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CONTRATO ADMINISTRATIVO NÚMERO CUARENTA GUIÓN DOS MIL SIETE XXXXXXXX XXX (00-0000/XXX). Xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxxx, el día dieciséis de noviembre de dos mil siete, nosotros: por una parte: XXXXXX XXXX XXXXXXXX XX XXXX, de cuarenta y seis años de edad, soltera, guatemalteca, Abogada y Notaria, con domicilio en el departamento de Guatemala, me identifico con la cédula de vecindad número de orden A guión uno (A-1) y de registro seiscientos cuarenta y dos mil trescientos setenta y siete (642377), extendida por la Municipalidad de Guatemala, departamento de Guatemala. Actúo en mi calidad de Gerente Administrativa del Organismo Judicial, representación que acredito con el nombramiento contenido en acuerdo número mil ciento noventa y seis guión A diagonal dos mil siete guión A punto XXXX (1196-A/2007-X.XXXX) de fecha dieciséis de octubre de dos mil siete y acta de toma de posesión número seiscientos veintiuno guión dos mil siete (621-2007) de fecha diecisiete de octubre de dos mil siete, autorizada para el presente acto por medio de la resolución de la Presidencia de este Organismo número tres mil ochenta (3080) de fecha veinticinco de octubre del presente año y la resolución de modificación de Presidencia número tres mil doscientos treinta y tres (3233), que en lo sucesivo me denominaré “EL ORGANISMO” y XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, de cincuenta y siete años de edad, casado, guatemalteco, comerciante, de este domicilio, me identifico con la cédula de vecindad número de orden A guión uno (A-1) y de registro número trescientos ochenta y nueve mil cuatrocientos uno (389,401) extendida por el Xxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, xxx xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, actúo en mi calidad de Mandatario Especial Administrativo Con Representación de la entidad “CENTRAL MOTRIZ, SOCIEDAD ANÓNIMA, calidad que acredito con la copia legalizada del Primer Testimonio de la Escritura Pública número quinientos cincuenta y cuatro (554) autorizada en esta ciudad el diecinueve xx xxxxx de dos mil seis por la Notaria Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx la cual se encuentra debidamente inscrita en el Archivo General de Protocolos con el número setecientos treinta mil quinientos treinta y cuatro (730,534) y en el Registro Mercantil General de la República bajo el número cuarenta y nueve mil trescientos ochenta y tres (49,383), folio ciento setenta y ocho (178) del libro cuarenta y uno (41) de Mandatos; encontrándose mi representada inscrita en el Registro Mercantil General de la República bajo número setecientos nueve (709), folio doscientos veintiséis (226) del libro cuatro (04) de Sociedades Mercantiles y en el Registro Tributario Unificado bajo el número setenta y cuatro mil novecientos treinta guión tres (74,930-3), con domicilio fiscal en Calzada Xxxxxxx Xxxxxx veintisiete guión veinte de la zona once (Calzada Xxxxxxx Xxxxxx 27-20 zona 11), de esta ciudad, lugar que señalo para recibir citaciones, notificaciones y emplazamientos, que en lo sucesivo me denominaré “LA CONTRATISTA”. Ambos comparecientes aseguramos hallarnos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles, ser de los datos de identificación personal indicados y que las representaciones que ejercitamos son suficientes de conformidad a la Ley para celebrar el presente contrato, contenido en las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. El presente contrato se suscribe con fundamento en los artículos doscientos tres y doscientos cinco (203 y 205) de la Constitución Política de la República de Guatemala; en el Decreto número cincuenta y siete guión noventa y dos (57-92) del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado; Acuerdo Gubernativo número mil cincuenta y seis guión noventa y dos 1056-92 Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y en las Bases de Cotización número setenta y ocho guión dos mil siete (78-2007), las que forman parte del presente contrato. SEGUNDA: ANTECEDENTES. Se inicia el presente expediente con solicitud hecha por medio de forma cincuenta y seis (56) número A cero cero cuatro mil doscientos nueve (A 004209), de la Presidencia de “EL ORGANISMO”, por medio de la cual se solicitó al Departamento de Adquisiciones de Bienes y Servicios, la adquisición de un Vehículo TIPO CAMIONETA AGRÍCOLA CUATRO POR CUATRO (4X4), MOTOR DOS MIL OCHOCIENTOS A DOS MIL NOVECIENTOS (2800 A 2900) CENTÍMETROS CUBICOS, OCHO (08) VÁLVULAS, TRANSMISIÓN AUTOMÁTICA, DOBLE BOLSA DE AIRE, FRENOS TRASERO XX XXXXXX PARA FRENO DE MANO, BARRAS LATERALES CONTRA IMPACTOS, TERCERA XXX XX XXXXX, TIMÓN HIDRÁULICO, VIDRIOS ELÉCTRICOS, CONTROL REMOTO PARA PUERTAS, CALEFACCIÓN, TAPICERÍA DE TELA, ASIENTO XXX XXXXXX CON AJUSTE MANUAL, APOYABRAZO TRASERO CON PORTAVASO, APOYACABEZAS TRASEROS, TACÓMETRO, RELOJ DIGITAL, DESEMPAÑADOR TRASERO, EQUIPO DE HERRAMIENTAS, AROS DE LUJO, RETROVISORES CROMADOS, ESTRIBOS LATERALES, LIMPIABRISAS Y LIMPIADOR DELANTERO, SALPICADERAS, CIENTO VEINTICINCO A CIENTO TREINTA Y CINCO (125 A 135) HP, TURBO DIESEL INTERCOOLER, TRACCIÓN CUATRO WD (4WD), SUSPENSIÓN DELANTERA XX XXXXX BRAZO CON BARRA DE TORSIÓN, CAPACIDAD TANQUE DE VEINTE A TREINTA (20 A 30) GALONES, FRENOS DELANTEROS Y TRASEROS Y DE DISCO, CINTURONES DE SEGURIDAD, CERRADURA CENTRAL, AIRE ACONDICIONADO, CONTROL MANUAL, RADIO AM/FM CON CD Y MP TRES (MP3), CINCO (5) ASIENTOS, ASIENTOS TRASEROS ABATIBLES, APOYACABEZAS DELANTEROS, TABLERO CON IMITACIÓN MADERA, APERTURA DE TANQUE DE COMBUSTIBLE DESDE INTERIOR, NEBLINERAS, RETROVISORES ELÉCTRICOS, RIELES PORTA PARRILLA, LIMPIABRISAS Y LIMPIADOR TRASERO, SOBRELODERAS, LLANTAS DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO DIAGONAL SETENTA R QUINCE (265/70R15) de fecha seis xx xxxxxx de dos mil siete, de la Presidencia del Organismo Judicial. Seguidamente se publicaron las Bases en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Sector Público denominado Guatecompras, con fecha veintinueve xx xxxxxx de dos mil siete, habiéndosele asignado el Número de Operación de Guatecompras (NOG) cuatrocientos noventa mil setecientos nueve (490709) en la página Web de “EL ORGANISMO” con fecha veintinueve xx xxxxxx de dos mil siete y en el diario Prensa Libre con fecha treinta y uno xx xxxxxx de dos mil siete. Se invitaron a cotizar a las siguientes empresas, XXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA; UNIVERSAL DE AUTOS, SOCIEDAD ANÓNIMA; XXXXXX XXXXX Y COMPAÑÍA; AUTOS SUZUKI, SOCIEDAD ANÓNIMA; CENTROMOTOR; EXCEL AUTOMOTRIZ y PANAMOTOR. Se presentaron a recoger Bases las siguientes empresas XXXXXX XXXXX Y COMPAÑÍA Y CENTRAL MOTRIZ, SOCIEDAD ANÓNIMA; Se presentaron a ofertar, las siguientes empresas: XXXXXX XXXXX Y COMPAÑÍA Y CENTRAL MOTRIZ, SOCIEDAD ANÓNIMA. El día veintiuno de septiembre de dos mil siete, se realizó el acto público de recepción de ofertas y apertura de plicas, habiéndose presentado a ofertar las siguientes empresas: XXXXXX XXXXX Y COMPAÑÍA Y CENTRAL MOTRIZ, SOCIEDAD ANÓNIMA. La Junta al proceder a la apertura de plicas y calificación correspondiente, acordó adjudicar la compra a la empresa, CENTRAL MOTRIZ, SOCIEDAD ANÓNIMA. según Acta número ciento cuarenta y cinco dos mil siete de fecha veintiuno de septiembre de dos mil siete. Se publicó el listado de oferentes, los montos ofertados y la adjudicación en Guatecompras y se notificó a los oferentes participantes, la entidad a la cual se adjudicó la adquisición del bien mueble objeto de la cotización con fecha: veintiuno de septiembre de dos mil siete. La Presidencia de “EL ORGANISMO”, aprueba la adjudicación con fecha: uno de octubre de dos mil siete. Se notifica la aprobación de la adjudicación a todas las empresas participantes, con fecha: cuatro de octubre de dos mil siete. TERCERA: OBJETO DEL CONTRATO. Es la compra venta de: un (01) Vehículo TIPO CAMIONETA AGRÍCOLA MARCA MITSUBISHI, Nativa GLS. CUATRO WD DOS MIL OCHOCIENTOS, A DIAGONAL T, DSL PUNTO F DIAGONAL E, SUNROOF; CON LAS ESPECIFICACIONES SIGUIENTES: MOTOR Y CHASIS DOS MIL OCHOCIENTOS (2800) CENTÍMETROS CUBICOS, OCHO (08) VÁLVULAS, BOMBA DE INYECCIÓN, TRANSMISIÓN AUTOMÁTICA, CIENTO VEINTICINCO (125) HP, TURBO DIESEL INTERCOOLER, TRACCIÓN EASY SELECT CUATRO WD (4WD), SUSPENSIÓN DELANTERA XX XXXXX BRAZO CON BARRA DE TORSIÓN, CAPACIDAD TANQUE DE VEINTE (20) GALONES SUSPENSIÓN TRASERA RIGIDA DE TRES ANCLAJES CON RESORTES HELICOIDALES; SEGURIDAD DOBLE BOLSA DE AIRE, FRENOS DELANTEROS Y TRASEROS DE DISCO CINTURONES DE SEGURIDAD, SEGURO DE NIÑOS EN PUERTAS TRASERAS, FRENOS ABS, FRENO TRASERO XX XXXXXX PARA FRENO DE MANO, BARRAS LATERALES CONTRA IMPACTOS, TERCERA XXX XX XXXXX, INTERIOR TIMÓN HIDRÁULICO, VIDRIOS ELÉCTRICOS, CONTROL REMOTO PARA PUERTAS, CALEFACCIÓN, TAPICERÍA DE TELA, ASIENTO XXX XXXXXX CON AJUSTE MANUAL, APOYABRAZO TRASERO CON PORTAVASO, APOYACABEZAS TRASEROS, TACÓMETRO, ODOMETRO, APERTURA DE TAMQUE DE COMBUSTIBLE DESDE EL INTERIOR, COBERTOR DEL EQUIPAJE, TIMÓN Y PALANCA ENVUELTO EN CUERO, CERRADURA CENTRAL, AIRE ACONDICIONADO CONTROL MANUAL, RADIO AM/FM CON CD Y MP TRES (MP3), CINCO (5) ASIENTOS, ASIENTOS TRASEROS ABATIBLES, APOYACABEZAS DELANTEROS, TABLERO CON IMITACIÓN MADERA, MULTIMETRO, RELOJ DIGITAL, DESEMPAÑADOR TRASERO, EQUIPO DE HERRAMIENTAS; EXTERIOR AROS DE LUJO, NEBLINERAS, RETROVISORES ELÉCTRICOS, MANECILLAS CROMADAS, RIELES PORTA PARILLA, LIMPIABRISAS Y LIMPIADOR DELANTERO, LLANTA DE REPUESTO EN PUERTA TRASERA, SOBRELODERA, SUNROOF ELECTICO, RETROVISORES CROMADOS, DOS TONOS DE PINTURA, ESTRIBOS LATERALES, SPOILER TRASERO, LIMPIABRISAS Y LIMPIADOR TRASERO Y SALPICADERAS. Dicho bien será entregado por “LA CONTRATISTA” con las especificaciones aquí establecidas. CUARTA: VIGENCIA DEL CONTRATO. Será a partir de la fecha de la notificación de aprobación del contrato y hasta que finalice la vigencia de la Garantía de Calidad o de Funcionamiento. QUINTA: VALOR DEL CONTRATO. El valor del contrato para la ADQUISICIÓN DEL BIEN MUEBLE antes identificado será de CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS (Q.195,900.00) QUETZALES EXACTOS. el cual incluye el Impuesto al Valor Agregado (IVA). SEXTA: FORMA Y PLAZO DE PAGO. El pago total del bien mueble lo hará efectivo “EL ORGANISMO” a “LA CONTRATISTA” en un solo pago, contra la presentación de la factura y el registro de ingreso a la Bodega de Suministros de “EL ORGANISMO” que acredite haberlas recibido a entera satisfacción. El pago se realizará en un plazo no mayor al que establece el artículo 62 de la Ley de Contrataciones del Estado. SÉPTIMA: LUGAR Y PLAZO PARA ENTREGAR EL BIEN MUEBLE OBJETO DEL CONTRATO. “LA CONTRATISTA” se compromete a entregar el bien mueble objeto del presente contrato en el sótano uno del Edificio xxx Xxxxxxx de Justicia ubicado en veintiuna calle siete guión setenta zona uno de esta ciudad (21 Calle 7-70, Zona 1), en presencia de un delegado de la Unidad de Transportes, uno del Departamento de Suministros y uno de la Sección de Inventarios de “EL ORGANISMO” dentro de un plazo xx xxxx días hábiles contados a partir del día siguiente a la entrega de la Orden de Compra por parte del Departamento de Adquisiciones de Bienes y Servicios de “EL ORGANISMO”. OCTAVA: GARANTÍAS O SEGUROS. a) FIANZA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. “LA CONTRATISTA” deberá constituir a favor y entera satisfacción de “EL ORGANISMO”, una fianza de cumplimiento de contrato equivalente al diez por ciento (10%) sobre el monto del contrato la cual deberá garantizar todas y cada una de las obligaciones contractuales, debiendo hacer constar en la póliza correspondiente que la fianza tendrá vigencia a partir de la notificación de aprobación del contrato y hasta que el bien mueble sea recibido a entera satisfacción por “EL ORGANISMO”. La Fianza de Cumplimiento de Contrato podrá ejecutarse si “LA CONTRATISTA” incumpla cualesquiera de las condiciones establecidas en el presente contrato. b) FIANZA DE CALIDAD O DE FUNCIONAMIENTO: “LA CONTRATISTA” se compromete a constituir a favor y entera satisfacción de “EL ORGANISMO”, una fianza por un monto equivalente al quince por ciento (15%) del monto total del contrato, debiendo constar en la póliza correspondiente que la fianza tendrá una vigencia de treinta y seis (36) meses contados a partir de la fecha de la entrega del bien mueble objeto del presente contrato, o cien mil (100,000) kilómetros, lo que ocurra primero La Garantía de Calidad o de Funcionamiento podrá hacerla efectiva “EL ORGANISMO” por las siguientes causas: I) Cuando la contratista no sustituya el bien mueble objeto de esta contrato que resulte defectuoso, dentro de un plazo de cinco (5) días contados a partir de la fecha de cuando se reportó el defecto. II) Cuando restituyéndolo nuevamente resulte defectuoso. III) Si el Bien mueble entregado no corresponde a lo cotizado y adjudicado. Si “LA CONTRATISTA” no cumple con las obligaciones garantizadas, “EL ORGANISMO” dentro de los treinta (30) días de producido el incumplimiento dará audiencia por cinco (5) días a la Afianzadora para que se manifieste; vencido este plazo o evacuada la audiencia, la Afianzadora hará efectivo el pago dentro de los quince (15) días siguientes al vencimiento de la audiencia y el valor ingresará a la Tesorería de “EL ORGANISMO”, sin perjuicio de las responsabilidades de otra índole que pudiera derivar del incumplimiento de “LA CONTRATISTA”. NOVENA: RETRASO EN LA ENTREGA DEL BIEN MUEBLE. El retraso de “LA CONTRATISTA” en la entrega del Vehículo objeto del contrato, será sancionado con el pago de una multa equivalente al cero punto cinco por millar (0.5 o/oo) del valor total del contrato por cada día de atraso, con fundamento en el artículo 85 de la Ley de Contrataciones del Estado. Cuando no se produzca la entrega del Vehículo identificado anteriormente, “EL ORGANISMO” requerirá por escrito a “LA CONTRATISTA” la entrega de la misma inmediatamente, y copia de dicho requerimiento se enviará a la entidad que haya otorgado la Fianza de Cumplimiento de Contrato. Este requisito no será indispensable para la ejecución de la Fianza de Cumplimiento de Contrato ni para la imposición de las sanciones establecidas en la Ley de Contrataciones del Estado. DÉCIMA: RESCISIÓN: Son causas que dan derecho a “EL ORGANISMO” para la rescisión del presente contrato, las siguientes: a) Que el Órgano Administrativo Superior declare lesivo el presente contrato, para los intereses de “EL ORGANISMO”. b) Que en definitiva “LA CONTRATISTA” incumpla con alguna o todas las condiciones pactadas en este contrato. c) Que existan casos fortuitos o de fuerza mayor debidamente comprobados, que imposibiliten a las partes cumplir con sus obligaciones. UNDÉCIMA: PROHIBICIONES. Queda prohibido a “LA CONTRATISTA” variar la calidad, cantidad, presentación y precio del Vehículo objeto del contrato. Asimismo, “LA CONTRATISTA” tiene prohibido expresamente ceder, enajenar, traspasar o disponer en cualquier forma, total o parcialmente los derechos que le otorga el presente contrato, bajo pena de nulidad de lo pactado y el resarcimiento por daños y perjuicios causados a “EL ORGANISMO”. La transgresión de esta cláusula y de la cláusula séptima dará lugar a la aplicación de las sanciones legales y/o las acciones administrativas o judiciales que correspondan y específicamente la sanción contemplada en el artículo 86 de la Ley de Contrataciones del Estado, cuya multa equivale al cien por ciento (100%) del valor del contrato o del que represente la parte afectada de la negociación. DUODÉCIMA: SANCIONES. En caso de incumplimiento “LA CONTRATISTA” se sujeta a las sanciones establecidas en la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento, en las Bases de cotización setenta y ocho guión dos mil siete (78-2007) y en el presente contrato, las cuales serán impuestas por “EL ORGANISMO” o la Contraloría General de Cuentas, según corresponda, todo lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales en que incurriera “LA CONTRATISTA”. DECIMATERCERA: CONTROVERSIAS. Los otorgantes convenimos en que cualquier diferencia o reclamo que surja derivado del incumplimiento, aplicación y efectos del presente contrato, será resuelto directamente entre “EL ORGANISMO” y “LA CONTRATISTA” con carácter conciliatorio, pero si no fuera posible llegar a un acuerdo, la cuestión o cuestiones a dilucidarse se someterán a la jurisdicción del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, conforme a la ley de la materia. DECIMACUARTA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes a su cumplimiento, deberá ser aprobado por la Presidencia de “EL ORGANISMO”, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 9, numeral 1, subnumeral 1.1, 48, de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento. DECIMAQUINTA: LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. El presente Contrato será liquidado de conformidad con la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en lo que sea aplicable. DECIMASEXTA: ACEPTACIÓN. En los términos y condiciones estipuladas, “EL ORGANISMO” y “LA CONTRATISTA” aceptamos el presente contrato, el que es leído íntegramente por los otorgantes y enterados de su contenido, objeto, validez y efectos legales, lo ratificamos, aceptamos y firmamos en cinco hojas de papel con membrete del Organismo Judicial. Este contrato debe ser publicado en Guatecompras.