1PROPUESTA DE PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE REDACCIÓN DE UN ESTUDIO PARA LA DESCRIPCIÓN Y VALORACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO A EFECTOS DE ORDENAR LOS DIFERENTES LUGARES MEDIANTE UNA RELACIÓN DE...
1PROPUESTA XX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE REDACCIÓN DE UN ESTUDIO PARA LA DESCRIPCIÓN Y VALORACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO A EFECTOS DE ORDENAR LOS DIFERENTES LUGARES MEDIANTE UNA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO (RPT) DEL AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA DE MENORCA, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, TRAMITACIÓN ORDINARIA, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
I.- CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
1.1.- PROCEDIMIENTO
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN: ABIERTO TRAMITACIÓN: ORDINARIA
CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: NO
CPV:
1.2.- DESCRIPCIÓN DEL CONTRATO
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Junta de gobierno local DEPARTAMENTO O SERVICIO: Servicio de recursos humanos municipal RESPONSABLE DEL CONTRATO: Técnico / a superior en gestión de recursos humanos del ayuntamiento de Ciutadella de Menorca. |
OBJETO DEL CONTRATO: El presente contrato tiene por objeto la contratación del servicio técnico de redacción, descripción, valoración de los puestos de trabajo y la confección de la relación de puestos de trabajo (RPT) correspondiente al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca, de acuerdo con el Pliego de Cláusulas Técnicas que rigen la licitación. - CPV: - 7 9 4 1 4 0 0 0 - 9 «Servicio de consultoría en gestión de recursos humanos». - CATEGORÍA DEL CONTRATO (Anexo II del TRLCSP): 11 «Servicio de consultores de dirección y servicios conexos». |
Número exp.: 006112/2017 |
Contrato reservado: NO |
Necesidades administrativas a satisfacer: Actualizar y modernizar el modelo actual de gestión y optimización de los recursos humanos disponibles, con la consiguiente adecuación de sus funciones y retribuciones complementarias, en la consecución de la mejora de aspectos técnicos que se consideren precisos, con el fin de contar con una herramienta de ordenación del personal suficientemente adecuada, y también que se valore de manera objetiva y adecuada todos los puestos de trabajo municipales. Este instrumento debe permitir asignar a cada |
1 Pliegos cláusulas administrativas particulares traducidos al castellano. En caso de contradicciones con el contenido de los pliegos de cláusulas administrativas particulares en lengua catalana aprobados por Junta de Gobierno local de fecha 12.07.2017 prevalecerán éstos últimos.
empleado público un puesto de trabajo concreto y, al mismo tiempo, debe posibilitar -si fuera pertinente- la creación o bien la amortización de otros puestos de trabajo. |
Perfil del contratante: - Sede electrónica municipal: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxx/xxxxx.xxxx |
1.3.- CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
A. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
A.1 Precio a tanto alzado:
Importe: 37.190,08 € | IVA: 7.809,92 € | Total (Iva incluido): 45.000 € |
En este precio están incluidos los gastos de personal y de material necesario para la adecuada realización del objeto del contrato, los trabajos complementarios, auxiliares o accesorios que sean necesarios y la elaboración de la correspondiente documentación, desplazamientos, alojamientos, y dietas del personal que dependa del contratista, gastos de remisión de documentación, entrega de los ejemplares en el soporte y forma indicados, y cualquier otro que sea necesario para la descripción y valoración de los diferentes lugares de trabajo así como para la confección del documento RPT.
A.2 Valor total estimado del contrato:
Importe (sin IVA): 37.190,08 € |
Modificación 10%: 3.719,01 € |
Iva: 8.590,90 € |
Total: 49.499,99 € |
A.3 Valor estimado del contrato (importe que no podrán superar las proposiciones)
Importe (sin IVA): 37.190,08 €
B. CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA:
Año | Total (IVA incluida) | Partida presupuestaria |
2017 | 45.000 € | 920.227.99 |
C. DURACIÓN DEL CONTRATO
Plazo de ejecución total: SEIS (6) MESES Plazos de ejecución parcial: Se deberán ejecutar de acuerdo con la cláusula 8 xxx xxxxxx de cláusulas técnicas particulares que regirán el contrato, y son los siguientes: * Fase 1: Análisis de la organización municipal (4 meses) * Fase 2: Propuesta de acuerdo y elaboración de la descripción, valoración y relación de los puestos de trabajo del personal municipal (2 meses) Fecha de inicio ejecución servicio: 15º día siguiente a la formalización del contrato |
D. ADMISIÓN DE PRÓRROGA DEL CONTRATO:
No se prevé, excepto en los casos del artículo 213.2 TRLCSP. |
E. PLAZO DE GARANTÍA
Se establece un plazo de garantía de un (1) año, desde la recepción del contrato. |
F. CLASIFICACIÓN. SOLVENCIA. HABILITACIÓN
F.0 CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATISTAS:
No se exige |
F.1 OBLIGACIÓN DE ACREDITAR LA SOLVENCIA:
Si |
F.1.1 MEDIOS DE ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
La solvencia financiera y económica del empresario deberá acreditarse por uno de los siguientes medios: Medios: - Declaración sobre el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, por importe equivalente a una vez y media el valor estimado del presente contrato que es de 55.785,12 €, y referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos o disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. No obstante lo anterior, en ningún caso se considerará solvente el licitador que tenga deudas pendientes con el Ayuntamiento. Dicho extremo será comprobado de oficio por el ayuntamiento. Dicho medio acreditará mediante las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario está inscrito en dicho registro o, de lo contrario, en el registro oficial legalmente correspondiente en el que tenga que estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil o registro oficial que corresponda. - Justificante de disponer de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior a 37.190,08 €, el cual deberá estar vigente a la finalización del plazo para la presentación de las ofertas, y compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Dicho medio se acreditará mediante certificado emitido por la aseguradora, en el que consten los importes, riesgos asegurados y fecha de vencimiento del seguro y documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos que proceda. |
F.1.2 MEDIOS DE ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL
La solvencia técnica o profesional del empresario deberá acreditarse por uno de los siguientes medios: Medios: - Relación de los principales servicios o trabajos realizados del mismo tipo o naturaleza al del objeto del presente contrato en el curso de los cinco (5) años. Como mínimo deberá justificar que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 26.033,06 €, correspondiente al 70% del |
valor del contrato. Se entenderá que los trabajos son del mismo tipo o naturaleza del presente contrato cuando coincidan con el grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen o con los dos primeros dígitos del CPV relacionado en el apartado "1.2 descripción del contrato" de estos Pliegos. Dicho medio se acreditará mediante certificados de buena ejecución emitidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado dicha solvencia se acreditará mediante un certificado emitido por éste, o a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Dicho certificado o declaración del empresario, según el caso, deberá contener la siguiente información: importe, fechas y destinatario público o privado de dichos trabajos. (Modelo Anexo VII). - Titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato, y que como mínimo deberán ser las siguientes: Titulación de grado o equivalente en sociología o psicología; Titulación de grado o equivalente en relaciones laborales; Titulación de grado o equivalente en Derecho; Titulación en grado y especializado en mediación. Los conocimientos específicos de los profesionales en alguna de las materias anteriormente mencionadas, sino queda acreditada por la titulación de grado, puede acreditarse con una titulación de postgrado, máster o doctorado. Dicho medio de solvencia deberá acreditarse con una declaración responsable indicando los trabajadores de la empresa con su titulación y en la que se deberá adjuntar copia del título universitario correspondiente. |
F.2 MEDIOS DE ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA DE EMPRESAS NO ESPAÑOLAS DE ESTADOS MIEMBROS DE LA UE.
Son los mismos que los de las empresas españolas. Asimismo, cuando la legislación del estado en que se encuentren establecidas dichas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar este servicio, deberán acreditar que cumplen este requisito. |
F.3 CONCRECIÓN DE LAS CONDICIONES DE SOLVENCIA
Además de la solvencia indicada, se exige la adscripción a la ejecución del contrato de determinados medios personales y / o materiales:
NO |
F.6 HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL EXIGIDA:
NO |
G. REVISIÓN DE PRECIOS:
No procede. Contrato de duración inferior a un (1) año. |
X. XXXXXXXXX
H.1 GARANTÍA PROVISIONAL:
NO |
H.2 GARANTÍA DEFINITIVA:
Si. |
Cuantía: 5% del importe de adjudicación (IVA excluido). |
Forma de prestar la garantía: En cualquiera de las formas reguladas en el art. 96.1 TRLCSP (De prestarse mediante aval: modelo Anexo VI) |
Acreditación de la constitución de la garantía mediante medios electrónicos:
Se permite. Dirección: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxx/xxxxxx.xxxx?XxxxXxxxxxxx000 |
H.3 GARANTÍA COMPLEMENTARIA:
NO |
I. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Dirección a la que puede anunciarse la remisión por correo de la oferta:
- Fax: 000000000
Lugar: Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca (Plaza del Borne, núm. 15 -07760- Ciutadella de Menorca) Fecha límite: 15 días naturales siguientes a contar desde la publicación del anuncio de la licitación en el BOIB
Hora límite: 14:00 H
J. ADMISIBILIDAD DE MEJORAS:
NO
K. PARÁMETROS OBJETIVOS PARA APRECIAR VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS. Art. 152 TRLCSP
Se considerará que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, de acuerdo con lo que dispone el artículo 152 TRLCSP, cuando se cumplan los supuestos establecidos en el artículo 85 del Real Decreto 1098 / 2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
L. CIRCUNSTANCIAS DETERMINANTES DE LA ADJUDICACIÓN EN LOS CASOS DE IGUALDAD DE PROPOSICIONES
Cuando se estime conveniente, a los efectos de la solución de empates y cuando proceda, según la cláusula 3.3.2, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del empresario que acredite la circunstancia que corresponda según el siguiente orden de preferencia:
1. Número de trabajadores con discapacidad superior al 2% en los términos de la DA 4ª.2 TRLCSP.
2. Implantación en la empresa de un plan de igualdad efectiva entre mujeres y hombres según acreditación del artículo 24.2 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
3. De persistir el empate, después de aplicar los anteriores criterios, por sorteo.
Dichas circunstancias se acreditarán mediante los siguientes documentos:
(1) certificado de la empresa en el que se justifique el número de trabajadores con discapacidad y su
porcentaje respecto de la plantilla de la empresa. En caso de no presentarse se entenderá que la empresa no dispone de trabajadores con discapacidades;
(2) Visado previo del Instituto Balear de la Mujer, o el distintivo empresarial, o bien la acreditación equivalente en materia de igualdad emitido por el órgano competente estatal o autonómico. En caso de no presentarse se entenderá que la empresa no dispone de un plan de igualdad.
M. CONDICIONES ESPECÍFICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Art. 118 TRLCSP
1. Llevar a cabo los servicios que son de aplicación en este contrato con cumplimiento de todas las prescripciones técnicas que se han definido en el Pliego de condiciones técnicas particulares y en las propias bases contractuales, y dentro del plazo, en la forma y calidad pactadas en la formalización del contrato y en el Pliego de condiciones técnicas y cláusulas administrativas particulares. 2. El contratista es responsable de la calidad técnica de los trabajos que lleve a cabo y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. 3. Prestar el servicio por sí mismo y cumplir los requisitos previstos en el artículo 227, 228 y 228.bis del TRLCSP. 4. El contratista se obliga al cumplimiento, bajo su responsabilidad, de las disposiciones vigentes sobre relaciones laborales, seguridad social, prevención de riesgos laborales, así como las de materia fiscal y cualquier otra de carácter general aplicable. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicataria no comportará ningún tipo de responsabilidad para el Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca. 5. El ayuntamiento de Ciutadella no tendrá ninguna relación jurídica, laboral o de cualquier otra índole con el personal del adjudicatario ni durante la vigencia del contrato ni a la finalización del mismo, siendo de su cuenta todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que nacieron con motivo de este contrato de servicios. 6. La empresa contratista está obligada a mantener durante toda la vigencia del contrato los medios humanos, materiales y auxiliares adecuados y suficientes para la correcta prestación de dicho servicio de acuerdo con su oferta. 7. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio de licitación y de adjudicación del BOIB y así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y en cuantía que éstas señalen. 8. Previamente a la formalización del contrato, y con la finalidad de la contratación, debe presentar la metodología y el plan de trabajo con el que se afrontará este contrato ante la Corporación municipal. Asimismo, esta presentación se debe hacer frente a los órganos de representación del personal municipal, así y como se deberá facilitar al personal municipal la información sobre el particular, por escrito o por medios telemáticos. 9. Deberá realizar todos los trabajos en los plazos convenidos, debiendo cumplir íntegramente lo que disponga la legislación vigente. 10. Deberá mantener un servicio permanente de resolución de dudas y sugerencias, tanto con la Corporación como con el personal municipal (en este último caso, preferiblemente a través de medios telemáticos). 11. Deberá guardar el deber de reserva de todos los datos del personal municipal y otros expedientes y documentos a los que tenga acceso, debiendo devolver completamente a la Corporación municipal la documentación que les haya sido facilitada por el desarrollo de los trabajos. 12. Deberá respetar los horarios de trabajo del personal municipal, interfiriendo lo menos posible en la actividad laboral diaria, sin perjuicio de que deba realizar las reuniones de trabajo, de formación, las entrevistas o las entregas, etc. que sean necesarios para el desarrollo de la prestación objeto de contrato. 13. Deberá facilitar al ayuntamiento, cuando éste se lo requiera, todos los datos, cálculos, y materiales que, no constando en los documentos que se entregarán, hubieran sido utilizados para elaborar los trabajos objeto de contrato, excepto aquellos que fueran de carácter reservado y así se haya hecho constar en la oferta correspondiente. 14. Deberá designar uno o varios representantes en la Comisión de Valoración referida en la cláusula séptima y asegurar la asistencia a las reuniones que se lleven a cabo, y así como a las reuniones que celebre el ayuntamiento con la Mesa General de Negociación. |
15. También deberá asesorar a la Corporación municipal en la confección y en la aplicación de la RPT. 16. La empresa contratista deberá permitir la participación del personal municipal y de sus representantes en el proceso de descripción de los puestos de trabajo. 17. La empresa contratista deberá entregar los trabajos en el ayuntamiento de Ciutadella en la forma y con el número de ejemplares indicados en el Pliego de cláusulas Técnicas particulares. 18. El contratista deberá cumplir con las demás obligaciones relacionadas en el Pliego de cláusulas Técnicas particulares que rijan el contrato. |
N. IMPORTE MÁXIMO GASTOS DE PUBLICIDAD (BOIB)
Si. Aproximadamente 400 €. |
O. PROGRAMA DE TRABAJO
Los trabajos a realizar por la empresa contratista se encuentran detallados en el Pliego de Cláusulas Técnicas que rigen el contrato. |
P. PAGO DEL PRECIO:
P.1 PRESENTACIÓN DE LA FACTURA
El pago del servicio se realizará en dos plazos y por los siguientes importes, y siempre previa presentación por el contratista de la correspondiente factura, la cual deberá contar con la conformidad del responsable municipal del contrato: 1º plazo: A la finalización y recepción de la 1ª fase se abonará el 30% del precio total del contrato. 2º plazo: A la finalización total y recepción de los trabajos, se abonará el 70% del precio del contrato. Las facturas deberán ser presentadas en el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (FACE) de la Administración General del Estado, para su remisión al órgano administrativo o unidad correspondiente de tramitación (DA 33 TRLCSP). En relación a la presentación y tramitación de las facturas se estará a lo dispuesto en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas del Sector Público. En las facturas deberá constar de forma claramente separada la siguiente información: las prestaciones ejecutadas e identificación de la fase de los trabajos objeto de abono. En las facturas se deberá adjuntar los justificantes de cotización a la seguridad social de los empleados que presten el servicio objeto del contrato, es decir, copia de los TC1 y TC2 de cada trabajador y justificante de ingreso en la Tesorería General de la seguridad Social. Las facturas serán abonadas al contratista de acuerdo con lo establecido en el artículo 216.4 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. |
P.2 ÓRGANO CON COMPETENCIAS EN MATERIA DE CONTABILIDAD PÚBLICA:
Órgano competente en contabilidad: Intervención Órgano de contratación: Junta de Gobierno local Destinatario factura (contabilidad): Xxx. Xxxxx Xxxxxxx |
X. SUBCONTRATACIÓN:
Si, se permite con las siguientes condiciones:
- Presentación, con la oferta, de una declaración sobre la parte del contrato que el licitador tenga previsto subcontratar en los términos del artículo 227.2.a) del TRLCSP y que, en todo caso, no podrá superar el 60% del importe de adjudicación.
- La subcontratación deberá producirse en los términos y condiciones previstos en el artículo 227 TRLCSP, y siempre con autorización previa y expresa del órgano de contratación.
R. LUGAR DE ENTREGA O DE LA PRESTACIÓN
Se realizará en la sede del Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca: Plaça des Born, núm. 15.
S. PENALIDADES ESPECÍFICAS PARA ESTE CONTRATO
La empresa adjudicataria deberá prestar el servicio contratado con la debida diligencia y con sujeción a lo establecido en el presente pliego de condiciones administrativas particulares, pliego de condiciones técnicas particulares y de acuerdo con las instrucciones indicadas por el órgano de contratación en interpretación de estos y por el responsable municipal del contrato.
En caso de que la empresa adjudicataria del servicio incurra en cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato, el órgano de contratación podrá acordar la imposición de penalidades.
(I) Incumplimiento del plazo total: resolución contrato, con pérdida de la garantía constituida, ó imposición de penalidad diaria a razón de 1 € por cada 1.000 € del precio del contrato y que en todo caso la cuantía de penalización no podrá superar el 10% del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para resolverlo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades referidas en el apartado anterior.
(Ii) Incumplimiento de los plazos parciales: resolución del contrato o penalidad diaria de 1 € por cada
1.000 € del precio del contrato y que en todo caso la cuantía de penalización no podrá superar el 10% del precio del contrato.
(Iii) Incumplimiento de la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato o cumplimiento defectuoso de la prestación: Imposición de penalidades que deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento.
Son causas de incumplimiento que se clasifican en leves, graves y muy graves, las siguientes:
Incumplimientos leves:
1. En general, todos aquellos incumplimientos xxx xxxxxx de prescripciones técnicas y xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares que no estén calificados como graves o muy graves.
2. El incumplimiento en general de las instrucciones indicadas por el responsable del contrato, y en consecuencia, ordenadas por el órgano de contratación.
3. Redacción de los documentos que se entregará en cada una de las fases con incoherencias, falta de concreción, incorrecciones o errores, de las que se haya pedido la subsanación y no hayan sido corregidas en el plazo que fije el responsable del contrato o el órgano de contratación en el requerimiento correspondiente.
Incumplimiento grave:
4. No presentar en plazo la información y demás documentación exigida en el pliego de prescripciones técnicas y pliego de cláusulas administrativas particulares.
5. La falta de adscripción a la ejecución del contrato los medios humanos a los que se ha comprometido durante la licitación la empresa contratista.
6. La desvinculación de la persona de la empresa contratista que asume las funciones de dirección y coordinación de los trabajos, del seguimiento y buen funcionamiento de los mismos, tras el requerimiento efectuado por el responsable municipal del contrato de manera reiterada por tres veces.
7. La acumulación en la comisión de tres faltas leves.
8. En general todos aquellos incumplimientos xxx xxxxxx de prescripciones técnicas y pliego de cláusulas administrativas particulares que no estén calificados de leves o muy graves.
Incumplimiento muy grave:
9. El incumplimiento de las condiciones específicas de ejecución del contrato relacionadas en la cláusula M de estos Pliegos.
El órgano de contratación podrá verificar que el adjudicatario cumple las condiciones de ejecución en cualquier momento durante la ejecución del contrato.
10. No cumplir con las normas de protección de datos de carácter personal o consideradas confidenciales a las que ha tenido acceso con motivo de la prestación del servicio.
11. El incumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales y seguridad social respecto del personal adscrito a la prestación del servicio, y en materia fiscal.
12. Por la comisión de tres o más incumplimientos graves.
13. En general todos aquellos incumplimientos xxx xxxxxx de condiciones técnicas y pliego de cláusulas administrativas particulares que no estén calificados de leves o graves.
Penalizaciones:
- Por incumplimiento leve: de 100 a 500 €
- Por incumplimiento grave: de 500 € a 1.500 €
- Por incumplimiento muy grave: de 1.500 € a 3.000 €. No obstante, en función del riesgo o de los daños producidos se podrá resolver el contrato por incumplimiento contractual.
(Iv) Incumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo 227 TRLCSP para la subcontratación: Penalidad de un 20% del importe de subcontrato.
(V) Incumplimiento del pago a los subcontratistas o suministradores: penalidades no superiores al 10% del presupuesto del contrato cuando la empresa contratista haya incumplido las obligaciones determinadas en el artículo 228 bis del TRLCSP en caso de que haya sido previamente requerido su cumplimiento por parte de la Administración contratante.
Todo aquellos no establecido en este apartado seran de aplicación los artículos 212, 213, 214, 305, 307, 308 y 309 de la LCSP.
La imposición de multas por la comisión xx xxxxxx muy graves, graves y leves corresponderá al órgano de contratación, previo trámite de audiencia a la empresa contratista por un plazo de 10 días hábiles y evacuación de los correspondientes informes por el responsable municipal del contrato y por los servicios jurídicos municipales.
T. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO:
- Se permite: Por razones de interés público y por causas imprevistas, debidamente justificadas, siempre y cuando no altere el objeto del contrato ni tampoco introduzca prestaciones complementarias y no
supere el 10% del precio de adjudicación.
Modificaciones por causas diferentes a la anterior, se estará a lo dispuesto en el artículo 107 del TRLCSP
- Procedimiento a seguir: se estará a aquello determinado en el artículo 108, 209 y 211 de la LCSP.
U. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO:
Causas de resolución contractual: Supuestos señalados en este Pliego de cláusulas administrativas particulares y determinados en los artículos 223 y 308 TRLCSP.
Órgano competente: La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación, previa audiencia al contratista, de oficio o a instancia del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se requisará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en aquello que exceda del importe de la garantía.
V. COMUNICACIÓN Y NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA:
1. Comunicaciones: El medio de comunicación de defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada es el perfil del contratante de la sede electrónica municipal. Además, complementariamente a dicho medio de comunicación, se podrá hacer uso del teléfono y de aquello que haya sido comunicado se deberá dejar constancia en el expediente mediante diligencia. Las demás comunicaciones de la administración a los licitadores se realizará preferentemente, por teléfono, mediante fax o correo electrónico, por lo que éstos se comprometen a cumplir las condiciones que en cada una de estas se les indique para verificar su recepción.
2. Notificaciones electrónicas: Los interesados deben designar este medio como preferente y consentir su utilización. (Anexo XI)
W. INFORMACIÓN DE CARÁCTER CONFIDENCIAL
La empresa contratista y su personal encargado de la realización de las tareas objeto del presente contrato deberán guardar secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tengan acceso o conocimiento como consecuencia de la prestación del servicio. La empresa contratista deberá asegurar, y justificar documentalmente cuando así le sea requerido, la adopción de las medidas y procedimientos que salvaguarden la confidencialidad, asumiendo las responsabilidades que se puedan derivar del incumplimiento de esta obligación. La empresa contratista no transferirá a terceros ajenos al contrato ninguna información sobre el contenido, datos, estadísticas, informes sobre el servicio o el desarrollo de los trabajos que realice en desarrollo de la prestación contratada. La empresa contratista se compromete expresamente al cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, de las normas que modifiquen la misma y de los reglamentos que la desarrollan, así como a formar e informar a su personal de las obligaciones que de estas normas se derivan. (Modelo Anexo VIII). Dicha obligación se considera condición especial del contrato sujeto a penalización como infracción muy grave. |
X. OTRAS OBSERVACIONES (documentación a presentar por empresa adjudicataria)
Documento de metodología y plan de trabajo: La empresa adjudicataria del servicio deberá presentar ante este ayuntamiento el documento en el que conste la metodología y el plan de trabajo con el que afrontará este contrato de servicio por medios telemáticos.
- Plazo de presentación: 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la notificación del acuerdo de adjudicación, y que será en todo caso antes de la formalización del contrato.
- Lugar de presentación: vía telemática xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx, icono ayuntamiento de Ciutadella.
Anexos a los Pliegos de cláusulas administrativas particulares: El adjudicatario del servicio deberá presentar debidamente cumplimentado y firmado con certificado digital el anexo VIII, Anexo IX, Anexo X, Anexo XI y Anexo XII del presente pliego de cláusulas administrativas particulares.
- Plazo de presentación: Antes de la fecha de formalización del contrato.
- Lugar de presentación: vía telemática: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx, icono ayuntamiento de Ciutadella.
Y. DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN:
NO |
1.4.- CUADRO DE CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN | PONDERACIÓN MÁXIMA TOTAL |
1.- Propuesta ejecución trabajos: En la que se deberán desarrollar los siguientes apartados, con una valoración máxima para cada uno de ellos (individualmente) de 6 puntos: - Estudio-propuesta para la ejecución de los trabajos descritos en este pliego y en el pliego de cláusulas técnicas. - Mejor definición de las fases y cronograma propuesto. - Especificación del equipo que llevará a cabo la asistencia técnica para la ejecución de los trabajos. - Sistema y métodos de valoración de los puestos de trabajo, del modelo organizativo municipal y método de implantación de la relación de puestos de trabajo. - Cualquier otro aspecto que se considere de interés. 2.- Precio mas bajo | 30 Puntos 70 Puntos |
A. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
E
-
-
-
-
B. FORMA DE EVALUAR LAS PROPOSICIONES EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE: FÓRMULA
C. DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
La documentación relativa a los criterios de adjudicación que ha de presentarse es la siguiente (se indica el sobre en el que se ha de incluir):
Documentación | Sobre |
1.- Evaluación sujeta a juicio de valor: Propuesta ejecución trabajos 2. Evaluable de forma automática: oferta económica (según Xxxxx XXX) | B C |
PROPUESTA XX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE REDACCIÓN DE UN ESTUDIO PARA LA DESCRIPCIÓN Y VALORACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO A EFECTOS DE ORDENAR LOS DIFERENTES LUGARES MEDIANTE UNA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO (RPT) DEL AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA DE MENORCA, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, TRAMITACIÓN ORDINARIA, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
II.- ÍNDICE
2. DISPOSICIONES GENERALES
2.1 Objeto del contrato
2.2 Régimen jurídico y jurisdicción competente
2.3 Órgano de contratación
2.4 Perfil del contratante
2.5 Capacidad para contratar
2.6 Presupuesto de licitación y consignación presupuestaria
2.7 Revisión de precios
2.8 Duración del contrato
3. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
3.1 Procedimiento de selección y adjudicación del contrato
3.2 Presentación de las ofertas
3.3 Documentación que debe acompañar a las proposiciones
3.4 Criterios de adjudicación
3.5 Exámenes de las proposiciones. Mesa de contratación
3.6 Adjudicación provisional y requerimiento de documentación
3.7 Adjudicación del contrato
4. GARANTÍA DEFINITIVA
5. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
6. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
7. EJECUCIÓN DEL SERVICIO
7.1 Inicio de ejecución del servicio
7.2 Dirección e inspección de la ejecución del contrato
7.3 Modificación del contrato
7.4 Derechos y obligaciones del adjudicatario
8. SUBCONTRATACIÓN
9. PRESENTACIÓN DE LAS FACTURAS Y PAGO DEL PRECIO
10. PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO
11. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO ANEXO I. Modelo declaración responsable
ANEXO II. Modelo que acompañarán los licitadores que concurran como unión temporal de empresas.
ANEXO III. Modelo de oferta económica
ANEXO IV. Declaración responsable para personas extranjeras
ANEXO V. Declaración de confidencialidad de datos y documentos en cumplimiento del artículo
140.1 de la LCSP.
ANEXO VI. Modelo de aval
ANEXO VII. Declaración de solvencia técnica sobre los servicios realizados ANEXO VIII. Compromiso de confidencialidad
ANEXO IX. Documentación que debe entregar el adjudicatario en materia de coordinación de actividades empresariales
ANEXO X. Declaración jurada que acompaña el anexo IX ANEXO XI. Datos de la empresa
ANEXO XII. Datos de la actividad a realizar
2. DISPOSICIONES GENERALES
2.1.- OBJETO DEL CONTRATO
2.1.1.- El objeto del contrato lo constituye la prestación del servicio de consultoría y asistencia necesarios para la realización de la descripción, valoración de los puestos de trabajo y la confección de la RPT correspondiente del personal funcionario y laboral del ayuntamiento de Ciutadella de Menorca especificado en la cláusula 1.2 de este pliego de Cláusulas administrativas particulares y definido en el pliego de prescripciones técnicas que rigen el contrato.
2.1.2.- Las necesidades administrativas a satisfacer con la contratación del servicio señalado se justifican en el informe emitido en fecha 27/06/2017 por la técnica responsable de recursos humanos del ayuntamiento de Ciutadella de Menorca, en la resolución de alcaldía nº 001631 de 2017 del área de organización y seguridad ciudadana y en el Pliego de cláusulas técnicas particulares.
2.1.3.- La Codificación del objeto (CPV) y Categoría del contrato (Anexo II TRLCSP) se determina en la cláusula "1.2.- Descripción del contrato" del cuadro características del presente Pliego de cláusulas administrativas particulares.
2.1.4.- El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de servicio, de acuerdo con el artículo 10 y Anexo II del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
2.2.- RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
2.2.1.- El presente contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en las cláusulas contenidas en este Pliego y en el Pliego de prescripciones técnicas particulares, que a todos los efectos junto con la oferta del contratista seleccionado se considerará parte integrante del contrato, y en todo aquello que no se prevea en la anterior documentación será de aplicación el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el Real Decreto 1098 / 2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas modificado por el RD 773/2015, de 28 xx xxxxxx, en todo lo que no se oponga al texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante "TRLCSP") y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009, el Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015 de 30 xx xxxxx de desindexación de la economía española, la Ley 20/2006, de 00 xx xxxxxxxxx, xxxxxxxxx x xx xxxxxxx xxxxx xx xxx Xxxxx Xxxxxxxx, Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 3/2007, de 00 xx xxxxx, xx Xxxxxxx Xxxxxxx xx xxx Xxxxx Xxxxxxxx, Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local, Real decreto legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Ley 30/1984, de 2 xx xxxxxx, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Real decreto 861 / 1986, de 25 xx xxxxx, mediante la que se establece el régimen de las retribuciones de los funcionarios de la administración local, Real decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx, por el que se aprueba y el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración general del estado, pacto de funcionarios y convenio colectivo del personal laboral en todo aquello que no se oponga a la Ley, demás
normativa de aplicación en el momento de la realización del contrato. Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
2.2.2.- El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
2.3.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
2.3.1.- El órgano de contratación es el determinado en la cláusula "1.2.- Descripción del contrato" del cuadro de características del presente Pliego, de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local, DA 2ª del TRLCSP, base 44 de las bases de ejecución de los presupuestos municipales para el ejercicio 2017 y el Decreto de alcaldía nº 000137 de 2015 de delegación de competencias, el cual tiene la facultad de adjudicar el presente contrato y ostenta también las prerrogativas del artículo 210 de la LCSP.
2.3.2.- La persona responsable del contrato es el / la técnico / a superior en gestión de recursos humanos del ayuntamiento de Ciutadella de Menorca.
2.4.- PERFIL DEL CONTRATANTE
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual y de dar difusión a la licitación, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil del contratante de la sede electrónica municipal, al que podrá acceder a través de la dirección electrónica que consta relacionada en la cláusula "1.2.- Descripción del contrato" del cuadro características del presente Pliego.
En el Perfil del contratante se publicará el anuncio de licitación, la adjudicación y la formalización del contrato, así como cualquier otro dato o información referente a su actividad contractual. Por otra parte, también se publicarán las actas de la mesa de contratación, como medio de comunicación de defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada por los licitadores.
Por otra parte, también se podrá acceder a los documentos de la presente licitación a través del portal de transparencia (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx/Xxxxxxxxx.xxxx?XxXxxx00000), en el que encontrará un link de remisión al perfil del contratante, a los efectos del plazo de exposición al público xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares, de conformidad con el artículo 188.3 de la Ley 20/2006, de 00 xx xxxxxxxxx Xxxxxxxxx x xx Xxxxxxx xxxxx xx xxx Xxxxx Xxxxxxxx y artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
2.5.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
2.5.1.- Podrán concurrir en esta licitación, y por tanto contratar con la Administración Pública, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Los licitadores además de tener plena capacidad de obrar, no podrán estar incursos en prohibiciones para contratar y deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o bien en su caso, clasificación.
2.5.2.- Los que contraten con la Administración, podrán hacerlo por sí, o mediante la representación de personas debidamente facultadas para ejercer esta representación.
2.5.3.- La capacidad de obrar se acreditará:
a. La capacidad de obrar de los empresarios que sean personas jurídicas, mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el registro público que corresponda, según la clase de persona jurídica de que se trate.
b. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de estados miembros de la Unión Europea, se acreditará por su inscripción en el registro correspondiente de acuerdo con la legislación del estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c. Los demás empresarios extranjeros, con informe de la oficina Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2.5.4.- Sin perjuicio de la apreciación directa por el órgano de contratación, la prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 de la LCSP, modificado por la Ley 40 / 2015 de 1 de octubre, y arte. 37.2 de la Ley 8/2016, de 30 xx xxxx, se podrá realizar:
a. Mediante declaración responsable firmada con certificado digital.
b. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
2.5.5.- La solvencia del empresario:
La Solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios determinados en el apartado "F.1.1 Medios acreditativos de la solvencia económica y financiera" del cuadro de características del contrato del presente Xxxxxx.
La solvencia técnica o profesional del empresario se acreditará por uno o varios de los medios determinados en el apartado "F.1.2 Medios acreditativos de la solvencia técnica o profesional" del cuadro de características del contrato del presente Xxxxxx. En caso de que se utilice el medio relativo a la relación de los principales servicios o trabajos realizados del mismo tipo en los últimos 5 años, se deberá presentar cumplimentado el modelo del anexo VII junto con la documentación que se indica en el apartado señalado.
2.5.7.- La Clasificación de los contratistas:
En los contratos de servicios no es exigible la clasificación del empresario de acuerdo con el artículo 65.1.b) del TRLCSP y el artículo 11.3 del reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas modificado por el Real Decreto 773 / 2015, de 28 xx xxxxxx.
No obstante, de acuerdo con el artículo 74.2 del TRLCSP y 11.3 del reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas modificado por el Real Decreto 773/2015, la presentación por el licitador del certificado de clasificación correspondiente, en caso de que sea posible, a pesar de no ser preceptivo, o copia auténtica del mismo expedido por órgano competente, le eximirá de presentar los documentos acreditativos de su solvencia económica y financiera y técnica establecidos en el apartado F.1.1 y F.1.2 del cuadro de características del contrato, siempre que se trate de contrato del mismo tipo que aquellos para los que se ha obtenido.
2.5.8.- Participación de Unión Temporal de Empresarios (UTE)
De acuerdo con el artículo 59, pueden participar en las licitaciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesario formalizarlas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
Los empresarios que concurran agrupados en UTE quedan obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la Unión con poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que se puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que quieran concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyen (capacidad y solvencia) y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en Unión Temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
Dicha información deberá ser declarada según el modelo del Xxxxx XX de los presentes pliegos, debidamente firmado con certificado digital por el licitador o por su representante legalmente acreditado.
La duración de la UTE será coincidente con la del contrato hasta la cancelación de la garantía definitiva del contrato.
2.6.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA
2.6.1.- Presupuesto de licitación: El presupuesto de licitación del contrato, que se formula por precio a tanto alzado viene determinado en el apartado "A.3 valor del contrato" del cuadro características de este Pliego. Estos precios, sin IVA, constituyen la cifra máxima sobre la que se estimará que las ofertas de los licitadores exceden del precio de licitación.
Se considera que este presupuesto comprende la totalidad del objeto del contrato y de todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia de la prestación del servicio en los términos previstos en los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas. Se incluye también los tributos, las tasas y los cánones de cualquier índole que sean aplicables al servicio.
El valor total estimado del contrato, que viene determinado por el importe total, sin el IVA, incluyendo las posibles modificaciones previstas en los presentes pliegos, es el determinado en el apartado "A.2 valor total estimado del contrato" del cuadro características de este Pliego.
Mientras que el precio del contrato será el que resulte de la adjudicación y se deberá indicar el IVA como partida independiente.
A los efectos previstos en el artículo 155 de la LCSP, la compensación máxima a los licitadores será de 5 € (con acreditación documental).
2.6.2.- Consignación presupuestaria: El importe correspondiente se abonará con cargo a la partida del presupuesto municipal para el ejercicio 2017 indicada en el apartado "B. Consignación presupuestaria "del cuadro características de este Pliego, existiendo crédito suficiente hasta el importe aprobado por el Ayuntamiento.
2.7.- REVISIÓN DE PRECIOS
El precio de este contrato no podrá ser objeto de revisión dado que su duración es inferior a un año y por lo tanto sus condiciones no se ajustan a los requisitos exigidos al efecto por el artículo 89 de la LCSP,
modificado por la disposición final tercera, apartado 3, de la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de desindexación de la economía española (BOE núm. 77 de 03/31/2015) y artículo 9 del real decreto 55/2017, de 3 de 02 2017.
2.8.- DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato viene determinada en el apartado "C. Duración del contrato "y" X. Xxxxxxxx de prórroga del contrato "del cuadro de características de este Pliego.
Sin embargo, no computarán en el plazo establecido para la ejecución del contrato, los retrasos o interrupciones que se puedan producir por interés o por razón municipal. Los periodos en los que la empresa contratada interrumpa la ejecución del contrato por causas atribuibles al ayuntamiento, se deberán certificar por el responsable municipal del contrato, y el contratista se verá obligado a justificar estas posibles interrupciones o retrasos. En cada caso, desde el área de recursos humanos se comunicará a la unidad de contratación por escrito el inicio y el final de las interrupciones que se vayan produciendo durante la ejecución del contrato, a los efectos del cómputo de su plazo, de acuerdo a lo establecido en la presente cláusula.
3.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
3.1.- Procedimiento de selección y adjudicación del contrato
3.1.1.- La adjudicación del contrato de servicio técnico de redacción, descripción, valoración de los puestos de trabajo y la confección de la relación de puestos de trabajo (RPT) correspondiente al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca , se realizará por el órgano de contratación mediante el procedimiento ABIERTO, TRAMITACIÓN ORDINARIA, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN, de
conformidad con lo establecido en los artículos 109, 110 y 157 a 161 de la LCSP, en el que todo empresario podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores, de acuerdo con lo establecido en el artículo 157 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobada por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
3.1.2.- Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta más ventajosa se atenderá a los criterios de adjudicación, directamente vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo
150.1 del TRLCSP y determinado en el apartado "A. Criterios de adjudicación "del apartado" 1.4 Cuadro de criterios de adjudicación "de este Pliego.
En caso de producirse empate, la concurrencia de la circunstancia determinada en el apartado "L. Circunstancias determinantes de la adjudicación en los casos de igualdad de proposiciones "del cuadro de características de este Pliego, se deberá justificar según corresponda con los siguientes documentos presentados en el« SOBRE A (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA)»:
- Documentos justificativos de tener en plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2%.
- Visado previo del Instituto Balear de la Mujer, o el distintivo empresarial, o bien la acreditación equivalente en materia de igualdad emitido por el órgano competente estatal o autonómico.
3.2.- Presentación de las ofertas
3.2.1.- La proposición de cada licitador y los diferentes sobres cerrados que la conforman, deben introducirse en un único sobre que será en el que se registrará de entrada y en el que deberá identificarse claramente con la siguiente leyenda "PROPOSICIÓN PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO TÉCNICO DE REDACCIÓN, DESCRIPCIÓN, VALORACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO Y LA CONFECCIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO (RPT)
CORRESPONDIENTE AL PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA DE MENORCA».
Las proposiciones se presentarán en el registro general de entrada del Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca, situado en la Plaza Mayor del Born, núm. 15, en horario de atención al público, dentro del plazo de QUINCE (15) días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de la licitación en el Boletín oficial de las Islas Baleares (BOIB) (en caso de que el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente). Una vez se verifique la publicación en el BOIB, la fecha de finalización se publicará en el perfil de contratante de la sede electrónica municipal que podrá encontrar en las direcciones electrónicas correspondientes indicadas en el apartado «1.2 Descripción del contrato», del cuadro de Características del contrato de este Pliego.
Simultáneamente, y una vez publicado el anuncio de la licitación en el BOIB, durante los primeros diez (10) días naturales, siguientes a dicha publicación, se podrán presentar alegaciones a los pliegos, que en caso de que se presenten quedará suspendida la licitación y también el plazo de presentación de proposiciones. Los pliegos de cláusulas administrativas particulares y el pliego de prescripciones técnicas se insertará en el Perfil de Contratante de la sede electrónica.
Cuando las ofertas se presenten por correo deberán ir dirigidas a la misma dirección anterior y el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y deberá anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignando el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador. La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no se admitirá la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de finalización del plazo señalado en el anuncio. En todo caso, transcurridos diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
La presentación de la proposición presupone que el interesado acepta de manera incondicional las cláusulas del presente Xxxxxx.
3.2.2.- Los interesados deberán presentar sus proposiciones referidas a la totalidad del servicio objeto del contrato y determinado en el pliego de cláusulas técnicas que rigen la contratación.
3.2.3.- Cada interesado podrá presentar sólo una proposición en relación con el objeto del contrato, sin que se puedan presentar variantes o alternativas.
3.2.4.- El empresario que haya presentado proposición en unión temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar proposición individualmente, ni figurar en más de una Unión Temporal participante en la licitación. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él suscritas.
3.2.5.- Los interesados podrán examinar el pliego de condiciones técnicas y el pliego de cláusulas administrativas particulares en las oficinas del Ayuntamiento, en horario de atención al público, todos los días hábiles, hasta el día que termine el plazo de presentación de ofertas. Asimismo, los documentos se pueden consultar en cualquier momento en el perfil del contratante de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca.
3.3.- Documentación que debe acompañar a las proposiciones
3.3.1.- Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en un (1) sobre cerrado, que llevará en su interior tres (3) sobres cerrados, firmados por el licitador o su representante legal, y con
indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa licitadora, el NIF, el nombre y los apellidos del representante, en su caso, los números de teléfono y fax y la dirección electrónica a efectos de notificaciones, y en cada sobre se hará constar la denominación del sobre y la leyenda "PROPOSICIÓN PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO TÉCNICO DE REDACCIÓN, DESCRIPCIÓN, VALORACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO Y LA CONFECCIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO (RPT) CORRESPONDIENTE AL PERSONAL FUNCIONARIO y LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA DE MENORCA ».
La denominación de los sobres es la siguiente:
● Sobre «A»: Documentación administrativa
● Sobre «B»: Propuesta ejecución trabajos (evaluable según juicio de valor)
● Sobre «C»: Oferta económica
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la legislación vigente. Toda documentación que presente el contratista en el sobre C deberá ir firmada, con certificado digital en todos sus folios, en caso de que no esté firmada se le excluirá de la licitación. Por otra parte, aquella documentación complementaria a la oferta económica que no esté firmada deberá ser subsanada antes de la adjudicación definitiva del contrato, de tratarse de la oferta más ventajosa.
Los documentos se presentarán en lengua catalana x xxxxxxxxxx. La documentación redactada en otra lengua se acompañará de la correspondiente traducción oficial a la lengua catalana x xxxxxxxxxx.
3.3.2.- EN EL INTERIOR DE CADA SOBRE SE INCLUIRÁN LOS DOCUMENTOS SIGUIENTES: SOBRES «A», «B» Y «C» DE LA LICITACIÓN:
- Sobre «A» Documentación administrativa
En el sobre "A" se incluirá una declaración responsable del licitador (según modelo Xxxxx X) firmada con certificado digital por el declarante indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. Asimismo, manifestará en dicha declaración que no se encuentran comprendidos en ninguna de las causas de prohibición de contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP, e incluirá la manifestación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social impuestas por las disposiciones vigentes, y también relacionará una dirección electrónica en la que efectuar las notificaciones por ser la relación telemática.
En caso de una unión temporal de empresarios, se presentarán tantas declaraciones responsables como empresas integren la unión, cada una firmada con certificado digital por el representante respectivo.
La declaración responsable (según modelo anexo I), irá acompañada de la siguiente documentación, en su caso:
1. Copia autenticada del DNI del firmante (obligatorio)
2. Documentos acreditativos del apartado "L. Circunstancias determinantes de la adjudicación en los casos de igualdad de proposiciones "del cuadro de características de este Pliego, a efectos de resolver empates. En caso de no presentarse, se entenderá que la empresa no dispone de dichas circunstancias.
3. Dirección de correo electrónico para efectuar las notificaciones, de acuerdo con el artículo 146 TRLCSP, por ser la relación telemática (obligatorio).
4. El compromiso de constitución de una unión temporal de empresas, en su caso (según el modelo Anexo
II).
5. Declaración sobre los documentos y los datos de carácter confidencial, en su caso (según el modelo Anexo V).
En caso de que el licitador considere que su proposición contiene datos y documentos que son susceptibles de ser considerados confidenciales, de acuerdo con el artículo 140 TRLCSP puede presentar una declaración (modelo anexo V) en la que deberá indicar qué datos y qué documentos son de carácter confidencial y lo deberá justificar adecuadamente.
Además esta circunstancia se reflejará claramente (sobre-impresa en el margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal.
Los documentos y los datos que presenten los licitadores pueden ser considerados de carácter confidencial cuando la difusión a terceros pueda ser contraria a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la competencia xxxx entre las empresas del sector. Si no se aporta esta declaración, se considerará que no existe ningún documento o dato que tenga este carácter.
No se consideran confidenciales los documentos que tengan el carácter de documentos de acceso público.
Se entienden así los depositados en archivos y registros oficiales y los publicados en boletines oficiales de cualquier ámbito. La declaración de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la oferta.
En caso de que el órgano de contratación considere que los datos y los documentos calificados de confidenciales no tienen este carácter, puede determinar cuáles tienen carácter confidencial, lo cual se motivará en el expediente.
- Sobre «B» Propuesta ejecución trabajos (valorable según juicio de valor): Deberá contener la siguiente información:
- Estudio-propuesta para la ejecución de los trabajos descritos en este pliego y en el pliego de cláusulas técnicas.
- Mejor definición de las fases y cronograma propuesto.
- Especificación del equipo que llevará a cabo la asistencia técnica para la ejecución de los trabajos.
- Sistema y métodos de valoración de los puestos de trabajo, del modelo organizativo municipal y método de implantación de la relación de puestos de trabajo.
- Cualquier otro aspecto que se considere de interés.
- Sobre «C» Proposición económica (valorable automáticamente).
La documentación a presentar es:
1. Oferta económica (obligatoria):
El licitador deberá presentar su proposición económica según el modelo que consta en el Xxxxx XXX.
La proposición debe estar firmada por quien tenga poder suficiente para hacerlo y no debe contener errores, omisiones u obstáculos para una interpretación correcta de la misma.
En cuanto al precio debe expresarse claramente en números y letras. Se indicará el importe IVA excluido y,
a continuación, como partida independiente, el importe del IVA que deba ser repercutido. También debe indicarse el tipo impositivo de IVA aplicable a la prestación y el importe total de la proposición.
Se entiende que la proposición económica incluye todas las cargas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato.
2. La declaración sobre la parte del contrato que el licitador tenga previsto subcontratar, de acuerdo con el apartado «R. Subcontratación »del cuadro características del contrato de estos pliegos, en su caso.
3.3.3.- Documentación a presentar, a requerimiento municipal, por el licitador que ha presentado la oferta más ventajosa:
En este caso, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos acreditativos de las condiciones legalmente establecidas para contratar y que han sido declaradas en la declaración responsable presentada anteriormente en el «Sobre A».
No obstante lo anterior, el Órgano de contratación, podrá solicitar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que se aporte la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para contratar. Dicha documentación deberá presentarse referida al momento de finalización del plazo de presentación de las proposiciones y es la siguiente:
a. Documentación acreditativa de la personalidad jurídica del empresario y capacidad de obrar: Si el empresario es persona física mediante Documento Nacional de Identidad, y si es persona jurídica mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, de la sociedad debidamente inscrita en el registro mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuera, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la presentación de la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial que fuera preceptivo.
Los empresarios no españoles de estados miembros de la Unión Europea y otros empresarios extranjeros acreditarán la personalidad jurídica y capacidad de obrar mediante documentación relacionada en la cláusula 2.5.3 de estos Pliegos.
b. Documento acreditativo de la representación: Poder notarial de representación o copia de este validado por fedatario público cuando los que comparezcan o firmen proposiciones lo hagan en nombre de otro. Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
c. Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional de conformidad con lo señalado en el apartado "F.1.1. Medios acreditativos de la solvencia económica y financiera "y"
F.1.2 Medios acreditativos de la solvencia técnica o profesional "del cuadro de características del contrato del presente Xxxxxx, o mediante el documento de clasificación del contratista, al que se deberá adjuntar declaración responsable de que los datos no han variado, firmada con certificado digital.
La solvencia técnica según modelo Anexo VII.
d. Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. (Anexo IV).
3.4.- Criterios de adjudicación.
3.4.1.- Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta más ventajosa se atenderá a los criterios de adjudicación y ponderación de éstos, establecidos en el apartado "1.4 Cuadro de criterios de adjudicación del contrato "del presente pliego.
3.4.2.- Para apreciar la existencia de baja temeraria se estará a lo dispuesto en el apartado "K Parámetros objetivos para apreciar valores anormales" del cuadro de características del contrato.
3.5.- Exámenes de las proposiciones. Mesa de contratación
3.5.1.- Para la calificación y comprobación de la documentación aportada por los interesados y examen de las propuestas, el Órgano de contratación estará asistido por una Mesa de contratación, que será el órgano competente para elevarle posteriormente la correspondiente propuesta de adjudicación, de acuerdo con el artículo 320 de la LCSP.
3.5.2.- De acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30 / 2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, conformarán la mesa de contratación los siguientes miembros:
Presidenta de la Mesa: Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, Alcaldesa de la Corporación
Vocal: Xxxx Xxxxxx Xxxxx, Concejal delegado del servicio de recursos humanos del área de organización y seguridad ciudadana
Vocal: Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Secretaria de la Corporación Suplente: Xxxxx Xxxxx Xxxx, TAG servicios jurídicos municipales
Vocal: Xxxxxx Xxxx Xxxxxx, Interventora de la Corporación Suplente: Xxxx Xxxx Xxxxxxxx, Técnico área económica
Vocal: Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, TAG servicios jurídicos del área de contratación Suplente: Xxxxxx Xxxx Xxxxxx, XXX servicios jurídicos municipales
Vocal: Xxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx, Técnico superior en gestión de recursos humanos del ayuntamiento de Ciutadella de Menorca.
Secretaria de la Mesa: funcionaria interina ayuntamiento de Ciutadella Suplente: funcionaria interina ayuntamiento de Ciutadella
En cuanto a la abstención o recusación de los miembros de la mesa, se estará a lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, y el plazo para alegar las correspondientes causas de abstención o recusación será de dos días hábiles desde el siguiente a la publicación de los presentes pliegos de cláusulas administrativas particulares, o de la resolución de eventuales modificaciones de la composición de la mesa de contratación, en el perfil del contratante de la sede electrónica municipal, entendiendo cumplida la obligación determinada en el artículo
21.4 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector público.
3.5.2.- La mesa podrá ser asistida por los asesores técnicos y el personal de la Administración que se consideren adecuadas. Estas personas no tendrán derecho de voto.
Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple de acuerdo con el artículo 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En caso de empate, decidirá el voto de calidad de la presidencia. Las funciones de la mesa de contratación serán las establecidas en el artículo 22 del Decreto
817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público
3.5.3.- Concluido el plazo de presentación de proposiciones, y en el plazo máximo de UN (1) MES, en acto interno, se abrirá el sobre "A" y se comprobará que contenga la documentación administrativa relacionada en la cláusula 3.3.2 del presente Pliego, debidamente cumplimentada y firmada con certificado digital, otorgándose, en su caso, un plazo de subsanación de deficiencias no superior a tres días hábiles, de acuerdo con el artículo 81.2 RLCAP.
La comunicación de las deficiencias a los licitadores se efectuará mediante el anuncio en el perfil del contratante de la sede electrónica municipal del acta levantada por la secretaria de la mesa de contratación comprensiva de las actuaciones realizadas por la mesa en relación a la calificación de la documentación administrativa, iniciándose el cómputo del plazo de subsanación de deficiencias con dicha publicación.
No obstante lo anterior, con carácter complementario al anterior, se podrán comunicar dichas deficiencias a los licitadores verbalmente por teléfono o vía fax o correo electrónico telemático, sin perjuicio de aviso previo por correo electrónico ordinario. De todas las actuaciones realizadas se dejará constancia en un acta y / o diligencia del funcionario administrativo del área de contratación, que necesariamente deberá extenderse, de conformidad con el artículo 81.3 del RLCAP.
No obstante lo anterior, la presentación por los licitadores en el sobre A de los documentos acreditativos de la capacidad, representación y / o solvencia a los que hace referencia la cláusula 3.3.3 en lugar de la declaración responsable o junto con esta declaración no da lugar a su calificación por la mesa de contratación, que no otorgará plazo para subsanar los defectos u omisiones subsanables que, en su caso, se observen en dicha documentación.
En caso de que, en lugar de la declaración responsable se presente únicamente dichos documentos (capacidad, representación, ...), la subsanación debe consistir en presentar la declaración responsable debidamente cumplimentada y firmada, no pudiendo otorgar un nuevo plazo de subsanación de haber deficiencias en la misma.
Por otro lado, si la documentación de un licitador contiene defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación.
3.5.4 Una vez calificada la documentación del "Sobre A" (documentación administrativa), si no hay deficiencias, o transcurrido el plazo de 3 días hábiles de subsanación de deficiencias, en caso de haber deficiencias en la apertura del sobre A, la Mesa se volverá a reunir a los efectos de comprobar las subsanaciones realizadas y elaborar la relación de plicas admitidas, de lo que se levantará la correspondiente acta.
A continuación, el mismo día, se procederá, en acto público, a la apertura del sobre B de los licitadores admitidos, de conformidad con el siguiente procedimiento:
a. El Presidente dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, con expresión de los licitadores admitidos y excluidos, y de las causas de su exclusión, que quedará reflejado en un acta.
b. A continuación, en acto público, el Presidente de la Mesa procederá a la apertura del "Sobre B", que deberá contener la siguiente documentación: «Propuesta ejecución trabajos», y encomendará la emisión de un informe técnico en relación a los criterios cuantificables mediante un juicio de valor, indicando el plazo del que se dispone para la emisión de dicho informe.
Recibido el informe, y en todo caso 48 horas después, la Mesa se volverá a reunir en acto interno para
dar lectura del informe anterior y proceder, en consecuencia, a la valoración de los criterios cuantificables mediante juicio de valor.
3.5.5.- A continuación se reunirá la Mesa en acto público, y el Presidente dará cuenta a los asistentes de las valoraciones anteriores, y procederá a la apertura del sobre nº C que contendrá la documentación cuantificable de forma automática: la proposición económica, según el anexo III. Se procederá a su valoración en el mismo acto, es automática y, la mesa de contratación, tras sollicitar, en su caso, los informes técnicos que considere oportunos, clasificará por orden decreciente las proposiciones presentadas no declaradas desproporcionadas o anormales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 152 TRLCSP, y propondrá al órgano de contratación la empresa que haya presentado la oferta más ventajosa.
Concluida la apertura de las proposiciones, se dará por concluido el acto público de apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la mesa, la cual será insertada en el perfil del contratante de la sede electrónica municipal.
3.6.- Adjudicación provisional y requerimiento de documentación
3.6.1.- De conformidad con el artículo 151 de la LCSP, el órgano de contratación clasificará por orden decreciente las proposiciones presentadas no declaradas desproporcionadas o anormales. Para la realización de dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego o en el anuncio de licitación, pudiendo solicitar o disponer para esta tarea cuantos informes técnicos estime opotunos.
3.6.2.- El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que haya recibido el requerimiento, presente telemáticamente la siguiente documentación: documentación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, documento de prórroga o renovación de la póliza de seguro por riesgos profesionales firmada por el contratista y la aseguradora (en caso de presentarse como solvencia económica), de acuerdo con la cláusula 2.5.5 de estos Pliegos y de haber constituido la garantía definitiva que proceda. Los certificados correspondientes pueden ser emitidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. Asimismo también deberá presentar la documentación justificativa del cumplimiento de las condiciones para contratar relacionada en la cláusula núm. 3.3.3 de estos Pliegos. En este plazo, también deberá haber abonado el coste de los gastos del anuncio de licitación, para cuyo cumplimiento deberá presentar justificante, o bien también se podrá dejar constancia en el expediente mediante diligencia.
Para la calificación de la documentación relacionada en la cláusula 3.3.3 se podrá solicitar informe técnico, en caso de considerarse necesario por el órgano de contratación.
De haber deficiencias en la documentación relacionada en la cláusula 3.3.3 se concederá un plazo de tres días hábiles para su enmienda, a contar desde el día siguiente al de la notificación.
Si no se cumple adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado o no se subsana la deficiencia en el periodo señalado al efecto, se entiende que el licitador ha retirado la oferta, y en este caso, se procede a solicitar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
3.7.- Adjudicación del contrato
3.7.1.- El Órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los CINCO (5) días hábiles siguientes a la recepción de la documentación señalada en la cláusula anterior. No se podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en los Pliegos.
3.7.2.- La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y simultáneamente se publicará en el perfil del contratante.
La notificación (telemática) deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
- En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
- Respecto a los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también, en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
- En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinado que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
4.- GARANTÍA DEFINITIVA
4.1.- El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de la garantía definitiva por el importe determinado en el apartado "H.2 garantía definitiva" del cuadro de características del contrato del presente Xxxxxx, en el plazo establecido en la cláusula 3.6.2 de este Pliego.
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
a. En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de no mobilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
En el caso de que la garantía se preste en efectivo, deberá hacerse mediante ingreso en el siguiente número de cuenta bancaria BANCA MARCH: (IBAN) XX00 0000 0000 00 0000000000. Se deberá presentar el justificante de ingreso como documento acreditativo del cumplimiento de dicha obligación.
b. Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior. En caso de que la fianza se preste mediante aval deberá presentar cumplimentado el modelo del anexo VI.
c. Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior.
En caso de que la garantía se formalice mediante aval o contrato de seguro de caución, se deberán depositar en la tesorería municipal. La copia de este justificante incorporará por los servicios administrativos municipales al presente expediente de contratación.
4.2.- La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
4.3.- Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se notifique al adjudicatario la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 99 de la LCSP.
4.4.- En el plazo de quince días, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, de lo contrario, en causa de resolución.
4.5.- Alternativamente a la prestación de una garantía singular para este contrato, el empresario podrá constituir una garantía global para asegurar las responsabilidades que puedan derivarse de la ejecución de todos los que celebre con el Ayuntamiento. La constitución se regirá por lo dispuesto en el artículo 98 del RDL 3/2011, TRLCSP
5.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del TRLCSP, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
En todo caso, se dará audiencia al contratista, debiendo seguirse los trámites previstos en el artículo 211 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
6.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El adjudicatario del contrato queda obligado a suscribir el documento administrativo de formalización del contrato, transcurrido el plazo de QUINCE (15) días hábiles, a contar desde el siguiente a la fecha de notificación del acuerdo de adjudicación a los licitadores y candidatos.
El documento en que se formalice el contrato será en todo caso administrativo, siendo título válido para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
La formalización del contrato se publicará en el BOIB y en el perfil del contratante, mediante anuncio.
7.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIO
7.1.- Inicio de ejecución del servicio
El inicio de la ejecución del servicio comenzará en el plazo determinado en el apartado "C. Duración del contrato "del cuadro de características de este Pliego.
7.2.- Dirección e inspección de la ejecución del contrato
El Ayuntamiento designará a una persona responsable del contrato, entre su personal técnico, que será la técnico superior en gestión de recursos humanos del ayuntamiento de Ciutadella de Menorca.
A la persona responsable del contrato le corresponde el control y seguimiento del servicio contratado de acuerdo con el pliego de cláusulas técnicas particulares y en el presente pliego. También dará conformidad
a las facturas presentadas mensualmente por el contratista, según corresponda. Asimismo, también le corresponden las demás tareas relacionadas en el Pliego de cláusulas técnicas particulares.
7.3.- Modificación del contrato
Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones en los casos indicados en el apartado "T. Modificación del contrato "del apartado 1.3 Cuadro características del presente pliego.
En todos los supuestos tasados en el apartado señalado, la apreciación de la necesidad de ajustar, redistribuir, aumentar, reducir o suprimir el servicio deberá ser debidamente motivada y fundamentada en las incidencias que en su caso se detecten durante la ejecución del contrato.
Para la aplicación efectiva de las modificaciones previamente deberá haber seguido la siguiente tramitación, de acuerdo con el artículo 211 y Título V del Libro I del TRLCSP:
1. El expediente se iniciará mediante informe del responsable del contrato.
2. Este informe se pondrá de manifiesto al contratista, al que se le otorgará un trámite audiencia por un plazo de 10 días hábiles.
3. El órgano de contratación, una vez escuchado al contratista, y previo informe de los servicios jurídicos municipales y fiscalización de Intervención, adoptará el acuerdo que estime procedente sobre la modificación del contrato.
4. El acuerdo será notificado al contratista, concediéndoles un plazo de 5 días naturales para que formalice la modificación, en el supuesto de que resulte finalmente aprobada y sin perjuicio de los recursos administrativos o jurisdiccionales que procedan.
5. La modificación realizada se formalizará en documento administrativo, previa la ampliación de la fianza definitiva depositada, por valor del 5% del importe de la modificación.
Todo aquello no regulado en la presente cláusula, se estará a lo dispuesto en el TRLCSP y demás normativa de aplicación.
7.4.- Derechos y obligaciones del Adjudicatario
7.4.1.- Derechos de la empresa contratista: La empresa contratista tiene los siguientes derechos:
- Prestar, efectivamente, el servicio contratado y recibir la protección adecuada para ejercer las facultades propias.
- Recibir la retribución económica que corresponda por la prestación del servicio.
- Utilizar la sala y bienes asignados para la prestación del servicio.
- Los derechos que se recogen en el TRLCSP y demás legislación que sea de aplicación. 7.4.1.- Obligaciones especiales respecto del personal laboral de la empresa contratista:
- Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que reúna los requisitos de titulación y / o experiencia necesarios para formar parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de la Ayuntamiento del cumplimiento de aquellos requisitos.
La empresa contratista procurará la estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición (si no están prohibidas por el pliego de cláusulas administrativas) sean puntuales y se deban a razones justificadas, a fin de no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento al Ayuntamiento.
- La empresa contratista asume la obligación de ejercer de manera real, efectiva y continuada, sobre el personal que integre el equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en caso de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como todos los derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
- La empresa contratista deberá designar personal técnico para asistir a las reuniones de las comisiones de valoración, mesa general de negociación y representará a la empresa ante el ayuntamiento.
7.4.1.- Obligaciones esenciales para la empresa contratista:
El contratista quedará vinculada por el presente Xxxxxx, el Pliego de condiciones técnicas y por la oferta que haya presentado, el cumplimiento de la cual, en todos sus términos, tendrá el carácter de obligación esencial del contrato.
La efectiva dedicación o adscripción a la ejecución del contrato de los medios personales y / o materiales indicados y comprometidos en la oferta, debiendo disponer de la organización técnica, económica y de personal suficiente para la adecuada prestación del servicio, personal suplente con la formación y la experiencia suficientes para poder sustituir las personas que presten los servicios objeto del contrato en supuestos de vacaciones, ausencias y / o enfermedades.
7.4.2.- Condiciones específicas de ejecución del contrato: Están definidas en el apartado "M. Condiciones específicas "del apartado 1.3 del Cuadro características del presente pliego.
8.- SUBCONTRATACIÓN
8.1.- Las condiciones y requisitos para que el adjudicatario del contrato pueda subcontratar vienen determinadas en el apartado "Q. Subcontratación "del apartado" 1.3 Cuadro características "del presente pliego.
8.2. En todo caso será de aplicación lo dispuesto en los artículos 227 y 228 del TRLCSP y el artículo 42 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido del Estatuto los trabajadores.
8.3. El órgano de contratación podrá comprobar el estricto cumplimiento del pago que los contratistas adjudicatarios de los contratos públicos deben hacer a todos los subcontratistas o suministradores que participen en aquellos, de acuerdo con las determinaciones del artículo 228 bis de la LCSP.
9.- PRESENTACIÓN DE LAS FACTURAS Y PAGO DEL PRECIO
La presentación de facturas por la empresa contratista y el pago del precio viene determinado en el apartado "P. Pago del precio "del apartado" 1.3 Cuadro características del contrato "del presente pliego.
En la factura se incluirán los datos y requisitos establecidos en el artículo 72 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, además deberá incluir el órgano competente en materia de contabilidad pública que es intervención, identificación del órgano de contratación que es la Junta de Gobierno local y destinatario de la factura que es la Xxx. Xxxxx Xxxxxxx (contabilidad).
10.- PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO
10.1.- Las penalidades por incumplimiento contractual así como las penalizaciones están determinadas en el apartado "S. Penalidades específicas para este contrato "del apartado" 1.3 Cuadro características del contrato "del presente Pliego.
Se considerará incumplimiento contractual cualquier acción u omisión por parte de la persona adjudicataria que suponga una ruptura de las obligaciones recogidas en los pliegos para este contrato y en otras normas de aplicación general. La constitución en demora del contratista no requerirá la intimación previa por parte de la Administración.
La imposición de penalidades no excluye la indemnización a que pueda tener derecho la Administración por los daños y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al contratista.
10.2.- Criterios de proporcionalidad: Una vez calificado el incumplimiento, para determinar la penalidad concreta a aplicar se tendrá en cuenta el grado de intencionalidad, la reiteración y la naturaleza de los perjuicios o riesgos causados.
10.3.- Procedimiento: Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las certificaciones mencionadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 212 del Texto refundido de la Ley de contratos del sector público, aprobado por Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Para ello, previamente se aplicará el artículo 97 del RD 1098/2001.
11.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Para las causas de resolución contractual ver apartado "U. Resolución del contrato "del apartado 1.3 Cuadro características del contrato" del presente pliego.
La resolución del contrato, una vez acreditada la concurrencia de las causas de resolución contractual, se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE (SOBRE A)
El / la señor / a , con domicilio en _ , calle
_, nº _, código postal , y con DNI nº , actuando en nombre propio o en nombre y representación de _ _, con domicilio en , calle , nº _, código postal , teléfono
_, CIF _, dirección electrónica ..................................... ..............., y con capacidad legal para contratar en nombre de la mencionada empresa según poder otorgado ante el notario de , señor / a _ _, día __ de _ y número de protocolo _. En relación al expediente de contratación de ........................................... .................................................. .................................................. ......................
.... ... ....................... .................................................. .................................................. ......................................
............ .................................................. ............................................... BAJO MI RESPONSABILIDAD, DECLARO:
1. Que yo / que la empresa que represento cumplo / cumple los requisitos de capacidad, representación, solvencia o clasificación y habilitación profesional o empresarial exigidos, en su caso, en este pliego, ni estoy / está sometida a ninguna de las causas de incompatibilidad establecidas en la legislación vigente ni en las bases que rigen esta contratación. Que también estoy / está en disposición de la documentación exigida en las condiciones que rigen la presente licitación que permiten concurrir en la misma, comprometiéndome / comprometiéndose a aportar cuando sea requerido para ello.
2. Que yo / que la empresa que represento, sus representantes y administradores, no incurrimos en ninguno de los supuestos a los que se refiere el artículo 60 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3 / 2011, de 14 de noviembre, modificado por la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
3. Que me encuentro al corriente / Que la persona física / jurídica a la que represento se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias, tanto con el Estado como con el Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca, y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
4. Que yo / Que la empresa que represento (indicar lo que corresponda):
- No pertenece a ningún grupo de empresas.
- Pertenece al grupo de empresas denominado: ......................................... .................................................. .................................................. .......
........................................... .................................................. ................................
Y que:
- No se presentan a la licitación otras empresas del grupo que están en alguno de los supuestos del artículo
42.1 del Código de Comercio.
- Se presentan a la licitación otras empresas del grupo que están en alguno de los supuestos del artículo
42.1 del Código de Comercio, en concreto, las empresas siguientes: ................. ..................
Y para que conste ante el Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca a efectos de participar en los procedimientos de contratación de servicios, suscribo la presente declaración.
_, de / de de 20 ....
(Lugar, fecha)
Firma con certificado digital
ANEXO II
MODELO QUE HAN DE ADJUNTAR LOS LICITADORES QUE CONCURRAN COMO UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS (UTE)
El / la señor / a ------------------------, con domicilio en ---------------- -, calle --------------------, nº , y con DNI
---------------, en nombre propio (o en representación de -------------- ------------- de acuerdo con los poderes
que se acompañan, con CIF --------------- y domicilio en la calle ----- ------------, nº. --------, municipio de
----------) y con domicilio para notificaciones en la calle ----- ----------------, nº. -----, de ---------------, CP --.
El / la señor / a ------------------------, con domicilio en ---------------- -, calle --------------------, nº , y con DNI
---------------, en nombre propio (o en representación de -------------- ------------- de acuerdo con los poderes
que se acompañan, con CIF --------------- y domicilio en la calle ----- ------------, nº. --------, municipio de
----------) y con domicilio para notificaciones en la calle ----- ----------------, nº -----, de ---------------, CP --.
El / la señor / a ------------------------, con domicilio en ---------------- -, calle --------------------, nº , y con DNI
---------------, en nombre propio (o en representación de -------------- ------------- de acuerdo con los poderes
que se acompañan, con CIF --------------- y domicilio en la calle ----- ------------, nº. --------, municipio de
----------) y con domicilio para notificaciones en la calle ----- ----------------, nº. -----, de ---------------, CP --.
NOS COMPROMETEMOS
A constituirnos en unión temporal de empresas si resultamos adjudicatarios de la contratación de
, con la participación siguiente:
-% | para | ------------------ | (empresa) |
-% | para | ------------------ | (empresa) |
-% | para | ------------------ | (empresa) |
A tal efecto designamos el / la señor / a --------------------------, con DNI , como la persona que
representará la agrupación temporal de empresas formada por --------------------, y
----------------, como representante y apoderado único ante la Administración de la UTE que se constituirá durante la vigencia del contrato, con domicilio para notificaciones a --.
Y para que conste, firmamos este compromiso.
, de de 20 …….
(Firmas)
ANEXO III
Modelo de oferta económica
.. ......... .. .................................................................................... .. (nombre y apellidos), con
DNI ............... ................, con domicilio en ...................................................
C /. ........................... .. ........................... .. .................................................................................. ......... ........
número ...... .. ......, CP ....................., teléfono .................. .. ..., y dirección electrónica ............................ .....
DECLARO:
Que estoy informado / a de las condiciones y los requisitos que se exigen para poder ser adjudicatario / a del contrato de servicio ......................... ............................. ............................................................... ........................................
.............................................................................................................. ..............................................................
................. ..................................................................... ............................................. ................................
Que se compromete, en nombre propio (o en nombre y representación de la empresa ................................................................................................... ...... .. ...... .... con NIF /
CIF ), a ejecutarlo con sujeción estricta a los requisitos y condiciones estipuladas en los
pliegos de cláusulas administrativas particulares y pliegos de cláusulas técnicas del contrato, los importes siguientes:
Xxxxxx (sin IVA): ............................................ .... .............................. .. ............... euros (en
números); (en letras).
IVA: .... .......... ............... .. .............................................................................. euros (en
números (en letras).
Tipo impositivo de IVA aplicable: ..........
Precio total: ...................... ... .. ............................................................ ... euros (en números); (en
letras).
.................., ...... .. de .............................. .. de ............
(Lugar, fecha y firma del licitador / a) Firmado con certificado digital
ANEXO IV
DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA PERSONAS ESTRANGERAS
El / la señor / a , con domicilio en
_, calle , nº. , código postal _ , y con DNI nº. _ , actuando en nombre propio o en nombre y representación de
, con domicilio en , calle
, nº. , código postal _ _, teléfono _, Fax
CIF _, y con capacidad legal para contratar en nombre de la mencionada empresa según poder otorgado ante el notario de , señor / a
, día
de
y número de protocolo
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD
Que me someto a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador
A _ _ de / d de 20 _
Firma de la persona declarante (Con certificado digital)
ANEXO V
DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD DE DATOS Y DOCUMENTOS EN CUMPLIMIENTO DEL ART. 140.1 DEL TRLCSP
El / la señor / a , en nombre propio , o en nombre y
representación de la empresa (señalar sus facultades
de representación: por ejemplo, administrador / a único / a, apoderado / a, ...), DECLARO bajo mi responsabilidad, como licitador del CONTRATO ... (EXP. Nº ):
Que los documentos y datos confidenciales presentados en el sobre ............... (especificar sobre A, B, según corresponda) son los que a continuación se relacionan:
Sobre A:
-
-
(Indicar la página donde se encuentra la información y detallar el motivo de la confidencialidad)
Sobre B (sólo en el caso de que todos los criterios sean evaluables mediante fórmulas):
-
-
Y para que conste firmo la presente declaración responsable. (Lugar y fecha)
Firma del declarante con certificado digital
No será admisible una declaración genérica de confidencialidad o la que declare que todos los documentos o toda la información tiene carácter confidencial.
ANEXO VI MODELO DE AVAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), con NIF ............................. ... y domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle / plaza / avenida ............................... ......, nº. ........., código postal ................., de (localidad); y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto según resulta de la validación de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, AVALA (nombre y apellidos o razón social de del avalado), con NIF , en virtud de lo dispuesto (norma / su y
artículo / s que impone / n la constitución de esta garantía), para responder ante el AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA DE MENORCA de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado), por un importe de (en letras y en cifras) euros.
La entidad avalista declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en la artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de contratos de las administraciones públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de exclusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca, con sujeción a los términos previstos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en sus normas de desarrollo.
Este aval estará vigente hasta que el Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o la devolución de acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Ley de contratos del Sector Público y en la legislación complementaria.
(Lugar y fecha)
(Razón social de la entidad) (Firma de los apoderados)
VALIDACIÓN DE PODERES POR LOS SERVICIOS JURÍDICOS DEL AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA DE MENORCA
Fecha Número o código
ANEXO VII
DECLARACIÓN DE SOLVENCIA TÉCNICA SOBRE LOS SERVICIOS EJECUTADOS *
El / la señor , con domicilio en , calle
, nº. , y con DNI nº. _, actuando en nombre propio o en nombre y representación de , con domicilio en
, calle , nº. , código postal , teléfono , fax , CIF , y con capacidad legal para contratar en nombre de la mencionada empresa según poder otorgado ante el notario de , señor / a
, día _ de _ y número de protocolo
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD
Que los principales servicios ejecutados, similares al objeto de este contrato, durante los cinco últimos años, son los que se relacionan a continuación:
Descripción de los servicios ejecutados Entidad contratante Fecha Presupuesto de la actuación
.................................................. | .......................... | ....... | ................. | .................. |
.................................................. | .......................... | ....... | ................. | .................. |
.................................................. | .......................... | ....... | ................. | .................. |
.................................................. | .......................... | ....... | ................. | .................. |
Adjuntamos a esta declaración la acreditación de los servicios ejecutados más importantes y relacionados más arriba, mediante los correspondientes certificados de buena ejecución que indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución del servicio y se precisará si se realizaron de acuerdo con las reglas para las que se regía la profesión y que se llevaron a cabo normalmente a buen término, de acuerdo con lo previsto en el artículo 76.a) de la LCSP.
, _ de _ de 20__
(Firma con certificado digital)
ANEXO VIII
COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD
Sr./Sra .............................................. ..............................., con DNI número ............... ...... actuando en
nombre y representación de ...................................... ............. en su condición
de ,
MANIFIESTA
Primero: Que la empresa que representa ha sido declarada adjudicataria del contrato de ................................... .........................…
Segundo: Que de acuerdo con lo establecido en la Disposición Adicional vigésimo sexta apartado 2 del TRLCSP y el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal, en adelante LOPD , en caso de que la contratación implique el acceso al contratista a datos de carácter personal de cuyo tratamiento sea responsable la entidad contratante, aquél tendrá la consideración de encargado del tratamiento. En este caso, el acceso a estos datos no se considerará comunicación de datos, cuando se cumpla lo previsto en el art 12.2 y 3 de la LOPD,
SE COMPROMETE
Primero: A llevar a cabo la realización del objeto del contrato, es decir, el tratamiento de los datos, observando los principios exigibles por la legislación en materia de protección de datos, en especial los relativos a la calidad de los datos, seguridad y el deber xx xxxxxxx.
Segundo: A tratar los datos de acuerdo con las concretas instrucciones del Ayuntamiento de Ciutadella, no aplicando o utilizando los datos a finalidades distintas a las especificadas en el acuerdo primero.
Tercero: A observar el secreto profesional respecto a los datos objeto de tratamiento, manteniendo absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, no comunicando a ningún tercero los datos suministrados, ni siquiera para su conservación . Estos requerimientos obligarán a todos sus trabajadores y colaboradores.
Cuarto: En caso de que los datos se destinaran a fines diferentes a las estipuladas, se comunicaran o utilizaran incumpliendo las instrucciones fijadas por el Ayuntamiento, la empresa será considerada también Responsable del Tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido.
Quinto: A implementar, de acuerdo con el artículo 9 de la LOPD, las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garantizan la seguridad de los datos tratados a las que tiene acceso, de acuerdo al nivel de protección que corresponda, establecido en el Reglamento, RD 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la ley, a fin de evitar su alteración, pérdida o tratamiento no autorizado.
Sexto: Una vez cumplimentada la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al responsable del tratamiento, al igual que cualquier soporte o documento en el que conste algún dato de carácter personal objeto de tratamiento.
Séptimo: A hacerse responsable ante al Ayuntamiento por todos los daños y perjuicios causados, incluyendo todos los derivados de reclamaciones de terceros o de procedimientos sancionadores abiertos por la Agencia de Protección de datos.
Octavo. En el caso de que el encargado del tratamiento destine los datos a otra finalidad, los comunique, los utilice incumpliendo las estipulaciones del contrato, será considerado también responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente.
Noveno: El cumplimiento de estos compromisos de confidencialidad, así como de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en el RD 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la ley y demás normativa sobre la materia, persistirán incluso después de finalizada la relación contractual.
................, ........ de de 20 …
(Firma con certificado digital)
ANEXO IX
DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR POR EL CONTRATISTA EN MATERIA DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES
Considerando la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de riesgos laborales, y que hemos resultado adjudicatarios del contrato ......................... .................................................. ...................., nos
comprometemos a entregar la siguiente documentación en el Ayuntamiento de Ciutadella antes de iniciar la actividad adjudicada:
a) Relación nominal actualizada de los trabajadores que harán trabajo. En caso de cualquier cambio, la empresa se compromete a actualizar esta relación.
b) Declaración jurada de que la empresa ha realizado la evaluación de riesgos del puesto de trabajo por las obras y / o servicios contratados.
c) Declaración jurada de la adecuación de los equipos de trabajo que emplean los trabajadores para las obras y / o servicios para contratar (adjuntar listado de maquinaria).
d) Declaración jurada del cumplimiento del deber de formación de los trabajadores (artículo 19 de la Ley 31/1995).
e) Declaración jurada del cumplimiento del deber de información de los trabajadores (artículo 18 de la Ley 31/1995).
f) Declaración jurada de que todos los trabajadores que trabajan en la obra o servicio contratado son aptos para su trabajo, en cumplimiento de las obligaciones impuestas en materia de vigilancia de la salud (artículo 22 de la Ley 31/1995).
g) Declaración jurada en la que conste que se han entregado a los trabajadores los EPI (equipos de protección individual) en cumplimiento del deber de protección individual a los trabajadores (artículo 17.2 de la Ley 31/1995).
h) Declaración jurada del cumplimiento del deber de protección de trabajadores sensibles, en caso de que haya alguno, que trabajen al servicio y / o obra contratada (artículo 28 de la Ley 31/1995).
e) En caso de accidente laboral en la obra o durante la prestación de los servicios, la empresa adjudicataria se compromete a informar, en un plazo máximo de 2 días, en el Ayuntamiento según el documento adjunto en cumplimiento del artículo 4 del capítulo 2 del RD 171/2004.
(Se adjunta modelo de declaración jurada como Anexo X)
Modalidad preventiva adoptada (señale lo que corresponda) Mutua de accidentes (Nombre y teléfono de contacto) Servicio de prevención ajeno (Nombre y teléfono de contacto) Servicio de prevención propio
Trabajador designado
Actividad preventiva asumida por el propio empresario
Y para que se deje constancia de esto, el Sr. ............................................., en calidad de. ................................................ de la empresa ................................................ ......... firma la siguiente
documentación declarando la autenticidad de la misma. Ciutadella a ........., de / de de 20
Signatura con certificado digital
ANEXO X
DECLARACIÓN JURADA QUE ACOMPAÑA EL ANEXO IX
El Sr / a. .................................................. .................................................. .......... con DNI , como
representante legal de la empresa .......... ......................... con NIF / CIF , adjudicataria de la obra y /
o servicio ................................................ .................................................. ......................., contratada por el
Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca,
DECLARA BAJO JURAMENTO QUE CUMPLE CON LAS CONDICIONES QUE FIGURAN EN EL ANEXO IX DE ESTE DOCUMENTO Y QUE SON LAS SIGUIENTES:
1.- Que la relación nominal de los trabajadores que harán trabajo está actualizada, y que en caso de cualquier cambio, la empresa se compromete a actualizar esta relación.
2.- Que la empresa ha realizado la evaluación de los riesgos del puesto de trabajo por las obras y / o servicios contratados.
3.- Que los equipos de trabajo que emplean los trabajadores se adecuan a las obras y / o servicios contratados (adjuntar listado de maquinaria).
4.- Que la empresa ha cumplido con el deber de formación de los trabajadores (artículo 19 de la Ley 31/1995).
5.- Que la empresa ha cumplido con el deber de información de los trabajadores (artículo 18 de la Ley 31/1995).
6.- Que todos los trabajadores que trabajan en la obra o servicio contratado, son aptos para su trabajo, en cumplimiento de las obligaciones impuestas en materia de vigilancia de la salud (artículo 22 de la Ley 31/1995).
7.- Que la empresa ha entregado a los trabajadores los EPI (equipos de protección individual) en cumplimiento del deber de protección individual a los trabajadores (artículo 17.2 de la Ley 31/1995).
8.- Que cumple con el deber de protección de trabajadores sensibles, en caso de que haya alguno, que trabajen al servicio y / o obra contratada (artículo 28 de la Ley 31/1995).
9.- Que en caso de accidente laboral en la obra o durante la prestación desde servicios la empresa adjudicataria se compromete a informar, en un plazo máximo de 2 días, en el Ayuntamiento según el documento adjunto en cumplimiento del artículo 4 del capítulo del RD 171/2004.
La firma de este documento conlleva el compromiso por parte de la empresa de entregar a este Ayuntamiento cualquier documentación de la reseñada en el anexo IX en el plazo máximo de 5 días naturales a contar desde su requerimiento.
Y para que conste, firmo esta declaración jurada en Ciutadella de Menorca a .......... de ............. 201 ..
ANEXO XI DATOS DE LA EMPRESA
empresa: actividad:
Número de trabajadores: mutua:
Servicio de prevención: Persona de contacto:
dirección:
Correo electrónico 1:
Correo electrónico 2:
Teléfono 1:
Teléfono 2:
móvil:
Firma con certificado digital
ANEXO XII
DATOS DE LA ACTIVIDAD A REALIZAR
Empresa (Nombre):
actividad:
Zona de actividad Edificio: servicio:
Fecha de inicio: Duración de la actividad: Número de trabajadores:
Firma con certificado digital