ANEXO - RESOLUCIÓN N° 152/SECPECG/17
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 152/SECPECG/17
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Artículo 1º.-OBJETO.
El presente Xxxxxx establece las bases y condiciones particulares que regirán el procedimiento de selección que tiene por objeto la contratación de un Servicio de Catering (en adelante, el “Servicio”) entendiéndose por tal, la provisión de alimentos y bebidas y el armado de los espacios correspondientes, así como también la ejecución de los servicios que en su caso se contrataren, conforme lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas que forma parte del presente.
Dichos servicios serán dispuestos en los eventos y reuniones cuya coordinación se encuentra a cargo de la Secretaría de Planificación, Evaluación y Coordinación de Gestión (SECPECG), dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, que se llevarán a cabo desde que se perfeccione la Orden de Compra hasta el día 28 de febrero de 2018 o hasta agotar la cantidad de servicios que se dispongan, lo que ocurra primero. La Contratación que se propicia, comprende DOS (2) renglones de acuerdo al siguiente detalle:
RENGLÓN | CANTIDAD DE SERVICIOS | CANTIDAD DE PERSONAS | SERVICIO |
1 | 4 | 50 | Brunch Especial TIPO A |
2 | 2 | 100 | Brunch Especial TIPO B |
Artículo 2º.- PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN.
La presente se realiza a través del procedimiento de selección de Contratación Menor bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta en los términos del Régimen de Contrataciones vigente para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 38°, 40° y concordantes de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666) y su reglamentación de acuerdo al Decreto Nº 326/2017, las normas contendidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 396/DGCYC/14, el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas.
En consecuencia, serán solicitadas a quien resulte adjudicatario la cantidad y tipo de servicios necesarios para cada caso, conforme lo estipulado en el presente Pliego y en el Pliego de Especificaciones Técnicas, generándose para el requerimiento por parte de este GCBA la Solicitud de Provisión correspondiente.
La demanda de los servicios podrá variar en virtud de las necesidades de la SECPECG, no obligándose a asegurar una cantidad mínima a contratar durante la vigencia de la contratación.
Asimismo, el GCBA podrá realizar las Solicitudes de Provisión de cada uno de los Renglones en forma combinada para un mismo evento, debiendo quien resulte adjudicatario asegurar el cumplimiento de ambas Solicitudes de Provisión de conformidad con el requerimiento efectuado.
Artículo 3°.- RETIRO Y VALOR XXX XXXXXX.
El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas del llamado a licitación se encontrarán disponibles de forma gratuita en el portal de Internet Buenos Aires Compras, xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. No resulta obligatorio acompañar el presente pliego con la oferta como así tampoco las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido. Se recomienda la conservación del mismo por parte del oferente, ya que el mismo contiene previsiones aplicables para las etapas posteriores a la presentación de la propuesta.
Artículo 4°.- CONSULTAS.
Las consultas relacionadas con los procesos licitatorios se realizarán mediante BAC hasta SETENTA Y DOS (72) horas previas a la fecha de apertura de las ofertas. Las respuestas serán comunicadas a los oferentes de conformidad con lo previsto en el artículo 9° xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 396/DGCYC/14.
Artículo 5°.- DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL- ORDEN DE PRELACIÓN.
Todos los documentos que integran esta contratación serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias entre los referidos documentos, regirá el siguiente orden de prelación:
a) Leyes, Decretos, Resoluciones y Disposiciones que sean de aplicación a la contratación.
b) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
c) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares, las Especificaciones Técnicas, sus anexos y las Circulares con o sin consulta que se dicten antes de la fecha de apertura de las ofertas, si las hubiera.
d) La oferta.
e) El acto administrativo de Adjudicación.
f) La orden de compra resultante de la adjudicación.
Todo cuanto no esté previsto en la documentación contractual será resuelto de acuerdo con la normativa aplicable y las disposiciones del Derecho Público, dentro xxx xxxxxxxx y finalidad del objeto de la Contratación.
Artículo 6º.- CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS.
Se considera domicilio electrónico constituido, el correo electrónico declarado por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Se considerará como domicilio legal constituido el domicilio declarado por el proveedor como sede de sus negocios en el RIUPP.
Todas las notificaciones que hayan de efectuarse se entienden realizadas a partir del día hábil siguiente al de su publicación y mediante BAC, conforme los términos establecidos en el artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
Todo cambio de domicilio deberá ser fijado en el ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos DIEZ (10) días de su notificación al Gobierno. El GCBA constituye domicilio en la sede de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, sita en la calle Uspallata 3160, Piso 2º, de esta Ciudad. Todas la notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos aquí referidos, excepto para el GCBA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en calle Xxxxxxx Xx 000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, o en el
domicilio que en el futuro lo reemplace, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20° de la Ley N° 1.218 (texto consolidado Ley N° 5.666).
Artículo 7°.- CONDICIONES PARA SER OFERENTE.
Los interesados en participar en los procesos de selección electrónicos deberán haber iniciado el trámite de inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) del Sector Público de la Ciudad, dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda. Es condición para la preadjudicación que el proveedor se encuentre inscripto en el RIUPP, a través del BAC.
La inscripción debe realizarse por el interesado a través del sitio de Internet, en la página xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx_xxxxxxxx.xxxx, sin perjuicio de la posterior presentación de la documentación ante el citado RIUPP.
Además, deberán reunirse los siguientes requisitos:
a) Personas humanas o Sociedades regularmente constituidas por alguna de las modalidades previstas y habilitadas por la Legislación vigente en la materia.
b) Tener una antigüedad superior a TRES (3) años desde la fecha de su constitución hasta la del llamado a la presente contratación. Asimismo, se deberá presentar copia del instrumento de constitución y de su inscripción en la Inspección General de Justicia o Registro Público de Comercio, según corresponda, los cuales deberán encontrarse certificados por Escribano Público.
c) En el caso de las Uniones Transitorias (en adelante, “UT”) que se conformen para intervenir en la presente contratación, al menos uno de sus integrantes deberá acreditar experiencia en el rubro. La totalidad de los integrantes que conformen la UT no deberán encontrarse comprendidos dentro de los impedimentos estipulados en el artículo siguiente del presente pliego.
Se deberá acompañar el poder suficiente a favor del mandatario que los represente, con las facultades necesarias para actuar en nombre de dicha UT.
En ningún caso un Oferente podrá presentarse en forma individual y como parte integrante de una UT.
Artículo 8°.-IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES
Como contrapartida del artículo anterior, no podrán concurrir como oferentes a la presente contratación:
a) Las personas humanas o las personas jurídicas, sus socios y/o miembros del directorio que la compongan, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la Ley N° 2095, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
b) Las sociedades integradas por agentes y funcionarios del sector público de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética en el ejercicio de la función Pública N° 4895 (texto consolidado Ley N° 5.666) o la norma que en el futuro la reemplace.
c) Las personas jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario.
d) Los inhibidos.
e) Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, declarados tales por autoridad competente.
f) Las personas jurídicas, sus socios y/o miembros del directorio que la compongan, que hayan sido sancionadas por incumplimiento a las previsiones de los artículos
1.3.11 bis y 3.1.14 al Libro II "De las faltas en particular", Sección 3°, Capítulo
"Prohibiciones en Publicidad" del Anexo I de la Ley N° 451 (Texto consolidado Ley N° 5.666).
g) Las personas jurídicas que participen en más de una oferta dentro de una misma contratación, ya sea por sí solas o como integrante de un grupo, asociación o UT, en las condiciones que determine la reglamentación.
Artículo 9º.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
Las ofertas serán presentadas en BAC a través de los formularios electrónicos disponibles. Se deberá cumplir con todos los requerimientos exigidos en el presente Pliego de Bases y Condiciones, y se deberán adjuntar los documentos solicitados en soporte electrónico.
Los documentos que por sus características deban ser presentados, o que por alguna circunstancia, el Oferente no pueda subir electrónicamente, deberán presentarse en soporte papel y serán individualizados en la Oferta y entregados en la en la sede de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, sita en la calle Uspallata 3160, Piso 2º, de esta Ciudad, hasta la fecha y hora establecida para la apertura de ofertas (artículo 104° del Decreto Nº 326/2017).
Para la presentación de la propuesta, el oferente deberá tener en cuenta, además de las condiciones requeridas, lo establecido en el artículo 104° de la Ley N° 2.095, el artículo 104º del Decreto Reglamentario Nº 326/2017 y artículo 12° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por medio de la Disposición N° 396/DGCYC/14.
La oferta deberá comprender los aspectos administrativos, técnicos y económicos.
Artículo 10°.- PROPUESTA DE TRABAJO – ANTECEDENTES TECNICOS
La oferta presentada deberá contemplar la totalidad de los aspectos que se mencionan a continuación a saber:
- Antecedentes: Deberá acompañar documentación que acredite una antigüedad de por lo menos DOS (2) años en la prestación de Servicios similares a los aquí requeridos, ante organismos públicos de índole nacional, provincial y/o municipal, indicando fecha de presentación del servicio, duración del mismo, tareas desarrolladas, proyectos, porcentaje de participación en los mismos y deberá indicar los datos de algún contacto de referencia a fin de consultar sobre el desempeño durante los servicios prestados.
- Capacidad técnica suficiente e infraestructura para cumplimentar con los recaudos establecidos en el Pliego de Condiciones Técnicas, detallando el equipamiento a proveer con todos los detalles que entienda convenientes (lugar de elaboración, conservación y almacenamiento de los alimentos, o
cualquier otro detalle que considere pertinente). Se podrán acompañar folletos de los productos.
- Equipo de Trabajo: Se solicita se informen los nombres del personal que
trabaja para la firma y que pudiera cubrir alguno de los eventos solicitados y antecedentes de estos en eventos similares. Nómina de empleados de la empresa o se informe nómina de personal eventual en caso que así sea.
- Equipamiento con el que cuenta para realizar la logística del Evento (en este punto se deberá consignar los vehículos que se afectarán al servicio, si son propios o de terceros, inmueble donde permanecerán los productos y cualquier otro dato que pueda resultar de utilidad para una correcta prestación del servicio).
Artículo 11º.- CONTENIDO DE LA OFERTA:
Documentación que debe integrar la oferta:
1.- Acreditación de Personería: documentación que acredite la capacidad de la persona que suscribe la oferta para obligar a la firma oferente.
a) En el caso de tratarse de personas físicas:
• Documento nacional de identidad
• Constancia de CUIT
b) En el caso de Personas Jurídicas:
• Estatuto debidamente inscripto
• Acta de designación de autoridades debidamente inscripta.
• La representación será ejercida por el Representante Legal de la misma o un Apoderado. Si es Representante Legal, deberá acompañarse copia certificada por notario del instrumento en el cual surja su designación como tal (Estatuto Social, Contrato Social o el que corresponda de acuerdo con el tipo societario y Acta de Asamblea y/o Directorio de la cual surja la actual distribución de cargos directivos o autoridades de la sociedad). Si es Apoderado, deberá acompañarse el poder en original o copia certificada por notario.
c) Presentación de Uniones Transitorias.
• La documentación requerida a las Personas Jurídicas, conforme el apartado b) del presente artículo
• Declaración Jurada que contenga el compromiso de su constitución, en caso de resultar Adjudicataria y de mantener la vigencia de la UT, hasta que se hayan cumplido todas las obligaciones emergentes de la presente Contratación. La Declaración Jurada deberá abarcar el compromiso de mantener la composición de la UT durante el plazo mencionado en el párrafo anterior, y de no introducir modificaciones en los estatutos de las empresas integrantes que importen una alteración de la responsabilidad, sin previa aprobación del GCBA.
• Designación de uno o más representantes legales que acrediten, mediante poder para actuar ante la administración pública, facultades suficientes para obligar a su mandante.
• Para el caso que la UT esté integrada por personas jurídicas, cada una de ellas deberá presentar acta del órgano social correspondiente de la cual surja la decisión de presentarse a esta licitación pública en unión transitoria de empresas.
La totalidad de los requisitos exigidos en el presente Pliego, podrán ser cumplidos por una de las empresas integrantes de la UT o existir una complementación entre las empresas integrantes para el cumplimiento de éstos.
Las empresas integrantes de la UT serán solidariamente responsables por el cumplimiento del Contrato en caso de adjudicación.
2.- Declaración Jurada de aptitud para contratar (Anexo X xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales).
3.- Declaración Jurada de que para cualquier situación judicial que se suscite, el oferente acepta la competencia de los Tribunales en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
4.- Domicilio – Sede social: se deberá acreditar asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o deberá constituir domicilio en esta jurisdicción, debiendo en cualquier caso acompañarse documentación respaldatoria.
5.- Declaración Jurada de que a la fecha de presentación de la oferta, el oferente ni sus socios en caso de corresponder, poseen registros en la base de datos de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) relativos a la emisión de facturas apócrifas (xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxXxxxxxxxx/).
Los certificados presentados podrán ser verificados en el/los lugar/es de prestación, siendo motivo de descarte la existencia de falsedades en la oferta presentada.
6.- Acreditar una antigüedad de DOS (2) años en servicios de similares características al objeto de la presente contratación.
Artículo 12º - PROPUESTA TÉCNICA.
Un Plan de Trabajo en el cual se establezca el cronograma y el modo de desarrollo de los Servicios (de acuerdo a lo detallados en el PET), incluyendo las fases y tiempos de armado y desarmado, el personal necesario y sus funciones, y toda otra información que considere de importancia a los efectos de la correcta y acabada ejecución del mismo, de acuerdo al Pliego de Especificaciones Técnicas que forma parte de la presente.
Es importante destacar que, a los efectos de la elección del adjudicatario, entre otros parámetros, se valorará la practicidad del servicio, el orden, y el tiempo de montaje y desmontaje, atento a que se persigue causar el menor desorden y ocupación en el lugar de ejecución del servicio.
Artículo 13º - FORMA DE COTIZAR – REQUISITOS ECONOMICOS.
El oferente deberá ingresar la cotización correspondiente a los servicios objeto de la presente contratación.
La cotización deberá realizarse detallando tanto el precio unitario de cada servicio como el precio final y total de los Renglones, y el precio total de la oferta, en letras y números.
La cotización ofrecida por cada servicio no podrá encontrarse condicionada o sujeta a variables de acuerdo a fecha o lugar de realización del Evento, debiendo ser el precio unitario de todos los Eventos el final que abonará la administración, con IVA incluido.
La moneda de cotización será el Peso Argentino ($), moneda de curso legal en la República Argentina.
No se aceptarán cotizaciones parciales de las cantidades y servicios requeridos para cada uno de los Renglones, teniéndose por descartada la oferta que así sea presentada.
No serán admitidas ofertas que se aparten de los términos y condiciones de los Pliegos, como así tampoco se admitirán ofertas alternativas a las modalidades descriptas, ni ofertas por parte de renglón.
Tampoco serán admitidas propuestas que impongan condiciones o se aparten de lo especificado en este Pliego.
La cotización se ingresará a través del formulario disponible en la plataforma virtual “Buenos Aires Compras” (BAC), siendo valorable que se acompañe como anexo aparte el detalle de los mismos.
Artículo 14°.- OFERTAS PARCIALES.
En el presente procedimiento NO se aceptarán ofertas parciales por renglón, las que serán desestimadas. Es decir que la totalidad de los renglones serán adjudicados a un único oferente.
Artículo 15°.- EXCEPCIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS.
De conformidad con lo previsto en los incisos a) y b) del Artículo 103 de la Ley Nº 2.095, texto consolidado según Ley Nº 2.095, para el presente procedimiento de selección, los oferentes quedan exceptuados de presentar:
a) Garantía de mantenimiento de la oferta;
b) Garantía de Cumplimiento de Contrato.
Las restantes garantías previstas en el artículo 17° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales deberán constituirse en los casos que corresponda.
Artículo 16°.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.
Los Oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un período de VEINTE (20) días hábiles desde el acto de apertura. Si el Oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar el plazo de Mantenimiento de Oferta con una antelación mínima xx XXXX (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquel se considerará prorrogado automáticamente por un lapso igual al inicial.
Artículo 17.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS.
La presentación de ofertas se hará a través de los formularios electrónicos disponibles en BAC, de acuerdo a lo establecido en el artículo 12° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, cumpliendo todos los requerimientos exigidos en la normativa aplicable.
Las ofertas deberán ser presentadas previamente a la fecha y hora previstas para el acto de apertura, conforme el cronograma establecido en BAC.
Artículo 18º.-ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS.
La presentación de la Oferta deberá abarcar los aspectos técnicos y económicos.
La Apertura de la misma se efectuará en el día y horario que se fije en la publicación efectuada en el BAC, en la invitación a cotizar cursada oportunamente y en la publicación efectuada en el sitio de internet del Sistema Buenos Aires Compras del Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Asimismo la presentación de la Oferta deberá efectuarse, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 104° de la Ley 2.095 y su Decreto Reglamentario Nº 326/2017.
Artículo 19° INFORMACION COMPLEMENTARIA.
Para la evaluación de las ofertas, la Unidad Operativa de adquisiciones podrá requerir de los oferentes, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.
Artículo 20º.- ADJUDICACIÓN.
La Adjudicación será efectuada mediante el correspondiente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13° de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666).
El acto administrativo de Adjudicación, será notificado a través de BAC al Adjudicatario y al resto de los Oferentes dentro de los SIETE (7) días de emitido. El mismo será publicado en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el plazo de UN (1) día (artículo 23° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales).
Artículo 21°.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El Contrato se perfecciona con la notificación mediante BAC de la orden de compra al Adjudicatario, dentro del plazo de mantenimiento de la Oferta.
El Adjudicatario podrá rechazar la orden de compra dentro de los TRES (3) días de su notificación, únicamente en el caso en que se encuentre vencido el mantenimiento de su Oferta.
De darse éste supuesto la autoridad competente puede adjudicar el contrato al Oferente que siga en el orden de mérito.
Artículo 22°.- INICIO, PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS.
Plazo: La ejecución del servicio comenzará a partir del perfeccionamiento contractual y hasta la entrega final requerida hasta el día 28 de febrero de 2018, de acuerdo a lo establecido en el PET, debiéndose dar cabal cumplimento a todas las obligaciones emergentes de la contratación de acuerdo al Renglón previsto.
Lugar: Distintas locaciones dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 23º.- DETALLE DEL SUMINISTRO.
23.1. Solicitud de Provisión.
La SECPECG requerirá con una antelación de setenta y dos (72) horas a la Adjudicataria vía correo electrónico o cualquier medio fehaciente el/los Servicio/s indicando:
• Lugar del Evento.
• Fecha del Evento.
• Horario del Evento.
• Duración del Evento.
• Contacto responsable de la SECPECG a fin de coordinar la preparación y/o entrega.
• Tipo de Servicio Elegido y Cantidad de personas asistentes al mismo.
23.2. Entrega.
El Adjudicatario deberá confirmar la recepción de la solicitud efectuada, por el mismo medio que le sea comunicada, y contactarse con el responsable de la coordinación del evento/reunión, quien será designado por la SECPECG previo al inicio de ejecución del servicio.
Coordinada la entrega, el adjudicatario deberá presentarse en el lugar de la reunión/evento con un mínimo de antelación de dos (2) horas previas del horario convenido para el armado y la coordinación del mismo.
En caso de que el adjudicatario entienda que por las características del Evento y los productos a proveer, requiere más tiempo para la instalación del mismo, deberá informarlo al Contacto responsable de la SECPECG, siendo exclusiva responsabilidad del adjudicatario que los productos se encuentren en perfecto estado de conservación y finalizada la instalación, al momento del comienzo del Evento, debiendo adoptar todas las medidas que resulten necesarias para ello.
23.3. Recepción Definitiva.
Se regirá conforme lo dispuesto por el artículo 118° del Anexo al Decreto Nº 326/17.
Artículo 24°.- FACTURACION Y PAGO.
La facturación será parcial, conforme las solicitudes de provisión señaladas precedentemente, una vez efectuada la recepción definitiva de los servicios.
A tal efecto, el Adjudicatario deberá presentar ante el Organismo Contratante remito en el que conste los servicios prestados, período de la prestación, N° de Proceso de Compra y N° de Orden de Compra, con lo cual la SECPECG, previo control de la/s
prestación/es realizadas, emitirá el Parte de Recepción Definitivo (PRD) correspondiente.
La forma de facturación y los pagos se efectuarán acorde lo establecido en los arts. 26 y siguientes xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales; el pago se efectuará dentro del plazo de treinta (30) días hábiles administrativos desde la fecha de presentación de la respectiva factura.
Artículo 25°.- UNICA FORMA DE PAGO
Los Adjudicatarios deberán contar con cuenta corriente o caja de ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en cualquiera de sus sucursales, en la cual se depositarán los pagos. En caso de no contar con una, deberán proceder a la Apertura de alguna de ellas, mediante el formulario Anexo I – “Autorización de acreditación de pagos xxx Xxxxxx del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en cuenta bancaria”, siendo sus formalidades las siguientes: 1. Cuenta Corriente Común y/o Especial (La persona y/o titulares de este tipo de cuentas deberán presentar el formulario mencionado, debidamente completado y certificada la cuenta por la sucursal bancaria correspondiente, en la Mesa de Entradas de la Dirección General de Tesorería, sita en Xx. Xxxxxxxxx 000 – 0x xxxx de 9.30 a 14.30 hs.
Artículo 26º.-OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
26.1.- Del Personal:
26.1.1.-Generalidades:
El adjudicatario deberá dar cumplimiento a lo estatuido en el Xxx. 00x xx xx Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Su personal deberá cumplir con los siguientes requisitos:
-Mayor de dieciocho (18) años de edad.
-Contar con libreta sanitaria, habilitante y actualizada.
-Contar con certificado de curso de manipulación de alimentos.
-Ser competente en su cometido.
Habérselo capacitado con cursos en manipulación de alimentos y en normas de seguridad e higiene.
26.1.2.- Supervisión:
La adjudicataria deberá designar un (1) supervisor encargado de dirigir los actos preparatorios y acciones llevadas a cabo durante el desarrollo del evento y/o reunión. Asimismo, deberá supervisar y controlar al resto del personal afectado, en relación a su asistencia y desempeño, como así también, será el responsable de la provisión de aquellos materiales con los que deberán contar para el desarrollo del evento.
26.1.3.- Personal afectado al Suministro:
Dentro de los cinco (5) días corridos posteriores al perfeccionamiento de la Orden de Compra, el adjudicatario deberá presentar una planilla conteniendo la nómina de todo el personal que afectará al Servicio, indicando los siguientes datos de cada uno de ellos:
-Apellido.
-Nombre.
-Número de CUIL (Código Único de Identificación Laboral).
-Función.
- Aseguradora de riesgo de trabajo.
Dicha nómina deberá ser actualizada cada vez que se produzca alguna variante en su dotación y notificada fehacientemente.
26.1.4.- Indumentaria:
La adjudicataria deberá proveer a su personal de la indumentaria necesaria, la que deberá ajustarse a la normativa de seguridad laboral vigente de acuerdo a las necesidades del evento a desarrollar.
26.1.5.- Libretas Sanitarias:
Todo el personal deberá contar con la correspondiente Libreta Sanitaria habilitante, otorgada por el Ministerio de Salud de este Gobierno, actualizada.
El adjudicatario deberá presentar todas las Libretas del personal que destaque para la realización del servicio, junto con una fotocopia de las mismas, en el momento que entregue la nómina. Una vez que el Organismo Usuario verifique la autenticidad de los documentos, devolverá al adjudicatario los originales.
Las citadas libretas deberán encontrase siempre a disposición del responsable de alimentación de la Unidad Receptora y demás autoridades competentes para controlar el servicio.
26.1.6.- Relación entre el personal afectado y Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx:
El personal afectado por el Adjudicatario al cumplimiento de las obligaciones contractuales no genera relación laboral ni vínculo alguno con el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires. En este sentido, la adjudicataria se obliga a mantener indemne al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de todo reclamo y acción judicial que resulte en consecuencia.
Estarán a exclusivo cargo de la adjudicataria los salarios, seguros, leyes y cargas sociales y previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, vinculados con la ejecución contractual, quedando expresamente exonerado el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos.
Queda debidamente asentado que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se generare por cuestiones de índole laboral entre la adjudicataria y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia.
Igual criterio se hace extensivo a la obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre la adjudicataria.
26.2. Seguros:
26.2.1 Generalidades.
El Adjudicatario deberá contratar los seguros que se detallan en el presente artículo y acreditar la constitución de los mismos y su vigencia durante todo el periodo contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y comprobantes de pago del premio.
Asimismo, es de señalar que, deberán acreditarse las coberturas, como mínimo una vez por año o cada vez que modifique y/o cambie de compañía aseguradora, siempre con previa autorización del GCBA, o cada vez que el GCBA lo solicite, se presentarán copias de las pólizas y de sus comprobantes de pago de la prima. La contratación de los seguros que aquí se refiere es independiente de aquellos otros que le sean legal- mente exigibles al Adjudicatario por su actividad a fin de brindar cobertura a los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones atinentes a su actividad.
El Adjudicatario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros exigidos con antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas, que deberán tener vigencia efectiva hasta el 20 de diciembre de 2017 o la finalización de los trabajos encomendados conforme al/los contrato/s celebrado/s, lo que ocurra primero.
La no actualización de las pólizas dará lugar a las sanciones que por ello correspondan y el GCBA quedará facultado a rescindir el contrato por culpa del Adjudicatario
El Adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la inobservancia de los seguros exigidos en el presente Xxxxxx, en las formas y con la vigencia estipulada, quedando el GCBA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjera en este caso.
Queda entendido que, sin perjuicio de su responsabilidad general por los siniestros que pudieran ocurrir durante los trabajos contratados, el Adjudicatario asume el importe de las franquicias obligatorias impuestas por las compañías aseguradoras.
26.2.2 De las compañías aseguradoras
Las compañías aseguradoras con las cuales el Adjudicatario contrate las coberturas establecidas en este artículo, deben ser de primera línea, reconocida solvencia y autorizadas, a tal fin, por la Superintendencia de Seguros de la Nación. Estas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Estar habilitado por la Superintendencia de Seguros de la Nación para operar como tal en los riesgos que presenta su propuesta.
Contar con un Patrimonio Neto superior a los pesos trescientos cincuenta millones ($ 350.000.000), de acuerdo al último balance anual presentado a la Superintendencia de Seguros de la Nación y publicado por la misma y acreditar una calificación establecida por una calificadora de Riesgo autorizada a operar en la República Argentina.
Lo antedicho no será requerido en los supuestos de coberturas xxx xxxx Riesgos del Trabajo, Daño Ambiental de Incidencia Colectiva y/ó Caución (Garantías de cumplimiento).
26.2.3.- De las coberturas en particular.
Las coberturas que el Adjudicatario ha de contratar, aun cuando disponga de otros, son los que se detallan a continuación:
1) Seguros Laborales
Seguro de Riesgos del Trabajo, cobertura de ART.
El Adjudicatario en cumplimiento de la legislación vigente, debe contar con un seguro que cubra a la totalidad del personal que afecte al servicio contratado, el cual será suscrito con una “Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART)” autorizada para brindar ese tipo de cobertura.
No se podrá afectar personal alguno a la prestación del servicio contratado, cualquiera sea su índole, hasta que el mismo no cuente con su correspondiente cobertura por riesgo de accidentes.
Se deberán presentar al GCBA, junto con la póliza/contrato de afiliación, los certifica- dos de cobertura de los trabajadores, en los cuales estará incluido el siguiente texto: “Por la presente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición de subrogación o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, sus funcionarios y/o empleados, sea con fundamento en el Art. N° 39 ap. 5 de la Ley N°24.557, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del Adjudicatario amparados por la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX, por acciones del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.”
2) Seguro de Accidentes Personales
En el caso que el Adjudicatario, contrate a personal y/o prestadores de servicio que no esté alcanzado por la Ley de Contrato de Trabajo, es decir, quienes no revistan el carácter de relación de dependencia con el mismo; se deberá contar con una póliza de Accidentes Personales con las siguientes características:
• Alcance de la Cobertura: Se deberá amparar a la totalidad del personal afectado durante la jornada laboral incluyendo cobertura in-itinere.
• Sumas mínimas a asegurar:
• Muerte: pesos cuatrocientos mil ($ 400.000).
• Invalidez Total y/ó parcial permanente por accidente: pesos cuatrocientos mil ($ 400.000).
• Asistencia Médico Farmacéutica (AMF): pesos quince mil ($15.000).
• La citada póliza deberá incluir el siguiente texto: “La compañía […] renuncia en forma expresa a realizar cualquier acción de repetición y/ó subrogación contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CUIT 34-99903208-9, sus funcionarios y/o empleados.”
3) Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva
El Adjudicatario debe asegurar, bajo póliza de responsabilidad civil, los daños que como consecuencia de tareas inherentes a su actividad que puedan ocasionar a personas, bienes o cosas de propiedad del GCBA o de terceros.
Suma Asegurada:
El Adjudicatario deberá contratar un seguro por la suma mínima comprensiva de
$1.000.000 por hecho y por persona, que cubra los riesgos de responsabilidad civil, por los daños que, como consecuencia de/las prestación/es de servicio/s que se contrata/n, se ocasione/n a persona/s, cosa/s y/o bien/es xx xxxxxxx/s y/o del GCBA. Dicha póliza deberá ser endosada a favor del mismo. Se detallan a continuación de manera indicativa los adicionales de cobertura básica, los cuales deberán tener correspondencia con las actividades a realizarse:
A) Responsabilidad Civil emergente de escapes de gas, incendio, rayo y/o explosión, descargas eléctricas.
B) Daños por caída de objetos
C) Suministro de alimentos y/o bebidas
Asimismo, deberá tener un endoso en carácter de co-asegurado sin restricción de ninguna especie o naturaleza a favor del GCBA. Los empleados del GCBA deberán ser considerados terceros en póliza.
La citada póliza deberá incluir el siguiente texto: “La compañía […] renuncia en forma expresa a realizar cualquier acción de repetición y/ó subrogación contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CUIT 34-99903208-9, sus funcionarios y/o empleados.”
ARTÍCULO 27º.- SEGURIDAD E HIGIENE.
Para el caso de productos alimenticios los mismos deberán cumplir con normas en materia de higiene y seguridad alimentaria establecida en el Código Alimentario Argentino y Decreto Nacional N° 2.126/PEN/71. (Reglamentario de la Ley 18.284). Todo lo no previsto en el presente pliego, en relación directa con las características para este tipo de contratación, se regirá por lo previsto por el Código Alimentario Argentino en vigencia.
Artículo 28º.- PENALIDADES Y SANCIONES.
Rigen para el presente procedimiento de selección, todas las penalidades y sanciones previstas en el Titulo SEXTO. Capítulos XII y XIII de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666) y lo previsto por el Decreto Reglamentario Nº 326/2017, debiéndose aplicar las mismas según lo establecido en los capítulos mencionados.
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 152/SECPECG/17 (continuación)
Artículo 29º.- RESCISIÓN.
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá rescindir el contrato de pleno derecho de acuerdo a lo establecido en la Ley 2.095 (según texto consolidado 5.666) y su reglamentación.
Artículo 30°.- CESIÓN DE LA CONTRATACIÓN.
El adjudicatario no podrá ceder total o parcialmente por ningún medio el contrato objeto de la presente licitación sin previa autorización fundada de la autoridad competente. La trasgresión a lo establecido en el presente artículo será sancionada con la rescisión de la contratación, con la pérdida total de los depósitos en garantía constituidos, no reconociéndose indemnización alguna por ningún concepto.
Artículo 31º - JURISDICCIÓN.
Para atender las cuestiones que se susciten en torno a las Compras y Contrataciones efectuadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las partes quedan sometidas única y expresamente a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
Para atender las cuestiones que se susciten en torno a las Compras y Contrataciones efectuadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las partes quedan sometidas única y expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Contenciosos, Administrativos y Tributarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 152/SECPECG/17 (continuación)
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DETALLE DE LOS SERVICIOS.
RENGLON Nº 1.- Brunch Especial para 50 personas
Deberá incluir:
• Variedad de sándwiches de miga (tres unidades por comensal)
• Variedad de chips (tres unidades por comensal)
• Variedad de cazuelitas (dos unidades por comensal)
• Variedad de Ensaladas individuales (Mediterránea, Capresse, Chiken Salad)
• Panini de Salvado
• Masas secas (tres unidades por comensal)
• Variedad de budines (dos porción por comensal)
• Alfajorcitos de dulce de leche (dos unidades por comensal)
• Variedad de tés
• Café
• Xxxxx (entera y/o descremada)
• Azúcar y Edulcorante
• Agua con y sin gas
• Gaseosas de primera línea regulares y light
• Jugos varios
El presente Renglón será solicitado para la realización de CUATRO (4) servicios. RENGLON Nº 2.- Brunch Especial para 100 personas
Deberá incluir:
• Medialunas de manteca y de grasa (2 unidades por comensal)
• Masas secas / masas finas (tres unidades por comensal)
• Variedad de budines (tres porciones por comensal)
• Variedad de tés
• Café
• Xxxxx (entera y/o descremada)
• Azúcar y edulcorante
• Jugo de naranja exprimido
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 152/SECPECG/17 (continuación)
• Agua mineral con y sin gas
El presente Renglón será solicitado para realizar DOS (02) servicios. GENERALIDADES:
Para todos los Renglones, el suministro incluirá el costo del traslado al lugar de los eventos y reuniones, las vajillas descartables y/x xx xxxx (vasos, copas, platos, fuentes, cucharas y termos), las servilletas y mesas rectangulares de apoyo y mantelería, así como el armado, desarmado y limpieza posterior una vez finalizado el evento.
Para la prestación del servicio, el proveedor deberá contar siempre que el tipo de evento así lo requiera, con personal adecuado para servir a las personas que concurran, además deberá contar con personal de limpieza una vez prestado el servicio.
El proveedor deberá garantizar la correcta prestación del servicio, procurando una adecuada relación entre la cantidad de comensales que concurran al evento y la cantidad de mozos que disponga para la realización del mismo conforme a los usos habituales, evitando de esta forma que el mismo resulte insuficiente.
Para todos los Renglones la Secretaría se reserva el derecho a solicitar platos vegetarianos o de dieta especial (Celíacos, diabéticos, etc.) para comensales con restricciones alimentarias.
En ningún caso se admitirán costos adicionales por los rubros señalados precedentemente.
FIN DEL ANEXO