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Campaña Promoción MasterCard “Copa Mundial de Rugby 2015”
Bases y Condiciones de la Promoción
1) La presente promoción es organizada por EL BANCO, Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A. (en adelante EL BANCO y/o EL ORGANIZADOR), sin obligación de compra y en forma gratuita para los participantes. La misma se desarrollará “exclusivamente” en la Provincia de Entre Xxxx respectivamente durante el período comprendido entre el 01 xx xxxxxx de 2015 y el 15 xx xxxxxx de 2015 inclusive (en adelante, LA VIGENCIA), conforme las Bases y Condiciones que seguidamente se desarrollan. (en adelante la PROMOCIÓN).
2) Podrán participar de la PROMOCION todas aquellas personas físicas que al 1 xx xxxxxx de 2015 tengan 18 años de edad cumplidos, sean titulares o adicionales de Tarjetas de Crédito MasterCard emitidas por EL BANCO y que residan en la Provincia de Entre Xxxx. No podrán participar de LA PROMOCIÓN quienes tengan su domicilio fuera de la jurisdicción donde se desarrollará la campaña promocional, y en lugares donde la legislación local no autorice la realización de este tipo de promociones.
3) En la presente PROMOCIÓN existirá una (1) forma de participación de conformidad a la mecánica, a saber:
Los Participantes recibirán 1 (una) Chance para el sorteo que se detalla en el punto 4 por cada consumo realizado y presentados al cobro por los Establecimientos durante la Vigencia de la Promoción.
También participarán las transacciones de débito automático de servicios y las compras realizadas en el exterior del país procesadas dentro de LA VIGENCIA.
No intervendrán aquellas transacciones que no constituyan compras de bienes o servicios, incluyendo, aunque no limitándose, a adelantos de efectivo, intereses y cargos.
No intervendrán aquellos Participantes que registren el último pago mínimo impago.
4) En todos los supuestos, EL BANCO extraerá la nómina de personas que resulten participantes, de acuerdo a las presentes Bases y Condiciones, y confeccionarán, con los datos obtenidos, una Base de Datos para que sean elegidas de manera aleatoria, actividad que será supervisada por Escribano Público que designe EL BANCO.
El procedimiento para la elección del beneficiario consistirá en un Sorteo realizado a través de un programa de computación, seleccionando de esta manera 1 (un) beneficiario titular y 2 (dos) beneficiarios suplentes.
Cada uno de los Participantes contará en el Sorteo con las Chances acumuladas por su participación de acuerdo a la mecánica descripta en los puntos 3 y 4 durante la Vigencia de la Promoción.
El Sorteo se llevará a cabo el día 19 xx xxxxxx de 2015 a las 11.00 horas en Xxxxx Xxxxxxx 000, Xxxxxx xx Xxxxxx, ante Escribano Público, quien será la única autoridad verificadora de su validez y autenticidad, a cuyo efecto labrará el acta pertinente.
EL BANCO cargará los e-mails recibidos en las casillas de correos antes indicadas, siempre y cuando contengan los datos personales completos de los participantes, y los organizará en la base de datos descargada de los que hayan completado correctamente los datos, actividad que será supervisada por
Escribano Público que designen EL BANCO. Se aceptará como máximo un (1) correo por persona para participar en el sorteo.
6) No podrán participar de la PROMOCION directivos, funcionarios y empleados de EL BANCO.
7) La presente promoción se desarrollará y se comunicará en la provincia de Entre Xxxx a través de medios de comunicación masivos.
Respecto a la publicidad por vía Internet, comunicamos que se realizará publicidad en la Página Web del Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A. En el mismo sentido hacemos saber que las Bases y Condiciones serán publicadas en la Página Web del Nuevo Banco de Entre Xxxx S.A., además de la Fan Page institucional de EL BANCO encontrándose también disponibles en las Sucursales de EL BANCO.
8)PREMIOS:
Teniendo en cuenta la forma de participación individualizada en el punto 3 de las presentes Bases y Condiciones, en el sorteo se entregará el premio que a continuación se detalla:
1 (una) experiencia Londres 2015, consistente en:
1 (un) pasaje aéreos ida y vuelta a Londres, partiendo desde el aeropuerto xx XXX hacia LGW ó LHR (según códigos de identificación IATA), en clase económica, en las líneas aéreas Iberia o Air Europa, con no más de una escala hasta el destino final, con una espera entre vuelos que no sea superior a cuatro horas y menor a una hora y media (los “Pasajes”).
El Pasaje partirá xx XXX el día 16 de septiembre de 2015 y retornará desde LGW ó LHR el día 21 de septiembre de 2015.
La experiencia Londres 2015 incluirá además lo siguiente:
1) Día 16 de septiembre de 2015.
• Asistencia en EZE al tarjetahabiente MasterCard al momento de la salida.
2) Día 17 de septiembre de 2015.
• Recepción en el aeropuerto LGW ó LHR con guía de habla hispana y traslado al Hotel desde LGW ó LHR en bus exclusivo acondicionado. Durante el traslado, le será entregado un “Welcome Kit” con itinerario detallado, comodidades del Hotel a disposición, información del área donde se encuentra el Hotel, mapa del destino, mapa de la red de subterráneos de Londres, entrega de una Tarjeta Prepaga para gastos.
• Alojamiento por 4 noches en el The Harte & Garter Hotel & Spa, de la ciudad xx Xxxxxxx (el “Hotel”).
• 1 cena de bienvenida en el Hotel.
3) Día 18 de septiembre de 2015.
• Desayuno en el Hotel.
• City tour matutino por la Ciudad xx Xxxxxxx con guía de habla hispana en bus exclusivo.
• Traslado en bus exclusivo al estadio desde y hacia el Hotel para el partido detallado más abajo.
• Entrada Categoría B para el partido de inauguración que enfrentará a los seleccionados de rugby de Inglaterra vs. República de Fidji.
4) Día 19 de septiembre de 2015.
• Desayuno en el Hotel.
• Bus a disposición por un plazo de ocho horas para ir al centro de la Ciudad de Londres desde el Hotel a la mañana, y regresar al Hotel durante la tarde. Se designará un punto de encuentro oportunamente.
5) Día 20 de septiembre de 2015.
• Desayuno en el Hotel.
• Mañana libre.
• Traslado en bus exclusivo al estadio desde y hacia el Hotel para el partido detallado más abajo.
• Entrada Categoría B para el partido que enfrentará a los seleccionados de rugby de Argentina y Nueva Zelanda.
6) Día 21 de septiembre de 2015.
• Desayuno en el Hotel.
• Traslado desde el Hotel al aeropuerto (LGW ó LHR) para tomar el vuelo de regreso a EZE. El premio no incluye el traslado hasta el Aeropuerto de Ezeiza, el que correrá por cuenta del ganador. La entrega del premio se realizará en dependencias del Nuevo Banco de Entre Xxxx.
9) El PREMIO no incluye ninguna otra prestación, bien, ventaja o servicio no enumerado en estas Bases y Condiciones.
10) El PREMIO obtenido es intransferible y no podrán ser canjeado por dinero efectivo u otro bien, total ni parcialmente.
11) El ganador será notificado telefónicamente al número telefónico informado en la base de datos del Banco. Dentro de los veinte (20) días corridos de recibida la notificación mencionada en el punto precedente. El ganador del PREMIO deberá presentar su Documento Nacional de Identidad, en el momento de realizar la entrega del premio en el domicilio.
12) En el supuesto de que el ganador no se encuentre en su domicilio o la dirección informada sea inexistente o que decida rechazar el PREMIO, perderá indefectiblemente su derecho al mismo.
13) EL BANCO comprobarán, previo a la adjudicación del PREMIO, que el ganador reúna todas las condiciones enunciadas en el punto 2 y en los puntos 3 y/o 4 y/o 5 de las presentes Bases y Condiciones, según corresponda. En caso de tener acreditado que el participante no las reúne, será automáticamente eliminado, perdiendo el derecho al PREMIO.
14) En aquellos casos en los que se den los supuestos indicados en los apartados 12 y 13 precedentes, los premios serán asignados a los ganadores suplentes.
15) En el supuesto que los ganadores suplentes no cumplan con las formalidades exigidas en las presentes Bases, y el premio no fuere asignado a ganador alguno al vencimiento del plazo antes mencionado, el premio se considerará de propiedad del ORGANIZADOR conforme Art. 15 primer párrafo Resolución N° 17/2011. Todo premio que fuera asignado y cuyo ganador no lo reclame en el plazo antes mencionado, será transferido por el ORGANIZADOR en propiedad a favor del Ministerio de Desarrollo Social dentro de los treinta (30) días corridos contados a partir del día siguiente al del vencimiento de aquél, de conformidad con el Art. 15 segundo párrafo Resolución N° 17/2011.
16) EL BANCO se deslindan de toda responsabilidad por los daños o perjuicios de cualquier tipo que pudiese sufrir el ganador del PREMIO o terceras personas, con motivo, en ocasión de o en relación con el PREMIO.
EL BANCO no será responsable por el acaecimiento de cualquier inconveniente que impida al ganador retirar el PREMIO en el plazo estipulado en las presentes Bases y Condiciones.
17) EL BANCO no será responsables por cualquier circunstancia y/o perjuicio que pudiere originar la información consignada en los cupones y su relación con personas y/o cosas
18) A excepción del “Impuesto de Emergencia a los Premios de determinados Juegos de Sorteos y Concursos Deportivos” (Ley Nacional N° 20.630) que resulte aplicable, que serán a cargo de EL BANCO; todos los demás costos asociados a la adjudicación de los PREMIOS (impuestos, sellados, tasas, gratuidades, etc.) y los gastos de pre-entrega, fletes, seguros, serán a exclusivo cargo del ganador del sorteo, así como también cualquier otro gasto adicional y/o trámite que no se encuentre expresamente previsto en las presentes Bases y Condiciones (por ejemplo, pero sin limitarse a: gastos en que incurra el ganador para retirar el PREMIO, estadía y/o cualquier otro gasto, tasa o impuesto adicional).
19) Los ganadores del PREMIO otorgan consentimiento expreso a EL BANCO, a utilizar y/o difundir sus nombres, Documento Nacional de Identidad, domicilio, datos personales, voz e imagen personal y las de su grupo familiar, con fines publicitarios, en los medios y formas que EL BANCO crea conveniente, (medios públicos, audiovisuales, gráficos, fotografías, imágenes filmadas o video grabaciones, etc.) sin tener por ello el derecho a compensación o retribución alguna durante la vigencia de la PROMOCIÓN y hasta un (1) año de finalizada la misma; todo ello conforme al Art. 5 xx Xxx 25.326.
20) Datos Personales: Los Participantes autorizan a que EL BANCO registre y archive, en su base de datos, los datos personales facilitados por los participantes, en adelante ("Datos Personales") y la información volcada en cada registración siendo la misma de exclusivo uso interno de ella y (no será entregada a terceros). Los Datos Personales podrán ser utilizados por EL BANCO para informar sobre ofertas, entregas de productos y servicios, y en su caso para otros fines de marketing. A requerimiento del interesado, los Datos Personales almacenados por el ORGANIZADOR, serán rectificados, actualizados o suprimidos conforme art. 16 Ley 25.326.
21) Cuando circunstancias no imputables a EL BANCO y no previstas en estas Bases y Condiciones así lo justifiquen, EL BANCO podrán cancelar, suspender o modificar la presente PROMOCION previa comunicación y autorización expresa de la autoridad competente. En tal caso, la cancelación, suspensión y/o modificación será publicada por EL BANCO en al menos un medio digital de circulación masiva en la República Argentina.
22) La participación en la PROMOCION implica el pleno conocimiento y la total aceptación de estas Bases y Condiciones.
23) La eventual declaración de nulidad de alguna de las cláusulas de las presentes Bases y Condiciones no importará la nulidad de las cláusulas restantes, las que mantendrán su plena vigencia hasta tanto no sean declaradas nulas por una autoridad facultada por ley a este efecto.
24) La probabilidad de obtener el PREMIO en el sorteo dependerá de la cantidad de consumos que haya realizado correctamente el formulario Una (1) formulario correctamente integrado xx Xxxx Mil (10.000) hipotéticamente correctos, equivale a que un participante tendrá el 0,0001% de posibilidades de ganar el PREMIO.
Las presentes Bases y Condiciones, que rigen la presente PROMOCIÓN, se encuentran encuadradas en los términos del Artículo 10 de la Ley 22.802 y en la restante normativa concordante aplicable en la materia, y estarán disponibles en todas las Sucursales de EL BANCO, en la Fan Page Institucional (xxx.xxxxxxxx.xxx/XxxxxXxxxxxxXxxxxXxxx) y en la Página Web (xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx) de EL BANCO.
25) Toda relación que en virtud de la presente PROMOCIÓN se genere entre cualquier participante y EL BANCO será regida y concertada con total sujeción a las leyes de la República Argentina. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre EL BANCO y los participantes, los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Paraná, Provincia de Entre Xxxx, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa a cualquier otra jurisdicción que pudiere corresponder por cualquier causa.