CONVENIO DE COOPERACIÓN PARA FACILITAR UN PROCESO EDUCATIVO
CONVENIO DE COOPERACIÓN PARA FACILITAR UN PROCESO EDUCATIVO
Entre los suscritos, a saber, XXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX, mayor de edad, vecina de Bogotá, identificado con cédula de ciudadanía número 1.020.719.985 de Bogotá D.C quien obra en nombre y representación de FUNDACIÓN EDUCAMÁS, entidad sin ánimo de lucro identificada con NIT.900.629.163 (En adelante EDUCAMÁS)
y ) , mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía número de
, quien actúa en nombre propio (En adelante EL ESTUDIANTE), se suscribe el presente convenio de naturaleza civil y sin ánimo de lucro que se rige por las cláusulas que más adelante se indican, previas las siguientes:
CONSIDERACIONES
1. Que EDUCAMÁS es una entidad sin ánimo de lucro, cuyo objeto social le permite desarrollar, entre otras, actividades tendientes a “promover y adelantar actividades de apoyo a la formación integral de jóvenes y adultos colombianos menos favorecidos económicamente en las áreas de educación técnica, tecnológico y profesional.”
2. Que EDUCAMÁS es entidad sin ánimo de lucro interesada en apoyar la educación en el país.
3. Que EDUCAMÁS ha desarrollado importantes vínculos con empresas privadas que comulgan con el interés de promover la educación entre sus trabajadores, familiares de sus trabajadores o terceros ajenos a sus organizaciones, mediante los cuales tales empresas efectúan donaciones a EDUCAMÁS con el objeto de que los recursos donados sean destinados al patrocinio de programas educativos.
4. Que EDUCAMÁS también ha desarrollado importantes vínculos con entidades educativas privadas, las cuales otorgan beneficios económicos, tales como descuentos o facilidades de pago, a las personas que emprenden procesos educativos patrocinados o auspiciados por EDUCAMÁS.
5. Que EDUCAMÁS también ha logrado desarrollar importantes vínculos con profesionales de diferentes carreras quienes están dispuestos a donar parte de su tiempo para servir como mentores de los estudiantes que hacen parte de los programas de fomento y patrocinio de la educación que constituyen la razón de ser de EDUCAMÁS.
6. Que EL ESTUDIANTE está interesado en estudiar (Nombre del programa), programa académico que se debe cursar en (Nombre de la universidad) semestres en (Número de semestres).
7. Que EL ESTUDIANTE ha dado a conocer dicho interés a EDUCAMÁS y ha aprobado satisfactoriamente todos los procedimientos internos que le permiten a EDUCAMÁS vincularlo dentro de sus programas de fomento y patrocinio de educación.
8. Que, en vista de tal aprobación, EDUCAMÁS ha ofrecido y EL ESTUDIANTE ha aceptado formar parte de los programas de cooperación para el fomento de la educación, que constituyen la razón de ser de EDUCAMÁS.
9. Que EL ESTUDIANTE entiende que el compromiso que adquiere, de completar EL PROGRAMA ACADÉMICO, es de la esencia de este convenio, como quiera que la culminación exitosa del mismo fomentará la vinculación de más empresas patrocinadoras, más entidades educativas facilitadoras, más profesionales que sirvan de mentores y más personas interesadas en cursar y completar futuros programas académicos.
10. Que EL ESTUDIANTE ha obtenido un cupo para cursar EL PROGRAMA ACADÉMICO.
11. Por lo tanto, EL ESTUDIANTE libre y conscientemente acepta todos y cada uno de los compromisos que adquiere en virtud de la celebración del presente convenio
Bajo estas consideraciones, EDUCAMÁS y EL ESTUDIANTE, en adelante LAS PARTES, acuerdan formalizar una relación de colaboración y mutuo beneficio, sin ánimo de lucro, conforme con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.
En virtud del presente Convenio, EDUCAMÁS y EL ESTUDIANTE se comprometen mutuamente a realizar las actividades necesarias para que EL ESTUDIANTE complete EL PROGRAMA ACADÉMICO.
SEGUNDA. COMPROMISOS DE EDUCAMÁS.
En virtud de la celebración del presente convenio, EDUCAMÁS se compromete a:
2.1 Patrocinar EL PROGRAMA ACADÉMICO escogido por EL ESTUDIANTE, con parte de los recursos propios que posee, derivados de las donaciones recibidas.
2.2 Sufragar y pagar, en desarrollo del patrocinio, la suma requerida por el estudiante para el apoyo DEL PROGRAMA ACADÉMICO.
2.3 Trasladar a EL ESTUDIANTE los beneficios económicos que las entidades educativas pudieran concederle a EDUCAMÁS para fomentar la vinculación de estudiantes con los programas académicos que ofrezcan dichas entidades. Sin pretender una lista taxativa de tales beneficios, se incluyen: (i) los descuentos en el valor de las matrículas o (ii) facilidades o plazos para el pago.
2.4 Darle un acompañamiento a EL ESTUDIANTE durante el desarrollo del PROGRAMA ACADÉMICO, mediante la designación gratuita de un mentor ante el cual EL ESTUDIANTE pueda plantear inquietudes, dudas o consultas ligadas, en todos los casos, con EL PROGRAMA ACADÉMICO.
2.5 Administrar bajo las condiciones que más adelante se establecen en el presente documento, los recursos que ahorrará EL ESTUDIANTE para asegurar el pago de los restantes periodos académicos de EL PROGRAMA ACADÉMICO.
TERCERA: COMPROMISOS DE EL ESTUDIANTE
En virtud de la celebración del presente convenio, EL ESTUDIANTE se compromete a:
3.1 Cursar y completar satisfactoriamente EL PROGRAMA ACADÉMICO.
3.2 Cumplir con los reglamentos y llenar todos los requisitos establecidos por (Nombre de la universidad) para completar EL PROGRAMA ACADÉMICO y obtener el título correspondiente.
3.3. Desarrollar, durante el transcurso de cada periodo académico, un programa de ahorro constante que le permita asegurar los recursos necesarios continuar con los patrocinios siguientes, hasta completar EL PROGRAMA ACADÉMICO.
3.4 Nombrar como administrador irrevocable de los recursos que ahorrará para el pago del PROGRAMA ACADÉMICO a EDUCAMÁS, según lo que se indica más adelante.
3.5 Reembolsar a EDUCAMÁS el valor pagado en desarrollo de lo indicado en el numeral 2.2., de la cláusula anterior, en caso de retirarse del PROGRAMA ACADEMICO y/o en caso de no completarlo, por cualquier causa.
CUARTA. MENTORES
EDUCAMÁS cuenta con un programa de mentoria a través del cual ha logrado vincular profesionales de diferentes áreas para colaborar con la formación de EL ESTUDIANTE.
El programa de Mentoría Estudiantil hace parte fundamental de EDUCAMÁS, el objetivo del programa es acompañar y apoyar al estudiante en su proceso académico y profesional durante el semestre. Es así, como cada estudiante estará acompañado por un mentor durante el semestre. Dependiendo del semestre al que ingrese le corresponderá un módulo a cursar por el estudiante. Se realizarán 3 sesiones de mentoria virtualmente y tendrán una duración entre 25 y 30 minutos. Cursar el módulo semestral es fundamental para continuar con el patrocinio de EDUCAMÁS el siguiente semestre.
En caso de que EL ESTUDIANTE lo requiera, y existan profesionales disponibles en áreas compatibles con EL PROGRAMA ACADÉMICO, EDUCAMÁS asignará un módulo a cursar con el mentor que realizara acompañamiento limitado a EL ESTUDIANTE durante cada periodo académico.
Así, EDUCAMÁS indicará, durante cada período académico, quién será el mentor asignado a EL ESTUDIANTE para que inicie su programa de mentoria estudiantil de acuerdo con lo estipulado por EDUCAMÁS según su perfil.
El mentor será de libre nombramiento y remoción de EDUCAMÁS y EL ESTUDIANTE entiende que la existencia de los programas de mentoria se desarrolla sobre la base de la buena voluntad y disponibilidad de tiempo de los mentores, de tal manera que no presentará ninguna queja o reclamo a EDUCAMÁS por las limitaciones de tiempo que puedan tener los mentores o por la ausencia de mentores durante uno o varios periodos académicos.
Así mismo, EL ESTUDIANTE reconoce que sus resultados académicos dependen de su propio esfuerzo y no de la existencia de los programas de mentoria.
QUINTA. PROGRAMA DE AHORRO.
EL ESTUDIANTE entiende y acepta que la realización de un esfuerzo personal, programado y disciplinado de ahorro de dinero es esencial para completar EL PROGRAMA ACADÉMICO.
Por tanto, se compromete a desarrollar un programa de ahorro mensual por un periodo de 6 meses por valor de $ , para facilitar la disposición de fondos para efectuar el pago de los períodos académicos a partir del segundo y hasta el último necesario para completar EL PROGRAMA ACADÉMICO.
SEXTA. AUTORIZACIÓN DE DESCUENTOS
EL ESTUDIANTE entiende y acepta que, para garantizar el programa de ahorro indicado en la cláusula anterior, es necesario tramitar y radicar ante su empleador esta solicitud y autorización de descuentos mensuales por nómina del valor indicado en dicha cláusula y la instrucción irrevocable de consignar dicho dinero en la cuenta bancaria de EDUCAMÁS, en el contexto de lo que se indica en la siguiente cláusula.
SÉPTIMA. MANDATO PARA ADMINISTRACIÓN DE AHORROS.
7.1 Con la firma del presente convenio EL ESTUDIANTE nombra a EDUCAMÁS como su mandatario para la administración de los recursos de propiedad de EL ESTUDIANTE que serán destinados para el pago de los periodos académicos, todo de conformidad con lo indicado en la cláusula anterior.
7.2 EL ESTUDIANTE confiere el mandato bajo las siguientes premisas:
a. Los recursos serán entregados mensualmente a EDUCAMÁS por parte del empleador de EL ESTUDIANTE.
b. En caso de que los recursos no sean entregados vía descuento de nómina, EL ESTUDIANTE declara que dentro de los dos (2) días siguientes a la fecha en que hayan debido ser entregados por el empleador, entregará, de sus propios recursos, el valor equivalente a la cuota mensual, a fin de mantener constante su nivel de ahorro mensual.
c. Los recursos tendrán que ser depositados por EDUCAMÁS en una cuenta de ahorros, corriente o fiduciaria en una entidad financiera autorizada para funcionar por la Superintendencia Financiera.
Para estos efectos, se establece que la cuenta corriente es la número 22717420197 del Bancolombia.
d. Los recursos solo podrán ser utilizados por EDUCAMÁS para el pago de los periodos académicos facturados por la entidad educativa en la cual EL ESTUDIANTE desarrolla EL PROGRAMA ACADÉMICO.
e. EDUCAMÁS tendrá que llevar una cuenta contable para la contabilización de los recursos de EL ESTUDIANTE, para determinar cuánto recibe mensualmente y cuánto paga a la entidad educativa.
f. EDUCAMÁS tendrá que presentar un informe o balance trimestral de los movimientos y saldos de la cuenta de EL ESTUDIANTE.
g. En caso de que por cualquier razón EL ESTUDIANTE interrumpa sus estudios, se retire o sea retirado de EL PROGRAMA ACADEMICO, autoriza a EDUCAMÁS para descontar y reembolsarse las sumas de dinero mencionadas en la sección 2.2., para cumplir con la finalidad indicada en la sección 3.5, de este contrato.
h. En caso de que luego de efectuado el reembolso antes indicado existan sumas ahorros remanentes de propiedad de EL ESTUDIANTE, EDUCAMÁS deberá reembolsarlos en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles. En caso contrario, si hubiere un faltante, EL ESTUDIANTE se compromete a pagarlo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que EDUCAMÁS le haga la solicitud de completar el reembolso. Este convenio constituirá título ejecutivo, junto con la comunicación en donde se solicita completar el reembolso.
7.3 Con la firma del presente documento EDUCAMÁS acepta el mandato en los términos antes conferidos.
OCTAVA. VIGENCIA. Este convenio tiene una vigencia indefinida, pero determinable por la duración de EL PROGRAMA ACADÉMICO y cumplimiento de los requisitos de EDUCAMÁS.
Este convenio puede terminarse de manera anticipada en caso de que EL ESTUDIANTE, por cualquier razón suspenda, se retire o sea retirado de EL PROGRAMA ACADÉMICO y, en estos eventos, se dará aplicación a las cláusulas 2.2., 3.5, 7.2 h) y 7.2 i) de este convenio.
NOVENA. DECLARACIONES DE LAS PARTES Y NATURALEZA DE LA RELACIÓN.
9.1 LAS PARTES efectúan las siguientes declaraciones:
a. No existe entre ellas un contrato xx xxxxxxxx de dinero para el pago del primer periodo académico.
b. Los recursos que EL ESTUDIANTE destina para su ahorro mensual programado, son de propiedad de EL ESTUDIANTE.
c. Debido a las dos declaraciones anteriores, los descuentos de nómina que EL ESTUDIANTE le pedirá a su empleador que realice, para asegurar el programa de ahorro mensual, y su posterior consignación en cuentas de EDUCAMÁS, en desarrollo del mandato acordado en la cláusula séptima, no constituye una operación de libranza ni una operación de captación de recursos por parte de EDUCAMÁS.
d. El reembolso de que tratan las cláusulas 2.2. y 3.5, entre otras, no constituye el pago de un préstamo ni de una penalidad, sino el reembolso de un beneficio concedido unilateralmente por EDUCAMÁS; reembolso causado por el retiro de EL ESTUDIANTE de EL PROGRAMA ACADÉMICO.
e. Por la ejecución del mandato acordado en la cláusula séptima,
EDUCA MÁS no percibe remuneración alguna.
9.2 Debido a todo lo anterior, LAS PARTES manifiestan que el presente contrato refleja fielmente su intención de ejecutar un convenio de cooperación atípico de naturaleza civil y no la de constituir ningún tipo de sociedad, consorcio, contrato de cuentas en participación u otra forma de asociación, conservando cada una de las partes total independencia frente a la otra.
DÉCIMA. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
El presente acuerdo al igual que la información que una parte reciba de la otra en desarrollo del presente Convenio, tiene carácter de información confidencial y en consecuencia ninguna de LAS PARTES podrá revelar a terceros la información confidencial sin autorización previa, expresa y escrita de la otra parte, salvo por orden de autoridad judicial o administrativa competente. La confidencialidad a que se refiere esta cláusula se mantendrá hasta que la información adquiera el carácter de publica o hasta el momento en que la otra Parte autorice se revelación.
De igual forma, la información suministrada por EL ESTUDIANTE en el formulario de suscripción y en los demás documentos que se deriven de la
ejecución del presente convenio estará cobijada por la política de protección de datos de EDUCAMÁS.
UNDÉCIMA. MODIFICACIONES AL CONVENIO.
Cualquier modificación o adición al presente Convenio deberá constar por escrito y firmado por las partes.
DÉCIMA SEGUNDA. NO RENUNCIA.
La falla o demora de una de las partes en exigir cualquier derecho que le corresponda bajo el presente Convenio no se entenderá como una renuncia del mencionado derecho, ni puede por tanto interpretarse como una exoneración de responsabilidad por la otra Parte.
DÉCIMA TERCERA. DIVISIBILIDAD:
En el evento en que alguna disposición del presente Convenio sea declarada nula por autoridad competente o resulte inaplicable por cualquier circunstancia, las Partes acordarán los mecanismos que permitan sustituir adecuadamente la disposición nula o inaplicable, y en todo caso, seguirán cumpliendo con los demás términos del presente Convenio en cuanto ello sea legalmente posible.
DÉCIMA CAURTA. LEY APLICABLE. –
El presente acuerdo será interpretado, ejecutado, terminado y liquidado de conformidad con las leyes de la República de Colombia.
DÉCIMA QUINTA. JURISDICCIÓN.
Cualquier diferencia que surja entre las Partes relativa a la celebración, ejecución, interpretación o terminación del presente Convenio, que no pueda ser resuelta amigablemente entre ellas dentro de los 30 días calendario siguientes a la fecha de la comunicación mediante la cual alguna de las partes informe a las otras de su existencia, deberá ser resulta primero por medio de la conciliación en un centro debidamente acreditado y en segunda medida por la justicia ordinaria.
DÉCIMA SEXTA. ACUERDO TOTAL. - El presente Convenio contiene todos los acuerdos entre las partes y, por tanto, reemplaza y deja sin efecto los convenios que anteriormente se hubieren celebrado entre ellas sobre el
mismo o similar objeto, así como los demás documentos o acuerdos preliminares que pudieran existir entre todas o algunas de ellas.
DÉCIMA SEPTIMA. NOTIFICACIONES: Las notificaciones que sean necesarias en el desarrollo del presente Convenio se harán en forma escrita, por correo certificado, correo electrónico o fax, y serán dirigidas a las siguientes direcciones:
ESTUDIANTE | EDUCA MÁS |
Nombre: | Persona de contacto: XXXXX XXXXXXXXX XXXXX |
Dirección: | Dirección: Xxxxx 00 #00-00 Of 309 |
E-mail: | |
Teléfono: | Teléfono: 0000000000 |
Todas las notificaciones se entenderán surtidas al día hábil siguiente al envío por cualquiera de los medios indicados arriba, a las direcciones previstas en esta cláusula.
En constancia se firma por las partes a los días del mes de de 201
CC NO. ESTUDIANTE
XXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX
CC NO. 1020719985 REPRESENTANTE LEGAL EDUCA MÁS