Contract
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL MUNICIPIO DE GUADALAJARA POR CONDUCTO DE SU H. AYUNTAMIENTO REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LOS C. C. MAESTRO. XXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX, LIC. XXXXXX XXXXXX XXXXX, LIC. XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX, EN SUS RESPECTIVOS CARACTERES DE PRESIDENTE MUNICIPAL, SÍNDICO Y TESORERO, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA COMO “EL MUNICIPIO”, Y POR OTRA PARTE LA EMPRESA CENTRO AUTOMOTRIZ VALLARTA S.A DE C.V REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. XXXXXXX XXXXXXX DE ANDA A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, QUIENES SE SUJETARAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S:
I.- Declara “EL MUNICIPIO”, a través de sus representantes:
I.1.- Ser un ente Público con personalidad Jurídica y patrimonio propio en los términos de los artículos 115° de la Constitución Política d e los Estados Unidos Mexicanos, 73° de la Constitución Política de Jalisco, artículos 1°, 2° y 3° de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.
I.2.- Que sus representantes cuentan con la capacidad y facultad necesarias para obligarse en términos de este contrato, con fundamento en los artículos 80 y 86 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, 10, 15, 37 fracciones II, V, VI, 38 fracción III, 47 fracciones I, II, XI, 52 fracciones I y II, 53, 54, 61 y 67 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como lo dispuesto en los artículos 3, 42 y 63 fracción IV, del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara.
I.3.- Manifiesta tener su domicilio oficial en el edificio xxx Xxxxxxx Municipal, ubicado en la Xxxxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000, xxxx 0 Xxxxxx de ésta Ciudad y que su Registro Federal de Contribuyentes es MGU-420214-FG4.
1.4.- Continúa manifestando que para el cabal cumplimiento de sus funciones cotidianas a la DIRECCION ADMINISTRATIVA DE LA SECRETARIA DE
SEGURIDAD CIUDADANA le es conveniente contratar el servicio de compra venta de 2 DOS VEHICULO TIPO CAMIONETA; EL SERVICIO AQUÍ DESCRITO ES PARTE INTEGRAL DEL PROGRAMA SUBSEMUM 2011.
I.5.- De conformidad al artículo 50° fracciones I, II, lll, IV, Vl, XV, XVl, XVll, XVlll, XXIII, XXlV XXV, del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara a la Secretaria de Administración le corresponde el proporcionar apoyos, servicios administrativos y recursos materiales a las diversas dependencias de “EL MUNICIPIO”.
1.6.- Para efecto de satisfacer las necesidades mencionadas en el punto 1.4 le es conveniente contratar los servicios de una empresa capacitada, certificada como servicio autorizado Motorola, así como con experiencia comprobada en servicios de compra venta de vehículos por lo que “EL MUNICIPIO”, a decidido contratar a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, en los términos que más delante se estipulan.
I.7- Que la prestación de servicios contemplada en el presente contrato tuvo que ser sometida a la aprobación de la Comisión de Adquisiciones de Bienes y Servicios en Sesión Extraordinaria 07 bajo el Acta numero 07/12/2011, de fecha viernes
20 de Diciembre de 2011 se aprobó el cuadro numero 06072011, hechos vertidos en foja numero 11 y 12 ultimo y primer párrafo, así mismo lo señalado en los siguientes documentos: en 6 seis fojas con Cuadro Comparativo No. 06072011 de fecha 02 de diciembre de 2011; en foja única con Orden de Compra No. 6782, de fecha 20 de
diciembre de 2011; en foja única con Requisición No 4535, de fecha 07 de noviembre de 2011, con cargo a la Partida Presupuestal No. 4-52-2820, con fundamento en el Artículo 15 del Reglamento de Adquisiciones para el Municipio de Guadalajara vigente, se autoriza por precio y por cumplir con las especificaciones requeridas, por lo que en base al análisis de la Comisión de Adquisiciones hecho en las propuesta económica el día 20 de diciembre del 2011, se emitió el FALLO DE ADJUDICACION, referente al concurso de la requisición con folio No. 4535, se determino, que al proveedor CENTRO AUTOMOTRIZ VALLARTA S.A DE C.V. el servicio que se describe en la cláusula primera del contrato.
II.- Declara “EL VENDEDOR”, que
II.1.- CENTRO AUTOMOTRIZ VALLARTA S.A DE C.V esta, legalmente constituida, mediante Escritura Pública No. 38,119 con fecha 11 xx Xxxxx de 1990, celebrada bajo la xx xxx Xxxxxxx Público número 54 de Guadalajara Jalisco, el Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx; la cual se encuentra debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y Comercio de Guadalajara; bajo el folio real No. 9309 por otro lado manifiesta contar con la capacidad necesaria para contraer derechos y obligaciones, así como que esta debidamente inscrito en el Padrón de Proveedores bajo el número 350 además cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes No. CAV900615LV7, representada en este acto por la C. XXXXXXX XXXXXXX DE ANDA quien comparece a la celebración del presente contrato con el carácter de Representante Legal de “EL VENDEDOR”, personería que acredita en estos momentos con propia Escritura Pública numero 536 celebrada bajo la xx xxx Xxxxxxx Público número 124 de Guadalajara Jalisco, el Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx de fecha 8 de Febrero de 2008, la cual especifica en el contenido dicho carácter. Manifestando bajo protesta decir verdad que a esta fecha no le han sido revocadas, modificadas ni limitadas de forma alguna las facultades de representación concedidas en dicho instrumento público.
II.2.- Que cuenta con la capacidad, medios propios y suficientes como son: experiencia profesional, organización adecuada, recursos materiales y técnicos así como la fuerza de trabajo que se requiere para realizar el objeto de este contrato.
II.3.- Manifiesta tener como domicilio fiscal la finca marcada con el número 5500 de la Xx. Xxxxxxxx xxxxx Xxxxxx Xxxxxx x Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxx Código Postal 45020 y que cuenta con numero de teléfono 00000000 y fax 00000000, así como el E-Mail xxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx en la ciudad de Zapopan, Jalisco.
X X X X X X X X X: PRIMERA.- DEL OBJETO DEL CONTRATO.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga en los términos de este contrato, a realizar el servicio de compra venta de 2 DOS VEHICULOS TIPO CAMIONETA; EL SERVICIO AQUÍ DESCRITO ES PARTE INTEGRAL DEL PROGRAMA SUBSEMUM
2011., en las condiciones que establece el presente contrato.
SEGUNDA.- DEL IMPORTE DE LOS SERVICIOS.
“EL MUNICIPIO” se obliga a pagar por servicios solicitados a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” la cantidad de $ 849,599.98 (OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS 98/100 CENTAVOS M. N.) I. V. A. incluido,
Por concepto del servicio mencionado en la cláusula anterior.
TERCERA.- DE LA DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO.
El servicio comprende la entrega de la cantidad de: de 2 DOS VEHICULOS TIPO CAMIONETA, ASIMISMO LO SEÑALADO EN EL CONCURSO No. C 006/2011 Y
SUS ANEXOS. “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, se obliga a proporcionar a “EL MUNICIPIO”, lo estipulado en la cláusula primera del presente contrato, mismas que los contratantes manifiestan su aprobación, voluntad y consentimiento para cumplirlas y firmarlas.
CUARTA.- FORMA DE PAGO Y CONDICIONES DE PAGO.
La forma de pago será mediante cheque o transferencia bancaria electrónica en Moneda Nacional, siendo los días de pago en 15 días naturales vs fecha contra recibo, para lo cual “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, deberá presentar la factura respectiva a “EL MUNICIPIO”, en la Tesorería Municipal, ubicada en la confluencia de las calles de Xxxxxx Xxxxxx 901 y Colón, quien se obliga a cubrir el importe que corresponda a dicho servicio.
QUINTA.- VIGENCIA DEL CONTRATO.
La vigencia del contrato será el tiempo de entrega de 25 días, a partir del día 20 de diciembre del 2011, al día 14 de enero del 2012, periodo en el que “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, queda obligado a proporcionar de acuerdo a lo acordado con “EL MUNICIPIO”, los servicios que se especifican en la cláusula primera de este contrato.
SEXTA.- DE LA FIANZA Y GARANTÍA.
1.- “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” garantizará el cumplimiento, ejecución, operación y calidad del servicio, mediante la constitución de una fianza, misma que depositará en la Dirección de Adquisiciones, la cual deberá comprender el 10% del monto estimado de las obligaciones que “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” genere. La fianza deberá ser entregada en un plazo máximo de 15 (QUINCE) días naturales contados a partir del día de la firma del presente contrato, aclarando, que el depósito de la fianza no comprende el pago de daños y perjuicios, que se generen, los cuales serán exigibles en forma separada, de conformidad a lo que determina el Código Civil del Estado de Jalisco.
2.- En caso de incumplimiento por parte de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” a cualquiera de las obligaciones derivadas del presente contrato, “EL MUNICIPIO” le comunicará por escrito tal circunstancia dentro de los 10 (DIEZ) días naturales siguientes a la fecha en que haya ocurrido el mismo, a efecto de que “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” corrija el incumplimiento dentro de los 15 (QUINCE) días naturales siguientes a la fecha de la recepción fehaciente de dicha comunicación. Expirando este último, si “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” no subsana el correspondiente incumplimiento, por lo cual “EL MUNICIPIO” hará efectiva la fianza otorgada conforme a esta cláusula
3.- La fianza mencionada estará en vigor durante la validez del presente contrato. Para responder tanto a los defectos de ejecución de los servicios como a la prestación de éstos.
4.- Si al término de la vigencia del contrato existiera responsabilidad en contra de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, dicha situación le será notificada por escrito por parte de “EL MUNICIPIO”. Recibida la notificación antes mencionada las partes tendrán una reunión en el día y hora que al efecto convengan, para llevar a cabo las aclaraciones Que correspondan y en su caso, la cuantificación de cualquier suma que pudiere existir a cargo de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”.
5.- Una vez efectuado lo anterior, “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” gozará de un plazo de 7 (SIETE) días hábiles contados a partir de la terminación de la reunión aclaratoria, para llevar a cabo el pago de cualquier cantidad que existiese a su cargo y, en caso de no efectuar el pago mencionado, “EL MUNICIPIO” podrá efectuar la compensación correspondiente de las cantidades adecuadas a “EL PRESTADOR DE
SERVICIOS” conforme a este contrato y, si éstas no fueren suficientes para cubrir el monto en disputa, “EL MUNICIPIO” procederá a hacer efectiva la fianza.
DE LA GARANTIA 3 TRES AÑOS O 60,000 KM.
SÉPTIMA.- DE LA NEGATIVA DE CESIÓN.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, no podrá ceder o comprometer sus obligaciones o derechos nacidos de este instrumento, en favor o perjuicio de terceros, sin el consentimiento expreso y escrito de “EL MUNICIPIO”.
OCTAVA.- DE LA CANCELACIÓN.
“EL MUNICIPIO”, podrá cancelar la compra venta total o parcialmente en cualquier momento por causas justificadas o por razones de interés general, sin incurrir en responsabilidad alguna, enterando a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, con 30 (TREINTA) días de anticipación rescindiendo el presente contrato.
NOVENA.- DE LA SUPERVISIÓN DE LOS TRABAJOS.
“EL MUNICIPIO”, a través de los representantes que para tal efecto él designe, o por conducto del titular de la Dirección Administrativa, de la Secretaria de Seguridad Ciudadana, tendrá la facultad de supervisar y vigilar en cualquier momento los trabajos que realice “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, así como a exigir que estos se realicen a su entera satisfacción conforme lo acordado en esta convención de voluntades.
DÉCIMA.- DEL INCUMPLIMIENTO.
Cuando por casos fortuitos o de fuerza mayor le fuera imposible a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” cumplir con la entrega de 2 vehiculo tipo camioneta, solicitara oportunamente y por escrito la prorroga que considere necesaria expresando los motivos en que apoye su solicitud. “EL MUNICIPIO”, resolverá en un plazo no mayor a 30 (TREINTA) días naturales, sobre la procedencia o no para conceder la prorroga.
Si “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” no hiciera lo señalado en el párrafo que antecede “EL MUNICIPIO”, procederá a solicitarle el informe respectivo al prestador de servicios para que en un termino de 5 (CINCO) días naturales contados a partir de la fecha de notificación; el “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, hará saber los motivos del incumplimiento, los cuales serán valorados por “EL MUNICIPIO”, quien resolverá la procedencia o no de la justificación, y si es conveniente la realización de las modificaciones correspondientes al programa; ó en su defecto “EL MUNICIPIO”, procederá a rescindir el presente contrato de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial.
DÉCIMA PRIMERA.- DEL LÍMITE DE RESPONSABILIDADES LABORALES.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” será el único responsable de las obligaciones derivadas de la relación existente entre él y su personal, empleados o terceros de quienes se auxilie o sirva para realizar el servicio encomendado, por lo tanto, bajo ninguna circunstancia y en ningún caso, se considera a “EL MUNICIPIO”, patrón sustituto ni responsable solidario de dichas relaciones laborales, por ser ajeno a ese vínculo obrero patronal y no existir subordinación de su parte, quedando a salvo de cualquier reclamación que se origine entre “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” y su personal durante todo el tiempo que dure la vigencia del presente instrumento se obliga a asumir la responsabilidad civil y/o penal que pudiese resultar con motivo de la ejecución u omisión de los servicios y obligaciones que adquiere por este contrato, así como a responder de los actos u omisiones que sean imputables a él, sus representantes, trabajadores, factores o dependientes vinculados con la ejecución de los trabajos y actividades contratadas, liberando a “EL MUNICIPIO”, y manteniéndolo a salvo de cualquier reclamación o responsabilidad.
DÉCIMA SEGUNDA.- DE LAS CAUSAS DE RESCISIÓN.
Son causas de rescisión del presente contrato imputables a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” las siguientes:
1. No iniciar la prestación del servicio al día de vigencia de este contrato en las condiciones y fechas que lo estipulen.
No cumplir con lo acordado en la cotización presentada por el “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”.
2. Cualquier infracción o incumplimiento de las obligaciones adquiridas y admitidas en el presente contrato.
DÉCIMA TERCERA.- DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, se responsabiliza de las posibles consecuencias civiles, penales o administrativas que se originen con motivo de las fallas o negligencia que sean imputables al personal del servicio que se consigna en este contrato, obligándose a resarcir el daño que por esos motivos resiste “EL MUNICIPIO”.
DÉCIMA CUARTA.-DE LA COMPETENCIA JURISDICCIONAL.
Para la interpretación y cumplimiento de este contrato las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, con residencia en la Ciudad de Guadalajara renunciando expresamente a cualquier otro fuero por razón del territorio, domicilio o nacionalidad, que tengan o pudieran tener en el futuro.
Leído lo anterior, y enteradas las partes de su contenido, alcance y consecuencia legales de las obligaciones y derechos pactados en el presente contrato, ciertos de que no existe error, dolo, mala fe o cualquier otro vicio del consentimiento, las partes firman en 4 cuatro tantos de 6 seis hojas cada uno, el día 20 xxxxxx xx xxxxxxxxx xx 0000 xxx xxx xxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx.
“EL MUNICIPIO”
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
MAESTRO. XXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX
EL SÍNDICO EL TESORERO
LIC. XXXXXX XXXXXX XXXXX LIC. XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS”
C. XXXXXXX XXXXXXX DE ANDA REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA
CENTRO AUTOMOTRIZ VALLARTA S.A DE C.V
TESTIGOS
EL SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN EL DIRECTOR DE ADQUISICIONES
XXXXXXXXX DE XXXXX XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXX BARBA
DIRECTOR JURÍDICO MUNICIPAL DIRECTORA DE LO JURÍDICO CONSULTIVO
LIC. XXXX DE XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX DE ANDA XXXXXXX XXXXXXXX
La presente hoja de firmas forma parte integral del contrato No. ADQ-079-2011 de Prestación de Servicios celebrado por “XX XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXX, x xx X. XXXXXXX XXXXXXX XX XXXX, representante legal de la empresa denominada, LA EMPRESA CENTRO AUTOMOTRIZ VALLARTA S.A DE C.V las partes firman en 4
cuatro tantos de 6 seis hojas cada uno, el día 20 xxxxxx xx xxxxxxxxx xx 0000 xxx xxx xxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx.