TECNOLÓGICO PÚBLICO…………………………………………….
I. CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA RED DE SALUD Y EL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
TECNOLÓGICO PÚBLICO…………………………………………….
Conste por el presente documento el Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional que suscriben de una parte la Red de Salud …………………,con domicilio legal en el
………………………….del distrito de ………..de la provincia de , del departamento
Huánuco, representado por su Director Ejecutivo ……………………………………….., identificado con DNI Nº ………………….., designado mediante Resolución Ejecutiva Regional N°
…………………, de fecha ………………………… y autorizado por Resolución Directoral N°
………………………, a quien en adelante se denominará LA RED DE SALUD; y de la otra parte el Instituto de Educación Superior Tecnológico Público “ ”, con domicilio legal
en el ………………………………………….., del distrito de ………..de la provincia de………………….., del departamento Huánuco , debidamente representado por su Director
…………………………………., identificada con DNI N° …………., designada con Resolución Directoral N° ………………, que en adelante se denominará EL INSTITUTO, quienes acuerdan celebrar el presente Convenio Específico, en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: LAS PARTES
RED DE SALUD, es un órgano desconcentrado de la Dirección Regional de Salud Huánuco, de quien depende funcional, técnico normativo y administrativamente, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación, rehabilitación, paliación de la salud y el desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona. En tal sentido, propone y conduce los lineamientos de políticas sanitarias, en concertación con todos los sectores públicos y los actores sociales de su ámbito jurisdiccional.
EL INSTITUTO, es una Institución educativa autorizada por el Ministerio de Educación, con Resolución Ministerial N° , dedicada a la formación de profesionales técnicos en la
carrera de Enfermería Técnica. Laboratorio Clínico, Computación e Informática y otros autorizados por el Ministerio de Educación, la institución educativa superior tecnológica forma personas en los campos de la ciencia, la tecnología y las artes, para contribuir con su desarrollo individual, social inclusivo y su adecuado desenvolvimiento en el entorno laboral nacional y global. Esto contribuye al desarrollo de la región y a la sostenibilidad de su crecimiento a través del incremento de la productividad y competitividad.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETIVO DEL CONVENIO
Establecer los acuerdos para desarrollar actividades de formación profesional técnica mediante acciones de Docencia en Servicio e Investigación realizado en la RED DE SALUD, a los alumnos de EL INSTITUTO en la carrera Técnica de Enfermería, Técnica en Laboratorio Clínico, Computación e Informática y que incluye a los trabajadores de sus establecimientos de salud, con la finalidad de dotar de profesionales técnicos para incorporar al empleo laboral en los establecimientos de salud de la Región Huánuco y mejorar la calidad de vida de las personas, familia, comunidad y pacientes, fortalecer la formación de los estudiantes y el desempeño de los trabajadores, docentes e investigadores, sustentados en el respeto pleno de sus derechos.
CLÁUSULA TERCERA: ÁMBITO DEL CONVENIO
El ámbito geográfico sanitario que servirá como área programática para la ejecución del convenio es el que corresponde a la RED DE SALUD, la suscripción de este Convenio se regirá por las disposiciones sobre regionalización docente asistencial, en coordinación con la unidad de Docencia e Investigación. Se sujetarán a la organización, funcionamiento y jurisdicción de los establecimientos de salud comprendidos en el ámbito geográfico sanitario asignado.
CLÁUSULA CUARTA: RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES
LA RED DE SALUD Y EL INSTITUTO, se comprometen en el desarrollo del proceso docente asistencial e investigación asumiendo los siguientes compromisos:
DE LA RED DE SALUD:
4.1 Ofertar anualmente un número xx xxxxxx clínicos y socio sanitario, según lo autorizado por la Unidad de Docencia e Investigación, que estará en función de la capacidad instalada de la IPRESS:…(señalar las IPRESS) …………… conforme al marco normativo vigente tanto de los institutos, como del Ministerio de Salud.
4.2 La IPRESS cumpla con los con los requisitos académicos, asistenciales para la docencia y ofrecer ambientes necesarios de acuerdo a su programación, para el desarrollo de las actividades docente-asistenciales, conforme a la normatividad vigente.
4.3 Otorgar facilidades para que los profesionales de LA RED DE SALUD, que sean docentes de EL INSTITUTO realicen docencia en servicio, sin desmedro del cumplimiento de sus actividades asistenciales y administrativas como trabajadores de LA RED DE SALUD.
4.4 Facilitar el desarrollo de trabajos de investigación que lleven a cabo los alumnos y docentes de
EL INSTITUTO en el marco normativo vigente regional, nacional como internacional.
4.5 Poner a disposición la infraestructura de salud, equipos e instrumental para el desarrollo de las actividades docente asistencial programada.
4.6 Hacer participar al INSTITUTO el Plan Anual de Desarrollo de las Personas para determinar conjuntamente la contribución de ésta en su ejecución, lo cual se especificará en la Programación Conjunta correspondiente.
4.7 Supervisar el cumplimiento del uso de elementos de identificación, implementación de protección y bioseguridad de los estudiantes de EL INSTITUTO en los servicios.
4.8 Comunicar al INSTITUTO, las faltas cometidas por los estudiantes, quienes son pasibles de sanciones en el ámbito docente asistencial; por parte de la Unidad de Docencia e Investigación, sin perjuicio de ser pasibles de sanciones por parte de EL INSTITUTO, en el ámbito académico.
4.9. La Institución Prestadora de Servicios de Salud, reconoce a través de un certificado, el cumplimiento, responsabilidad, puntualidad y aptitud, como parte de la evaluación del practicante, y comunicar al supervisor de prácticas.
4.10. Antes del inicio de las actividades de prácticas Pre profesionales, la RED DE SALUD, deberá de ejecutar el proceso de inducción y capacitación según el nivel de atención del establecimiento de salud.
4.11. La RED DE SALUD pondrá a disposición del INSTITUTO la relación de servidores formadores para ejercer la función de Tutor o Supervisor en las prácticas Pre profesionales.
DE EL INSTITUTO
4.13 Cumplir con presentar oportunamente a la Unidad de Docencia e Investigación, la información requerida en cuanto a número de alumnos, tutores y docentes en atención a lo estipulado en los numerales 4.1 y 4.3 del presente Convenio, para la Programación Conjunta, antes de concluir los
módulos formativas con carácter obligatorio y cuanta información sea requerida con los plazos acordados por ambas partes.
4.14 Respetar el funcionamiento y organización de los servicios de las IPRESS, así como también, cumplir sus normas internas.
4.15 Cumplir con las normas vigentes pertinentes, las disposiciones que el MINSA emita y las normas emanadas por EL INSTITUTO.
4.16 El INSTITUTO deberá de garantizar que cada practicante porten los materiales de bioseguridad, en las cantidades y periodos que requieran los estudiantes de EL INSTITUTO durante su estancia en los establecimientos de acuerdo a Programación Conjunta.
4.17 Contribuir con el equipamiento y dotación de instrumentos y/o materiales que favorezcan la actividad docente asistencial, según disponibilidad presupuestal. Los detalles se precisarán en la Programación Conjunta.
4.18 Asumir la responsabilidad por los daños y perjuicios que puedan ocasionar los estudiantes y personal de EL INSTITUTO a la infraestructura, equipos, instrumental y personas de las IPRESS donde se realiza las Practicas Pre profesionales durante el desarrollo de las actividades docente asistenciales y reponer de manera inmediata, sin necesidad de requerir a (el/los/las) estudiante (s), docente o personal involucrado(as), sin perjuicio que EL INSTITUTO establezca directamente responsabilidad en los estudiantes de pregrado y /o personal del EL INSTITUTO que hubiera ocasionado los daños.
4.19 Asignar profesionales de las……………………………………..de acuerdo con el estatuto/reglamento del EL INSTITUTO, la Ley 30512 ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior, y en lo que sea aplicable, el Decreto Legislativo N° 882 Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, para la implementación y desarrollo de las diferentes actividades de la Programación Conjunta.
4.20 Proveer tutoría permanente a los alumnos durante el periodo de prácticas en la… de acuerdo a lo establecido en la Programación Conjunta.
4.21. Contribuir y subvencionar, semestralmente, actividades educativas (cursos, capacitaciones y otros) para el cumplimiento de las metas del Plan de Desarrollo de las Personas de las
……………………………………………., tanto para profesionales universitarios y técnicos, relacionadas con el desarrollo de capacidades en docencia-asistencia; encargándose de la organización académica y administrativa incluyendo la certificación respectiva. Se precisará en la Comisión de coordinación del convenio lo referido a becas, formas de capacitación, contenidos temáticos, número de participantes y otros que se correspondan con el Plan de Desarrollo de las Personas de la sede docente.
4.22 Otorgar auspicio académico a los eventos científicos organizados por las………………………………………
4.23 Facilitar el acceso de sus alumnos a una cobertura del Seguro Complementario de Salud y contra accidentes.
4.24 Garantizar la identificación de los alumnos, proporcionando los elementos respectivos.
4.25 EL INSTITUTO debe capacitar y certificar a los alumnos, en Seguridad y Salud en el Trabajo y Bioseguridad a fin que el practicante no ponga en riesgo su salud.
4.26. El horario de las prácticas será fijado entre el INSTITUTO y la RED DE SALUD adecuando a las necesidades del estudiante el uso del horario de prácticas.
4,27 Exigir al practicante formule el Informe Final de su experiencia según el Esquema del ANEXO “A” de la DIRECTIVA ADMINISTRATIVA N° 001-2019-DIRESA/RR.HH-V.01
4.28. Los Estudiantes y/o practicantes deberán estar sujetos a la programación del rol de turnos y el cumplimiento estricto a la programación según necesidad en áreas críticas respetando estrictamente los derechos del paciente, respecto al consentimiento informado.
4.29. EL INSTITUTO, deberá gestionar ante la RED DE SALUD, las vacantes para que los alumnos y/o practicantes realícenlas prácticas pre-profesionales, indicando el nivel formativo que cursa el alumno.
CLÁUSULA QUINTA: COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL
Los compromisos que se desarrollen como producto del presente Convenio, serán ejecutados de manera conjunta y coordinada por los siguientes funcionarios:
De la RED DE SALUD Y DEL INSTITUTO
• El (La) Director(a) del establecimiento de salud o su representante.
• El (La) Responsable del área de Capacitación, Desarrollo e Investigación del establecimiento de salud, o su representante.
De EL INSTITUTO
• El (La) Director(a) o su representante.
• El (La) docente debidamente acreditado(a).
Dicha comisión sujeta sus actuaciones a las disposiciones emanadas de los órganos que conforman el Ministerio de Salud y normas conexas. Coordina acciones con la Unidad/Oficina de Docencia e Investigación de la sede docente y culminadas sus acciones emitirán un informe de los actuados a las instancias que representan.
CLÁUSULA SÉXTA: VIGENCIA
El presente Xxxxxxxx tendrá una vigencia de tres años, contados a partir de la fecha de su suscripción, pudiendo ser renovado de común acuerdo entre las partes por escrito y previa opinión favorable de Dirección General de Salud Huánuco, o la que haga sus veces
CLAÚSULA SÉTIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier controversia que surja de la interpretación o ejecución de ese Convenio Específico, será resuelta mediante el trato directo y el común entendimiento. De no ser ello posible, la controversia se resolverá mediante arbitraje de Derecho en el marco de lo estipulado por el Decreto Legislativo N° 1071. Que norma el arbitraje.
CLÁUSULA OCTAVA: MODIFICACIÓNES DEL CONVENIO
Con la misma formalidad establecida en la cláusula anterior, las partes podrán introducir, de mutuo acuerdo, por escrito modificaciones al presente Convenio como resultado de las evaluaciones periódicas que se realicen durante el tiempo de su vigencia.
CLÁUSULA NOVENA: DE LA RESOLUCIÓN DEL CONVENIO
El presente convenio podrá ser resuelto antes de su vencimiento, previo acuerdo entre las partes.
Cualquiera de las partes podrá resolver el presente Convenio, sin que medie causal de resolución alguna, siendo suficiente para ello la remisión de una Carta Notarial cursada con quince (15) días calendario de anticipación a los domicilios señalados en la parte introductoria del presente documento.
El incumplimiento de alguno de los compromisos asumidos por el presente Convenio será causal de resolución del mismo, para cuyo efecto será suficiente la remisión de una carta con cinco (5) días calendario de anticipación, cursada a los domicilios señalados en la para introductoria de este documento.
El término del Convenio no afectará la culminación de obligaciones/compromisos pendientes a la fecha de su resolución.
En señal de conformidad, suscriben las partes el presente convenio en tres ejemplares a los…………
días del mes de… del año 2019.
…………………………………………….
DIRECTOR EJECUTIVO DE LA RED DE
SALUD …………………………….
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DIRECTORA DEL ISTP
RELACION DE PARTICIPANTES QUE EMITIERON SUS APORTES AL CONTENIDO DEL CONVENIO
INSTITUCION DE EDUCACION SUPERIOR TECNICA/ RED DE SALUD/ HOSPITAL | PARTICIPANTE | PROFESION/ GRADO | |
Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx - Xxxxx | Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx | Economista | |
Xxxxxxx Xxxxx - Xxxxxx | Xxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx | Magister | |
Xxxxxxxxxx | Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx | Enfermera | |
Xxx Xxxxxx - Ambo | Xxx Xxxxxxxxx Xxxx | Enfermera | |
Xxxxxx Xxxxxx Xxxx – La Unión | Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxxx | |
Red de Xxxxx Xxxx | Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxx | Xxxx. Derecho | |
Hospital Xxxxxxxx Xxxxxxxx | Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx | Lic. Adm. | |
Red de Salud Dos xx Xxxx | Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx | Xxxxxxxx | |
Red de Salud Pachitea | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx | Obstetra | |
Red de Salud Pachitea | Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx | Obstetra | |
Red de Salud Ambo | Xxxxx Xxxxxx Xxxxx | Enfermero |
xxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx, xxxxxxxxxx@xxxxx.xxx, xxxxx000@xxxxxxx.xxx, xxxxxxxxx000@xxxxxxx.xxx, xxxxxx0000@xxxxxxx.xxx.