Contract
Para ingresar a trabajar en el ámbito del Centro Científico y Tecnológico, la Unidad de Administración Territorial y sus Unidades Ejecutoras, dependientes del CONICET delegación Santa Fe (en adelante todas ellas denominadas como “CONICET SF”):
Contratistas y Subcontratistas del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), Ministerio de Ciencia Tecnología e Innovación Productiva (MINCYT), CONICET Santa Fe, Empresas pre-incubadas, incubadas, pre-radicadas, radicadas, Contratistas de Empresas pre- incubadas, incubadas, pre-radicadas, radicadas en las instalaciones de CONICET Santa Fe (en adelante denominadas indistintamente como la “EMPRESA”); Deberán:
1. Completar la Carta de presentación.
2. Adjuntar toda la documentación que se detalla en las próximas hojas, dependiendo de su condición fiscal (Autónomos o en Relación de dependencia).
3. Aceptar las presentes Normas de Higiene, Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente (denominadas también como las “Normas”) y entregar hoja de recepción de documentación firmada por el Representante Legal de la EMPRESA y por cada uno de sus trabajadores dependientes afectados a las actividades a desarrollarse en el CCT –CONICET – SANTA FE.
1.) Modelo de carta de presentación.
Sres.
Centro Científico y Tecnológico, CONICET – SANTA FE
REF.: OBRA/EMPRESA …………………………………………
PLIEGO N° …………………………………………
De nuestra mayor consideración:
Tenemos el agrado de dirigirnos a Uds. con el fin de solicitarles la autorización correspondiente para el ingreso de el/los portador/es de la presente, cuyos datos figuran al pie.
Xxxxxxx expresa constancia de que los mencionados, al igual que nosotros los firmantes, conocemos y aceptamos las normas que rigen al Centro Científico y Tecnológico, la Unidad de Administración Territorial y sus Unidades Ejecutoras, dependientes del CONICET delegación Santa Fe (en adelante todas ellas denominadas como “CONICET SF”) y la índole del trabajo que en ellas se realiza.
Declaramos que asumimos la responsabilidad emergente del incumplimiento de las leyes laborales y previsionales vigentes, respecto de nuestro personal y del subcontratado por nosotros, que presta tareas en CONICET SF. Asimismo nos comprometemos en forma irrevocable a mantenerlos indemnes ante cualquier acción o reclamo Judicial, extrajudicial y/ó administrativo, incluyendo los derivados del régimen de la Seguridad Social, interpuesto por cualquiera, ya sea tercero, acreedor, dependiente, ex dependiente y/o subcontratado, que pudiera afectar a CONICET SF y/o que se derivare de la realización irregular, defectuosa o negligente de las tareas comprometidas a CONICET SF.
Nuestra responsabilidad se extenderá a las pérdidas o erogaciones que CONICET SF deba efectuar a fin de defender sus derechos, incluyendo el daño moral y de imagen de CONICET SF así como los gastos -sin limitarse- de honorarios profesionales por asesoramiento y patrocinio legal.
La obligación de indemnidad prevista en la presente carta, permanecerá vigente incluso una vez concluidas las actividades desarrolladas por nosotros dentro del predio de CONICET SF, cualquiera sea la causal de terminación.
Apellido y Nombre | Calificación Personal | CUIT | Fecha de Ingreso |
Informamos el nombre de la persona que actuará como Representante de la EMPRESA:
Apellido y Nombre | Calificación Personal | CUIT | Teléfono 24 hs |
Informamos el nombre de la persona que actuará como Responsable de Higiene y Seguridad de la EMPRESA:
Apellido y Nombre | Matricula Profesional | CUIT | Teléfono 24 hs |
Adjuntamos (tildar lo que corresponda):
o Documentación fiscal correspondiente
o Poder del firmante con los debidos alcances y facultades concedidas
o Póliza de Seguros de ART con Nómina y Cláusula de No Repetición a Favor del CONICET SF.
o Pólizas Seguros de Accidentes Personales con detalle de tareas y Cláusula de No Repetición a Favor del CONICET SF.
o Pólizas de Seguro de Responsabilidad Civil por los montos requeridos con Cláusula de No Repetición a Favor del CONNICET SF.
o Póliza de Seguros Todo Riesgo Construcción por los monstos requeridos con Cláusula de NO Repetición
o Programa de Seguridad aprobado por ART
o Planilla de entrega de elementos de Protección Personal
o Planillas de Capacitación del Personal afectado a los trabajos debidamente firmadas
o Protocolo de Actuación en Caso de Accidentes
o Cronograma de Xxxx
o Listado de Contratistas y Sub-Contratistas (que deberán cumplimentar la totalidad de los requisitos expresados en la presente Normativa)
o Contratos de Vinculación entre LA EMPRESA, CONTRATISTAS Y SUB-CONTRATISTAS
o Pólizas de Seguros (con similares exigencias que la Contratista Principal)
o Exámenes Médicos Preocupacionales con una antigüedad no mayor a seis meses (Homologados y/o Visados en la Delegación Local de la SRT)
o Exámenes Médicos Periódicos (Homologados y/o Visados en la Delegación Local de la SRT)
o Copias de las matriculas y recibos de pago del personal profesional involucrado.
o Cartas de notificación respecto de las Normas de Higiene y Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente de CONICET SF, firmadas por nuestro representante legal y por cada uno de nuestros trabajadores en relación de dependencia.
o Originales de las cartas correspondientes de las empresas contratistas y subcontratistas que participarán en la prestación de los servicios / obras, dirigidas a nombre de CONICET SF. (Debidamente Certificada Por Tribunales, Xxxx xx Xxx y/x Xxxxxxxxx),
(Socio Gerente, Presidente, Apoderado, Etc.) FIRMA: …………………………….
DNI: ……………………………….
EMPRESAS CON PERSONAL EN RELACION DE DEPENDENCIA:
1.) Comprobante de CUIT.
2.) Certificado de Cobertura de ART, Nomina del personal asegurado.
3.) Certificado de no repetición de ART a favor del Centro Científico y Tecnológico, la Unidad de Administración Territorial y/o sus Unidades Ejecutoras, dependientes del CONICET delegación Santa Fe (Carta de no repetición o no Subrogación). 4.) Derivación de accidentes. (ART del proveedor y 0800 para casos de emergencias) 5.) Programa de seguridad. (ver al momento de la contratación si es necesario) 6.) Aviso de inicio de obra, en caso de ser necesario, sellado por ART. 7.) Formulario 931 y comprobante de pago.
8.) Clave de alta temprana.
9.) Póliza de Responsabilidad Civil (por $ 1.000.000) INCLUYENDO A CONICET SF COMO ASEGURADO ADICIONAL SIN PERDER SU CONDICION XX XXXXXXX FRENTE AL TOMADOR (ASEGURADO PRINCIPAL), INCLUYENDO CLAUSULA DE RESPONSABILIDAD CIVIL CRUZADA E INCLUYENDO COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL. Con cláusula de
preeminencia asociada a la actividad. COPIA DE POLIZA / ENDOSO Y COMPROBANTE DE PAGO DEL PREMIO.
Textos de cláusulas: "Se incluye al Centro Científico y Tecnológico, la Unidad de Administración Territorial y sus Unidades Ejecutoras, dependientes del CONICET delegación Santa Fe como asegurado adicional, solamente con respecto a los reclamos que surjan como consecuencia de ocurrencias provenientes de o atribuibles a la propia responsabilidad del asegurado. Esto no debe ser considerado como una extensión de cobertura referente a responsabilidades y obligaciones específicas del asegurado adicional. No obstante lo anterior, el Centro Científico y Tecnológico, la Unidad de Administración Territorial y sus Unidades Ejecutoras, dependientes del CONICET delegación Santa Fe seguirán siendo considerados terceros frente al asegurado." "El presente seguro actuará con preeminencia a cualquier otro seguro contratado por el Centro Científico y Tecnológico, la Unidad de Administración Territorial y sus Unidades Ejecutoras, dependientes del CONICET delegación Santa Fe. Comentario: si el/los titulares de la EMPRESA también van a ingresar a CONICET SF deberán presentar: Póliza de seguro de accidentes personales por $750.000 (donde mencione la actividad y cuestiones específicas como por ejemplo trabajo en altura; ejercicio profesional, etc.) y un monto de
$100.000 por gastos farmacéuticos y médicos de internación; con el Centro Científico y Tecnológico, la Unidad de Administración Territorial y sus Unidades Ejecutoras, dependientes del CONICET delegación Santa Fe como beneficiario y cláusula de preeminencia. Presentar copia de póliza y comprobante de pago. La documentación ut-supra mencionada deberá ser entregada a CONICET SF en forma previa al ingreso del personal de la EMPRESA a las instalaciones de dicho organismo. Los comprobantes o documentación que se emitan con una cierta frecuencia, por ejemplo mensual, deberán entregarse con tal frecuencia a CONICET SF, dentro de un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días de su recepción por parte de la EMPRESA. La falta de entrega de cualquiera de los documentos mencionados con la frecuencia y en el plazo establecido facultará a CONICET SF a prohibir el ingreso del personal de la EMPRESA a sus instalaciones y a aplicarle a la EMPRESA una multa de Pesos ($ ) por cada día de demora en la entrega de la misma.
AUTONOMOS
1.) Comprobante de CUIT. 2.) Póliza de accidentes personales por $750.000 (donde mencione la actividad y cuestiones específicas como por ejemplo trabajo en altura) con el Centro Científico y Tecnológico, la Unidad de Administración Territorial y/o sus Unidades Ejecutoras, dependientes del CONICET delegación Santa Fe como beneficiario y cláusula de preeminencia. Presentar copia de póliza y comprobante de pago. 3.) Comprobante de pago de Monotributo 4.) Póliza de Responsabilidad Civil (por $ 300.000) INCLUYENDO AL Centro Científico y Tecnológico, la Unidad de Administración Territorial y/o sus Unidades Ejecutoras, dependientes del CONICET delegación Santa Fe COMO ASEGURADO ADICIONAL SIN PERDER SU CONDICION XX XXXXXXX FRENTE AL TOMADOR (ASEGURADO PRINCIPAL), INCLUYENDO CLAUSULA DE RESPONSABILIDAD CIVIL CRUZADA E INCLUYENDO COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL
CONTRACTUAL. Con cláusula de preeminencia asociada a la actividad. COPIA DE POLIZA / ENDOSO Y COMPROBANTE DE PAGO DEL PREMIO.
Textos de cláusulas: "Se incluye al Centro Científico y Tecnológico, la Unidad de Administración Territorial y/o sus Unidades Ejecutoras, dependientes del CONICET delegación Santa Fe como asegurado adicional, solamente con respecto a los reclamos que surjan como consecuencia de ocurrencias provenientes de o atribuibles a la propia responsabilidad del asegurado. Esto no debe ser considerado como una extensión de cobertura referente a responsabilidades y obligaciones específicas del asegurado adicional. No obstante lo anterior, el Centro Científico y Tecnológico, la Unidad de Administración Territorial y/o sus Unidades Ejecutoras, dependientes del CONICET delegación Santa Fe seguirá siendo considerado tercero frente al asegurado."
"El presente seguro actuará con preeminencia a cualquier otro seguro contratado por el Centro Científico y Tecnológico, la Unidad de Administración Territorial y/o sus Unidades Ejecutoras, dependientes del CONICET delegación Santa Fe. La documentación ut-supra mencionada deberá ser entregada a CONICET SF en forma previa al ingreso de la EMPRESA a las instalaciones de dicho organismo. Los comprobantes o documentación que se emitan con una cierta frecuencia, por ejemplo mensual, deberán entregarse con tal frecuencia a CONICET SF, dentro de un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días de su recepción por parte de la EMPRESA. La falta de entrega de cualquiera de los documentos mencionados con la frecuencia y en el plazo establecido facultará a CONICET SF a prohibir el ingreso de la EMPRESA a sus instalaciones y a aplicarle una multa de Pesos ($ ) por cada día de demora en la entrega de la misma.
CONDICIONES GENERALES MINIMAS DE SEGURIDAD, HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE PARA CUMPLIMIENTO DE EMPRESAS
Las empresas Contratistas y Subcontratistas de CONICET SF, Empresas pre-incubadas, incubadas, pre-radicadas, radicadas, Contratistas de Empresas pre-incubadas, incubadas, pre-radicadas, radicadas en las instalaciones de CONICET SF (denominadas indistintamente como la “EMPRESA”) serán responsables directos del cumplimiento estricto por parte empresarial y de todo su personal, de la legislación relacionada con Seguridad, Higiene y Medio Ambiente , Leyes Previsionales y de Accidentes de trabajo, y de todas las exigencias legales en el ámbito Nacional, Provincial y Municipal.
Las presentes Normas resultan complementarias a las referidas anteriormente y deberán aplicarse a todas las tareas que las EMPRESAS realicen en instalaciones de CONICET SF. Éstas representan únicamente un sumario de algunas de la normas y procedimientos de seguridad vigentes en CONICET SF, por lo que algunas situaciones no definidas que se presenten, requerirán de una consulta adicional al Departamento de Higiene y Seguridad de CONICET SF, la cual se deberá efectuar en forma previa a la realización de cualquier actividad que involucre dichas situaciones no definidas.
Índice
1. Política de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente.
2. Obligaciones de la EMPRESA.
3. Normas Generales.
4. Elementos de Protección personal.
5. Maquinarias, Equipos y Herramientas.
6. Equipos para izar.
7. Permisos de Trabajo.
8. Trabajos en Altura.
9. Seguridad Eléctrica.
10. Prevención de Incendios.
11. Tareas de Soldadura.
12. Cilindros a presión.
13. Orden y limpieza.
14. Higiene personal.
15. Circulación.
16. Comunicación de Accidentes/Incidentes.
17. Medio Ambiente.
18. Acciones en caso de emergencia.
19. Primeros Auxilios.
1. Política de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de CONICET SF.
CONICET SF está firmemente comprometida con el cuidado de la seguridad y salud de sus empleados, visitantes, contratistas y de la comunidad toda en general.
En este marco establecemos un programa eficaz de acciones que posibiliten el mejor desarrollo de nuestras actividades, comprometiéndonos a:
• Cumplir con todas las leyes y regulaciones en materia de seguridad e higiene, a nivel nacional, provincial, y municipal, aplicando normas propias cuando aquellas no existan.
• Evaluar todas nuestras actividades de forma de identificar aquellas que pudieran tener impacto sobre la seguridad e higiene de nuestros colaboradores, la población aledaña y quienes por situaciones particulares puedan ser afectados por nuestras actividades, estableciendo métodos de control para minimizar las consecuencias del mismo.
• Implementar programas de mejora continua en prácticas de seguridad, e higiene, evaluando periódicamente su evolución.
• Desarrollar programas de capacitación en todos los niveles que contribuyan a aumentar el compromiso de nuestro personal hacia temas de seguridad e higiene.
• Reconocer que la responsabilidad por el cumplimiento y la aplicación de esta política es de todos los integrantes de la organización.
2. Obligaciones de la EMPRESA
La EMPRESA estará obligada a:
2.1. Cumplir y hacer cumplir a todo su personal las presentes condiciones y las exigencias legales de seguridad en el trabajo de exigencia nacional, provincial y municipal.
2.2. Ingresar a las instalaciones a trabajar únicamente después de haber presentado todos los requisitos exigidos por CONICET SF.
2.3. Contar con la presencia en la obra de su Representante de Seguridad e Higiene, como mínimo, el tiempo estipulado por ley, quedando a criterio de CONICET SF la facultad de exigir el aumento de su presencia, en función de los riesgos presentes en las tareas a realizar.
2.4. Instalar, mantener y operar con sistemas y métodos de trabajo aprobados por CONICET SF.
2.5. Aplicar las recomendaciones surgidas de las inspecciones realizadas por el Representante de CONICET SF y solucionar dentro de los plazos estipulados las irregularidades apuntadas, bajo pena de suspensión del trabajo por parte de CONICET SF, quedando expresamente establecido que dicha suspensión no exime al contratista de las penalidades contractuales referentes a plazos y multas.
2.6. Comunicar al Representante de CONICET SF inmediatamente todo tipo de accidente/incidente ocurrido durante la realización de sus trabajos, y participar de la investigación del mismo, realizando sus máximos esfuerzos para averiguar las causas.
2.7. Proveer a sus empleados de elementos de protección personal conforme a las disposiciones legales vigentes y a las normas internas de CONICET SF.
3. Normas Generales dentro de las instalaciones de CONICET SF.
3.1. Toda persona que ingrese a las instalaciones de CONINCET SF deberá contar con ropa de trabajo y calzado de seguridad.
3.2. Está prohibido fumar dentro de las instalaciones .
3.3. Está prohibido el ingreso y consumo de cualquier tipo de bebida alcohólica (cualquier situación que se relacione con este punto en particular, el involucrado esta obligado a manifestar la situación que pudiera requerir una autorización especial).
3.4. Está prohibido el ingreso o portación de cualquier tipo de arma.
3.5. No se deberá iniciar o intervenir en cualquier tipo de disputa personal originada en la relación laboral y/o en cualquier otro tipo de relación.
3.6. Antes de ejecutar cualquier operación, se deberán conocer los riesgos, evitarlos y buscar la forma más segura de trabajo. Ante cualquier duda se deberá preguntar al Representante de CONICET SF.
3.7. Es obligatorio el uso correcto de todos los elementos de seguridad que hayan sido previstos, o que se indiquen en el sector donde se presten los servicios, incluyendo resguardos de maquinas, etc.
3.8. Durante el desarrollo de las tareas habituales en las áreas industriales o en los depósitos, o cuando se trabaje en las proximidades de máquinas, equipos o instalaciones con partes móviles o rotantes, no se permite que el personal expuesto use: cabello largo suelto (use cofia), ropa o elementos de vestir sueltos (camisa suelta, puños abiertos, corbata o delantal) joyas u otros accesorios sueltos (cadenas, pulseras, aros, colgantes, etc.).
3.9. Los avisos y letreros constituyen “normas de seguridad” y sus indicaciones deben ser cumplidas.
3.10. Debe informarse inmediatamente al Representante de CONICET SF, de todo daño, rotura, operación defectuosa o condición insegura de maquinarias y equipos.
3.11. No se debe ingresar en áreas de acceso restringido sin autorización del Representante de CONICET SF.
3.12. Está prohibido colgarse de estanterías, maquinas o material estibado, debiéndose hacer uso solamente de los escalones, plataformas, escaleras, etc.
4. Elementos de Protección Personal
4.1. La EMPRESA debe proveer a todo su personal de todos los EPP que resulten necesarios por la naturaleza y los riesgos del trabajo a realizar, en función a lo definido en su Programa de seguridad. Como mínimo deben usarse los EPP establecidos para cada área de trabajo de CONICET SF, mientras su personal permanezca en dichas áreas.
4.2. La EMPRESA es responsable por el adecuado uso de los EPP suministrados a su personal, como asimismo por el mantenimiento y adecuadas condiciones de uso.
4.3. Utilice siempre el equipo de protección personal básico: ropa de trabajo (camisa y/o remera y pantalón) y calzado de seguridad, y manténganlo en buen estado.
4.4. Para ingresar a cualquier área industrial use siempre el equipo de protección personal específico indicado para ese sector y para cada tarea, trabajo o actividad particular.
4.5. Si desconoce el equipo de seguridad a emplear o como usarlo, NO realice la tarea y solicite instrucciones a su supervisor.
4.6. Mantenga el equipo de protección personal en perfecto estado de uso y conservación y en caso de deterioro solicite el recambio del mismo.
4.7. En la manipulación de sustancias cáusticas o corrosivas, vidrios, chapas u otro material cortante, use guantes apropiados al riesgo.
4.8. Para trabajar con equipos de soldadura es imprescindible el uso xx xxxxxx o caretas, guantes de cuero y delantales de seguridad.
4.9. Ante la presencia de gases o polvos, utilice el equipo de respiración apropiado.
4.10. CONICET SF se reserva el derecho de exigir el uso de otros elementos de protección personal.
5. Maquinarias, Equipos y Herramientas
5.1. Está totalmente PROHIBIDO el uso de equipos, maquinarias, herramientas o instalaciones de propiedad de CONICET SF por parte del personal de la EMPRESA, como por ejemplo autoelevadores, grúas, plataformas de izaje, equipamiento de planta piloto y/o instrumental de laboratorios, etc.. La violación a esta norma será considerada como una falta grave y dará lugar a desafectar a la persona de la dotación autorizada a ingresar a las instalaciones, en forma inmediata.
5.2. La EMPRESA deberá disponer de todos los equipos, maquinarias y elementos de seguridad que sean necesarios para la ejecución de los trabajos, los cuales deben estar en perfectas condiciones de uso.
5.3. Las máquinas, equipos y herramientas eléctricas deberán ser revisados periódicamente, controlándose su correcta aislación, masa, adecuados tomas, fichas, etc. En caso de detectarse un equipo defectuoso o que no cumpla con requisitos de Seguridad e Higiene legales vigentes o de CONICET SF, deberá ser retirado del establecimiento.
5.4. Utilice equipos neumáticos y mangueras para aire comprimido adecuadas a la presión utilizada.
5.5. Utilice cinturón porta-herramientas. Las herramientas no deben ser llevadas en los bolsillos de la ropa.
5.6. Opere SOLAMENTE los equipos, máquinas, herramientas, etc., para los cuales ha sido autorizado y entrenado. Esto incluye el manejo de equipos móviles (autoelevadores, grúas, zorras, carretas, etc.).
5.7. No opere ningún equipo, si sus protecciones de seguridad no funcionan correctamente o carece de ellas (guardas, barreras, microswitches, disyuntores eléctricos, fusibles, válvulas de seguridad, limitadores de velocidad, alarmas, etc.).
5.8. Esta absolutamente prohibido el bloquear los dispositivos de seguridad (por ejemplo, microswitches).
5.9. No coloque las manos en órganos en movimiento que las expongan x xxxxxx o aprisionamientos.
5.10. No realice tareas de mantenimiento en equipos energizados o en movimiento. Primero pare el equipo y bloquéelo con candados y tarjetas de aviso.
5.11. Antes de iniciar su trabajo verifique que las herramientas con las que va a trabajar se encuentran en buen estado. No utilice herramientas gastadas, quebradas, falladas, sin filo o con rebabas. Las herramientas de mano deberán estar en buenas condiciones y el mango libre de grasa y aceite.
5.12. No utilice herramientas inadecuadas para realizar el trabajo.
5.13. No deje las herramientas por el piso o esparcidas sobre las escaleras.
5.14. Los conductores eléctricos de las máquinas, equipos o alargues deben estar libres de empalmes.
6. Equipos para izar (Grúas, Montacargas, Hidroelevadores, Excavadoras, palas mecánicas, etc.)
6.1. Las grúas deben contar con certificación vigente de inspección técnica, otorgada por ente público o privado de reconocida actuación donde se acredite la capacidad máxima de carga y la aptitud del equipo para funcionar en forma segura. La EMPRESA deberá entregar al Representante de CONICET SF copia de la certificación de inspección técnica con la periodicidad que la misma deba ser realizada de conformidad con las normas que le resulten aplicables. La falta de entrega de la misma facultará a CONICET SF a impedir el ingreso de dichas grúas a sus instalaciones.
6.2. Los equipos para izar deberán ser operados por personal capacitado y autorizado, mediante carnet habilitante, para desempeñar dicha función.
6.3. Todas las grúas deben tener (en un lugar visible de la cabina) la tabla de cargas máximas admisibles correspondientes al equipo.
6.4. Cada equipo móvil propiedad de la EMPRESA, tales como grúas, montacargas y similares, deben ser mantenidas en buenas condiciones y poseer extinguidor.
6.5. El traslado de las grúas se efectuará con la pluma baja, y la EMPRESA deberá adicionar un guía identificado con chaleco fosforescente, que se desplazará al costado y nunca delante de la grúa.
6.6. Nunca se deberán dejar elementos suspendidos de la pluma.
6.7. Cuando las grúas no sean usadas, serán estacionadas en los lugares autorizados por CONICET SF con sus plumas bajas y contraídas.
6.8. Están prohibidos los movimientos de cargas sobre personas y el transito de las personas bajo las cargas.
6.9. Grúas, montacargas o similares, deben estar equipados con alarma acústica/luminosa cuando operan en marcha atrás.
6.10. El área de izaje deberá estar adecuadamente cercada y señalizada.
7. Permisos de trabajo
7.1. Cada trabajo que tenga implícito un alto o moderado nivel de riesgo REQUERIRÁ la emisión de un permiso de trabajo seguro antes de dar comienzo a la tarea particular. Lo anterior no excluye ni cubre el requerimiento de la realización del “programa de seguridad” que deberá ser confeccionado por el responsable de seguridad de la EMPRESA .
7.2. Los permisos de trabajo deberán ser firmados por el representante de la EMPRESA y por el
personal de CONICET SF a cargo del trabajo y del sector, con firmas autorizadas.
7.3. Si las condiciones de trabajo o del ambiente se modifican con respecto a la situación estipulada en los permisos otorgados, se deberá interrumpir el mismo en forma inmediata y dar aviso al Representante de la EMPRESA y de CONICET SF.
7.4. Finalizada la tarea se deberá avisar a los Representantes de la EMPRESA y de CONICET SF, quienes firmarán el conforme de la conclusión del trabajo.
7.5. Las tareas que requerirán la emisión de un permiso de trabajo son:
- Trabajos en caliente.
- Ingreso a espacios confinados.
- Trabajos en altura.
- Desconexión de líneas/equipos con materiales peligrosos.
- Trabajos con fuentes de energía.
- Excavaciones.
- Trabajo en instalaciones de amoníaco.
7.6. Antes de iniciar trabajos de excavación, perforación, clavado de estacas o cualquier tipo de tarea que implique remoción de suelos, deberá solicitar autorización previa al representante de CONICET SF.
8. Trabajos en altura
8.1. Un trabajo en altura es aquel realizado a una altura mayor a 2 m por sobre el nivel 0 (cero), o mas de 2 m por debajo del nivel 0. Están incluidos dentro de esta definición aquellos trabajos que se deban realizar en áreas sin protección, andamios, techos, grúas, etc.
8.2. Para todo trabajo en altura será obligatorio el uso xx xxxxx de cuerpo completo de seguridad.
8.3. No está permitido elevar personas en canastos enganchados en grúas, autoelevadores o máquinas similares. El sistema de trabajo equivalente será el elevar a las personas en plataformas para trabajo en altura (PTA) especialmente diseñadas para la elevación de personas, las cuales podrán ser del tipo tijera, telescópicas, xx xxxxx articulada, etc.
8.4. Las aberturas en el piso se deben proteger mediante cubiertas sólidas, barandas de suficiente estabilidad y resistencia y/o cualquier otro medio eficaz.
8.5. Las aberturas en las paredes al exterior con desnivel deben estar protegidas con barandas, travesaños y zócalos.
8.6. Todos aquellos lugares que presenten riesgo de caída de personas deberán estar identificados y señalizados.
8.7. Uso de andamios
8.7.1. Utilice andamios que se encuentren en perfectas condiciones de uso y que estén montados de forma adecuada y segura.
8.7.2. Independientemente de la altura del andamio, mantenga sus bases niveladas y su estabilidad garantizada.
8.7.3. El Representante de la EMPRESA será el responsable de verificar el andamio y que sus elementos componentes se encuentren en buenas condiciones de seguridad, de acuerdo al uso y a la carga máxima a soportar.
8.7.4. Los andamios deben contar con plataformas de trabajo metálicas (ancho mínimo 60 cm) con rodapiés y enganches en sus extremos para encastrar en los bastidores, en caso contrario la plataforma de trabajo deberá estar formada por 2 (dos) tablones de 30 x 5 cm. como mínimo, sin rajaduras, nudos u otros defectos que lo puedan hacer desaconsejable. Los tablones deben sobrepasar como mínimo 30 cm. de cada extremo y deben contar con tacos de 25 x 25 mm. en cada lateral de forma que el tablón no pueda moverse. Todos los tablones deberán estar amarrados.
8.7.5. La plataforma de trabajo situada a más de 2 (dos) metros de altura respecto del plano horizontal inferior más próximo contará en todo su perímetro que dé al vacío, con una baranda superior ubicada a 1 (un) metro de altura, una baranda intermedia a 50 (cincuenta) centímetros de altura, y un zócalo en contacto con la plataforma. Las barandas y zócalos xx xxxxxx se fijarán del lado interior de los montantes.
8.7.6. Los andamios deberán ser anclados como mínimo cada 6 m. de altura.
8.7.7. Cuando utilice xxxxxx de andamios provistos xx xxxxxx en su base, los mismos deben poseer sistemas xx xxxxx de seguridad (frenos). A su vez se deberá tener en cuenta la estabilidad de la torre (cociente entre la altura del andamio y el lado más pequeño - H/l), la cual debiera ser menor o igual a 4.
8.7.8. No está permitido el armado y uso de andamios xx xxxxxx.
8.7.9. En localidades donde son frecuentes las ráfagas o vientos fuertes, independientemente de su altura el andamio debe estar amarrado.
8.8. Uso de escaleras
8.8.1. Las escaleras deben ser de aluminio o fibra xx xxxxxx. Están prohibidas las escaleras xx xxxxxx.
8.8.2. Las escaleras deben asegurarse en su base (sujetándolas o atándolas) para evitar deslizamientos. Aquellas de más de 3,5 m. de altura deben poseer sistema de enganche en su parte superior. No está permitido el uso de escaleras improvisadas.
8.8.3. Las escaleras de hojas simples y/o extensibles deben ser provistas de zapatas de seguridad antideslizantes.
8.8.4. Si se trata de una escalera de dos hojas, ábrala bien antes de ascender y verifique que el sistema de límite de apertura esté en condiciones (y posea cadena o soga).
8.8.5. Previo al comienzo del trabajo realice una inspección para verificar el estado general de la escalera.
8.9. Uso de plataformas hidráulicas
8.9.1. Deberán contar con la certificación de un organismo oficial o privado de reconocida trayectoria. La EMPRESA deberá entregar al Representante de CONICET SF copia de la certificación de
inspección técnica con la periodicidad que la misma deba ser realizada de conformidad con las normas que le resulten aplicables. La falta de entrega de la misma facultará a CONICET SF a impedir el ingreso de dichas grúas a sus instalaciones.
8.9.2. Nunca deberán excederse los límites de carga especificados por el fabricante.
8.9.3. Deberá contar con controles duales de cabina/tierra.
8.9.4. Previo al uso del equipo se deberá chequear el estado general del mismo. En caso de detectar alguna anomalía, la plataforma no podrá utilizarse hasta tanto no sea reparada.
9. Seguridad Eléctrica
9.1. El electricista que ha recibido la capacitación y entrenamiento necesario, es la única persona que puede realizar trabajos en instalaciones eléctricas. Los electricistas deberán estar matriculados. La EMPRESA debe entregar al Representante de CONICET SF copia del certificado de matriculación del electricista en forma previa a la realización de cualquier actividad por parte de dicho electricista. La falta de entrega de dicha certificación facultará a CONICET SF a prohibir el ingreso del electricista a sus instalaciones.
9.2. Las herramientas eléctricas deberán estar debidamente protegidas y conectadas a tierra. No se deberán utilizar si tienen cables sueltos o tramos sin aislar.
9.3. Únicamente el personal autorizado por escrito por el responsable del Área de Seguridad e Higiene, Salud Ocupacional y Medio Ambiente de CONICET SF podrá ingresar a las subestaciones eléctricas.
9.4. Considere siempre que todo el equipo y líneas eléctricas tienen corriente, hasta haber comprobado lo contrario.
9.5. Conozca la ubicación del interruptor principal de corriente y de los medios más rápidos de interrupción de energía, por si lo requiere una emergencia.
9.6. Realice la limpieza de los equipos y maquinaria sin mojar motores, controles eléctricos y los contactos monofásicos y trifásicos.
9.7. Verifique que esté correcta la conexión a tierra siempre que se conecte o desconecte un circuito.
9.8. La EMPRESA debe asegurarse que ha dejado perfectamente aislado el equipo o máquina cuando termine un trabajo de mantenimiento.
9.9. Nunca deben quedar cajas de conexiones o tableros destapadas.
9.10. Todo equipo de iluminación portátil deberá ser de tensión reducida (24 V).
9.11. Los tableros portátiles de obra deberán contar con protección diferencial.
9.12. Todas las conexiones provisorias que se realicen para ejecutar el trabajo dentro de las instalaciones deberán contar con las correspondientes fichas (hembra/macho). No se permitirán conexiones múltiples en una ficha o conexiones precarias.
9.13. Las prolongaciones deberán ser xx xxxxx aislación y deberán estar en perfecto estado de conservación. No se admitirán cables con roturas en su aislación.
10. Prevención de Incendios
10.1. No use equipos de llama abierta, calentadores ni estufas sin autorización. Está prohibida la utilización de mecheros para calentar brea u otros materiales o utilizando sopletes de equipos oxiacetilénicos u oxigas.
10.2. Limpie inmediatamente cualquier derrame de combustible y disponga adecuadamente los residuos.
10.3. No vuelque líquidos inflamables en cañerías de desagüe.
Almacene los líquidos inflamables y peligrosos en lugares adecuados que cumplan con lo siguiente: poseer piso firme e impermeable, ser un lugar seco, ventilado y alejado xx xxxxxxx de calor, radiación solar y chispas.
10.4. Los envases para líquidos inflamables dentro de los lugares de trabajo, serán los denominados Recipientes de seguridad (Safety Can), de fabricación industrial.
10.5. Conozca la ubicación y el empleo de los medios de extinción que se encuentren en su lugar de trabajo.
10.6. Conozca la ubicación y medios de aviso de fuego y pedido de auxilio del área en que trabaja.
10.7. Nunca obstruya los accesos a los elementos de lucha contra incendio, ni las vías de escape para emergencias.
10.8. No maltrate ni use indebidamente los elementos de lucha contra incendio. No los utilice para trabajos ajenos al uso específico.
10.9. Si usa un extinguidor, notifíquelo inmediatamente al responsable del sector o supervisor de las instalaciones, para que éste solicite su reemplazo por otro en condiciones de uso.
10.10. Desconecte antes de abandonar su lugar de trabajo todos los equipos o artefactos eléctricos utilizados (herramientas portátiles, calefactores, etc.).
10.11. La EMPRESA deberá contar con equipos portátiles para extinción, de su propiedad. Como mínimo, un extintor de Polvo Químico Triclase de 10 Kg., (o el que se indique oportunamente desde el área de HyST, So y MA de CONICET SF) estará instalado en forma permanente en el obrador y uno similar en la zona de obras, si es que el riesgo no requiere de una mayor cantidad o de otro tipo de agente extintor.
11. Tareas de Soldadura
Antes de realizar cualquier trabajo de soldadura en las instalaciones, se deberá gestionar el correspondiente permiso de trabajo. El permiso de trabajo deberá ser firmado por el representante de la EMPRESA y por el personal de CONICET SF a cargo del sector, con firmas autorizadas. Posteriormente a la realización de la tarea, deberá verificarse que no existan metal fundido, recortes calientes o material encendido.
11.1. Normas de seguridad para el uso de soldadura oxicorte
1. Deben mantenerse los tubos lo mas alejados posible del soplete.
2. Durante las tareas xx xxxxx es necesario utilizar la presión correcta para esta operación, ya que un exceso solo provocará chispas aumentando la proyección de escoria.
3. Para encender el soplete se deben usar solamente chisperos o llama piloto.
4. Se debe mantener el oxigeno alejado del aceite o la grasa a fin de evitar accidentes por combustión espontánea.
5. Siempre deben utilizarse antiparras con cristales coloreados.
6. Las mangueras deben estar sujetadas con abrazaderas al soplete y regulador. No se permitirá el uso de mangueras resquebrajadas o parcialmente quemadas.
7. No deben colgarse el soplete y sus mangueras de los reguladores o de las válvulas de los cilindros.
8. Los reguladores deben ser revisados en periodos no mayores de seis meses siempre y cuando el uso del equipo sea ocasional. Para usos más intensivos, esta frecuencia debe reducirse a tres meses.
9. Las mangueras deberán estar provistas con arrestallamas adyacentes al mango del soplete y válvulas de exceso de flujo a la salida de los reguladores de presión.
10. Debe asegurarse siempre que los picos de los sopletes se encuentran limpios y sin deterioros.
11. El capuchón protector de la válvula debe ser colocado y ajustado a mano en aquellos tubos que están vacíos o que sean de reposición.
12. Los tubos de gases comprimidos deben estar permanentemente amarrados (vacíos y llenos).
13. No se permitirá en el circuito de acetileno el uso de accesorios de cobre.
11. 2. Normas de seguridad para operaciones con soldadura eléctrica
1. Cuando se emplee soldadura de arco se deberá proteger a los compañeros de trabajo de la exposición cercando el lugar con pantallas.
2. Debe usarse siempre la mascara de protección facial, aun en las tareas de punteado.
3. Los transformadores de equipos de soldadura eléctrica deben ser conectados en toma corriente con descarga a tierra. No desconecte nunca el transformador cuando este bajo tensión.
4. Debe verificarse siempre el estado de los cables y la pinza porta electrodos.
11.3. Uso de Amoladoras
11. 3. 1. Amoladoras de pie
1. El apoyo de la maquina debe estar a 3mm de la piedra, quedando a la altura del centro de la piedra.
2. No debe utilizarse la cara lateral de la piedra como superficie de trabajo.
3. Deben evitarse los recalentamientos de la pieza y la piedra.
4. No debe presionarse exageradamente la pieza sobre la piedra.
5. La protección visual es de uso obligatorio.
6. Debe haber iluminación localizada sobre la zona de trabajo.
7. La protección de la piedra debe permanecer puesta en todo momento.
8. No deben utilizarse guantes o trapos para sujetar las piezas a trabajar.
9. Verifique el balanceo y estado de la piedra.
11.3.2. Amoladoras portátiles
1. Debe contar en todo momento con el protector de la piedra.
2. Debe verificarse el estado del cable de alimentación eléctrico y la correspondiente ficha.
3. Debe verificarse la forma de colocación de la piedra.
4. Debe verificarse si existen trepidaciones en la puesta en marcha de la maquina.
5. No debe golpearse la piedra al colocarla. Si se cae y golpea, deberá ser reemplazada.
6. Al apoyar la maquina, nunca deberá quedar del lado de la piedra a fin de evitar accidentes por un accionamiento casual.
7. Nunca se deberá cambiar la piedra con la maquina conectada.
8. La protección visual es de uso obligatorio.
9. Verifique el balanceo y estado del disco.
12. Cilindros a Presión
12.1. Deben ser siempre almacenados en lugares ventilados, frescos, a la sombra y sujetados con cadenas o soportes.
12.2. Los cilindros que no sean usados (llenos o vacíos) siempre deben contar con el capuchón de protección de la válvula.
12.3. Antes de levantar un tubo que se encuentre en posición horizontal, deberá verificarse que el capuchón esta perfectamente roscado a fin de evitar la caída durante su movimiento.
12.4. Los cilindros de acetileno y gases licuados nunca se deben poner en posición horizontal.
12.5. Al transportarlo como al moverlo deberán evitarse todo tipo de golpes. Esta prohibido arrojarlos desde la caja de un transporte o cualquier desnivel que se quiera sobrepasar.
12.6. Habrá que evitar que estén apoyados sobre pisos que se encuentren mojados, ya que al estar construidos en acero son susceptibles a la corrosión.
12.7. Si al intentar abrir una válvula se encuentran impedimentos, no deberán utilizarse llaves y menos aun martillos, ya que podrían producir el desprendimiento de la válvula.
12.8. Nunca se intentará reparar una válvula de seguridad.
12.9. Si se detecta una pérdida en un cilindro, no se lo utilizará y se dará aviso de inmediato al Representante de la EMPRESA.
12.10. Cuando se utilicen cilindros de oxigeno hay que evitar la proximidad de grasas o aceites debido a que su oxidación violenta puede producir focos de incendio. Xxxx tomarse en cuenta que esto es extensivo a la suciedad que se puede tener en la mano o en el guante que se tiene puesto.
12.11. Para retirar un regulador de un tubo, primero se debe cerrar la válvula, luego evacuar el contenido de la línea (xxxx o manguera), aflojar la mariposa del regulador y finalmente retirar el regulador.
12.12. Para colocar un regulador, debe abrirse lentamente la válvula del cilindro con el regulador totalmente cerrado y posteriormente debe abrirse el regulador hasta la presión deseada.
13. Orden y Limpieza
13.1. El área de trabajo deberá mantenerse limpia y libre de todo desecho, escombro, basura o desperdicio.
13.2. Mantenga el orden en todo momento prestando atención en mantener despejados los accesos y calles, retirar residuos, eliminar riesgos por caídas y almacenar adecuadamente los materiales y equipos.
13.3. Arroje la basura y los desperdicios dentro de contenedores apropiados. Nunca lo haga sobre el suelo.
13.4. Deposite los trapos o estopas impregnados en aceite en los recipientes destinados para ese uso.
13.5. Mantenga ordenadas las herramientas en los lugares destinados para ellas.
13.6. No utilice aire comprimido para la limpieza de ropas de trabajo o equipos.
13.7. No utilice productos inflamables para realizar tareas de limpieza.
13.8. Limpie rápidamente cualquier pérdida o derrame de productos. Señalice y coloque vallas para evitar que otras personas puedan resultar lesionadas. Tome las precauciones del caso si la sustancia derramada es tóxica o nociva para la salud.
13.9. Guarde sus ropas y otros materiales en los lugares provistos a tal efecto.
00.00.Xx cuelgue toallas, trapos u otros objetos sobre estufas, calderas o generadores de calor.
00.00.Xx coloque cartones u otros materiales como accesorios de los equipos.
13.12. Está prohibido depositar materiales dentro o encima de tableros eléctricos y obstruir su acceso.
14. Higiene Personal
14.1. Por razones de higiene personal y de nuestros productos, está prohibido introducir alimentos, bebidas y recipientes xx xxxxxx al interior de las instalaciones. No se deben guardar alimentos o bebidas en los casilleros del vestuario.
14.2. Diariamente deberá presentarse a trabajar con su uniforme completo y limpio, sus zapatos de seguridad y el pelo/barba corto o recogido y aseado. Recordar que se debe usar cofia/barbijo en los lugares que así se indique.
14.3. Deberá observar todas las normas de higiene necesarias en el uso de los servicios sanitarios, duchas, vestuarios, comedor, etc..
14.4. Use agua y jabón para su aseo personal. No utilice solventes o detergentes, puede dañar su piel.
14.5. Cuando sus manos estén sucias de aceite, grasa, o productos químicos, lávelas bien, especialmente antes de comer, manipular alimentos, materias primas o productos. La higiene personal es importante, pues los productos que elaboramos podrían contaminarse o dañar nuestra salud.
14.6. El personal de la EMPRESA hará uso exclusivamente de las instalaciones (sanitarios, vestuarios, comedores, etc.) que le indique el Representante de CONICET SF.
14.7. No está permitido en el ámbito de todas las instalaciones la preparación de comidas, como así también contar con anafes, calentadores, cocinas, parrillas, etc.
15. Circulación
15.1. Transite por las sendas peatonales, pasillos y puertas de acceso autorizados. No circule saltando cintas, cables o cañerías.
15.2. Evite pasar por los portones usados para la entrada/salida de vehículos, utilice los accesos para el personal.
15.3. Use los pasamanos de las escaleras, rampas en todo momento.
15.4. Camine, no corra.
15.5. Estacione los vehículos en los lugares designados. Evite estacionar sobre áreas de tránsito peatonal o vehicular, frente a equipos de extinción de incendios, medios de egreso y tableros eléctricos.
15.6. Cargue y descargue en los sectores habilitados.
15.7. No se suba, cuelgue o salte sobre máquinas, equipos o materiales.
15.8. No se ubique debajo de cargas suspendidas o debajo de lugares donde se realicen trabajos de altura.
15.9. No viaje como pasajero ni transporte personas en vehículos industriales.
15.10. No utilice autoelevadores o máquinas no expresamente diseñadas y autorizadas por el fabricante para tal fin.
15.11. No circule con un vehículo a una velocidad mayor a 30 Km/h dentro del establecimiento.
16. Comunicación de Accidentes/Incidentes
Notifique inmediatamente a su superior cuando sufra algún accidente o incidente durante la jornada de trabajo.
16.1. El Representante de la EMPRESA es responsable de comunicar dicha circunstancia al Representante de CONICET SF; inmediatamente después de prestar la debida atención al accidentado y de haber tomado las medidas correctivas iniciales.
16.2. El Representante de la EMPRESA es responsable por conducir la investigación para determinar las causas que provocaron el accidente/incidente.
17. Medio Ambiente
17.1. Informe cualquier derrame o pérdida de producto.
17.2. No arroje papeles o desperdicios en lugares no habilitados para tal fin.
17.3. Denuncie todo accidente o incidente ambiental.
17.4. Siga los procedimientos adecuados para la limpieza y recolección/manipulación, almacenamiento y disposición de residuos.
17.5. Los residuos propios de la actividad de la EMPRESA, generados en la actividad diaria, serán contenidos en ambientes o lugares aislados de la actividad productiva, de manera de evitar cualquier contaminación, con contenciones adecuadas y cubiertos.
17.6. Cuando su acumulación lo aconseje, serán removidos al exterior de las instalaciones..
17.7. Dentro de las instalaciones, los residuos serán transportados en recipientes o contenedores cerrados adecuados a su propósito, volumen y peso. Se evitará el ensuciar y/o contaminar áreas productivas.
17.8. La EMPRESA dispondrá de los residuos que genere en contenedores, o mediante los procedimientos que el Representante de CONICET SF le indique.
17.9. CONICET SF proveerá la disposición final de los residuos comunes generados. La disposición de los residuos especiales correrá por cuenta de la EMPRESA.
00.00.Xx EMPRESA deberá retirar de las instalaciones los eventuales residuos especiales generados en virtud de la prestación de sus servicios o realización de sus actividades, entregando copias de los manifiestos de transporte y disposición final de los residuos especiales que retire de las instalaciones al Representante de CONICET SF, dentro de los cinco (5) días de recibidos dichos manifiestos.
17.11.Xxxxxxxxx duda en la disposición o alojamiento de residuos, deberá consultarse al Representante de CONICET SF. La clasificación de residuos entre comunes y especiales será realizada por el Representante de CONICET SF. Ningún tipo de residuo líquido o gaseoso generado por la EMPRESA podrá ser mezclado con los propios de CONICET SF, sin la autorización del Representante de CONICET SF.
18. Acciones en caso de Emergencia
18.1. Una situación de emergencia estará representada por:
- Principio de incendio y/o explosión.
- Accidente con consecuencias graves.
- Derrame o escape de productos químicos que puedan afectar al personal, las instalaciones y/o al Medio Ambiente.
18.2. Cada vez que registre una emergencia en las instalaciones, dé aviso en forma inmediata a su superior inmediato y llame inmediatamente al teléfono de Vigilancia y/o Portería de CONICET SF.
18.3. Una vez efectuado el aviso de emergencia, el personal de la EMPRESA permanecerá en su lugar de trabajo a la espera de las indicaciones que pudiera brindarles el Representante de CONICET SF u otra persona autorizada.
18.4. Si la emergencia requiere la evacuación, el personal de la EMPRESA desalojará el área de trabajo ordenadamente, siguiendo las instrucciones del guía de sector que concurra a ordenarlos y dirigirlos a un lugar seguro fuera de las instalaciones.
18.5. El representante de la EMPRESA deberá controlar la presencia de todo su personal y denunciar la falta de alguna persona al Coordinador de la Emergencia.
19. Primeros Auxilios
19.1. En caso de emergencia/accidente, dé aviso en forma inmediata a su superior inmediato y a servicio médico/vigilancia.
19.2. Siga fielmente las instrucciones dadas por el personal del Servicio Médico.
19.3. Si no se dispone de medios adecuados (camilla, etc.) no intente mover a un lesionado con múltiples traumatismos.
19.4. Nunca intente remover un objeto extraño del personal lesionado por sus propios medios. Esto debe ser realizado por personal debidamente capacitado del Servicio Médico (a determinar).
20. Trabajo en Caliente
Se denomina trabajo en caliente a aquellas operaciones de soldadura, corte y amolado que generan fuentes de calor (chispas o llamas abiertas). Estas operaciones son peligrosas debido a que usan y liberan llamas abiertas, chispas, metales fundidos y arcos eléctricos que arden a temperaturas promedio entre 2000 ºC y 2500 ºC, estos elementos incandescentes generan Riesgos de incendios en presencia de materiales combustibles; Riesgos de explosión en presencia de atmósferas con polvos, gases y/o vapores de sustancias combustibles y/o inflamables
Auditorías.
CONICET SF se reserva el derecho de realizar, por sí o a través de terceros calificados, auditorías periódicas sobre el cumplimiento por parte de las EMPRESAS y su personal de los requisitos enumerados en las presentes Normas de Higiene y Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente, debiendo notificar a la EMPRESA en forma fehaciente con un plazo mínimo de anticipación de cuarenta y ocho (48) horas a la fecha en que se desee realizar la auditoría.
Incumplimiento.
El incumplimiento de los términos de las presentes Condiciones Generales Mínimas de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente por parte de la EMPRESA o de su personal, facultará a CONICET SF a:
a) aplicar a la EMPRESA una multa a determinar por el Representante de CONICET SF según la gravedad del incumplimiento. Dicha multa no podrá ser nunca inferior a Pesos ($ ) ni superior a Pesos ($ ), y/o
b) Suspender el ingreso de la EMPRESA a las instalaciones por un plazo a determinar por el Representante de CONICET SF según la gravedad del incumplimiento, o
c) Rescindir el contrato que vincule a CONICET SF y a la EMPRESA, siempre que el incumplimiento por parte de la EMPRESA sea considerado muy grave por el Representante de CONICET SF.
En todos los casos, CONICET SF podrá reclamar a la EMPRESA los daños y perjuicios que le ocasione dicho incumplimiento, incluyendo el daño moral y de imagen de CONICET SF así como los gastos -sin limitarse- de honorarios profesionales por asesoramiento y patrocinio legal.
REQUISITOS A CUMPLIMENTAR EN MATERIA DE SALUD OCUPACIONAL PARA EMPRESAS CONTRATADAS O SUBCONTRATADAS POR EL CCT CONICET SANTA FE.
ARTICULO 1º.- Constitúyase para el CCT CONICET Santa Fe el Reglamento de requisitos a cumplimentar en materia de Salud Ocupacional para empresas contratadas o subcontratadas por este,
para desempeñarse en cualquiera de sus dependencias, independientemente de sus fines y/o actividades.
CAPITULO I
OBJETIVOS - AMBITO DE APLICACIÓN.
ARTÍCULO 2º.- OBJETIVO. El presente reglamento busca efectuar la regulación y verificación del cumplimiento de la Ley 19.587, Ley 24.557 y sus Resoluciones y Decretos reglamentarios en lo referente a Salud Ocupacional, y de esta manera, evitar o minimizar las contingencias legales que pudieran producirse en las empresas contratadas o subcontratadas, y que potencial y solidariamente pudieran afectar al CCT CONICET Santa Fe.
ARTÍCULO 3º.- AMBITO DE APLICACIÓN. Los requisitos establecidos por el presente reglamento serán de carácter obligatorio para todas las empresas contratadas o subcontratadas que presten servicios a cualquiera de las dependencias del CCT CONICET Santa Fe, independientemente de su actividad y/o fin.
CAPITULO II
OBLIGACIONES Y SANCIONES
ARTÍCULO 4º.- OBLIGACIONES. Las empresas contratadas o subcontratadas deberán cumplimentar en forma obligatoria y sin excepciones las siguientes disposiciones en materia de Salud Ocupacional a saber:
1. Los empleados/as contratados/as por las empresas contratistas o subcontratistas deberán presentar Examen Preocupacional de acuerdo a lo establecido por la Ley 24.557, Resolución SRT 37/10 y Resolución SRT 432/99.
a. Los contenidos mínimos y complementarios de los exámenes preocupacionales serán sin excepción aquellos detallados en el Anexo I y II de la Resolución SRT 37/10.
b. Los mismos deberán estar Visados y Homologados en los centros habilitados por la S.R.T. para tal fín sin excepción.
c. Una Copia de los mismos deberán ser presentados previo al ingreso laboral al Servicio de Salud Ocupacional, Higiene y Seguridad en el Trabajo. Estos serán análizados, visados y posteriormente archivados. Se aceptará en también, y para no retrasar el ingreso de los trabajadores, el listado de exámenes preocupacionales presentado al Organismo de Homologación y Visado y firmado por este. Luego, una vez entregado a la empresa contratada o subcontratada los exámenes preocupacionales debidamente visados, esta deberá presentar las copias correspondientes conforme a lo mencionado con anterioridad.
d. Una vez cumplimentado los contenidos y visado y homologado en el organismo correspondiente, el Servicio de Salud Ocupacional, Higiene y Seguridad en el Trabajo autorizará el ingreso del personal afectado a la empresa contratada o subcontratada.
e. Así mismo, dicho servicio se reserva el derecho de realizar sugerencias respecto de los mismos, ampliaciones de los contenidos de acuerdo a los resultados de los mismos y de la terea a realizar; incluso, al rechazo del postulante siempre con fines preventivos y protectores para el CCT CONICET Santa Fe.
f. En el caso de que la actividad de dichas empresas se extiendan más allá del año calendario, deberán estas solicitar a la A.R.T. contratada la realización de los exámenes periódicos correspondientes de acuerdo a la Ley 24.557 y Resolución SRT 37/10. La empresa contratada o
subcontratada deberá presentar al Servicio de salud Ocupacional del CCT CONICET Santa Fe una copia de los resultados de los exámenes realizados, la cual será archivada en el Legajo de la misma.
2. Los empleados/as contratados/as deberán presentar Seguro de Vida Obligatorio y de Riesgo de Trabajo. A tal fin deberá acreditar mensualmente al Servicio de Salud Ocupacional, Higiene y Seguridad en el Trabajo los comprobantes respectivos.
3. La empresa contratada o subcontratada se obligará a contar con Botiquín de Primeros Auxilios que deberá contener como mínimo lo siguiente: Gasas (2 unidades), Algodón, Cinta adhesiva (2 unidades), Venda Cambrige Nº 10 (2 unidades), Alcohol, Agua Oxigenada, Iodo Pavidona, Solución Fisiológica, Apósitos (2 unidades), Gasas Furasinada (2 unidades), Tijera, guantes (2 unidades), y otros específicos de acuerdo a riesgos.
4. Deberá contar con fuente de Agua potable apta para consumo humano.
5. Deberá contar con Baños Químicos en número acorde a la cantidad de agentes empleados conforme a lo establecido por la Ley 19587 y sus decretos reglamentarios.
6. Deberá presentar previo al inicio de la actividad, un Protocolo de actuación ante Accidentes de Trabajo que garantice y agilice la atención de la/s víctima/s, preservando la vida, disminuyendo complicaciones, y asegurando la derivación de los mismos a los centros de atención de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo previamente establecidos.
7. Deberá contar con un Servicio de Área Protegida que brinde atención de urgencia en el lugar del siniestro, así como también, el traslado de la/s víctimas a los centros asistenciales previamente estipulados por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
8. Se Obligará a informar mensualmente al Servicio de Salud Ocupacional, Higiene y Seguridad en el Trabajo del CCT CONICET Santa Fe, respecto de los accidentes de trabajo ocurridos al personal bajo su responsabilidad.
Para ello presentará las copias de los formularios de Denuncia de Accidente de Trabajo enviado a la Aseguradora para su atención, y luego, las copias de las Altas Médicas expedidas por esta.
El Servicio de Salud Ocupacional, Higiene y Seguridad en el Trabajo se reserva el derecho de realizar auditoría médica en el caso de accidentes de trabajo que deriven en incapacidad laboral, y realizar las sugerencias que considere necesarias.
9. Deberá realizar previo a la baja laboral, los Exámenes Postocupacionales, que deberán contener como mínimo los mismos contenidos que para los exámenes preocupacionales.
Una copia de los mismos deberá ser presentada al Servicio de Salud Ocupacional, Higiene y Seguridad en el Trabajo para su visación y archivo.
Así mismo, dicho servicio se reserva el derecho de realizar auditorías médicas, siempre con fines preventivos y protectores para el CCT CONICET Santa Fe.
10. Se Obligará a informar los casos de reclamos médico legales ocurridos desde el inicio de la actividad y hasta los dos años de terminada la misma.
ARTICULO 5º.- El Servicio de Salud Ocupacional, Higiene y Seguridad en el Trabajo del CCT CONICET Santa Fe velará por el cumplimiento de lo dispuesto, debiendo informar al director del CCT CONICET Santa Fe los incumplimientos en el que incurriere la empresa contratada o subcontratada. Así, El Servicio de Salud Ocupacional, Higiene y Seguridad en el Trabajo se reserva el derecho y obligación de no habilitar al ingreso a aquellos trabajadores que no cumplimenten lo establecido en el artículo 4º y que constituyen un incumplimiento de la ley 24557 y su Resolución SRT 37/10 y 432/99.
ARTÍCULO 6º.- El CCT CONICET Santa Fe a través de su autoridad máxima establecerá la sanción que considere necesaria, de acuerdo a contrato.
CAPÍTULO III DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 8º.- La autoridad que apruebe, observe y controle el desarrollo, implementación, funcionamiento y cumplimiento del presente Reglamento será el Director del CONICET Santa Fe.
Dejo constancia de haber recibido las Normas de Higiene y Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente destinadas a EMPRESAS a desarrollarse dentro de las instalaciones/predio de CONICET SF, así como a su personal dependiente, y asumo la responsabilidad por el cumplimiento de las instrucciones señaladas en el mismo.
Fecha: ................
Razón Social: ............................
Nº C.U.I.T.: ...............................
Firma Representante Legal: ............................
Aclaración: .....................................................
D.N.I.: ................................
Dejo constancia de haber recibido las Normas de Higiene y Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente destinadas a EMPRESAS a desarrollarse dentro de las instalaciones/predio de CONICET SF,
así como a su personal dependiente, y asumo la responsabilidad por el cumplimiento de las instrucciones señaladas en el mismo.
Fecha: ........................
Razón Social de la EMPRESA a que pertenece el trabajador: ............................
Nº C.U.I.T.: ...................................
Apellido y Nombres del trabajador: ……………………….
Firma del trabajador: …………………………
CUIL del trabajador: ………………….
NOTA: TODA PERSONA QUE REALICE TRAREAS DE CUALQUIER INDOLE EN INSTALACIONES DEL CONICET SF. DEBERA FIRMAR UN EJEMPLAR DE LA PRESENTE CONSTANCIA