/2015, de 29 xx xxxx, por el que se aprueba el Reglamento de las empresas de trabajo temporal.
5.4. Las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo quedarán sujetas además a lo dispuesto en el art.67 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
5.5. A las empresas no comunitarias será de aplicación lo dispuesto en el artículo 68 LCSP.
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5.6. Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, con los requisitos y condiciones establecidos en el artículo 69 de la LCSP, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
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Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente, al menos, con la del contrato hasta su extinción.
5.7. Todos los licitadores deberán disponer de certificado electrónico reconocido o cualificado de FIRMA ELECTRÓNICA de usuario expedido por prestadores incluidos en la “lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxx/, admitiéndose, entre otras, los certificados de firmas electrónicas de la FNMT, Clase 2 CA y el D.N.I. electrónico.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Así mismo, los licitadores deben indicar la Dirección Electrónica Habilitada en la que se practicarán por parte del ITREM la totalidad de las comunicaciones que se deriven de la tramitación del correspondiente procedimiento de contratación, de conformidad con lo dispuesto en el mencionado artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. URL: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxx.000.xx/XX_xxxx.xxxxxx
A los efectos de lo previsto en el Art. 43 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas consta como código DIR3 del Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx el A14022337.
El código para los procedimientos de contratación del Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx es el 1609.
6.- SOLVENCIA EXIGIDA AL LICITADOR.
6.1. Solvencia económica y financiera
Conforme a lo dispuesto en el artículo 87 de la LCSP, la solvencia económica y financiera del empresario, podrá acreditarse por uno de los medios siguientes:
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a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 27.600,00 €.
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El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 18.400,00 €
Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya en su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo de 7 días hábiles al que se refiere el apartado 4 del artículo 159 de la LCSP.
La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda
6.2. Solvencia técnica o profesional
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Conforme a lo establecido en el artículo 90 de la LCSP, la solvencia técnica o profesional se acreditará por el siguiente medio.
Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante certificado expedido por éste o, a falta de este certificado,
mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Se entenderá acreditada la solvencia cuando el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato, lo que supone un importe de 12.880 €.
7.- PRESCRIPCIONES TÉCNICAS.
El servicio a cubrir requiere que el técnico asignado por la empresa contratista reúna las siguientes características:
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- Categoría profesional del puesto: Oficial 1ª Administrativo según las tablas salariales del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de la Región xx Xxxxxx.
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- Retribuciones del puesto: 1.500 € brutos mensuales, en dichas retribuciones se incluyen todos los conceptos que el trabajador perciba (prorrata pagas extraordinarias, vacaciones retribuidas, seguros, indemnizaciones …), con un salario base según puesto de Oficial 1ª Administrativo del Convenio de Oficinas y Despachos de la Región xx Xxxxxx.
- Tipo de contrato: Contrato de sustitución para cubrir la baja por incapacidad laboral temporal (ILT), posteriormente descanso por maternidad y permisos retribuidos de lactancia y vacaciones de una trabajadora de la entidad.
- Perfil: perfil profesional de técnico en promoción, con estudios universitarios preferentemente en la rama de Turismo, con experiencia profesional en puesto similar, con conocimiento de idiomas (mínimo inglés en un nivel intermedio-alto) y con total disponibilidad.
- Jornada de trabajo: 40 horas semanales, y en función de las necesidades del servicio la jornada podrá ser variable, contemplando la posibilidad de trabajar en fines de semana y festivos, aunque la jornada ordinaria será de lunes a viernes.
- Locomoción: Se precisa permiso de conducción de vehículos tipo B y coche propio, ya que en ocasiones el trabajador deberá realizar desplazamientos por la Región xx Xxxxxx o por las provincias limítrofes.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Las funciones del puesto son:
• Organización, gestión y asistencia a distintos eventos y jornadas de ámbito internacional como son ferias, Workshop, Fam Trip, Press Trip, acciones de promoción en puntos de venta, entre otros. Además, llevaba a cabo el seguimiento de dichas acciones, para poder especificar posteriormente el grado de repercusión de las acciones realizadas.
• Coordinación de los acuerdos realizados con operadores nacionales e internacionales, mediante el seguimiento de las acciones concertadas y proporcionando información a los
operadores sobre los productos y destinos de los que se quiere dar difusión en el ámbito nacional e internacional.
• Gestión, coordinación y ejecución de acciones de distinta índole y de acuerdos comerciales con los operadores enfocados a varios productos, especialmente los productos de salud/médico y Cultural/MICE/Ciudades.
8.- OFERTAS Y DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LOS REQUISITOS PREVIOS.
8.1. Modo de presentación de ofertas, lugar y plazo:
Las proposiciones, se presentarán en el plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES, a contar desde el día siguiente de la publicación en el perfil del contratante del ITREM del anuncio de licitación.
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Las ofertas se presentarán en lengua castellana. La documentación redactada en otra lengua deberá acompañarse de la correspondiente traducción oficial al castellano.
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Las ofertas se presentarán en un sobre cerrado e indicando tanto los datos fiscales de la empresa y el procedimiento al que se presentan. Y la presentación de las ofertas se realizará única y exclusivamente en el Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx, Xxxx. Xxxxx Xxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, de lunes a viernes en horario de atención al público (de 9:00 a 14:00), a la atención del Área Jurídica, Régimen Interior y Contratación.
Ningún licitador podrá presenta más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si ha presentado alguna proposición individualmente ni figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente pliego, así como xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
Todos los actos y manifestaciones de voluntad de los órganos administrativos o de las empresas licitadoras o contratistas que tengan efectos jurídicos y se emitan a lo largo del procedimiento de contratación deben ser autenticados mediante una firma electrónica avanzada reconocida de acuerdo con la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
La oferta se presentará en un único sobre, junto con la documentación que se señala en los números siguientes. El sobre único se presentará cerrado y firmado por el licitador o persona que lo represente, debiendo figurar en el exterior el número de referencia y la denominación del contrato al que licita, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF. En su interior se hará constar una relación numérica de los documentos que contienen.
8.2. Documentación a incluir en el sobre.
A la oferta se acompañará:
- Una declaración responsable del licitador, conforme al modelo que se acompaña como
Anexo I.
En el caso de que la empresa fuera extranjera, la declaración responsable incluirá el sometimiento al fuero español.
En los supuestos de que la oferta se presente por una unión temporal de empresarios, debe acompañar a la declaración responsable el compromiso de constitución de la unión, con una duración que será coincidente, al menos, con la del contrato hasta su extinción.
Asimismo, cada empresa participante en la UTE aportará la declaración responsable.
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En el escrito de compromiso se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos, así como la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión.
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Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
- Declaración expresa de si existen o no empresas del mismo grupo o vinculadas que concurran a la licitación, a los efectos de lo establecido en el artículo 149.3 de la LCSP y artículo 86 del RGLCAP, según modelo que figura como XXXXX XX de este pliego. Se consideran empresas vinculadas las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio.
8.3. Ofertas.
La oferta se presentará en el sobre único, que incluirá la declaración responsable referida en el número anterior, la declaración de si existen o no empresas del mismo grupo o vinculadas que concurran a la licitación y la proposición económica según el modelo del ANEXO III.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
La oferta se presentará redactada conforme al modelo establecido en el Anexo III del presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición , o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, si ello no altera su sentido.
En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido.
9.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Para la adjudicación se valorará únicamente la oferta económica, considerándose como oferta más ventajosa aquella que sea más baja.
Para el caso de ofertas anormalmente bajas se aplicará lo previsto en el artículo 149 LCSP, si bien el plazo máximo para justificar las ofertas no podrá superar los cinco días hábiles desde el envío de la correspondiente comunicación.
El carácter desproporcionado o anormal de las ofertas podrá apreciarse de acuerdo con lo establecido en el RD1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la LCAP, con los parámetros objetivos de su artículo 85, por referencia al conjunto de ofertas válidas que se hayan presentado.
10.- GARANTÍAS.
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Conforme a lo establecido en el artículo 159.4, letra b) de la LCSP, no procede la constitución de garantía provisional por parte de los licitadores.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.6, letra f) de la LCSP, no se requiere la constitución de garantía definitiva.
11.- APERTURA DE LAS PROPOSICIONES.
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La apertura de la oferta se hará por la mesa de contratación en acto público. Tras dicho acto público, en la misma sesión, la mesa procederá a:
11.1. Previa exclusión, en su caso, de las ofertas que no cumplan los requerimientos xxx xxxxxx, evaluar y clasificar las ofertas.
11.2. Realizar la propuesta de adjudicación a favor del candidato con mejor puntuación.
11.3. Comprobar, en su caso, en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar.
11.4. Requerir a la empresa que ha obtenido la mejor puntuación mediante comunicación electrónica para que, en caso de no estar clasificada, en el plazo de SIETE DÍAS HÁBILES, a contar desde el envío de la comunicación aporte la siguiente documentación:
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
PRIMERO.- Documentación acreditativa de la personalidad y capacidad del empresario, así como de su representación:
- Escritura de constitución o documento equivalente, y en su caso de modificación de estatutos que afecte a la forma, a la denominación, al domicilio, o al objeto. Documentos en los que deberá constar la inscripción en el Registro Mercantil o en cualquier otro que correspondiese, cuando ello fuese obligatorio.
- Escritura de apoderamiento o documento equivalente, o en su caso, de nombramiento de administrador/es o consejero/s delegado/s mancomunado/s o solidario/s. Documentos en los
que deberá constar la inscripción en el Registro Mercantil o en cualquier otro que correspondiese, cuando ello fuese obligatorio.
- Copia auténtica del CIF de la empresa.
- Copia auténtica del DNI del apoderado o administrador.
- Copia auténtica de la autorización administrativa previa exigida para las Empresas de Trabajo Temporal, conforme a lo previsto en el artículo 2 de la Ley 14/1994, de 1 xx xxxxx, por la que se regulan las Empresas de Trabajo Temporal, y artículo 2 del Real Decreto 417/2015, de 29 xx xxxx, por el que se aprueba el Reglamento de las empresas de trabajo temporal.
SEGUNDA.- Documentación en relación a las prohibiciones de contratar del artículo 71 de la LCSP:
- Certificado positivo de encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) cbdc22da-aa03-9d1a-096547789302
- Certificado positivo de la Agencia Tributaria de la Región xx Xxxxxx de encontrarse al corriente de obligaciones tributarias con la Hacienda Regional.
- Certificado positivo de la AEAT de encontrarse al corriente de obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal.
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11.5. Acreditación de estar dado de alta en la matrícula fiscal del IAE en el epígrafe adecuado a la materia de contratación objeto de la presente contratación, y de hallarse al corriente de las obligaciones fiscales derivadas del mismo. Todo lo cual podrá acreditarse de las siguientes maneras, según el caso:
a) Presentación del documento de alta, referida al último ejercicio corriente, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
b) Presentación de un recibo de pago del IAE, referido al último ejercicio corriente, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
c) Presentación del documento de alta, en algún ejercicio anterior, completado con una declaración responsable de no hallarse obligado al pago del citado impuesto y con una completado con una declaración responsable de no hallarse obligado al pago del citado impuesto.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
11.6. Declaración expresa de no encontrarse incurso en las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 de la LCSP, de acuerdo con lo señalado en el art. 85 de la LCSP: “mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos. Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado”. Se adjunta como ANEXO IV el modelo de Acta Notarial de Manifestaciones.
TERCERA.- Compromiso al que se refiere el artículo 75.2 de la LCSP y la documentación justificativa de que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2 de la LCSP.
Si la empresa que ha obtenido mejor puntuación se encuentra clasificada, la mesa la requerirá mediante comunicación electrónica para que, en el plazo de SIETE DÍAS HÁBILES a contar desde el envío de la comunicación, para que aporte, en caso de recurrir a las capacidades de
otras entidades, el compromiso por escrito de dichas entidades, así como la documentación justificativa de que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2 de la LCSP.
Si la oferta del licitador que haya obtenido la mejor puntuación se presume que es anormalmente baja la mesa, realizadas las actuaciones recogidas en los puntos 1.º y 2.º anteriores, seguirá el procedimiento previsto en el citado artículo, si bien el plazo máximo para que justifique su oferta el licitador no podrá superar los 5 días hábiles desde el envío de la correspondiente comunicación.
Transcurridos dichos plazos, en un plazo no superior a 5 días, se procederá a adjudicar el contrato a favor del licitador propuesto como adjudicatario, procediéndose, una vez adjudicado el mismo, a su formalización.
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En el supuesto de que el empresario tenga que presentar cualquier otra documentación que no esté inscrita en el Registro de Licitadores, la misma se tendrá que aportar en el plazo de 7 días hábiles señalado anteriormente.
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En los casos en que a la licitación se presenten empresarios extranjeros de un Estado miembro de la Unión Europea o signatario del Espacio Económico Europeo, la acreditación de su capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones se podrá realizar bien mediante consulta en la correspondiente lista oficial de operadores económicos autorizados de un Estado miembro, bien mediante la aportación de la documentación acreditativa de los citados extremos, que deberá presentar, en este último caso, en el plazo concedido para la presentación del compromiso al que se refiere el artículo 75.2 de la LCSP y la documentación justificativa de que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2 de la LCSP.
En virtud de lo establecido en el artículo 159.6 letra b) de la LCSP, se exime a los licitadores de acreditar la solvencia económica y financiera y técnica o profesional.
12.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
La formalización del contrato se efectuará mediante la firma de aceptación por el contratista de la resolución de adjudicación.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad.
13.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
13.1. Obligaciones de la Empresa de Trabajo Temporal ante el ITREM:
a) El plazo máximo para la puesta a disposición del personal solicitado será como máximo de 5 días hábiles a partir del día siguiente a la notificación de la adjudicación del contrato por parte del ITREM.
b) Confección del contrato de la persona trabajadora bajo los parámetros facilitados por el ITREM.
c) Confección y envío al ITREM del contrato de puesta a disposición.
d) Ofrecimiento y realización de reconocimientos médicos al inicio de la relación contractual según la normativa vigente, así como cualquier prueba específica que requiera el puesto de trabajo.
e) El estricto cumplimiento de la Ley 14/1994, de 1 xx Xxxxx, por la que se regulan las Empresas de Trabajo Temporal así como su normativa de desarrollo incluyendo todas las cuestiones relativas a Prevención de Riesgos Laborales.
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13.2. Obligaciones de la empresa de trabajo temporal ante el trabajador:
a) Facilitar copia del contrato laboral firmado y sellado por ambas partes al trabajador.
b) Entrega de documento acreditativo del pago de nóminas al trabajador así como la puesta a disposición de la nómina mensual, ya sea en formato papel o digital, hasta finalización de la prestación del servicio.
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c) Entrega de certificado de empresa a la finalización de la relación contractual, así como cualquier otra documentación legal que asista al trabajador ante cualquier petición por parte de éste.
d) Todas aquellas que se deriven de la Ley 14/1994, de 1 xx xxxxx, por la que se regulan las Empresas de Trabajo Temporal, así como su normativa de desarrollo incluyendo todas las cuestiones relativas a Prevención de Riesgos Laborales.
13.3. El contratista que resulte adjudicatario vendrá obligado a cumplir las condiciones contractuales previstas en el presente pliego, siendo asimismo responsable de la calidad técnica de los trabajos, así como de las consecuencias que se deduzcan para el ITREM o para terceros de las omisiones, errores cometidos o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
13.4. El adjudicatario vendrá obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, con respecto al personal que emplee para el desarrollo del servicio objeto de esta contratación.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
13.5. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato. Si llegado el término de dicho plazo, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la empresa contratante podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Estas tendrán la cuantía determinada en el artículo 193 de la LCSP.
13.6. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la empresa contratante.
13.7. Deber de confidencialidad y secreto. De conformidad con dicho deber, la empresa adjudicataria asumirá las responsabilidades que se pudieran derivar del incumplimiento de esta necesaria confidencialidad en todos los ámbitos del servicio, de acuerdo con la normativa de protección de datos europea, estatal y autonómica.
13.8. El Órgano de Contratación podrá solicitar al adjudicatario en cualquier momento, que vuelva acreditar la persistencia de su situación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, pudiendo ser su falta de acreditación motivo de resolución del contrato.
13.9. El contrato se entiende convenido a riesgo y xxxxxxx del contratista.
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13.10. La empresa contratista está obligada al cumplimiento de las disposiciones legales en materia fiscal, laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. El incumplimiento de estas obligaciones o las infracciones de las disposiciones sobre estas materias, no implicará responsabilidad alguna para la entidad contratante, o para la Administración Regional xx Xxxxxx, a la cual pertenece. En tal caso se repercutirá sobre el adjudicatario cualquier efecto o sanción que, directa o subsidiariamente, recayeran sobre ella.
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La empresa adjudicataria será la única responsable de los accidentes y perjuicios de todo género que pudieren sobrevenir por no cumplir lo legislado sobre estas materias o por no actuar con la debida diligencia, ya que se considera que en el precio contratado están incluidos todos los gastos precisos para cumplimentar debidamente dichas disposiciones legales y asegurar los posibles riesgos. En caso de accidentes ocurridos en el ejercicio de sus funciones, el adjudicatario se atendrá a lo dispuesto a estos efectos en la legislación vigente, siendo en todo caso único responsable de su incumplimiento, y sin que bajo ningún concepto pueda quedar afectada la entidad contratante, o Administración Regional xx Xxxxxx a la que pertenece.
13.11. La empresa contratista establecerá la organización de las tareas a realizar por su personal en la ejecución del contrato, para lo cual nombrará un Jefe de Equipo que mantendrá regularmente contacto con el responsable del contrato nombrado por el «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx.»
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
13.12. El adjudicatario se obliga a adoptar las oportunas medidas de vigilancia sobre el personal que intervenga en la prestación de los servicios, con el objeto de evitar daños o sustracciones de productos, efectos o bienes de cualquier tipo. Independientemente, el adjudicatario responderá siempre frente a la entidad contratante, o la Administración Regional xx Xxxxxx a la que pertenece, de los daños y perjuicios causados por cualquier empleado durante el desarrollo de las actividades contempladas en los pliegos de la presente contratación.
13.13. El adjudicatario se responsabilizará de la indemnización por daños que se puedan ocasionar a terceros, así como los que infringieren a la entidad contratante y al personal dependiente de la misma, como consecuencia de la realización de los servicios.
13.14. El personal que contrate la empresa adjudicataria para la prestación del servicio dependerá única y exclusivamente de la empresa adjudicataria, la cual poseerá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empleador o empresario respecto al citado personal, con arreglo a la legislación laboral y social vigente en cada momento.
14.- OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD CONTRATANTE.
14.1. El ITREM designa como responsable del contrato a Dña. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, a quien corresponde supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
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14.2. La entidad contratante proporcionará a la contratista todos aquellos datos e información necesaria que se requiera para la correcta ejecución de los trabajos objeto de esta contratación.
14.3. La entidad contratante tiene la obligación de abonar el precio convenido una vez ejecutadas y debidamente justificadas las acciones contratadas e informado de conformidad dichas acciones por el.
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15.- EJECUCIÓN DEL SERVICIO.
15.1. La realización de los trabajos que lleve a cabo el personal de la empresa contratista estarán afectos únicamente al objeto concreto de esta contratación, que tiene autonomía y sustantividad propia, no pudiendo encargárseles otras tareas derivadas de necesidades similares que surjan.
15.2. Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos formarán parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato. La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio.
15.3. El personal de la empresa contratista adscrito a la ejecución del contrato, no podrá formar parte del círculo rector y organizativo del Sector Público de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, debiendo organizar, controlar y dirigir su trabajo la empresa Contratista, quien asumirá todas las obligaciones derivadas de la gestión de los recursos humanos (negociación, pago de salarios, concesión de permisos, determinación de vacaciones, etc).
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
15.4. La empresa contratista velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto a la actividad delimitada en este pliego.
15.5. La empresa contratista nombrará un Jefe de equipo integrado en su propia plantilla, que tendrá las siguientes obligaciones:
15.5.1. Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente al ITREM, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo
adscrito al contrato, de un lado, y la “entidad contratante”, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
15.5.2. Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
15.5.3. Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendados, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
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15.5.4. Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista con la “entidad contratante” a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
15.5.5. Informar al ITREM acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
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15.6. El personal de la empresa contratista no podrá tener claves de acceso a la red interna de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, salvo que resulte estrictamente necesario, en algún momento del desarrollo de los trabajos, para la debida ejecución de los mismos. En cualquier caso, dicha autorización, que deberá tener carácter temporal, requerirá previo informe responsable del contrato en el que quede constancia de manera inequívoca de que el usuario autorizado es o forma parte de la empresa contratista y que dicha excepción lo es en virtud de las funciones específicas a realizar, el cual deberá contar además con el visto bueno del responsable del contrato.
15.7. Condición especial de ejecución del contrato. En relación con la ejecución del contrato y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 202 de la LCSP, será obligatorio para el adjudicatario el cumplimiento de la siguiente condición especial de ejecución: favorecer la formación en el lugar de trabajo del personal técnico responsable de la ejecución del contrato.
Extremo el cual deberá acreditar ante el ITREM antes de la finalización del mismo, imponiéndose una penalidad del 10 por ciento del precio del contrato en caso de incumplimiento, de conformidad con lo dispuesto en el art. 192.1 de la LCSP, la cual se hará efectiva mediante su descuento del pago de la última factura.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
16.- PROPIEDAD INTELECTUAL DE LOS TRABAJOS.
La empresa contratista acepta expresamente que los derechos de explotación de la aplicación informática y de los programas desarrollados al amparo del presente contrato corresponden únicamente al ITREM, con exclusividad y a todos los efectos, obligándose a suscribir cuantos documentos de cesión de dicha propiedad intelectual, o industrial en su caso, le solicite la contratante a efectos de inscripción en el registro correspondiente.
17.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Son causas de resolución de esta contratación, las previstas en los artículos 211 y 313 de la LCSP.
18.- RECURSOS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE.
De acuerdo con el artículo 27 de la LCSP, el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que puedan surgir relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de este contrato.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
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Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en relación con la presente contratación se resolverán ante los órganos jurisdiccionales con sede en la ciudad xx Xxxxxx, por lo que se entiende que los contratistas renuncian a su propio fuero si fuera distinto del anterior.
ANEXOS AL PRESENTE PLIEGO
Anexo I. Modelo de declaración responsable
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Anexo II. Modelo de declaración responsable de pertenencia a grupo de empresas Anexo III. Modelo de oferta económica
Anexo IV. Modelo de manifestaciones ante Notario.
En Murcia, a fecha de la firma electrónica
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGIÓN XX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX-XXXXXXX XXXXX
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. ……………………………………………………………………………………...., con D.N.I. núm ,
actuando en su calidad de ……………….., en nombre y representación de
…………………………………….., con C.I.F. ,
En relación con el procedimiento abierto supersimplificado para la contratación de un servicio consistente en la «LA CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE PUESTA A DISPOSICIÓN, EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD, DE UN TÉCNICO EN LA OFICINA DE PROMOCIÓN DEL INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGIÓN XX XXXXXX A TRAVÉS DE UNA EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL»
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DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
I.- Que el firmante ostenta la representación de la entidad que presenta la oferta.
24/07/2018 12:35:55
II.- Que la entidad que representa cumple con las condiciones establecidas legalmente para contratar con el Sector Público, lo que supone que posee personalidad jurídica, capacidad de obrar y solvencia tanto económico-financiera como técnica o profesional suficiente para el correcto desempeño de las actividades económicas o profesionales objeto de la presente contratación, lo que incluye el contar con las autorizaciones necesarias para ejercer las mismas y, en el caso de tener previsto recurrir a otras entidades, la existencia del compromiso de éstas para disponer de los recursos necesarios para la ejecución del contrato; comprometiéndose a aportar la justificación documental acreditativa de su posesión y validez, en caso de ser requerido para ello.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
III.- Que no concurren, ni en la persona jurídica por él representada ni en las personas que forman parte de sus órganos de gobierno, ninguna de las circunstancias que incapacitan para contratar con el Sector Público, previstas en el número 1º del artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Y que, en el caso de que dicha persona jurídica tuviese carácter empresarial, no concurre tampoco ninguna de las circunstancias comprendidas en el apartado 2º de ese mismo artículo, teniendo en cuenta que las prohibiciones de contratar afectan también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas. Autorizando además al «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx», en su condición de poder adjudicador de los previstos en la mencionada Ley, para recabar de las Administraciones Públicas Competentes, si así lo estima oportuno, cuantos datos resulten procedentes para verificar el cumplimiento de dichas obligaciones. Así mismo autoriza al
«Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx» a solicitar dichos datos cuantas veces considere necesario, pudiendo ésta en caso de resultar negativos, retener el pago o incluso depositar el importe del mismo ante el Organismo acreedor.
IV.- Que en particular, y sin perjuicio de todo lo anterior, no concurren en la persona jurídica representada ninguna de las siguientes circunstancias:
a) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, reconociendo conocer que la existencia de obligaciones pendientes es una de las causas de nulidad de los contratos establecidas en el la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
b) Formar parte de sus órganos de gobierno o administración, persona alguna con las incompatibilidades a que se refiere la «Ley 5/1994, de 1 xx xxxxxx, de la Asamblea Regional xx Xxxxxx, que recoge el Estatuto Regional de la Actividad Política».
En ……………….., a …. de de 20….
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
24/07/2018 12:35:55
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Fdo. ……………………….
ANEXO II
MODELO DE DECLARACION RESPONSABLE DE PERTENENCIA A GRUPO DE EMPRESAS
(A utilizar en papel con membrete de la empresa)
D/Xx……………………………………………………………………………., con D.N.I./NIF nº en nombre propio (si se trata de persona física), o como representante de la empresa…………………………………………………………………………………CIF……………..…. en calidad de
…………………………………………………., para concurrir a « LA CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE PUESTA A DISPOSICIÓN, EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD, DE UN TÉCNICO EN LA OFICINA DE PROMOCIÓN DEL INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGIÓN XX XXXXXX A TRAVÉS DE UNA EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL »
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DECLARA
□ Que la empresa a la que represento forma parte del grupo de empresas ,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.1 del Código de Comercio, y que se presenta a esta licitación concurriendo con las empresas pertenecientes al mismo grupo.
□ Que la empresa a la que represento forma parte del grupo de empresas ,
24/07/2018 12:35:55
de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.1 del Código de Comercio, y que se presenta a esta licitación no concurriendo con otras empresas pertenecientes al mismo grupo.
□ Que la empresa a la que represento no forma parte de ningún grupo empresarial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.1 del Código de Comercio.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
(Lugar, fecha, firma y sello de la empresa)
ANEXO III PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./Xx. .................................................................................................................................., con
D.N.I. núm. .........................., con domicilio en ,
provincia de ..........................., C/ ,
número ........., piso ........., C.P. ........................, en nombre y representación de
....................................................................., con C.I.F. núm. , con domicilio
en ..........................................................., provincia de ................................, C/
................................................................................, número ....., piso ............, con teléfono
núm. ..............................., y con dirección electrónica a efecto de notificaciones:
.......................................................................................................................
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Enterado de las condiciones y requisitos para concurrir al procedimiento abierto supersimplificado para «LA CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE PUESTA A DISPOSICIÓN, EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD, DE UN TÉCNICO EN LA OFICINA DE PROMOCIÓN DEL INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGIÓN XX XXXXXX A TRAVÉS DE UNA EMPRESA DE TRABAJO
TEMPORAL », cree que se encuentra en situación de acudir como licitador a dicho procedimiento, y a estos efectos,
24/07/2018 12:35:55
DECLARA
Que conoce el pliego de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas que rigen dicha contratación y que acepta incondicionalmente todas sus cláusulas y prescripciones, que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en los mismos para contratar, no hallándose comprendido en ninguna de las circunstancias que, según la legislación vigente, le pudieran excluir de la contratación antes referenciada, y se compromete en nombre
............................................................. (propio o de la persona física que representa), a realizar el objeto del contrato antes señalado, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por el precio de: --------------------------------------------------(expresar en letras y números), incluida la comisión de agencia.
Importe: ................................................................................................ EUROS (....................’.....
€), (I)
IVA (21%): ............................................................................................ EUROS (....................’.....
€), (II)
Total: ................................................................................................EUROS (....................’ €)
(III=I+II)
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
En dichos precios se incluye cualquier impuesto o gasto que sea de aplicación al presente contrato, excluido el IVA, que figura como partida independiente.
(Lugar, fecha, sello y firma)
A la Dirección General del «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx»
ANEXO IV
(NOTA: A otorgar ante notario público, únicamente por el adjudicatario)
MODELO DE ACTA DE MANIFESTACIONES ANTE NOTARIO
Ante mi,....................................................................................................................................................
......
COMPARECE
D./Xx. ........................................................................., mayor de edad, vecino de
........................., domiciliado en ........................................................................, con D.N.I.
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.....................................
Identifico al compareciente a través de su D.N.I. que me exhibe y devuelvo.
INTERVIENE
En nombre y representación de.........................................................................................., con
24/07/2018 12:35:55
domicilio en......................................................., con C.I.F./N.I.F , etc.
ME REQUIERE
A mí,................................................................, para que haga constar en actas las siguientes manifestaciones que hace oralmente en mi presencia, en el concepto que interviene:
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
Que no concurren en la persona jurídica aquí representada, ni en sus órganos de gobierno, dirección o administración, ninguna de las circunstancias que incapacitan para contratar con el Sector Público, previstas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, teniendo en cuenta que las prohibiciones de contratar afectan también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas. Circunstancias que se manifiestan a continuación:
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
a) Haber sido condenadas mediante sentencia firme por delitos de terrorismo, constitución o integración de una organización o grupo criminal, asociación ilícita, financiación ilegal de los partidos políticos, trata de seres humanos, corrupción en los negocios, tráfico de influencias, cohecho, fraudes, delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, delitos contra los derechos de los trabajadores, prevaricación, malversación, negociaciones prohibidas a los funcionarios, blanqueo de capitales, delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y el medio ambiente, o a la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio.
La prohibición de contratar alcanzará a las personas jurídicas que sean declaradas penalmente responsables, y a aquellas cuyos administradores o representantes, lo sean de hecho o de derecho, vigente su cargo o representación y hasta su cese, se encontraran en la situación mencionada en este apartado.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
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b) Haber sido sancionadas con carácter firme por infracción grave en materia profesional que ponga en entredicho su integridad, de disciplina xx xxxxxxx, de falseamiento de la competencia, de integración laboral y de igualdad de oportunidades y no discriminación de las personas con discapacidad, o de extranjería, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente; o por infracción muy grave en materia medioambiental de conformidad con lo establecido en la normativa vigente, o por infracción muy grave en materia laboral o social, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 xx xxxxxx, así como por la infracción grave prevista en el artículo 22.2 del citado texto.
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c) Xxxxx solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declaradas en concurso, salvo que en este haya adquirido eficacia un convenio o se haya iniciado un expediente de acuerdo extrajudicial de pagos, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
d) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos que reglamentariamente se determinen; o en el caso de empresas de 50 o más trabajadores, no cumplir el requisito de que al menos el 2 por ciento de sus empleados sean trabajadores con discapacidad, de conformidad con el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, en las condiciones que reglamentariamente se determinen; o en el caso de empresas de más de 250 trabajadores, no cumplir con la obligación de contar con un plan de igualdad conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad de mujeres y hombres.
En relación con el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social, se considerará que las empresas se encuentran al corriente en el mismo cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de tales deudas.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
A estos efectos, autoriza al «Instituto de Turismo de la Región xx Xxxxxx», para recabar de las Administraciones Públicas Competentes, si así lo estima oportuno, cuantos datos resulten procedentes para verificar el cumplimiento de dichas obligaciones.
e) Haber incurrido en falsedad al efectuar la declaración responsable a que se refiere el artículo 140 o al facilitar cualesquiera otros datos relativos a su capacidad y solvencia, o haber incumplido, por causa que le sea imputable, la obligación de comunicar la información prevista en el artículo 82.4 y en el artículo 343.1.
f) Estar afectado por una prohibición de contratar impuesta en virtud de sanción administrativa firme, con arreglo a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
La presente causa de prohibición de contratar dejará de aplicarse cuando el órgano de contratación, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 72.1, compruebe que la empresa ha cumplido sus obligaciones de pago o celebrado un acuerdo vinculante con vistas al pago de las cantidades adeudadas, incluidos en su caso los intereses acumulados o las multas impuestas.
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g) Estar incursa la persona física o los administradores de la persona jurídica en alguno de los supuestos de la Ley 3/2015, de 30 xx xxxxx, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado o las respectivas normas de las Comunidades Autónomas, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 xx xxxxx, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma.
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La prohibición alcanzará a las personas jurídicas en cuyo capital participen, en los términos y cuantías establecidas en la legislación citada, el personal y los altos cargos a que se refiere el párrafo anterior, así como los cargos electos al servicio de las mismas.
La prohibición se extiende igualmente, en ambos casos, a los cónyuges, personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva, ascendientes y descendientes, así como a parientes en segundo grado por consanguineidad o afinidad de las personas a que se refieren los párrafos anteriores, cuando se produzca conflicto de intereses con el titular del órgano de contratación o los titulares de los órganos en que se hubiere delegado la facultad para contratar o los que ejerzan la sustitución del primero.
x) Xxxxx contratado a personas respecto de las que se haya publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el incumplimiento a que se refiere el artículo 15.1 de la Ley 3/2015, de 30 xx xxxxx, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado o en las respectivas normas de las Comunidades Autónomas, por haber pasado a prestar servicios en empresas o sociedades privadas directamente relacionadas con las competencias del cargo desempeñado durante los dos años siguientes a la fecha de cese en el mismo. La prohibición de contratar se mantendrá durante el tiempo que permanezca dentro de la organización de la empresa la persona contratada con el límite máximo de dos años a contar desde el cese como alto cargo.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
i) Xxxxx retirado indebidamente su proposición o candidatura en un procedimiento de adjudicación, o haber imposibilitado la adjudicación del contrato a su favor por no cumplimentar lo establecido en el apartado 2 del artículo 150 dentro del plazo señalado mediando dolo, culpa o negligencia.
j) Haber dejado de formalizar el contrato, que ha sido adjudicado a su favor, en los plazos previstos en el artículo 153 por causa imputable al adjudicatario.
k) Haber incumplido las cláusulas que son esenciales en el contrato, incluyendo las condiciones especiales de ejecución establecidas de acuerdo con lo señalado en el artículo 202, cuando dicho incumplimiento hubiese sido definido en los pliegos o en el contrato como infracción grave, concurriendo dolo, culpa o negligencia en el empresario, y siempre que haya dado lugar a la imposición de penalidades o a la indemnización de daños y perjuicios.
Firmante: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX, XXXXXX
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l) Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con una entidad de las comprendidas en el artículo 3 de la presente Ley.