Condiciones Generales de Venta y Prestación de Servicios
Condiciones Generales de Venta y Prestación de Servicios
destinadas a regular las relaciones comerciales entre empresas
Edición: Febrero de 2017
1. Objeto de las presentes condiciones
1.1. Las presentes Condiciones Generales (en lo sucesivo, las “Condiciones”) regulan los derechos y obligaciones relacionados con la venta de bienes (p. ej. productos, aparatos, sistemas completos; en lo sucesivo, “Ventas”) y con la prestación de servicios (p. ej. instalación, montaje, calibración, reparación; en lo sucesivo, ”Servicios”) prestados por Xxxxx & Xxxxxxx de México, S. de R.L. de C.V. (en lo sucesivo, “RSMX”) a empresas, personas xxxxxxx de derecho público o patrimonios especiales de derecho público (en lo sucesivo, el “Cliente”). Las presentes Condiciones serán parte integrante del correspondiente contrato que, sobre la base de la orden de compra del Cliente, se celebre a través de la confirmación de la orden de compra emitida por RSMX. En caso de contradicción entre las disposiciones de la confirmación de la orden de compra y las presentes Condiciones, prevalecerá lo dispuesto en la confirmación de la orden de compra. Cualesquier términos y condiciones del Cliente distintas o complementarias a estas Condiciones no son vinculantes para RSMX, aún en el caso de que RSMX no las contradiga expresamente.
1.2. Los documentos tales como ilustraciones, dibujos, datos de pesos o de especificaciones de prestación de servicios contenidos en folletos, presupuestos y hojas informativas, etc. no constituirán garantía alguna sino una mera descripción de los bienes y los servicios. RSMX se reserva el derecho de realizar modificaciones justificadas y fundamentadas en mejoras técnicas, incluso después de confirmada la orden de compra.
1.3. Salvo autorización expresa por escrito de RSMX el Cliente no está facultado para reproducir, copiar, facilitar a terceros, ni transmitir de otro modo la documentación mencionada en el apartado 1.2 de las presentes Condiciones, si no cuenta con la autorización previa y por escrito de RSMX, como tampoco podrá usarla de ningún modo que contravenga los intereses de RSMX. Si la Venta o prestación de Servicio no se adjudicara a RSMX, la documentación deberá ser devuelta inmediatamente a solicitud de RSMX. El apartado 1.2 anterior será aplicable a la documentación que el Cliente haya facilitado a RSMX; no obstante, la documentación facilitada a RSMX podrá ponerse a disposición de terceros que RSMX haya legalmente subcontratado para la Venta y prestación de Servicios.
2. Precios
2.1. Los precios para la Venta se entienden FCA Munich (Alemania) (INCOTERMS 2010, ICC publicación no. 715 ED) salvo que RSMX lo especifique de otra manera por escrito (véase el apartado 8 para la prestación de Servicios).
Los precios se expresan en la moneda establecida en la confirmación de la orden de compra, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la cuantía legalmente establecida, en caso de devengarse el mismo. Adicionalmente se deberán pagar impuestos, tributos, tasas y derechos aduaneros, así como los aranceles por servicios consulares y de legalización, que en su caso también se devenguen; incluso de conformidad con las disposiciones de otro ordenamiento jurídico distinto a la legislación aplicable según el apartado 13.1 de las presentes Condiciones. Los precios incluyen el embalaje habitual en el tráfico mercantil. Los gastos de embalaje de antenas, instalaciones y sistemas así como de los envoltorios especiales solicitados por el Cliente se facturarán por separado.
2.2. Los precios corresponden a la situación de costos de RSMX a la fecha de la celebración del contrato. En caso de modificación de costos antes del día de entrega o prestación de servicios, RSMX se reserva la facultad de ajustar los precios, siempre que la Venta y/o la prestación de los Servicios se realice de conformidad con lo acordado entre las partes, en un plazo mayor a 4 (cuatro) meses posteriores a la celebración del contrato.
3. Reserva de dominio
3.1. RSMX se reserva la propiedad de los bienes entregados (en lo sucesivo, “Mercancías Sujetas a Reserva») hasta que se dé cumplimiento a todos los derechos de crédito y pretensiones que RSMX ostente frente al Cliente en virtud de la relación comercial (incluidos cualesquiera eventuales saldos de cuentas corrientes) en la medida que dicha reserva sea posible conforme a la xxx xxx xxxx en cuyo territorio se encuentren las Mercancías Sujetas a Reserva. En caso de que dicha ley no admita la reserva de dominio sobre las Mercancías Sujetas a Reserva, pero sí permita la reserva de derechos similares, RSMX podrá ejercer dichos derechos. El Cliente se obliga a prestar su ayuda en todas las acciones destinadas a salvaguardar la propiedad o las garantías de las Mercancías Sujetas a Reserva. El Cliente autoriza a RSMX a protocolizar ante notario público la presente reserva de dominio, así como en su caso su inscripción en el Registro Público, si RSMX lo considera necesario.
3.2. En caso de que la Venta o prestación de Servicios consista en software, el Cliente no adquirirá la propiedad de los mismos, sino sólo los derechos descritos en el apartado 9.
4. Condiciones de pago
4.1. Todos los pagos deberán efectuarse sin descuento a RSMX dentro de los treinta (30) días naturales siguientes a la fecha de la factura.
4.2. En los pedidos de un valor total neto de más de 50,000 €, deberá pagarse el treinta por ciento (30 %) en concepto de pago anticipado, más el IVA correspondiente a dicha cifra, al efectuar el pedido. Los pagos anticipados no causan intereses, el cliente no tendrá derecho a exigir a RSMX éstos.
4.3. RSMX se reserva la facultad de exigir otras garantías de pago como la suscripción de pagarés y/o pagos anticipados.
4.4. El Cliente sólo podrá efectuar compensaciones o hacer valer un derecho de retención respecto a aquellos derechos no controvertidos o declarados en sentencia firme. Se excluye el derecho de retención del Cliente relativo a reconvenciones impugnadas o que no hayan sido declaradas en sentencia firme derivadas de otras relaciones contractuales. El Cliente únicamente podrá hacer valer un derecho de retención respecto a derechos basados en el mismo contrato que la correspondiente reconvención de RSMX.
4.5. Si el Cliente se demorara en el pago, RSMX se reserva el derecho de cobrar un interés anual del ocho por ciento (8%), sin perjuicio de la reclamación de los demás derechos que le asistan.
4.6. Si el Cliente se demorara en el cumplimiento de sus obligaciones de pago y de recepción frente a RSMX, ya sea total o parcialmente, quedarán suprimidos sin reemplazo alguno todos los descuentos de precios establecidos en el contrato y todos los descuentos de todo tipo que hubieran sido acordados.
4.7. El lugar de pago será la Ciudad de México, México.
5. Plazos de entrega y/o servicios
5.1. El cumplimiento de los plazos para la entrega de los bienes objeto de la Venta y/o la prestación de los Servicios por parte de RSMX presupondrá el cumplimiento puntual y debido de las obligaciones del Cliente, y, especialmente, que todos los documentos, autorizaciones y licencias que deba facilitar el Cliente sean recibidos en tiempo por RSMX, así como el cumplimiento de las demás obligaciones necesarias para la Venta o, en su caso, la prestación de Servicios en tiempo y forma por parte de RSMX. Si estos requisitos no se cumplen en tiempo y forma por parte del Cliente, se prorrogarán los plazos por el periodo correspondiente, al que se sumará un plazo razonable de reanudación. Lo mismo aplicará para el caso de que el Cliente deba hacer pagos anticipados de conformidad con el apartado 4.2. o de que se acuerden otras obligaciones por parte del Cliente.
5.2. En relación con el cumplimiento de las obligaciones que incumben a RSMX, los plazos de las entregas se considerarán observados si RSMX realiza las entregas cumpliendo con los INCOTERMS a que se refiere el apartado 2.1.
5.3. Si la entrega de los bienes objeto de la Venta y/o la prestación de Servicios se demoraran por motivos imputables al Cliente, los plazos se considerarán observados por RSMX a partir de la notificación de disponibilidad para la entrega y/o prestación del Servicio.
5.4. Si el incumplimiento de los plazos para la Venta y/o prestación de los Servicios se debiera a causas de fuerza mayor o caso fortuito, p. ej. movilizaciones, guerras, revueltas o acontecimientos similares, como huelgas o cierres empresariales, o a la aparición de otros obstáculos imprevisibles, los plazos se prorrogarán por el periodo correspondiente, al que se sumará un plazo razonable de reanudación. Entre las causas de fuerza mayor se incluye cualquier acto de autoridad, incluyendo enunciativa y no limitativamente los siguientes: la falta de otorgamiento de un permiso, licencia, o autorización gubernamental, a pesar de haberse solicitado en tiempo y forma, limitaciones al transporte o las restricciones del consumo energético, así como también la carencia general de materias primas y suministros y cualquier otra circunstancia, como la falta de entrega o entrega tardía por parte de proveedores, no imputable a RSMX.
5.5. En caso xx xxxx por parte de RSMX, por causas exclusivamente a ella imputables, el Cliente podrá exigir a partir del transcurso de la tercera semana de retraso una indemnización por retraso en el cumplimiento que ascenderá al cero punto cinco por ciento (0.5%) por cada semana completa de retraso hasta alcanzar un importe del cinco (5%) del valor de la parte entregada con retraso o del Servicio prestado con retraso.
5.6. En todos los casos de retraso imputables a RSMX, el pago de daños y perjuicios se limitará a la cantidad equivalente al cinco por ciento (5%) del valor de los bienes o del Servicio materia del contrato. En consecuencia, quedarán excluidos tanto los derechos del Cliente a la indemnización del perjuicio ocasionado por el retraso de la Venta y/o prestación del Servicio como los demás derechos de indemnización que superen en total el límite del cinco por ciento (5 %) indicado en el apartado 5.5, aun en el caso de una entrega fuera de un plazo adicional otorgado por el Cliente.
5.7. El Cliente sólo podrá rescindir el contrato en el marco de las disposiciones legales, cuando el perjuicio ocasionado con el retraso supere el límite máximo del cinco por ciento (5%) mencionado en el apartado 5.5.
5.8. Cuando RSMX se lo exija, el Cliente está obligado a declarar, dentro de un plazo adecuado, si, debido a la xxxx en la entrega de los bienes objeto de la Venta y/o en la prestación de Servicios, prefiere rescindir el contrato y/o exigir indemnización en lugar de la prestación o la indemnización más la prestación o insistir en la entrega de los bienes objeto de la Venta y/o la prestación del Servicio.
5.9. Si el envío o la entrega se retrasaran por deseo del Cliente (o por cualesquiera otras causas atribuibles al Cliente), se le podrá cobrar una tasa de almacenaje xxx xxxx punto cinco por ciento (0.5 %) del importe de la factura por cada mes, a partir del día siguiente de la notificación de la disponibilidad para entregar; la tasa de almacenaje se limitará a un máximo del cinco por ciento (5 %) del importe de la factura, sin perjuicio de que las partes puedan probar la existencia de mayores o menores costos de almacenaje.
6. Entrega/ Recepción
6.1. En caso de haber sido pactada la recepción, los bienes objeto de la Venta y/o los Servicios prestados en virtud del contrato deberán ser recibidos y aceptados por el Cliente aunque presenten defectos menores.
6.2. RSMX está facultada para realizar entregas anticipadas y prestar servicios parciales, siempre que sea de una manera razonable para el Cliente.
6.3. En caso de haber sido acordada la recepción, y cuando, una vez realizada la Venta o prestados los Servicios conforme al contrato, RSMX exija su recepción, el Cliente deberá llevar a cabo la misma sin demora y a más tardar dentro del plazo de dos (2) semanas. Si el Cliente no llevase a cabo la recepción en el plazo establecido o se negase injustificadamente a proceder a la misma, la recepción se tendrá por realizada. También se considerará efectuada la recepción cuando los bienes objeto de la Venta, en su caso, después del periodo de prueba hubieran sido ya utilizados.
7. Transmisión del riesgo
El riesgo se transmitirá al Cliente:
7.1. En caso de entregas (parciales) sin prestación de Servicios, conforme a los INCOTERMS mencionados en el apartado 2.1;
7.2. En caso de entregas (parciales) que incluyan la prestación de Servicios, el día en que el Cliente ponga los bienes objeto de la Venta en operación; si se hubiera pactado el funcionamiento a prueba, el riesgo se transmitirá desde que la prueba de funcionamiento se hubiera efectuado sin que se hubieran constatado vicios. Para ello es indispensable que la prueba de funcionamiento o la operación tenga lugar inmediatamente después de la instalación o del montaje listo para el funcionamiento. En otro caso el riesgo se transmitirá al Cliente desde la instalación o el montaje listo para el funcionamiento;
7.3. Durante el periodo de tiempo en que se retrase el envío, la entrega, el comienzo o la prestación de los Servicios
pactados por deseo del Cliente o por motivos a él imputables (xxxx en la recepción). No obstante, RSMX está dispuesta a adoptar las medidas de aseguramiento que el Cliente solicite con cargo a éste.
8. Servicios
8.1. En relación con la facturación de la prestación de Servicios, será aplicable la Lista de Precios de Servicios vigente en el momento de la prestación del Servicio. Con carácter complementario y prioritario regirán las Condiciones Adicionales de Servicios vigentes respectivamente en los Centros de Servicios de RSMX y en el establecimiento del Cliente de RSMX.
8.2. Los presupuestos de costos no tendrán carácter vinculante y se elaborarán previo acuerdo. Los costos de la elaboración estarán incluidos en el precio, salvo acuerdo en contrario, y serán facturados por separado si no se adjudicara el encargo de la prestación del Servicio.
8.3. Antes de dar comienzo a la prestación del Servicio, deberán estar completamente disponibles en el lugar acordado los objetos a proveer por el Cliente, es decir, incluyendo los elementos accesorios y, cuando se trate de productos de fabricación ajena, incluyendo también las instrucciones de uso, las descripciones y los listados de unidades. Los envíos de ida y vuelta se harán por cuenta y riesgo del Cliente. Todos los trabajos previos que incumban al Cliente deberán haberse realizado hasta tal punto que la prestación de los Servicios pueda comenzar y llevarse a cabo sin interrupciones en cuanto llegue el personal empleado por RSMX.
8.4. El Cliente deberá prestar y facilitar puntualmente, a su cargo y atendiendo a los criterios de calidad e idoneidad necesarios, el personal auxiliar, todos los trabajos adicionales ajenos al ramo de RSMX, objetos y materiales necesarios a estos efectos, la fuerza motriz, agua, las conexiones y conducciones, la vestimenta protectora y dispositivos de protección, así como los locales apropiados (incluidos aquellos destinados al almacenaje de materiales). El Cliente deberá facilitar asimismo puntualmente y a su cargo las licencias administrativas, incluidas las necesarias para el acceso de personas, e informará sobre la normativa en materia de prevención de accidentes específica aplicable en el lugar de ubicación.
8.5. Antes de dar comienzo a la prestación del Servicio, el Cliente facilitará, sin necesidad de ser requerido de ello, la información necesaria sobre la ubicación de las conducciones que no se encuentren al descubierto, así como los datos de estructura necesarios.
8.6. RSMX esta facultada para decidir donde prestar los Servicios, para el caso de que éstos no se puedan prestar en un solo lugar.
8.7. Si se demorase la prestación del Servicio por circunstancias, especialmente en el lugar de la obra o en el lugar de la instalación, que no sean imputables a RSMX, el Cliente deberá reembolsar a RSMX la totalidad de los costos ocasionados por ello, incluyendo los costos por el tiempo de espera y por los desplazamientos adicionales que deba hacer el personal.
9. Programas informáticos/Software
9.1. RSMX otorga al Cliente el derecho no exclusivo de usar los programas informáticos relacionados con el objeto del contrato y la documentación relacionada (programas informáticos y documentación relacionada, denominados conjuntamente “Software”), con la única finalidad de hacer funcionar el hardware previsto o suministrado para ello. Este derecho de uso se limitará al plazo pactado; en defecto de pacto este derecho se entenderá otorgado por tiempo indeterminado. El derecho de uso del Software no comprenderá el derecho a traducir el mismo ni a su arrendamiento, préstamo, sublicencia, difusión o el derecho a distribuirlo, reproducirlo públicamente o ponerlo a disposición mediante Internet a terceros ajenos a la empresa del Cliente. El derecho de uso tampoco comprenderá el derecho de reproducción salvo que sea necesario para operar el hardware o para obtener una copia de seguridad. Salvo disposiciones contrarias establecidas legal o contractualmente por escrito, el Cliente deberá abstenerse de modificar total o parcialmente el Software, así como de descompilarlo, de desamblarlo o de desarrollarlo de cualquier otro modo con la finalidad de obtener el código fuente.
9.2. RSMX confiere al Cliente el derecho –revocable si concurre una causa grave – de transmitir a terceros los derechos de uso del Software que le fueron otorgados. No obstante, el Cliente sólo podrá transmitir el derecho de uso del Software conjuntamente con el hardware que junto con el Software haya adquirido previamente de RSMX o que esté previsto para el uso del Software de RSMX. En este caso, el Cliente deberá imponer al tercero estas obligaciones y restricciones.
9.3. El Software se entregará sólo en versión legible mecánicamente (object code) y sin códigos fuente (source code) y documentación relativa al código fuente.
9.4. RSMX se reserva todos los demás derechos sobre el Software.
9.5. En la medida en que se transmita al Cliente un Software para el que RSMX únicamente posee un derecho de uso derivado y que no tiene el carácter de Open Source Software (software ajeno), la relación entre RSMX y el Cliente también se regirá por las condiciones de uso del Software pactadas entre RSMX y su licenciante, las cuales tendrán carácter complementario y prevalecerán sobre las disposiciones de este apartado 9. Siempre y cuando se ceda al Cliente un Open Source Software, regirán con carácter prioritario sobre las disposiciones de este apartado 9 las condiciones de uso a las que está sujeto el Open Source Software. RSMX cederá al Cliente, en todo caso a petición de éste, el código fuente, siempre que estas condiciones de uso exijan una entrega del código fuente del Open Source Software. En forma adecuada, RSMX se referirá a la existencia y a los términos de uso de software ajeno, incluido el Open Source Software, y facilitará el acceso a las condiciones de uso.
10. Saneamiento y responsabilidad
10.1. En caso de que los bienes objeto de la Venta presenten defectos materiales (“Vicios”), RSMX podrá optar a su entera discreción y sin costo para el Cliente, entre reparar, reponer o volver a prestar (en lo sucesivo, “Saneamiento”) los bienes suministrados o Servicios entregados y/o Servicios prestados, siempre que la causa del vicio existiera ya en el momento de la transmisión del riesgo de acuerdo con el apartado 7.
10.2. El derecho del Cliente a exigir el saneamiento prescribirá de acuerdo con la ley aplicable. El Cliente deberá notificar a RSMX por escrito dentro de los plazos previstos por la ley aplicable las faltas de calidad o cantidad. Si la reclamación por vicios de la cosa no estuviere justificada, RSMX podrá exigir del Cliente la restitución de los gastos en los que RSMX hubiera incurrido.
10.3. RSMX tendrá siempre dos intentos para reparar, reponer o volver a prestar los bienes y/o Servicios dentro de un plazo razonable. Si este Saneamiento subsecuente fallara, el Cliente podrá rescindir el contrato o reducir la cuantía de su contraprestación, sin perjuicio de los eventuales derechos de indemnización por daños contemplados en el apartado 12.
10.4. No habrá lugar a la reclamación por Xxxxxx en caso de divergencia insignificante respecto de las cualidades pactadas del bien y/o en caso de merma irrelevante de su funcionalidad.
10.4.1. Tampoco habrá lugar a la reclamación por Vicios en caso de desperfectos surgidos como consecuencia del manejo inadecuado o negligente, del uso desmesurado, de instalaciones operativas inadecuadas, de obras de edificación deficientes o fundamentos constructivos inadecuados o en caso de desgaste natural y el uso común del bien.
10.4.2. El Cliente tampoco podrá exigir el Saneamiento de Vicios surgidos como consecuencia de ciertas influencias externas – p.ej. de carácter químico, electroquímico, eléctrico y atmosférico – que el contrato no hubiera previsto.
10.4.3. Si el Cliente o un tercero llevaran a cabo modificaciones o reparaciones, tampoco habrá lugar a reclamación por las mismas, ni por las consecuencias de las mismas.
10.5. RSMX asume los gastos que fueran necesarios para procurar el Saneamiento, en especial, costos de transporte, de desplazamiento, de mano de obra y de material, únicamente cuando los bienes suministrados no hayan sido trasladados a un lugar distinto del lugar de entrega en contra del uso previsto de la cosa. Si el traslado a un lugar distinto del lugar de entrega hubiera sido motivado por el uso previsto de la cosa, RSMX sólo asumirá los gastos en que se hubiera incurrido si el Cliente se hubiera abstenido de realizar dicho traslado; los demás gastos de Saneamiento ocasionados por el traslado correrán a cargo del Cliente.
10.6. Software
Por Vicios del Software se entenderán únicamente las divergencias respecto de la especificación que el Cliente acredite y que sean susceptibles de descripción. No habrá Vicios de la cosa cuando los mismos no aparezcan en la última versión del Software entregada al Cliente, cuyo uso le sea razonablemente exigible. El Cliente no tendrá derecho a exigir el Saneamiento cuando los Vicios tengan su origen en alguna de las siguientes circunstancias:
(i) incompatibilidad del Software con el entorno de tratamiento de datos utilizado por el Cliente; (ii) uso del Software conjuntamente con software suministrado por terceros, siempre que dicha posibilidad no esté prevista expresamente en la documentación de RSMX o RSMX no haya prestado su consentimiento de otro modo por escrito; (iii) cuidado inadecuado del Software por parte del Cliente o de un tercero.
10.7. Calibraciones
La calibración comprende la determinación, bajo condiciones especificadas, de la relación entre los valores de magnitudes indicados por un instrumento o sistema de medición y los correspondientes valores de referencia aportados por patrones. La envergadura de las mediciones vendrá determinada por los datos técnicos o por la correspondiente descripción del producto. Dependiendo del encargo, los valores de medición constatados se recogerán en un informe de resultados y se certificará su corrección en el momento de la verificación. El Cliente podrá cerciorarse de la correcta calibración en el momento de su ejecución en las dependencias de RSMX. El Cliente no podrá ejercitar otros derechos de reclamación por vicios.
10.8. Quedan excluidos los demás o más amplios derechos de reclamación por vicios de la cosa.
11. Responsabilidad por vicios jurídicos / Violación de derechos de propiedad intelectual
11.1. RSMX está obligada a realizar la Venta y/o la prestación del Servicio sin infringir derechos de propiedad intelectual o industrial (en lo sucesivo, “Derechos de Propiedad Intelectual”) sólo en el país donde se encuentre el lugar de entrega. En caso de que un tercero ejercite una reclamación justificada contra el Cliente, motivada por la violación de Derechos de Propiedad Intelectual, derivada del uso de acuerdo con el contrato de bienes objeto de la Venta de RSMX o Servicios prestados por RSMX, RSMX deberá responder frente al Cliente dentro Periodo de Garantía establecido en el apartado 10.2, de la forma que se detalla a continuación:
11.1.1. RSMX podrá optar, a su elección y a su cargo, por adquirir un derecho de uso en lo que respecta a los bienes objeto de la Venta y/o Servicios prestados, por modificar éstos de modo que no vulneren el Derecho de Propiedad Intelectual o por reponerlos.
11.1.2. Si ello no fuera posible para RSMX en condiciones adecuadas, el Cliente gozará del derecho de rescindir el contrato o de reducir el precio, así como del derecho de reclamar daños y perjuicios de conformidad con el apartado 12.
11.1.3. Las obligaciones de RSMX arriba mencionadas sólo serán aplicables en el caso de que el Cliente informe inmediatamente y por escrito a RSMX respecto de cualquier reclamación de terceros, que el Cliente no reconozca ninguna violación y que haya reservado a RSMX todas las medidas de defensa y las negociaciones en busca de un acuerdo. Si el Cliente suspendiera el uso de los bienes objeto de la Venta o de la prestación de los Servicios como consecuencia de las acciones ejercitadas por terceros, estará obligado a notificar por escrito al tercero, que la cesación no presupone un reconocimiento de la violación de un Derecho de Propiedad Intelectual.
11.2. El Cliente no gozará de ningún derecho de reclamación por violación de Derechos de Propiedad Intelectual, para el caso de que sea responsable por dicha violación.
11.3. Tampoco gozará el Cliente de ningún derecho de reclamación, cuando la violación del Derecho de Propiedad Intelectual hubiera sido ocasionada por las instrucciones especiales del Cliente, por un uso que RSMX no hubiera podido prever o por el hecho de que el Cliente hubiera modificado los bienes objeto de la Venta y/o los Servicios prestados o los hubiera utilizado junto a productos ajenos a RSMX.
11.4. Quedan excluidos los demás o más amplios derechos de reclamación por vicios jurídicos.
12. Responsabilidad
12.1. RSMX responderá ilimitadamente de los daños causados por dolo, de las garantías prestadas por escrito así como por los daños dolosos al derecho a la vida, la integridad corporal o a la salud. La responsabilidad según las normas legales imperativas en materia de responsabilidad por productos defectuosos no se verá afectada.
12.2. En los demás casos, la responsabilidad de RSMX frente al Cliente se limitará, sea cual sea su fundamento jurídico, incluida la xxxx (apartado 5.5) y el saneamiento por Vicios (apartado 10.1) a un máximo del quince por ciento (15%) de la remuneración pactada.
12.3. Sin perjuicio de la responsabilidad según lo dispuesto en los apartados 12.1 y 5.5, RSMX no responderá de los daños patrimoniales y consecuenciales, de los perjuicios por lucro cesante, caída de la producción, cierre temporal, derechos contractuales de terceros, privación de derechos de uso, costes de financiación, pérdida de intereses y derechos derivados de una compra de cobertura, así como de la pérdida de datos, informaciones y programas como consecuencia de un error del software.
12.4. Los derechos a hacer efectiva una responsabilidad prescribirán de acuerdo con la ley aplicable.
12.5. Queda excluida cualquier otra responsabilidad por parte de RSMX.
13. Legislación aplicable / Fuero jurisdiccional competente
13.1. Las relaciones contractuales entre RSMX y el Cliente se regirán exclusivamente por la legislación mexicana. Se excluye expresamente la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).
13.2. Para todos los asuntos y desavenencias que deriven del contrato, estas Condiciones , toda garantía que en su caso otorgue RSMX en relación con las Ventas y Servicios, así como de las relaciones legales y contractuales presentes o futuras entre RSMX y el Cliente, las partes expresamente se someten a la jurisdicción y competencia de la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción y competencia que pudiere corresponderles en virtud de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa.
14. Carácter vinculante del contrato
14.1. En caso de nulidad jurídica de algún punto del contrato, éste conservará su carácter vinculante en todos los demás puntos.
14.2. Modificaciones, y/o la cancelación del contrato o éstas Condiciones deberán realizarse por escrito.