Contrato de ENCARGADO DEL TRATAMIENTO de datos personales
Contrato de ENCARGADO DEL TRATAMIENTO de datos personales
Según el Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de personas físicas en lo que representa al tratamiento de datos personas y a la libre circulación de estos datos.
De una parte el contratante del servicio, cuyos datos son los que figuran en la contratación del mismo, actuando en este acto en calidad de RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.
Y de otra, AXARNET COMUNICACIONES S.L. (en adelante Axarnet), con CIF
X00000000 y domicilio social en Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx - 00000 Xxxxx xxx Xxx (Xxxxxx), inscrita en el Registro Mercantil de Málaga, tomo 2688, libro 1601, folio 56, hoja Nº.MA- 46102, actuando en este acto en calidad de ENCARGADO DEL TRATAMIENTO.
MANIFIESTAN
I. Será necesario que el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO acceda y trate datos por cuenta del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO. Este acceso a datos personales del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO por cuenta del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO se somete a las previsiones legales del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento General de Protección de Datos, en adelante RGPD), y cualesquiera otras normas que en el futuro puedan promulgarse sobre esta materia y que las sustituyan o complementen.
II. Que ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para contratar y obligarse y, en especial, para celebrar el presente Contrato.
III. En cumplimiento del artículo 28.3 del RGPD, ambas partes acuerdan libremente regular el acceso y tratamiento de los datos, conforme con las siguientes:
ESTIPULACIONES
PRIMERA - OBJETO DEL ENCARGO DE TRATAMIENTO
Mediante las presentes cláusulas se habilita al ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, para tratar por cuenta del RESPONSABLE DEL
TRATAMIENTO, los datos de carácter personal necesarios para prestar el servicio contratado, cuyas condiciones se encuentran explícitamente recogidas en las Condiciones Generales del Servicio y por extensión en las Condiciones Generales.
SEGUNDA - IDENTIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN AFECTADA
Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este encargo, el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, pone a disposición del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, datos de carácter personal como nombres, apellidos, correo electrónico, datos de contacto, así como cualquier otro tipo de dato que sean necesarios.
TERCERA - DURACIÓN
El presente acuerdo dura hasta la fecha de terminación de la prestación de servicios por parte del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO a favor del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO y,
en todo caso, según establece la legislación vigente.
Una vez finalice el presente contrato, el ENCARGADO DEL
TRATAMIENTO debe suprimir los datos personales y suprimir cualquier copia que se halle en su poder.
CUARTA - OBLIGACIONES DEL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO
El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO y todo su personal se obliga a:
A. Utilizar los datos personales objeto de tratamiento, o los que recoja para su inclusión, sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios.
B. Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones del responsable del tratamiento. Si el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO considera que alguna de las instrucciones infringe el RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros, el encargado informará inmediatamente al responsable.
C. Llevar, por escrito, un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del responsable, que contenga:
a. El nombre y los datos de contacto del encargado o encargados y de cada responsable por cuenta del cual actúe el encargado y, en su caso, del representante del responsable o del encargado y del delegado de protección de datos.
b. Las categorías de tratamientos efectuados por cuenta de cada responsable.
c. En su caso, las transferencias de datos personales a un tercer país u organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u
organización internacional y, en el caso de las transferencias indicadas en el artículo 49 apartado 1, párrafo segundo del RGPD, la documentación de garantías adecuadas.
d. Una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad relativas a:
i. La seudoanimización y el cifrado de datos personales.
ii. La capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
iii. La capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.
iv. El proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.
D. No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del responsable del tratamiento, en los supuestos legalmente admisibles.
El encargado puede comunicar los datos a otros encargados del tratamiento del mismo responsable, de acuerdo con las instrucciones del responsable. En este caso, el responsable identificará, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a la comunicación.
Si el encargado debe transferir datos personales a un tercer país o a una organización internacional, en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que le sea aplicable, informará al responsable de esa exigencia legal de manera previa, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público.
E. No subcontratar ninguna de las prestaciones que formen parte del objeto de este contrato que comporten el tratamiento de datos personales, salvo los servicios auxiliares necesarios para el normal funcionamiento de los servicios del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO.
Si fuera necesario subcontratar algún tratamiento, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO deberá comunicarlo previamente y por escrito al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, con una antelación de 7 días naturales, indicando los tratamientos que se pretende subcontratar e identificando de forma clara e inequívoca la empresa subcontratista y sus datos de contacto. La subcontratación podrá llevarse a cabo si el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO no manifiesta su oposición por escrito en el plazo establecido.
En todo caso, el tratamiento de datos por parte del subcontratista se deberá ajustar a las instrucciones del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO debiendo el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, suscribir un contrato con la empresa subcontratada en los términos previstos en el presente contrato y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 28 del RGPD, comprometiéndose el subcontratista expresamente y por escrito a asumir obligaciones idénticas a las establecidas para el
ENCARGADO DEL TRATAMIENTO en virtud del presente apartado.
En caso de incumplimiento del sub encargado, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO seguirá siendo plenamente responsable frente al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO en el cumplimiento de las obligaciones.
F. Mantener el deber xx xxxxxxx respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud del presente encargo, incluso después de que finalice su objeto. Dicho deber xx xxxxxxx afecta a todo el personal al servicio del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO que pueda acceder o tratar los datos de carácter personal.
X. Xxxxxxxxxx que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que hay que informarles convenientemente.
X. Xxxxxxxx a disposición del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO la documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anterior.
I. Garantizar que llevará a cabo la formación necesaria en materia de protección de datos personales a las personas autorizadas para tratar datos personales.
J. Asistir al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO en la respuesta al ejercicio de los derechos de:
a. Acceso, rectificación, supresión y oposición
b. Limitación del tratamiento
c. Portabilidad de datos
d. A no ser objeto de decisiones individualizadas (incluida la elaboración de perfiles)
Cuando las personas afectadas ejerzan los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, ante el encargado del tratamiento, éste debe comunicarlo por correo electrónico a la dirección suministrada por el
RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO en la contratación del servicio. La comunicación debe hacerse de forma inmediata y en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción de la solicitud, juntamente, en
su caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud.
K. Derecho de información
Corresponde al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO facilitar el derecho de información en el momento de la recogida de los datos.
L. Notificación de violaciones de la seguridad de los datos
El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO notificará al RESPONSABLE DEL
TRATAMIENTO, sin dilación indebida, y en cualquier caso antes del plazo máximo de 72 horas, y a través del correo electrónico a la dirección suministrada por el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO en la contratación del servicio, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia.
No será necesaria la notificación cuando sea improbable que dicha violación de la seguridad constituya un riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas. Si se dispone de ella se facilitará, como mínimo, la información siguiente:
a) Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados.
b) El nombre y los datos de contacto del delegado de protección de datos o de otro punto de contacto en el que pueda obtenerse más información.
c) Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.
d) Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.
Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida.
Corresponde al ENCARGADO DEL TRATAMIENTO
comunicar las violaciones de la seguridad de los datos a la Autoridad de Protección de Datos.
La comunicación contendrá, como mínimo, la información siguiente:
a. Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados.
b. Nombre y datos de contacto del delegado de protección de datos o de otro punto de contacto en el que pueda obtenerse más información.
c. Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.
d. Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.
Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida.
X. Xxx apoyo al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO en la realización de las evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos, cuando proceda.
N. Dar apoyo al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO en la realización de las consultas previas a la autoridad de control, cuando proceda.
O. Poner a disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las inspecciones que realicen el responsable u otro auditor autorizado por él.
P. Implantar las medidas de seguridad siguientes:
a. Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
b. Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.
c. Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento.
d. Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso.
Q. Designar un delegado de protección de datos y comunicar su identidad y datos de contacto al responsable.
R. Destino de los datos
Destruir los datos, una vez cumplida la prestación. Una vez destruidos, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO debe certificar su destrucción por escrito y debe entregar el certificado al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.
No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bLoqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
QUINTA - OBLIGACIONES DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO
Corresponde al responsable del tratamiento:
a. Entregar al ENCARGADO DEL TRATAMIENTO los datos a los que se refiere la cláusula 2 de este documento, si hubiera entrega de datos.
b. Realizar una evaluación del impacto en la protección de datos personales de las operaciones de tratamiento a realizar por el encargado.
c. Realizar las consultas previas que corresponda.
d. Velar, de forma previa y durante todo el tratamiento, por el cumplimiento del RGPD por parte del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO.
e. Supervisar el tratamiento, incluida la realización de inspecciones y auditorías.
SEXTA - CLÁUSULA INFORMATIVA DE PROTECCIÓN DE DATOS
Ambas partes se informan que los datos personales contenidos en el presente contrato y los proporcionados durante la relación negocial serán objeto de tratamiento por la otra parte, con la finalidad de llevar a cabo la gestión de la relación contractual generada con la firma del presente contrato, así como el envío de comunicaciones comerciales que puedan ser del interés de la otra parte.
SÉPTIMA - LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
Este contrato se rige por la ley española. Para cualquier discrepancia que se derive de este contrato, su interpretación, ejecución o cumplimiento, las partes, con ánimo de obligarse y con expresa renuncia a cualquier otra que pudiera corresponderles, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales del domicilio del ENCARGADO DEL TRATAMIENTO.
Y para que así conste, la aceptación del Servicio o Servicios contratados obliga a la aceptación del presente contrato de manera indivisible, a un solo efecto en la fecha de la contratación del Servicio o Servicios.