COMUNICADO N° 002-2024-UGEL.05-CCD-CONTRATO DOCENTE 2024 PROCESO DE CONTRATO DOCENTE PERIODO 2024-MODALIDAD CONTRATACION POR EVALUACION DE RESULTADOS PN ADJUDICACIÓN PRESENCIAL
COMUNICADO N° 002-2024-UGEL.05-CCD-CONTRATO DOCENTE 2024 PROCESO DE CONTRATO DOCENTE PERIODO 2024-MODALIDAD CONTRATACION POR EVALUACION DE RESULTADOS PN ADJUDICACIÓN PRESENCIAL
D.S. N°020-2023-MINEDU/O.M. N°0002-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD/R.D.R. 0132-2024-DRELM
El Comité de Contrato Docente de la jurisdicción de la UGEL N°05-SJL/EA para el periodo 2024 en mérito al D.S. N°020-2023-MINEDU que aprueba la norma que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación de profesores y su renovación del Contrato de Servicio Docente en educación Básica y Técnico- Productiva, en el marco de la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, Oficio Múltiple N°002- 2024-MINEDU/VMGP- DIGEDD establece Precisiones para el proceso de contratación docente 2024 en plazas de educación básica y técnico productiva y con R.D.R. N° 0132-2024-DRELM resuelve APROBAR el CRONOGRAMA del proceso de contratación docente en plazas de educación básica y técnico productiva del ámbito regional de Lima Metropolitana, para el año 2024;
realiza las PRECISIONES SOBRE EL PROCESO DE ADJUDICACION
PRESENCIAL, en marco de los numerales 24.14 y 24.16 del D.S.N°020- 2024-MINEDU, según detalle:
1.CRONOGRAMA DE ADJUDICACIÓN DE PLAZAS 14 y 15 DE FEBRERO DE 2024:
MODALIDAD / NIVEL | HORA | GRUPO /TURNO | CANTIDAD DE PLAZAS | LUGAR |
MIERCOLES 14/02/2024 | ||||
EBR/ INICIAL | 09:00 am a 10:30 am | MESA 1 - TURNO MAÑANA | 62 | AUDITORIO INSTITUCIONAL DE LA UGEL 05 |
EBR PRIMARIA | 10:30 am a 01:00 pm | MESA 1 - TURNO MAÑANA | 63 | |
EBR/PRIMARIA AIP | MESA 1 - TURNO MAÑANA | 39 | ||
EBR/ SECUNDARIA - COMUNICACION | 02:30 pm a 04:00 pm | MESA 1- TURNO TARDE | 38 | |
EBR/SECUNDARIA - MATEMATICA | MESA 2- TURNO TARDE | 48 | ||
EBR/ SECUNDARIA -EDUCACION PARA EL TRABAJO | 09:00 am a 01:00 pm | MESA 3 - TURNO MAÑANA | 69 | PATIO CENTRAL |
EBR/SECUNDARIA - ARTE | MESA 3 - TURNO MAÑANA | 96 | ||
EBR/SECUNDARIA - INGLES | 02:30 pm a 04:00 pm | MESA 3 - TURNO TARDE | 90 | |
EBR/SECUNDARIA - EDUCACIÓN FISICA | MESA 3 - TURNO TARDE | 61 | ||
JUEVES 15/02/2024 | ||||
EBR/ SECUNDARIA - CIENCIAS SOCIALES | 09:00 am a 10:30 am | MESA 1 - TURNO MAÑANA | 36 | AUDITORIO INSTITUCIONAL DE LA UGEL 05 |
EBR/ SECUNDARIA - AIP | MESA 1 - TURNO MAÑANA | 29 | ||
EBR/ SECUNDARIA - CT | 09:00 am a 10:30 am | MESA 2 - TURNO MAÑANA | 55 | |
EBE/INICIAL - PRIMARIA | MESA 2 - TURNO MAÑANA | 13 | ||
EBR/ SECUNDARIA – DPCC | 09:00 am a 01:00 pm | MESA 3 - TURNO MAÑANA | 20 | PATIO CENTRAL |
EBA AVANZADO | MESA 3 - TURNO MAÑANA | 77 |
2.PROTOCOLO PARA ADJUDICACIÓN PRESENCIAL:
a) ACCIONES PREVIAS:
✓ El comité publica en el comunicado el cronograma, en el cual indica fecha, hora y lugar de la ADJUDICACIÓN PÚBLICA, el cual se realizará en las instalaciones de la UGEL 05.
✓ El ingreso es por el PORTON PLOMO (PORTON DE INGRESO DE AUTOS). Habrá personal orientador y/o señalización.
✓ Al ingresar a las instalaciones de la UGEL 05:
1. Presentará su DNI para identificarse o CARTA PODER (De ser el apoderado presentar también DNI de ambos)
2. Se le entregará una FICHA DE XXXXXX, en el cual consignará los siguientes datos: ORDEN DE MÉRITO/ NIVEL/ESPECIALIDAD/NOMBRE Y APELLIDOS/DNI.
b) DURANTE LA ADJUDICACIÓN:
✓ El moderador llamará de acuerdo al estricto orden de mérito por nivel y especialidad de acuerdo a la programación establecida, para ello el docente a quien se llama deberá presentar su DNI ante el Comité.
✓ El moderador solicitará al postulante que indique la plaza a elegir, recordándole que no hay cambios luego de ser adjudicado.
✓ Una vez el postulante elija la plaza vacante, el moderador preguntará si es conforme la elección de la misma, el postulante deberá dar conformidad de dicha elección y firmará el padrón de adjudicados.
✓ Finalmente se desplazará a la estación de IMPRESIÓN DE ACTAS para poder firmar su acta de adjudicación.
c) IMPORTANTE:
Tomar en cuenta los lineamientos establecidos en el DECRETO SUPREMO N° 001-2023-MINEDU numerales:
• Numeral 22.7 El postulante que no pueda asistir a la adjudicación puede nombrar a un representante mediante carta poder simple, quien elige la vacante y recibe el acta de adjudicación
• Numeral 22.8 El postulante o su representante que no se presente en el acto de adjudicación, o que estando presente decide no adjudicarse una vacante, mantiene latente su ubicación en el cuadro de mérito en espera de nuevas vacantes que se generen, esta acción puede ser desarrollada en UNA ÚNICA OPORTUNIDAD ADICIONAL, de no adjudicarse en dicha oportunidad queda retirado del cuadro de méritos.
• Numeral 22.11 El postulante adjudicado puede presentar su desistimiento ante el comité hasta antes de la emisión de la resolución de contrato, quedando retirado del cuadro de méritos.
• Disposiciones complementarias:
Segunda. -
(i) Conforme al artículo 40 de la Constitución Política del Perú ningún funcionario o servidor público puede desempeñar más de un empleo o cargo público remunerado, con excepción de uno más por función docente, dicha disposición es concordante con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Nº 28175, Xxx Xxxxx del Empleo Público.
(ii) El postulante con vínculo laboral vigente (nombrado o contratado), que postule a una plaza vacante en el proceso de contratación docente como percepción adicional, debe presentar en el acto de la adjudicación dos cartas: una carta suscrita por el Director de la IE o la entidad donde se encuentra nombrado o contratado y una carta del Director de la IE donde desea adjudicarse. En ambos casos, las cartas deberán elaborarse según el anexo 19 de la presente norma, precisando el turno y horario de ingreso y salida durante todo el año.
De ser modificado el horario o lugar de prestación de servicios en alguna de las entidades donde se encuentra nombrado o contratado, debe comunicar dicho cambio al Director de la IE donde fue adjudicado como vínculo laboral adicional y a la UGEL a fin de que evalúe la incompatibilidad horaria y de distancia
(iii) El Comité, debe verificar que la distancia entre los centros de trabajo sea razonable y posible de cumplir; así como, los horarios de trabajo no deben sobreponerse de tal modo que una jornada no afecte a la otra, incluso si ambos se desarrollan en la misma IE o UGEL. De lo contrario no procede la adjudicación
(iv) Excepcionalmente se permite la doble adjudicación en los siguientes supuestos:
a) Para la cobertura de las horas vacantes (bolsa de horas) señaladas en el literal c) del numeral 13.1 del artículo 13 de la presente norma, se permite que pueda darse dos o más adjudicaciones a un mismo postulante en un mismo acto de adjudicación, siempre que esta no exceda en su sumatoria general la jornada de treinta (30) horas pedagógicas y el postulante no tenga previamente vínculo laboral con el Estado.
b) Contratos de hasta una jornada máxima de 21 horas pedagógicas adicionales al primer vínculo laboral.
c) Contratos de hasta 30 horas pedagógicas si el primer vínculo laboral no supera las 21 horas pedagógicas.
El requisito adicional para que se configure la excepción a la prohibición xx xxxxx percepción de ingresos, es la inexistencia de incompatibilidad horaria y de distancia, con el nuevo cargo a asumir.
EL COMITÉ 13/02/2024