APRUEBA CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE USO DE ESPACIOS ENTRE EL DEPARTAMENTO DE TEATRO DE LA FACULTAD DE ARTES DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE Y LA COMPAÑÍA DE TEATRO QUE INDICA.
APRUEBA CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE USO DE ESPACIOS ENTRE EL DEPARTAMENTO DE TEATRO DE LA FACULTAD DE ARTES DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE Y LA COMPAÑÍA DE TEATRO QUE INDICA.
RESOLUCION EXENTA Nº 43
SANTIAGO, 25 XX XXXXX DE 2023.
VISTOS:
Lo dispuesto en el D.F.L. Nº 3, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del D.F.L. Nº 153, de 1981, que establece los Estatutos de la Universidad de Chile, ambos del Ministerio de Educación; D.S. Nº 180, del Ministerio de Hacienda; el D. U. Nº 906, de 2009, que fija el Reglamento General de Facultades; D.U. N°28884, de 17 de noviembre de 2028; los Decreto Universitario TRA N°309/1866/2020; Decreto Universitario TRA N°309/156/2022, Decreto Universitario Nº0010924/2017; Decreto Universitario Nº0022714/2022; y las Resoluciones N° 7 de 2019 y N°14 de 2022, ambas de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
1. Que, el Departamento de Teatro de la Facultad de Artes de la Universidad de Chile, además de albergar la docencia en sus espacios, busca desarrollar fuertemente la extensión y la vinculación con el medio, a través de la administración de las Salas de Teatro Xxxxxxx Xxxx y Xxxxxx Xxxxxxx, en las cuales se exhiben muestras escénicas propias de la creación académica interna como también, en función xxx xxxxxxxx público y del apoyo a la cultura nacional por parte de esta casa de estudios, aquellas presentaciones de Compañías de Teatro externas que requieran exhibir sus obras.
2. Que, dicha unidad desarrolla sus actividades en el inmueble ubicado en Xxxxxxx Xx000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxx, el cual incluye la denominada “Xxxx Xxxxxxx Xxxx” y demás bienes muebles tales como equipos, butacas, artefactos sanitarios, entre otros. Asimismo, en dichas dependencias, se llevan a cabo eventos y actividades de diversa índole artística, académicas, de extensión y vinculación con el medio de dicha Unidad Académica.
3. Que, con el objeto de llevar a cabo una gestión eficiente y eficaz en relación al funcionamiento de las Salas mencionas con anterioridad, mediante la Resolución Exenta N° 006/2021, de la Facultad de Artes de la Universidad de Chile, se autorizó el trato directo con el proveedor Ticketplus SPA, para la administración del sistema de ticketera, con el fin de generar una plataforma de difusión y exhibición virtual de las obras teatrales que aporte como espacio de desarrollo académico, artístico y laboral, y en efecto, implementar un sistema online para que el Departamento de Teatro recaude de recursos provenientes de la venta de entradas de las obras que se exhiban en las Salas que se encuentran bajo su dirección.
4. Que, el D.U. Exento N°28884, de 17 de noviembre de 2008, que delega la atribución de celebrar contratos de arrendamiento y comodato que se indica, en Decanos de Facultad y Directores de Institutos.
5. Que, para efectos de determinar las Compañías que serán parte de las actividades extensionales del Departamento que se llevan a cabo en la Xxxx Xxxxxxx Xxxx, cada año se realiza una convocatoria a fin de seleccionar las presentaciones que serán parte de la cartelera del DETUCH. Luego, una Comisión de Selección conformada por las Jefaturas xx Xxxxxxxx de Actuación Teatral y Diseño Teatral; la Coordinación de Prácticas y Talleres; la Subdirección del Departamento de Teatro; y la Dirección del Departamento de Teatro, se encarga de la labor de elegir aquellas obras y compañías que se ajustan a los criterios de selección definidos previamente, en los términos señalados por la Dirección de dicha unidad, documento que se adjunta al presente acto.
6. Que, en virtud de los considerandos precedentes, el Departamento de Teatro a través de la Facultad de Artes, suscribió un Contrato de Arrendamiento con doña Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, C.I.: 20.255.065-7, en representación de la Compañía de Teatro que presentará la obra “Los que van quedando en el Camino”, con el objeto de permitir que ésta utilice el espacio de la Xxxx Xxxxxxx Xxxx dicha presentación. Asimismo, mediante dicho instrumento, se establece que la Facultad sería la responsable de llevar a cabo la recaudación –a través de PuntoTicket-, y también, al pago de derechos de autor y la distribución de los beneficios obtenidos de la venta de entradas de la obra cuyos porcentajes se establecen en razón de los fundamentos esgrimidos por la Dirección del Teatro en Oficio N° 1, de acuerdo a los siguientes términos:
Obra | Fecha Convenio | Temporada | Porcentaje de Recaudación Compañía | Porcentaje de Recaudación Facultad de Artes | |
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx | Los que Xxx Xxxxxxxx en el Camino | 25-04-2023 | 02 al 13 xx xxxx 2023 | 60% | 40% |
7. Que, una vez emitida la liquidación de Factura Electrónica de Tickerplus Spa, se llevará a cabo la transferencia bancaria de los recursos a la cuenta corriente de la Facultad de Artes, procediendo ésta última a la solicitud de emisión de factura y/o boleta de honorarios por parte de la Compañía teatral por el monto equivalente al porcentaje de la recaudación de entradas acordado previamente, en los términos del Convenio señalado en el Considerando 5°.
8. Cabe señalar que, por razones ajenas al servicio, la Facultad se vio imposibilitada de formalizar oportunamente el Contrato en comento, por lo que, mediante el presente acto, se viene a normalizar dicha situación. Asimismo, se ha instruido implementar las medidas necesarias para que este tipo de situaciones no vuelvan a ocurrir. En consecuencia:
RESUELVO:
1° APRUEBÁSE el Contrato de arrendamiento de uso de espacios físicos suscrito con fecha 25 xx xxxxx de 2023, entre la Facultad de Artes y doña Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, C.I.: 20.255.065-7, para realizar la presentación de la obra “Los que Xxx Xxxxxxxx en el Camino”, en la Xxxx Xxxxxxx Xxxx, cuyo texto se transcribe a continuación:
“CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE USO DE ESPACIOS FÍSICOS DEPARTAMENTO DE TEATRO- FACULTAD DE ARTES
En Santiago de Chile a 25 xx xxxxx de 2023, entre el Departamento de Teatro de la Facultad de Artes de la Universidad de Chile, RUT N°00.000.000-0, representada por su Decano Profesor Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, cédula nacional de identidad N°7.164.944-k, ambos domiciliados para estos efectos en xxxxx Xxxxxxx Xx000, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, en adelante denominada indistintamente “DETUCH” o “LA FACULTAD”, y por la otra parte Compañía Teatral, representada por Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, cédula nacional de identidad N°00.000.000-0, ambos con domicilio para estos efectos en Xxxxx Xxxxxxxx Xx 000, xxxxxx xx Xxxxxxxx, xxxxxx xx Xxxxxxxx, en lo sucesivo denominada “COMPAÑÍA TEATRAL”, se ha convenido extender el siguiente convenio:
PRIMERO: Antecedentes. Que, el Departamento de Teatro de la Facultad de Artes desarrolla sus actividades en el inmueble ubicado en Xxxxxxx Xx000, xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxx, el cual incluye la denominada “Xxxx Xxxxxxx Xxxx” y demás bienes muebles tales como equipos, butacas, artefactos
sanitarios, entre otros. Asimismo, en dichas dependencias se llevan a cabo eventos y actividades de diversa índole artística, académicas, de extensión y vinculación con el medio de dicha Unidad Académica.
Que, a su vez, mediante Resolución Exenta N°006/2021, la Facultad de Artes celebró contrato de prestación de servicios de ticketing con el proveedor TICKETPLUS SpA, para la venta de entradas a través de sus puntos de venta asistidos y página web, de los eventos o actividades de diversa índole, que lleve a cabo el DETUCH.
SEGUNDO: Arrendamiento. Por el presente instrumento y en este acto, las partes suscriben el presente contrato de arrendamiento, a través del cual “LA FACULTAD” se compromete a facilitar el uso transitorio de la Xxxx Xxxxxxx Xxxx, ubicada en la xxxxx Xxxxxxx Xx000, xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxx, incluyendo el personal técnico y de servicio, para que la “COMPAÑIA TEATRAL” realice la presentación de la obra Los que van quedando en el camino, cuya temporada se efectuará entre el 4 y el 13 xx xxxx de 2023, ambas fechas inclusive.
TERCERO: Duración y vigencia. El presente convenio tendrá una vigencia a contar del 02 xx xxxx de 2023 hasta el 13 xx xxxx de 2023 inclusive, cuyo plazo incluye los ensayos técnicos, montaje de escenografía e iluminación y las respectivas funciones. Cumplido este plazo la “COMPAÑÍA TEATRAL” se obliga a restituir a “LA FACULTAD” la totalidad de los elementos y bienes muebles en el mismo estado de conservación en que fueron entregados, si éstos sufrieren daños o desperfectos, su reparación será de cargo exclusivo de la COMPAÑÍA TEATRAL.
CUARTO: Responsabilidad. La COMPAÑÍA TEATRAL utilizará la Xxxx Xxxxxxx Xxxx, a fin de realizar presentaciones de la obra Los que van quedando en el camino, todo lo cual llevará a cabo como empresa independiente, debiendo asumir en tal calidad todos los eventuales riesgos de utilidades o pérdidas, quedando “LA FACULTAD”, exenta de toda responsabilidad al respecto.
QUINTO: Recaudación de venta de entradas y su distribución. De conformidad a lo señalado en la cláusula primera del presente instrumento, “LA FACULTAD” a través de la ticketera Tickerplus Spa llevará a cabo la venta de las entradas de la obra realizada por “LA COMPAÑÍA TEATRAL” mediante los distintos puntos de venta disponibles.
De la recaudación general por la venta de entradas, “LA FACULTAD” recibirá el 40% y transferirá a “LA COMPAÑÍA TEATRAL”, el 60% de la recaudación general, previo descuento del derecho de autor y comisión de venta por ticketera con Ticketplus, de acuerdo con el valor de las entradas que se fijan en la cláusula siguiente.
La liquidación del porcentaje señalado se realizará una vez terminada la temporada y de acuerdo al siguiente cronograma administrativo:
1. Se entregará informe de bordereaux a “LA COMPAÑÍA TEATRAL” para su revisión y aceptación.
2. “LA COMPAÑÍA TEATRAL” emitirá una boleta de honorarios o factura por este porcentaje.
3. Recepcionada la documentación en la Subdirección del Departamento de Teatro, se enviará a la Dirección Económica y Administrativa (DEA) de la Facultad de Artes de la Universidad de Chile.
4. La DEA visará la documentación y a partir de este acto se efectuará el pago contando 30 días hábiles.
Cabe consignar que la Facultad se hace cargo de tramitar la solicitud de patrocinio para la exención de impuestos en los términos contemplados en el artículo 12 letra E, N°1, letra a), del DL N°825, de 1974, del Ministerio de Hacienda, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, y sus respectivas modificaciones, ante las autoridades que correspondan. En caso de no obtenerse el patrocinio o la exención propiamente tal, será “LA FACULTAD” quien asume el cargo del Impuesto al Valor Agregado (IVA), imputándolo al centro de costo que corresponda, y liberando a la COMPAÑIA TEATRAL de asumir dicho costo.
SEXTO: Valor de entradas. Las presentaciones de la obra Los que van quedando en el camino, serán con entradas a través de la ticketera Tickerplus, con valor de $6.600 y $4.400.-
SÉPTIMO: Naturaleza contractual. Se deja expresa constancia que la “COMPAÑÍA TEATRAL” realizará las presentaciones de la obra Los que van quedando en el camino, de manera totalmente independiente, sin que exista ningún otro vínculo contractual con “LA FACULTAD”, más que el suscrito en el presente instrumento. Por lo mismo, la “COMPAÑÍA TEATRAL” será la única responsable ante los integrantes de su compañía o grupo teatral respecto de todo tipo de derechos y obligaciones emergentes.
OCTAVO: Publicidad. “LA FACULTAD” pone a disposición de la “COMPAÑÍA TEATRAL” espacios especialmente habilitados para exponer afiches de la obra Los que van quedando en el camino, al interior de los recintos ubicados en Compañía 1264, Morandé 750, Las Xxxxxxx 3370.
No es política de la Facultad el publicitar los eventos que se han de realizar en sus dependencias mediante avisos en la vía pública. Cualquier infracción a la Ordenanza Municipal N°77, de la Ilustre Municipalidad de Santiago, así como cualquier otra de un municipio diferente, será de exclusiva responsabilidad de la Compañía, Agrupación o Conjunto y declara desde ya que asume a su cargo las eventuales multas que por tal motivo se cursen a la Facultad.
NOVENO: Ejemplares. El presente instrumento se extiende en tres ejemplares de igual tenor, y a un mismo efecto, quedando un ejemplar en poder de la “COMPAÑÍA TEATRAL” y los restantes en poder de “LA FACULTAD”.
DÉCIMO: Domicilio. Para todos los efectos derivados del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de los Tribunales de justicia.
UNDÉCIMO: Personerías. La personería del señor Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx para representar a la Facultad de Artes, consta del Decreto exento RA Nº309/1866/2020.
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx
C.I. N°20.255.065-7 Decano Facultad de Artes
Representante Compañía de Teatro Universidad de Chile
2° DÉJASE CONSTANCIA que una vez emitida la liquidación de Factura Electrónica de Tickerplus Spa, se llevará a cabo la transferencia bancaria de los recursos a la cuenta corriente de la Facultad de Artes, procediendo ésta última a la solicitud de emisión de factura y/o boleta de honorarios por parte de la Compañía teatral por el monto equivalente al porcentaje de la recaudación de entradas acordado, en los términos del Convenio aprobado en el resuelvo precedente.
3° INSTRÚYASE al Departamento de Teatro, llevar a cabo las diligencias para la debida custodia y registro de la documentación señalada en el resuelvo anterior.
4° IMPÚTASE los ingresos al Ítem 1. Ingresos de Operación 1.1. Venta de Bienes y Servicios, del presupuesto vigente.
5° IMPÚTASE, el egreso al, Ítem A. Gastos de Operación. Compra de Bienes y Servicios. 2.6 Otros Servicios del presupuesto vigente.
6° REMÍTASE la presente Resolución, a la Contraloría Interna de la Universidad de Chile para el correspondiente control legal.
ANÓTESE, REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE.
ZA XXXXX
CONSTAN
Firmado digitalmente por XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX
Fecha: 2023.09.27 13:11:42 -03'00'
Xxxx Xxxxxx Xxxxx
Firmado digitalmente por Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx: 2023.09.27
15:00:33 -03'00'
FARIÑA
XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX (S)
FACULTAD DE ARTES UNIVERSIDAD DE CHILE
XXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX(S) FACULTAD DE ARTES
UNIVERSIDAD DE CHILE
Xxxxxx Xxxxx
Firmado digitalmente por Xxxxxx Xxxxx
Xxxxxxxxx
XXXXXX XXXXX XXXXxXxXxxXxxXxXxX
DIRECTOR ECONÓMICO Y FAeDcMhaIN: 2I0S2T3R.0A9T.2IV7O FACULTAD DE A13R:T0E0:S29 -03'00'
UNIVERSIDAD DE CHILE
/Com/Egg DISTRIBUCION
- Interesado(a)
- Contraloría Universidad de Chile.
- Dirección Económica y Administrativa Facultad de Artes.
- Unidad de Tesorería Facultad de Artes.
- Departamento de Teatro de la Facultad de Artes.
- Unidad Jurídica.
- Archivo Facultad de Artes.
UNIVERSIDAD DE CHILE CONTRALORIA
CONUCHILE (O) N° 1158-2023
ANT. | : | Resolución N° 43 de fecha 25 xx xxxxx de 2023 |
MAT. | : | Cursa con alcance Resolución que indica. |
SANTIAGO, 16 DE OCTUBRE DE 2023
DE : CONTRALORA UNIVERSITARIA
A : DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES
Esta Contraloría Universitaria ha dado curso a la Resolución del antecedente, pero cumple con hacer presente a Ud. la necesidad de que la dictación y tramitación de los actos administrativos se efectúe oportunamente y no de forma tardía como ocurre en la especie, en el cual se regulariza un contrato de fecha 25 xx xxxxx de 2023.
Por otra parte, se hace presente que las contrataciones que, como en la especie, no se rijan por las disposiciones de la ley 19.886 y su Reglamento, se encuentran sujetas al artículo 9 de la Ley N° 18.575, debiendo, por lo tanto, justificarse la elección del proveedor contratado mediante trato directo.
Finalmente, se entenderá que las condiciones relativas a las recaudaciones por concepto de entradas mencionadas en la cláusula quinta se regirán por el contrato aprobado vía trato directo con la empresa TICKETPLUS SpA y aprobado mediante Resolución Exenta N° 004 de fecha 25 xx xxxxx de 2021.
Sin otro particular, saluda atentamente a Usted,
XXXXXXXXX XXXXXXXX X.
Contralora Universitaria
DISTRIBUCIÓN
1.- Decano de la Facultad de Artes 2.- Archivo.
MGG/jpa/miaa