CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y PROVISIÓN DE PRODUCTOS
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y PROVISIÓN DE PRODUCTOS
COMPARECIENTES.- Por una parte, la Compañía , representada legalmente por el señor: en su calidad de Gerente y Representante Legal, a quien se le denominará LA EMPRESA; y, por otra parte, el señor , a quien se le denominará EL CLIENTE, suscriben el presente contrato de PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y PROVISIÓN DE PRODUCTOS
., al tenor de las siguientes cláusulas:
PRIMERA. - ANTECEDENTES. - LA EMPRESA produce y comercializa ; por
otra parte, EL CLIENTE ha negociado los derechos para la operación de una FRANQUICIA con la empresa , EL CLIENTE terminará de elaborar ciertos
productos y los comercializará con la marca en las condiciones estipuladas en
el contrato de XXXXXXXXXX, el mismo que es parte integrante de este contrato.
SEGUNDA. - OBJETO. - LA EMPRESA prestará sus servicios de asesoría y control en lo relativo a la implementación del Manual De Operaciones, para ayudar a que EL CLIENTE desarrolle las actividades inherentes a la FRANQUICIA por él adquirida. Adicionalmente, LA EMPRESA proveerá a EL CLIENTE de los productos que, bajo la autorización de la marca
produce, distribuye y comercializa.
TERCERA. - OBLIGACIONES DE LA EMPRESA. - LA EMPRESA prestará a EL CLIENTE los
siguientes Servicios de Asesoría:
Inducción inicial en manejo y operación de equipos para la producción de pan, administración de las ventas, control de calidad del producto y servicio al cliente.
Entrenamiento al personal que labore en el local concesionado, para que puedan aplicar el Manual De Operaciones establecidos por LA EMPRESA.
Asesoría y asistencia en el lanzamiento de promociones, publicidad e implementación de políticas de ventas.
Inspección del lugar donde funciona LA FRANQUICIA con la frecuencia que se considere aconsejable, así como evaluación periódica de la operación y administración del negocio, a fin de mantener los estándares de calidad, presentación y servicio.
LA EMPRESA proveerá a EL CLIENTE de los siguientes productos, materias primas:
EL CLIENTE deberá adquirir las cantidades necesarias de material de empaque y suministros requeridas para el buen funcionamiento de su FRANQUICIA con las características y especificaciones aprobadas por LA EMPRESA.
En caso que LA EMPRESA tenga disponibilidad de dichos materiales, LA EMPRESA es la primera opción de compra para EL CLIENTE.
LA EMPRESA proveerá la materia prima para el acabado final del producto congelado facturado a EL CLIENTE, en las cantidades necesarias para cada uno de los productos especificados en el Manual de Operaciones.
CUARTA. - OBLIGACIONES DEL CLIENTE. - EL CLIENTE tendrá las siguientes obligaciones, sin que estas sean las únicas que se desprenden de este contrato, ya que, al tiempo de ejecución del mismo, podrán aparecer otras obligaciones adicionales que podrían ser incorporadas en forma escrita mediante un adendum.
EL CLIENTE se obliga a cancelar el valor de los productos que le entregue LA EMPRESA en el plazo máximo de días, contados a partir de la fecha de emisión de la factura. En caso de encontrarse en xxxx, LA EMPRESA podrá suspender el despacho de los productos, hasta que dichos pagos sean cancelados en su totalidad. En caso de persistir la xxxx, las facturas serán títulos ejecutivos que facultan a LA EMPRESA a iniciar el correspondiente Juicio Ejecutivo para su cobro, sin perjuicio de la terminación de este contrato y el de FRANQUICIA, todas las facturas emitidas por LA EMPRESA sean estas firmadas por EL CLIENTE, por sus representantes, empleados o ninguna persona, se consideran legitimas mientras exista la relación comercial entre LA EMPRESA y EL CLIENTE.
La Línea de Crédito aprobado por LA EMPRESA, deberá ser garantizada por EL FRANQUICIADO.
Si por razones estratégicas del negocio, LA EMPRESA decide cambiar la imagen corporativa, EL CLIENTE tendrá la obligación de implementar, en un plazo no mayor de noventa días, los respectivos cambios.
Mantener el local concesionado en perfecto estado de orden y limpieza. EL CLIENTE tiene la obligación de ejecutar a su costo y oportunamente el
mantenimiento, reparación o reposición de los bienes que necesiten a criterio de LA EMPRESA ser mantenidos, reparados o reemplazados.
EL CLIENTE se compromete a mantener su mobiliario en perfecto estado y a renovar la imagen cada cuatro años, este período puede variar dependiendo del estado del local concesionado, dicha renovación deberá ser aprobada por LA EMPRESA, en coordinación con el MANUAL DE IMAGEN de LA EMPRESA.
EL CLIENTE deberá observar y cumplir con todas las leyes, ordenanzas, reglamentos y demás disposiciones legales vigentes que de una u otra forma están relacionados con la operación del local comercial de su propiedad. Deberá obtener los permisos y autorizaciones que sean necesarios para el normal funcionamiento de dicho local comercial, incluyendo los permisos del ministerio de salud, municipio, intendencia, sayse, bomberos, medio ambiente, SRI, IESS, Ministerio de relaciones laborales y todos los
relacionados a los organismos de control, estos documentos deberán ser presentados a LA EMPRESA en el transcurso de los cinco primeros meses del año.
Cumplirá las disposiciones sobre protección y defensa del consumidor existentes en la República del Ecuador.
Informará a LA EMPRESA acerca de cualquier violación a los derechos de propiedad intelectual que detecte en perjuicio de ésta. En tal virtud, se compromete a cooperar y a coadyuvar en el inicio y continuación de cualquier acción para prevenir y sancionar el uso ilegal de marcas, nombre comercial, Know How y Manual De Operaciones.
QUINTA: DESCUENTOS Y POLÍTICAS DE COMERCIALIZACIÓN. -
EL CLIENTE debe respetar los precios de venta al público vigentes indicados por LA EMPRESA, por lo tanto, no puede alterar ni modificar por ningún concepto.
LA EMPRESA concede a EL CLIENTE los siguientes porcentajes de descuento en sus productos: % en % en , %
. A los productos de se les agregará el IVA, según las Leyes Tributarias vigentes y para los productos de terceros o complementarios, el porcentaje de descuento variará de acuerdo a la fluctuación del comercio y precios de los fabricantes, importadores o distribuidores.
Cuando EL CLIENTE cancele sus pedidos de contado o contra – entrega, este podrá solicitar a LA EMPRESA un descuento adicional del % de Total sin IVA; se considerará pago de contado, cuando la cancelación del pedido se lo realice dentro de las horas de realizado el pedido.
EL CLIENTE no podrá devolver a LA EMPRESA el producto que no haya vendido.
El CLIENTE no tiene autorización para vender productos por una política estricta de LA EMPRESA. El vender productos guardados, será causal para dar por terminado todos los contratos, tanto de FRANQUICIA como de PROVISION DE SERVICIOS Y PROVISION DE PRODUCTOS con EL CLIENTE.
LA EMPRESA dará instrucciones sobre el destino del producto que sobra del día anterior.
SEXTA: PLAZO. - El plazo de duración de este contrato se encuentra vinculado al contrato de XXXXXXXXXX que mantiene entre LA FRANQUICIANTE y EL FRANQUICIADO,
. y señor:
, por lo tanto, a la terminación del contrato principal, se da por entendido la terminación del presente contrato.
SÉPTIMA: CONTROVERSIAS. - En el caso de que cualesquiera de las dos partes tengan la necesidad de iniciar acciones legales para exigir el cumplimiento de este contrato, LA EMPRESA dejará de proveer los productos y servicios referidos en este contrato y, por el solo efecto de la presentación de la demanda, las facturas que se encuentren pendientes
de pago deberán ser canceladas por EL CLIENTE en forma inmediata. Caso contrario, LA EMPRESA tendrá el derecho de iniciar la acción pertinente para el cobro de esas facturas.
EL CLIENTE se compromete a cumplir las disposiciones de este contrato, caso contrario será causal suficiente para la terminación del contrato principal, y por ende el presente contrato.
OCTAVA: Y COMPETENCIA. - Toda cuestión, controversia o diferencia derivada del presente contrato o relacionada con él, será resuelta por un Tribunal de Arbitraje del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de , de acuerdo con las reglas de la Ley de Arbitraje y Mediación, del Reglamento de dicho Centro y las siguientes:
a. - Los árbitros serán seleccionados conforme lo establecido en la Ley de Arbitraje y Mediación.
b. - Las partes renuncian a la ordinaria, se obligan a acatar el laudo que expida el Tribunal Arbitral y se compromete a no interponer ningún recurso en contra del mismo.
c. - Para la ejecución de medidas cautelares el Tribunal Arbitral está facultado para solicitar de los funcionarios públicos, judiciales, policiales y administrativos su cumplimiento, sin que sea necesario recurrir a juez ordinario alguno.
d. - El Tribunal Arbitral está integrado por tres árbitros.
e. - El procedimiento arbitral será confidencial.
f. - El lugar de arbitraje será las instalaciones del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de .
Para constancia y legalización de lo actuado, las partes suscriben en unidad de acto, el presente contrato en tres ejemplares de igual tenor y contenido en , el de
del año 20 .
Representante Legal RUC: LA EMPRESA | CC: EL CLIENTE |