EDDY ALBERTO GARCÍA CAMPOS
“ANÁLISIS CRÍTICO JURÍDICO SOBRE EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO CELEBRADO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE RETALHULEU Y NEGOCIOS CONSOLIDADOS XXX XXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA Y SU IMPACTO EN LA RECAUDACIÓN DE FONDOS POR PARTE DE LA MUNICIPALIDAD.”
XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX
FONDOS POR PARTE DE LA MUNICIPALIDAD.”
TRABAJO DE GRADUACIÓN PRESENTADO POR:
XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX
PREVIO A OPTAR AL GRADO ACADÉMICO DE:
LICENCIADO EN CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES
Y los Títulos Profesionales de
ABOGADO Y NOTARIO
“ANÁLISIS CRÍTICO JURÍDICO SOBRE EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO CELEBRADO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE RETALHULEU Y NEGOCIOS CONSOLIDADOS XXX XXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA Y SU IMPACTO EN LA RECAUDACIÓN DE
AUTORIDADES DE LA FACULTAD, ASESOR Y REVISOR DEL TRABAJO DE GRADUACIÓN
DECANO DE LA FACULTAD: Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx
SECRETARIO DE LA FACULTAD: Lic. Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
ASESOR: Lic. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx
REVISOR: Licda. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx
REGLAMENTO DE TESIS ARTICULO 8º: RESPONSABILIDAD
Solamente el autor es responsable de los conceptos expresados en el trabajo de tesis. Su aprobaciónen manera alguna implica responsabilidadpara la Universidad.
ÍNDICE
Pág.
INTRODUCCIÓN 01
CAPÍTULO I
EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
1.1 Antecedentes 04
1.2 Definición 04
1.3 Características 05
1.3.1 Principal… 05
1.3.2 Consensual… 06
1.3.3 Bilateral… 06
1.3.4 Oneroso 06
1.3.5 Conmutativo 06
1.3.6 Temporalidad 06
1.3.7 Tracto Sucesivo 06
1.4 Elementos… 07
1.4.1 Personales… 07
1.4.1.1 Arrendante o Arrendador… 07
1.4.1.2 Arrendatario 07
1.4.2 Reales… 08
1.4.2.1 La cosa u objeto 08
1.4.2.2 El Precio… 09
1.4.3 Formal… 09
1.5 Obligaciones Previas del Contrato de Arrendamiento 10
1.5.1 Identificación de los comparecientes… 10
1.5.2 Acreditación del derecho de propiedad sobre el bien objeto del contrato 10
1.5.3 Acreditación de la Representación Legal… 10
1.6 Obligaciones Posteriores del Contrato de Arrendamiento 10
1.6.1 Extensión del Primer Testimonio… 10
1.6.2 Remisión del Testimonio Especial… 11
1.6.3 Registro de la Escritura Pública del Contrato de Arrendamiento 11
1.6.4 Cobro de Honorarios 11
1.7 Derechos y Obligaciones de los Otorgantes… 11
1.7.1 Derechos del Arrendante o Arrendador… 11
1.7.2 Obligaciones del Arrendante o Arrendador… 12
1.7.3 Derechos del Arrendatario 13
1.7.4 Obligaciones del Arrendatario 14
1.8 Causas de extinción del contrato 15
1.8.1 Vencimiento del plazo 15
1.8.2 Convenio Expreso 15
1.8.3 Por perdida de la cosa arrendada 15
1.8.4 Expropiación o Evicción de la cosa arrendada 15
1.8.5 Por Nulidad o Rescisión del contrato de arrendamiento 16
1.9 La Tácita Reconducción 16
1.10 Las Mejoras… 16
Pág.
CAPÍTULO II SOCIEDAD ANÓNIMA
2.1 Antecedentes… 18
2.2 Definición 18
2.3 Características… 18
2.3.1 Es una sociedad capitalista 18
2.3.2 Es una sociedad accionada 19
2.3.3 Sociedad con limitación de la responsabilidad 19
2.3.4 Se identifica con una denominación libre 19
2.3.5 Su administración es revocable 19
2.4 Derechos y Deberes de los Socios… 19
2.4.1 Derechos de los Socios… 19
2.4.1.1 De índole patrimonial 19
2.4.1.2 De índole corporativo o de gobierno 20
2.4.2 Deberes de los socios 20
2.5 Personalidad Jurídica de la Sociedad Anónima 20
2.6 Identificación de la Sociedad 20
2.6.1 Denominación Social 20
2.7 Domicilio 21
2.8 El Capital… 21
2.8.1 Clasificación del Capital… 22
2.8.1.1 Capital Autorizado 22
2.8.1.2 Capital Suscrito 22
2.8.1.3 Capital Pagado 22
2.9 Las Acciones… 22
2.9.1 Clasificación de las acciones… 23
2.9.1.1 Acciones Nominativas… 23
2.10 Órganos de la Sociedad Anónima 23
2.10.1 Órgano de Decisión 23
2.10.1.1 Asamblea General… 23
2.10.1.1.1 Clases de Asambleas… 24
2.10.2 Órgano de Administración 25
2.10.2.1 Formas de Administración 25
2.10.3 Órgano de Fiscalización 26
2.10.3.1 Integración 27
2.11 Disolución 27
2.11.1 Clasificación de la Disolución 27
2.12 Liquidación 29
CAPÍTULO III RETALHULEU
3.1 Antecedentes Históricos 31
3.2 Demografía 32
3.3 Geografía 33
3.3.1 Localización geográfica y distancias… 33
3.3.2 Clima 33
3.3.3 Orografía 34
3.3.4 Hidrología 34
3.4 DivisiónPolítica-Administrativa 34
3.5 Economía 35
3.6 Idioma 36
3.7 Costumbres y Tradiciones… 36
3.7.1 Feria Patronal… 36
3.8 Sistema Vial… 36
3.8.1 Vías de Acceso 37
3.8.2 Principales Carreteras 37
3.9 Centros de Distracción y recreación 38
CAPITULO IV EL MUNICIPIO
4.1 Definición 39
4.2 Elementos del municipio… 39
4.2.1 La Población 39
4.2.2 El Territorio 40
4.2.3 La Autoridad 40
4.2.4 La Comunidad Organizada 41
4.2.5 La Capacidad económica 41
4.2.6 El ordenamiento jurídico… 41
4.2.7 El patrimonio del municipio 41
4.3 Requisitos para la existencia del municipio y su creación 42
4.4 Autoridad Municipal… 43
4.4.1 Concejo Municipal… 43
4.4.1.1 Competencias del Concejo Municipal… 44
4.4.1.2 Comisiones de trabajo 47
4.4.2 Alcaldía Municipal… 47
4.4.2.1 Competencias xxx Xxxxxxx Municipal… 48
4.5 Regulación Legal… 49
4.6 Sistemas de Gobierno Municipal… 50
4.6.1 Sistema de Democracia Directa 50
4.6.2 Sistema de Democracia Representativa 50
4.6.3 Sistema Democrático, Colegial o Ingles… 51
4.6.4 Sistema Democrático de Separación de Poderes o Sistema Francés 51
4.6.5 Sistema Autoritario x Xxxxxx 51
4.6.6 Sistema adoptado por Guatemala… 52
4.7 Autonomía Municipal 52
4.8 Principales órganosy unidades del municipio 53
4.8.1 Secretaria Municipal… 53
4.8.2 Juzgado de Asuntos Municipales… 54
4.8.3 Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal… 54
4.8.4 Auditor Interno 55
4.9 Fondos Municipales… 55
4.9.1 Principales formas de obtención 55
4.9.1.1 Tasas… 55
4.9.1.2 Arbitrios… 55
4.9.1.3 Donaciones… 56
4.9.1.4 Rentas… 56
4.9.1.5 Contribuciones por mejoras 56
4.9.1.6 Aporte Constitucional… 57
CAPITULO V
ANÁLISIS CRÍTICO JURÍDICO SOBRE EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO CELEBRADO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE RETALHULEU Y NEGOCIOS CONSOLIDADOS XXX XXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA Y SU IMPACTO EN LA RECAUDACIÓN DE FONDOS POR PARTE DE LA MUNICIPALIDAD.
5.1 Antecedentes del Contrato de Arrendamiento celebrado entre la Municipalidad de Retalhuleu y Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima 58
5.1.1 Procedimiento para la celebración del Contrato de Arrendamiento 59
5.1.1.1 Petición y Resolución Municipal que autoriza la celebración del contrato de arrendamiento entre la municipalidad de Retalhuleu y Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima 59
5.2 Aspecto Jurídico del Contrato de Arrendamiento celebrado entre la Municipalidad de Retalhuleu y Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima 61
5.2.1 Introducción 61
5.2.1.1 Encabezamiento 61
5.2.1.2 Comparecencia 61
5.2.1.3 Identificación de los Otorgantes… 61
5.2.1.4 Representación Legal… 61
5.2.1.5 Capacidad Legal de los comparecientes… 62
5.2.2 Cuerpo 62
5.2.2.1 Antecedentes 62
5.2.2.1.1 Del bien inmueble arrendado y bienes muebles conexos… 62
5.2.2.2 Estipulaciones o Clausulas Escriturarias… 63
5.2.2.2.1 Estado de los bienes arrendados… 63
5.2.2.2.2 Renta 63
5.2.2.2.3 Plazo 64
5.2.2.2.4 Destino o Uso 64
5.2.2.2.5 Del Mantenimiento de los bienes… 65
5.2.2.2.6 Rescisión del Contrato 65
5.2.2.2.7 Efectos Procesales y Fuero Domiciliar… 65
5.2.2.2.8 Gravámenes y Limitaciones… 66
5.2.3 Conclusión 66
5.2.3.1 Cierre del Instrumento 66
5.2.3.1.1 Aspectos relativos al cierre 66
5.2.3.2 Otorgamiento y Autorización 67
5.2.4 Otros aspectos jurídicos… 67
5.3 Eficacia Jurídica del Contrato de Arrendamiento celebrado entre la municipalidad de Retalhuleu y Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima 67
5.3.1 Inexistencia… 68
5.3.2 Nulidad Absoluta 69
5.3.3 Nulidad Relativa 70
5.3.4 Nulidad Formal 73
5.4 ¿Lesividad del Contrato de Arrendamiento? 75
5.5 Ventajas del Contrato de Arrendamiento 79
CONCLUSIONES 80
RECOMENDACIONES 82
ANEXO… 83
BIBLIOGRAFÍA 85
1
INTRODUCCIÓN
Como estudiante de derecho me he visto motivado a escoger y plantear este punto de trabajo de graduaciónel cual se titula ―Análisis crítico jurídico sobre el contrato de arrendamiento celebrado entre la municipalidad de Retalhuleu y Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima y su impacto en la recaudación de fondos por parte de la municipalidad‖, debido a que la Municipalidad de Retalhuleu, con fecha 23 de diciembre de 2003 celebró un contrato de arrendamiento con la entidad Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima, en la cual la municipalidad cede en arrendamiento una Planta Hidroeléctrica que en ese momento se encontraba sin operar debido a desperfectos por falta de un correcto mantenimiento, por lo que habiéndose suscitado a raíz de la celebración del arrendamiento algunas críticassobre la negociación realizada, tachándola de privatización y de ser un negocio lesivo para los intereses de la municipalidad, proponiendo incluso la rescisión del contrato de arrendamiento, por considerarlo un mal negocio municipal.
La Planta Hidroeléctrica Municipal a la que se hizo referencia en el apartado anterior, antes del momento de la negociación del arrendamiento se encontraba varada, sin funcionamiento, debido a la mala gestión municipal, y consecuentemente sin producir absolutamente nada para la municipalidad, ahora bien la importancia del presente trabajo de graduación radica en establecer la eficacia jurídica del mismo, así como si resulto lesivo o no el contrato de arrendamiento celebrado, para la municipalidad de Retalhuleu.
Y con el fin de cumplir con el objetivo señalado anteriormente, es por ello que el presente trabajo de graduación, pretende determinar cuál fue el marco jurídico en el cual se celebró el contrato, y analizar si el mismo cumplió con los requisitos establecidos en la ley, y los alcances del mismo.
En el presente trabajo de graduación se utilizaron distintos métodos y técnicas de investigación tales como el método del análisis, el cual fue fundamental porque por medio del mismo se estudió el contrato de arrendamiento celebrado en cada una desus partes, porque el fin del método es desfragmentar el todo en sus partes integrantes y que la constituyen con el objeto de darle un estudio singular a cada una de las partes de un todo.Igualmente se utilizaron los métodos de síntesis ligado particularmente al método del análisis, se utilizó el método deductivo e inductivo; entre las técnicas de investigación utilizadas se encuentran: la técnica de la ficha bibliográfica, técnica de la lectura, técnica del resumen.
1
El presente trabajo de graduación ha sido desarrollado en cinco capítulos los cuales brevemente se describen a continuación:
El Capítulo I del presente trabajo de graduación se titula ―el contrato de arrendamiento‖ en el mismo se abordan aspectos relativos a su definición, la forma en que se le conocía en el Derecho Romano y como se configuraba el mismo, aspectos relativos a sus características y elementos personales, reales y formales del mismo, y todas las cuestiones que implica el mismo, este capítulo tiene como fin primordial establecer que es el contrato de arrendamiento y cuál es su función contractual.
El Capítulo II del presente trabajo trata sobre lo referente a la Sociedad Anónima y su definición como institución del derecho mercantil, así como sus características, la forma de identificación de la misma, lo referente al capital, los órganos que la integran y como operan cada uno de ellos, esto con el fin de comprender que implica la existencia de una Sociedad Anónima dentro del tráfico mercantil, dado que una de las partes dentro del contrato de arrendamiento objeto de estudio del presente trabajo es una sociedad anónima y este tema se trata con la finalidad de verificar si la persona jurídica que intervino en la negociación es capaz conforme a la ley.
Posteriormente dentro delCapítulo III de la presente investigación se trata lo referente a Retalhuleu, explicando cómo ha sido su acontecer histórico, así como datos referentes a su demografía, su localización geográfica en el país como en el mundo, determinar su división política-administrativa, lo referente al clima, su producción, las principales vías de acceso y rutas importantes, en fin, proveer un conocimiento sobre Retalhuleu y su importancia dentro de Guatemala, dado que es en este lugar del país donde se desarrolla la negociación del contrato de arrendamiento.
―El Municipio‖ es el título que se le da al capítulo IV del presente trabajo y en el cual se explica todo lo relacionado con el mismo, se da una definición, se establecen cuáles son los elementos del mismo, a quien corresponde la Autoridad Municipal y su Administración, los principales órganos del municipio, lo relativo a la Autonomía Municipal, para actuar dentro del ámbito de su competencia, así como la forma en que el municipio obtiene los fondos con los cuales financia su organización y funcionamiento así como los proyectos de beneficio para el municipio, constituyendo el municipio una de las partes dentro de la negociación del contrato de arrendamiento objeto de estudio del presente trabajo.
El Capítulo V se titula ―Análisis Crítico Jurídico sobre el Contrato de Arrendamiento celebrado entrela municipalidad de Retalhuleuy Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima y su impacto en la recaudación de fondos por parte de la municipalidad.‖ En este capítulo se trata el punto medular de la presente investigación, puesto que en este se analiza de una forma crítica jurídica al contrato de arrendamiento celebrado, estudiándolo en sus partes, verificando si el mismo se realizó atendiendo los requisitos xx xxx y consecuentemente sus implicaciones económicas para la municipalidad de Retalhuleu.
Por lo que en el presente trabajo se plantea la siguiente hipótesis, el contrato de arrendamiento celebrado entre la municipalidad de Retalhuleu y la entidad Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A. fue un buen negocio, principalmente para la municipalidad, puesto que esta de no percibir ingreso alguno por el bien que arrendo, consistente en una Planta Hidroeléctrica, paso a percibir una renta mensual por la misma, sin siquiera invertir un solo centavo en la compostura de dicha Planta y sin correr con el costo del mantenimiento preventivo y correctivo, el contrato de arrendamiento adolece de algunas formalidades, sin embargo, estas no son suficientes para establecer que el contrato no surte eficacia jurídica.
4
CAPITULO I
EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
1.1 Antecedentes:
La presente investigación se origina en el hecho de que laMunicipalidad de Retalhuleu es propietaria de una Planta Hidroeléctrica Municipal, la que por falta de un mantenimiento adecuado se encontraba varada y sin funcionamiento. En el año 2003 una compañía fabricante de papel, ante la necesidad de alguien que le proveyera de energía eléctrica y la cercanía que existía con la Planta Hidroeléctrica Municipal, propone a la Municipalidad de Retalhuleu, el arrendamiento de dicha planta, es por ello que tras la negociacióncon fecha 23 de diciembre de 2003 se celebra un contrato de arrendamiento entre la municipalidad de Retalhuleu y la entidad Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima (propietaria de la fábrica de papel), en el cual la municipalidad cede el uso y goce de la Planta Hidroeléctrica Municipal, de su propiedad, el arrendamiento va a ser objeto de estudio del presente trabajo de graduación por lo que al respecto es oportuno desarrollar el tema en el presente capitulo con el fin de conocer más sobre esta institución del derecho civil.
1.2 Definición:
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx define al arrendamiento como aquel ―Contrato por el que se arrienda, también denominado locación.‖1Y sobre el particular cabe indicar que en el Derecho Romano existió el antecedente del contrato de arrendamiento, el cual en aquella época no se denominaba de esta manera, tal y como lo afirma Xxxxxxxxxx se le conocía como locación,existían tres modalidades de este contrato las cuales se conocían como: la locación de cosas, la locación de obra y la locación de servicios. ―La locación de cosas es equivalente a lo que en nuestro medio se conoce como arrendamiento; la locación de obra es equivalente al contrato de obra o empresa de nuestro código civil; y la locación de servicios sería lo que en nuestro medio se conoce como contrato de trabajo.‖2
En el antiguo Imperio romano los alcances y efectos de lo que hoy conocemos como arrendamiento eran mucho más amplios de lo que en la actualidad comprende su definición, tanto así que sus alcances sobrepasaban lo que se conoce como la esfera del derecho privado, puesto que en la antigua Roma el objeto del contrato no consistía únicamente en permitir el goce o uso de una
1 Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx, Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, Tomo I pág. 368
2 Xxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxxx X., Los contratos en el Derecho Civil guatemalteco (parte especial), pág. 279
4
determinada cosa, sino de realizar una prestación personal, y la cual se configuraba en el contrato de locación de servicios o locatiooperarum.
Xxxxxxx da una definición de contrato de arrendamiento y dice que este ―Es un contrato por el cual una persona se obliga a entregar a otra el goce temporal de una cosa, mediante un precio proporcional al tiempo‖.3Al respecto nuestro código civil de igual forma regula al contrato de arrendamiento en su artículo numero 1880 como ―El contrato por el cual una de las partes se obliga a dar el uso o goce de una cosa por cierto tiempo, a otra que se obliga a pagar por ese uso o goce un precio determinado."
Es licito arrendar todo aquel objeto que se encuentre en el comercio de los hombres y que no esté prohibido expresamente por la legislación vigente. A este respecto nuestro código civil expresa en su artículo 1880 ―todos los bienes no fungibles pueden ser objeto de este contrato, excepto aquellos que la ley prohíbe arrendar y los derechos estrictamente personales.‖
De igual manera Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx expresa que ―Cabe arrendar todas las cosas que pueden ser usadas. De una parte, como objeto, está la cosa entregada en uso; y de la otra, el precio que se abona.‖4
Xxxxxxx nos indica que ―la función de este contrato es consentir al propietario de la cosa, que no necesite o no esté en condiciones de recabar de ella una utilidad directa, un disfrute indirecto, mediante obtención de un equivalente del goce concedido a otro, sin perder la propiedad de ella y, por otra parte, extender la posibilidad de goce de las cosas a quien no pueda o no quiera adquirir la propiedad.‖5Mediante el contrato de arrendamiento el arrendante se obliga a permitir el uso o goce al arrendatario y este se obliga a otorgar una contraprestación consistente en dinero por cada periodo de tiempo fijado en el contrato por el plazo pactado en el contrato.
1.3 Características:
1.3.1 Principal:
El contrato de arrendamiento subsiste por sí solo, no necesita de la existencia de otro contrato, es totalmente independiente.
3Citado por Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx. et al. El Notario ante la Contratación Civil y Mercantil, pág. 336
4 Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx, Ob. Cit., pág. 368
5Citado por Xxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxxx X., Ob. Cit., pág. 280
1.3.2 Consensual:
El contrato se perfecciona, al existir el consentimiento de las partes, aunque la cosa no haya sido entregada aún.
1.3.3 Bilateral:
En el contrato de arrendamiento existen dos partes contratantes que se obligan recíprocamente, en el presente caso, por una parte existe la municipalidad de Retalhuleu quien figura como arrendante y por la otra Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A. como arrendatario.
1.3.4 Oneroso:
Para ambas partes contratantes existen cargas y gravámenes que cumplir, pues tal como lo indica el código civil en su artículo 1880, una parte se obliga a dar el uso o goce de una cosa por cierto tiempo que en este caso consiste en una planta hidroeléctrica y por el contrario la otra parte se obliga a pagar un precio determinado por ese uso o goce, es decir, pagar una renta y la cual en este caso se determina de acuerdo al consumo efectuado.
1.3.5 Conmutativo:
Esta característica del contrato de arrendamiento se refiere a que ―las prestaciones reciprocas de las partes son conocidas y determinadas desde la celebración del contrato, por lo que desde entonces pueden establecer el provecho o la perdida que les cause.‖6De manera que la Municipalidad pudo prever la ganancia que le generaba el contrato, pues luego de que la planta se encontrara ociosa, a través de la celebración del contrato de arrendamiento pasa a generarle una renta.
1.3.6 Temporalidad:
El contrato de arrendamiento se da en el tiempo, ―el tiempo puede ser definido, de manera precisa, o bien, establecerse que será postergable, pero no puede ser a perpetuidad.‖7 Es decir que el contrato aun cuando se celebra por tiempo indeterminado, las partes pueden darlo por terminado.
1.3.7 Tracto Sucesivo:
El contrato de arrendamiento se prolonga y surte sus efectos por el transcurso de un determinado tiempo, es decir que su cumplimiento no se da en un solo acto sino en una serie de actos cuya consumación se prolongan en el tiempo, en el caso del contrato de arrendamiento objeto de estudio se pactó
6Ibíd., pág. 282
7 Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx, et al., Ob. Cit., pág. 336
por un periodo de 10 años, por lo que efectivamente su cumplimiento se prolonga en el tiempo.
1.4 Elementos:
1.4.1 Personales:
1.4.1.1 Arrendante o Arrendador:
No es más que la persona que se obliga a permitir el uso y goce de la cosa objeto del arrendamiento,el código civil en el artículo 1881 establece que ―Puede dar bienes en arrendamiento el propietario que tenga capacidad para contratar,así como el que por ley o pacto tenga esta facultad respecto de los bienes que administra.‖ En ese entendido únicamente una persona con el pleno uso de sus facultades mentales y en el ejercicio de su voluntad y como consecuencia de ella puede dar en arrendamiento un bien de su propiedad. Dentro del Contrato de Arrendamiento celebrado, la municipalidad de Retalhuleu figura como arrendante o arrendador. Y dado que la misma al tenor del artículo 15 del código civil es una persona jurídica y como tal sujeto de derechos y obligaciones, pudo celebrar válidamente dicho contrato.
1.4.1.2 Arrendatario:
El arrendatario es la persona que en el contrato de arrendamiento se obliga a pagar un precio determinado por el uso o goce que se le concede de la cosa objeto del contrato, o bien aquella persona ―que adquiere el uso de la cosa o el derecho a la obra y servicio, a cambio de la cantidad que se compromete a pagar.‖8Dentro del Arrendamiento de la Planta Hidroeléctrica Municipal quien figura como arrendatario es la entidad Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima quien actuó a través de su Administrador Único y Representante Legal debidamente acreditado con el acta de nombramiento de fecha 21 xx xxxxxx de 2002 de la Asamblea General de Xxxxxxxxxxx y la cual se encuentra inscrita en el Registro Mercantil.
El código civil establece en el artículo 1884 algunas limitantes para que determinadas personas puedan tomar en arrendamiento ciertos bienes y al respecto regula lo siguiente: ―No pueden tomar en arrendamiento: 1º Los Administradores de bienes ajenos, los bienes que estén a su cargo; 2º El mandatario, los bienes del mandante, a no ser con el consentimiento expreso de
8 Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx, Ob. Cit., pág. 372
éste; y 3º Los funcionarios y empleados públicos, los bienes que son objeto de los asuntos en que intervienen por razón de su cargo.‖ Por lo que no encontrándose Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A. en dichas causales de prohibición pudo celebrar válidamente el contrato.
1.4.2 Reales:
1.4.2.1 La cosa u objeto:
Esto lo constituye el elemento material que recibe el arrendatario y el cual se le permite usar y gozar por el plazo determinado, y debe ser un objeto no fungible que no esté prohibido por la ley, tal como lo establece el artículo 443 del código civil que ―Pueden ser objeto de apropiación todas las cosas que no estén excluidas del comercio por su naturaleza o por disposición de la ley.‖ El código civil igualmente regula en el artículo 444 cuales son aquellas cosas u objetos que no se encuentran dentro del comercio de los hombres, por ejemplo aquellas ―que no puedan ser poseídas exclusivamente por ninguna persona y por disposición de la ley, las que ella declara irreductibles a propiedad particular.‖
Dentro del Contrato de Arrendamiento celebrado entre la municipalidad de Retalhuleu y Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A. el bien que es objeto de contrato es un bien no fungible dado que no se consume con el uso o goce,el cual es un bien licito de comercio, se trata de una finca propiedad de la municipalidad de Retalhuleu la que se encuentra inscrita bajo el número de finca cuatro mil cuatrocientos treinta y dos, folio cincuenta y ocho del libro veintiséis del departamento de Retalhuleu, en la misma se encuentra una Planta cuyo objeto es la generación de energía eléctrica a base de la fuerza hidráulica del río Ocosito ubicada en el municipio de Retalhuleu, la Planta Hidroeléctrica está conformada por construcciones de ladrillo y un embalse de concreto, maquinaria y equipo consistente en a) Turbina tipo Xxxxxxx, xxxxx maschinenfabric X Xxxxx KG, no. De serie 1701; b) Generador marca AEG tipo XX 000/00, xxxx xxxxx xx. 000,000;
c) Excitador marca CC-GEN tipo EA85; d) Gobernador Hidráulico marca maschinenfabric X Xxxxx KG, No. Serie 104, 031, 958; e) Transformador eléctrico marca AEG tipo XXXX, xx. XX00000 con una capacidad de potencia nominal de
540 KVA; f) Turbina tipo Xxxxxxx, xxxxx Kubota, modelo DV-LF503FZT; g) Generador eléctrico, marca Tokyo Electric IndustryCorporation, tipo HS-TKB de 125 KVA con no. serie F1229G-1; h) Generador eléctrico, marca Tokyo Electric IndustryCorporation, tipo HS-TKB de 125 KVA; i) Incrementador de velocidad marca SHIMADZU Machinery, no. 1HT295-01; j) Transformador eléctrico trifásico,
de 250 KVA en 60 Hz., marca ShinenTecnical; k) conjunto de cables, interruptores y controles de mando.
1.4.2.2 El Precio:
Este elemento lo constituye una determinada suma de dinero o cualquier otra cosa equivalente, siempre y cuando pueda ser cierta y determinada, que el arrendatario otorga al arrendador a cambio del uso o goce de la cosa objeto del contrato. A esta cantidad de dinero igualmente se le conoce como renta y al respecto Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx define renta como ―Ingreso regular que produce un trabajo, una propiedad u otro derecho, una inversión de capital, dinero o privilegio. II Utilidad, fruto, rendimiento o provecho de alguna cosa.‖9 El precio constituye la contraprestación por parte del arrendatario, el precio o la renta debe de ser determinada y dicha determinación ―implica no solo la fijación de su monto, sino el periodo que cubre, pues dado que el arrendamiento es un contrato de tracto sucesivo, la renta o alquiler normalmente se refiere a un periodo del contrato y debe cubrirse periódicamente, conforme a los diferentes periodos convenidos.‖10 La renta del contrato como ya se expuso puede ser determinada pero de igual forma puede ser incierta,es determinada cuando las partes de común acuerdo la fijan dentro del contrato y es incierta cuando las partes en el contrato fijan las bases o reglas que sirvan para determinarla, tal como lo regula el artículo 1538 del código civil, en el caso concreto del contrato de arrendamiento celebrado entre la municipalidad de Retalhuleu y Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A. se establecen las bases sobre las cuales se va a determinar la renta, dividiéndola en dos rubros, por kilovatio de potencia eléctrica generada y por kilovatio hora consumido, el primer rubro es una cantidad fija, el segundo se encuentra condicionado al consumo de energía eléctrica, posteriormente dentro del capítulo V del presente trabajo de graduación se ahondara un poco más sobre este tema.
1.4.3 Formal:
El Código Civil no establece una determinada forma para la celebración de este contrato, puede el mismo celebrarse de manera escrita o verbalmente por las partes pero es de hacer notar que el código civil en su artículo 1575 establece que ―el contrato cuyo valor exceda de trescientos quetzales debe constar por escrito. Si el contrato fuere mercantil puede hacerse verbalmente si no pasa de mil quetzales.‖ Igualmente si el contrato se celebra por un plazo mayor de 3 años
9 Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx, Ob. Cit., Tomo V, pág. 678
10 Xxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxxx X., Ob. Cit., pág. 301
o se ha anticipado la renta por más de un año debe ser inscrito en el Registro de la Propiedad, y en consecuencia para poder ser inscribible debe celebrarse por medio de Escritura Pública de conformidad con lo regulado por el articulo 1125 y 1576 del código civil respectivamente, es importante resaltar que dentro de los parámetros establecidos en la ley el contrato de arrendamiento puede ser celebrado por medio de Documento Privado con Legalización de Firmas. En cumplimiento de dicha norma el contrato de arrendamiento objeto de estudio del presente trabajo se realizó en Escritura Pública.
1.5 Obligaciones Previas del Contrato de Arrendamiento:
1.5.1 Identificación de los comparecientes:
El notario debe verificar la identidad de las personas que comparecen a la celebración del contrato, mediante su documento personal de identificación o pasaporte, así mismo que las personas que figuren en el contrato sean las que se han identificado para el efecto y de igual forma se debe de proceder con las personas que comparezcan dentro del instrumento o figuren en él, tales como los testigos de conocimiento.
1.5.2 Acreditación del derecho de Propiedad sobre el bien objeto del contrato:
El arrendante debe comprobar ya sea mediante el testimonio de la Escritura Pública o Certificación Registral que es legítimo propietario del bien inmueble que está otorgando en arrendamiento, o en su caso si se tratare de un bien mueble, deberá acreditarse la propiedad del mismo conforme la naturaleza del mismo.
1.5.3 Acreditación de la Representación Legal:
El notario debe verificar al momento de identificar a las partes, si estas actúan por sí mismas, o en representación legal de otra persona, con lo cual debe establecer si existe acreditación de la representación a través de los documentos establecidos para el efecto, y determinar si la misma es suficiente para el acto o contrato. Artículo 29 inciso 5º del Código de Notariado.
1.6 Obligaciones Posteriores del Contrato de Arrendamiento:
1.6.1 Extensión del Primer Testimonio:
El Notario debe de extender Testimonio de la Escritura Pública donde se celebró el contrato de arrendamiento a la parte interesada y en el cual deberá hacer constar que el Impuesto al Valor Agregado se cubrirá al momento de la emisión de las facturas que para el efecto deberá emitir el arrendante por concepto del pago de la renta por cada periodo fijado en el contrato. Dicho impuesto se cubre de conformidad con lo establecido en la Ley del Impuesto al Valor Agregado en su artículo 3 numeral 4; y el artículo 4 numeral 5.
1.6.2 Remisión de Testimonio Especial:
El Notario de conformidad con el artículo 37 del Código de Notariado deberá remitir al Director del Archivo General de Protocolos el Testimonio Especial de las Escrituras Públicas que autorice dentro de los veinticinco días hábiles siguientes al otorgamiento de la misma, al celebrarse el Contrato de Arrendamiento en Escritura Pública deberá cumplirse con este precepto legal establecido.
1.6.3 Registro de la Escritura Pública del Contrato de Arrendamiento:
Si el contrato de arrendamiento es celebrado por un plazo mayor de 3 años o igualmente se ha anticipado la renta por más de un año es obligatoria su inscripción en el Registro de la Propiedad de conformidad con el articulo 1125 numeral 6 del Código Civil.
1.6.4 Cobro de Honorarios:
El Notario puede pactar los honorarios libremente con su cliente y en su defecto conforme los porcentajes establecidos en el arancel de notarios de conformidad con el artículo 109 del Código de Notariado.
1.7 Derechos y Obligaciones de los Otorgantes:
1.7.1 Derechos del Arrendante o Arrendador:
El Arrendador o Arrendante goza de una serie de derechos dentro del contrato de arrendamiento y los cuales son establecidos en el código civil.
1.7.1.1 De conformidad con el artículo 1903 del Código Civil el arrendador o arrendante tiene derecho a recibir la renta en el lugar, forma y dentro del plazo convenido dentro del contrato de arrendamiento.
1.7.1.2 Conforme al artículo1904 del código civil el arrendante tiene derecho a que se le pague la cosa hasta el día en que efectivamente la cosa sea devuelta por el arrendatario.
1.7.1.3 El Arrendante tiene derecho a accionar en contra del arrendatario en caso de haberse causado daño por el arrendatario a la cosa objeto del contrato.
1.7.1.4 A exigir al Arrendatario que le dé el uso pactado al bien objeto de arrendamiento o bien según la naturaleza del mismo.
1.7.1.5 A exigir al arrendatario que devuelva la cosa en el mismo estado que le fue entregada, salvo por el deterioro natural que hubiere sufrido la cosa por el transcurso del tiempo.
1.7.2 Obligaciones del Arrendante o Arrendador:
1.7.2.1 El arrendador está obligado a entregar el bien objeto del arrendamiento y debe de entregarlo en un estado servible en el cual pueda ser utilizado por el arrendatario, es decir, que ―consiste tal entrega en un traspaso posesorio del bien en condiciones para servir a su destino que puede ser el que se deriva de la naturaleza del mismo o el que ha sido pactado por las partes.‖11 Sin embargo dentro del contrato de arrendamiento se pactó que el bien que consistía en una Planta Hidroeléctrica que se entregaba en mal estado, es decir, sin funcionalidad y se imponía al arrendatario la obligación de devolverlo en buen estado, en condiciones de funcionalidad, al momento de finalizar el plazo de arrendamiento, esto es posible debido a que existe la libertad de contratación, y la cual fue ejercida por las partes en el presente contrato bajo el principio de la autonomía de la voluntad.
1.7.2.2 El Arrendador tiene la obligación de mantener al arrendatario en el uso o goce pacifico de la cosa durante el plazo pactado en el arrendamiento, igualmente a no interferir ni molestar al arrendatario en el uso o goce de la cosa, tal como lo establece el artículo 1901 del código civil en los numerales 2 y 3.
1.7.2.3 De conformidad con el artículo 1902 del código civil es obligación del arrendador hacer las reparaciones que fueren necesarias para impedir la destrucción o deterioro de la cosa, siempre que hubiese sido avisado de la urgencia de tal reparación por el arrendatario. Cabe mencionar que si el arrendador hiciere caso omiso a este aviso, el arrendatario puede rescindir el contrato o puede acudir ante juez competente con el fin de que este autorice realizar las reparaciones x xxxxx del arrendador, pudiéndose abonar este costo a la renta periódica.
1.7.2.4 El arrendador está en la obligación de pagar los impuestos fiscales y municipales de la cosa, tales como el Impuesto al valor agregado y el Impuesto único sobre inmuebles.
1.7.2.5 El autor Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx00 indica que a este contrato también se le puede aplicar las normas relativas al saneamiento en el contrato de compraventa, sea esta por evicción o por vicios ocultos, por lo que el arrendador deberá responder directamente cuando el arrendatario se vea imposibilitado de continuar usando o gozando la cosa por alguna de las causas que den lugar al saneamiento en la compraventa.
1.7.3 Derechos del Arrendatario:
El arrendatario al igual que el arrendador dentro del contrato de arrendamiento tiene una serie de derechos y obligaciones que cumplir de conformidad con lo que establece el código civil, entre los cuales se puede mencionar los siguientes:
1.7.3.1 El arrendatario tiene el derecho de servirse de la cosa de conformidad con lo pactado en el contrato de arrendamiento o a falta de convenio según la naturaleza de la cosa.
1.7.3.2 El arrendatario tiene derecho a que ninguna persona, ni el mismo arrendador, le impida usar y gozar la cosa objeto del arrendamiento, articulo 1901 numeral 3 del código civil.
1.7.3.3 El arrendatario tiene derecho a pedir al arrendador que haga las reparaciones para impedir el deterioro o destrucción de la cosa arrendada de conformidad con los términos del artículo 1902 y 1909 del código civil.
1.7.3.4 De conformidad con el artículo 1917 del código civil el arrendatario tiene el derecho a que le abonen las mejoras que hubiese hecho, si se hubiere pactado en el contrato tal circunstancia.
1.7.4 Obligaciones del Arrendatario:
1.7.4.1 El arrendatario tiene la obligación de pagar el precio por el uso o goce de la cosa, lo que se conoce de igual forma como renta, y se va a pagar de conformidad con el monto y forma y lugar en el que se pactó en el contrato de arrendamiento, tal como lo regula el art. 1903 del código civil el que establece que ―el arrendatario está obligado a pagar la renta desde el día en que reciba la cosa, en los plazos, forma y lugar convenidos‖.
1.7.4.2 El arrendatario igualmente tiene la obligación de dar el uso a la cosa de conformidad con lo pactado en el contrato, al respecto el articulo 1907 numeral 1 del código civil establece que ―El arrendatario está obligado: 1º A servirse de la cosa solamente para el uso convenido y a falta de convenio para el que corresponda según su naturaleza y destino.‖ Dentro del contrato de arrendamiento que es objeto de estudio del presente trabajo, el arrendatario se obliga expresamente a destinar la Planta Hidroeléctrica Municipal para el uso para el que fue creada, que es el de generar energía eléctrica en base a la fuerza hidráulica que provee el río Ocosito.
1.7.4.3 El arrendatario debe responder de todos los daños o deterioro que se le hubiese ocasionado a la cosa objeto del arrendamiento por su culpa o de quienes se encuentren en el uso y goce de la cosa con autorización del arrendatario, tal como lo regula el Artículo 1907 numeral 2 del código civil.
1.7.4.4 El arrendatario al momento de cumplirse el plazo del arrendamiento tiene la obligación de devolver la cosa en el mismo estado en que se le fue entregada tomando en cuenta el deterioro sufrido por el transcurso del tiempo y siempre que las partes no hubieran pactado que la cosa debía de entregarse en un estado distinto al recibido inicialmente, tal como lo regula el Articulo 1907 numeral 3 del código civil.
1.7.4.5 El arrendatario tiene la obligación de no mudar la forma de la cosa arrendada sin el consentimiento del arrendante, tal como lo establece el artículo 1893 del código civil, cabe indicar que el citadoartículoimponeesta
obligación para ambas partes contratantes, en el contrato de arrendamiento objeto de estudio del presente trabajo la parte arrendataria se obliga a no efectuar modificaciones o reformas en los bienes arrendados.
1.7.4.6 Dentro del contrato de arrendamiento objeto de estudio la parte arrendataria se obliga frente a la parte arrendante en el mantenimientopreventivo que sea necesario para el funcionamiento de la planta hidroeléctrica, igualmente se obliga a realizar reparaciones derivadas del desgaste o uso normal que se tenga de la planta.
1.8 Causas de Extinción del Contrato:
1.8.1 Vencimiento del plazo:
De conformidad con el artículo 1928 del código civil el contrato de arrendamiento termina por el cumplimiento del plazo fijado en el contrato, o por la ley, o por estar satisfecho el objeto para el que la cosa fue arrendada.
1.8.2 Convenio Expreso:
Las partes de común acuerdo pueden dar por terminado el contrato de arrendamiento cuando así lo deseen. Artículo 1909 numeral 1 del código civil.
1.8.3 Por perdida de la cosa arrendada:
De conformidad con el numeral 3 del artículo 1909 del código civil, el contrato puede darse por terminado si la cosa objeto del arrendamiento se pierde o se destruye, ―por lo mismo se debe entender que el contrato se extingue, cesando a partir de entonces la relación arrendaticia.‖13 En el contrato de arrendamiento que es objeto de estudio del presente trabajo, la municipalidad de Retalhuleu exime de responsabilidad alguna a Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A. en caso de deterioro, destrucción de los bienes proveniente de un caso fortuito o fuerza mayor, por lo que en ese caso se tendrá por rescindido el contrato, y esto es comprensible porque ante tales eventualidades no media culpa del arrendante.
1.8.4 Expropiación o Evicción de la cosa arrendada:
Al igual que en la pérdida o destrucción, la expropiación o evicción de la cosa arrendada es una causal de extinción del arrendamiento y tiene como consecuencia el ―perecimiento jurídico de ella, en el sentido de que se priva al
propietario o arrendador de todo derecho a ella.‖14 En consecuencia el arrendamiento se queda sin objeto alguno, perjudicando igualmente al arrendatario.
1.8.5 Por nulidad o rescisión del contrato de arrendamiento:
Al respecto el articulo 1929 numeral 2 del código civil lo regula como una causa de terminación o extinción del contrato de arrendamiento, y sobre las causas especiales que pueden dar lugar a esto las enumera el artículo 1930 del mismo cuerpo legal. La nulidad sea esta absoluta o relativa puede sobrevenir de una declaración judicial, debiéndose tomar en cuenta lo que el código de notariado regula en su artículo 32 al respecto―la omisión de las formalidades esenciales en los instrumentos públicos, da acción a la parte interesada para demandar su nulidad, siempre que se ejercite dentro del término de cuatro años, contados desde la fecha de su otorgamiento.‖ De igual forma la rescisión de un contrato puede darse de manera voluntaria que vendría a configurarse como una terminación por convenio expreso entre las partes o puede darse a través de una declaración judicial.
1.9 La Tácita Reconducción:
Tal como lo regula el artículo 1887 del código civil, si el arrendatario al finalizar el plazo del contrato de arrendamiento no devuelve la cosa arrendada al arrendador y este no la reclama y en cambio este continua recibiendo la renta por parte del arrendatario, por imperio de la ley se tiene por prorrogado elcontrato de arrendamiento por un plazo indefinido, cabe resaltar que si existiera alguna fianza que algún tercero hubiere prestado se tienen por extinguidas y no se prorrogan junto con el contrato, en el caso del contrato de arrendamiento objeto de estudio del presente trabajo, no puede configurarse la tacita reconducción debido a que el bien municipal se dio por un término de 10 años, cuyo plazo fue autorizado por el concejo municipal de Retalhuleu, por lo que debido a eso, para renovar el contrato es necesario que esta autoridad municipal lo autorice.
1.10 Las Mejoras:
―Las mejoras se traducen en las obras del arrendatario, que confieren al bien objeto de arrendamiento un aumento de valor.‖15 Y estas obras no deben de mudar la forma de la cosa, sino únicamente ser accesorias y darle de ciertaforma una estética o funcional mejoría a la cosa, al respecto Xxxxx
14 Xxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxxx X., Ob. Cit., pág. 331
define xxxxxxxxxx como ―las obras del arrendatario que, sin asumir una fisonomía individual, confieren a la cosa un aumento de valor.‖16
Las mejoras se clasifican en necesarias, útiles y de recreo. Artículo 1916 del código civil y a continuación se detallan cada una de ellas:
1.10.1 Mejoras Necesarias:
Son aquellas que realiza el arrendador con el fin de preservar la cosa arrendada e impedir su deterioro o destrucción y las cuales constituyen una obligación para él, en el caso que el arrendador no las hiciere, el arrendatario puede realizarlas x xxxxx del arrendante con intervención judicial. Articulo 1902 y 1916 del código civil, en el caso del contrato de arrendamiento que es objeto de estudio del presente trabajo, por mutuo acuerdo la responsabilidad de las mejoras catalogadas como necesarias pasan a ser de la parte arrendataria, es decir de Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A.
1.10.2 Mejoras Útiles:
Esta clase de mejoras no constituyen una obligación para el arrendador, y corren por cuenta del arrendatario en el caso que este decida realizarlas, las mejoras útiles no tiene otro fin más que el de aumentar el valor de la cosa arrendada, esta clase de mejoras no deben de mudar la forma de la cosa, salvo que exista consentimiento expreso del arrendante. Artículo1915, 1916, 1921 y 1925 del código civil.
1.10.3 Mejoras de Recreo:
El artículo 1916 tercer párrafo define a las mejoras de recreo como aquellas que sin ser necesarias ni útiles, sirven para ornato o lucimiento o mayor comodidad, es decir, que estas mejoras proveen de mejor utilidad o comodidad al arrendatario en el uso o goce de la cosa arrendada, un ejemplo de ello sería ampliar o redecorar la sala de una casa con el fin de gozar de un espacio mucho más amplio y al gusto del arrendatario.
18
CAPÍTULO II SOCIEDAD ANÓNIMA
2.1 Antecedentes:
En el presente capitulo se tratara el tema de la Sociedad Anónima, debido a que dentro del Contrato de Arrendamiento que es objeto de estudio del presente trabajo de graduación la parte que figura como arrendataria es precisamente una Sociedad Anónima denominada Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A. por lo que se hace necesario entrar a conocer aspectos relativos a esta institución de tipo mercantil y sus implicaciones.Previamentea ahondar en el tema de la Sociedad Anónima, se hace necesario establecer aspectos referentes a la parte arrendataria, Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A. quien es un fabricante de papel a base de papel reciclado, el cual se encuentra localizado en la franja costera xxx xxxxxxxx de Guatemala, en el municipio de Retalhuleu, en el xxxxxxxxx 000 xx xx Xxxx XX-0, la misma se encuentra muy cercana al Parque Recreativo Ocosito, que es donde inician las labores de direccionamiento del caudal del río del mismo nombre, para proveer de fuerza a la planta hidroeléctrica municipal, y a la vez este parque se encuentra cercano a la Planta Hidroeléctrica municipal.
2.2 Definición:
Ahora bien adentrándose al tema de la Sociedad Anónima puede definirse como aquella Sociedad Mercantil de tipo capitalista con patrimonio propio y la cual cuenta con un capital el que se encuentra dividido y representado por títulos conocidos por acciones y en la cual los socios responden de manera limitada a las obligaciones de la sociedad de acuerdo al monto de sus acciones.
2.3 Características:
2.3.1 Es una Sociedad Capitalista:
La Sociedad Anónima es capitalista ―porque en ella lo importante es lo que cada socio aporta a la sociedad y no sus características personales.‖17Es decir, que para ser socio de una sociedad anónima basta con el simple hecho de contar con un capital determinado para poder adquirir acciones de la misma.
17 Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx, Instituciones de Derecho Mercantil, pág. 143
18
2.3.2 Es una Sociedad Accionada:
La Sociedad Anónima es una sociedad accionada debido a que su capitalse encuentra dividido y representado a través de Acciones. Artículo 86 del Código de Comercio.
2.3.3 Sociedad con Limitación de la Responsabilidad:
En la Sociedad Anónima, el patrimonio de esta y el de los socios individualmente considerados son totalmente independientes, en función de que tanto la sociedad como los socios tienen personalidad jurídica propia y debido a que el código de comercio lo regula así al establecer que ―La Responsabilidad de cada accionista está limitada al pago de las acciones que hubiere suscrito.‖ (Art. 86 código de comercio), es decir, que la responsabilidad de los socios frente a las obligaciones de la sociedad se reputa limitada al monto de las aportaciones que hubiesen efectuado.
2.3.4 Se identifica con una Denominación Libre:
La ley permite que esta sociedad pueda identificarse libremente, únicamente debe agregar al final de la denominación la leyenda Sociedad Anónima, la que puede abreviarse como S.A. Articulo 87 del código de comercio.
2.3.5 Su administración es Revocable:
La Sociedad Anónima cuenta con un órgano de administración, el cual puede ser unipersonal o de forma colegiada, el nombramiento es facultad de la Asamblea General de Socios para un periodo determinado, pero la misma tiene la facultad de revocar el nombramiento del o los administradores de la Sociedad en cualquier tiempo.
2.4 Derechos y Deberes de los Socios:
2.4.1 Derechos de los Socios:
Los socios tienen derecho a percibir y a participar de las utilidades generadas por la sociedad durante el ejercicio del periodo correspondiente, de acuerdo al monto de sus acciones; de la misma manera tiene el derecho de percibir la cuota de liquidación en caso la sociedad procediera a disolverse.
2.4.1.2 De Índole Corporativos o de Gobierno:
Los socios tienen derecho a participar en las deliberaciones dentro de la Asamblea General de Socios y de igual forma a emitir su voto de acuerdo al monto de sus acciones; tiene el derecho a optar a participar en la administración de la Sociedad.
2.4.2 Deberes de los Socios:
Los socios tienen el deber de cumplir con la aportación en la forma y modo en que se hubiere pactado; de la misma forma el socio tiene el deber de respetar la voluntad de la mayoría de socios legalmente constituidos en Asamblea General.
2.5 Personalidad Jurídica de la Sociedad Anónima:
La Sociedad Anónima constituye una sociedad mercantil, en consecuencia la Sociedad Anónima goza de personalidad jurídica propia y distinta de la de los socios individualmente considerados, desde el momento de su inscripción como tal en el Registro Mercantil, en consecuencia puede ser sujeta de derechos y obligaciones, efectivamente como lo hizo Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A. al celebrar contrato de arrendamiento de la Planta Hidroeléctrica con la Municipalidad de Retalhuleu. Artículo 14 del C. de c.
2.6 Identificación de la Sociedad:
La SociedadAnónima al constituir una persona jurídica, posee ciertos atributos entre los cuales se encuentra la existencia de un nombre, que para efectos de la Sociedad será una Denominación Social.
El articulo 87 especifica que la Sociedad Anónima se identificara con una denominación la que podrá formarse libremente, con el agregado obligatorio de la leyenda Sociedad Anónima, que podrá abreviarse S.A., cabe especificar que ―la Sociedad Anónima no tiene razón social, es decir, no funciona bajo el nombre de los socios, ya que en ella es intrascendente la persona de los mismos.‖18 Sin embargo cabe indicar que pese a que no existe la razón social, puede utilizarse dentro de la denominación social el nombre de un socio fundador o los apellidos de dos o más de ellos, en cuyo caso se debe cumplir con el requisito de agregar a la denominación social la actividad u objeto de la sociedad más el agregado Sociedad Anónima, en el caso de la parte arrendataria dentro del contrato de arrendamiento objeto de estudio del presente trabajo y como ya se indicó se hizo denominar como Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, agregada la leyenda de Sociedad Anónima, en cumplimiento con lo preceptuado con el código de comercio.
2.7 Domicilio:
La Sociedad Anónima tal como se apuntó, constituye una Persona Jurídica, y por ende, entre sus atributos debe contar igualmente con el del Domicilio de la misma. El domicilio no es otra cosa que la circunscripción departamental donde una persona tiene asentado el lugar para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
El domicilio de la Sociedad Anónima debe fijarse al momento del faccionamiento de la Escritura Pública de Constitución de Sociedad Anónima, tal como lo regula el artículo 46 del Código de Notariado, con el fin de determinar la competencia en caso de incumplimiento de contrato.
2.8 El Capital:
Para el autor Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx el capital puede ser definido como el ―valor fijado auténticamente en dinero, al conjunto de aportaciones de esta clase y bienes valorizados a la Sociedad en formación y consignado en la escritura social‖19 podemos entender el capital entonces como aquella determinada cantidad de dinero que se aplica a la producción de bienes o servicios determinados, para la producción de riqueza. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx define el capital como aquel ―elemento o factor de la producción formado por la
18 Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx, Ob. Cit., pág. 144
riqueza acumulada que en cualquier aspecto se destina de nuevo a aquella en unión del trabajo y de los agentes naturales.‖20
2.8.1 Clasificación del Capital:
2.8.1.1 Capital Autorizado:
El capital autorizado se puede definir como aquel monto máximo por el cual la Sociedad Anónima puede emitir acciones. ―El capital autorizado podrá estar total o parcialmente suscrito al constituirse la sociedad y debe expresarse en la escritura constitutiva de la misma.‖ Artículo 88 del C. de Comercio.
2.8.1.2 Capital Suscrito:
El Capital Suscrito es aquel monto por el cual se han emitido acciones a los socios. De igual forma puede definirse como aquel ―Capital efectivamente adquirido por los accionistas o público en general en caso de constitución de una sociedad o ampliación de capital, independientemente de que haya sido desembolsado o no en ese momento. Se corresponde con el valor nominal de las acciones emitidas y ya adquiridas por los socios.‖21
2.8.1.3 Capital Pagado:
El capital pagado es aquel monto mínimo que debe ser pagado a la Sociedad al momento de la Suscripción de acciones y el cual debe de ser por lo menos del veinticinco por ciento (25%) del capital suscrito y en ningún caso inferior a cinco mil quetzales (Q. 5,000.-) ―de tal manera que siempre hay una parte del capital suscrito cuyo valor ha sido efectivamente entregado a la sociedad.‖22
2.9 Las Acciones:
Se puede definir a la Acción como aquella ―parte alícuota del capital social de una sociedad anónima. Que representa la propiedad que una persona tiene de una parte de esa sociedad, la cual otorga derechos económicos y políticos a su
20 Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx, Ob. Cit., pág. 57
21 La gran Enciclopedia de Economía, xxxx://xxx.xxxxxxxx00.xxx/xxx/x/xxxxxxx-xxxxxxxx/xxxxxxx- suscrito.htm
titular (accionista), como el derecho a una parte de las utilidades y voto en las asambleas de accionistas.‖23 La Acción se encuentra representada a través de un documento el cual incorpora derechos de propiedad sobre una determinada parte de la sociedad en base al valor de la acción, y sobre cuyo monto está basada la responsabilidad del socio frente a las obligaciones de la sociedad.
El autor Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx define a la Acción como aquella ―parte social, indivisible, representada por un título, transmisible y negociable, en el que se materializa el derecho de socio y a cuya parte se limita su responsabilidad.‖24
2.9.1 Clasificación de las Acciones:
2.9.1.1 Acciones Nominativas:
La legislación guatemalteca a través de lo establecido en el código de comercio guatemalteco, permite la emisión de acciones nominativas, las acciones nominativas son aquellas que son emitidas a una persona determinada y de las cuales la sociedad lleva un registro detallado, es decir, el nombre del propietario va consignado dentro de la misma y son transferibles únicamente por endoso del título y el cambio del registro respectivo de la Sociedad y entrega del título. Artículo 128 del código de comercio.
Hasta antes de la vigencia del decreto 55-2010 del Congreso de la República Ley de Extinción de Dominio, era posible emitir acciones al portador, sin embargo, con el fin de evitar la transferencia, ocultamiento o circulación de los bienes producto de hechos delictivos a través de sociedades anónimas con acciones al portador y con las cuales se hacía difícilmente identificar a los socios de la misma, se prohibieron las emisiones de acciones al portador.Artículo 71 Ley Extinción de Dominio.
2.10 Órganos de la Sociedad Anónima
2.10.1 Órgano de Decisión
2.10.1.1 Asamblea General:
Dentro de la Sociedad Anónima el órgano de decisión o soberanía es la Asamblea General de Accionistas, tal como lo regula el artículo 132 del código
23 Wikipedia la Enciclopedia Libre, xxxx://xx.xxxxxxxxx.xxx/xxxx/Xxxx%X0%X0x_(xxxxxxxx)
de comercio, y al respecto la Asamblea General puede definirse como la
―reunión de accionistas debidamente convocada para deliberar y decidir por mayoría sobre asuntos sociales de su competencia según la ley y la escritura social.‖25 A ese efecto corresponde a la Asamblea General dictar las directrices sobre las cuales se ha de conducir la sociedad, dentro del marco de sus competencias establecidas en la ley y su escritura constitutiva, entre las cuales se puede mencionar algunas que la ley le faculta tales como: Discutir, aprobar o improbar el estado de pérdidas y ganancias, el balance general y el informe de administración; Nombrar y remover a los administradores, al órgano de fiscalización, etc. Art. 134 del código de comercio. Es de indicar que la Asamblea General no tiene facultades Administrativas y no debe de entrometerse en la Administración de la Sociedad.
2.10.1.1.1 Clases de Asambleas:
2.10.1.2.1.1 Asamblea Ordinaria:
Son aquellas Asambleas de Accionistas que se celebran para el conocimiento de los asuntos cotidianos o que le son ordinarios a la misma, y que se celebran con la periodicidad estipulada en la escritura constitutiva de la Sociedad y la cual por mandato legal debe reunirse por lo menos una vez al año, dentro de los cuatro meses que sigan al cierre del ejercicio social y también en cualquier tiempo en que sea convocada. Artículo 134 del código de comercio.
2.10.1.2.1.2 Asamblea extraordinaria:
Es la Asamblea que se celebra fuera de los periodos establecidos en la escritura constitutiva, y se celebran con el fin de conocer asuntos de urgencia para la sociedad y por lo cual se pueden convocar en cualquier tiempo y de conformidad con el artículo 135 del código de comercio los siguientes asuntos:
―1º Toda modificación de la Escritura Social, incluyendo el aumento o reducción de capital o prórroga del plazo; 2º Creación de acciones de voto limitado o preferente y la emisión de obligaciones o bonos cuando no está previsto en la escritura social; 3º La adquisición de acciones de la misma sociedad y la disposición de ellas; 4º Aumentar o disminuir el valor nominal de las acciones; 5º Los demás que exijan la ley o la escritura social; 6º Cualquier otro asunto para el que sea convocada, aun cuando sea de la competencia de
las asambleas ordinarias. Estas asambleas podrán reunirse en cualquier tiempo.‖
2.10.1.2.1.3Asamblea Totalitaria:
La Asamblea totalitaria ―es aquella que se celebra sin convocatoria previa, lossocios se pueden encontrar reunidos por un acontecimiento festivo; y si en esaocasión deciden por unanimidad celebrar asamblea y aprueban la agenda por unanimidad, el funcionamiento del órgano es legal y sus decisiones vinculan a todos los socios.‖26 El artículo 156 del código de comercio establece tres requisitos que deben cumplirse para la celebración de este tipo de asambleas, los cuales son: 1º Que concurran la totalidad de accionistas que corresponda al asunto que se tratara; 2º Que ningún accionista se oponga a su celebración; 3º Que la agenda de la Asamblea sea aprobada por unanimidad.
2.10.1.2.1.4Asamblea Especial:
Esta Asamblea tiene como objeto ―la reunión de un determinado grupo de accionistas en relación a la clase de acciones que tienen en propiedad.‖27 Y en las cuales se trataran asuntos que afectan con exclusividad los derechos de esta clase de socios. Tal como lo regula el artículo 156 del código de comercio únicamente tiene lugar en aquellas sociedades en las cuales se han emitido acciones de diversas categorías.
2.10.2 Órgano de Administración:
Es aquel órgano ―encargado de ejecutar la voluntad social formada en la Asamblea General, de la gestión de la empresa y de la representación de la sociedad frente a terceros, con los que en nombre de ella se establecen una serie de relaciones dirigidas directa o indirectamente a la consecución del objeto y fin sociales‖28 la Administración puede ser llevada por uno o varios administradores, y en este último caso se le denominara Consejo de Administración, los administradores pueden ser socios o no de la Sociedad.
2.10.2.1 Formas de Administración:
2.10.2.1.1Administrador Único:
00 Xxxxxxxx Xxxx, Xxxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx, Tomo I, pág. 145
27 Ibíd.
La Administración de la Sociedad Anónima puede ser encargada a una sola persona que debe de actuar dentro de las facultades que le asigne la Escritura constitutiva o en su defecto lo que determine la Asamblea General y será electo para un periodo no mayor de tres años, pudiendo ser reelecto, el nombramiento del administrador es revocable por la Asamblea General de Accionistas. Artículo 162 del código de comercio. En el caso de la celebración del contrato de arrendamiento que es objeto de estudio del presente trabajo de graduación, la entidad Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A. compareció al faccionamiento de la Escritura Pública a través de su administrador único y representante legal.
2.10.2.1.2Administración Colegiada:
Esta modalidad de Administración dentro de la Sociedad Anónima tiene lugar cuando existen dos o más administradores y se conforman en lo que se denomina como Consejo de Administración y la administración la ejercen colectivamente, sometiendo los asuntos a votación de todos los miembros, tomando las decisiones por mayoría de votos, el Consejo de Administración contara con un Presidente al cual le compete ―ser el órgano ejecutivo de la sociedad y la representara en todos los asuntos y negocios que ella haya resuelto.‖ (Art. 166 del C. de c.) Los miembros del consejo de administración, tanto para las deliberaciones como en las votaciones de los asuntos competentes de la sociedad pueden hacerse representar por tercero por medio de carta-poder o mandato legalmente constituido, siempre que lo autorice expresamente la escritura constitutiva.(Art. 165 del
C. de c.)
2.10.2.1.3Representación Legal:
De conformidad con el artículo 164 del código de comercio el administrador único o el consejo de administración en su caso, tendrán la representación legal de la sociedad, es por ello que tal y como se verifica en el contrato de arrendamiento celebrado entre la municipalidad de Retalhuleu y Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A. es el representante legal de la sociedad quien comparece a la celebración de dicho contrato.
2.10.3 Órgano de Fiscalización:
Ante la imposibilidad que tiene la Asamblea General de accionistas de ejercer una función vigilante de la administración, imposibilidad que se acrecienta dependiendo del número de accionistas existentes, nace la necesidad de crear un órgano que se encargue del control de la administración de la sociedad, al cual se le ha denominado por la doctrina y la ley órgano de fiscalización y que no es más que aquel órgano de la sociedad que tiene por objeto vigilar la función administrativa a cargo del órgano de administración de la sociedad.
El autor Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx lo define como ―aquél que tiene a su cargo vigilar permanentemente la gestión social, con independencia de la administración y en interés exclusivo de la sociedad.‖
2.10.3.1 Integración:
La integración de dicho órgano puede ser individual o colectiva y puede ser de tres maneras:
1º Se puede integrar por los mismos socios o accionistas de la sociedad. 2º Puede integrarse por uno o más contadores o auditores.
3º Puede integrarse por uno o más comisarios.
Tanto la integración como los sistemas que se han de utilizar se van a determinar de acuerdo a lo que regule al respecto la escritura social de la sociedad. Artículo 184 del C. de c.
Los miembros del órgano de fiscalización serán nombrados por la Asamblea Ordinaria Anual de accionistas y ―para el ejercicio de sus funciones dependerán exclusivamente de la asamblea, a la cual rendirán sus informes.‖ Artículo 185 del C. de c.
2.11 Disolución:
La Sociedad Anónima finaliza su vida jurídica hasta el momento en que se ha decidido o dado lugar a la disolución de la misma. Ya sea por voluntad de los socios o porque se den los supuestos legales necesarios para su terminación. La Disolución puede definirse como ―la verificación de las causas de suspensión y resolución de las relaciones jurídicas establecidas para la consecución del fin común.‖29
2.11.1 Clasificación de la Disolución:
2.11.1.1 Disolución Parcial:
La Disolución Parcial es aquella que afecta únicamente las relaciones jurídicas de uno o más socios con la sociedad, subsistiendo esta para el resto de socios no afectados.
2.11.1.1.1La Exclusión:
La exclusión tiene lugar cuando la sociedad excluye a un socio y se disuelve el vínculo jurídico existente entre ambos, por razón de su conducta contraria a la escritura constitutiva o a las leyes del país.Cuando un socio es excluido, la Sociedad Anónima adquiere las acciones del mismo, pagando el monto respectivo por las acciones. Artículo 111 del C. de c.
Las causas por las que puede ser excluido un socio son muy variadas, pero el artículo 226 del C. de c. menciona algunas entre las cuales se encuentran las siguientes: 1º El incumplimiento del socio de las obligaciones que le impone la ley o la escritura social; 2º La comisión de actos fraudulentos o dolosos contra la sociedad.
2.11.1.1.2Separación:
―Es el acto mediante el cual uno de los socios toma la decisión de romper la relación jurídica de sociedad.‖30El derecho de separación corresponde solo a los accionistas que votaren en contra de resolución, y deberá ejercerse dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se haya celebrado la asamblea general que tomo el acuerdo correspondiente. (Art. 231 del C. de c.)
De acuerdo a lo regulado por el artículo anterior citado entre las causas de separación de socios se encuentran el cambio de su objeto; prórroga de la duración de la sociedad; traslado del domicilio de la sociedad al extranjero; la Transformación y Fusión de la Sociedad.
2.11.1.2 Disolución Total:
Esta disolución propiamente, termina con la vida jurídica de la Sociedad, aunque dicho fenecimiento no es inmediato, porque ―su principal
efecto es provocar la liquidación total del patrimonio de la persona jurídica.‖31
De conformidad con el artículo 237 del C. de c. las causas que dan lugar a la disolución total de la sociedad son:
1º El vencimiento del plazo fijado en la escritura social.
2º La Imposibilidad de seguir realizando el objeto principal de la sociedad o quedar este consumado.
3º La resolución de los socios tomada en Junta General o Asamblea General extraordinaria.
4º La pérdida de más del sesenta por ciento (60%) del capital pagado.
5º La reunión de las acciones o las aportaciones de una sociedad en una sola persona.
En caso tuviera lugar la disolución total de Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A. el contrato de arrendamiento celebrado con la municipalidad de Retalhuleu, se vería afectado dado que una de las partes en el contrato desaparecería de la vida jurídica, dando lugar al incumplimiento del contrato por parte de la sociedad anónima.
2.12 Liquidación:
La Liquidación se puede definir como aquel ―procedimiento por cuyo medio se determina el valor de los bienes y se paga a los acreedores.‖32 En ese sentido, al disolverse la sociedad anónima debe proceder a efectuar este procedimiento de liquidación con el fin de poner en venta sus activos o bienes con el fin de obtener recursos necesarios para a hacer frente a las obligaciones pendientes con los acreedores de la sociedad y repartirse los recursos excedentes entre los socios de acuerdo al monto de las acciones que hubieren ostentado en la sociedad. La liquidación debe llevarse a cabo en un término no mayor de un año, durante este tiempo conservara su personalidad jurídica y deberá añadir a su denominación social las palabras: En Liquidación. (Art. 241 y 242 del C. de c.) Como anteriormente se expuso, si tuviera lugar la disolución de la sociedad anónima, procedería consecuentemente la liquidación de la misma, en cuyo caso la municipalidad de Retalhuleu debe verificar el pago de daños y perjuicios por la terminación anticipada del contrato, dado que el plazo del mismo se pactó en años forzosos, igualmente
31 Xxxxxxxx Xxxx, Xxxx Xxxxxx, Ob. Cit., pág. 88
debe verificar la entrega de la Planta Hidroeléctrica en condiciones de funcionalidad, en cumplimiento de lo pactado en el contrato.
31
CAPÍTULO III RETALHULEU
3.1 Antecedentes Históricos:
En el Presente capitulo se tratara el tema referente a Retalhuleu, debido a que es en este municipio y departamento donde se encuentra localizada la Planta Hidroeléctrica Municipal objeto del arrendamiento y donde el mismo se celebró entre la municipalidadde Retalhuleu y Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A. a la vezsu población,es quien se puede ver afectada o beneficiada de manera directa o indirecta con los resultadosdel contrato de arrendamiento yarelacionado, por lo que a continuaciónse describen algunas características de este lugar y de su población, comenzando a tratar un poco sobre la historia de este lugar.
Retalhuleu es un municipio, del área de la costasur de Guatemala, el municipio tiene categoría de ciudad, a la vez es cabecera del municipio y departamento de Retalhuleu, es unazona fundamentalmente ganadera.
El 00 xx xxxxxxx xx 0000, Xxxxxxxxxx, se encontraba comprendida por: San Xxxxxxx Retalhuleu, San Xxxxxxxxx, Santa Catarina Guamuchal, Zanjón Ocós y Xxxxxxx. Posteriormente son agregados los pueblos de San Xxxxxx Xxxxxxxxx, San Xxxxxx y San Xxxxxx. En noviembre de 1825 Retalhuleu es elevado a la categoría xx Xxxxx, por Decreto de la Asamblea Nacional Constituyente.
El 00 xx xxxxxxx xx 0000 Xxxxxxxxxx se segrega de Suchitepéquez, - departamento al cual había pertenecido hasta entonces- por decreto 194 del Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx.
El motivo de tal segregación fue que ante el incremento por el que se había tornado el comercio y la agricultura, se hacía muy complicado que una sola Jefatura Política se hiciera cargo del departamento, por tal razón Retalhuleu paso a constituir la Cabecera del nuevo departamento denominado Retalhuleu, incluyendo las poblaciones inmediatas al municipio de Retalhuleu.
Retalhuleu ha tenido participación en las acciones de la Independencia de España; en la posterior Anexión a México, fue parte del Sexto Estado de losAltos, hasta que fue disuelto por las armas por el General Xxxxxx Xxxxxxx.
31
―Etimológicamente se cree que Retalhuleu significa Señal sobre la Tierra, en eldiccionario de voces guatemaltecas editado por el licenciado Xxxxx Xxxx Xxxxxxx dice: Xxxxxxxxxx señal hecha sobre la tierra. Etim. Retalhuleu como se escribe actualmente significa señal xx xxxxx en la tierra: expresa simplemente señal sobre la tierra la cual es su verdadera significación.‖33
En el año 1849 habilitan las aduanas para el comercio de Importación y exportación en Champerico34, constituyendo uno de los puntos de mayor importancia de comercio marítimo a través del océano pacifico.
La economía de Retalhuleu, se encontró en su esplendor, a partir del periodo liberal, a finales del siglo XIX, a consecuencia del cultivo de café y algodón, el cual perduro por varias décadas, -hasta que en la década de los años ochenta, el precio del algodón se desplomo en los mercados internacionales- Retalhuleu se ubicó como uno de los lugares másprósperos
del país debido a la fertilidad y riqueza de su suelo.
La posición geográfica en la que se encuentra Retalhuleu, ―le augura un potencial de desarrollo a sus habitantes, dada las características singulares, al ubicarse como punto de confluencia entre la zona del Altiplano Occidental del país, y la xxxx Xxxxx Sur Pacífica.‖35Retalhuleu es conocida como la Capital del Mundo.
El municipio de Retalhuleu limita al norte con San Xxxxxxxxx, San Xxxxxx, Nuevo San Xxxxxx, El Asintal (Retalhuleu), Génova y Coatepeque (Quetzaltenango), al sur con Champerico (Retalhuleu) y el Océano Pacifico, al este con Santa Xxxx Muluá y San Xxxxxx Xxxxxxxxx (Retalhuleu).
Para Retalhuleu constituir la cabecera departamental significa ―ser el eje sobre el cual giran las actividadesgubernamentales,comerciales, agrícolas, industriales y de turismo.‖36
3.2 Demografía:
El municipio de Retalhuleu cuenta con una ciudad y varios centros poblados, Según proyecciones del Instituto Nacional de Estadística -INE- El municipio de Retalhuleu tiene una población 86,596 personas, de las cuales 42,245 son hombres y 44, 351 son mujeres, por otro lado y como referencia únicamente,el departamento de Retalhuleu tiene una población de 311, 167
33 Municipalidad de Retalhuleu, Plan de Desarrollo Municipal, pág. 16
34 Municipio del departamento de Retalhuleu, situado en el sur del mismo.
35 Viaje a Guatemala, xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx/Xxxxxxxxxx/000000000000.xxx
36 Municipalidad de Retalhuleu, Ob. Cit., pág. 10
de personas, de las cuales 152, 359 son hombres y 158,808 son mujeres.37
3.3 Geografía:
3.3.1 Localización Geográfica y distancias:
Retalhuleu tiene una extensión territorial de 796 kilómetros cuadrados, se encuentra ubicado a una altura de 239 metros sobre el nivel del mar y una distancia de 192 kilómetros de la Ciudad de Guatemala, capital de la República, se encuentra ubicado a una latitud de 14º 32’ 7‖ N y longitud 91º 40’ 42‖O.38
3.3.2 Clima:
El clima del municipio de Retalhuleu es fundamentalmente cálido, en el cual se registran de forma regular temperaturas de 20 grados centígrados en la mínima y de 32 grados centígrados la máxima. ―El promedio anual de precipitaciones de los últimos diez años es de 2,903.80 Mm. El municipio se caracteriza por dos estaciones: verano e invierno.‖39
De manera regular las lluvias empiezan a manifestarse en mayo y concluyen en noviembre, el verano consecuentemente de diciembre x xxxxx. Las estaciones de otoño y primavera no tienen presencia notoria en el ambiente retalteco, esta es una parte importante entre los aspectos que afectan la relación contractual entre la municipalidad de Retalhuleu y Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima, debido a que la Planta Hidroeléctrica Municipal, genera energía eléctrica a través de la fuerza que le proporciona el caudal de un río, a mayor cantidad de agua, mayor es la generación de energía eléctrica que la planta produce, por lo que en época de invierno el caudal del río aumenta considerablemente, proporcionando mayor fuerza, por lo que en consecuencia la municipalidad de Retalhuleu se ve beneficiada porque se produce y consume un mayor número de KW por parte de Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A, provocando el aumento del valor de la renta, pues depende directamente del consumo efectuado.
3.3.3 Orografía:
37 Instituto Nacional de Estadística, xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xx/xxxxxxxxx/xxxxx.xxx
38 Municipalidad de Retalhuleu, Ob. Cit., pág. 10
39 Ibíd., pág. 78
El municipiode Retalhuleu se caracteriza por ser una planicie, carente demontañas o volcanes, ―la pendiente general de la planicie en la parte norte es alrededor de 15%.‖40
3.3.4 Hidrología:
En el municipio existen recursos hidrológicos muy diversos, en su mayoría son utilizados para el regadío de plantaciones y cultivo de productos agrícolas.
Entre los principales xxxx que atraviesan el municipio de Retalhuleu, se encuentran: el río Bolas, el río Tzununá, el río pucá, el río Xxxxxx, estos xxxx son los más profundos, en época de lluvia, siendo el más caudaloso el río Xxxxxx, sobre el cual pasa el puente Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, y que en los últimos fenómenos meteorológicos suscitados ha amenazado con afectar a las poblaciones aledañas, no representando una amenaza para la Ciudad de Retalhuleu, puesto que su paso por la misma se encuentra alejado xxx xxxxx urbano.
Por otro lado en Retalhuleu existe el río Ocosito cuya importancia radica en que este es el que provee del caudal y fuerza necesaria a la Planta Hidroeléctrica Municipal, para la generación de energía eléctrica, debido a ello existe una desviación parcial del río Ocosito el cual es direccionado hacía donde se encuentran las instalaciones de la planta, y atraviesa el parque recreativo Ocosito, el cual además sirve como principal atractivo turístico a dicho parque de propiedad municipal.
3.4 División Política-Administrativa:
La División política-administrativa es la forma en que se encuentra organizadoel municipio y sus centros poblados, bajo un sistema de categorías de acuerdo a las características habitacionales de su población y se compone de la siguiente forma: Ciudad, aldeas, caseríos, fincas, parcelamientos, colonias y barrios.
El municipio de Retalhuleu cuenta con una ciudad y con cinco aldeas y
13 caseríos, y distintos barrios y colonias distribuidos entre la ciudad, el municipiode Retalhuleu es la cabecera del departamento de Retalhuleu.41Es necesario acotar que la Planta Hidroeléctrica Municipal se encuentra en el
40 Ibíd.
41WikiGuate, xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx/Xxxxxxxxxx_(xxxxxxxxx)
Cantón Xxxxxxxxxx Xxxxxxx y la Fábrica de Papel de Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima se encuentra en el Cantón Recuerdo Ocosito, ambas constituyen comunidades aledañas entre sí.
3.5 Economía:
Retalhuleu, es fundamentalmente una zona ganadera, en menor medida se dedica a la agricultura y a la siembra de maíz, aceites esenciales, te xx xxxxx, citronela, palma africana, actualmente el cultivo de la caña, le ha ganado terreno a la agricultura tradicional, incluso algunas haciendas de Retalhuleu, que antiguamente se dedicaban al ganado vacuno, están arrendando sus tierras para el sembradío de caña a los ingenios productores de azúcar delpaís.
La producción pecuaria en el municipio de Retalhuleu se distribuye entre la producción de ganado bovino, porcino, caprino, equino y ovino, al igual queparte del ganado bovino se destina a la producción de leche, la cual se destina a la vez a la producción de productos derivados tales como el queso y la crema.
La producción agroindustrial del municipio, es muy variada, pero principalmente se trata de productos para la exportación, tales como la producción de papaya, mango, ajonjolí, mariscos, azúcar, concentrados, miel, hule, entre otros.
La industria como tal, es aún sobria en el municipio y departamento de Retalhuleu, escasamente se cuenta con una fábrica de bebidas gaseosas, una fábrica de papel propiedad de Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima, así como dos ingenios productores de azúcar, y una fábrica productora de bebidas alcohólicas, algunas condiciones desfavorables para montar industria dentro del municipio y departamento de Retalhuleu, imposibilitan la llegada de la misma, entre los factores importantes se encuentra un deficiente servicio de energía eléctrica, tanto por parte de Deocsa, como por la falta de capacidad de la Municipalidad de Retalhuleu de poder prestar un servicio eficiente a través de su Empresa Eléctrica Municipal.
La falta de oportunidades laborales ha ocasionado que ―El 44 % de la población de Retalhuleu viva en condiciones de pobreza general y el 9% en pobreza extrema que afecta principalmente a pobladores del área rural.‖42
42 Municipalidad de Retalhuleu, Ob. Cit., pág. 19
3.6 Idioma:
El diccionario de la Real Academia Española, lo define como lengua de unpueblo o nación, o común a varios. Fundamentalmente el idioma de los habitantes del municipio de Retalhuleu es el español, muy escasamente se habla una lengua maya, entre las que predomina el quiche.
3.7 Costumbres y Tradiciones:
3.7.1 Feria Patronal:
El patrono del municipio de Retalhuleu es San Xxxxxxx xx Xxxxx, cuya celebración es el 13 xx xxxxx, durante una semana se instala la feria en su honor a los alrededores de la Catedral San Xxxxxxx xx Xxxxx situada en el centro de la ciudad, es costumbre que en esa época salga una procesión con la imagen de Xxx Xxxxxxx xx Xxxxx a visitar a San Xxxxxxxxx xxxxxxx del municipio del mismo nombre, y se queden ese día juntos, para que al día siguiente se realice una ceremonia en honor a San Xxxxxxx xx Xxxxx, en la Iglesia de San Xxxxxxxxx, durante esa celebración, el centro de la ciudad de Retalhuleu se llena de coloridas alfombras en honor al patrono Xxx Xxxxxxx.
Por otro lado igualmente se celebra una feria que se celebra del 6 al 12 de diciembre, siendo el 8 de diciembre la fecha principal, en la que se celebra a la Xxxxxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, durante la misma se llevan a cabo variadas actividades entre las que se encuentra las carreras de caballos, toreadas, jaripeos organizados por la Asociación de Ganaderos del Suroccidente de Guatemala (AGSOGUA). Durante la celebración se realizan procesiones en honor a la xxxxxx xx xxxxxxxxxx, igualmente las calles se llenan de colorido, por la elaboración de alfombras conmemorativas que son realizadas por los pobladores para honrar a la virgen.
3.8 Sistema Vial:
Es un sistema de vías terrestres que abarca calles, caminos, avenidas, carreteras, autopistas que permite la comunicación entre las distintas ubicaciones, zonas, ciudades, localidades en un territorio determinado, de igual manera se encuentra integrado por la normativa que lo regula.
3.8.1 Vías de Acceso:
El ingreso a la ciudad se puede hacer por medio de dos puntos, por un lado se encuentra el Boulevard Centenario: Este es un punto de acceso a la ciudadque tiene la particularidad de que posee dos carriles en cada sentido de la misma, es frecuentado por las personas que vienen de la parte sur del departamento de Quetzaltenango, así como de San Xxxxxx y la Frontera con México; Por otro lado se encuentra el punto más antiguo a la ciudad que es donde se encuentra la famosa Calzada las Palmas, cuya particularidad es la de que a lo largo de la misma, en cada uno de sus laterales se encuentran sembradas Palmas de altura prominente y que le dan vistosidad y elegancia a la misma, este punto de entrada posee un carril en cada uno de sus sentidos, es utilizado por las personas que regularmente vienen de la ciudad de Guatemala, Escuintla, Suchitepéquez y el norte de Quetzaltenango y demás departamentos del altiplano del país.
3.8.2 Principales Carreteras:
La principal carretera que atraviesa al municipio de Retalhuleu, así como al departamento es la Carretera Centroamericana – 2, la cual se abrevia como CA-2, la cual parte desde la frontera con el Xxxxxxxx hasta la frontera con los Estados Unidos Mexicanos, a esta carretera se interconectan las carreteras que llevan a Quetzaltenango y varios departamentos del altiplano del país y la Ciudad de Guatemala, es precisamente sobre esta carretera donde se encuentra ubicada la Fábrica de Papel propiedad de Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A. y el Parque Recreativo Ocosito propiedad de la municipalidad de Retalhuleu, del cual se trataramás adelante.
De igual manera se encuentra la carretera que lleva hacia el Puerto de Champerico.
En general los caminos dentro de la ciudad se encuentran escasamente señalizados, siendo inexistente en muchos de los puntos de la ciudad.
3.9 Centros de distracción y recreación:
La Ciudad de Retalhuleu, cuenta con muy escasos centros de entretenimiento de recreación, entre los más emblemáticos se encuentran el Centro Comercial la Trinidad, que se encuentra en la zona cinco, de igual forma se encuentra el centro comercial Paseo las Palmas, el cual se encuentra en la zona seis de la ciudad. También cuenta con un parque infantil
municipal, unparque central, un complejo deportivo y el parque recreativo de Ocosito, de propiedad municipal, como anteriormente se mencionó, por este parque recreativo atraviesa la parte del río Ocosito, que se direcciona hacia la Planta Hidroeléctrica Municipal, dentro de la parte del río que atraviesa el parque se encuentran compuertas de acceso de agua y un lago de embalse artificial, quepermiten adecuar el nivel del caudal del río, tanto para evitar que se inunde el parque recreativo comoatractivos turísticos para el mismo.
39
CAPITULO IV EL MUNICIPIO
4.1 Definición:
En el presente capitulo se tratara el tema del municipio, esto debido a que una de las partes dentro del contrato de arrendamiento que es objeto de estudio del presente trabajo es la municipalidad de Retalhuleu, específicamente figura como la parte arrendante, por lo que es importante conocer sobre esta institución del derecho administrativo, y sobre todas las circunstancias que implica su organización y funcionamiento y sus fines, entre otras cosas, en primer término cabe mencionar que la división política- administrativa de la República de Guatemala, se encuentra dividida en veintidós departamentos, a la vez estos se encuentran divididos en municipios, los cuales van a ser objeto de estudio del presente capitulo, El Código Municipal en su artículo 7 define al municipio como aquella ―institución autónoma de derecho público, tiene personalidad jurídica y capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones.” El municipio es una pieza clave en la descentralización de cualquier Estado, la cual es de suma importancia debido a que a través de un sistema de administración descentralizado puede lograrse el desarrollo uniforme de todo un país, quien más, sino el propio municipio el que conoce de primera mano las necesidades de su comunidad, y a tal efecto debería de poder invertir sus recursos en esas necesidades y en otras actividades que promuevan el desarrollo sostenido del municipio, el municipio como tal puede definirse también como aquella―entidad administrativa que puede agrupar una sola localidad o varias, que puede hacer referencia a una ciudad, pueblo o aldea.‖43 El termino municipio, por extensión también se utiliza para referirse a la municipalidad en sí, que no es más que la institución que lleva a cabo la administración del municipio dentro del ámbito de su competencia. Tal y comose mencionó anteriormente, el municipio es una persona jurídica, con capacidad plena para adquirir derechos y contraer obligaciones, esto implica la capacidad para celebrar contratos en general.
4.2 Elementos del Municipio:
43 Wikipedia, xxxx://xx.xxxxxxxxx.xxx/xxxx/Xxxxxxxxx
39
4.2.1 La Población:
Es un elemento importante porque el mismo está representado por seres humanos, sin los cuales no tendría razón de ser de esta institución, la población no es más que el conjunto de personas que habitan en un determinado lugar y los cuales comparten hábitos, costumbres, tradiciones, así como elánimo de permanencia en el lugar. El código municipal hace una distinción, entre las calidades de vecino y transeúnte, siendo el primero aquella persona que tiene residencia continua por más de un año en una circunscripción municipal o quien, allí mismo, tiene el asiento principal de sus negocios o intereses patrimoniales de cualquier naturaleza, el mismo cuerpo legal indica que ante la ausencia de estas circunstancias se considerara vecino de la circunscripción municipal en la que se halle. Por otro lado se considerara transeúnte a quien se encuentre accidentalmente en una circunscripción municipal, teniendo su vecindad en otra circunscripción. Art. 13 del código municipal.
4.2.2 El territorio:
El territorio es un elemento primordial del municipio, el cual no es más que una porción de tierra, ubicada en una zona geográfica, sin territorio no sería posible la existencia de un municipio, puesto no habría un campo de aplicación espacial para el ejercicio de sus atribuciones, las cuales serán ejercidas por la autoridad municipal, la cual se tratara en el siguiente inciso. El municipio tiene la potestad de dividir el territorio en formas distintas de ordenamiento territorial a nivel interno,el territorio de un municipio puede estar dividido en aldeas, caseríos, parajes, cantones, zonas, barrios, colonias.
4.2.3 La autoridad:
Al igual que el Estado, los municipios son administrados por un gobierno, el cual es manejado por un Concejo Municipal, integrado por el Alcalde, síndicos y concejales, a los cuales la ley les confiere el ejercicio de ciertas atribuciones, cuyo ámbito de competencia es el territorio o circunscripción municipal que se les ha asignado. Pese a que tanto el Estado y las municipalidades ejercen su competencia dentro del mismo territorio, es importante resaltar, que no existe duplicidad de funciones o choque entre ellas, puesto que las atribuciones otorgadas a las municipalidades son distintas a las asignadas al Estado o Gobierno Central.
4.2.4 La Comunidad Organizada:
La comunidad organizada se encuentra integrada por aquellas asociaciones de personas, que son vecinos del municipio, y cuyo objeto primordial es coadyuvar al desarrollo sostenido del municipio, las cuales son fundadas sin ánimo de lucro alguno, también puede estar integrada por Organizaciones no gubernamentales las cuales persigan fines semejantes y las que generalmente reciben fondos del extranjero o de instituciones especializadas y afines a las causas. De la misma manera muchas de estas instituciones o asociaciones se convierten en entes fiscalizadores del municipio, al estar integradas por los propios habitantes del municipio, los cuales están facultados como ciudadanos a exigir resultados a los funcionarios municipales electos popularmente.
4.2.5 La capacidad económica:
Este elemento se refiere a la capacidad económica de los vecinos del municipio para aportar los suficientes recursos para el cumplimiento de los fines del municipio, y la obra física y de infraestructura necesaria para el desarrollo sostenible del mismo, se hace primordial este aspecto, puesto que el vecino aunado al aporte que realiza al Estado, debe de aportar igualmente con el municipio, por lo que se hace necesario la previa verificación de este elemento para la existencia de un municipio.
4.2.6 El ordenamiento jurídico:
No es más que el conjunto de normas que regulan al municipio, así como aquellas que son emitidas por el propio municipio en la esfera de su competencia, es decir, que dicho ordenamiento jurídico abarca desde la Constitución Política de la República de Guatemala hasta las ordenanzas y reglamentos que emita el consejo municipal. Cuyas normas tienen la finalidad de regular la organización y funcionamiento del municipio, así como la forma en que los vecinos han de contribuir con el funcionamiento del mismo, a través del sistema tributario municipal, y las distintas relaciones nacidas entre las municipalidades y sus habitantes, así como con el Estado y otros órganos autónomos y descentralizados.
4.2.7 El patrimonio del municipio:
Este elemento lo constituye el conjunto de bienes de los que dispone en propiedad el municipio, al constituir el mismo una institución autónoma, puede disponer de dichos bienes conforme mejor lo considere la autoridad municipal para el cumplimiento de sus fines. Dentro del patrimonio municipal, no se toma en cuenta únicamente los bienes inmuebles o muebles con los que cuente, sino todos los ingresos que tenga por concepto de aportaciones o contribuciones de los vecinos a través de los mecanismos de captación autorizados por la ley, así como los recursos que son trasladados del Gobierno Central a las municipalidades por xxxxxxx xx xxx.
4.3 Requisitos para la existencia del municipio y su creación:
El Código Municipal en su artículo 28 establece que para la creación y existencia de un municipio se requieren de ciertos requisitos, los cuales son:
a) Que tenga veinte mil habitantes, o más;
b) Que pueda asignársele una circunscripción territorial para la satisfacción de las necesidades de sus vecinos y posibilidades de desarrollo social, económico y cultural, y que dentro de la cual cuente con los recursos naturales y financieros que le permitan y garanticen la prestación y mantenimiento de los servicios públicos locales. Sobre esta circunstancia el Instituto Geográfico Nacional deberá emitir un dictamen al respecto, delimitando los límites territoriales del nuevo municipio.
c) Que la circunscripción municipal asignada al nuevo municipio no perjudique los recursos naturales y financieros esenciales para la existencia del municipio del cual se está separando.
d) Que exista infraestructura física y social básica que garantice condiciones aceptables para el desarrollo del nuevo municipio;
e) Que se garanticen fuentes de ingreso de naturaleza constante; y,
f) Que se haya emitido dictamen técnico favorable por parte de la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia, considerando los insumos técnicos y de información de las instituciones y dependencias pertinentes.
Se hace importante acotar que sin el cumplimiento estricto de estos requisitos sería muy difícil la organización y funcionamiento de forma permanente de un nuevo municipio, cabe mencionar que algunos de los requisitos anteriormente indicados van estrechamente ligados con algunos elementos del municipio, de ahí la importancia de los mismos, empero, la organización de un nuevo municipio va en detrimento del municipio del cual se segrega, puesto que para este significa perder recursos financieros, territorio, recursos naturales, habitantes, pese a que la Constitución Política regula que los municipios son autónomos, por lo que compete a ellos con exclusividad el manejo de su territorio y su ordenamiento, y al segregar territorio, tal como ya se indicó, se vulnera en cierta medida la autonomía del municipio.
4.4 Autoridad Municipal:
La autoridad municipal es el órgano que por delegación del pueblo ejercita el poder o mando local, dentro del ámbito de sus competencias y atribuciones asignadas por la ley.
4.4.1 Concejo Municipal:
El Concejo Municipal es la autoridad máxima de un municipio, y corresponde con exclusividad ―el ejercicio del gobierno del municipio, es encargado de velar por la integridad de su patrimonio, garantizar sus intereses con base en valores, cultura y necesidades planteadas por los vecinos conforme a la disponibilidad de recursos.‖ (Art. 33 del Código Municipal), el concejo municipal se puede definir como ―el órgano supremo de la administración municipal; que constituye un cuerpo colegiado o pluripersonal de la misma, con personalidad jurídica, encargada de la administración del municipio y que solo como cuerpo colegiado puede administrar,pues ninguno de sus miembros puede hacerlo en forma individual.‖44 El concejo municipal se encuentra integrado por el Alcalde, Síndicos y Concejales, electos popularmente y a través de sufragio universal, cuyo número va a depender delnúmerode habitantes con los que cuente el municipio, conforme a lo estipulado en el artículo 206 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos de acuerdo a la siguiente tabla:
a) Tres síndicos, diez concejales titulares; un síndico suplente, cuatro concejales suplentes, en los municipios con más de cien mil habitantes.
44 Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxx Xxxxxxx, Derecho Administrativo Parte Especial, pág. 226
b) Dos síndicos, siete concejales titulares; un síndico suplente, tres concejales suplentes, en los municipios con más de cincuenta mil habitantes y menos de cien mil;
c) Dos síndicos, cinco concejales titulares; un síndico suplente, dos concejales suplentes, en los municipios con más de veinte mil habitantes y hasta cincuenta mil; y,
d) Dos síndicos, cuatro concejales titulares, un síndico suplente y dos concejales suplentes, en los municipios con veinte mil habitantes o menos.
Los Concejales titulares sucederán al Alcalde en caso de ausencia temporal o definitiva en el orden de su adjudicación. ―Los acuerdos, ordenanzas y resoluciones del Concejo Municipal serán válidos si concurre el voto favorable de la mayoría absoluta del total de miembros que legalmente lo integran, salvo los casos en que este código exija una mayoría calificada, en caso de empate en la votación, el alcalde tendrá doble voto o voto decisorio.‖ Artículo 40 del código municipal, en el caso del contrato de arrendamiento celebrado entre la municipalidad de Retalhuleu, el Concejo Municipal autorizó de forma unánime al Alcalde Municipal para la celebración del mismo.
4.4.1.1 Competencias del Concejo Municipal:
La Constitución Política de la República le confiere entre otras atribuciones a los municipios:
a) Elegir a sus propias autoridades;
b) Obtener y disponer de sus recursos; y
c) Atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.
Entre otras cosas la Constitución Política de la Repúblicaigualmente establece que ―los bienes, rentas, arbitrios y tasas son propiedad exclusiva del municipio y gozaran de las mismas garantías y privilegios de la propiedad del Estado.‖ Tanto la finca donde se encuentra la Planta Hidroeléctrica Municipal, como esta misma, son propiedad exclusiva de la Municipalidad de Retalhuleu.
De acuerdo a lo estipulado en el artículo 35 del código municipal, específicamente al Concejo Municipal se le confieren las siguientes atribuciones:
a) La Iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales;
b) El ordenamiento territorial y control urbanístico de la circunscripción municipal;
c) La convocatoria a los distintos sectores de la sociedad del municipio para la formulación e institucionalización de las políticas públicas municipales y de los planes de desarrollo urbano y rural del municipio, identificando y priorizando las necesidades comunitarias y propuestas de solución a los problemas locales;
d) El control y fiscalización de los distintos actos del gobierno municipal y de su administración;
e) El establecimiento, planificación, reglamentación, programación, control y evaluación de los servicios públicos municipales, así como las decisiones sobre las modalidades institucionales para su prestación, teniendo siempre en cuenta la preeminencia de los intereses públicos;
f) La Aprobación, control de ejecución, evaluación y liquidación del presupuesto de ingresos y egresos del municipio, en concordancia con las políticas públicas municipales;
g) La aceptación de la delegación o transferencia de competencias;
h) El planteamiento de conflictos de competencia a otras entidades presentes en el municipio;
i) La emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales;
j) La creación, supresión o modificación de sus dependencias, empresas y unidades de servicios administrativos;
k) Autorizar el proceso de descentralización y desconcentración del gobierno municipal, con el propósito de mejorar los servicios y crear los órganos institucionales necesarios, sin perjuicio de la unidad de gobierno y gestión del municipio;
l) La organización de cuerpos técnicos, asesores y consultivos que sean necesarios al municipio, así como el apoyo que estime necesario a los consejos asesores indígenas de la alcaldía comunitaria o auxiliar, así como de los órganos de coordinación de los consejos comunitarios de desarrollo y de los consejos municipales de desarrollo;
m) La preservación y promoción del derecho de los vecinos y de las comunidades a su identidad cultural, de acuerdo a sus valores, idiomas, tradiciones y costumbres;
n) La fijación xx xxxxxx de los bienes municipales sean estos de uso común o no;
o) Proponer la creación, modificación o supresión de arbitrios al Organismo Ejecutivo quien trasladara el expediente con la iniciativa xx xxx respectiva al Congreso de la República;
p) La fijación xx xxxxxx y gastos de representación xxx xxxxxxx; las dietas por asistencia a sesiones del Concejo Municipal; y, cuando corresponda, las remuneraciones a los alcalde comunitarios o alcaldes auxiliares. Así como emitir el reglamento de viáticos correspondiente;
q) La concesión de licencias temporales y aceptación de excusas a sus miembros para no asistir a sesiones;
r) La aprobación de la emisión, de conformidad con la ley, de acciones , bonos y demás títulos y valores que se consideren necesarios para el mejor cumplimiento de los fines y deberes del municipio;
s) La aprobación de los acuerdos y convenios de asociación o cooperación con otras corporaciones municipales, entidades u organismos públicos o privados, nacionales e internacionales que propicien el fortalecimiento de la gestión y desarrollo municipal, sujetándose a las leyes de la materia;
t) La promoción y mantenimiento de relaciones con instituciones públicas nacionales, regionales, departamentales y municipales;
u) Adjudicar la contratación de obras, bienes, suministros y servicios que requiera la municipalidad, sus dependencias, empresas y demás unidades administrativas de conformidad con la ley de la materia, exceptuando aquellas que corresponden adjudicar al alcalde;
v) La creación del cuerpo de policía municipal;
w) En lo aplicable, las facultades para el cumplimiento de las obligaciones atribuidas al Estado por el artículo 119 de la Constitución Política de la República;
x) La elaboración y mantenimiento del catastro municipal en concordancia con los compromisos adquiridos en los acuerdos xx xxx y la ley de la materia;
y) La promoción y protección de los recursos renovables y no renovables del municipio; y,
z) Las demás competencias inherentes a la autonomía del municipio. aa)Las demás competencias inherentes a la autonomía del municipio; y,
bb)La discusión, aprobación, control de ejecución y evaluación de las políticas municipales de desarrollo de la juventud.
Cabe indicar que de conformidad con el artículo 000 xx xx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx establece que los bienes, rentas, arbitrios y tasas son propiedad exclusiva del municipio y gozaran de las mismas garantías y privilegios de la propiedad del Estado, por lo que en consecuencia al constituir la municipalidad de Retalhuleu una entidad jurídica autónoma como ya se mencionó con anterioridad, es capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones, como en el caso particular del contrato de arrendamiento objeto de estudio del presente trabajo.
4.4.1.2 Comisiones de trabajo:
El concejo municipal al constituir un órgano colegiado o pluripersonal del municipio se le faculta para que pueda crear comisiones de trabajo, con el fin de que estas realicen estudios a fondo sobre los asuntos que conocerá el concejo municipal y al respecto emitan su dictamen, de igual forma pueden proponer acciones con el fin lograr la mayor eficiencia de la administración municipal, las comisiones de trabajo se integraran con los mismos miembros del Concejo Municipal, y cada comisión deberá contar con su presidente. El código municipal establece como obligatorias las siguientes comisiones:
a) Educación, educación bilingüe intercultural, cultura y deportes;
b) Salud y asistencia social;
c) Servicios, infraestructura, ordenamiento territorial, urbanismo y vivienda;
d) Fomento económico, turismo, ambiente y recursos naturales;
e) Descentralización, fortalecimiento municipal y participación ciudadana;
f) De Finanzas;
g) De probidad;
h) De los derechos humanos y de la paz;
i) De la familia, la mujer y la niñez, la juventud, adulto mayor o cualquier otra formada proyección social; todas las municipalidades deben reconocer del monto de ingresos recibidos del situado constitucional un monto menor del 0.5% para esta comisión, del municipio respectivo.
4.4.2 Alcaldía Municipal:
El Alcalde es la persona que preside el Concejo Municipal, es un cargo público que se encuentra al frente de la administración municipal con una función ejecutiva de la misma y la persona que ―representa a la municipalidad y al municipio; es el personero legal de la misma, sin perjuicio de la representación judicial que se le atribuye al síndico; es el jefe del órgano ejecutivo del gobierno municipal; miembro del Consejo Departamental de Desarrollo y Presidente del Consejo Municipal de Desarrollo.‖ Artículo 52 del código municipal, dentro del Contrato de Arrendamiento celebrado el cual esobjeto de estudio del presente trabajo, el Alcalde Municipal de Retalhuleu, compareció a la celebración del mismo, autorizado plenamente por el Concejo Municipal de Retalhuleu.
―Dentro del sistema municipal, la figura principal es el alcalde, él es su representante oficial, inclusive ante el gobierno central y sus instituciones. A él se dirigen la mayoría de las demandas de las sociedades, a nivel municipal.‖45
4.4.2.1 Competencias xxx Xxxxxxx Municipal:
De conformidad con el código municipal el alcalde tiene fundamentalmente como obligación el hacer cumplir las ordenanzas, reglamentos, acuerdos, resoluciones y demás disposiciones del Concejo Municipal, debe dictar las medidas de políticas y buen gobierno y ejercerá la potestad de acción directa y deberá resolver los asuntos del municipio que no estén atribuidos a otra autoridad.
Entre las atribuciones específicas xxx xxxxxxx municipal se encuentran:
a) Dirigir la administración municipal;
b) Representar a la municipalidad y al municipio;
c) Presidir las sesiones del Concejo Municipal y convocar a sus miembros a sesiones ordinarias y extraordinarias de conformidad con este código;
d) Velar por el estricto cumplimiento de las políticas públicas municipales y de los planes, programas y proyectos de desarrollo del municipio.
e) Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios públicos y obras municipales.
f) Disponer gastos, dentro de los límites de su competencia; autorizar pagos y rendir cuentas con arreglo al procedimiento legalmente establecido.
g) Desempeñar la jefatura superior de todo el personal administrativo de la municipalidad; nombrar, sancionar y aceptar la renuncia y remover de conformidad con la ley, a los empleados municipales.
h) Ejercer la jefatura de la policía municipal, así como el nombramiento y sanción de sus funcionarios.
i) Ejercitar acciones judiciales y administrativas en caso de urgencia.
j) Adoptar personalmente, y bajo su responsabilidad en caso de catástrofe o desastres o grave riesgo de los mismos, las medidas necesarias, dando cuenta inmediata al pleno del Concejo Municipal.
k) Sancionar las faltas por desobediencia a su autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales, salvo en los casos en que tal facultad este atribuida a otros órganos.
l) Contratar obras y servicios con arreglo al procedimiento legalmente establecido, con excepción de los que corresponda contratar al Concejo Municipal.
45 Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxx Xxxxxxx, Ob. Cit., pág. 234
m) Promover y apoyar, conforme a este código y demás leyes aplicables, la participación y trabajo de, las asociaciones civiles y los comités de vecinos que operen en su municipio, debiendo informar al Concejo Municipal, cuando este lo requiera.
n) Tramitar los asuntos administrativos cuya resolución corresponda al Concejo Municipal y, una vez substanciados, darle cuenta al pleno del Concejo en la sesión inmediata.
o) Autorizar, conjuntamente con el secretario municipal, todos los libros que deben usarse en la municipalidad, las asociaciones civiles y comités de vecinos que operen en el municipio; se exceptúan los libros (físicos y digitales) y registros auxiliares a utilizarse en operaciones contables, que por ley corresponde autorizar a la Contraloría General de Cuentas.
p) Autorizar, a título gratuito, los matrimonios civiles, dando dentro de la ley las mayores facilidades para que se verifiquen, pudiendo delegar esta función en uno de los concejales.
q) Tomar el juramento xx xxx a los concejales, síndicos y a los alcaldes comunitarios o auxiliares, al darles posesión de sus cargos.
r) Enviar copia autorizada a la Contraloría General de Cuentas del inventario de los bienes del municipio, dentro de los primeros quince (15) días calendario del mes de enero de cada año.
s) Ser el medio de comunicación entre el Concejo Municipal y las autoridades y funcionarios públicos.
t) Presentar el presupuesto anual de la municipalidad, al Concejo Municipal para su conocimiento y aprobación.
u) Remitir dentro de los primeros cinco (5 días hábiles de vencido cada trimestre del año, al registro de ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral, informe de los avecindamientos realizados en el trimestre anterior y de los vecinos fallecidos durante el mismo periodo.
v) Las demás atribuciones que expresamente le atribuyen las leyes y aquellas que la legislación del Estado asigne al municipio y no atribuya a otros órganos municipales.
4.5 Regulación Legal:
Jurídicamente el municipio como institución recoge su sustento legal, fundamentalmente de la Constitución Política de la República de Guatemala, que establece que los municipios son instituciones autónomas, con dicha concesión, el municipio pasa a ser un órgano administrativo distinto al Estado, y sus entidades anexas, con capacidad propia para disponer de sus bienes y recursos libremente, no supeditado a órgano alguno, únicamente a la ley, el
cual es administrado por un Concejo Municipal, integrado por personas residentes de la circunscripción territorial de que se trate.
Específicamente el Código Municipal, desarrolla al municipio como institución y le confiere atribuciones específicas y distintas a las del Estado, en concordancia con lo estipulado en la ConstituciónPolítica de la República y de ninguna manera en detrimento de su autonomía, confiere obligaciones a los funcionarios municipales para el cumplimiento de sus fines específicos, siendo su fin primordial, al igual que el Estado, la realización del bien común de sus habitantes.
4.6 Sistemas de Gobierno Municipal:
Un sistema de gobierno municipal es aquel conjunto de reglas o principios entrelazados entre si, por el cual se rige el gobierno de un municipio.
4.6.1 Sistema de Democracia Directa:
Es aquel sistema por el cual ―la gestión corresponde a los vecinos, quienes lo ejercen directamente, congregados en las oportunas asambleas que se reúnen en las plazas públicas.‖46 Bajo este sistema la asamblea de vecinos en el ejercicio de sus atribuciones puede nombrar y remover funcionarios públicos, así como emitir acuerdos, ordenanzas, resoluciones y reglamentos municipales, este sistema es criticado debido a la lentitud y apatía con la que se pueden tratar los temas de importancia y de urgencia en un momento determinado, debido a que la discusión y aprobación de los puntos de interés se puede ver afectada por el exceso de muchedumbre y por falta de acuerdos concretos.
4.6.2 Sistema de Democracia Representativa:
Bajo este sistema el poder no es ejercido por los vecinos, sino lo delega a los órganos administrativos, desde el punto de vista del municipio, correspondería el ejercicio del poder a la Municipalidad a través de su órgano máximo cual es el Concejo Municipal, así como al alcalde municipal, encargado de la ejecución de la política municipal. Bajo ese supuesto corresponde al Concejo Municipal emitir los acuerdos, ordenanzas, resoluciones y reglamentos municipales en representación de los vecinos que los han elegido para el desempeño de una función pública. El Concejo
46 Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxx Xxxxxxx, Ob. Cit., pág. 208
Municipal al constituir un órgano colegiado, se encuentra integradopor varias personas, las cuales representan a una parte del electorado, siendo así un órgano representativo de los electores.
4.6.3 Sistema Democrático, Colegial o Ingles:
Este sistema de gobierno municipal ―tiene su fundamento y base en la opinión pública, externada por el sufragio, centro de acción de gobierno en el ayuntamiento o Concejo Municipal, que es directamente designado por el cuerpo electoral, siendo el depositario de la soberanía local y del que recibe todo impulso la vida municipal. El alcalde mayor, consiste en un designado por el Concejo para presidirlo y llevar su representación, pero no goza de gran autoridad legal, pues carece de facultades para poder designar a los funcionarios y del derecho de veto. Tiene su carácter de monarca representativo, es decir no es un órgano independiente del gobierno y la superioridad es más de dignidad que de poder. En este sistema, la gestión se encuentra a cargo del Ayuntamiento que la ejerce mediante las comisiones que nombra y que son especialmente en cada rama.‖47
4.6.4 Sistema Democrático de Separación de Poderes o Sistema Francés:
Bajo este sistema de gobierno municipal, los vecinos eligen a través de sufragio a los miembros del Concejo Municipal, quienes a su vez, eligen al Alcalde, quien lo preside, sin embargo, a diferencia del sistema inglés, el Alcalde no es un simple representante del Concejo Municipal, sino ejerce funciones ejecutivas y goza de manera independiente de atribuciones y lleva a cabo una función propia y especifica de decisión, existiendo efectivamente una separación de poderes.
4.6.5 Sistema Autoritario x Xxxxxx:
Era aquel sistema de gobierno municipal que se derivó de la misma política autoritaria de Alemania que comenzó a gestarse durante la primera guerra mundial y se consolido con la Alemania Nacional Socialista durante la xxxxxxx xxxxxx mundial, en el cual el gobierno municipal se componía de un Concejo Municipal, un xxxxx xxxxxxx (alcalde) y el magistral, ―el concejo es el cuerpo deliberante que se designa por sufragio. El xxxxx xxxxxxx era el que asumía la autoridad ejecutiva, asistiéndole en ella el magistral, aunque era elegido por el concejo, actuaba con cierta independencia. Así pues, no era
47 Ibíd.
realmente el político el que desempeñaba el cargo sin poner sus conocimientos profesionales, sino que era más bien el técnico que hacía de su oficio una verdadera profesión, contando con poder suficiente para el desarrollo de sus funciones‖48
4.6.6 Sistema adoptado por Guatemala:
El sistema de gobierno municipal utilizado en Guatemala es el sistema representativo, debido a que tal como lo regula la Constitución Política de la República, el poder proviene del pueblo. Su ejercicio está sujeto a las limitaciones señaladas por esta Constitución y la ley. Ninguna persona, sector del pueblo, fuerza armada o política, puede arrogarse su ejercicio; Los funcionarios son depositarios de la autoridad, responsables legalmente por su conducta oficial, sujetos a la ley y jamás superiores a ella. Los funcionarios municipales, tales como el Concejo Municipal (órgano deliberante) y el Alcalde Municipal (órgano ejecutivo) son electos popularmente y por sufragio universal para un periodo de cuatro años, cuya función esencial es llevar a cabo la administración municipal y la consecuente realización del bien común que se pone de manifiesto en la prestación de servicios públicos municipales.
4.7 Autonomía Municipal:
Los municipios de la República tal como lo preceptúa la Constitución Política son instituciones autónomas, es decir, que en teoría funcionan bajo el sistema de organización de la administración pública de la Autonomía Administrativa, la misma puede definirse como aquel ―Sistema de organización administrativa que consiste en crear un órgano administrativo estatal, dotándolo de personalidad jurídica propia y otorgándole funciones descentralizadas de carácter eminentemente técnico y científico perocon controles del Estado con un gobierno democráticamente elegido, pero que sigue perteneciendo a la estructura estatal.‖49Esta definición es coherente con lo estipulado por el artículo 134 de la Constitución Política de la República que establece que ―el municipio y las entidades autónomas y descentralizadas, actúan por delegación del Estado.‖
48 Ibíd., pág. 209
49 Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxx Xxxxxxx, Derecho Administrativo, Parte General, pág. 226
La Autonomía del municipio abarca aspectos un poco másprofundos de los que enmarca su definición, tales como la competencia y atribuciones para actuar en el plano de la Administración PúblicaMunicipal, y al respecto cuentan con un órgano de administración cual es el Concejo Municipal, un ente considerado la máxima autoridad en el municipio, encargado de dictar la política administrativa municipal, de igual forma el municipio cuenta con el Alcalde Municipal, que preside el Concejo Municipal, encargado de la ejecución de la Política Administrativa Municipal, y en general de todos los aspectos que le atañen conforme a la ley. Estas autoridades son electas por la población habitante de la circunscripción municipal de que se trate.
Por último cabe resaltar un aspecto de vital importancia para el municipio considerado como institución autónoma, que es el del Autofinanciamiento, pese a que la Constitución Política de la República le concede, en teoría, Autonomía a los municipios, la cruel realidad de muchos de ellos es que dependen excesivamente de los recursos que puedan recibir del Estado, pese a los esfuerzos de la propia Constitución de preveresa situación, que destina el diez por ciento del Presupuesto General de Ingresos Ordinarios del Estado paralas municipalidades del país, distribuidos de acuerdo a los criterios establecidos en el Código Municipal, sin embargo dichos recursos resultan insuficientes para los municipios. Hasta que esta situación no se modifique y seconcrete una solución para que los propios municipios puedan captar más recursos para el cumplimiento de sus fines, las municipalidades del país no podrán ser consideradas del todo como instituciones autónomas.Por otro lado la municipalidad no necesita consultar a ningún otro órgano para tomar decisiones dentro del marco legal, ni para disponer de sus bienes como mejor convenga a la realidad local.
4.8 Principales órganos y unidades del municipio:
4.8.1 Secretaría Municipal:
Es un órgano municipal el cual es encargado fundamentalmente de asistir a las sesiones del Concejo Municipal y de elaborar las actas de las sesiones y autorizarlas con su firma, al ser aprobadas, de conformidad con el código municipal, igualmente el Secretario Municipal es encargado de certificar las actas y resoluciones xxx Xxxxxxx o del Concejo Municipal.
Igualmente tiene la función de redactar la memoria anual de labores y presentarla al Concejo Municipal, dentro de los primeros quince días del mes de enero de cada año, y de remitir una copia al Organismo Ejecutivo, al Congreso de la República, al Concejo Municipal de Desarrollo y a los medios de comunicación locales. Articulo 83 Código Municipal
El Secretario Municipal del Concejo Municipal, lo es igualmente xxx Xxxxxxx Municipal.
Los Requisitos para ser Secretario Municipal son:
1º Ser guatemalteco de origen;
2º Encontrarse en el libre ejercicio de sus derechos políticos;
3º Tener aptitud para optar al cargo, de conformidad con el reglamento municipal respectivo.
4.8.2 Juzgado de Asuntos Municipales:
Es un órgano municipal cuya función es la de ejecutar las ordenanzas, el cumplimiento de los reglamentos y demás disposiciones de carácter municipal, y leyes ordinarias. El juez de asuntos municipales ejerce jurisdicción en todo el ámbito de la circunscripción territorial de que se trate, es nombrado por el Concejo Municipal, y actúa bajo las órdenes directas xxx xxxxxxx, únicamente el Concejo Municipal puede removerlo mediando causa justificada para ello. Articulo 161 Código Municipal.
Para optar al cargo de Juez de Asuntos Municipales se requiere ser:
1º Debe reunir las calidades y requisitos de un xxxx xx xxx;
2º Debe hablar el idioma mayoritario del municipio de que se trate.
4.8.3 Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal:
Es una unidad técnica municipal encargada de llevar el régimen jurídico financiero del municipio, la recaudación y administración de los ingresos municipales, la gestión de financiamiento, la ejecución presupuestaria y control de los bienes comunales y patrimoniales del municipio.Dentro de esta unidad técnica debe de existir como mínimo las áreas de tesorería, contabilidad y presupuesto. Articulo 97 Código Municipal.
4.8.4 Auditor Interno:
Las municipalidades obligatoriamente deberán contar con un Auditor Interno, el cual puede ser contratado a tiempo completo o de manera parcial y lo podrán contratar de forma asociativa con otras municipalidades, cuya función esencial es velar por la correcta ejecución presupuestaria del municipio e implantar un sistema eficiente y ágil de seguimiento y ejecución presupuestaria, las demás funciones específicas serán normadas por el reglamento emitido para el efecto por el Concejo Municipal.
Los requisitos para ser Auditor Interno de una municipalidad son:
1º Ser guatemalteco de origen;
2º Hallarse en el ejercicio de sus derechos políticos; 3º Ser Contador Público o Auditor Colegiado Activo
4.9 Fondos Municipales:
Los fondos municipales se pueden definir como aquel conjunto de recursos, obtenidos a través de los canales autorizados por la ley, los cuales son captados con la finalidad de financiar la organización y funcionamiento de las xxxxxxxxxxxxxxx.Xx importante que la municipalidad busque maneras de recaudar fondos para el cumplimiento de sus fines.
4.9.1 Principales formas de obtención:
4.9.1.1 Tasas:
Los municipios pueden obtener recursos para su financiamiento a través de las tasas municipales, que tienen lugar cuando las municipalidades cobran una determinada cantidad de dinero por la prestación de un servicio público municipal, tal como el servicio de agua potable, energía eléctrica, drenajes y alcantarillado, recolección de basura, entre otros.
4.9.1.2 Arbitrios:
Los arbitrios no son más que impuestos decretados por el Congreso de la República a favor de las municipalidades, en este caso el municipio se convierte en el ente recaudador de dicho impuesto, dentro de la
circunscripción territorial en donde tenga lugar el hecho generador. Entre los arbitrios existentes actualmente se pueden mencionar al Impuesto Único Sobre Inmuebles (IUSI) y el del Boleto xx Xxxxxx.
4.9.1.3 Donaciones:
El municipio puede agenciarse de fondos a través de aportes otorgados porpersonas individuales o jurídicas en calidad de donaciones a título gratuito.
4.9.1.4 Rentas:
El municipio puede captar recursos a través de las rentas o frutos obtenidos de los bienes municipales, tal como lo realiza en el caso del arrendamiento de locales en los respectivos mercados municipales. La Constitución Política de la República establece que los bienes, rentas, arbitrios y tasas son propiedad exclusiva del municipio y gozaran de las mismas garantías y privilegios de la propiedad del Estado, igualmente establece el Código Municipal que la municipalidad tiene la administración de sus bienes y valores sin más limitaciones que las establecidas en las leyes, por lo que es de esta forma y en el ejercicio de sus atribuciones como obtiene una renta por el otorgamiento en arrendamiento de la Planta Hidroeléctrica Municipal a la entidad Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima.
4.9.1.5 Contribuciones por mejoras:
El municipio puede captar y obtener recursos de los vecinos por medio de la realización de obras de urbanización que mejoren las áreas o lugares en que estén situados los inmuebles propiedad de los vecinos beneficiados. Los vecinos deberán de pagar la contribución que establezca el Concejo Municipal, la cual no podrá, en ningún caso, exceder del costo de las mejoras.
Las formas de captación u obtención de recursosmunicipales,debe de sujetarse al principio de legalidad en materia tributaria, el cual establece que está prohibida la percepción de ingresos que no estén autorizados por el órgano competente, el cual es el Congreso de la Repúblicaa quien corresponde con exclusividad decretar impuestos ordinarios y extraordinarios, arbitrios y contribuciones especiales de acuerdo a la equidad y justicia tributaria.
4.9.1.6 Aporte Constitucional:
Las municipalidades del país obtienen recursos a través de los fondos que son trasladados por el Estado por mandato constitucional, el cual consiste en un diez por ciento (10%) del Presupuesto General de Ingresos ordinarios del Estado, que anualmente es distribuido entre todas las municipalidades del país de acuerdo a los criterios establecidos en el Código Municipal, el mismo debe de ser destinado por lo menos en un noventa por ciento (90%) a proyectos de educación, salud, obras de infraestructura y servicios públicos, el diez por ciento restante puede ser utilizado en gastos de funcionamiento.
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CAPITULO V
ANÁLISIS CRÍTICO JURÍDICO SOBRE EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO CELEBRADO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE RETALHULEU Y NEGOCIOS CONSOLIDADOS XXX XXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA Y SU IMPACTO EN LA RECAUDACIÓN DE FONDOS POR PARTE DE LA MUNICIPALIDAD.
5.1 Antecedentes del Contrato de Arrendamiento celebrado entre la Municipalidad de Retalhuleu y Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima:
Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima es propietaria de una fábrica de papel localizada en el xxxxxxxxx 000 xx xx xxxx XX-0 en el Cantón Recuerdo Ocosito del municipio y departamento de Retalhuleu, a mediados del año 2003 la Fábrica de Papel en mención, se ve en problemas ante el deficiente servicio de energía eléctrica que le proveía la Distribuidora de Occidente, S.A. – DEOCSA--, otrora parte del grupo Unión Fenosa, S.A., esta deficiencia le ocasionaba innumerables perdidas a la fábrica de papel debido a los constantes apagones e irregularidades en el voltaje que era requerido para el buen funcionamiento de la fábrica, problemas que llegaron a desencadenar una batalla legal y consecuentemente en el corte de fluido eléctrico para la fábrica de papel por parte de DEOCSA, debido a eso Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A. decide buscar una alternativa para proveerse de un servicio de energía eléctrica eficiente, por lo que en la búsqueda de la mismadescubren que la municipalidad de Retalhuleu cuenta con una Planta Hidroeléctrica Municipal la cual se encuentra localizada en Cantón Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, pero que la misma se encuentra en un estado inservible y así mismo que la municipalidad de Retalhuleu no cuenta con los recursos para ponerla en funcionamiento nuevamente y estimando que no cuenta con la capacidad para proveerle del servicio a la fábrica de papel, es por ello que Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima propone a la municipalidad de Retalhuleu, el arrendamiento de la Planta Hidroeléctrica Municipal, con el fin de producir energía eléctrica y asegurar un servicio eficiente para la fábrica de papel, a tal grado que Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A. instala su propia red de transmisión, con el fin de conectar la Planta Hidroeléctrica Municipal con la Fábrica de Papel y de asegurar la eficiencia en el servicio de energía eléctrica, Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima entra a negociar el arrendamiento con la municipalidad de Retalhuleu a fines del año 2003.
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5.1.1 Procedimiento para la celebración del Contrato de Arrendamiento:
5.1.1.1 Petición y Resolución Municipal que autoriza la celebración del contrato de arrendamiento entre la municipalidad de Retalhuleu y Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima:
La proposición de Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima relativa al arrendamiento de la Planta Hidroeléctrica Municipal se comunica al Concejo Municipalde Retalhuleu a través xxx Xxxxxxx Municipal, aquelpasa a tomarlaen consideración en las sesiones del mismo, comienzan a discutir la propuesta, sin embargo la Planta Hidroeléctrica Municipal conformaba el departamento de Generación Eléctrica de la Empresa Eléctrica Municipal de Retalhuleu, la que en ese momento se encontraba bajo intervención del Instituto Nacional de Electrificación –INDE—debido a una deuda adquiridapor la Empresa Eléctrica Municipal de Retalhuleu por compra de energía eléctrica al INDE que no habían sido pagadas; por lo que el Concejo Municipal de Retalhuleu decide consultar con el Interventor sobre la propuesta de arrendamiento de la Planta Hidroeléctrica Municipal, con el fin del suministro de energía eléctrica a Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A., según consta en acta del sesiones del Xxxxxxx Xxxxxxxxx xx. 00-0000 de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx xxxxxxxxxxx xxxxxx al Concejo Municipal que la generación de energía eléctrica no se encuentra limitada por la intervención, ni afectan los intereses como acreedor del INDE, da vía libre a la negociación, por lo que el Concejo Municipal al no encontrar oposición de parte del interventor decide desligar la Planta Hidroeléctrica Municipal de Retalhuleu, de la Empresa Eléctrica Municipal quedando a disposición directa de la Municipalidad de Retalhuleu.
Por lo que posteriormente el Concejo Municipal decide autorizar al Alcalde Municipal para la celebración del contrato de arrendamiento con Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima a través de punto resolutivo de fecha 06 de diciembre de 2003, según consta en acta de sesiones del Xxxxxxx Xxxxxxxxx xx. 00-0000 la cual en su punto cuarto establece literalmente lo siguiente: “El Concejo Municipal entro a conocer el contenido de las propuestas de la empresa Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A. quienes han manifestado el interés de que esta municipalidad les proporcione el suministro de energía eléctrica a través del fluido que generan las plantas de Ocosito de la Empresa Hidroeléctrica Municipal y CONSIDERANDO: que desde hace varias sesiones se ha venido analizando
detenidamente el contenido de lo solicitado y la propuesta para realizar el contrato y tomando en cuenta que la negociación no afecta los intereses de la municipalidad, pero si generara ingresos para el mantenimiento de la Empresa Hidroeléctrica. CONSIDERANDO: que de conformidad con el punto cuarto del acta 51-2003 de fecha 24/11/2003 del libro de sesiones de este concejo municipal, ya se acordó desligar las plantas generadoras de energía eléctrica de Ocosito de la Empresa Hidroeléctrica Municipal, y han quedado bajo la disposición y control de la municipalidad. POR UNANIMIDAD, SE ACUERDA:
I) Se autoriza al señor Alcalde Municipal celebrar contrato con la empresa NEGOCIOS CONSOLIDADOS XXX XXXXXXXX, S.A. por un plazo de 10 años para que puedan utilizar las plantas generadoras de energía eléctrica localizadas en el cantón Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Retalhuleu así como de la finca donde se encuentran instaladas debiendo cancelar a la Municipalidad el precio de cinco punto cinco dólares americanos o su equivalente en quetzales a la fecha del pago por Kilovatios potencia eléctrica generada siendo la renta mensual en forma vencida y además cinco centavos de dólares americanos por kilovatio hora consumida de acuerdo a la oferta presentada, II) Las servidumbres de paso existentes deberán ser respetadas por la empresa contratante, además tendrá el derecho al uso, reparación y mantenimiento de las plantas y demás equipo que actualmente se encuentra en mal estado. III) Notifíquese.”
Es así que con fecha 23 de diciembre del año 2003 se realiza en el municipio de Retalhuleu la celebración del Contrato de Arrendamiento entre la Municipalidad de Retalhuleu y Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima, con el fin de producir energía eléctrica para el consumo de esta última, al que comparecen sus respectivos representantes legales.
El procedimiento seguido por la municipalidad de Retalhuleu para la celebración del contrato de arrendamiento, fue breve, por un lado debido a que la entidad Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima se encontraba en una situación difícil financieramente, sin poder operar por falta de un servicio de energía eléctrica eficiente que garantizara el buen funcionamiento de la planta de papel y por otro lado debido a que por tratarse del arrendamiento de un bien municipal no era necesario llevar a cabo ninguno de los procedimientos establecidos en la Ley de Contrataciones del Estado,puesto que la misma ley solamente regula dichos procedimientos cuando se trata de adquisición de bienes o servicios para el Estado, municipalidades u otras instituciones autónomas y descentralizadas o cuando
se procede a la enajenación de bienes públicos o la concesión de servicios públicos.
5.2 Aspecto Jurídico del Contrato de Arrendamiento celebrado entre la Municipalidad de Retalhuleu y Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima:
En este apartado se realizara un análisis jurídico del contrato de arrendamiento para determinar sí cumplió con los requisitos para su validez, el cual se dividirá conforme a la estructura del instrumento público, que es la forma adoptada por el contrato,y cuya eficacia jurídica será tratada en el inciso 5.3.
5.2.1 Introducción:
5.2.1.1 Encabezamiento:
El contrato de arrendamiento en la parte del encabezamiento cumple con los requisitos del numeral 1 del artículo 29 del código de notariado, consigna correctamente el número de orden, lugar, día, mes y año en que se otorga el instrumento público. La numeración es cardinal tal como lo establece el numeral 2 del artículo 13 del cuerpo legal citado, no existe circunstancia jurídicamente objetable en este apartado.
5.2.1.2 Comparecencia:
Dentro del contrato se cumple con los requisitos de comparecencia establecidos en el numeral 2 del artículo 29 del código de notariado, tales como los nombres y apellidos, edad, estado civil, nacionalidad, profesión u oficio de los comparecientes, sin embargo, dentro de estos datos se consigna el avecindamiento de los comparecientes, requisito que no es exigido por el artículo 29 del código de notariado.
5.2.1.3 Identificación de los Otorgantes:
Tanto el representante legal del arrendante como del arrendatario se identificaron concédula de vecindad, la primera extendida en el municipio y departamento de Retalhuleu y la segunda extendida en el municipio y departamento de Guatemala, la identificación de los otorgantes se realizó de acuerdo a lo establecido por la ley y a través del documento de identificación legalvigente, con lo cual acreditaron su mayoría de edad y la capacidad de ejercicio.
5.2.1.4 Representación Legal:
Dentro del contrato de arrendamiento se describen los documentos con los cuales los otorgantes acreditan la representación legal que ejercitan y con la que actúan, tanto la parte arrendante en la que figura como Representante Legal el Alcalde Municipal de Retalhuleu, y que lo acredita con el Acta de toma de posesión del cargo número cuatro de fecha 15 de enero de 2000 y el Acuerdo número 1-99 de la Junta Electoral Departamental de Retalhuleu de fecha 28 de noviembre de 1999, así como la parte arrendataria en la que elAdministrador Único y Representante Legal de la entidad Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónimacomparece y cuya representación legal se acredita con el acta notarial de nombramiento debidamente inscrita en el Registro Mercantil General de la República bajo el número 37882 Folio 978 del libro 21 del Libro Electrónico de Xxxxxxxxxx.Xx oportuno señalar que el notario faccionante del instrumento público hizo constar que tuvo a la vista los documentos fehacientes con los que se acreditó la representación legal de los comparecientes, y la cual indicó que era suficiente, sin embargo olvido consignar que era conforme a la ley y a su juicio de conformidad con el incisocinco del artículo 29 del código de Notariado, pero este requisito de indicar que es suficiente conforme a la ley y a su juicio no figura como una formalidad esencial de acuerdo al artículo 31 del código de notariado, por lo que la única consecuencia jurídica que tendría lugar allí es la multa regulada para el notario en el artículo 33 del cuerpo legal indicado.
5.2.1.5 Capacidad Legal de los Comparecientes:
El Notario faccionante del instrumento público hace constar que los comparecientes le aseguran que se encuentran en el libre ejercicio de sus derechos civilesde conformidad con lo regulado en el inciso tercero del artículo 29 del código de notariado y comparecen ante el notario a celebrar Contrato de Arrendamiento.
5.2.2 Cuerpo:
5.2.2.1 Antecedentes:
5.2.2.1.1 Del bien inmueble arrendado y bienes muebles conexos:
Dentro del contrato de arrendamiento se indica que la Municipalidad de Retalhuleu es la propietaria de una Planta Hidroeléctricala cual seencuentra
localizada en el Cantón Xxxxxxxxxx Xxxxxxx del municipio y departamento de Retalhuleu y según lo indica el notario faccionante se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble, sin embargo el notario no señala de que Registro se trata, si es del Registro General de la Propiedad o se trata del Segundo Registro de la Propiedad.
Seguidamente se detalla en el instrumento público que dentro del inmueble se encuentran bienes muebles tales como: Casa de máquinas de transformación eléctrica, construcciones de ladrillo y concreto para hacer el embalse de agua, canales y tubería de acceso de agua y canales y tubería de desfogue, sin embargo de conformidad con el numeral 3 y 4 del artículo 445 del Código Civil dichos objetos constituyen bienes inmuebles y no muebles como erróneamente se consigna por el notario en el instrumento público, porque estos se encuentran incorporados al inmueble de manera fija y permanente, este error es un problema de redacción xxx xxxxxxx, el cual no incide en el contrato de arrendamiento celebrado. Posteriormente se describen un conjunto de equipos y maquinarias para la generación de energía eléctrica, los cuales se encuentran instalados en el inmueble al que se hace referencia y los cuales en su conjunto conforman la Planta Hidroeléctrica Municipal que se otorga en arrendamiento, el conjunto de bienes que conforman la Planta se encuentran detallados en el capítulo I del presente trabajo.
5.2.2.2 Estipulaciones o Clausulas Escriturarias:
5.2.2.2.1 Estado de los bienes arrendados:
Respecto al estado en el cual se encuentran los bienes, en el contrato de arrendamiento únicamente se limitan a establecer que las turbinas que se dan en arrendamiento se encuentran en mal estado, sin especificar con detalles sobre dicho estado,se impone la obligación al arrendatario que alfinalizar el plazo deben de entregarse las turbinas en buen estado, por otro lado se especifica que el bien inmueble que se da en arrendamiento se entrega en estado de funcionalidad y que de ese mismo modo debe devolverse al concluir el plazo. Tal y como se indicó anteriormente en el capítuloI de este trabajo de graduación, el arrendante tiene la obligación de entregar la cosa en estado de servir al objeto de arrendamiento, sin embargo esta cláusula se pactó entre las partes de esta manera dentro del contrato de arrendamiento, basado en el principio de la libertad de contratación y atendiendo a la autonomía de la voluntad.
5.2.2.2.2 Renta:
Se establece que la renta del arrendamiento consistirá en el pago de cinco punto cincuenta dólares americanos o su equivalente en quetzales a la fecha de su pago por kilovatio de potencia eléctrica generada, agregado a esto deberá pagar el precio de la energía eléctrica asociada y la cual consistirá en cinco centavos de dólares americanos o su equivalente en quetzales a la fecha de su pago por kilovatio hora consumido. Es importante acotar que es un garrafal error por parte xxx xxxxxxx que en el contrato de arrendamiento se haya estipulado que la renta era mensual y en forma anticipada, es incongruente totalmente, dado que si la determinación de la renta es derivada y depende de los kilovatios consumidos de energía eléctrica durante el mes, no es posible pagar una renta por anticipado si la misma es consecuencia de un hecho futuro.
5.2.2.2.3 Plazo:
Se establece que el plazo del contrato de arrendamiento es de 10 años forzosos que se comenzaran a contar a partir de la fecha del faccionamiento del instrumento público, sin embargo se establece en el mismo que para la prórroga de dicho contrato bastara con la elaboración de otro instrumento público y un simple xxxxx xx xxxxxx con cinco días de anticipación, situación totalmente errada e incongruente puesto que se trata de un bien municipal, el cual fue otorgado en arrendamiento con autorización del Concejo Municipal de Retalhuleu por un plazo determinado a través de resolución emanada de ese órgano municipal, en cuya resolución no se autoriza la prórroga del contrato de arrendamiento, para que se pueda prorrogar el mismo es necesario que antes el Concejo Municipal lo autorice y deba de celebrarse un nuevo contrato de arrendamiento ya sea bajo las mismas o distintas estipulaciones contractuales.
5.2.2.2.4 Destino o Uso:
En el contrato se especifica el destino que se le debe de dar a los bienes muebles, -aunque esta descripción de muebles es un error de redacción imputable al notario, debió haberse quedado únicamente como bienes- el cual debe de ser para cumplir con la función para la cual fue creada dicha planta. Este aspecto queda ambiguamente descrito, no se especifica cual es esa función a la que se alude, sin embargose puede
deducir que la función técnica que desempeña esta planta es la de generar energía eléctrica a través de la fuerza hidráulica.En el contrato se prohíbe al arrendatario subarrendar los bienes objeto del contrato.
5.2.2.2.5 Del Mantenimiento de los Bienes:
Dentro del contrato de arrendamiento se establece que la parte arrendataria se compromete a realizar el mantenimiento preventivo de la Planta Hidroeléctrica, hasta por un monto de cinco mil quetzales mensuales, también se obliga a realizar reparaciones derivadas del desgaste o uso normal de la Planta Hidroeléctrica, es importante mencionar que esta cláusula relativa al mantenimiento se encuentra incompleta y es incongruente al pasar de una página a otra,debido a que al finalizar en la línea número 50 de la hoja de protocolo donde inicia la cláusula debió de continuarse la misma en la línea número 1 de la siguiente hoja del protocolo, situación que no se dio así, puesto que no existe correlación alguna entre una y otra línea de protocolo, se denota que existe un faltante en dicha cláusula, haciéndola incomprensible hasta cierto punto.
5.2.2.2.6 Rescisión del Contrato:
Dentro del contrato de arrendamiento figuran dos causales para dar por terminado el contrato, la primera es en el caso que el arrendatario incumpla con el pago de la renta de dos meses en la forma y modo convenido, por lo que al darse esta situación se tendrá por terminado el contrato, pudiendo el arrendante exigir la devolución de los bienes y el cobro de las rentas que estuvieren atrasadas. En el segundo caso, se contempladentro del contrato de arrendamiento que cuando ocurriere deterioro, destrucción o catástrofe de los bienes arrendados por ocasión de un hecho fortuito o de fuerza mayor, la parte arrendataria podrá dar por rescindido el contrato sin responsabilidad de su parte. Estas estipulaciones son consonantes con el numeral 1 del artículo 1930, el artículo 1929 y el artículo 1426 del código civil, por lo que no existe nada objetable en esta parte del contrato de arrendamiento.
5.2.2.2.7 Efectos Procesales y Fuero Domiciliar:
Dentro del contrato de arrendamiento le otorgan y reconocen al mismo como título ejecutivo en consonancia con el numeral 1 del artículo 327 del
código procesal civil y mercantil que le otorga a los testimonios de las escrituras públicas la calidad de Títulos Ejecutivos. Por otro lado la parte arrendataria renuncia al fuero de su domicilio y se compromete a someterse a los órganos jurisdiccionales del departamento de Retalhuleu. Artículo 4 del cuerpo legal citado, todas estas estipulaciones se encuentran ajustadas a la ley.
5.2.2.2.8 Gravámenes y Limitaciones:
En el contrato de arrendamiento el notario hace constar que de acuerdo a lo manifestado por el arrendante sobre los bienes descritos y que se dan en arrendamiento no pesan gravámenes, anotaciones o limitaciones de ningún tipo que pudieren afectar el derecho de disposición del arrendatario, sin embargo, en una de las cláusulasdel contrato se hace constar expresamente que sobre el bien inmueble que se da en arrendamiento pesa un gravamen consistente en una servidumbre de paso que beneficia a las personas habitantes de los lugares circunvecinos, no se especifican mayores detalles sobre dicha servidumbre de paso, esto es parte de la incongruente redacción que el notario hiciera, imputable a él, mas no constituye elemento suficiente para que el contrato de arrendamiento deje de surtir sus efectos jurídicos, debido a que sí se dio cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 30 del código de notariado al hacer constar el gravamen que pesaba sobre el bien inmueble.
5.2.3 Conclusión:
5.2.3.1 Cierre del Instrumento:
5.2.3.1.1 Aspectos relativos al cierre:
En cuanto a los aspectos del cierre y en cumplimiento con lo regulado en el numeral 8 del artículo 29 del código de notariado, el notario da fe de todo lo expuesto, así como que tuvo a la vista los documentos de identificación y la documentación con la que acreditaron su representación legal los comparecientes, el notario da fe de la declaración xxx Xxxxxxx sobre la propiedad de los bienes arrendados, de igual forma se refiere a la certificación del punto cuarto de acta de sesiones del Concejo Municipal de Retalhuleu 54-2003 de fecha seis de diciembre de 2003, posteriormente se encuentra transcrita literalmente el acta, en cumplimiento con lo regulado por el numeral 9 del artículo 29 del código de notariado, por otro lado, se
hace constar que los comparecientes se encuentran enterados de los efectos legales del contrato que celebran.
5.2.3.2 Otorgamiento y Autorización:
Dentro del aspecto relativo al otorgamiento, efectivamente el notario da fe de que leyó íntegramente lo escrito a las partes, y que las mismas lo aceptan y ratifican a través de sus firmas de acuerdo a lo establecido en el numeral 10 del artículo 29 del código de notariado.
Dentro del aspecto de la Autorización, el notario en cumplimiento del numeral 12 del artículo 29 del cuerpo legal citado firma a continuación de los otorgantes la escritura pública precedida de las palabras ante mí.
5.2.4 Otros aspectos jurídicos:
Es importante señalar que dentro del contrato de arrendamiento existen algunas partes del mismo que se encuentran fuera del margen de la hoja de protocolo, y las cuales no fueron salvadas al final del documento,sin embargo no son palabras completas, sino algunas letras iníciales de algunas palabras, que se encuentran levemente salidas del margen del protocolo, pero que no hacen incomprensible la lectura del contrato de arrendamiento, por consiguiente no provoca que el contrato deje de surtir sus efectos jurídicos, sin embargo denota una mala práctica por parte xxx xxxxxxx que faccionó el mismo, porque debió atender lo preceptuado por el artículo3 del reglamento de la Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel sellado especial para protocolos el cual indica que lo escrito o impreso que se excediere de las líneas o de los márgenes de las hojas de protocolo se tendrá por no puesto, si al final no se salva lo entrelineado o excedido.
5.3 Eficacia Jurídica del Contrato de Arrendamiento celebrado entre la Municipalidad de Retalhuleu y Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima:
Para poder determinar con propiedad la eficacia jurídica del contrato de arrendamiento celebrado entre la municipalidad de Retalhuleu y Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A. antes debemos de señalar cuales son las causas o circunstancias que pueden hacer ineficaz un contrato para lo cual en este apartado se desarrollara el tema.
Existen tres aspectos que pueden dar lugar a que un contrato no surta efectos jurídicos y los cuales son:
a) Inexistencia
b) Nulidad Absoluta
c) Nulidad Relativa
d) Nulidad formal
5.3.1 Inexistencia:
Comenzaremos por definir la inexistencia para lo cual el autor Xxxxxxx Xxxxxxxxx define como ―la declaración de un contenido de voluntad y no real, emitida conscientemente y de acuerdo entre las partes, para producir con fines de engaño la apariencia de un negocio jurídico que no existe o es distinto de aquel que se ha llevado a cabo.‖50En consecuencia el contrato que se celebra nada tiene de real, consecuentemente se cae a una figura jurídica que el código civil describe como simulación y tiene lugar cuando 1º Cuando se encubre el carácter jurídico del negocio que se declara, dándose la apariencia de otro de distinta naturaleza; 2º Cuando las partes declaran o confiesan falsamente lo que en realidad no ha pasado o no se ha convenido entre ellas; 3º Cuando se constituye o transmiten derechos a personas interpuestas, para mantener desconocidas a las verdaderamente interesadas. Artículo 1284 del Código Civil. La Simulación puede ser absoluta o relativa, es absoluta cuando la declaración de voluntad nada tiene de real y es relativa cuando a un negocio jurídico se le da una falsa apariencia que oculta su verdadero carácter. Artículo 1285 del Código Civil.
Finalmente la simulación absoluta no produce ningún efecto jurídico, pero la simulación no anula el negocio jurídico cuando no tiene un fin ilícito ni causa perjuicio a ninguna persona. Artículo 1286, 1287 del Código Civil.
En el caso del arrendamiento que es objeto de estudio, no tiene lugar esta circunstancia, puesto que en el contrato se pactó el arrendamiento de la Planta Hidroeléctrica Municipal con el fin de producir energía eléctrica para uso de la entidad Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A. situación que se desarrolla de esa manera, desde la celebración del contrato y cumpliéndose con los fines para los cuales se pactó el arrendamiento, así mismo no
50 Citado por Xxxxxxxxx Xxxxx, Xxxxx Xxxxxxx, Revista del Colegio de Abogados y Notarios de Xxxxxxxxx Xx. 00-00, pág. 118
encuadrando en ninguno de los supuestos que regula el artículo 1284 del código civil anteriormente citado.
5.3.2 Nulidad Absoluta:
El autor Xxxxxxx establece que ―un negocio es nulo cuando a pesar de la integridad del hecho constitutivo del negocio, no surte sus efectos correspondientes a ese hecho, por virtud de una circunstancia obstativa.‖51es decir que a pesar de haberse celebrado un negocio jurídico entre las partes este no llega a nacer a la vida jurídica, porque no se encuentra revestido del valor o fuerza necesario para surtir efectos jurídicos, por mandato legal.
Respecto a esto el artículo 1301del código civil establece que hay nulidad absoluta en un negocio jurídico, cuando su objeto sea contrario al orden público o contrario a leyes prohibitivas expresas, y por la ausencia o no concurrencia de los requisitos esenciales para su existencia.
Así como lo regula el artículo 1301 del código civil entre las causas que dan lugar a la Nulidad Absoluta, se encuentran las siguientes:
a) Objeto contrario al orden público:
El orden público lo constituyen todas aquellas circunstancias sociales que en un determinado país pueden llegar a ser consideradas intereses contrarios a la sociedad y que de cierta forma inspiran al ordenamiento jurídico de un Estado, si bien es cierto, el orden público es algo meramente subjetivo y que puede variar de una sociedad a otra, dependiendo de la costumbre, valores, circunstancias políticas o históricas, etc., tal es el hecho de la esclavitud y comercio de seres humanos que existió hace varios siglos y la cual no era vista con desagrado en esa época, situación que hoy en día es imposible que se tome como algo agradable, puesto que la venta de seres humanos atenta contra eso que se denomina orden público y es totalmente punible. Como anteriormente se indicó todas estas circunstancias que conforman el orden público inspiran al ordenamiento jurídico de un Estado, por lo que dichas circunstancias terminan materializando en la legislación de un país, convirtiéndose en normas jurídicas prohibitivas, por lo que en consecuencia a un negocio jurídico que atente contra el orden público o leyes prohibitivas expresas, la ley no le reconoce ningún valor o fuerza para surtir efectos jurídicos desde ninguna perspectiva.
51 Citado por Xxxxxxxxx Xxxxx, Xxxxx Xxxxxxx, Ob. Cit., pág. 119
En el caso concreto del contrato de arrendamiento objeto de estudio, no se puede alegar que adolece de nulidad absoluta por esta circunstancia, dado que la Municipalidad de Retalhuleu es una institución autónoma, que tiene plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones y libre disposición de los bienes de propiedad municipal, en el presente caso únicamente cede el uso y goce de un bien de su propiedad con el fin de obtener una renta mensual a cambio, de ninguna manera puede establecerse que el arrendamiento celebrado de alguna manera atente contra el orden público o leyes prohibitivas del país.
b) Por la ausencia o no concurrencia de los requisitos esenciales para su existencia:
Son considerados requisitos esenciales para la existencia del Negocio Jurídico y para que el mismo tenga validez, los siguientes: Capacidad legal del sujeto que declara su voluntad, consentimiento que no adolezca de vicio y objeto licito, es decir que además de que el Negocio Jurídico no atente contra el orden público o leyes prohibitivas debe de cumplir con los requisitos que establece la ley y cuya inobservancia oportuna pueden dar lugar a la Nulidad Absoluta, impidiendo con ello el surtimiento de efectos jurídicos del negocio celebrado. Art. 1251 c.c.
Como se evidencio en el inciso 5.2 de este capítulo, las partes dentro del contrato de arrendamiento son legalmente capaces y probaron de manera fehaciente la representación legal con la que actuaban, así mismo prestaron su consentimiento expreso para obligarse de manera recíproca dentro del contrato de arrendamiento, y por último el bien objeto de arrendamiento es propiedad de la municipalidad de Retalhuleu, el cual se encuentra dentro del comercio de los hombres
5.3.3 Nulidad Relativa:
Para que un Negocio Jurídico pierda valor o fuerza para surtir sus efectos jurídicos por causa de la existencia de alguna circunstancia que de lugar a Nulidad Relativa es necesario que exista declaración de un juez competente, a través de una sentencia que determine tal extremo y que haga que el Negocio Jurídico en cuestión deje de surtir efectos jurídicos. La acción
para demandar la nulidad relativa dura un periodo de dos años contados desde el día en que se contrajo la obligación.
El autor Xxxxxxxx Xxxx Xxxx, establece que el ―Xxxxxxx Xxxxxxxx es eficaz en principio, pero por haberse celebrado con determinados defectos se encuentra amenazado de destrucción que, al realizarse, borra retroactivamente los efectos por él producidos. En consecuencia, es un negocio provisionalmente valido, pero está pendientede ser invalidado por el titular del derecho a impugnarlo.‖52 El Artículo 1309 del código civil establece que el negocio que adolece de nulidad relativa surte sus efectos mientras en sentencia firme no se declare dicha nulidad.
Por otro lado el Código Civil en el artículo 1308 establece que las causas que pueden dar lugar a la anulabilidad de un contrato son: 1º Incapacidad relativa de las partes o de una de ellas; y 2º Por vicios del consentimiento. Causas que serán desarrolladas a continuación:
a) Incapacidad relativa de las partes:
La Incapacidad relativa de una persona puede entenderse como aquella falta de aptitud que tienen los menores de edad para adquirir derechos y contraer obligaciones para determinados actos jurídicos. El artículo 8 del código civil establece que los menores de dieciocho años pero mayores de catorce son capaces para algunos actos establecidos en la ley, sin embargo celebrar contratos no es uno de ellos, por lo que un menor de dieciocho años no se encuentra en el libre ejercicio de sus derechos civiles para obligarse ante sus pares. Dentro del contrato de arrendamiento objeto de estudio no figura entre las partes ningún menor de edad
b) Vicios del Consentimiento:
Entre los vicios del consentimiento que contempla el código civil guatemalteco, se encuentran el error, el dolo, la violencia y la simulación, de conformidad con el artículo 1257 del cuerpo legal citado.
- El Error:
El error es toda acción desacertada o equivocada que se realiza, en el plano jurídico de un contrato puede definirse como ―la equivocación en el acto o contrato, en la cosa o en la persona, espontanea, excusable, no debida a negligencia, que recae sobre el motivo principal o determinante
del negocio.‖53 El error es causa de nulidad cuando recae sobre la substancia de la cosa que le sirve de objeto, o sobre cualquier circunstancia que fuere la causa principal de la declaración de voluntad. Artículo 1258 del Código Civil.
- El Dolo:
El código civil en su artículo 1261 establece que dolo es toda sugestión o artificio que se emplee para inducir a error o mantener en él a alguna de las partes dentro de un contrato. Igualmente el dolo es todo ardid para engañar a una persona para hacerle creer como existente la situación jurídica o acto que lo motiva.
El Dolo que proviene de una de las partes o de un tercero sabiéndolo aquella, produce la nulidad del acto o negocio jurídico. Artículo 1262 Código Civil.
- La Violencia:
La violencia es considerada como uno de los vicios del consentimiento que pueden provocar la nulidad de un negocio jurídico, la violencia se puede definir comoaquel acto por el cual una persona obliga a otra a cambiar su natural proceder o conducta o tergiversar su voluntad.
La violencia o intimidación deben de ser de tal naturaleza que causen impresión profunda en el ánimo de una persona razonable y le inspiren el temor de exponer su persona o su honra o la de su cónyuge, o conviviente de hecho, ascendientes, descendientes o hermanos, a un mal grave o a la pérdida considerable de sus bienes. Artículo 1264 del Código Civil. En consecuencia una persona que ha sido obligada por cualquier medio a contratar con determinada persona sobre determinada cosa, sin embargo el negocio puede ser revalidado por el que sufrió la violencia, y en el caso que este no reclame en el término de un año de haber sufrido la violencia, prescribe su derecho a reclamar la nulidad. Artículo 1313 del Código Civil.
- Simulación:
La simulación se puede definir como aquella ficción que se hace de una cosa con un determinado propósito. La simulación puede ser absoluta o relativa, la simulación absoluta en un acto o contrato es aquella en la que nada dentro del mismo es verosímil.
En cambio se entiende como simulación relativa aquella situación en que las partes han celebrado un acto o contrato, pero ocultando su verdadero sentido u objeto, dándole una apariencia distinta a la que verdaderamente corresponde.
El código civil en el artículo 1286 establece que la simulación relativa, una vez demostrada, produce los efectos del negocio jurídico encubierto, siempre que su objeto sea lícito. ―La simulación no constituye un vicio del consentimiento puesto que en ella el consentimiento es consciente, libre y pleno, pero deleznable jurídicamente porque las partes consintieron deliberadamente en mentir. Es, pues, un acuerdo consciente en el que ambas partes aceptaron mentir. De ahí que el consentimiento de ninguna de ellas esté viciado. Lo viciado es su intención.‖54Empero la simulación no anula el Negocio Jurídico cuando no tiene un fin ilícito ni causa perjuicio a ninguna persona.
El contrato de arrendamiento objeto de estudio, fue autorizado expresamente por el Concejo Municipal de Retalhuleu de manera unánime a petición de la entidad Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A. según consta en las actas de sesiones número 49 y 54 del año 2003 del Concejo Municipal, por lo cual no puede alegarse que no existió consentimiento pleno, en el punto resolutivo del acta 54-2003 se establecen las condiciones bajo las cuales se celebrara el contrato y autorizan expresamente al Alcalde Municipal de Retalhuleu para celebrar el mismo, siendo el Alcalde Municipal y el representante legal de la entidad Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A. personas mayores de edad, quienes lo acreditaron por medio de sus documentos de identificación, tal como ya se indicó con anterioridad, por lo que en conclusión no existe circunstancia alguna que determine que el arrendamiento celebrado adolezca de Nulidad Relativa.
5.3.4 Nulidad Formal:
Un acto o contrato puede ser válido desde el punto de vista del negocio jurídico, pero puede resultar ineficaz debido a la inobservancia de los requisitos del instrumento público, por lo que en consecuencia ―la nulidad del negocio jurídico no implica necesariamente la nulidad del instrumento
públicoen virtud de que ambos son independientes entre sí, con sus propios requisitos esenciales para validez.‖55
Las causas que hacen que un instrumento público resulte nulo, es la falta de alguna de las formalidades esenciales que regula el código de notariado en el artículo 31 entre las que se encuentran las siguientes: 1º El lugar y la fecha del otorgamiento; 2º El nombre y apellido o apellidos de los otorgantes; 3º Razón de haber tenido a la vista los documentos que acreditan la representación legal suficiente de quien comparezca en nombre de otro; 4º La intervención de intérprete, cuando el otorgante ignore el español; 5º La relación del acto o contrato con sus modalidades; y 6º Las firmas de los que intervienen en el acto o contrato, o la impresión digital en su caso.
Sin embargo para que pueda demandarse la nulidad del instrumento público, por carecer de alguna de las formalidades esenciales, es necesario que se haga dentro del término de cuatro años contados desde la fecha de su otorgamiento, vencido este plazo la acción caduca, y tácitamente se tiene por aceptado el instrumento en ese sentido. Por otro lado las formalidades que no son consideradas esenciales por la ley, únicamente hacen incurrir al notario en una multa de cinco a cincuenta quetzales, dependiendo del caso. Artículos 32, 33 del Código de Notariado.
Particularmente el contrato de arrendamiento objeto de estudio del presente trabajo, no carece de ninguna de las formalidades esenciales del instrumento público, únicamente, y como ya se hizo mención anteriormente en el inciso 5.2 de este capítulo,tiene algunos problemas con la calidad de redacción que hiciera el notario en su momento, pero que no destruyen la validez del instrumento público, puesto que en el mismo se plasmó, sin lugar a dudas, la voluntad de las partes de contratar.
Concluido el desarrollo del tema de la Nulidad desde sus diversas implicaciones podemos decir que el contrato de arrendamiento celebrado entre la municipalidad de Retalhuleu y Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima, no adolece de ninguna circunstancia que dé lugar a la Acción de Nulidad, ya sea esta absoluta, relativa o formal. Sin embargo es de hacer notar que en el caso que se alegara la existencia de algún elemento suficiente que provoque nulidad el término de prescripción se consumó en cada uno de los casos, exceptuándose el caso de la Nulidad Absoluta el cual no tiene plazo de prescripción.
5.4 ¿Lesividad del Contrato de Arrendamiento?:
Con el fin de determinar si el contrato de arrendamiento celebrado entre la Municipalidad de Retalhuleu y Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A. es lesivo para los intereses de aquella, y que pudiere en cierto momento provocar la ineficacia del contrato es pertinente abarcar brevemente este tema dentro del presente trabajo, empezaremos por definir qué se entiende por lesividad y que circunstancias le atañen para determinar su existencia.
La Lesividad es una circunstancia que puede destruir la eficacia jurídica de contrato determinado, en virtud de que el mismo lesione los intereses de la Administración Pública de orden patrimonial o económico.
La Lesividad es una situación en la que se encuentra la Administración Pública en general, en la que un acto administrativo de ella misma ha causado un daño o perjuicio a sus propios intereses, de allí que un acto lesivo pueda definirse como
―aquel que causa daños y/o perjuicios al propio Estado.‖56
En sí la Lesividad consiste en una declaración que hace el propio órgano que se ve afectado, el mismo conlleva un procedimiento en parte administrativo y en parte jurisdiccional ante el tribunal de lo contencioso-administrativo.
La Ley de lo Contencioso-Administrativo no regula un trámiteespecífico para la misma, sin embargo se entiende que la declaración de lesividadnace al ser dictada por medio de resolución administrativa del propio órgano afectado, y quien se encuentre perjudicado tras esa declaración debe iniciar un proceso contencioso-administrativo. La declaración de lesividad solo podrá hacerse dentro de los tres años siguientes a la fecha de la resolución o acto que la origina. Artículo 20 Ley de lo Contencioso Administrativo.
En conclusión la lesividad de un acto administrativo comprende dos aspectos, el daño y el perjuicio a la administración pública, de conformidad con la Real Academia de la Lengua el primero se puede definir como ―el valor de la pérdida sufrida o de los bienes destruidos o perjudicados‖ y el segundo como
―Indemnización que debe de ser pagada por quien haya causado un detrimento patrimonial‖
En el caso del contrato de arrendamiento celebrado entre la municipalidad de Retalhuleu y Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A. no tienen lugar ninguno de
56 Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxx Xxxxxx, Tesis “La Autonomía Municipal y la Lesividad Administrativa, Universidad Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, pág. 46
estos aspectos, por el contrario la municipalidad ha obtenido una renta mensual que con anterioridad al contrato no recibía, es más, y tal como ya se expuso con anterioridad la entidad Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima recibió la Planta Hidroeléctrica Municipal en mal estado, con la obligación de repararla y ponerla en funcionamiento y entregarla en buen estado al finalizar el plazo del arrendamiento, situación que no constituye de ninguna manera daño alguno para la municipalidad, por lo que el Contrato de Arrendamiento de ningún punto de vista puede ser considerado como lesivo para los intereses de la municipalidad de Retalhuleu, razón fundamental por la cual la misma no ha hecho ninguna declaración de lesividad al respecto.
A continuación se da una breve descripción de la renta que ha percibido la municipalidad de Retalhuleu por concepto del arrendamiento durante el año 2004, y que de ninguna manera puede ser tomada como algo perjudicial para la municipalidad de Retalhuleu.
Los pagos comenzaron a computarse desde el mes de enero de 2004, por lo que es procedente indicar a cuánto asciende la recaudación de fondos que ha hecho la municipalidad de Retalhuleu por concepto del contrato de arrendamiento celebrado, la cual ha sido a través de dos rubros establecidos en el contrato, los cuales, como se indicó con anterioridad, son por Kilovatio de potencia eléctrica generada y Kilovatio hora consumido, (estos rubros se pactaron de esta manera debido a que dentro xxx xxxxxxx de la electricidad existe un costo por Kilovatio de potencia generada y otro por Kilovatio hora consumido, este último representa el consumo de energía eléctrica del usuario, pero el costo de kilovatio de potencia generada representa el derecho de disposición del usuario y la obligación del generador de mantenerlos a disposición del usuario, sin embargo este costo dentro xxx xxxxxxx nacional de electricidad es distribuido dentro de todos los usuarios consumidores, por lo que los mismos no lo perciben y no es significativo dentro de su factura de pago) a continuación se especifica los fondos que ha recaudado la municipalidad de Retalhuleu por el contrato de arrendamiento durante el periodo de 2004:
Periodo del mes de enero de 2004:
Durante el mes de enero de 2004 la municipalidad de Retalhuleu recaudó la cantidad de 26, 312.00 quetzales por concepto del pago de la renta por el rubro de Kilovatio de potencia eléctrica generada.
Periodo del mes de febrero de 2004:
De igual forma durante el mes de febrero de 2004 la municipalidad de Retalhuleu recaudó la cantidad de 26,312.00 quetzales por concepto del pago de la renta por el rubro de Kilovatio de potencia eléctrica generada.
Periodo del mes xx xxxxx de 2004:
Durante el mes xx xxxxx la municipalidad recaudó la cantidad de 26,312.00 quetzales por el rubro de Kilovatio de potencia eléctrica generada, es importante resaltar que durante estos periodos mensuales no se pagó nada en concepto de kilovatio hora consumido, debido a que la Planta Hidroeléctrica Municipal se entregó a la entidad Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, S.A. en mal estado, impidiendo su funcionamiento y esta tuvo que encargarse de la compostura de la misma,tal como ya se indicó en uno de los apartados anteriores.
Periodo del mes xx xxxxx de 2004:
Por otro lado durante el mes xx xxxxx de 2004 la municipalidad recaudó la cantidad de 26,312.00 quetzales por el rubro de Kilovatio de potencia eléctrica generada y 60,190.80 quetzales por el rubro de Kilovatio hora consumido, haciendo un total de: 86,502.80 quetzales.
Xxxxxxx xxx xxx xx xxxx xx 0000:
En el mes xx xxxx de 2004 la municipalidad recaudó la cantidad de 26,312.00 quetzales por el rubro de kilovatio de potencia eléctrica generada y en el rubro de kilovatio hora consumido recaudó 71,575.60 quetzales, haciendo un total durante este mes de 97,887.60 quetzales.
Periodo del mes xx xxxxx de 2004:
En el mes xx xxxxx de 2004 la municipalidad recaudó la cantidad de 25,917.32 quetzales por el rubro de kilovatio de potencia eléctrica generada y en el rubro de kilovatio hora consumido recaudó la cantidad de 123,500.36 quetzales, ascendiendo a un total de 149,417.68 quetzales durante este mes.
Periodo del mes de julio de 2004:
Durante el mes de julio de 2004 la municipalidad recaudó la cantidad de 26,312.00 quetzales por el rubro de kilovatio de potencia eléctrica generada y en
el rubro de kilovatio hora consumido recaudó la cantidad de 120,155.00, siendo un total de 146,467.00 quetzales durante este mes.
Periodo del mes xx xxxxxx de 2004:
Durante el mes xx xxxxxx de 2004 la municipalidad recaudo la cantidad de 26,312.00 quetzales por el rubro de kilovatio de potencia eléctrica generada y la cantidad de 119,448.00 quetzales por el rubro de kilovatio hora consumido ascendiendo a un total de 145,760.00 quetzales durante este periodo.
Periodo del mes de septiembre de 2004:
Durante este periodo del mes de septiembre de 2004 la municipalidad recaudó por concepto del arrendamiento en el rubro de kilovatio de potencia eléctrica generada la cantidad de 26,312.00 quetzales y por el rubro de kilovatio hora consumido la cantidad de 118,164.28 quetzales ascendiendo el monto a un total de 144,476.28 quetzales durante este periodo.
Periodo del mes de octubre de 2004:
Dentro de este periodo la municipalidad de Retalhuleu recaudó por el arrendamiento en el rubro de kilovatio de potencia eléctrica generada la cantidad de 25,654.20 quetzales y por el rubro de kilovatio hora consumido la cantidad de 110,211.86 quetzales, ascendiendo a un total de 135,866.06 quetzales durante este periodo.
Periodo del mes de noviembre de 2004:
Durante este periodo la municipalidad recaudo por concepto del arrendamiento en el rubro de kilovatio de potencia eléctrica generada la cantidad de 25,654.20 quetzales y en el rubro de kilovatio hora consumido la cantidad de 104,018.85 quetzales, ascendiendo a un total de 129,673.05 quetzales durante este periodo.
Periodo del mes de diciembre de 2004:
Durante el periodo mensual del mes de diciembre la municipalidad recaudó por concepto del arrendamiento en el rubro de kilovatio de potencia eléctrica generada la cantidad de 25,654.20 quetzales y en el rubro de kilovatio hora
consumido la cantidad de 94,897.72 quetzales, ascendiendo a un monto total de 120, 551.92 quetzales durante este periodo.
Totalidad de periodos mensuales de 2004:
Durante el año 2004 la municipalidad de Retalhuleu recaudó por concepto de la renta delcontrato de arrendamiento celebrado con la entidad Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima la cantidad de 1,235,538.39 quetzales. (Ver gráfica en anexo A)
5.5 Ventajas del Contrato de Arrendamiento:
5.5.1 La Municipalidad de Retalhuleu percibe una renta mensual de aproximadamente Q 100,000.00, ingreso que no obtenía con anterioridad al contrato de arrendamiento, debido a que esta no se encontraba funcionando por falta del mantenimiento adecuado.
5.5.2 La Municipalidad de Retalhuleu no tiene que cargar con los costos que implica la operación de la Planta Hidroeléctrica Municipal, ni así como con el costo del mantenimiento preventivo y correctivo de la Planta Hidroeléctrica.
5.5.3 La Producción de energía eléctrica ha sido continua, mientras que con anterioridad estaba paralizada la producción a consecuencia de que la Planta Hidroeléctrica no se encontraba en estado de funcionamiento, debido a la falta del mantenimiento adecuado. El mantenimiento de la Planta Hidroeléctrica se hace en época xx xxxxxx para no afectar la producción de energía eléctrica, debido a que en esta época, el caudal de agua se reduce considerablemente por lo que se aprovecha esta circunstancia para no afectar la producción de la misma.
5.5.4 El funcionamiento ininterrumpido que ha desempeñado la Planta Hidroeléctrica se debe al correcto mantenimiento que se le ha dado a la misma, el cual consiste en el mantenimiento del equipo mecánico, equipo eléctrico, cables de alta tensión, el edificio o instalaciones donde se encuentra ubicada la Planta, así como el mantenimiento del tanque de pulmón el cual es el alimentador de agua a las turbinas generadoras, se ha dado mantenimiento a las rejillas de limpieza del caudal hídrico.
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CONCLUSIONES
1. La Municipalidad de Retalhuleu no había sido capaz de mantener enfuncionamiento la Planta Hidroeléctrica Municipal de su propiedad, por lo que esta no le proporcionaba ningún beneficio o aporte económico a sus finanzas.
2. El Contrato de Arrendamiento es una institución importante dentro del Derecho Civil, puesto que esta permite que una persona, por cualquier motivo o razón, que no pueda o no desee administrar sus bienes, puede ceder los mismos, transfiriendo el uso y goce, sin perder el legítimo dominio sobre los mismos, y a cambio de ello obtiene un precio periódico, sin proporcionar esfuerzo alguno.
3. Dentro de la Municipalidad de Retalhuleu se tiene mal documentado el procedimiento del contrato de arrendamiento puesto que no consta un expediente administrativo al respecto.
4. El contrato de arrendamiento, adolece de una defectuosa redacción técnica, imputable al notario, puesto que era responsabilidad del mismo darle forma legal al contrato que deseaban celebrar las partes.
5. El contrato de arrendamiento no adolece de formalidades esencialesdel instrumento público, por lo cual no es procedente demandar su nulidad.
6. El Alcalde Municipal de Retalhuleu, se encontraba legítimamente facultado por el Concejo Municipal de Retalhuleu para realizar la negociación del contrato de arrendamiento con la entidad Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima.
7. El Contrato de Arrendamiento no es lesivo para los intereses de la Municipalidad de Retalhuleu, puesto que esta ha recibido beneficios
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económicos derivados del contrato y de ninguna forma ha sufrido deterioro patrimonial.
8. Las críticasque se han proferido en contra del contrato de arrendamiento han sido totalmente infundadas.
9. El contrato de arrendamiento celebrado le ha significado un ingreso muy significativo a los fondos de la municipalidad de Retalhuleu, puesto que sin correr con el costo de operación que representa una Planta Hidroeléctrica, la misma percibe ingresos, impactando positivamente con ello la recaudación de fondos para el municipio.
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RECOMENDACIONES:
1. Que ante el beneficio económico que representa el arrendamiento de la Planta Hidroeléctrica Municipal para la Municipalidad de Retalhuleu, al finalizar el plazo del actual contrato debería de negociarse la celebración de un nuevo contrato de arrendamiento, bajo los mismos términos de beneficio reciproco, entre la municipalidad de Retalhuleu y Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima.
2. En caso se diere una nueva negociación, las partes del mismo, encabezada por la Municipalidad de Retalhuleu y Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima deben de ser muy cuidadosos y asesorarse por profesionales del derecho para que el contrato a celebrarse cumpla con las formalidades estipuladas en la ley, con el fin de darle certeza jurídica al negocio celebrado.
3. Es necesario que la Municipalidad de Retalhuleu ponga a disposición de la población general información respecto al contrato de arrendamiento celebrado y sobre su beneficio económico, para que las personas se formen una mejor idea sobre el asunto y se desvanezcan las dudas existentes con el fin de evitar una mala interpretación de la población.
4. Que en el futuro la municipalidad de Retalhuleu conforme un expediente administrativo relativo al procedimiento y la celebración del contrato de arrendamiento con Negocios Consolidados xxx Xxxxxxxx, Sociedad Anónima.
00
XXXXX
00
ANEXO “A”
Ingreso 2004.
160000
140000
120000
100000
80000
60000
40000
20000
0
Ingreso 2004.