Contract
CONTRATO XX XXXXX DE ESPACIO PARA COWORKING QUE CELEBRAN POR UNA PARTE ESCUELA COMERCIAL DE COMPUTACIÓN E INFORMÁTICA TÉCNICA DE ORIENTE, A.C., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO T.D.O. Y POR OTRA PARTE
______________________________ A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO EL CLIENTE, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES.
D E C L A R A C I O N E S
1.- Manifiesta T.D.O.:
a) Que es una persona moral, constituida mediante
instrumento público número 1158, volumen 13 de
fecha 28 de enero de 1994 de los de la notaría pública
número 36 a cargo de la Licenciada Xxxxxxxxx Xxxxxx
Xxxxxxxx, en cuyo objeto social se encuentra la
impartición de programas académicos de educación
superior, así como pone a disposición el servicio del
Centro de Fomento a la Actitud Emprendedora (en
adelante CEFAE) bajo el sistema conocido como
Coworking, con RFC ECC9402014M3, con domicilio en
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, xxxxxx 0, xxxxxxx Xx Xxx,
X.X. 00000, Xxxxxx, Xxxxxx.
b) Que es arrendatario del inmueble ubicado en Xxxxx
Xxxxxx Xxxxxxxxx, xxxxxx 0, xxxxxxx Xx Xxx, X.X.
00000, Xxxxxx, Xxxxxx y que de acuerdo a sus
estatutos sociales y al contrato de arrendamiento
celebrado en fecha 11 de septiembre de 2012 está
legalmente facultada para subarrendar dicho inmueble
para lo que considere conveniente.
c) Que es voluntad del T.D.O. celebrar este contrato xx
XXXXX DE ESPACIO PARA COWORKING junto con el
CLIENTE respecto del inmueble que es descrito en el
punto que antecede.
2.- Declara EL CLIENTE:
a) Que es persona física, de nacionalidad mexicana, con
domicilio en _________________________________,
Puebla, código postal ________________________,
con RFC _________________________________,
CURP _________________________________,
Teléfono celular ____________________________,
mail ___________________@___________________.
b) Que manifiesta bajo protesta de decir verdad que
actualmente se encuentra realizando actividades
profesionales o en proceso de emprendimiento.
c) Que cuenta con las facultades y capacidades legales
necesarias para la celebración del presente contrato.
d) Que es su deseo celebrar el presente contrato de
SERVICIO DE ESPACIO DE TRABAJO EN
COWORKING con TDO en el inmueble referido en la
declaración 1.b) del presente contrato.
UNA VEZ FORMULADAS LAS ANTERIORES
DECLARACIONES, LAS PARTES, CONSCIENTES DE SU
ALCANCE Y FUERZA LEGAL, CONVIENEN EN SUJETARSE A
LO DISPUESTO POR LAS SIGUIENTES:
X X X X X X X X X
XXXXXXX. Xxxxxxxxxx xx xxxx contrato: Este contrato
es el equivalente en términos comerciales de un contrato
de alojamiento. Todo el Centro de Coworking sigue estando
en posesión y control de T.D.O. EL CLIENTE ACEPTA QUE
ESTE CONTRATO NO CREA NINGÚN INTERÉS DE
TENENCIA COMÚN, DERECHO DE ARRENDAMIENTO NI
NINGÚN OTRO DERECHO REAL DE PROPIEDAD A
FAVOR DEL CLIENTE CON RESPECTO AL ALOJAMIENTO.
T.D.O. otorga al Cliente el derecho de compartir con T.D.O. el
uso del Centro en estos términos y condiciones,
complementado por las Reglas Internas, a fin de que
T.D.O. proporcione los servicios al Cliente. Este contrato
es personal al Cliente y no puede ser transferido a nadie
más. Este contrato se compone de la carátula que describe
las instalaciones contratadas, la lista de precios de servicios
en los presentes términos y condiciones y las Reglas Internas.
SEGUNDA. Cumplimiento con las Reglas Internas: El
Cliente debe cumplir con cualquiera de las Reglas Internas
que T.D.O. en general imponga a los usuarios.
TERCERA. Plazo: Este contrato establece un plazo de un
mes y después se extenderá automáticamente por periodos
sucesivos iguales al plazo inicial (u otro plazo de
prórroga que haya sido convenido entre T.D.O. y el Cliente)
hasta que el Cliente o T.D.O. lo dé por terminado. Las tarifas
aplicables a cualquier plazo de prórroga serán determinados
conforme la tarifa del mercado.
CUARTA. Terminación de este contrato: Tanto T.D.O.
como el Cliente pueden dar por terminado este contrato en
la fecha de finalización establecida en el mismo, o al final de
algún periodo de prórroga o de renovación, dando a la otra
parte un aviso por escrito de por lo menos un mes. Sin
embargo, si este contrato, prórroga o renovación es por un
mes o menos y T.D.O. o el Cliente desea terminarlo, el
periodo del aviso será un mes o (si es un plazo menor) una
semana menos que el periodo de duración total establecido en
este contrato. En el supuesto de que el Cliente dé por
terminado el presente contrato de manera anticipada a lo
establecido en este contrato, deberá de pagar como pena
convencional a T.D.O., la cantidad correspondiente a dos
mensualidades.
QUINTA. Terminación inmediata de este contrato: Con
el mayor alcance permitido por la ley aplicable, T.D.O.
puede poner fin a este contrato inmediatamente notificando
al Cliente y sin necesidad de seguir ningún procedimiento
adicional si el Cliente se presenta en concurso preventivo,
bancarrota, o se declara en liquidación o quiebra o el Cliente
deja de pagar sus deudas a su vencimiento, o si el Cliente ha
incumplido cualquiera de sus obligaciones que no pueda
remediarse o si T.D.O. requirió al Cliente para que lo
subsane y el Cliente no lo ha hecho dentro de los catorce
(14) días siguientes al requerimiento, o su conducta, o la
conducta de alguien presente en el Centro con su autorización
o invitación, no sea compatible con el uso pactado de las
oficinas. Si por alguna de estas razones T.D.O. pone fin a este
contrato, no significa que T.D.O. pone fin a las obligaciones
pendientes, incluyendo los servicios adicionales que el Cliente
haya usado, y el pago mensual por oficina por el resto del
periodo durante el cual este contrato hubiera estado vigente.
SEXTA. Si el Centro no está disponible: En el caso de
que T.D.O. ya no pueda proporcionar los servicios y el uso
del Centro establecidos en este contrato, este contrato
finalizará y el Cliente sólo tendrá que pagar los servicios
mensuales por oficina hasta la fecha de la terminación y por
los servicios adicionales que el Cliente haya utilizado. T.D.O.
intentará encontrar instalaciones alternativas en otro Centro
que sean adecuadas para el Cliente.
SÉPTIMA. Cuando este contrato finalice, el Cliente debe
desocupar inmediatamente EL ESPACIO DE TRABAJO EN
COWORKING, dejándolo en la misma condición que estaba
cuando el Cliente lo recibió. T.D.O. se reserva el derecho de
exigir el pago de costos adicionales y razonables incurridos a
fin de efectuar las reparaciones necesarias que excedan el
uso y desgaste normal. Si el Cliente deja alguna pertenencia
en el Centro, T.D.O. podrá disponer de ella en cualquier
forma que decida sin que esto genere algún tipo de reclamo
a favor del Cliente ni la obligación de restituir lo producido
de la venta.
OCTAVA. Empleados: Mientras este contrato se encuentre
vigente y por un periodo de seis meses después de su
finalización, el Cliente no podrá ofrecer empleo al personal
contratado por T.D.O. que se encuentre realizando tareas en
este Centro. Queda estipulado que la parte incumplidora
pagará a la otra parte el equivalente xxx xxxxxx de un año
con respecto a cualquier empleado implicado. Nada de lo
contenido en esta cláusula impedirá que cualquiera de las
partes contrate a una persona que responda de buena fe e
independientemente a un aviso dirigido al público en general.
NOVENA. Representación de los empleados de T.D.O.
por el cliente: El Cliente acuerda que durante la duración
de este contrato ni el Cliente, ni los socios del Cliente, ni sus
miembros, directores o empleados, representarán, o de
alguna otra manera le proporcionarán servicios de
representación legal en cualquier demanda o acción legal en
contra de T.D.O., sus filiales, miembros, socios, directores
empleados, docentes, administrativos, etc.
DÉCIMA. Notificaciones: Todas las notificaciones formales
deben ser efectuadas por escrito a los domicilios indicados
en las declaraciones del presente contrato.
DÉCIMA PRIMERA. Confidencialidad: Los términos de este
contrato son confidenciales. Ni T.D.O. ni el Cliente deben
divulgarlos sin la autorización de la otra parte a menos que la
ley o la autoridad competente lo requieran. Esta obligación
continuará 5 años después de la finalización de este contrato.
DÉCIMA SEGUNDA. Ley aplicable: T.D.O. y el Cliente de
común acuerdo se someten para la interpretación y
cumplimiento del presente contrato a lo que dispone las Leyes
del Estado de Puebla y a la jurisdicción de los Tribunales del
fuero común de la Ciudad de Puebla, Estado de Puebla,
renunciando expresamente al fuero o fueros que pudieran
corresponderles en razón de sus domicilios presente o futuros
o bien por cualquier otra causa. Así mismo T.D.O. y el Cliente
se someten a lo estipulado en los artículos 574 al 586 del
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla,
para dirimir cualquier controversia o conflicto que se derive
del presente contrato, por tal motivo se someten expresa y
voluntariamente al Juicio o Procedimiento Oral Sumarísimo. Si
alguna cláusula de estos términos y condiciones se declara
nula o inaplicable en virtud de la legislación aplicable, las
demás cláusulas mantendrán su vigor.
DÉCIMO TERCERA. Cumplimiento de este contrato: El
Cliente debe pagar todos los costos razonables y
adecuados incluyendo los honorarios legales en que T.D.O.
haya incurrido para asegurar el cumplimiento de este
contrato.
SERVICIOS Y OBLIGACIONES.
DÉCIMO CUARTA. Espacios amueblados: T.D.O.
proporcionará en el Centro referido en este contrato la
cantidad de espacios y cubículos (con los servicios y muebles)
solicitados por el Cliente. Este contrato detalla los espacios
que T.D.O. ha asignado inicialmente para el uso del Cliente. A
veces es posible que T.D.O. tenga que asignar espacios
diferentes, los cuales serán de medidas razonablemente
equivalentes al de los espacios solicitados, y en tal caso
T.D.O. le notificará al Cliente con razonable anticipación a fin
de anticiparle al Cliente el cambio de oficinas.
Con la finalidad de cumplir el objeto de esta cláusula, el Cliente
se obliga a cuidar y mantener en un estado óptimo los muebles,
accesorios, espacios, cubículos, salas de juntas, mobiliario de
cocina o cualquier otro mueble, inmueble o accesorio que
formen parte de T.D.O. o del espacio de coworking, por lo
tanto, el Cliente se obliga a reponer, reparar o en su caso
pagar, cualquier daño o desperfecto realizado al mobiliario,
inmobiliario o accesorios descritos anteriormente.
El Cliente deberá en todo momento mantener su espacio de
coworking o cualquier área que utilice limpia y en orden.
DÉCIMO QUINTA. Obligación del Cliente. El cliente está
obligado a exponer su empresa o proyecto de negocio a T.D.O.
antes de que se le otorgue su espacio de coworking, lo anterior
con la finalidad de que dicho organismo valore la viabilidad de
su incorporación y de su convivencia con los demás Clientes.
El proyecto o actividad empresarial expuestas por el Cliente
deberá ser lícita, apegada a derecho y dentro del marco legal
aplicable. T.D.O. tendrá la facultad discrecional de negar la
admisión de proyectos o actividades empresariales, cuya
actividad no comparta los principios y valores de T.D.O.
DÉCIMO SEXTA. El Cliente se obliga a seguir los principios de
respeto, amabilidad, compañerismo, compromiso,
responsabilidad, tolerancia y emprendimiento, teniendo como
finalidad mantener el orden y respeto con los integrantes del
coworking.
El Cliente en este acto se compromete mantener una conducta
adecuada, evitando ruidos o acciones que incomoden las
labores de los demás Clientes.
Como parte de los principios que encabezan la presente
clausula, el cliente se obliga a reportar a la unidad
administrativa de T.D.O. cualquier objeto extraviado dentro de
las instalaciones del coworking.
DÉCIMO SÉPTIMA. Servicios de Espacios de Trabajo en
Coworking: T.D.O. proporcionará los servicios si le son
requeridos descritos en la guía de precios de servicios.
DÉCIMO OCTAVA. Internet: T.D.O. no brinda ninguna
representación respecto a la seguridad de la red o de
cualquier información que el Cliente transmita a través de ella.
El Cliente deberá adoptar cualquier medida de seguridad (como
la encriptación) que el Cliente crea apropiada para sus
circunstancias.
DERECHOS DEL CLIENTE.
DÉCIMO NOVENA. El Cliente tendrá derecho a lo siguiente:
1. A usar el espacio de trabajo en coworking asignado
por el personal de T.D.O.
2. Acceder a la red de internet.
3. Al uso de sanitarios, área y utensilios de cocina y el
uso de un locker.
4. Consumo de Agua, café y snacks.
5. Servicio de recepción para recibir paquetería, visitas
y la toma de recados.
6. Participar de servicios adicionales como
amenidades, dinámicas, talleres, pláticas o
cualquier otra que T.D.O. organice.
7. Contratar servicios o productos adicionales que
sean ofrecidos por T.D.O. o un tercero autorizado
dentro del Coworking.
Todos los derechos enunciados en esta cláusula son de acceso
ilimitado y sin costo extra a la renta del espacio de coworking.
VIGÉSIMA. El Cliente además tendrá derecho de usar la sala
de juntas, previa reservación, una hora al día, hasta 3 veces a
la semana. Sí, el cliente requiere una hora adicional quedará
sujeto a las disposiciones con base en la agenda administrativa,
además que T.D.O. podrá cobrar honorarios adicionales por
dicho servicio.
De igual manera, el Cliente tiene derecho a llevar invitados,
socios o clientes, para laborar en espacio de coworking, con un
costo adicional de $80.00 (ochenta pesos cero centavos 00/100
Moneda Nacional) por persona y día, sin límite de tiempo.
PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
VIGÉSIMA PRIMERA. Acceso a los Espacios de
Coworking: Es posible que T.D.O. tenga que entrar a las
oficinas y podrá hacerlo en cualquier momento. Sin embargo,
a menos que exista una emergencia o el Cliente no haya
notificado a T.D.O. de su intención de finalizar el contrato,
T.D.O. tratará de notificar al Cliente con anticipación en
forma verbal o por vía electrónica el momento en que T.D.O.
necesite tener acceso para realizar pruebas, reparaciones o
trabajos que no sean de inspección de rutina, limpieza y
mantenimiento. También T.D.O. respetará razonablemente los
procedimientos de seguridad para proteger la confidencialidad
del negocio del Cliente.
VIGÉSIMA SEGUNDA. Disponibilidad al principio de este
contrato: Si por alguna razón T.D.O. no puede proporcionar
al Cliente la cantidad de espacios de coworking establecidos en
este contrato para la fecha en que este contrato deba
comenzar, T.D.O. se libera de cualquier responsabilidad
respecto cualquier pérdida o daños y perjuicios que el Cliente
pueda sufrir, aunque el Cliente podrá cancelar este contrato sin
ninguna sanción.
ALOJAMIENTO.
VIGÉSIMA TERCERA. El Cliente es el único responsable de
su personal o por las personas presentes en el Coworking con
su autorización o invitación, ya sea expresa o implícita.
VIGÉSIMA CUARTA. Mobiliario y equipo de oficina: El
Cliente no debe instalar cableado, conexiones de IT,
telecomunicaciones o modificar las instalaciones del espacio de
coworking sin la autorización de T.D.O., derivado de lo
anterior, T.D.O. podrá autorizar discrecionalmente cualquier
modificación y previa notificación del Cliente. Como una
condición para obtener la autorización de T.D.O., el
Cliente debe permitir a T.D.O. supervisar cualquier instalación
y verificar que dichas instalaciones no interfieran en el uso de
los espacios de coworking de otros Clientes o de T.D.O.
Con relación al rubro del párrafo anterior, cada cubículo en el
coworking cuenta con un escritorio y dos sillas, el cliente puede
ingresar mobiliario o equipo adicional, que sean necesarios
para el desempeño de su proyecto o actividad empresarial,
T.D.O no se hace responsable por el extravío de los bienes y
equipo personal del cliente.
VIGÉSIMA QUINTA. Seguro: Es responsabilidad del Cliente contratar seguros para los bienes que el Cliente lleva al espacio de coworking y para su responsabilidad frente a sus empleados y frente a terceros.
USO.
VIGÉSIMA SEXTA. El Cliente Debe utilizar instalaciones
solamente para fines de trabajo. No está permitido el uso de
oficina para la venta minorista de bienes o servicios o de
consultorio médico que implica visitas frecuentes por miembros
del público general.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. El Cliente no debe realizar ninguna actividad que compita con el negocio de T.D.O. VIGÉSIMA OCTAVA. Nombre y domicilio del Cliente: El Cliente solo puede realizar una actividad a su nombre o algún otro nombre que previamente haya acordado con T.D.O. VIGÉSIMA NOVENA. Uso de la dirección del Centro: El Cliente se obliga a no utilizar el espacio de coworking como
domicilio fiscal y a no utilizarlo como referencia para: créditos, relaciones y contrataciones laborales, contratos comerciales ni en ningún otro contrato u obligación legal o comercial. El Cliente tendrá la facultad de utilizar el domicilio de T.D.O. como domicilio comercial, exclusivamente para recibir a clientes, proveedores e inversionistas.
Cualquier otro uso que el Cliente quiera darle al domicilio de
T.D.O. lo deberá consultar/notificar por escrito y su aprobación será decisión única y discrecionalmente por T.D.O. y/o el CEFAE. El permiso se le hará saber al Cliente por escrito.
TRIGÉSIMA. El Cliente puede hacer uso de las instalaciones de
cocina, sala de juntas y los espacios de coworking. Cabe mencionar únicamente el área de cocina queda reservada para el consumo de alimentos, con la finalidad de evitar daños al mobiliario, inmobiliario, herramientas, accesorios, etc. Por último, el Cliente se obliga a mantener limpia el área de cocina y los utensilios de cocina que la componen.
TRIGÉSIMA PRIMERA. T.D.O. cuenta con tres espacios de
cubículo en el coworking estándar y un cubículo grande para uso exclusivo de quien lo rente, el Cliente y un socio tendrán el acceso a T.D.O. así como todos los derechos derivados del presente contrato.
CUMPLIMIENTO.
TRIGÉSIMA SEGUNDA. Cumplimiento con la ley: El
Cliente debe cumplir con todas las leyes, normas y
disposiciones aplicables a desarrollo de su actividad comercial.
El Cliente no debe hacer nada en contra de la ley en relación
con su uso del espacio de coworking. El Cliente no debe hacer
nada en contra que pueda interferir en el uso del espacio de
coworking por T.D.O. o por otros o que pueda causar alguna
molestia o incomodidad.
RESPONSABILIDAD DE T.D.O.
TRIGÉSIMA TERCERA. T.D.O no es responsable de ninguna
pérdida que resulte del hecho de no brindar un servicio por
razones de una descompostura mecánica, suspensión de
servicios públicos, huelga, demora, incumplimiento de
personal, finalización de nuestro interés en el edificio donde se
encuentra el espacio de coworking u otra razón a menos que
nosotros hayamos actuado con dolo o negligencia. Tampoco
será responsable de ningún incumplimiento a menos que
el cliente notifique por escrito y dé un tiempo razonable para
subsanar el incumplimiento.
Bajo ninguna circunstancia T.D.O. tendrá que responder por
cualquier pérdida de negocios, pérdida de lucro cesante,
pérdida de datos o daño de los mismos, reclamos de terceros o
cualquier otra perdida.
PAGOS.
TRIGÉSIMA CUARTA. Impuestos y derechos: El Cliente
acepta pagar de inmediato: todos los impuestos sobre
ventas, uso, consumo y cualesquier otros impuestos y
derechos de licencia que el Cliente tenga que pagar a una
autoridad gubernamental y T.D.O. se obliga a pagar todo los
impuestos a las autoridades gubernamentales que le sean
atribuibles.
TRIGÉSIMA QUINTA. Anticipo por servicios/Depósito en
garantía: Al momento de celebrar este contrato, el Cliente
tendrá que pagar un anticipo por los servicios, que será
considerado como depósito en garantía equivalente al pago
mensual por espacio de coworking de un mes (más IVA), a
menos que indique un monto superior en el anverso de estos
términos y condiciones. T.D.O. mantendrá este monto sin que
devengar intereses como garantía del cumplimiento de todas
las obligaciones del Cliente conforme a este contrato. T.D.O.
devolverá al Cliente el depósito en garantía, o el saldo
remanente después de deducir los pagos pendientes, por el
uso de la oficina, otros gastos y comisiones que el Cliente
deba a T.D.O., después de que el Cliente haya saldado su
cuenta en total con T.D.O. y los fondos hayan sido acreditados.
TRIGÉSIMA SEXTA. T.D.O. le puede pedir al Cliente que
pague un anticipo mayor si los gastos pendientes de
cancelación exceden al anticipo de los servicios / depósito en
garantía y/o si con frecuencia el Cliente no cumple con pagar a
T.D.O. en la fecha correspondiente.
TRIGÉSIMA SÉPTIMA. Pago atrasado: Si el Cliente no
paga sus obligaciones en las fechas de sus vencimientos, se
devengará una pena convencional del 5% sobre el monto total
de lo adeudado. Si el Cliente disputa una parte de la factura, el
Cliente debe pagar el importe con el que está de acuerdo
para la fecha de vencimiento o estará sujeto a cargos
adicionales por pago atrasado, T.D.O. se reserva el derecho
de negar servicios mientras hayan deudas y/o intereses
pendientes de pago o si el Cliente no cumple con este
contrato.
TRIGÉSIMA OCTAVA. T.D.O. aumentará el costo mensual por
oficina en cada aniversario de la fecha de inicio de este contrato
en un monto determinado.
TRIGÉSIMA NOVENA. Servicios estándar: El canon
mensual por espacio de coworking y los otros servicios, fijos
recurrentes y solicitados por el cliente serán pagados con un
mes de anticipación dentro de los primeros cinco días de cada
mes. Salvo que las partes lo indiquen en su sentido contrario
estos servicios recurrentes se mantendrán durante la vigencia
del contrato, incluyendo renovaciones, al precio pactado.
CUADRAGÉSIMA. Servicios que se pagan según su uso
y servicios variables y adicional: Los cánones por los
servicios que se realicen según su uso, más los impuestos
aplicables, de conformidad con las tarifas de T.D.O.
publicadas las cuales pueden cambiar en ocasiones, se facturan
con atraso y se pagan al mes siguiente al mes calendario en el
cual se proporcionarán los servicios adicionales.
ESCUELA COMERCIAL DE
COMPUTACIÓN E
INFORMÁTICA TÉCNICA DE
ORIENTE, A.C.
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX.
EL CLIENTE