HONORABLE AYUNTAMIENTO DE TEPEHUACÀN DE GUERRERO, HIDALGO.
HONORABLE AYUNTAMIENTO DE TEPEHUACÀN DE GUERRERO, HIDALGO.
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO QUE CELEBRA POR UNA PARTE EL MUNICIPIO DE TEPEHUACÀN DE GUERRERO, HIDALGO, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. LICENCIADO XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE MUNICIPAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL MUNICIPIO”, POR LA OTRA PARTE EL (LA)
, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL TRABAJADOR", CON SUJECIÓN A LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
I.- DE “EL MUNICIPIO”:
1.- Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 115 de la constitución política para el Estado xx Xxxxxxx, el municipio libre es una institución con personalidad jurídico-política y territorio determinado, dotado de facultades para atender las necesidades de su núcleo de población para lo cual manejara su patrimonio conforme a las leyes de la materia y elegirá directamente a sus autoridades.
2.- Que la competencia que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la del Estado xx Xxxxxxx, otorgan a los municipios, se ejercerá por el Ayuntamiento en forma exclusiva, de acuerdo a lo establecido en el artículo 116 de la constitución política para el Estado xx Xxxxxxx.
3.- Que conforme al artículo 143 de la Constitución Política para el estado xx Xxxxxxx, el Presidente Municipal tendrá a su cargo la representación del gobierno del municipio y la ejecución de las resoluciones del Ayuntamiento.
4.- Que el C. Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, resultó electo Presidente Municipal para el periodo 2016-2020, de conformidad con la Constancia de Mayoría expedida por la Consejero Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Presidente del Consejo Municipal y el C. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Secretario del Consejo Municipal, certificando dicho documento el secretario General del Instituto Estatal Electoral el Profesor Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
5.- Que con fundamento en el artículo 60 fracción II inciso (a) de la Ley Orgánica Municipal del estado xx Xxxxxxx, es una facultad del Presidente Municipal nombrar y remover libremente a los servidores públicos, municipales que refiere la constitución política del estado y demás funcionarios que se requieran, para el eficaz desempeño de la Administración Municipal.
6.-Así mismo, “EL MUNICIPIO” declara requerir los servicios de “EL TRABAJADOR”, para que realice las actividades de
que se pactan por el tiempo determinado indicado en el presente contrato.
7.-DOMICILIO.Que para efectos del presente contrato, señala como domicilio en Xxxxx Xxxxxxxxx X/X, Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxx.
II.- DECLARA “EL TRABAJADOR” BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD:
1.- a) Llamarse como queda escrito, Identificándose con su Credencial de Elector Folio Número Clave de elector
b) Ser de nacionalidad
c) Tener años de edad.
d) Ser su estado civil:
e) Ser de sexo:
f) Tener su domicilio particular en Calle
Número S/N C.P. Colonia.
Ciudad.
g) Grado de estudios:
2.- Tener la capacidad, aptitudes y facultades necesarias e inherentes al puesto o trabajo que va a desempeñar, así como contar con los certificados y referencias auténticas relacionadas con su persona y proporcionados a “EL MUNICIPIO”.
3.- Que tiene la experiencia y los conocimientos necesarios para desarrollar el trabajo objeto del presente Contrato.
Expuesto lo anterior, ambas partes se reconocen mutuamente la personalidad con la que comparecen y convienen en la celebración del presente contrato, y en obligarse conforme al contenido y condiciones de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO. “EL TRABAJADOR” se obliga a prestar
sus servicios personales subordinados en la jornada establecida por “EL MUNICIPIO”, mismos que deberá ejecutar con puntualidad y eficiencia, cumpliendo las instrucciones que reciba de sus superiores y/o jefes inmediatos, obligándose a realizar el trabajo que se requiera dada la necesidad urgente y extraordinaria que se genere durante el tiempo contratado.
El Puesto que desempeñará y se obligará “EL TRABAJADOR” será en el área de
y/o las actividades que le asigne “El MUNICIPIO” debido al desempeño de sus funciones, y demás actividades necesarias para el buen desempeño de sus actividades, en la categoría de , por un período de tiempo determinado de SEIS MESES, que por sus características debe ser concluido en el término citado en el presente contrato.
SEGUNDA.- “EL TRABAJADOR” se obliga a desarrollar las actividades mencionadas en la cláusula primera con toda diligencia a efecto de satisfacer los requerimientos de “EL MUNICIPIO” estableciéndose como parámetros de cumplimiento los ordinarios, comunes, y habituales que distinguen a los promotores de base de su misma categoría, obligándose a aportar toda su experiencia y capacidad, dedicando todo el tiempo que sea necesario para dar cumplimiento al presente contrato.
TERCERA. LUGAR PARA EL DESEMPEÑO DE LA ACTIVIDAD LABORAL. Los
servicios descritos en la cláusula anterior, se prestarán por “EL TRABAJADOR” en el Xxxxxxx Xxxxxxxxx X/X, Xxx. Xxxxxx, Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx Hgo., o en los lugares en que “EL MUNICIPIO” le designe, manifestando en este acto “EL TRABAJADOR” su conformidad en ejecutarlos trabajos contratados en el domicilio que se le indique, en el entendido de que conoce perfectamente la ubicación de la fuente de trabajo.
CUARTA. “EL TRABAJADOR” se obliga a cumplir con las normas generales de trabajo en calidad y cantidad establecidas por “EL MUNICIPIO”, con relación al trabajo que ejecute y/o servicios que preste.
QUINTA. INFORMES DE TRABAJO. “EL TRABAJADOR” se obliga a
proporcionar a “EL MUNICIPIO” en cualquier tiempo, lugar y las veces que se le requiera todos los datos, informes, aclaraciones o cualquier otro elemento que le
solicite en relación con los servicios que le sean encomendados; así mismo será el único responsable de los daños y perjuicios ocasionados en los inmuebles o equipos propiedad de “EL MUNICIPIO”, cuando los mismos sean ocasionados por el uso indebido del equipo, vehículos, materiales o métodos que se emplee durante el desempeño del trabajo.
SEXTA.-VIGENCIA. El presente contrato estará vigente del día 05 de Septiembre 2016 al 31 xx Xxxxx del 2017, tiempo en cual se obliga a desarrollar las actividades mencionadas en la cláusula primera de este contrato o en caso en que debido al desempeño de sus funciones sea ascendido y/o asignado a otra área para desempeñar funciones distintas a las establecidas en la cláusula primera también será modificado su salario y demás prestaciones que por ley le corresponden, con la posibilidad de rescindirse anticipadamente ante el incumplimiento de dicho contrato.
SÉPTIMA. JORNADA LABORAL. “EL TRABAJADOR” a partir de que el
presente Instrumento jurídico adquiera fuerza legal, deberá cumplir con una jornada laboral por sus servicios, la cual, estará comprendida de lunes a viernes de cada semana, con un horario de 8:30 a.m. a 16:30 horas, otorgándosele 00:45 cuarenta y cinco minutos para ingerir sus alimentos, en el entendido que de acuerdo a la legislación laboral aplicable a los trabajadores municipales, podrá ser distribuida de conformidad con las necesidades y a la naturaleza de sus actividades. Se hace constar que se conviene que “EL MUNICIPIO”, podrá modificar previa notificación a “EL TRABAJADOR”, el horario de los servicios contratados de acuerdo a las necesidades de “EL MUNICIPIO”.
OCTAVA.- SALARIO. “EL TRABAJADOR” recibirá como contraprestación la
cantidad mensual de: $ dicha cantidad se dividirá en dos partes,
misma que es bruta antes de impuestos, la cual se pagará en efectivo los días quince y último de cada mes en el lugar de trabajo, salvo que por circunstancias de fuerza mayor no hubiera disponibilidad financiera por parte de la Tesorería Municipal, para lo cual el pago se realizará a más tardar dentro de cinco días hábiles posteriores a las fechas señaladas. Xxxxx con los que el trabajador manifiesta su conformidad de que le sea entregada en efectivo o mediante pago por nómina electrónica con la Institución bancaria con la que “EL TRABAJADOR” aperture su cuenta para ese efecto, obligándose a firmar los Recibos de Nómina correspondientes a los pagos o depósitos realizados en su
favor por “EL MUNICIPIO”. Asimismo, convienen las partes que en esta cantidad se encuentra incluida la parte proporcional al día de descanso y que en caso de
incremento xxx xxxxxxx, la modificación se efectuará únicamente en el documento que ampara el pago, sin necesidad de modificar el presente contrato.
NOVENA.- AGUINALDO.- ELTRABAJADOR recibirá una gratificación anual correspondiente a 60 días o parte proporcional de acuerdo a su salario y el tiempo que prestó sus servicios a esta presidencia municipal y será pagado a más tardar el día 20 del mes de diciembre de 2017, siempre y cuando exista suficiencia presupuestal en conformidad con los términos que le concede “EL MUNICIPIO”.
DÈCIMA.-“EL TRABAJADOR” conviene en que las remuneraciones que perciba por la realización de los servicios materia de este contrato, serán únicas, que gozará de su descanso semanal los días sábados.
DÈCIMA PRIMERA.-“EL TRABAJADOR”, se obliga a entregar a “EL MUNICIPIO” la documentación que se le solicite, a fin de que le sea integrado debidamente su expediente
DÈCIMA SEGUNDA.- Concluida la vigencia del presente contrato, no podrá haber prórroga automática por el simple transcurso del tiempo y terminará sin necesidad de darse aviso entre las partes.
DÉCIMA TERCERA.-. Para el caso de que “EL MUNICIPIO”, tuviera necesidad de contar nuevamente con los servicios de “EL TRABAJADOR”, se requerirá la celebración de un nuevo contrato
DÉCIMA CUARTA.- El presente contrato podrá darse por terminado a voluntad de cualquiera de los contratantes, previo aviso que dé al otro con diez días de anticipación, con el propósito de que durante ese lapso haya posibilidad de concluir los trabajos pendientes.
DÉCIMA QUINTA.- “EL TRABAJADOR” se compromete a cumplir y observar todo lo contenido en el Reglamento Interior de Trabajo que “EL MUNICIPIO” tenga, o que para tal efecto elabore dándose por enterado de la obligación que tiene de cumplir cabalmente con las disposiciones que el mismo establece, así
como aquellas normas o disposiciones que regulen el funcionamiento de “EL MUNICIPIO”.