CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS PROFESIONALES
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHABAMBA
Provincia Huaraz – Región Ancash – Perú
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CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS PROFESIONALES
Conste por el presente documento, que se extiende por duplicado el Contrato que celebra de una parte, la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHABAMBA, con RUC N° 20228111695, con domicilio fiscal de coordinación en el Xx. Xxxxx xx xxxxx X/X. – Xxxxxxxxxx - Xxxxxx, al que para efectos del Presente Contrato se denominará “LA MUNICIPALIDAD” representada por su Alcalde el Profesor Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Identificado con DNI. N°00000000, y de la otra parte la señora XXXXXXX XXXX XXXXX XXXXXX, identificado con DNI N° 00000000, Representante Legal xx XXXXXXXXXXXXXX “LAS MELLIZAS”, con domicilio en XXX. XXXXXXXX XXXXXXX XX XXXXXX X/X - XXXXXX x XXX Xx 10316054345, a la que en adelante se le denominará EL CONTRATADO; en los términos y condiciones siguientes:
BASE LEGAL.
Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades
Ley Nº 28652: Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008.
Ley Nº 27444: Ley de Procedimiento Administrativo General.
Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Ley Nº 26850,y modificatorias.
Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias.
Resolución de la Contraloría Nº 072-98-CG. Norma Técnica de Control Interno para el Xxxxxx Xxxxxxx.
Xxx Xx 00000 Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa.
Decreto Supremo No 009-2003-TR Reglamento de la Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa.
CLAUSULA PRIMERA.- DE LAS PARTES CONTRATANTES
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHABAMBA, está facultada por lo dispuesto en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el ejercicio del año 2008, a efectuar las adquisiciones de bienes y servicios de conformidad con el Texto Único Ordenado de la N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modificatorias y por su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM.
EL CONTRATADO es una persona natural de profesión EMPRESARIO y como consecuencia de la Adjudicación De Menor Cuantía N° 018-2008 – MDC, PRIMERA CONVOCATORIA se le ha otorgado la Buena Pro, en el proceso, referente a la contratación de SERVICIO DE ADQUISICION Y COLOCACION DE PUERATS Y VENTANAS XX XXXXXX A TODO COSTO, EN ATENCION AL REQUERIMIENTO PARA LA OBRA: CONSTRUCCION DE AULAS EN I.E. XX XXXXXX.
CLAUSULA SEGUNDA.- EL OBJETO
El objeto del presente Contrato es para la contratación de Servicio de un profesional para el SERVICIO DE ADQUISICION Y COLOCACION DE PUERATS Y VENTANAS XX XXXXXX A TODO COSTO, EN ATENCION AL REQUERIMIENTO PARA LA OBRA: CONSTRUCCION DE AULAS EN I.E. XX XXXXXX., el mismo que debe reunir las condiciones establecidas que figuran en las Especificaciones Técnicas de las bases administrativas de la Adjudicación De Menor Cuantía N° 018-2008- MDC - PRIMERA CONVOCATORIA, así como la propuesta técnica y económica que presentó EL CONTRATADO y que forman parte integrante del presente contrato, en todos sus términos.
CLAUSULA TERCERA.- DEL MONTO DEL CONTRATO
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHABAMBA, abonará el 50% del monto total a la firma del contrato; a EL CONTRATADO como contraprestación del SERVICIO DE ADQUISICION Y COLOCACION DE PUERATS Y VENTANAS XX XXXXXX A TODO COSTO, EN ATENCION AL REQUERIMIENTO PARA LA OBRA: CONSTRUCCION DE AULAS EN I.E. XX XXXXXX, la suma total será de S/ 13,350.00 (TRECE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA y 00/100 Nuevos Soles) incluyendo impuestos xx Xxx; así mismo, el 50% de saldo será pagado después de ejecutada el servicio de Carpintería Metálica, previa conformidad del Residente de Obra.
CLAUSULA CUARTA.- DEL PLAZO DEL CONTRATO
La vigencia del presente contrato es de Cuarenta y Cinco (45) días calendarios. Son de aplicación supletoria los Art. 183º y 184º del Código Civil, pudiéndose prorrogarse de acuerdo a las Normas de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA QUINTA.- DE LA GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO.
En Cumplimiento al Artículo 217° del D.S. 084-2004-PCM, se exonera la presentación de garantía de fiel cumplimiento, por cuanto los Contratos de servicios que por su monto correspondan a procesos de adjudicación de menor cuantía y directa selectiva siempre que el pago sea periódico y/o contra prestaciones ejecutadas, o sea condición necesaria para la ejecución de la prestación.
CLAUSULA SEXTA.- DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL CONTRATADO
Por la presente EL CONTRATADO declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente instrumento contractual, bajo sanción de quedar Inhabilitado para Contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
Tienen la responsabilidad total sobre la ejecución y el cumplimiento del contrato de acuerdo a su propuesta técnica – económica, no pudiendo ceder o transferir total o parcialmente las obligaciones que son materia de la misma.
Se obliga a cumplir con toda fidelidad y exactitud:
Las características Cualitativas y Cuantitativas descritas en las Bases la Adjudicación De Menor Cuantía N° 018 -2008 PRIMERA CONVOCATORIA y/o la que LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHABAMBA requiera de conformidad con el Art. 50° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Las características de su propuesta Técnica – Económica, comprometiéndose expresamente a no alterarlos, modificarlos ni sustituirlos durante la vigencia y ejecución del presente contrato sin autorización escrita DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHABAMBA.
CLAUSULA SEPTIMA.- DE LAS ATRIBUCIONES, OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHABAMBA
Son atribuciones, obligaciones y en su caso responsabilidad DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHABAMBA las siguientes:
7.1 Proporcionar al CONTRATADO las facilidades que las circunstancias ameritan para la correcta prestación de sus servicios.
7.2 Efectuar el pago oportuno de acuerdo a la cláusula tercera.
7.3 LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHABAMBA a través de la Oficina de Infraestructura y Desarrollo Urbano, ejercerá una permanente evaluación de la prestación de los servicios y dará la conformidad respectiva.
CLAUSULA OCTAVA.- DE LAS PENALIDADES
EL CONTRATADO se obliga a asumir las penalidades previstas en el Art. 222° del D.S. 084-2004-PCM Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA NOVENA.- DE LAS CAUSALES DE RESOLUCION POR CAUSAS IMPUTABLES AL CONTRATADO.
Se realizará de conformidad con el Art. 225º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA DECIMA.- DE LA RESOLUCION DE CONTRATO
Se formalizará de conformidad con los Artículos 224º, 226º y 227º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA.- DE LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Las partes acuerdan que cualquier controversia que surja desde la celebración del contrato, será resuelta mediante arbitraje, conforme a las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
El arbitraje será resuelto por un tribunal arbitral, según lo dispuesto en el Art. 273º del Reglamento. A falta de acuerdo en la designación de los mismos o del Presidente del Tribunal, o ante la rebeldía de una de las partes en cumplir con dicha designación, la misma será efectuada por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado conforme a las disposiciones administrativas del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado o conforme al Reglamento del Centro de Arbitraje al que se hubiesen sometido las partes.
El laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el laudo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA.- CULMINACION DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
La recepción y conformidad del servicio se realizará de conformidad con los Artículos 233º y 234º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA DECIMA TERCERA.- DE LA CONFIDENCIALIDAD
EL CONTRATADO se compromete a no divulgar ni transferir a terceros la información a la que pudiera tener acceso, de ser el caso, EL CONTRATADO responderá legalmente por los daños y perjuicios causados a LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHABAMBA o a terceras personas en la ejecución del mismo, originados ya sean en forma dolosa o por negligencia.
CLAUSULA DECIMA CUARTA.- DE LAS CONDICIONES FINALES
Forman parte integrante del presente Contrato, las Bases de la Adjudicación De Menor Cuantía N° 018 -2008 - MDC, PRIMERA CONVOCATORIA, el contenido de los sobres que EL CONTRATADO presentó.
En todo lo no previsto, son de aplicación las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modificatorias y su Reglamento aprobado por el D.S. N° 084-2004-PCM y supletoriamente por las Normas del Código Civil.
En señal de conformidad las partes suscriben el presente Contrato a los 15 días del mes xx Xxxxxx del año 2008.
LA MUNICIPALIDAD EL CONTRATADO
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS PROFESIONALES
Conste por el presente documento, que se extiende por duplicado el Contrato que celebra de una parte, la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHABAMBA, con RUC N° 20228111695, con domicilio fiscal de coordinación en el Xx. Xxxxx xx xxxxx X/X. – Xxxxxxxxxx - Xxxxxx, al que para efectos del Presente Contrato se denominará “LA MUNICIPALIDAD” representada por su Alcalde el Profesor Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Identificado con DNI. N°00000000, y de la otra parte el señor XXXXXX XXXXXX XXXXX, identificado con DNI N° 00000000, Representante Legal xx XXXXXXXXXXXXXX “LAS MELLIZAS”, con domicilio en XXX. XXXXXXXX XXXXXXX XX XXXXXX X/X - XXXXXX x XXX Xx 10316054345, a la que en adelante se le denominará EL CONTRATADO; en los términos y condiciones siguientes:
BASE LEGAL.
Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades
Ley Nº 28652: Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007.
Ley Nº 27444: Ley de Procedimiento Administrativo General.
Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Ley Nº 26850,y modificatorias.
Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias.
Resolución de la Contraloría Nº 072-98-CG. Norma Técnica de Control Interno para el Xxxxxx Xxxxxxx.
Xxx Xx 00000 Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa.
Decreto Supremo No 009-2003-TR Reglamento de la Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa.
CLAUSULA PRIMERA.- DE LAS PARTES CONTRATANTES
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHABAMBA, está facultada por lo dispuesto en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el ejercicio del año 2007, a efectuar las adquisiciones de bienes y servicios de conformidad con el Texto Único Ordenado de la N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modificatorias y por su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM.
EL CONTRATADO es una persona natural de profesión EMPRESARIO y como consecuencia del Requerimiento que realiza la Jefatura de Infraestructura Urbano y Rural de la Municipalidad Distrital de Cochabamba se le ha otorgado la Buena Pro, referente a la contratación de SERVICIO DE VOLADURA XX XXXX A TODO COSTO, LA CANTIDAD DE 213 M3 EN ATENCION AL REQUERIMIENTO PARA LA OBRA: MEJORAMIENTO DEL CANAL XX XXXXX POTRERO - QUINUAPAMPA.
CLAUSULA SEGUNDA.- EL OBJETO
El objeto del presente Contrato es para la contratación de Servicio de un profesional para el SERVICIO DE VOLADURA XX XXXX A TODO COSTO, LA CANTIDAD DE 213 M3 EN ATENCION AL REQUERIMIENTO PARA LA OBRA: MEJORAMIENTO DEL CANAL XX XXXXX POTRERO - QUINUAPAMPA.., el mismo que debe reunir las condiciones establecidas que figuran en las Especificaciones Técnicas del Requerimiento que realiza la Jefatura de Infraestructura Urbano y Rural de la Municipalidad Distrital de Cochabamba, así como la propuesta técnica y económica que presentó EL CONTRATADO y que forman parte integrante del presente contrato, en todos sus términos.
CLAUSULA TERCERA.- DEL MONTO DEL CONTRATO
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHABAMBA, pagara el 100% al termino del Servicio prestado a EL CONTRATADO como contraprestación del Servicio de REQUERIMIENTO DE SERVICIO DE VOLADURA XX XXXX A TODO COSTO, LA CANTIDAD DE 213 M3 EN ATENCION AL REQUERIMIENTO PARA LA OBRA: MEJORAMIENTO DEL CANAL XX XXXXX POTRERO - QUINUAPAMPA., la suma total será de S/ 3,200.00 (TRES MIL DOSCIENTOS y 00/100 Nuevos Soles) incluyendo impuestos xx Xxx, previa conformidad del Residente de Obra.
CLAUSULA CUARTA.- DEL PLAZO DEL CONTRATO
La vigencia del presente contrato es de Quince (15) días calendarios. Son de aplicación supletoria los Art. 183º y 184º del Código Civil, pudiéndose prorrogarse de acuerdo a las Normas de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA QUINTA.- DE LA GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO.
En Cumplimiento al Artículo 217° del D.S. 084-2004-PCM, se exonera la presentación de garantía de fiel cumplimiento, por cuanto los Contratos de servicios que por su monto correspondan a procesos de adjudicación de menor cuantía y directa selectiva siempre que el pago sea periódico y/o contra prestaciones ejecutadas, o sea condición necesaria para la ejecución de la prestación.
CLAUSULA SEXTA.- DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL CONTRATADO
Por la presente EL CONTRATADO declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente instrumento contractual, bajo sanción de quedar Inhabilitado para Contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
Tienen la responsabilidad total sobre la ejecución y el cumplimiento del contrato de acuerdo a su propuesta técnica – económica, no pudiendo ceder o transferir total o parcialmente las obligaciones que son materia de la misma.
Se obliga a cumplir con toda fidelidad y exactitud:
Las características Cualitativas y Cuantitativas descritas en el Requerimiento que realiza la Jefatura de Infraestructura Urbano y Rural de la Municipalidad Distrital de Cochabamba y/o la que LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHABAMBA requiera de conformidad con el Art. 50° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Las características de su propuesta Técnica – Económica, comprometiéndose expresamente a no alterarlos, modificarlos ni sustituirlos durante la vigencia y ejecución del presente contrato sin autorización escrita DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHABAMBA.
CLAUSULA SEPTIMA.- DE LAS ATRIBUCIONES, OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHABAMBA
Son atribuciones, obligaciones y en su caso responsabilidad DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHABAMBA las siguientes:
7.1 Proporcionar al CONTRATADO las facilidades que las circunstancias ameritan para la correcta prestación de sus servicios.
7.2 Efectuar el pago oportuno de acuerdo a la cláusula tercera.
7.3 LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHABAMBA a través de la Oficina de Infraestructura y Desarrollo Urbano, ejercerá una permanente evaluación de la prestación de los servicios y dará la conformidad respectiva.
CLAUSULA OCTAVA.- DE LAS PENALIDADES
EL CONTRATADO se obliga a asumir las penalidades previstas en el Art. 222° del D.S. 084-2004-PCM Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA NOVENA.- DE LAS CAUSALES DE RESOLUCION POR CAUSAS IMPUTABLES AL CONTRATADO.
Se realizará de conformidad con el Art. 225º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA DECIMA.- DE LA RESOLUCION DE CONTRATO
Se formalizará de conformidad con los Artículos 224º, 226º y 227º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA.- DE LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Las partes acuerdan que cualquier controversia que surja desde la celebración del contrato, será resuelta mediante arbitraje, conforme a las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
El arbitraje será resuelto por un tribunal arbitral, según lo dispuesto en el Art. 273º del Reglamento. A falta de acuerdo en la designación de los mismos o del Presidente del Tribunal, o ante la rebeldía de una de las partes en cumplir con dicha designación, la misma será efectuada por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado conforme a las disposiciones administrativas del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado o conforme al Reglamento del Centro de Arbitraje al que se hubiesen sometido las partes.
El laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el laudo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA.- CULMINACION DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
La recepción y conformidad del servicio se realizará de conformidad con los Artículos 233º y 234º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA DECIMA TERCERA.- DE LA CONFIDENCIALIDAD
EL CONTRATADO se compromete a no divulgar ni transferir a terceros la información a la que pudiera tener acceso, de ser el caso, EL CONTRATADO responderá legalmente por los daños y perjuicios causados a LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHABAMBA o a terceras personas en la ejecución del mismo, originados ya sean en forma dolosa o por negligencia.
CLAUSULA DECIMA CUARTA.- DE LAS CONDICIONES FINALES
Forman parte integrante del presente Contrato, el Requerimiento que realiza la Jefatura de Infraestructura Urbano y Rural de la Municipalidad Distrital de Cochabamba, el contenido de los sobres que EL CONTRATADO presentó.
En todo lo no previsto, son de aplicación las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modificatorias y su Reglamento aprobado por el D.S. N° 084-2004-PCM y supletoriamente por las Normas del Código Civil.
En señal de conformidad las partes suscriben el presente Contrato a los 03 días del mes de Julio del año 2007.
LA MUNICIPALIDAD EL CONTRATADO
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Xx. Xxxxx xx xxxxx X/X. – Xxxxxxxxxx –Xx. Teléfono Nº 043 - 830291