PROCESO PARTICIPATIVO PARA LA ELECCIÓN DEL PROYECTO REDACTAR, PARA EL DISEÑO DE UN ESPACIO CUBIERTO MULTIFUNCIONAL COMO PATIO CUBIERTO AL SERVICIO DEL CEIP URKITZA HLHI DE BAKIO (BIZKAIA).
PROCESO PARTICIPATIVO PARA SELECCIÓN DE CONTRATO MENOR DE SERVICIOS
PROCESO PARTICIPATIVO PARA LA ELECCIÓN DEL PROYECTO REDACTAR, PARA EL DISEÑO DE UN ESPACIO CUBIERTO MULTIFUNCIONAL COMO PATIO CUBIERTO AL SERVICIO DEL CEIP URKITZA HLHI DE BAKIO (BIZKAIA).
1.- OBJETIVO DE PROCESO PARTICIPATIVO:
En consonancia con los principios establecidos en la Ley 2/2016, de 7 xx xxxxx, de Instituciones Locales de Euskadi se pretende mediante el presente proceso participativo “responder a la imperiosa necesidad de fortalecer los instrumentos de acceso a la información y la participación ciudadana en el diseño, decisión e implantación de las políticas públicas locales, con el ánimo de hacer frente a algunas debilidades intrínsecas de la democracia representativa tradicional y a los nuevos retos derivados de la exigencia de un mayor control del poder y una más clara rendición de cuentas. Y se ha tenido también muy presente que estos retos se vinculan a las crecientes exigencias de buen gobierno, ética y transparencia en la acción pública local y de las propias estructuras municipales, los cuales, como demuestra la experiencia del día a día, convierten, a los municipios que asumen en su vida cotidiana estos valores, en instituciones eficaces y favorecedoras del desarrollo económico y social.”
En este sentido no se puede olvidar que los Ayuntamientos son la institución más cercana a la ciudadanía, la puerta más cercana, y como indica la meritada Ley, y la legitimación institucional de estos entes locales se fundamenta en atender de forma cercana a las necesidades de sus habitantes, teniendo como eje la calidad de vida.
Los Ayuntamientos son el xxxxx básico del derecho a la participación ciudadana, ya que es en este ámbito en el que más fácilmente se puede ejercer de forma directa tal y como ha considerado el propio, el Consejo de Europa, y así lo recoge el preámbulo de la Carta Europea de la Autonomía Local
Acudiendo una vez más texto regulador de las Instituciones Locales de Euskadi: “Es el momento de la verdad, el momento de elegir el rumbo al que queremos orientar nuestro singular modelo político. Y, por ende, el acercamiento de la acción de gobierno a los ciudadanos es una
imperiosa necesidad política para que el derecho de participación de las ciudadanas y los ciudadanos sea real y efectivo, para que exista un verdadero control y una decisiva participación popular en la administración de los recursos y en la solución de los problemas de todos.”
Es tal la importancia de la participación ciudadana que la Ley 2/2016, de 7 xx xxxxx, de Instituciones Locales de Euskadi dedica el capítulo IV de ese título VI a esta materia, profundizando en los instrumentos de participación ciudadana. Instituyendo así mismo procesos de participación deliberativa.
El artículo 4 establece los principios rectores del régimen local y de la dirección política y acción de gobierno de los municipios y del resto de entidades locales, y recoge en su apartado 2 letra g) el principio de participación de la ciudadanía en los procesos de formulación, ejecución y evaluación de las políticas públicas locales, y conceptúa en su artículo 8 apartado 2 al municipio como el cauce de participación de la ciudadanía en los asuntos públicos locales.
En otro orden de cosas el artículo 17 recoge entre las Competencias propias de los municipios la Participación en la programación de la enseñanza y en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria, así como conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios destinados a centros públicos de educación infantil, de educación primaria y de educación especial. Asimismo, en relación con los ámbitos anteriores, cooperación con la Administración educativa en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes públicos, así como la ordenación y gestión de estructuras de participación ciudadana, transparencia, buen gobierno y acceso a las nuevas tecnologías.
No se puede obviar que la misma Ley entre los Derechos de las personas vecinas de un municipio, contempla el derecho a: Participar en la identificación, elaboración, gestión y evaluación de políticas públicas locales, así como en los asuntos públicos, de acuerdo con lo dispuesto en las leyes, en los reglamentos orgánicos municipales, en los reglamentos orgánicos de participación ciudadana, siempre que se trate de municipios de gran población, y en las ordenanzas o reglamentos correspondientes, en el caso de los municipios de régimen común. Así como a disfrutar de un medio ambiente y un espacio público urbano adecuado y sostenible.
El artículo 67 establece que todo ciudadano o ciudadana tendrá derecho a participar en las políticas públicas. A tal fin, las instituciones garantizarán este derecho y dispondrán medios para su ejercicio y que la participación ciudadana se podrá ejercer de forma individualizada o
colectiva, de acuerdo con los instrumentos y cauces que se prevén en la presente ley y los que establezcan, en su caso, las ordenanzas y reglamentos municipales.
Continúa estableciendo en el artículo 68 que “la elección de las formas, procedimiento y órganos de participación ciudadana se llevará a cabo por los municipios, de conformidad con lo establecido en la presente ley, a través de su potestad normativa propia y de sus potestades de autoorganización, …procurando así el fomento y la real y efectiva participación de las vecinas y vecinos, en igualdad de condiciones, en las políticas públicas y en los asuntos de la vida pública local” y que “el ejercicio de tales formas de participación podrá tener carácter vinculante para los órganos representativos y de gobierno de la entidad local, salvo que el pleno, por mayoría absoluta del número legal de sus miembros, o el ordenamiento jurídico establezcan lo contrario.”
Es por ello, que el objetivo de este proceso participativo va más allá que la propia participación en el proceso deliberativo, y se articula como vía para potenciar la cultura de la participación ciudadana.
2.- OBJETO PROPIO DEL PROCESO PARTICIPATIVO.
El objeto del concurso consiste en seleccionar la persona física o jurídica que habrá de redactar el proyecto y dirigir la obra para la creación del espacio cubierto multifuncional como patio cubierto al servicio del CEIP URKITZA HLHI de Bakio (Bizkaia), cuyas características completas se reflejan en el Pliego de Prescripciones Técnicas, que se adjunta como Anexo, mediante la valoración de las propuestas que quienes hayan sido invitadas a tomar parte en el concurso para el diseño del patio cubierto.
3.- PROPONENTES
Las propuestas las presentarán aquellas personas físicas o jurídicas dedicadas a la arquitectura, que se encuentren facultadas legalmente para ejercer la profesión, que tengan plena capacidad de obrar y que no se encuentren incursas en ninguna causa de incompatibilidad o prohibición para contratar, y han sido invitadas a presentar presupuesta y propuesta de proyecto.
Las personas invitadas podrán participar individualmente o formando equipos multidisciplinares.
Cada invitada sólo podrá formar parte de un único equipo, bien sea como titular o como colaborador y sólo podrá presentar una propuesta. El incumplimiento de este punto dará lugar a la descalificación de todas las propuestas en que participe.
4.- DEL DESARROLLO DEL PROCESO, FASES Y PLAZOS
4.1 Las proposiciones se presentarán en el plazo que se establezca en la invitación que será común para todas las invitadas.
4.1.1. Durante este plazo las personas invitadas podrán realizar consultas por escrito y, en la medida de lo posible, a través de correo electrónico.
4.2 El proceso participativo se desarrollará en dos fases:
4.2.1 La primera fase tendrá por objeto la selección de las proposiciones, siendo de carácter eminentemente técnico. El número máximo de proposiciones que serán seleccionadas será entre 2 y 5 ofertas pudiendo declarar desierto el concurso si las propuestas no satisfacen las necesidades técnicas.
4.2.2 La segunda fase es la que tiene el específico carácter de proceso participativo y, tiene por objeto la selección de la propuesta que será objeto de adjudicación.
5. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
La documentación que deberá aportarse se presentará en dos sobres cerrados bajo lema, en cuyo interior deberán incluirse los siguientes documentos:
Sobre número 1. Identificación y documentación administrativa (cerrado e identificado con el lema elegido por el concursante):
a).- Declaración responsable según modelo "Anexo A" indicando que cumple con las condiciones de capacidad y solvencia necesarias para contratar con la Administración.
Esta declaración se firmará por representante de la empresa debidamente facultado al efecto.
No obstante la presentación de dicha Declaración Responsable; el licitador propuesto como adjudicatario, deberá acreditar documental y fehacientemente ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato. El plazo para la presentación de las propuestas estará abierto hasta el 25 xx xxxxxx.
Sobre número 2. Documentación técnica.
Propuesta Arquitectónica: La propuesta arquitectónica se presentará por triplicado de manera anónima (bajo lema) con el máximo de documentación que seguidamente se refiere. La presentación de mayor documentación de la establecida supondrá la descalificación del equipo concursante:
Documentación gráfica: Se presentarán 1 panel en DIN A-1. Se aportarán todos los planos necesarios a juicio del proyectista para la adecuada definición de la propuesta, incluyendo, en su caso, aquellos que describan su relación con el entorno inmediato, con grafismos y técnicas de presentación libre. Los planos se representarán a escala definida y de uso común, y se incluirá escala gráfica. Se admitirán infografías, perspectivas o cualquier otra expresión gráfica que explique la propuesta, así como fotografías de maquetas (no entregar la maqueta) y documentación escrita explicativa de la propuesta.
Documentación escrita: memoria escrita en formato papel y tamaño DIN A-4 que contendrá una descripción de la solución aportada, elementos arquitectónicos, descripción de materiales y un avance del presupuesto con estimación de su coste (máx. 12 páginas).
Documentación en CD: Se adjuntará un CD con reproducción de la Documentación gráfica y escrita en formato pdf ó jpg (con el nombre xxx xxxx).
6. ANONIMATO
6.1 Los trabajos se presentarán bajo lema libremente elegido por los participantes, sin limitación de formato, que deberá figurar en todos los documentos, de tal manera que estos sean examinados por el Jurado bajo anonimato.
6.2 En el exterior del sobre número 2 se indicará, si, en el caso de no resultar seleccionado en el proceso participativo, el concursante prefiere permanecer en el anonimato tanto en la exposición pública de los trabajos presentados como en su posible publicación en papel o web.
6.3 La información recibida será gestionada y preparada para su examen por personas que se mantendrán ajenas al proceso participativo, que velarán para que no se rompa el anonimato de las propuestas.
7. PLAZO Y PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
7.1 Las proposiciones se presentarán, en el Registro General del Ayuntamiento de Bakio, de 9:00 a 14:00 horas, durante el plazo que se conceda en la invitación. (Último día, el 25 xx xxxxxx).
7.2 Las proposiciones también se podrán presentar por correo de acuerdo con lo que dispone el artículo 80.4 del Reglamento General de la LCAP, En este caso, los licitadores deberán justificar que la fecha de imposición del trámite en la Oficina de Correos es, como máximo, la del día y hora indicados en la invitación. La proposición será válida si existe constancia de la transmisión y recepción, dentro del plazo de presentación señalado y se identifique fidedignamente al remitente y destinatario. Sin la concurrencia de ambos requisitos la solicitud no será admitida por el órgano de contratación con posterioridad a la finalización del plazo señalado en el anuncio. No obstante, transcurridos diez días a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
A tal fin, finalizado el plazo de presentación de ofertas, y si no hubiera proposiciones por correo se convocará el proceso participativo de la fase eminentemente técnica para seleccionar a los lemas que pasarán a la siguiente fase. De existir proposiciones por correo se esperará cómo máximo al transcurso de 10 días referidos.
Con posterioridad a la efectiva recepción de todas las solicitudes de participación las mismas quedarán disponibles para su análisis por parte de los miembros d Comisión Técnica.
8.-CRITERIOS GENERALES QUE SE TENDRÁN EN CUENTA A LA HORA DE REALIZAR LA VALORACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
La valoración de 1as propuestas recibidas se realizará de conformidad con los siguientes aspectos:
Calidad Arquitectónica de la Propuesta, adecuación al entorno e integración urbana. Se valorará la imagen de la propuesta
arquitectónica, su incorporación y replanteamiento del espacio urbano, y su adecuada adaptación a los edificios de la Escuela y el Ayuntamiento Casa de Cultura.
Viabilidad y funcionabilidad de la Propuesta. Se valorará su adaptación a costes y procesos de ejecución así como durabilidad y mantenimiento de los materiales propuestos. Se valorará especialmente su adaptación al uso escolar en horario lectivo y su adecuada vinculación al uso de la plaza en horario no lectivo particularmente en lo relativo al diseño del cierre.
Valores Medio Ambientales y de Sostenibilidad. Se valorará el uso de materiales, certificados para la bio-construcción, y obtenidos de materias primas regenerables y con procesos de cercanía o que necesitan poca energía con el fin de reducir el impacto ambiental.
Para la valoración de estas cuestiones, contenidas en la propuesta arquitectónica presentada en la oferta del licitador la Mesa de Contratación encomendará la valoración de las propuestas arquitectónica a un Comisión Técnica.
9. ÓRGANOS Y FASES DEL PROCESO PARTICIPATIVO.
Como primera fase del proceso participativo se constituirá una Comisión Técnica compuesta por:
Con voz y voto:
-Quien realice las labores de arquitecto municipal.
-Quien desarrolle las labores de aparejador municipal.
-Dos personas que desarrollen su labor profesional como arquitectas expertas en tema de edificios escolares.
Serán parte de esta comisión técnica, pero sin voz ni voto:
-Un representante de cada partido político con representación en la corporación
-La Alcaldesa del Ayuntamiento de Bakio,
Entre estos elegirán a la persona que actuará como Secretaria para levantar actas de las deliberaciones de la Comisión Técnica.
Esta Comisión Técnica se reunirá cuantas veces considere oportunas, hasta que formule la propuesta con la selección de las proposiciones que se consideren más adecuadas.
Durante este proceso se analizará la documentación y la admisión definitiva de los trabajos recibidos.
Corresponde a esta Comisión velar por la vigilancia y el cumplimiento del anonimato riguroso con el que se deberá examinar la documentación.
El acuerdo de propuesta se formulará de forma consensuada y unánime y de no ser posible se formulara por votación.
En cualquier caso la propuesta habrá de ser razonando la selección o exclusión de cada una de ellas, y elaborando a tal fin un informe que exponga los criterios y valoraciones tenidos en cuenta a la hora de formular la propuesta.
Este informe, estará a disposición del Órgano mediante el que se articule la segunda fase del proceso de participación ciudadana.
El órgano ante el que se sustanciará la segunda fase del proceso de participación ciudadana, que se denominara órgano resolutivo estará compuesto de la forma que a continuación se señala:
a. 2 personas pertenecientes al Consejo Escolar, y seleccionadas por este en la forma que estime conveniente: Siendo una de ellas profesora, y la otra madre o padre.
b. Un niño o una niña de la escuela. Para la selección de esta persona el Ayuntamiento organizará una dinámica participativa para que las y los niños den su opinión sobre el proyecto. Entre todas aquellas niñas y niños que quieran tomar parte en el órgano se seleccionará a una o uno de ellos que participará en el jurado como representante.
c. Dos personas vecinas del pueblo. Se realizará un llamamiento público para que todas las personas vecinas del municipio para que no formando parte de la comunidad escolar, estén interesadas en participar en el proceso participativo, y a formar parte del órgano resolutorio, den su nombre en el Ayuntamiento para formar parte del censo de personas que participaran en el sorteo de carácter público en el que elegirán las dos personas que tomarán parte en el órgano.
d. Un concejal o concejala por cada partido político con representación en el Ayuntamiento, que será designado por los partidos políticos al que pertenezcan.
e. La técnica de cultura
f. La Alcaldesa, que ostentará la presidencia del Órgano resolutorio.
g. Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, quien lo sea de la corporación o persona en la que delegue.
Este Órgano Resolutivo contará con el apoyo de un miembro de la Comisión Técnica para resolver las consultas o dudas que considere necesarias.
Este Órgano Resolutivo una vez presentadas las propuestas de los equipos seleccionados para la Segunda Fase y realizada la valoración de la propuesta técnica por parte de dicho Órgano, se redactará por quien ostente la secretaría del órgano el correspondiente acta del xxxxx xxx Xxxxxx, y será puesto en conocimiento de los participantes, publicitado y publicado en la web del Ayuntamiento.
El acta del fallo contendrá el dictamen razonado que lo fundamente, pudiendo cada miembro del Órgano hacer constar por separado las razones de su voto.
El proceso participativo podrá declarar desierto el procedimiento de selección de forma excepcional si la Comisión Técnica y el órgano Resolutivo consideran que no puede adjudicarse el trabajo por no haber proyectos que resulten suficientemente satisfactorios para el trabajo que se pretende contratar.
10.- ADJUDICACIÓN DE LA REDACCIÓN DEL PROYECTO Y DIRECCIÓN DE OBRA.
Conocido el fallo del Órgano, la Alcaldesa, procederá a realizar la correspondiente adjudicación de los trabajos para la redacción del Proyecto y Dirección de Obra del DISEÑO DE UN ESPACIO CUBIERTO MULTIFUNCIONAL COMO PATIO CUBIERTO AL SERVICIO DEL CEIP URKITZA HLHI DE BAKIO (BIZKAIA), ya que a
ella le corresponde por ser un contrato menor de servicios de los regulados en el artículo 10, artículo 111 y artículo 138 del Real
Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
11.- CONDICIONES DE CONTRATACIÓN
El adjudicatario recibirá el encargo de redacción de proyecto y dirección de obra, conforme a las condiciones establecidas en las Bases y Prescripciones Técnicas que regulan los trabajos a adjudicar tras este proceso participativo.
Los honorarios estimados y en cualquier caso máximos son de 16.500, 00,-€ (IVA no incluido).
11.3 El órgano de contratación tendrá la obligación de abonar las minutas dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la aprobación de la factura presentada correspondiente de cada uno de los vencimientos:
Pago 40% proyecto básico – que habrá de presentarse para el 31 de octubre de 2017.
Pago 30% proyecto ejecución- que habrá de presentarse antes del 28 de febrero de 2018.
Pago 30%, a la presentación de la certificación fin de obra 12.- PROPIEDAD INTELECTUAL
12.1 Los autores conservarán la propiedad intelectual de los trabajos presentados, no pudiendo ninguno de ellos, ni siquiera el seleccionado, ser empleados para otros fines que los referidos en estas bases.
12.2 Los proponentes cederán a la entidad convocante únicamente los derechos de explotación que correspondan al objeto de la publicidad del concurso y sus resultados, tales como la publicación y exposición de los trabajos presentados, si bien permanecerán en anonimato aquellos proponentes no adjudicatarios que así lo hubiesen solicitado.
13.- EXPOSICIÓN
13.1 Una vez resuelto el Concurso, todos los trabajos presentados y admitidos podrán ser expuestos al público, y retenidos a tal fin hasta la finalización de la exposición.
Dicha exposición será anunciada a todos los participantes, hayan sido o no seleccionadas sus propuestas. También podrán ser difundidas
vía web, pudiendo ser manipulados exclusivamente con vistas a la reducción de su tamaño para una mejor navegación.
13.2 Transcurrida la exposición pública, los concursantes tendrán derecho a retirar los trabajos admitidos durante el plazo de un mes, a partir del cual el convocante podrá proceder a la destrucción de los mismos.
14. SUSPENSIÓN DEL PROCESO PARTICIPATIVO
De producirse la suspensión del concurso, no dará lugar a ningún tipo de indemnización.
11. PREMIOS
A los equipos concursantes cuyas propuestas sean seleccionadas para la segunda fase se les obsequiará con una caja de 3 botellas de txakoli de Bakio.
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE SUSTITUTIVA DE LA DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.
………………………….., mayor de edad, con domicilio en y con D.N.I. nº ,
teléfono,......................, e-mail................., actuando en nombre yrepresentación propia o en nombre y representación de la empresa/entidad…………………… con CIF Nº.
………………………………….y con domicilio en………………
DECLARABAJOSU RESPONSABILIDAD:
Que el declarante, o en su caso, la entidad a la que representa, cuenta con la necesaria capacidad jurídica y de obrar, así como, con la habilitación empresarialy suficiente solvencia económica, financiera y técnica o profesional paraparticipar en el proceso de contratación del DISEÑO DE UN ESPACIO CUBIERTO MULTIFUNCIONAL COMO PATIO CUBIERTO AL SERVICIO DEL CEIP URKITZA HLHI DE BAKIO (BIZKAIA) DIRECCIÓN DE
OBRA, no encontrándoseincurso en ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración a que se refiere el art. 60 del TRLCSP, y cuya acreditación documental y fehaciente se obliga a realizar en caso de resultar propuesto comoadjudicataria del contrato, en el plazo y condiciones que se requieran.
Y que si resulto adjudicatario del contrato DISEÑO DE UN ESPACIO CUBIERTO MULTIFUNCIONAL COMO PATIO CUBIERTO AL SERVICIO DEL CEIP URKITZA HLHI DE BAKIO (BIZKAIA) DIRECCIÓN DE OBRA, me
comprometo a realizarlo en un importe de …16.500,00 ….-€ (sin
IVA), lo que supone un importe total de …19.965,00……………… .-€ (IVA incluido).
Lo que se hace constar en ..............., a ……… de 2.017
Fdo: