CONVOCATORIA
CONVOCATORIA
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS
IA-006HKA999-E56-2022
“Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo con Refacciones a Diversos Equipos de Aire Acondicionado y Aire de Precisión para el INDEP y sus Encargos”
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 Fracción II; 26 bis Fracción II; 28 Fracción I, 42, 43 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como los artículos 1º y 8º de la Ley Federal de Austeridad Republicana, se invita a las personas físicas y/x xxxxxxx de nacionalidad mexicana, que no se encuentren en los supuestos de los Artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para participar en la Invitación a cuando menos Tres Personas citada al rubro, de conformidad con las siguientes:
BASES
1. Datos generales o de identificación de la Invitación a cuando menos Tres Personas.
1.1. El Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, a través de la Dirección Ejecutiva de Recursos Materiales, con domicilio en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx xxxxxx 0000, xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, demarcación territorial Xxxxxx Xxxxxxx, código postal 01020, Ciudad de México, onceavo piso, llevará a cabo la Invitación a cuando menos Tres Personas Electrónica de carácter Nacional en términos de lo establecido en el cuerpo de la presente Convocatoria, para lo cual se cuenta con la disponibilidad presupuestaria correspondiente.
El servicio abarcará un ejercicio presupuestal, conforme a la vigencia establecida en el modelo del
“Contrato”.
Las “Proposiciones” deberán presentarse en idioma español; no se recibirán “Proposiciones” de
manera presencial o enviadas a través del servicio postal o de mensajería.
1.2. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES: a efecto de dar cumplimiento al protocolo citado, se informa lo siguiente:
Los servidores públicos en el contacto con particulares observarán el Protocolo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 xx xxxxxx de 2015 y modificado el 28 de febrero de 2017, y que puede ser consultado en la página de internet de la Secretaría de la Función Pública, que se encuentra en el portal de la Ventanilla Única Nacional (xxx.xx), a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx
Los “Licitantes” tienen el derecho de presentar queja o denuncia, ante el Órgano Interno de Control en el “INDEP”, por el incumplimiento de obligaciones que adviertan en el contacto con los servidores públicos.
En cumplimiento al acuerdo ya mencionado, se informa que, durante el presente procedimiento, los “Licitantes” no podrán apersonarse y no se recibirán llamadas o se permitirá el acceso, durante el periodo comprendido entre la publicación de la Convocatoria y la notificación del fallo, por lo que cualquier comunicación deberá ser a través del sistema “CompraNet”, en el apartado mensajes unidad compradora/Participantes.
1.3. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS PARA EFECTOS DE LA PRESENTE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS Y CONTRATACIÓN.
• Área Contratante: Dirección Ejecutiva de Recursos Materiales
• Área Requirente y/o Área Técnica: Administración Titular de Servicios e Infraestructura
• CompraNet: Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos y servicios.
• Contrato: Acuerdo de voluntades para crear o transferir derechos y obligaciones, y a través del cual se formalizará la prestación de los servicios.
• DERM: Dirección Ejecutiva de Recursos Materiales.
• Encargos: Los actos de administración, destrucción o enajenación encomendados al “INDEP”, entre otros, los mandatos y liquidaciones.
• IMSS: Instituto Mexicano del Seguro Social.
• “INDEP”: Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado.
• INFONAVIT: Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
• ITP: Invitación a cuando menos Tres Personas
• LAASSP: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
• LFAEBSP: Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público.
• Licitante: Persona física o moral que participe en el proceso de contratación
• Reglamento: Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
• RLFAEBSP: Reglamento de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público.
• Participante: Persona que ha sido invitada a participar en este procedimiento.
• OIC: Órgano Interno de Control en el “INDEP”.
• Proposición: Propuestas, que presenta el "Participante" para participar en la presente Invitación a cuando menos Tres Personas.
• Propuesta: Propuesta técnica o económica.
• Proveedor: La persona que celebre contratos de adquisiciones, arrendamientos o servicios.
• Representante: Representante legal del "Participante".
• SAT: Servicio de Administración Tributaria.
1.4. Normativa aplicable.
• Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
• Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
• Demás disposiciones vigentes aplicables en la materia.
1.5. Ubicación del “INDEP” y áreas involucradas.
• Inmueble del “INDEP”: Xxxxxxxxxxx Xxx xxxxxx 0000, xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Demarcación territorial Xxxxxx Xxxxxxx, código postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
• “OIC”: Inmueble del “INDEP”, piso 2 y 3.
• “DERM”: Inmueble del “XXXXX”, xxxx 00.
• “Área Requirente” y/o “Área Técnica”: piso 1 del inmueble del “INDEP”.
• Administración Titular de Adquisiciones: Inmueble del “XXXXX”, xxxx 00.
• Administración Titular de Recursos Materiales y Contratos, piso 11
2. Objeto, alcance y calidad de los servicios a contratar en la Invitación a cuando menos Tres Personas.
2.1. Descripción general.
PARTIDA | DESCRIPCIÓN GENERAL |
1 | Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo con Refacciones a Diversos Equipos de Aire Acondicionado y Aire de Precisión para el INDEP y sus Encargos |
2.2. El objeto y alcance de los servicios, así como la información respecto a la descripción completa; la indicación si serán cantidades previamente determinadas, si el “Contrato” será abierto o cerrado; si la totalidad de los servicios de esta partida y sus subpartidas serán objeto del “Contrato” que se adjudique a un solo “Licitante”, o si se hará mediante el procedimiento de abastecimiento simultáneo; y el modelo de “Contrato” se encuentran contenidos en el Anexo 1.
3. Forma y términos que regirán los diversos actos del procedimiento de Invitación a cuando menos Tres Personas.
3.1. Programa de actos y actividades:
Acto o actividad | Lugar | Fecha | Hora | |
• | Publicación en portal de compras gubernamentales CompraNet | “CompraNet” | 25 xx xxxxx de 2022 | 17:00 hrs |
• | Junta de aclaraciones | No se realizará Junta de Aclaraciones | ||
• | Presentación y apertura de “Proposiciones” | “CompraNet” | 29 xx xxxxx de 2022 | 10:00 hrs |
• | Fallo | “CompraNet” | 30 xx xxxxx de 2022 | 14:00 hrs |
• | Entrega de documentación para elaboración de “Contrato”. | DERM | Dentro de los dos días hábiles siguientes de emitido el fallo | 9:00 a 14:00 (Días hábiles). |
• | Firma de “Contrato” | DERM | Dentro de los 15 días naturales siguientes al acto de fallo. | 9:00 a 14:00 (Días hábiles). |
3.2. Las actas de presentación y apertura de “Proposiciones” y fallo, serán firmadas por los servidores públicos que designe la convocante.
3.3. Se fijará un ejemplar de las actas de presentación y apertura de “Proposiciones”, y en la que se dé a conocer el fallo, en el pizarrón de informes, ubicado en planta baja del inmueble del “INDEP”, por un término no menor de cinco días hábiles. Así mismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en “CompraNet”, para efectos de su notificación a los “Licitantes”. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.
3.4. El uso de medios remotos de comunicación electrónica se regirá por las disposiciones establecidas en la “LAASSP” y su “Reglamento”, así como por los lineamientos emitidos por la Secretaría de la Función Pública. Por lo que los “Licitantes” aceptan que se tendrán por notificados del fallo y de las actas que se levanten, cuando estos se encuentren a su disposición a través de “CompraNet”.
3.5. Los “Licitantes” reconocen como propia y auténtica, la información que por medios remotos de comunicación electrónica envíen a través de “CompraNet”, y que, a su vez, se distinga por el medio de identificación electrónica que les certifique la Secretaría de la Función Pública. En dicha información quedarán comprendidas las propuestas técnica y económica; la documentación distinta a éstas, y las manifestaciones bajo protesta de decir verdad requeridas por el “INDEP”.
3.6. En su caso, los “Licitantes” deberán indicar por escrito la documentación correspondiente a sus “Proposiciones”, que de conformidad con los artículos 116 y 120 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como los artículos 113 y 117 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tenga el carácter de confidencial, reservada o comercial reservada, lo cual deberán indicar en cada documento. No tendrán este carácter los documentos que conforme a la “LAASSP” se tengan que difundir por algún medio, durante o después de concluido el presente procedimiento.
3.7. En caso de violaciones en materia de derechos inherentes a la propiedad intelectual, la responsabilidad estará a cargo del “Licitante” o “Proveedor”. Salvo que exista impedimento, la estipulación de que los derechos inherentes a la propiedad intelectual, que se deriven de los servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones contratados, invariablemente se constituirán a favor del “INDEP”, en términos de las disposiciones legales aplicables.
3.8. Las condiciones contenidas en la presente Convocatoria y en las “Proposiciones” de los “Licitantes”, no podrán ser negociadas.
3.9. JUNTA DE ACLARACIONES
El presente procedimiento no realizará junta de aclaraciones. Para cualquier comentario respecto a las bases los participantes podrán enviarlas por medio del portal “CompraNet” o por correo electrónico a la dirección xxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx o xxx00000@xxxxx.xxx.xx antes de la celebración de la recepción y apertura de propuestas.
3.10. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE “PROPOSICIONES”.
Acreditación de personalidad del “Licitante”: Con el objeto de acreditar su personalidad, los “Licitantes” o sus “Representantes” podrán exhibir un escrito escaneado en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada.
Opciones de propuestas: Los “Licitantes” sólo podrán presentar una “Proposición”.
Tipo de Adjudicación: Los “Licitantes” deberán cotizar la totalidad de la partida y subpartidas que forman parte del Anexo Técnico (Anexo 1). La adjudicación se dará al “Licitante” que oferte el precio más bajo en todas las subpartidas y cumpla con los requisitos plasmados en las presentes bases.
Vigencia de “Proposiciones”: Una vez recibidas las “Proposiciones” en la fecha, hora y lugar establecidos, éstas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de Invitación a cuando menos Tres Personas hasta su conclusión.
3.10.1. Forma de presentación de “Proposiciones”:
a) Los “Licitantes” únicamente podrán entregar su proposición a través de “CompraNet”, en un sobre electrónico cerrado conforme a los parámetros establecidos en el sistema “CompraNet”.
b) El sobre electrónico, contendrá la documentación distinta a la que conforma su “Proposición”, así como su propuesta técnica y económica, mismas que deberán estar en idioma español, moneda nacional y firmadas electrónicamente por la persona facultada para ello.
c) Durante la recepción de “Proposiciones” estas serán impresas, realizándose la revisión cuantitativa y de ser el caso, se informará sobre las que hubieren omitido la presentación de alguno de los documentos o requisitos solicitados, asentándose en el acta correspondiente los importes cotizados y el total de la “Proposición” de cada “Licitante”.
d) En sustitución de la firma autógrafa, se emplearán los medios de identificación electrónica establecidos por la Secretaría de la Función Pública.
e) Los “Licitantes” admitirán que se tendrán por no presentadas las Proposiciones y en su caso, la demás documentación requerida por el “INDEP”, cuando el archivo electrónico en el que se contenga las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena al “INDEP”.
f) En caso de presentarse alguna interrupción en el proceso electrónico, la Secretaría de la Función Pública podrá verificar en cualquier momento que, durante el lapso de interrupción, no se haya suscitado alguna modificación a las “Proposiciones” que obren en poder de la convocante.
g) Cuando por causas ajenas a “CompraNet” o la unidad compradora, no sea posible iniciar o continuar con el acto de presentación y apertura de proposiciones, el mismo se podrá suspender de manera fundada y motivada, hasta en tanto se reestablezcan las condiciones para su inicio o reanudación; a tal efecto y en el momento en que se restablezca el sistema, el “INDEP” difundirá en “CompraNet” la fecha y hora en la que iniciará o reanudará el acto.
3.11. FALLO:
El “INDEP” emitirá un fallo, conforme lo establece el artículo 37 de la “LAASSP”.
Contra el fallo no procederá recurso alguno; sin embargo, los “Licitantes” podrán inconformarse en los términos del Título Sexto, Capítulo Primero de la “LAASSP”, ante la Dirección General de Controversias y Sanciones en contrataciones Públicas de la Secretaría de la Función Pública, y/o ante el Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el “INDEP”, la cual está facultada para conocer, tramitar y resolver las inconformidades.
3.12. FIRMA DE “CONTRATO”:
A efecto de que el “INDEP” elabore el “Contrato” correspondiente y sea suscrito en los plazos establecidos, el “Licitante” adjudicado deberá presentar en la Administración Titular de Recursos Materiales y Contratos, dentro de los dos días hábiles siguientes de emitido el fallo, además de los documentos relacionados en el numeral 7 de las presentes bases, original o copia certificada, además de copia simple para cotejo, de la documentación con la que acredite su existencia legal y las facultades de su “Representante” para suscribir el “Contrato”, misma que se indica a continuación:
a) Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional, y en su caso las modificaciones a la misma (únicamente personas xxxxxxx).
b) Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. (únicamente para personas físicas).
c) Cédula de Identificación Fiscal.
d) Comprobante de domicilio (recibo telefónico, suministro de energía eléctrica o estado de cuenta bancario), con antigüedad no mayor a tres meses.
e) En su caso, Poder Notarial en el que se acredite la personalidad y facultades del
“Representante”.
f) Fotocopia de identificación oficial con fotografía del “Licitante” o “Representante”.
• En cumplimiento del “ACUERDO por el que se incorpora como un módulo de CompraNet la aplicación denominada Formalización de Instrumentos Jurídicos y se emiten las Disposiciones de carácter general que regulan su funcionamiento”, emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 18 de septiembre de 2020, se informa al participante adjudicado que deberá de realizar la formalización de los contratos por medio de la plataforma “CompraNet”, para lo cual deberá utilizar su usuario y contraseña del sistema, acreditando su personalidad con su firma electrónica avanzada, como lo marca el artículo cuarto del referido “Acuerdo”. Para lo anterior, deberá estar en comunicación con los siguientes servidores públicos, quienes indicarán el proceso a seguir en la plataforma para la formalización del contrato con “INDEP”.
SUBPARTIDA | ÁREA | RESPONSABLE | CONTACTO |
1.1 | “INDEP” | Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx | xxxxxxx@xxxxx.xxx.xx xxx00000@xxxxx.xxx.xx |
Para tal efecto, el Participante ganador deberá de atender lo estipulado en dicho acuerdo para darse de alta en el módulo de formalización de instrumentos jurídicos, siguiendo los lineamientos que se pueden consultar en la siguiente liga: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxxx/xxxxxx-xx-xxxxxxxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxxxx- juridicos. En caso de que este módulo por razones ajenas al “INDEP”, no esté operando de forma normal y correcta, el participante adjudicado deberá atender los plazos para la formalización del contrato físico en las oficinas de la Administración Titular de Recursos Materiales y Contratos.
4. REQUISITOS
4.1. DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA “PROPOSICIÓN”: En caso de “Proposición” conjunta la documentación requerida a continuación deberá presentarse por cada integrante de la misma, debiendo presentar foliada cada una de las páginas con folios del 1 al que le corresponda según el número de páginas que integren la documentación distinta a las “Proposición”. Misma que se integra con las manifestaciones señaladas en este punto, numerales del 1.1 al 1.8. (Ejemplo: 1/10, 2/10, 3/10 etc.)
4.1.1. Acreditación de personalidad (obligatorio):
Escrito escaneado en el que su firmante manifieste bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, para lo cual deberá utilizar el formato del anexo 5, mismo que deberá contener al menos:
• Del “Licitante”: Registro Federal de Contribuyentes, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante, la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, así como el nombre de los socios.
• Del representante del “Licitante”: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas.
4.1.2.Documento escaneado por ambos lados de la identificación oficial vigente con fotografía, del “Licitante”, tratándose de personas físicas y, en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firme la “Proposición”. (Obligatorio).
4.1.3.Escrito escaneado mediante el cual el “Licitante” manifieste bajo protesta de decir verdad, ser de nacionalidad mexicana conforme al anexo 6 (Obligatorio).
4.1.4. Escrito escaneado mediante el cual el “Licitante” manifieste bajo protesta de decir verdad, que no se ubica en los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en los términos que se indican en el anexo 7 (Obligatorio).
4.1.5.Escrito escaneado con la declaración de integridad, en los términos que se indican en el anexo 8 (Obligatorio).
4.1.6.Documento escaneado expedido por autoridad competente que determine su estratificación como micro, pequeña o mediana empresa, o bien, escrito en el que indiquen la estratificación que les corresponde como Mipymes utilizando el anexo 9, de conformidad con el Acuerdo de Estratificación de las Mipymes, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009 (No obligatorio). Deberán llenar los campos conforme aplique tomando en cuenta los rangos previstos en el Acuerdo antes mencionado.
Señalar el número que resulte de la aplicación de la expresión: Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x10% + (Ventas anuales en millones de pesos) x 90%. Para tales efectos puede utilizar la calculadora MIPYME disponible en la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx
Para el concepto “Trabajadores”, utilizar el total de los trabajadores con los que cuenta la
empresa a la fecha de la emisión de la manifestación.
Para el concepto “ventas anuales”, utilizar los datos conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales, expresados en millones de pesos.
Anotar el nombre y firma del apoderado o “Representante” del “Licitante”.
4.1.7.Presentar el Acuse y Manifiesto de vínculos con servidores públicos en el que afirme o niegue dichos vínculos o relaciones de negocios, laborales profesionales, personales o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado que tengan las personas con los servidores públicos, mismo que deberá ser tramitado en la página de internet xxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx de conformidad con lo establecido en los numerales 2, 3, 4, 5 y 6 del anexo Segundo del Protocolo de Actuación en Materia de Contrataciones Públicas, Otorgamiento y Prórroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones, dicho acuse y manifiesto deberá de tener fecha dentro de los treinta días naturales anteriores a la fecha de apertura de “Proposiciones” (Obligatorio).
4.1.8. Escrito escaneado referente al artículo 49 fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas conforme al anexo 10 (Obligatorio).
4.1.9.Escrito libre en el que manifieste su aceptación de que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena al “INDEP”, en términos de lo dispuesto por el numeral 29 del “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental, denominado CompraNet” (Obligatorio).
4.1.10. Escrito en el que el participante declare bajo protesta de decir verdad que cuenta con las opiniones favorables emitidas por el Servicio de Administración Tributaria, el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, vigentes dentro de los 30 días posteriores a la fecha de emisión del fallo. Así como que acepta que de no entregar dichas opiniones de cumplimiento de obligaciones fiscales y de seguridad social, no se celebrará contrato con el “INDEP” y/o sus Encargos, y que queda de su conocimiento que se dará parte a la Secretaría de la Función Pública para lo que proceda normativamente. (Obligatorio)
4.1.11. Para efecto de corroborar la entrega de la documentación, el Participante deberá de requisitar el anexo 11 e integrarlo como parte de su propuesta. (Obligatorio)
4.2. PROPUESTA TÉCNICA: La constituye el cumplimiento de los REQUISITOS TÉCNICOS que se establecen en el Anexo 1, indicándose en cada caso su obligatoriedad. Deberán presentarse foliados del 1 al que resulte según el número de páginas que correspondan a la propuesta técnica. (Ejemplo: 1/100, 2/100, 3/100 etc.). (Obligatorio)
4.3. PROPUESTA ECONÓMICA: La constituye el cumplimiento que se establecen en el Anexo 2, siendo obligatorio su cumplimiento. Deberán presentarse foliados del 1 al que resulte según el número de páginas que correspondan a la propuesta Económica. (Ejemplo: 1/25, 2/25, 3/25 etc.). (Obligatorio)
5. CAUSALES DE DESECHAMIENTO:
a) Comprobarse que algún “Licitante” ha acordado con otro u otros elevar el costo de los servicios o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás “Licitantes”.
b) Presentar las proposiciones carentes de folios, o foliadas de tal forma que no sea posible identificar una continuidad o a que parte de la propuesta pertenecen.
c) Si durante el análisis detallado de la documentación distinta a sus “Proposiciones” clasificada como obligatoria, no presentan o no cumplen en los términos solicitados, o presenten cambios en la redacción que altere el sentido de lo establecido originalmente.
d) No cumplir, con uno o más de los requisitos técnicos clasificados como obligatorios.
e) No cumplir, con los requisitos económicos.
f) No cotizar el total de las subpartidas del Anexo Técnico (anexo 1)
g) Xxxxxxxxx su proposición sin firma electrónica.
h) Que en el sistema “CompraNet” se observe que el archivo con firma digital no es válido.
i) Que la firma electrónica, no corresponda al “Licitante”. (En caso de que la propuesta sea conjunta, la firma electrónica deberá ser del Representante común).
6. CRITERIOS ESPECÍFICOS CONFORME A LOS CUALES SE EVALUARÁN LAS “PROPOSICIONES” Y SE ADJUDICARÁ EL “CONTRATO”.
El análisis detallado de la documentación distinta a las “Proposiciones” lo realizará la Dirección Ejecutiva de Recursos Materiales, a través de la Administración Titular de Adquisiciones, durante la evaluación de “Proposiciones”, verificando que dicha documentación cumpla con lo establecido en la presente Convocatoria.
La evaluación de las propuestas técnicas recibidas será realizada por el “Área Técnica”.
La evaluación de las propuestas económicas recibidas será realizada por el “Área Técnica” y “Contratante”.
El criterio que se utilizará, para la evaluación, será por método binario. Se adjudicará a un solo “Licitante” la totalidad de las subpartidas.
La convocante podrá, durante el periodo de evaluación de las propuestas recibidas, pedir la comprobación de la autenticidad o vigencia de uno o más documentos que formen parte de las propuestas de los “Licitantes”, así como verificar con las instancias correspondientes la autenticidad y vigencia de los documentos, esto con la finalidad de dar certeza al análisis y fallo que se emitan.
• Procedimiento desierto: Se declarará desierta la Invitación a cuando menos Tres Personas, cuando:
No se reciban “Proposiciones” en el Acto de Presentación y Apertura.
La totalidad de las “Proposiciones” recibidas no reúnan los requisitos de la Convocatoria.
• Procedimiento cancelado: Se podrá cancelar la Invitación a cuando menos Tres Personas, por caso fortuito, o de fuerza mayor o cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, o que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio al “INDEP”.
7. Documentos y datos que deben presentar los “Licitantes” o en su caso el “Licitante” ganador o “Proveedor” previo a la formalización del contrato correspondiente.
• Escrito en el que manifieste su interés en participar en la Invitación a cuando menos Tres Personas indicando los datos generales del “Licitante”.
• En su caso Solicitud de aclaraciones.
• Escrito de contar con facultades para comprometerse por sí o por su representada (acreditación de personalidad).
• Dirección de correo electrónico del “Licitante” (En caso de contar con alguno).
• Copia simple de la identificación oficial vigente del “Licitante”.
• Escrito relativo a los artículos 50 y 60 de la “LAASSP”.
• Escrito relativo a la nacionalidad del “Licitante”.
• Escrito con la declaración de integridad.
• Escrito relativo al cumplimiento de las normas.
• Copia del documento o manifestación relativa a la estratificación.
• En su caso, convenio de proposición conjunta.
• Requisitos técnicos.
• Requisitos económicos.
• Acuse y manifiesto de vínculos con servidores públicos en el que afirme o niegue dichos vínculos o relaciones de negocios, laborales profesionales, personales o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado que tengan las personas con los servidores públicos, mismo que deberá ser tramitado en la página de internet xxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx de conformidad con lo establecido en los numerales 2, 3, 4, 5 y 6 del anexo Segundo del Protocolo de Actuación en Materia de Contrataciones Públicas, Otorgamiento y Prórroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones, dicho acuse y manifiesto deberá de tener fecha dentro de los treinta días naturales anteriores a la fecha de apertura de “Proposiciones”.
• Escrito referente al artículo 49 fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
• Escrito bajo protesta de decir verdad que el “Licitante” cuenta con los recursos humanos, financieros y materiales que le posibilitan cabalmente el cumplimiento del objeto del contrato y los mismos no fueron adquiridos exprofesamente para la realización del mismo, por lo que no constituyen gastos o erogación alguna no recuperable en caso de rescisión o terminación anticipada o suspensión del servicio objeto del contrato que para tal efecto se suscriba con el instituto.
• Constancia vigente expedida por el “SAT”, en el que emita opinión favorable sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, a efecto de cumplir con lo dispuesto por el artículo 32-D, del Código Fiscal de la Federación y a lo establecido en la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente del “Licitante” ganador.
• Constancia vigente expedida por el IMSS, en el que emita opinión favorable sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social, a efecto de cumplir con lo establecido en el ACUERDO ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 27 de febrero de 2015 del “Licitante” ganador.
• Constancia vigente expedida por el INFONAVIT, en el que emita opinión favorable sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, a efecto de cumplir con lo establecido en el ACUERDO del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores aprobado mediante resolución RCA-5789-01/17, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 28 xx xxxxx de 2017.
• Fotocopia y original para cotejo de los documentos con los que acredite el “Licitante” ganador su personalidad y facultades descritos en el numeral 3.12 de las presentes bases.
• Fotocopia y original para cotejo, de los documentos con los que cada integrante de la
“Proposición” conjunta ganadora acrediten su personalidad y facultades.
8. INCONFORMIDADES.
De acuerdo con lo dispuesto en artículo 66 de la LAASSP, los Participantes podrán interponer inconformidad en la Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas de la Secretaría de la Función Pública: Xxxxxxxxxxx Xxx xxxxxx 0000, xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn,
Demarcación territorial Xxxxxx Xxxxxxx, código postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, Teléfono 0000- 0000.
En el Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el “INDEP” (Oficialía de Partes). Xxxxxxxxxxx Xxx xxxxxx 0000, Xxxx 0, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Demarcación territorial Xxxxxx Xxxxxxx, código postal 00000 Xxxxxx xx Xxxxxx.
CON LA FIRMA ELECTRÓNICA DE LA “INVITACIÓN” POR PARTE DEL “PARTICIPANTE”, ACEPTA CONOCER EL CONTENIDO DE LA PRESENTE “INVITACIÓN” Y SUS ANEXOS, Y EN CASO DE RESULTAR GANADOR, SE OBLIGA A SUJETARSE A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDAS POR EL “INDEP” EN LA MISMA
PARA TODO LO NO PREVISTO EN LA PRESENTE CONVOCATORIA LE SERÁ APLICABLE LO ESTABLECIDO EN LA NORMA EN LA MATERIA.
PARA LOS EFECTOS E INTERPRETACIÓN DEL PRESENTE INSTRUMENTO, LAS PARTES SE SOMETEN EXPRESAMENTE A LA JURISDICCIÓN DE LOS TRIBUNALES FEDERALES COMPETENTES EN LA CIUDAD DE MÉXICO, RENUNCIANDO AL FUERO QUE EN RAZÓN DE SU DOMICILIO PRESENTE O FUTURO LES CORRESPONDA.
Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Galicia Encargado de Despacho de la Dirección
Ejecutiva de Recursos Materiales
Ciudad de México a 25 xx xxxxx de 2022
RELACIÓN DE ANEXOS
ANEXO 1. | ANEXO TÉCNICO |
ANEXO 1-A | MODELO DE CONTRATO |
ANEXO 2 | PROPUESTA ECONÓMICA |
ANEXO 3 | (NO APLICA PARA ESTE PROCESO) |
ANEXO 4 | (NO APLICA PARA ESTE PROCESO) |
ANEXO 5 | ACREDITACIÓN DEL PARTICIPANTE |
ANEXO 6 | ESCRITO DE NACIONALIDAD SEGÚN EL NUMERAL 4.1.3 |
ANEXO 7 | ESCRITO DE NO ENCONTRARSE BAJO LOS SUPUESTO DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LEY, SEGÚN EL NUMERAL 4.1.4 |
ANEXO 8 | ESCRITO DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD SEGÚN EL NUMERAL 4.1.5 |
ANEXO 9 | ESCRITO DE ESTRATIFICACIÓN COMO MIPYME SEGÚN EL NUMERAL 4.1.6 |
ANEXO 10 | ESCRITO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS |
ANEXO 11 | RELACIÓN DE DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR POR PARTE DE LOS PARTICIPANTES. |
ANEXO 1 ANEXO TÉCNICO
“ANEXO I” INFORMACIÓN GENERAL, REQUERIMIENTOS, CONDICIONES, CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y MODELO DE CONTRATO, A LAS QUE SE SUJETA EL PROCEDIMIENTO | |||
Partida | Descripción General | Unidad de Medida | Cantidad |
1 | Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo con Refacciones a Diversos Equipos de Aire Acondicionado y Aire de Precisión para el INDEP y sus Encargos | Servicio | 1 |
A.) INFORMACIÓN GENERAL
1
Definición de Términos: Para efectos del presente procedimiento y el “Contrato” correspondiente.
Término | Definición | |
a) | “Área Metropolitana”: | Ciudad de México y Estado de México |
b) | “CFDI”: | Comprobante Fiscal Digital por Internet. |
c) | “Los Equipos”: | Conjunto de máquinas de trabajo manuales o eléctricas descritas en el presente anexo. |
d) | “INDEP”: | Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado |
e) | “Encargos”: | Empresas otorgadas al “INDEP” en mandatos y liquidaciones. |
f) | “Servicio”: | El servicio de mantenimiento preventivo y correctivo con refacciones a diversos equipos de aire acondicionado y de precisión. |
2. Tipo de Contrato: Abierto.
3. Abastecimiento Simultáneo: No aplica.
4. Vigencia del Contrato: Del 01 xx xxxxx al 31 de diciembre de 2022.
B.) REQUERIMIENTOS: Durante la vigencia del “Contrato” el “Participante” deberá cumplir con lo siguiente:
1. OBJETIVO: El “Participante” proporcionará al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado y sus Encargos, en lo sucesivo “INDEP y sus Encargos”, el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo con refacciones a diversos equipos de aire acondicionado y de precisión, en lo sucesivo “Los Equipos”.
2. SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO.
2.1. Mantenimiento Preventivo: El servicio de mantenimiento preventivo tiene como objetivo detectar fallas en su fase inicial y corregirlas oportunamente, de forma que se mantengan los sistemas mecánico, eléctrico e hidráulico, así como de los componentes estructurales de “Los Equipos” en óptimas condiciones de funcionamiento.
El “Participante” se obliga a proporcionar el servicio de mantenimiento preventivo a “Los Equipos” descritos en el numeral B.4 conforme a lo siguiente:
a) Para el buen funcionamiento de los equipos de Aire de Precisión, señalados en el numeral 4.2 el
“Participante” proporcionará tres (3) servicios de mantenimiento preventivo, conforme a los siguientes meses:
Año | Mes |
2022 | Junio – Septiembre - Diciembre |
b) Y para los equipos de Aire Acondicionado, señalados en el numeral 4.1 el “Participante” proporcionará dos
(2) servicios de mantenimientos preventivos, conforme a los siguientes meses:
Año | Mes |
2022 | Mayo y Noviembre |
c) El “Participante” durante la realización del mantenimiento preventivo revisará las piezas que integran “Los Equipos”, y si se encuentra alguna pieza que esté dañada por uso o vida útil, se procederá a reemplazar la misma sin costo de la mano de obra, previa autorización de la Administración Titular de Servicios e Infraestructura.
d) El “Participante” realizará de lunes a sábado el mantenimiento preventivo a “Los Equipos” en un horario de 9:00 a 18:00 horas de conformidad con las fechas establecidas a continuación:
No. | Fecha de inicio | Tiempo establecido para el mantenimiento preventivo |
Equipos correspondientes al numeral 4.2 (equipos de Aire de Precisión) | ||
1er Mantenimiento Preventivo | 11 xx xxxxx de 2022 | Hasta 30 días naturales |
2do Mantenimiento Preventivo. | 10 de septiembre de 2022 | Hasta 30 días naturales. |
3er Mantenimiento Preventivo. | 10 de diciembre de 2022 | Hasta 30 días naturales. |
No. | Fecha de inicio | Tiempo establecido para el mantenimiento preventivo |
Equipos correspondientes al numeral 4.1 (equipos de Aire Acondicionado) | ||
1er Mantenimiento Preventivo. | 14 xx xxxx de 2022 | Hasta 30 días naturales. |
2do. Mantenimiento Preventivo. | 12 de noviembre de 2022 | Hasta 30 días naturales. |
La fecha señalada para iniciar con el mantenimiento preventivo a “Los Equipos”, podrá ser modificada en todo momento por el “INDEP y sus Encargos”.
Al término del mantenimiento preventivo el “Participante” contará con 5 (cinco) días hábiles para entregar el reporte del mismo, el cual deberá contener las actividades realizadas, sin lo cual no procederá el pago correspondiente.
El mantenimiento preventivo deberá incluir mano de obra, fletes, acarreos desde el acceso del o los inmuebles (s) a bodega y área de trabajo, herramienta, equipo de seguridad, andamios, escaleras, desperdicios y limpieza del área de trabajo.
3. SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO.
El servicio de mantenimiento correctivo tiene como objetivo solucionar fallas o anomalías detectadas y que requieran de una solución urgente o planificada.
3.1 El “Participante” se obliga a revisar y en su caso a realizar todas aquellas reparaciones cuando se presente cualquier falla o descompostura de “Los Equipos” que impida su operación normal.
3.2 El “Participante”, contará con 24 horas posteriores a la hora en que se presentó la falla, para atender y reparar las fallas de “Los Equipos”.
3.3 Catálogo de refacciones.
Las refacciones que se consideran dentro del mantenimiento correctivo a “Los Equipos” son las siguientes:
No. | Conceptos | Unidad |
1 | Compresor a 220/440 volts, trifásico, mod. 6rp-3500 de 50tr. Incluye: fletes, acarreos desde el acceso del edificio a bodega y área de trabajo, herramienta, equipo de seguridad, andamios, escaleras, desperdicios y limpieza del área de trabajo. | Pz. |
2 | Gas r 141-b. | Kg. |
3 | Temporizador semanario finder 1p 120. | Pz |
4 | Filtro deshidratador modelo td-48. | Pz. |
5 | Aceite acemire 200 para compresores. | Lt. |
6 | Bomba recirculadora de agua de 10 hp, de 4" a la entrada y 4" a la descarga, 3,550 rpm, 208-230/460 volts, 60hz. | Pz. |
7 | Juntas de sellado para casco de unidad tipo chiller. | Pz. |
8 | Válvula solenoide de 7/8" de unidad tipo chiller. | Pz. |
9 | Indicador de aceite tipo mirilla de 7/8" de unidad tipo chiller. | Pz. |
10 | Interruptor termomagnético de 2x250 400v. | Pz. |
11 | Interruptor de cuchillas de 3x400 amp 400v. | Pz. |
12 | Xxxxx xx xxxxxx negro sin costura de 4" de ø, incluye: bridas xx xxxxx al carbón de 8 perforaciones para ajuste perfecto. | Pz. |
13 | Válvula de alivio de 1/2 de unidad tipo chiller. | Pz. |
14 | Filtro tipo y para tubería xx xxxxxx negro de 4". | Pz. |
15 | Serpentín para condensador de capacidad de 51 a 55tr para unidad tipo chiller. | Pz. |
16 | Intercambiador de calor con capacidad para 204tr para unidad tipo chiller. | Pz. |
17 | Termopozo de 3/8". | Pz. |
18 | Válvula de expansión de 7/8 para capacidad de 35 tr. | Pz. |
19 | Rejilla tipo panal de 60x60cm. | Pz. |
20 | Actuador Honeywell para válvula de 3 vías. | Pz. |
21 | Válvula de 3 vías. | Pz. |
22 | Control electrónico marca Honeywell modelo t775m2048. | Pz. |
23 | Motor para UMAS de 5 hp, 208-230/460 volts, 60hz; así como material de montaje y ajuste por cambio de la misma. | Pz. |
24 | Banda b73 para UMAS. | Pz. |
25 | Variador de velocidad para motor de UMAS de 5 hp, 208-230/460 volts, 60hz; así como material de montaje y ajuste por cambio de la misma. | Pz. |
26 | Filtro de aire lavable de 16x25x2". | Pz. |
27 | Polea de 10" para UMA de 1 ranura. | Xx. |
Xx. | Xxxxxxxxx | Xxxxxx |
00 | Xxxxxxx tipo jaula xx xxxxxxx para UMA, marca York, modelos 180ysvw4 y 90yshw4. | Pz. |
29 | Ducto flexible para conexión entre rejilla y ducto rígido de 12”. | M. |
30 | Difusor de 4 vías con cuello de 12". | Pz. |
31 | Ductos de lámina galvanizada calibre 22 y 24 para un máximo de 68” semi perímetro. | M. |
32 | Tubo flexible de fibra xx xxxxxx del sistema de aire acondicionado de 10 y 12”. | M. |
33 | Compresor de 60,000 BTU. | Pz. |
34 | Gas refrigerante R22. | Kg |
35 | Tarjeta de mando para equipo de precisión Xxxxxxx. | Pz. |
36 | Kit de motor variable para condensadora xxxxx Xxxxxxx | Pz. |
37 | Compresor de aire acondicionado de precisión xxxxx Xxxxxxx de 5 TR. | Pz. |
38 | Contactor de arranque para moto ventiladores con auxiliar 13/15 Amp voltaje máximo 460 3f. | Pz. |
39 | Contactor de arranque para compresores con auxiliar 1/90 Amp voltaje máximo 460 3f. | Pz. |
40 | Aceites lubricantes sintéticos para compresores de refrigeración y aire acondicionado, compatibles con refrigerantes ecológicos HFC (R134a, R404a, R407c). | Lt. |
41 | Sensor de temperatura y humedad interna xxxxx Xxxxxxx. | Pz. |
42 | Kit de tubería de cobre de 7/8" y de 1 3/8" (tramo de 1 m) con conexiones varias. | Pz. |
43 | Embobinado de rodamientos. | Pz. |
44 | Rodamientos, mod. 6210-zz | Pz. |
45 | Switch de flujo, 1” Npt. | Pz. |
46 | Manómetro, Npt., de 1/8” conexión inferior | Xx. |
00 | Xxxxxxxxxx, 0/0” Xxx. | Xx. |
00 | Xxxxxxxxxx xx xxxx presión. | Pz. |
49 | Presostato de baja presión. | Pz. |
50 | Válvula check de 4" para tubería de 4" xx xxxxxx negro. | Pz. |
51 | Válvula de compuerta de 4” para tubería de 4" xx xxxxxx negro. | Pz. |
52 | Interruptor termomagnético de fuerza para ventilador de 3x30 Amp. | Pz. |
53 | Termostato digital 24 volts. | Pz. |
54 | Contactor de arranque para compresores con auxiliar 1/90 Amp., voltaje máximo 460 3F. | Pz. |
55 | Bomba mini Orange para agua de condensados. | Pz. |
56 | Contactores para arrancadores de manejadoras de aire, de 3 polos, 1 auxiliar, bobina a 220vca, 20 Amp., de capacidad. | Pz. |
Las refacciones señaladas son enunciativas, más no limitativas, por lo que en caso de que “Los Equipos” requieran el reemplazo de una refacción no contemplada, el “Participante” contará con un plazo no mayor a 24 horas, para notificar al “INDEP y sus Encargos” del reemplazo de la refacción de que se trate, adjuntando a dicha notificación el nombre de la refacción y 3 cotizaciones de la misma. En caso de que el “INDEP y sus Encargos” obtenga una cotización con menor costo, el “Participante” deberá ajustarse a la más baja.
El mantenimiento correctivo deberá incluir mano de obra, fletes, acarreos desde el acceso del edificio a bodega y área de trabajo, herramienta, equipo de seguridad, andamios, escaleras, desperdicios y limpieza del área de trabajo.
4. UBICACIÓN DE “Los Equipos”. La prestación de los servicios será en los siguientes inmuebles:
No. | Denominación del Inmueble | Dirección |
1 | Edificio Sede | Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx xxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Demarcación Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. |
2 | Europa 34 | Europa Número 34, Los Xxxxx Coyoacán, Demarcación Coyoacán, Código Postal 04330, Demarcación Coyoacán, Ciudad de México. |
3 | Tlalpan 1224 | Xxxxxxx xx Xxxxxxx xxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, Demarcación Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 0000, Xxxxxx xx Xxxxxx. |
4 | Insurgentes 2073 | Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx xxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxx Xxxxx Inn, Demarcación Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 01060, Ciudad de México. |
5 | México Coyoacán 318 | Avenida México Coyoacán número 318, Colonia Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx. |
4.1 Relación de “Los Equipos” ubicados por inmueble:
Edificio Sede.
Ref. | Equipos | Marca | Modelo | Capacidad | Cantidad | Ubicación |
1 | Unidad Generadora de Agua Helada. | York | YCAL0124C28XCA | 120TR, 220V, 60HZ | 2 | Azotea |
2 | Motobomba Recirculadora de Agua Helada. | Baldor | JMM2513T, SPEC: 37G107X956 | 208- 203/460V, 425-410/20.5 A, 1760 RPM, 15HP | 2 | Azotea |
3 | Manejadora de Aire. | York | 180YSVW4 | 9.6-9.2/4.6A, 3F, 60 HZ, 3 HP | 15 | 15 Niveles De Oficinas |
4 | Manejadora de Aire. | York | 90YSHW4 | 5.6-4.8/2.9A, 3F, 60HZ, 1.5HP | 30 | 15 Xxxxxxx Xx Xxxxxxxx |
0 | Xxxxxxxx 0 Xxxx xxx Xxxxxxxx. | Belimo | LR24-SR2.0 US | 24VAC/CD, 50760 HZ, 4VA, 2WATTS. | 45 | 15 Xxxxxxx Xx Xxxxxxxx |
0 | Xxxxxxxxx. | Xxxxxx | 00000 | 11KG/CM2 156 LBS, PULG | 90 | En 15 Niveles De Oficinas |
7 | Controlador Lógico de Encendido y Apagado de Bombas (Plc) de Recirculación de Agua Helada. | Siemens | LOGO | S/D | 2 | Azotea |
8 | Mini Chiller. | Xxxx | X0XX000X00X, SERIE: NOL5157119 | 10TR | 1 | Rampa |
(E-1) | ||||||
9 | Motobomba Recirculadora de Agua Helada. | Motor Marca Marathon | VF143TTFR5326 | ADP 208- 220/460V, 3F,60HZ, 1HP, 1730RPM | 1 | Rampa |
(E-1) | ||||||
10 | Motobomba Recirculadora de Agua Helada. | Bomba Xxxxx Xxxx & Gossetl | 60 1 1/2 X 7. | CARGA DINAMICA:52' | 1 | Rampa |
(E-1) | ||||||
11 | Unidad Fan & Xxxx. | Xxxx | XXXXX-0XX | 000X, 0X, 60HZ, 0.25HP | 6 | Auditorio |
12 | Válvulas 3 Vías con Actuador. | Belimo | LR24-SR2.0 US | 24VAC/CD, 50760 HZ, 4VA, 2WATTS. | 6 | Auditorio |
Ref. | Equipos | Marca | Modelo | Capacidad | Cantidad | Ubicación |
13 | Unidad de aire acondicionado tipo dividido. | XXXX | X0XX000X000 | 220V, 3F, 60HZ, 10TR | 1 | Azotea |
14 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | XXXX | XXX00X00X SERIE 01018- 16555 | 14.2A, 208/230V, 24000BTU/HR | 1 | Piso 16 |
15 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | XXXX | XXX00X00X SERIE 0108-16572 | 14.2A, 208/230V, 24000BTU/HR | 1 | Piso 16 |
16 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | CARRIER | 38RSC183C-C | 8.2A, 208/230V, 18000BTU/HR | 1 | Piso 16 |
17 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | XXXXXXX | XXX00-00 SERIE 3301E16846 | 12.1A, 208/230V, 24000BTU/HR | 1 | Piso 12 |
18 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | CARRIER | 38RSC1183 SERIE C-C | 8.5A, 208/230V, 18000BTU/HR | 1 | Piso 12 |
19 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | CARRIER | 38CKC024-43 SERIE N33301E16846 | 11.6A, 208/230V, 24000BTU/HR | 1 | Piso 11 |
20 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | CARRIER | 38CKCO24-143 SERIE 3301E16876 | 11.6A, 208/230V, 24000BTU/HR | 1 | Piso 11 |
21 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | CARRIER | 38CK02H-143 SERIE 9599E14153 | 8A, 208/230V, 24000BTU/HR | 1 | Piso 9 |
22 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | CARRIER | 38MC024-3 SERIE 0399N34567 | 12.6A, 220V, 24000BTU/HR | 1 | Piso 9 |
23 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | XXXX | XXX00X0000 SERIE 0108-16579 | 14.2A, 208/230V, 24000BTU- 7HR | 1 | Piso 8 |
24 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | XXXX | XXX00X0000 SERIE 0106-16588 | 14.2A, 208/230V, 24000BTU- 7HR | 1 | Piso 8 |
25 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | XXXX | XX0000X | 14A, 208/230V, 24000BTU/HR | 1 | Piso 8 |
26 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | PRIME | CMPRN362-W | 17.45A, 220 V~/1 PH/60 Hz | 1 | Piso 8 |
SERIE H2016FOD020115 | 36,000 BTU/HR | |||||
27 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | CARRIER | 38RSC123C-C SERIE 0211461123 | 12.1A, 208/230V, 24000 BTU/HR | 1 | Piso 7 |
28 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | CARRIER | 38RSC123C-C SERIE 3181MC1531 | 5.9A, 208/230V, 18000BTU/HR | 1 | Piso 7 |
29 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | MITSUBISHI | SERIE 8001733T | 16.1A, 208/230V 24000 BTU- 7HR | 1 | Piso 6 |
30 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | CARRIER | CK124-1F SERIE 0212461089 | 12.1A, 208/230V, 24000BTU/HR | 1 | Piso 5 |
31 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | CARRIER | CK124-1F SERIE 021146C092 | 12.3A, 208/230V, 24000BTU/HR | 1 | Piso 3 |
Ref. | Equipos | Marca | Modelo | Capacidad | Cantidad | Ubicación |
32 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | CARRIER | CK36-1A SERIE 9807483475 | 17.3A, 208/230V, 24000BTU/HR | 1 | Pb (Oficialía De Partes) |
33 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | CARRIER | 38RSC243C-C | 11.3A, 208/230V, 24000BTU/HR | 1 | Pb (Caja) |
34 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | CARRIER | 38RSC/83C-C | 8.5A, 208/230V, 18000BTU/HR | 1 | Pb (Mantto) |
35 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | YORK | S/M | 216V, 14.1A, 24000BTU/HR | 1 | Sótano (Bunker) |
36 | Extractor. | SIN DATOS | RG26 | 3HP, 3.9/3.8A, 230/460V | 1 | Sótano |
37 | Extractor. | AIR EQUIPOS, S.A. | SIN DATOS | 3HP, 9.4/4.7A, 220/440V. | 1 | Rampa |
(E-1) | ||||||
38 | Extractor. | XXXXXXXXX | BSQ-70-4, SERIE: 05K05019 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | 1 | Piso 16 |
39 | Extractor. | XXXXXXXXX | BSQ-90-4, SERIE 05K05024 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | 1 | Piso 15 |
40 | Extractor. | XXXXX & PALAU | TD 1300 | 115/127V. | 1 | Piso 14 |
41 | Extractor. | XXXXXXXXX | BSQ-90-4, SERIE 05K05020 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | 1 | Piso 14 |
42 | Extractor. | XXXXXXXXX | BSQ-100-4, SERIE 05K04981 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | 1 | Piso 12 |
43 | Extractor. | XXXXXXXXX | BSQ-60-4, SERIE 05K05017 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | 1 | Piso 11 |
44 | Extractor. | XXXXXXXXX | BAQ-80-4, SERIE 05K05013 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | 1 | Piso 10 |
45 | Extractor. | XXXXXXXXX | BSQ-80-4, SERIE05K05004 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | 1 | Piso 9 |
46 | Extractor. | XXXXXXXXX | BSQ-804, SERIE 05K05027 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | 1 | Piso 8 |
47 | Extractor. | XXXXXXXXX | BSQ-80-4X-QD, SERIE: 04J19360 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | 1 | Piso 2 |
48 | Extractor. | XXXXXXXXX | BSQ-90-4, SERIE: 05K05021 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | 1 | Piso 1 |
49 | Extractor. | XXXXXXXXX | ESC-90-4, SERIE: 05K05027 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | 1 | Piso 1 |
50 | Extractor. | XXXXX & PALAU | TD 1300 | 115/127V. | 1 | Pb |
51 | Extractor. | XXXXXXXXX | BSQ-80-4, SERIE: 05K05021 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | 1 | Piso 8 |
52 | Extractor. | XXXXXXXXX | BSQ-80-4, SERIE: 05K05012 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | 1 | Piso 6 |
53 | Extractor. | XXXXXXXXX | BSQ-80-4, SERIE: 05K05016 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | 1 | Piso 7 |
54 | Extractor. | XXXXXXXXX | BSQ-80-4, SERIE 05K0518 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | 1 | Piso 5 |
55 | Extractor. | XXXXXXXXX | BSQ-80-4, SERIE: 05K05015 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | 1 | Piso 3 |
56 | Ventilador móvil. | XXXXX & XXXXX | XXX-000 | 0/0XX, 2.9A, 127V | 2 | Sótano |
57 | Rejilla de inyección | MODULAR DE 24 X 24”, XX XXXXX PARA PLAFÓN, CON MALLA PERFORADA DESMONTABLE | No Aplica | 486 | 15 niveles De Oficinas Y Auditorio En P.B. | |
(difusor). | ||||||
58 | Rejilla de retorno | MODULAR DE 24 X 24”, XX XXXXX PARA PLAFÓN, CON MALLA PERFORADA DESMONTABLE | No Aplica | 324 | 15 niveles De Oficinas Y Auditorio En P.B. | |
(extracción). |
Europa 34.
Ref. | Equipos | Marca | Modelo | Serie | Capacidad | Cantidad |
1 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | TRANE | 2TTB0036A100CA | 13202SE75F | 220 VOLT, 60 HZ, 3 TR. | 1 |
2 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | TRANE | 2TTB0060A1000CA | 12032N174F | 220 VOLT, 60 HZ. 5 TR | 1 |
3 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | TRANE | 2TTB0036A100CB | 132012XB5F | 220 VOLT, 60 HZ, 3 TR. | 1 |
4 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | TRANE | 2TTB0036A1000CB | 13202R095F | 220 VOLT, 60 HZ, 3 TR. | 1 |
5 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | TRANE | 2TTB0060A1000CB | 12032N2H4F | 220 VOLT, 60 XX. 0 XX | 0 |
0 | Xxxxxx xx xxxx acondicionado tipo mini-split. | TRANE | 2TTB0036A1000CB | 13414PW75F | 220 VOLT, 60 HZ, 3 TR. | 1 |
7 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | TRANE | 2TTK0518G1000CA | 6.323E+10 | 220 VOLTM, 60 HZ, 1.5 TR | 1 |
8 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | TRANE | 2TTB0036A1000CB | 132012TB5F | 220 VOLT, 60 HZ, 3 TR. | 1 |
9 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | TRANE | 2TTB0018A1000CB | 11241RN53F | 220 VOLT., 60 HZ., 1.5 TR. | 1 |
10 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | TRANE | 2TTB0024A1000CA | 11422XEN3F | 220 VOLT, 60 HZ. 2 TR. | 1 |
11 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | TRANE | 2TTB0024A1000CA | 10521L9U3F | 220 VOLT, 60 XX. 0 XX | 0 |
00 | Xxxxxx xx xxxx acondicionado tipo mini-split. | TRANE | 2TTB0042A1000CA | 10443KYP3F | 220 VOLT, 60 HZ. 3.5 TR | 1 |
13 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | TRANE | 2TTB0042A1000CA | 1125523N3F | 220 VOLT, 60 HZ. 3.5 TR | 1 |
14 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | TRANE | 2TTB0042A1000CA | 1125525N3F | 220 VOLT, 60 HZ. 3.5 TR | 1 |
15 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | TRANE | 2TTB0042A1000CA | 110731633F | 220 VOLT, 60 HZ. 3.5 TR | 1 |
16 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | XXXX | XXXX00 XX-XXX | 0Xx00 | 220 VOLT, 60 HZ 1.5 TR | 1 |
17 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | TRANE | 2TTB0024A1000CA | 11432LY73F | 220 VOLT, 60 HZ. 2TR. | 1 |
18 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | TRANE | 2TTB0018A1000CB | 110747AP3F | 220 VOLT., 60 HZ., 1.5 TR. | 1 |
19 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | TRANE | 2TTB0024A1000CA | 1142MFN3F | 220 VOLT, 60 HZ. 2TR. | 1 |
20 | Unidad de aire acondicionado tipo mini-split. | TRANE | 2TTB0024A1000CA | 11322M3U3F | 220 VOLT, 60 XX. 0XX. | 0 |
Xxxxxxx 0000.
Ref. | Equipos | Marca | Modelo | Serie | Capacidad | Cantidad |
1 | Unidad de aire acondicionado tipo mini- split. | YORK | YHDA36FSADF | RCGM3927 GP | 36,000 BTU/HR | 3 |
2 | Unidad de aire acondicionado tipo mini- split. | INTENSITY | CPT60KF-3 | S/D | 60,000 BTU/HR. | 2 |
3 | Unidad de aire acondicionado tipo mini- split. | INTENSITY | HWNC30KF-3 | S/D | 30,000 BTU/HR. | 1 |
4 | Unidad de aire acondicionado tipo mini- split. | YORK | YNDA60FS-EDT | 24440231411 0300348 | 60,000 BTU/HR. | 1 |
Insurgentes 2073.
Ref. | Equipos | Marca | Modelo | Serie | Capacidad | Cantidad |
1 | Unidad de aire acondicionado tipo mini- split. | TRANE | TTK518X10EAA | S/D | 18,000 BTU/HR | 1 |
2 | Unidad lavadora de aire. | MASTER COOL | CNCH-180 | S/D | 3 HP | 1 |
Xxxxxx Xxxxxxxx 000.
Ref. | Equipos | Marca | Modelo | Serie | Capacidad | Cantidad |
1 | Unidad de aire acondicionado de precisión. | COMPU AIRE/ LIBERT | CAA1032 | S/D | 120,000 BTU/HR | 2 |
2 | Unidad de aire acondicionado tipo mini- split. | XXXX | XXX000X000X0 | S/D | 18,000 BTU/HR. | 1 |
3 | Unidad de aire acondicionado tipo mini- split. | YORK | S/D | S/D | 36,000 BTU/ HR. | 1 |
4 | Unidad de aire acondicionado tipo mini- split. | XXXX | XXX00X0000X | S/D | 36,000 BTU/HR. | 1 |
5 | Unidad de aire acondicionado tipo mini- split. | TRANE | S/D | S/D | 18,000 BTU/HR. | 1 |
6 | Unidad de aire acondicionado tipo mini- split. | TOTALINE | NHPO36AKC2 | EO43248268 | 36,000 BTU/HR. | 1 |
7 | Unidad de aire acondicionado tipo mini- split. | YORK | YHDA36FSADF | S/D | 36,000 BTU/HR. | 1 |
8 | Unidad de aire acondicionado tipo mini- split. | XXXXXXX | HDPX18-1B | 9802455659 | 18,000 BTU/HR. | 1 |
9 | Unidad de aire acondicionado tipo mini- split. | XXXX | XXX00X0000X | S/D | 48,000 BTU/HR. | 1 |
10 | Unidad de aire acondicionado tipo mini- split. | CARRIER | 38YDB036301 | 1101E28030 | 36,000 BTU/HR. | 1 |
11 | Unidad de aire acondicionado tipo mini- split. | INTENSITY | CTP24KF-3 | S/D | 24,000 BTU/HR. | 1 |
12 | Unidad de aire acondicionado tipo mini- split. | TOTALINE | MK036AWA | S/D | 24,000 BTU/HR. | 1 |
13 | Unidad de aire acondicionado tipo mini- split. | XXXX | XXXX000X00X | WKMM46213 | 60,000 BTU/HR. | 1 |
14 | Unidad de aire acondicionado tipo mini- split. | XXXX | X0XX000XX0X | WGLM65451 | 36,000 BTU/HR. | 1 |
15 | Unidad de aire acondicionado tipo mini- split. | XXXX | XXX00X0000X | S/D | 36,000 BTU/HR. | 1 |
16 | Unidad de aire acondicionado tipo mini- split. | XXXX | XXX00X0000X | S/D | 36,000 BTU/HR. | 1 |
17 | Unidad de aire acondicionado tipo mini- split. | TOTALINE | NACO36AKC3 | E040832346 | 36,000 BTU/HR. | 1 |
18 | Aire acondicionado tipo portátil. | CARRIER | HOLIDAY | S/D | 6,000 BTU/HR. | 3 |
19 | Aire acondicionado tipo portátil. | DE LONGHI | PAC250V | 71505 | 8,000 | 2 |
Ref. | Equipos | Marca | Modelo | Serie | Capacidad | Cantidad |
BTU/HR | ||||||
20 | Aire acondicionado tipo portátil. | HEALTH/XXXX TH | DMCHS-588AD | S/D | S/D | 1 |
21 | Aire acondicionado tipo portátil. | SPLENDID ECOS 1 | 00319 | S/D | 6,000 BTU/HR | 1 |
22 | Aire acondicionado tipo portátil. | AUX | S/D | S/D | S/D | 1 |
23 | Unidad de aire acondicionado tipo ventana. | GENERAL ELECTRIC | S/D | S/D | 6,000 BTU/HR. | 1 |
4.2 Relación de “Los Equipos Aire de Precisión” ubicados por inmueble:
Ref. | Equipos | Marca | Modelo | Capacidad | Cantidad | Ubicación |
1 | Unidad de aire acondicionado de precisión. | XXXXXXX | CHALLENGUER 3000 | 220V, 3F, 60HZ, 5TR | 2 | Xxxxxxxxxxx Xxx 0000. Piso 10 |
2 | Sistema de aire acondicionado de precisión. | XXXXXXX | Condensador: DCDF308 | 220 VOLT 3F, 60 HZ, 20 TR | 2 | Xxxxxx 00. Xxxx 0 |
Evaporador: DS070AUCOEI | ||||||
3 | Unidad de aire acondicionado de precisión. | COMPU AIRE/ LIBERT | CAA1032 | 120,000 BTU/HR | 2 | Xx. Xxxxxx - Xxxxxxxx 000. Sótano |
El “INDEP y sus Encargos” le asignará a el “Participante” un espacio en el inmueble, para el resguardo de materiales y equipo.
4.3 Para todo lo relacionado con la administración y seguimiento del servicio el “INDEP y sus Encargos”
actuará a través del Administrador del contrato y/o la Administración Titular de Servicios e Infraestructura.
4.4 El “Participante” entregará un reporte de los mantenimientos correctivos realizados, el reporte de servicio deberá contener, las actividades realizadas, sin lo cual no procederá el pago correspondiente.
5 PERSONAL
5.1 El “Participante” deberá contar mínimo con el siguiente personal para la realización de los servicios.
▪ 1 Ingeniero eléctrico o electromecánico (especialista en sistemas de aire acondicionado y unidades generadoras de agua helada) deberá contar con título y con el mínimo de un año de experiencia en el cargo de supervisor de servicios similares a los contratados.
▪ 2 Técnicos electromecánicos que deberán contar con el mínimo de un año de experiencia en servicios similares a los contratados.
▪ 2 Ayudantes en general que deberán contar con al menos un año de experiencia en servicios similares a los contratados.
▪ En caso de que el “INDEP y sus Encargos” requiera personal adicional para la atención oportuna del servicio dentro de cualquier inmueble relacionado en el numeral “4”, el “Participante” deberá proporcionarlo sin costo adicional al “INDEP y sus Encargos”.
5.2 El “Participante” deberá proporcionar a “INDEP y sus Encargos” los datos de todos los técnicos y ayudantes que asistirán a realizar los mantenimientos, identificando al supervisor (ingeniero) del cual proporcionará número de teléfono móvil y correo electrónico, quien tendrá entre otras funciones, las siguientes:
• Realizar análisis de condiciones de preliminares para la operación de “Los Equipos”.
• Supervisar el trabajo de su personal técnico.
• Implementar los lineamientos de seguridad requeridos.
5.3 HORARIO DE SERVICIO.
El personal que designe el “Participante” para la prestación del “Servicio”, realizará los “Servicios” de lunes a viernes en un horario de las 9:00 y las 18:30 horas y sábados de 09:00 a 15:00 horas. El “INDEP y sus Encargos” podrá solicitar de acuerdo a las necesidades que se presenten, el cambio de horario.
5.4 El “INDEP y sus Encargos” no permitirá que dentro de sus instalaciones el “Participante” realice ningún tipo de pago a sus trabajadores, por lo que deberá de implementar los mecanismos que considere pertinentes para realizar el pago de sus quincenas fuera de las instalaciones del “INDEP y sus Encargos”.
5.5 Se entiende a el “Participante” como empresario y patrón de sus trabajadores, por lo cual éste será el único responsable de las obligaciones patronales y laborales con el personal asignado para la prestación del presente servicio.
5.6 El “Participante” será el único responsable de la contratación del personal con el que prestará el servicio, por lo que es responsable de los riesgos de salud e integridad física de los trabajadores, así como, del buen desempeño de las actividades objeto de esta contratación, deslindando al “INDEP y sus Encargos” de cualquier compromiso al respecto.
5.7 El “Participante” deberá instruir a su personal para que guarde la debida disciplina y orden durante el desempeño de sus funciones y mientras se encuentran dentro de las instalaciones del “INDEP y sus Encargos”. En caso de mal comportamiento del personal de el “Participante” dentro de las instalaciones o sus alrededores, el “INDEP y sus Encargos” solicitará su cambio.
5.8 A partir del inicio del contrato y durante la vigencia del mismo, el “Participante” dotará a sus trabajadores de un uniforme nuevo, el cual deberá portar durante la prestación del servicio, exigiéndoles la pulcritud de éste. En los casos en que éstos se deterioren, se lo cambiarán sin costo alguno para el “INDEP y sus Encargos”.
5.9 Los uniformes deberán conformarse por camisa tipo polo y pantalón de mezclilla con el logotipo de el
“Participante” el cual puede ser bordado o impreso.
5.10 El personal de el “Participante” deberá portar visiblemente desde el ingreso a las instalaciones del “INDEP y sus Encargos” hasta el momento en que se retire de éstas, credencial con logotipo de la empresa que representan, que contenga los siguientes datos: dirección y teléfono de la empresa; nombre y firma del trabajador, fotografía, número de afiliación al IMSS, las cuales deberán estar selladas y firmadas por el representante legal de la empresa o persona facultada para tal efecto.
5.11 El “Participante” deberá transmitir a su personal que, durante la prestación del “Servicio” en las instalaciones del “INDEP y sus Encargos”, no está permitido sostener relaciones personales con sus compañeros, empleados de otras empresas o personal del “INDEP y sus Encargos”.
5.12 Todo el personal del “Participante” deberá usar equipo de seguridad y acatar las indicaciones del personal de seguridad y protección civil.
Si el personal del “Participante” no cuenta con el equipo de seguridad, no se les permitirá realizar sus actividades.
6 Obligaciones del “Participante”:
▪ Realizar el mantenimiento preventivo de “Los Equipos”.
▪ Reparar la falla y/o descompostura de “Los Equipos”.
▪ Entregar la factura correspondiente acompañada de los reportes de mantenimiento preventivo y correctivo.
▪ Remplazar la(s) pieza(s).
▪ Reparar cualquier daño que se le ocasione a “Los Equipos” o instalaciones del “INDEP y sus Encargos”, imputables al mismo.
7 OTROS REQUISITOS
Identificación: El personal dentro de las instalaciones del “INDEP y sus Encargos” deberá portar en todo momento credencial con fotografía expedida por el “Participante”.
Información del “Participante”: El “Participante” deberá proporcionar al Administrador del Contrato, (Área Contratante) del “INDEP”, o en su caso a cualquier ente fiscalizador, en el tiempo establecido, todas las facilidades, información y/o documentación necesaria para la supervisión o auditorías al “Servicio” objeto del “Contrato” adjudicado.
El “Participante” se obliga a pagar al “INDEP y sus Encargos” los daños y perjuicios causados por su personal a los bienes muebles e inmuebles propiedad o administrado por el “INDEP y sus Encargos”, así como los causados a terceros ajenos al “INDEP”.
8 Póliza de Responsabilidad Civil: El “Participante” deberá contar en todo momento con una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil que abarque el periodo de la vigencia del contrato, por un monto mínimo de
$400,000.00, en caso de que un siniestro rebase el monto señalado, deberá cubrir la diferencia en la forma que el “INDEP” le indique.
1.
FORMA DE PAGO:
En términos de lo dispuesto en el artículo 47 de la “Ley”, se establece que, para el pago por la contraprestación de los servicios prestados, el “INDEP y sus Encargos”, se realizara, en el entendido de que sólo se pagarán los servicios efectivamente prestados, considerando el precio unitario cotizado por el “Participante” en su “Proposición económica”.
C) CONDICIONES: Otros aspectos que deberán considerar al elaborar su cotización:
Para iniciar el trámite de pago, el “Participante” deberá presentar, de conformidad con la legislación fiscal
vigente el Comprobante Fiscal Digital por Internet “CFDI” que resulte aplicable y que cumpla con todos los requisitos establecidos en la misma, y, en su caso, los documentos anexos que lo justifiquen, ante el servidor público responsable de la administración del contrato.
El “INDEP y sus Encargos” cubrirá el pago de acuerdo a los servicios que el “Participante” acredite efectivamente haber prestado a satisfacción del “INDEP y sus Encargos”, mediante pagos mensuales, a más tardar a los 20 (veinte) días naturales siguientes, contados a partir de la fecha en que sea entregada y aceptada la factura en la Coordinación de Presupuestos y Tesorería del “INDEP” con la aprobación (sello y firma) de la Administración Titular de Servicios e Infraestructura y/o servidor público responsable de la administración del contrato.
2 PENAS CONVENCIONALES Y/O DEDUCTIVAS: El servidor público responsable de la administración y verificación del cumplimiento del contrato, notificará al “Participante” las penas convencionales y/o deductivas, que en su caso se haya hecho acreedor.
PENAS CONVENCIONALES: En términos de lo dispuesto en el artículo 53 de la “Ley”, y 95 y 96 de su “Reglamento” el pago de los servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el “Participante” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso.
Para el caso de incumplimiento en las fechas pactadas para la prestación de los servicios por parte de “El Prestador del Servicio”, se aplicará por parte del “INDEP” una pena convencional por servicios no prestados oportunamente, conforme a la siguiente tabla:
El incumplimiento en la prestación oportuna del “Servicio”, será determinado por el administrador del contrato quien también calculará y notificará las penas convencionales al “Participante”.
Documento o Servicio | Plazo de Entrega o Atención | Penalización | |
a) | Reporte de servicios de mantenimiento preventivo, describiendo las refacciones, componentes e insumos utilizados e indicando la unidad de medida y cantidad (impreso y en archivo electrónico). | Dentro de los primeros 10 días hábiles, posteriores al mantenimiento preventivo, en el formato que para tal efecto establezca el “INDEP y sus Encargos”. | Se aplicará una pena convencional equivalente al 3% por cada día de atraso, en la entrega del reporte sobre el mantenimiento preventivo que se trate. |
b) | Reporte de servicios de mantenimiento correctivo, describiendo las refacciones, componentes e insumos utilizados e indicando la unidad de medida y cantidad. (Impreso y en archivo electrónico). | Dentro de los primeros 10 días hábiles posteriores al mantenimiento correctivo, en el formato que para tal efecto establezca el “INDEP y sus Encargos”. | Se aplicará una pena convencional equivalente al 3% por cada día de atraso, en la entrega del reporte sobre el precio unitario del mantenimiento correctivo que se trate. |
c) | Servicio de mantenimiento preventivo. | Dentro del plazo establecido para cada servicio en el cronograma trabajo de mantenimiento preventivo. | Se aplicará una pena convencional del 5%, por cada día de atraso, en la prestación del servicio del mantenimiento preventivo que corresponda. |
d) | Atención de reportes correspondientes al mantenimiento correctivo. | Dentro de las 2 horas siguientes al reporte por parte del “INDEP y sus Encargos”. | Se aplicará un apena convencional equivalente al 5% sobre el importe diario del servicio que se trate, por cada hora de atraso, en la atención del reporte para lo cual se dividirá el precio unitario mensual que corresponda al equipo, entre 30 días. |
e) | Sustitución del personal técnico | Conforme a lo establecido en el numeral 5, 6 y 7 | Se aplicará una pena convencional al 3% por cada día de atraso sobre el importe del servicio que corresponda, cuando no se sustituya el personal, conforme a lo establecido en el punto 5, 6 y 7. |
Para tal efecto, el “Participante” deberá presentar nota de crédito, efectivo, cheque certificado o de caja, por el importe total de la pena, a favor del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, que será requisito para liberar el pago de la factura, previa notificación al “Participante” cuando incurra en alguno de los supuestos.
DEDUCTIVAS: En términos de lo dispuesto en el artículo 53 bis de la “Ley” y 97 de su “Reglamento”, se aplicarán deductivas, las cuales serán determinadas en función de los servicios prestados de manera parcial o deficiente.
Cualquier deficiencia detectada y debidamente documentada durante la prestación del servicio se aplicará una deductiva equivalente al 5% del costo del servicio correspondiente.
Las deducciones se aplicarán en la facturación posterior a la fecha en que se hayan generado. Tratándose del último pago, las deducciones se aplicarán contra ese mismo pago.
Para los efectos de las deductivas, el “Participante” emitirá el “CFDI” que la respalde, el cual deberá contener
los requisitos establecidos en la legislación fiscal aplicable vigente.
“Participante” en su proposición económica.
Condiciones de Pago: Los pagos por la contraprestación serán efectuados en Moneda Nacional dentro de los veinte días naturales siguientes, contados a partir de la fecha en que el “INDEP” reciba a satisfacción la factura correspondiente, a nombre del “Participante” mediante transferencia electrónica o en el domicilio del “INDEP”, ubicado en Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, mediante cheque nominativo para abono en cuenta, para lo cual se deberá considerar lo siguiente:
▪ Los pagos se realizarán en moneda nacional.
▪ No se otorgarán anticipos.
▪ El “INDEP” pagará los impuestos y derechos en los términos de las disposiciones fiscales vigentes.
▪ Para iniciar el trámite de pago, el “Participante” deberá cumplir con lo siguiente:
a) Presentar documento en el que conste por escrito que los servicios fueron proporcionados de conformidad, con el nombre y firma del servidor público de la Administración Titular de Servicios e Infraestructura, así como fecha de recepción.
b) La factura y documentos anexos, tales como notas de crédito, remisiones, etc., deberán presentarse ante el Servidor Público responsable del Administrador del contrato y/o la Administración Titular de Servicios e Infraestructura, quien revisará que dichos documentos sean correctos y en tal caso, continuará con los tramites de pago correspondientes indicando al “Participante” la fecha de pago.
c) La factura y en su caso nota de crédito que presente el “Participante”, deberán contener los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento, así como lo dispuesto en la fracción III del artículo 133 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
d) El pago se realizará mediante cheque o transferencia electrónica, dentro de los 20 días naturales siguientes a la aceptación de la factura correspondiente, de 9:30 a 13:30 horas No se otorgarán anticipos.
e) En caso de que el “CFDI” enviado por el “Participante” para su pago, presente errores o deficiencias, el Servidor Público responsable de la administración del contrato, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará al “Participante” las deficiencias que deberá corregir.
El “Participante” deberá facturar los servicios prestados, de conformidad con los siguientes datos:
INSTITUTO PARA DEVOLVER AL PUEBLO LO ROBADO | |
R.F.C. | SAE030617SV8 |
DOMICILIO | Insurgentes Sur número 1931, Colonia Guadalupe Inn, Demarcación Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 01020, Ciudad de México. |
Garantía de Cumplimiento: A fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente Anexo, “El Participante” se obliga a entregar al “INDEP”, dentro del plazo xx xxxx (10) días naturales a partir de la fecha de firma del contrato, una fianza o seguro de caución por la cantidad equivalente al diez por ciento (10%) del monto máximo estipulado, sin incluir el IVA. Independientemente de lo que se estipule, la fianza o seguro de caución, deberán de cumplir, en lo que sea aplicable, con lo establecido en las “Disposiciones Generales en Materia de Funciones de Tesorería”, publicadas en el “DOF” el 16 de diciembre de 2019.
Para el caso de que “El Participante” opte por garantizar el cumplimiento mediante fianza, deberá incluirse el siguiente texto y sujetarse al segundo párrafo del artículo 18 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas:
Si “El Participante” opta por garantizar el cumplimiento de este instrumento mediante contrato de seguro de caución, este deberá sujetarse a lo dispuesto por los artículos 151 a 161 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro y 18, segundo párrafo de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
En caso de que el “INDEP y sus Encargos” decida modificar el plazo para la prestación de los servicios, “El Participante”, se obliga a garantizar la prestación de los mismos mediante la ampliación de la fianza o seguro de caución respectivos en los términos señalados.
La obligación garantizada será divisible y en caso de presentarse algún incumplimiento, se hará efectiva la garantía.
D) CRITERIOS DE EVALUACIÓN, REQUISITOS TÉCNICOS Y ECONÓMICOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS “PARTICIPANTES” COMO PARTE DE SUS “PROPUESTAS”: En caso de incumplimiento de uno o más de los requisitos establecidos como obligatorios, no se considerará su cotización.
1. Criterios de Evaluación: Conforme a lo establecido en el artículo 36 segundo párrafo, y 36 bis fracción II de la “Ley” el criterio que se utilizará para la evaluación de las proposiciones será el Binario, considerando lo siguiente:
1.1. Adjudicación del “Contrato”: Una vez hecha la evaluación de las Propuestas, el “Contrato” se adjudicará al “Participante” cuya “Propuesta” resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la solicitud de cotización y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas, y ofrezca el precio más bajo, siempre y cuando éste resulte conveniente.
1.2. En caso de empate, aplicará lo siguiente:
• Se adjudicará el “Contrato” en primer término a las microempresas, a continuación, se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa.
• En caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados en el párrafo anterior, o bien, de no haber empresas de este sector y el empate se diera entre “Participante” que no tienen el carácter de MIPYMES, se realizará la adjudicación del “Contrato” a favor del “Participante” que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice el “INDEP”, el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada “Participante” empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del “Participante” ganador y posteriormente las demás boletas de los “Participantes” que resultaron empatados, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales “Proposiciones”.
• DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA “Proposición”: Foliar cada una de las páginas con folios del 1 al que le corresponda según el número de páginas que integren la documentación distinta a las “Proposiciones”, misma que corresponde a las manifestaciones señaladas, de la presente Invitación. (Ejemplo: 1/10, 2/10, 3/10 etc.).
• “Proposición” ECONÓMICA: Foliar del 1 al que resulte según el número de páginas que correspondan a la “Proposición” Económica, misma que se integra con los requisitos y la documentación económica que presenten. (Ejemplo: 1/25, 2/25, 3/25, etc.).
1. REQUISITOS OBLIGATORIOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS “PARTICIPANTES” COMO PARTE DE SUS PROPOSICIONES TÉCNICAS Y ECONÓMICAS: El incumplimiento de uno o más requisitos, será motivo para desechar la Proposición. (Los “Participantes” deberán identificar cada documento con el número que le corresponda, pudiendo ser de forma manuscrita).
2.1 Escrito escaneado en donde el participante manifieste bajo protesta de decir verdad que los servicios cotizados cumplen con las normas oficiales mexicanas, y a falta de estas, con las normas internacionales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 64 y 84 de la Ley de Infraestructura de la Calidad. (Obligatorio).
2.2 Acreditar que su objeto social en caso de persona moral, o actividad preponderante registrada ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público en caso de persona física, esté relacionado con objeto de la presente solicitud de cotización presentando escaneada según corresponda el Acta Constitutiva o el alta ante la SHCP y en su caso la modificación correspondiente. (obligatorio)
2.3 Escrito firmado por el “Participantes” o su “Representante”, en papel membretado, en el que manifieste que conoce y comprende la totalidad del contenido de la Invitación y su “Anexo 1” y que puede dar cumplimiento conforme a los términos y condiciones establecidas en los mismos. (obligatorio).
2.4 “Proposición” económica. Se verificará en primera instancia que se haya presentado, y se procederá a su evaluación, escrito escaneado firmado por el “Participantes” o su “Representante” que contenga su proposición económica (obligatorio).
“La veracidad o autenticidad de las manifestaciones, escritos o documentos entregados para cumplir con los requisitos, podrá ser verificada por el área requirente del “INDEP” durante la vigencia del “Contrato” y en caso de haber declarado con falsedad o presentado documentos apócrifos será causa de rescisión de “Contrato”.
LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
1. DECLARACIONES DEL "INDEP":
DECLARACIONES
1.1. Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, sectorizado en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, creado de conformidad a lo establecido en los artículos 76 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público en adelante “LFAEBSP”, publicada en el Diario Oficial de la Federación “DOF” el 19 de diciembre de 2002 y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
El 9 xx xxxxxx de 2019 se publicó en el “DOF” el Decreto por el cual, entre otras Leyes, se reforma la “LFAEBSP”, mismo que establece en su artículo Séptimo Transitorio que todas las referencias que hagan mención al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) en la normatividad vigente, se entenderán realizadas al Instituto de Administración de Bienes y Activos (IABA).
El 22 de enero de 2020, se publicó en el “DOF” el Decreto por el cual, entre otras Leyes, se reforma la “LFAEBSP”, mismo que establece en su artículo Segundo Transitorio que todas las referencias que hagan mención al IABA en la normatividad vigente, se entenderán realizadas al “INDEP”, señalando que las obligaciones a cargo de dicho Organismo que se generen con la entrada en vigor del presente Decreto, se cubrirán con cargo al presupuesto aprobado para el ejercicio fiscal en curso, por lo que no se requerirán recursos adicionales para tales efectos y no se incrementará el presupuesto del Organismo Descentralizado, y en caso de que se realice alguna modificación a su estructura orgánica, ésta deberá realizarse mediante movimientos compensados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, los cuales serán cubiertos por el “INDEP” a costo compensado, por lo que no se autorizarán ampliaciones a su presupuesto para el presente ejercicio fiscal ni subsecuentes como resultado de la entrada en vigor del Decreto.
De conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la “LFAEBSP”, el “INDEP” tiene por objeto la administración, enajenación, destrucción y destino de los bienes, activos o empresas que le son transferidos, por los supuestos contenidos en el artículo 1° de la “LFAEBSP”.
De conformidad con lo establecido en el artículo 78, fracciones XI y XII de la “LFAEBSP”, el “INDEP” cuenta con las atribuciones suficientes para en su caso, celebrar todos los actos, contratos y convenios necesarios para su función.
1.2. Que el C. , es el servidor público que tiene conferidas las facultades legales para celebrar el presente contrato, de conformidad con los artículos 13, fracciones I y VIII y 68, fracción IX del Estatuto Orgánico del "INDEP", quien podrá ser sustituido en cualquier momento en su cargo o funciones, sin que ello implique la necesidad de elaborar convenio modificatorio.
1.3. De conformidad con el numeral 5.1, fracción XII, de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones y Arrendamientos de Bienes Muebles y Contratación de Servicios del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, suscribe el presente instrumento el C. , facultado para administrar el cumplimiento de las obligaciones que deriven del objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 84, penúltimo párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en adelante “Reglamento” y el artículo 15, fracción III, del Estatuto Orgánico del “INDEP”.
1.4. De conformidad con el numeral 4.3, fracción VI, de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones y Arrendamientos de Bienes Muebles y Contratación de Servicios del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, suscribe el presente instrumento el C. , facultado para la formalización del presente contrato, como titular del área requirente, de conformidad con los artículos 12, fracciones I y IX y 58, fracción VI, del Estatuto Orgánico del “INDEP”.
1.5. La contratación de este servicio se realizó mediante el Procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas, Electrónica de carácter Nacional número con fundamento en lo dispuesto en los artículos 134, de la
1.7. Para efectos fiscales las Autoridades Hacendarias le han asignado el Registro Federal de Contribuyentes N° SAE030617SV8.
1.8. Tiene establecido su domicilio en Xxxxxxxxxxx Xxx Xxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Demarcación Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 01020, Ciudad de México, mismo que se señala para los fines y efectos legales del presente contrato.
1.9. El motivo determinante de la voluntad es la contratación de “EL PROVEEDOR” para que le proporcione al “INDEP” el SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO CON REFACCIONES A DIVERSOS EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO Y AIRE DE PRECISIÓN, de conformidad con el “ANEXO 1” que forma parte integrante del presente instrumento.
2. "EL PROVEEDOR" declara que:
2.1 Es una persona MORAL que se constituyó como , bajo la denominación de , de conformidad con las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, como lo acredita en términos del instrumento público número
, de fecha de de , otorgado ante la fe del Licenciado , Notario Público número , de la Ciudad de , inscrito en el Registro Público del Comercio de la Ciudad de , bajo el folio mercantil número de fecha de de ..
De conformidad con sus Estatutos Sociales, su objeto social consiste, entre otras cosas en: , lo que le permite celebrar el presente contrato.
2.2 El C. , en su carácter de , cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente contrato, según consta en el conferido en el instrumento notarial público número , de fecha , otorgado ante la fe del Licenciado , Notario Público número , de la Ciudad de , facultades que a la fecha no le han sido modificadas, revocadas, ni limitadas en forma alguna.
2.3 Ha considerado todos y cada uno de los factores que intervienen en el presente contrato, manifestando reunir las condiciones técnicas, jurídicas y económicas, así como la organización y elementos necesarios para su cumplimiento.
Cuenta con la capacidad y conocimientos técnicos, la experiencia necesaria para prestar los servicios objeto del presente contrato, así como con los recursos técnicos, humanos, económicos y materiales para ello.
Conoce las características de tipo administrativo, técnico y legal que xxxxxx la celebración del presente contrato y acepta someterse a las mismas sin reserva alguna.
2.4 Mediante escrito de fecha de de 2022, signado por el X. , xx xx xxxxxxx Xxxxx
“ ”, xxxx protesta de decir verdad, manifiesta que ni él ni ninguno de los socios o accionistas desempeñan un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni se encuentran inhabilitados para ello, o en su caso que, a pesar de desempeñarlo, con la formalización del presente contrato no se actualiza un conflicto de interés, en términos del artículo 49, fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, mismo que fue enviado al Órgano Interno de Control del “INDEP” mediante oficio , así como que "EL PROVEEDOR" no se encuentra en alguno de los supuestos del penúltimo párrafo del artículo 60 de la "LAASSP".
El servicio objeto del presente contrato cumple con las Normas Ecológicas, Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas, y a falta de estas, con las Normas Internacionales de conformidad con lo dispuesto por los artículos 7, 47, 64, y demás aplicables, de la Ley de Infraestructura de la Calidad, publicada en el “DOF” el 01 de julio de 2020, en términos del artículo 31 del “Reglamento”.
Conoce plenamente y se sujeta al contenido y requisitos que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la “LAASSP” y su “Reglamento”; la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el presente Ejercicio Fiscal, así como a la demás normatividad
para la prestación de los servicios materia del presente contrato.
Cuenta con los recursos humanos, financieros y materiales que le posibilitan cabalmente el cumplimiento del objeto del contrato y los mismos no fueron adquiridos exprofesamente para la realización del mismo, por lo que no constituyen gastos o erogación alguna no recuperable en caso de rescisión o terminación anticipada o suspensión del servicio objeto del presente contrato.
2.5 Bajo protesta de decir verdad, declara que conoce y se obliga a cumplir con el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo en materia de erradicación del Trabajo Infantil, de los artículos 123 Constitucional, apartado A) en todas sus fracciones y 22, de la Ley Federal del Trabajo, manifestando que ni en sus registros, ni en su nómina tiene empleados menores de quince años y que en caso de llegar a tener a menores de dieciocho años que se encuentren dentro de los supuestos de edad permitida para laborar le serán respetados todos los derechos que se establecen en el marco normativo transcrito.
Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, incluso las previstas en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y lo relativo a la Regla 2.1.37. de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social, conforme a lo previsto en el Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicado en el “DOF”, el 27 de febrero de 2015.
2.6 Cuenta con su Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas número .
2.7 Cuenta con su Registro Federal de Contribuyentes .
2.8 El motivo determinante de su voluntad es prestar al “INDEP” el SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO CON REFACCIONES A DIVERSOS EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO Y AIRE DE PRECISIÓN, que se establece en el presente contrato y su “ANEXO 1”, ya que conoce las necesidades requeridas, y dispondrá para ello de los elementos necesarios e idóneos para el desarrollo eficiente y oportuno del objeto del presente instrumento, ofreciendo las mejores condiciones para el “INDEP”.
2.9 Señala como su domicilio para todos los efectos legales el ubicado en .
3. Expuesto lo anterior, “LAS PARTES” se obligan de conformidad con las siguientes:
3.1. Que es su voluntad celebrar el presente contrato y sujetarse a sus términos y condiciones, para lo cual se reconocen ampliamente las facultades y capacidades necesarias, mismas que no les han sido revocadas o limitadas en forma alguna, por lo que de común acuerdo se obligan de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO
"EL PROVEEDOR" acepta y se obliga a proporcionar al “INDEP” el SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO CON REFACCIONES A DIVERSOS EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO Y AIRE DE PRECISIÓN, de
conformidad con el “ANEXO 1”, documento que forma parte integrante del presente contrato. En relación con lo anterior, “EL PROVEEDOR” se obliga a:
• Cumplir totalmente y a satisfacción del “INDEP”, con el servicio objeto del presente contrato y su “ANEXO 1”.
servicios.
SEGUNDA. MONTO Y FORMA DE PAGO
La suma de los precios unitarios cotizados por "EL PROVEEDOR" en su propuesta económica, la cual se adjunta como "ANEXO 2", es de $ ( PESOS /100 M.N.) más el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). El ejercicio de los recursos será conforme a los montos mínimos y máximos establecidos por el “INDEP” de conformidad con los precios unitarios ofertados por “EL PROVEEDOR” adjudicado en su respectiva proposición.
En términos de lo dispuesto en el artículo 47, fracción I, de la “LAASSP”, se establece que el pago por la contraprestación de los servicios prestados, el “INDEP” podrá ejercer un presupuesto mínimo de $ ( PESOS
00/100 M.N.) más el I.V.A., y un máximo de $ ( PESOS /100 M.N.) más el I.V.A.
Los precios son fijos y en Moneda Nacional (Pesos Mexicanos), e incluyen todos los costos que los bienes o servicios tengan involucrados, por lo que el “INDEP” no pagará ningún costo adicional durante la vigencia de este contrato. No se otorgarán anticipos por el SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO CON REFACCIONES A DIVERSOS EQUIPOS
DE AIRE ACONDICIONADO Y AIRE DE PRECISIÓN, por lo que "EL PROVEEDOR" no podrá agregar ningún costo extra y los precios serán inalterables durante la vigencia del presente contrato. En el entendido de que sólo se pagará por los servicios efectivamente prestados.
TERCERA. FORMA Y LUGAR DE PAGO
El CFDI o factura electrónica deberá ser presentada conforme a lo siguiente:
Para iniciar el trámite de pago, “EL PROVEEDOR” deberá presentar, de conformidad con la legislación fiscal vigente el Comprobante Fiscal Digital por Internet “CFDI” que resulte aplicable y que cumpla con todos los requisitos establecidos en la misma, y, en su caso, los documentos anexos que lo justifiquen, ante el servidor público responsable de la administración del contrato.
En caso de que el “CFDI” enviado por “EL PROVEEDOR” para su pago, presente errores o deficiencias, el Servidor Público responsable de la administración del contrato, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará a “EL PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir.
El “INDEP” podrá modificar o ampliar los requisitos informativos para el trámite de pago cuando así lo requiera, para lo cual bastará la notificación que se realice por escrito, siendo obligación de “EL PROVEEDOR” considerar dichos cambios, ya que en caso contrario no procederá el pago correspondiente.
"EL PROVEEDOR” deberá facturar los servicios efectivamente prestados, de conformidad con los siguientes datos:
INSTITUTO PARA DEVOLVER AL PUEBLO LO ROBADO R.F.C.: SAE030617SV8
DOMICILIO: Xxxxxxxxxxx Xxx xxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Demarcación Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 01020, Ciudad de México.
Los pagos por la contraprestación serán efectuados conforme a lo dispuesto por el artículo 51, primer párrafo, de la “LAASSP”, en el domicilio del “INDEP”, mediante cheque nominativo para abono en cuenta o transferencia electrónica a favor de “EL PROVEEDOR” en Moneda Nacional, dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes, contados a partir de la fecha en que “EL PROVEEDOR” presente el “CFDI” del periodo vencido correspondiente, a entera satisfacción del “INDEP”.
Para efectos de trámite de pago, conforme a lo establecido en el SIAFF, "EL PROVEEDOR" deberá ser titular de una cuenta de cheques vigente y para tal efecto proporcionar la CLABE, del banco, a nombre de “ ”, en la que se efectuará la transferencia electrónica de pago, debiendo anexar:
1. Constancia de la institución financiera sobre la existencia de la cuenta de cheques abierta a nombre del beneficiario que incluya:
1.1. Nombre del beneficiario (conforme al timbre fiscal);
1.2. Registro Federal de Contribuyentes;
1.3. Domicilio fiscal: calle, N° exterior, N° interior, colonia, código postal, Demarcación y Entidad Federativa;
1.4. Nombre(s) del(los) banco(s); y
2. Copia de estado de cuenta reciente, con no más de dos meses de antigüedad.
El pago de la prestación de los servicios, quedará condicionado proporcionalmente al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales.
En caso de pago en moneda extranjera, indicar la fuente oficial que se tomará para llevar a cabo la conversión y la tasa de cambio o la fecha a considerar para hacerlo.
El pago será efectuado mediante transferencia bancaria a la cuenta que "EL PROVEEDOR" proporcione.
Para el caso de que se presenten pagos en exceso, se estará a lo dispuesto por el artículo 51 párrafo tercero, de la "LAASSP". No se otorgarán anticipos.
CUARTA. VIGENCIA
En atención a lo dispuesto por el artículo 46, de la “LAASSP” y a la fecha de notificación y adjudicación la vigencia del presente contrato será del 01 xx xxxxx al 31 de diciembre de 2022 sin perjuicio de su posible terminación anticipada, en los términos establecidos en su clausulado.
QUINTA MODIFICACIONES DEL CONTRATO
Con fundamento en los artículos 52, de la “LAASSP” y 91 del “Reglamento”, cualquier modificación al presente contrato, una vez formalizado, deberá constar por escrito en los instrumentos legales respectivos. El monto total de las modificaciones no deberá rebasar en su conjunto, el veinte por ciento (20%) de los conceptos o volúmenes originales y el precio deberá ser igual al pactado originalmente.
Las modificaciones de ninguna forma podrán otorgar condiciones más ventajosas a “EL PROVEEDOR” comparadas con las establecidas originalmente.
SEXTA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Conforme a los artículos 48 fracción II, y 49 fracción II, de la "LAASSP", 85 fracción III, y 103 del “Reglamento”; 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, numeral 5.3, fracción IV de Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones y Arrendamientos de Bienes Muebles y Contratación de Servicios del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal (INSTITUTO PARA DEVOLVER AL PUEBLO LO ROBADO), para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el “DOF” el 08 de septiembre de 2015, "EL PROVEEDOR" se obliga a constituir una garantía divisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas de este contrato, mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, a favor del INSTITUTO PARA DEVOLVER AL PUEBLO LO ROBADO , por un importe equivalente al 10.0% (DIEZ POR CIENTO) del monto máximo total del contrato, sin incluir el
I.V.A. que se determine, de conformidad con la fracción III del artículo 85 del “Reglamento”. Dicha fianza deberá ser
entregada al "INDEP" a más tardar dentro de los 10 días naturales posteriores a la firma del contrato.
La fianza o seguro de caución, deberán de cumplir, en lo que sea aplicable, con lo establecido en las “Disposiciones
Generales en Materia de Funciones de Tesorería”, publicadas en el “DOF” el 16 de diciembre de 2019.
La fianza deberá presentarse en el domicilio del "INDEP", cuando así aplique, y en su caso de ser electrónica, se podrá entregar vía correo, en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos:
Expedirse a favor del INSTITUTO PARA DEVOLVER AL PUEBLO LO ROBADO y señalar su domicilio;
Para la cancelación de la fianza o seguro de caución, será requisito indispensable la conformidad por escrito del área requirente del “INDEP”, para lo cual deberán extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales.
Para el caso de que “EL PROVEEDOR” opte por garantizar el cumplimiento mediante fianza, deberá incluirse el siguiente texto y sujetarse al segundo párrafo del artículo 18 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas:
el artículo 179, de la misma Ley.
La presente fianza de garantía de cumplimiento de contrato se extiende y tendrá vigencia durante la ejecución del contrato o sus prórrogas, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente y sólo podrá ser cancelada con la autorización previa y por escrito que al efecto formule el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado.
La fianza se otorga atendiendo todas las estipulaciones contenidas en el contrato número INDEP/000 /2022).”
Si “EL PROVEEDOR” opta por garantizar el cumplimiento de este instrumento mediante contrato de seguro de caución, este deberá sujetarse a lo dispuesto por los artículos 151 a 161, de la Ley Sobre el Contrato de Seguro y 18, segundo párrafo de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
En caso de que el “INDEP” decida modificar el plazo para la prestación de los servicios objeto del presente contrato, “EL PROVEEDOR”, se obliga a garantizar la prestación de los mismos mediante la ampliación de la fianza o seguro de caución respectivos en los términos señalados.
La obligación garantizada será divisible y en caso de presentarse algún incumplimiento, se hará efectiva la garantía.
SÉPTIMA. OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”
1. Prestar los servicios en las fechas o plazos y lugares específicos conforme a lo requerido en el presente contrato y sus anexos.
2. Cumplir con las especificaciones técnicas y de calidad y demás condiciones establecidas en el contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta.
3. En bienes de procedencia extranjera, asumirá la responsabilidad de efectuar los trámites de importación y pagar los impuestos y derechos que se generen.
4. Asumir su responsabilidad ante cualquier situación que pudiera generarse con motivo del presente contrato.
5. No difundir a terceros sin autorización expresa del “INDEP” la información que le sea proporcionada, inclusive después de la rescisión o terminación del presente instrumento, sin perjuicio de las sanciones administrativas, civiles y penales a que haya lugar.
6. Proporcionar la información que le sea requerida por parte de la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del “Reglamento”.
OCTAVA. OBLIGACIONES DEL “INDEP”
1. Otorgar todas las facilidades necesarias, a efecto de que "EL PROVEEDOR" presente los servicios materia del presente contrato.
2. Sufragar el pago correspondiente en tiempo y forma, por la prestación de los servicios.
3. Extender a "EL PROVEEDOR", en caso de que lo requiera, por conducto del Administrador del Contrato, la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales inmediatamente que se cumplan éstas a satisfacción expresa de dicho servidor público para que se dé trámite a la cancelación de la garantía de cumplimiento del presente contrato.
NOVENA. LUGAR, PLAZOS Y CONDICIONES DE ENTREGA
“EL PROVEEDOR” se obliga a prestar los servicios en términos de lo establecido en el presente contrato y en el “ANEXO 1” que forma parte integrante del mismo y toda la documentación será entregada en las oficinas del “INDEP”, en la Ciudad de México.
En el supuesto que el “INDEP” cambie de domicilio, lo notificará a “EL PROVEEDOR” con una anticipación xx xxxx (10) días hábiles, “EL PROVEEDOR” quedará obligado a prestar los servicios objeto de este contrato en el lugar que le indique el “INDEP”.
Para el caso de que “EL PROVEEDOR” tuviere que realizar alguna actividad fuera de las oficinas que le indique el “INDEP”, este conviene expresamente en que no se cobrará montos adicionales y, en todo caso, estarán previstos en la contraprestación pactada
DÉCIMA. TRANSPORTE
No aplica
DÉCIMA PRIMERA. CALIDAD
"EL PROVEEDOR" deberá contar con la infraestructura necesaria, personal técnico especializado en el ramo, herramientas, técnicas y equipos adecuados para la prestación de los servicios requeridos, a fin de garantizar que el objeto de este contrato sea proporcionado con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, comprometiéndose a realizarlo a satisfacción del “INDEP” y con estricto apego a lo establecido en las cláusulas del presente instrumento jurídico y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta.
El “INDEP” no estará obligado a recibir los bienes o aceptación de los servicios cuando éstos no cumplan con los requisitos establecidos en el párrafo anterior.
DÉCIMA SEGUNDA. DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS
"EL PROVEEDOR" queda obligado ante el “INDEP” a responder de los defectos y vicios ocultos derivados de las obligaciones del presente contrato, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en este instrumento jurídico y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, y/o en la legislación aplicable en la materia.
Para los efectos de la presente cláusula, se entiende por vicios ocultos los defectos que existan en los bienes o prestación de los servicios, que los hagan impropios para los usos a que se le destine o que disminuyan de tal modo este uso, que de haberlo conocido el “INDEP” no lo hubiere adquirido o los hubiere adquirido a un precio menor.
DÉCIMA TERCERA. RESPONSABILIDAD
"EL PROVEEDOR" se obliga a responder por su cuenta y riesgo de los daños y/o perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte lleguen a causar al “INDEP”, con motivo de las obligaciones pactadas, o bien por los defectos o vicios ocultos en los bienes entregados o prestación de los servicios, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la "LAASSP".
DÉCIMA CUARTA. IMPUESTOS Y DERECHOS
Los impuestos, derechos y gastos que procedan con motivo de la adquisición de los bienes o prestación de los servicios, objeto del presente contrato, serán pagados por "EL PROVEEDOR", mismos que no serán repercutidos al “INDEP”.
El “INDEP” sólo cubrirá, cuando aplique, lo correspondiente al I.V.A., en los términos de la normatividad aplicable y de conformidad con las disposiciones fiscales vigentes.
DÉCIMA QUINTA. TRANSFERENCIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES
En términos del último párrafo del artículo 46, de la “LAASSP”, “EL PROVEEDOR” no podrá en forma alguna ceder ni transferir total o parcialmente los derechos y obligaciones derivadas de este contrato, salvo los derechos de cobro, en cuyo caso, deberá contar con la conformidad previa y por escrito del “INDEP”.
El “INDEP” está incorporado al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, por lo que “EL PROVEEDOR” podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero que esté incorporado a las Cadenas Productivas, mediante operaciones de factoraje o descuento electrónico para lo cual se entregará a “EL PROVEEDOR”, la documentación necesaria para su registro de acuerdo con las disposiciones vigentes.
DÉCIMA SEXTA. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
El “INDEP” se reserva toda titularidad de derechos de autor y propiedad industrial sobre los programas y cualquier material desarrollado por “EL PROVEEDOR” que resulte por la prestación de los servicios.
“EL PROVEEDOR” se compromete a no contravenir disposición alguna que afecte la titularidad de derechos inherentes a la propiedad intelectual, para lo cual asumirá la responsabilidad, obligándose a sacar en paz y a salvo al “INDEP” por las afectaciones que resulten conforme a esta cláusula.
DÉCIMA SÉPTIMA. CONFIDENCIALIDAD Y RESERVA
Toda información electrónica, impresa, verbal, audiovisual o de cualquier otro medio que el “INDEP” le proporcione a “EL PROVEEDOR”, así como los datos y resultados obtenidos a raíz del objeto del presente contrato, son estrictamente confidenciales, por lo que “EL PROVEEDOR” no podrá proporcionar información alguna a terceros con cualquier fin, sin
autorización expresa y por escrito del “INDEP”. Esta obligación de confidencialidad y reserva será de naturaleza permanente y no cesará con motivo de la suspensión o terminación del presente contrato.
De igual forma, “EL PROVEEDOR” se obliga, al término de la prestación del servicio objeto de este contrato a devolver y entregar toda la documentación e información inherente a éste, que para su cumplimiento haya requerido o se haya generado en el desempeño de sus actividades.
Por otra parte, “EL PROVEEDOR” se obliga a proporcionar a la Secretaría de la Función Pública o al Órgano Interno de Control en el “INDEP”, cuando así se le requiera, todos los datos, documentos e informes que estos estimen pertinentes en relación con el presente contrato.
“EL PROVEEDOR” se obliga a dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, respecto de aquella información que le sea proporcionada por el “INDEP” para el cumplimiento de sus obligaciones.
DÉCIMA OCTAVA. ADMINISTRACIÓN, VERIFICACIÓN, SUPERVISIÓN Y ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS
El C. , del “INDEP”, fungirá como responsable de la administración y verificación del cumplimiento del presente contrato ello de conformidad con el penúltimo párrafo del artículo 84, del “Reglamento”.
En el supuesto de que el “INDEP” determine el cambio del servidor público designado como Administrador del Contrato, lo hará del conocimiento de “EL PROVEEDOR”, a través de correo electrónico o por oficio con una anticipación de cinco (5) días hábiles, o cuando dicha designación ocurra, sin necesidad de que se celebre convenio modificatorio alguno.
Para dar cumplimiento a lo establecido en el último párrafo del artículo 84, del “Reglamento”, se establece que la verificación de las especificaciones y la aceptación de los servicios se llevarán a cabo de conformidad con lo dispuesto en el presente contrato y su “ANEXO 1”.
“EL PROVEEDOR” en este acto manifiesta su conformidad para que el “INDEP” lleve a cabo la verificación de las especificaciones del servicio contratado en los términos de este contrato, en el entendido de que hasta en tanto ello se cumpla no se tendrán por recibidos o aceptados los servicios, de conformidad con el último párrafo del referido artículo.
DÉCIMA NOVENA. DEDUCCIONES
En términos de lo dispuesto por los artículos 53 bis de la “LAASSP”; y 97 de su “Reglamento”, se aplicarán deductivas, las cuales serán determinadas en función de los servicios prestados de manera parcial o deficiente.
Cualquier deficiencia detectada y debidamente documentada durante la prestación del servicio se aplicará una deductiva equivalente al 5% del costo del servicio correspondiente.
Las deducciones se aplicarán en la facturación posterior a la fecha en que se hayan generado. Tratándose del último pago, las deducciones se aplicarán contra ese mismo pago.
Para los efectos de las deductivas, “EL PROVEEDOR” emitirá el “CFDI” que la respalde, el cual deberá contener los requisitos establecidos en la legislación fiscal aplicable vigente.
VIGÉSIMA. PENAS CONVENCIONALES.
En términos de lo dispuesto por los artículos 53, de la “LAASSP”; 95 y 96, del “Reglamento” el pago de los servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso.
Para el caso de incumplimiento en las fechas pactadas para la prestación de los servicios por parte de “EL PROVEEDOR”, se aplicará por parte del “INDEP” una pena convencional por servicios no prestados oportunamente, conforme a la siguiente tabla:
El incumplimiento en la prestación del servicio será determinado por el administrador del contrato quien también calculará y notificará las penas convencionales a “EL PROVEEDOR”.
Documento o Servicio | Plazo de Entrega o Atención | Penalización | |
a) | Reporte de servicios de mantenimiento preventivo, describiendo las refacciones, componentes e insumos utilizados e indicando la unidad de medida y cantidad (impreso y en archivo electrónico). | Dentro de los primeros 10 días hábiles, posteriores al mantenimiento preventivo, en el formato que para tal efecto establezca el “INDEP y sus Encargos”. | Se aplicará una pena convencional equivalente al 3% por cada día de atraso, en la entrega del reporte sobre el mantenimiento preventivo que se trate. |
b) | Reporte de servicios de mantenimiento correctivo, describiendo las refacciones, componentes e insumos utilizados e indicando la unidad de medida y cantidad. (Impreso y en archivo electrónico). | Dentro de los primeros 10 días hábiles posteriores al mantenimiento correctivo, en el formato que para tal efecto establezca el “INDEP y sus Encargos”. | Se aplicará una pena convencional equivalente al 3% por cada día de atraso, en la entrega del reporte sobre el precio unitario del mantenimiento correctivo que se trate. |
c) | Servicio de mantenimiento preventivo. | Dentro del plazo establecido para cada servicio en el cronograma trabajo de mantenimiento preventivo. | Se aplicará una pena convencional del 5%, por cada día de atraso, en la prestación del servicio del mantenimiento preventivo que corresponda. |
d) | Atención de reportes correspondientes al mantenimiento correctivo. | Dentro de las 2 horas siguientes al reporte por parte del “INDEP y sus Encargos” | Se aplicará un apena convencional equivalente al 5% sobre el importe diario del servicio que se trate, por cada hora de atraso, en la atención del reporte para lo cual se dividirá el precio unitario mensual que corresponda al equipo, entre 30 días. |
e) | Sustitución del personal técnico | Conforme a lo establecido en el numeral 5, 6 y 7 del “ANEXO 1” | Se aplicará una pena convencional al 3% por cada día de atraso sobre el importe del servicio que corresponda, cuando no se sustituya el personal, conforme a lo establecido en el punto 5, 6 y 7 del “ANEXO 1” |
Para tal efecto, “EL PROVEEDOR” deberá presentar nota de crédito, efectivo, cheque certificado o de caja, por el importe total de la pena, a favor del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, que será requisito para liberar el pago de la factura, previa notificación mensual a “EL PROVEEDOR” cuando incurra en alguno de los supuestos.
VIGÉSIMA PRIMERA. SANCIONES ADMINISTRATIVAS
Cuando "EL PROVEEDOR" incumpla con sus obligaciones contractuales por causas imputables a éste, y como consecuencia, cause daños y/o perjuicios graves al “INDEP”, o bien, proporcione información falsa, actúe con dolo o mala fe en la celebración del presente contrato o durante la vigencia del mismo, por determinación de la Secretaría de la Función Pública, se podrá hacer acreedor a las sanciones establecidas en la "LAASSP", en los términos de los artículos 59, 60 y 61 de dicho ordenamiento legal y 109 al 115 del “Reglamento”.
VIGÉSIMA SEGUNDA. SANCIONES APLICABLES Y TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL
El “INDEP”, de conformidad con lo establecido en los artículos 53, 53 Bis, 54 y 54 Bis de la "LAASSP", y 86 segundo xxxxxxx, 00 xx 000 y 102 del “Reglamento”, aplicará sanciones, o en su caso, llevará a cabo la cancelación de partidas total o parcialmente o la rescisión administrativa del contrato.
VIGÉSIMA TERCERA. RESPONSABILIDAD LABORAL.
“EL PROVEEDOR” como empresario y único patrón del personal y de cada uno de los trabajadores que utilizará para la prestación de los servicios encomendados, será el único obligado a responder del pago de los salarios y de todas las prestaciones de carácter laboral, así como del cumplimiento de las obligaciones obrero patronales derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social; por lo que “EL PROVEEDOR” se obliga a responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presentaren en contra del “INDEP” por lo cual desde este momento libera expresamente al “INDEP” de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, civil y/o de cualquier otra índole, respecto de dicho personal y se obliga a sacarlo en paz y a salvo, de cualquier conflicto que en el futuro pudiere surgir con motivo de la prestación de los servicios objeto del presente contrato, lo anterior, en virtud de que la prestación de los servicios a que refiere este contrato, no constituye relación laboral de ningún tipo.
El “INDEP”, en ningún momento será considerado patrón solidario, de acuerdo a lo establecido en el artículo 15 A, de la Ley del Seguro Social.
“LAS PARTES” acuerdan expresamente que para el caso de que el “INDEP” llegue a erogar alguna cantidad derivada de cualquier tipo de reclamación o demanda, será “EL PROVEEDOR” quien estará obligado a cubrirlas al “INDEP”, sin menoscabo del pago de daños y perjuicios a que hubiere lugar.
VIGÉSIMA CUARTA. EXCLUSIÓN LABORAL.
"LAS PARTES" convienen en que el “INDEP” no adquiere ninguna obligación de carácter laboral con "EL PROVEEDOR" ni con los elementos que éste utilice para la prestación de los servicios objeto del presente contrato, por lo cual no se le podrá considerar como patrón ni como un sustituto. En particular el personal se entenderá relacionado exclusivamente con la o las personas que lo emplearon y por ende cada una de ellas asumirá su responsabilidad por dicho concepto.
Igualmente, y para este efecto y cualquiera no previsto, "EL PROVEEDOR" exime expresamente al “INDEP” de cualquier responsabilidad laboral, civil, penal, de seguridad social o de otra especie que, en su caso, pudiera llegar a generarse; sin embargo, si el “INDEP” tuviera que realizar alguna erogación por alguno de los conceptos que anteceden, "EL PROVEEDOR" se obliga a realizar el reembolso e indemnización correspondiente.
Por lo anterior, "LAS PARTES" reconocen expresamente en este acto que el “INDEP” no tiene nexo laboral alguno con "EL PROVEEDOR", por lo que éste último libera al “INDEP” de toda responsabilidad relativa a cualquier accidente o enfermedad que pudiera sufrir o contraer cualquiera de sus trabajadores durante el desarrollo de sus labores o como consecuencia de ellos, así como de cualquier responsabilidad que resulte de la aplicación de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y/o cualquier otra aplicable, derivada de la entrega de los bienes o prestación de los servicios materia de este contrato.
VIGÉSIMA QUINTA. SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS
En términos del artículo 55 Bis, de la “LAASSP”, en caso fortuito o de fuerza mayor, el “INDEP” podrá suspender la prestación del servicio, para lo cual se deberá elaborar el dictamen correspondiente conforme lo establecido en el artículo 102, del “Reglamento”.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables al “INDEP”, se pagarán los gastos no recuperables, previa solicitud de “EL PROVEEDOR”, de conformidad con el artículo 102, del “Reglamento”, para lo cual deberá presentar solicitud al “INDEP”, con la relación pormenorizada de los gastos, los cuales deberán: estar debidamente justificados, ser razonables, estar relacionados directamente con el objeto del servicio contratado, a entera satisfacción de la del “INDEP”. De ser autorizados los gastos, el pago se efectuará vía transferencia electrónica de acuerdo a lo establecido en el precepto legal invocado, previa entrega del “CFDI” correspondiente.
VIGÉSIMA SEXTA. RESCISIÓN
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 54, de la “LAASSP” y 98, del “Reglamento”, el “INDEP” podrá rescindir el presente contrato sin necesidad de declaración judicial, si “EL PROVEEDOR” incurre en cualquiera de los supuestos más adelante precisados, en cuyo caso el “INDEP” procederá a hacer efectiva la garantía de cumplimiento, independientemente de las demás acciones que conforme a derecho procedan:
a) Si “EL PROVEEDOR” no inicia en la fecha convenida la prestación de los servicios materia de este contrato.
b) No ejecute debidamente las actividades inherentes a la prestación de servicios objeto de este contrato.
c) Por prestar los servicios deficientemente a criterio del “INDEP” o por no apegarse a lo estipulado en el presente contrato y sus anexos.
d) Por negar al “INDEP” o a quienes estén facultados por éste, las facilidades y datos necesarios para la supervisión de los servicios objeto del presente contrato.
e) Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas en el presente contrato y sus anexos o las que sean exigibles conforme a la normativa respectiva y que pongan en riesgo la ejecución y realización del servicio.
f) Por suspender injustificadamente la ejecución de los servicios contratados o no les otorgue la debida atención conforme a las instrucciones del “INDEP”.
g) Por ser declarado por autoridad competente en estado de quiebra, concurso mercantil o alguna situación análoga.
h) Cuando durante la vigencia del contrato se detecte y acredite que en el procedimiento de adjudicación haya presentado alguna manifestación con falsedad, que hubiere sido motivo de descalificación y tal situación le haya beneficiado respecto de los demás participantes, salvo las que específicamente, la normativa jurídica vigente establezca que no son motivo de rescisión.
i) Por hacerse acreedor por el incumplimiento parcial o deficiente del servicio a deductivas xxx xxxx por ciento (10%) respecto del monto máximo establecido para este contrato.
j) Por hacerse acreedor por el atraso en la prestación del servicio a penas convencionales equivalentes al diez por ciento (10%) respecto del monto máximo establecido para este contrato.
El procedimiento de rescisión a que alude esta Cláusula, podrá iniciarse en cualquier momento durante la vigencia de este contrato.
Para los efectos de la rescisión administrativa el “INDEP” comunicará por escrito a “EL PROVEEDOR” el incumplimiento en que éste haya incurrido, para que en un término de cinco (5) días hábiles, exponga lo que a su derecho convenga y aporte en su caso, las pruebas pertinentes.
Transcurrido el término señalado en el párrafo anterior el “INDEP”, tomando en cuenta los argumentos y pruebas ofrecidas por “EL PROVEEDOR”, determinará de manera fundada y motivada si resulta procedente o no rescindir el contrato y se lo comunicará por escrito dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a aquél en que se haya agotado el plazo señalado en el párrafo anterior.
En el supuesto que se determine rescindir el contrato, el “INDEP” deberá dar aviso por escrito respecto a dicha decisión, a efecto de determinar conjuntamente con “EL PROVEEDOR” el importe de los servicios que hasta la fecha se hubieren prestado a entera satisfacción del “INDEP” y se encontraren pendientes de pago, quedando a cargo del “INDEP” la liquidación correspondiente. De existir diferencias a favor del “INDEP”, éstas deberán ser compensadas o en su caso restituidas por “EL PROVEEDOR”.
El “INDEP” podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que ésta pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas; en este supuesto, el “INDEP” deberá elaborar un dictamen en el cual se justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con dicha rescisión resultarían más gravosos.
Al no dar por rescindido el contrato, el “INDEP” podrá establecer con “EL PROVEEDOR” otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA
En términos del artículo 54 Bis, de la “LAASSP”, “LAS PARTES” convienen en que el “INDEP” podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato, cuando concurran razones de interés general o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio al “INDEP”, sin responsabilidad alguna, para el “INDEP”, o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por autoridad competente, si concurre cualquier circunstancia que impida la realización de los fines del presente contrato, para lo cual notificará por escrito con cinco (5) días hábiles de anticipación a “EL PROVEEDOR” las causas por las cuales se actualiza la terminación anticipada del contrato.
En dichos supuestos, el “INDEP” deberá liquidar a “EL PROVEEDOR”, los servicios recibidos hasta ese momento.
VIGÉSIMA OCTAVA. DISCREPANCIAS
"LAS PARTES" convienen que, en caso de discrepancia entre la convocatoria y el presente contrato, prevalecerá lo establecido en la convocatoria respectiva, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81 fracción IV, del “Reglamento”.
VIGÉSIMA NOVENA. CONCILIACIÓN, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
En caso de controversia durante la ejecución del presente instrumento, “LAS PARTES” podrán iniciar el procedimiento de conciliación previsto en los artículos 77, 78 y 79, de la “LAASSP” y sus correlativos del “Reglamento”.
Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo aquello que no esté estipulado en el mismo, “LAS PARTES” se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales Competentes en la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquier otra que pudiera corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa.
TRIGÉSIMA. DOMICILIOS
“LAS PARTES” señalan como sus domicilios para todo lo relacionado con este contrato los siguientes:
• "INDEP”: Xxxxxxxxxxx Xxx Xxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Demarcación Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 01020, Ciudad de México.
• “EL PROVEEDOR”: .
Asimismo, para efecto de comunicación vía electrónica, “EL PROVEEDOR” señala la siguiente dirección de correo electrónico:
Para el caso de que alguna de “LAS PARTES” cambie de domicilio, lo deberá notificar a su contraparte mediante correo certificado o notificación personal, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes.
TRIGÉSIMA PRIMERA. LEGISLACIÓN APLICABLE.
Para el cumplimiento e interpretación del presente contrato, “LAS PARTES” se obligan a ajustarse estrictamente a todas y cada una de las cláusulas del mismo, así como a los términos, lineamientos y procedimientos que establecen la “LAASSP”, su “Reglamento” y demás normativa aplicable y de forma supletoria el Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles.
“LAS PARTES” manifiestan que para la celebración del presente contrato no existió error, dolo, mala fe, lesión, violencia, ni vicio alguno que afectara su voluntad, por lo que, enteradas “LAS PARTES” de su contenido, alcance y fuerza legal lo firman por triplicado en la Ciudad de México el .
POR EL “INDEP” C. | POR EL “PROVEEDOR” C. |
POR EL “INDEP” | |
TITULAR DEL ÁREA REQUIRENTE C. | RESPONSABLE DE LA ADMINISTRACIÓN, VERIFICACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO C. |
Última hoja del Contrato de Prestación de Servicios número INDEP/000
PROVEEDOR”.
/2022, celebrado entre el “INDEP” y “EL
ANEXO 2 PROPUESTA ECONÓMICA
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. IA-006HKA999-E56-2022 FECHA: |
NOMBRE o RAZÓN SOCIAL DEL PARTICIPANTE: |
DOMICILIO: |
R.F.C.: |
No. TELÉFONO: CORREO ELECTRÓNICO: |
A. PARA EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO:
El mantenimiento preventivo deberá incluir mano de obra, fletes, acarreos desde el acceso del edificio a bodega y área de trabajo, herramienta, equipo de seguridad, andamios, escaleras, desperdicios y limpieza del área de trabajo.
No. | Descripción de “Los Equipos” | Capacidad | Ubicación | Precio Unitario Mantenimiento Preventivo (por servicio) | Observaciones |
Edificio Sede “INDEP” | |||||
1 | UNIDAD GENERADORA DE AGUA HELADA MARCA YORK, MODELO YCAL0124C28XCA | 120TR, 220V, 60HZ | Azotea | $ | N/A |
2 | MOTOBOMBA RECIRCULADORA DE AGUA HELADA MARCA BALDOR, MODELO JMM2513T, SPEC: 37G107X956 | 208-203/460V, 425-410/20.5 A, 1760 RPM, 15HP | Azotea | $ | N/A |
3 | MANEJADORA DE AIRE MARCA YORK, MODELO 180YSVW4 | 9.6-9.2/4.6A, 3F, 60 HZ, 3 HP | 15 Niveles De Oficinas | $ | N/A |
4 | MANEJADORA DE AIRE YORK, MODELO 90YSHW4 | 5.6-4.8/2.9A, 3F, 60HZ, 1.5HP | 15 Niveles De Oficinas | $ | N/A |
5 | VÁLVULAS 3 VÍAS CON ACTUADOR MARCA BELIMO, MODELO LR24-SR2.0 US | 24VAC/CD, 50760 HZ, 4VA, 2WATTS. | 15 Niveles De Oficinas | $ | N/A |
6 | MANÓMETRO MARCA METRON | 11KG/CM2 156 LBS, PULG | En 15 Niveles De Oficinas | $ | N/A |
7 | CONTROLADOR LÓGICO DE ENCENDIDO Y APAGADO DE BOMBAS (PLC) DE RECIRCULACIÓN DE AGUA HELADA MARCA SIEMENS | S/D | Azotea | $ | N/A |
8 | MINI CHILLER MARCA YORK, MODELO H3CE120A25A, SERIE: NOL5157119 | 10TR | Rampa (E-1) | $ | N/A |
9 | MOTOBOMBA RECIRCULADORA DE AGUA HELADA MOTOR MARCA MARATHON, MODELO VF143TTFR5326 | ADP 208-220/460V, 3F,60HZ, 1HP, 1730RPM | Rampa (E-1) | $ | N/A |
10 | MOTOBOMBA RECIRCULADORA DE AGUA HELADA BOMBA XXXXX XXXX & GOSSETL, MODELO 60 1 1/2 X 7 | CARGA DINAMICA:52' | Rampa (E-1) | $ | N/A |
11 | UNIDAD FAN&COIL YORK, MODELO XXXXX-0XX | 000X, 0X, 60HZ, 0.25HP | Auditorio | $ | N/A |
12 | VÁLVULAS 3 VÍAS CON ACTUADOR MARCA BELIMO, MODELO LR24-SR2.0 US | 24VAC/CD, 50760 HZ, 4VA, 2WATTS. | Auditorio | $ | N/A |
13 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO DIVIDIDO MARCA YORK, MODELO K3EV120A338 | 220V, 3F, 60HZ, 10TR | Azotea | $ | N/A |
14 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN XXXXX XXXXXXX, MODELO CHALLENGUER 3000. | 220V, 3F, 60HZ, 5TR | Piso 10 | $ | Dos Equipos. (3 Servicios) |
15 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA YORK, MODELO MOH26N16B SERIE 01018-16555 | 14.2A, 208/230V, 24000BTU/HR | Piso 16 | $ | N/A |
16 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA YORK, MODELO MOH26N16B SERIE 0108-16572 | 14.2A, 208/230V, 24000BTU/HR | Piso 16 | $ | N/A |
No. | Descripción de “Los Equipos” | Capacidad | Ubicación | Precio Unitario Mantenimiento Preventivo (por servicio) | Observaciones |
17 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA CARRIER, MODELO 38RSC183C-C | 8.2A, 208/230V, 18000BTU/HR | Piso 16 | $ | N/A |
18 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA CARRIER, MODELO CKL24-43 SERIE 3301E16846 | 12.1A, 208/230V, 24000BTU/HR | Piso 12 | $ | N/A |
19 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA CARRIER, MODELO 38RSC1183 SERIE C-C | 8.5A, 208/230V, 18000BTU/HR | Piso 12 | $ | N/A |
20 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA CARRIER, MODELO 38CKC024-43 SERIE N33301E16846 | 11.6A, 208/230V, 24000BTU/HR | Piso 11 | $ | N/A |
21 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA CARRIER, MODELO 38CKCO24-143 SERIE 3301E16876 | 11.6A, 208/230V, 24000BTU/HR | Piso 11 | $ | N/A |
22 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA CARRIER, MODELO 38CK02H-143 SERIE 9599E14153 | 8A, 208/230V, 24000BTU/HR | Piso 9 | $ | N/A |
23 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA CARRIER, MODELO 38MC024-3 SERIE 0399N34567 | 12.6A, 220V, 24000BTU/HR | Piso 9 | $ | N/A |
24 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA YORK, MODELO MOH25N1613 SERIE 0108-16579 | 14.2A, 208/230V, 24000BTU- 7HR | Piso 8 | $ | N/A |
25 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA YORK, MODELO MOH25N1613 SERIE 0106-16588 | 14.2A, 208/230V, 24000BTU- 7HR | Piso 8 | $ | N/A |
26 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA YORK, MODELO CK2241F | 14A, 208/230V, 24000BTU/HR | Piso 8 | $ | N/A |
27 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA PRIME, MODELO XXXXX000-X XXXXX X0000XXX000000 | 17.45A, 220 V~/1 PH/60 Hz 36,000 BTU/HR | Piso 8 | $ | N/A |
28 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA CARRIER, MODELO 38RSC123C-C SERIE 0211461123 | 12.1A, 208/230V, 24000 BTU/HR | Piso 7 | $ | N/A |
29 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA CARRIER, MODELO 38RSC123C-C SERIE 3181MC1531 | 5.9A, 208/230V, 18000BTU/HR | Piso 7 | $ | N/A |
30 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA MITSUBISHI, SERIE 8001733T | 16.1A, 208/230V 24000 BTU- 7HR | Piso 6 | $ | N/A |
31 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA CARRIER, MODELO CK124-1F SERIE 0212461089 | 12.1A, 208/230V, 24000BTU/HR | Piso 5 | $ | N/A |
32 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA CARRIER, MODELO CK124-1F SERIE 021146C092 | 12.3A, 208/230V, 24000BTU/HR | Piso 3 | $ | N/A |
33 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA CARRIER, MODELO CK36-1A SERIE 9807483475 | 17.3A, 208/230V, 24000BTU/HR | Pb (Oficialía De Partes) | $ | N/A |
34 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA CARRIER, MODELO 38RSC243C-C | 11.3A, 208/230V, 24000BTU/HR | Pb (Caja) | $ | N/A |
35 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA CARRIER, MODELO 38RSC/83C-C | 8.5A, 208/230V, 18000BTU/HR | Pb (Mantto) | $ | N/A |
36 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA YORK | 216V, 14.1A, 24000BTU/HR | Sótano (Bunker) | $ | N/A |
37 | EXTRACTOR MODELO RG26 | 3HP, 3.9/3.8A, 230/460V | Sótano | $ | N/A |
38 | EXTRACTOR MARCA AIR EQUIPOS, S.A. | 3HP, 9.4/4.7A, 220/440V. | Rampa (E-1) | $ | N/A |
39 | EXTRACTOR XXXXX XXXXXXXXX, MODELO BSQ-70-4, SERIE: 05K05019 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | Piso 16 | $ | N/A |
No. | Descripción de “Los Equipos” | Capacidad | Ubicación | Precio Unitario Mantenimiento Preventivo (por servicio) | Observaciones |
40 | EXTRACTOR XXXXX XXXXXXXXX, MODELO BSQ-90-4, SERIE 05K05024 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | Piso 15 | $ | N/A |
41 | EXTRACTOR XXXXX XXXXX & PALAU, MODELO TD 1300 | 000/000X. | Xxxx 00 | $ | N/A |
42 | EXTRACTOR XXXXX XXXXXXXXX, MODELO BSQ-90-4, SERIE 05K05020 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | Piso 14 | $ | N/A |
43 | EXTRACTOR XXXXX XXXXXXXXX, MODELO BSQ-100-4, SERIE 05K04981 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | Piso 12 | $ | N/A |
44 | EXTRACTOR XXXXX XXXXXXXXX, MODELO BSQ-60-4, SERIE 05K05017 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | Piso 11 | $ | N/A |
45 | EXTRACTOR XXXXX XXXXXXXXX, MODELO BAQ-80-4, SERIE 05K05013 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | Piso 10 | $ | N/A |
46 | EXTRACTOR XXXXX XXXXXXXXX, MODELO BSQ-80-4, SERIE05K05004 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | Piso 9 | $ | N/A |
47 | EXTRACTOR XXXXX XXXXXXXXX, MODELO BSQ-804, SERIE 05K05027 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | Piso 8 | $ | N/A |
48 | EXTRACTOR XXXXX XXXXXXXXX, MODELO BSQ-80-4X-QD, SERIE: 04J19360 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | Piso 2 | $ | N/A |
49 | EXTRACTOR XXXXX XXXXXXXXX, MODELO BSQ-90-4, SERIE: 05K05021 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | Piso 1 | $ | N/A |
50 | EXTRACTOR XXXXX XXXXXXXXX, MODELO ESC-90-4, SERIE: 05K05027 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | Piso 1 | $ | N/A |
51 | EXTRACTOR XXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXX & PALAU, MODELO TD 1300 | 115/127V. | Pb | $ | N/A |
52 | EXTRACTOR XXXXX XXXXXXXXX, MODELO BSQ-80-4, SERIE: 05K05021 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | Piso 8 | $ | N/A |
53 | EXTRACTOR XXXXX XXXXXXXXX, MODELO BSQ-80-4, SERIE: 05K05012 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | Piso 6 | $ | N/A |
54 | EXTRACTOR XXXXX XXXXXXXXX, MODELO BSQ-80-4, SERIE: 05K05016 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | Piso 7 | $ | N/A |
55 | EXTRACTOR XXXXX XXXXXXXXX, MARCA BSQ-80-4, SERIE 05K0518 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | Piso 5 | $ | N/A |
56 | EXTRACTOR XXXXX XXXXXXXXX, MODELO BSQ-80-4, SERIE: 05K05015 | 1/4HP, 4.7/55A, 115V. | Piso 3 | $ | N/A |
57 | VENTILADOR XXXXX XXXXX XXXXX & XXXXX, XXXXXX XXX-000 | 0/0XX, 2.9A, 127V | Sótano | $ | N/A |
58 | REJILLA DE INYECCIÓN (DIFUSOR) MODULAR DE 24 X 24”, XX XXXXX PARA PLAFÓN, CON MALLA PERFORADA DESMONTABLE. | NO APLICA | 15 Niveles De Oficinas Y Auditorio En P.B. | $ | N/A |
59 | REJILLA DE RETORNO (EXTRACCIÓN) MODULAR DE 24 X 24”, XX XXXXX PARA PLAFÓN, CON MALLA PERFORADA DESMONTABLE. | NO APLICA | 15 Niveles De Oficinas Y Auditorio En P.B. | $ | N/A |
Europa 34. | |||||
1 | SISTEMA DE AIRE ACONDICIONADO DE PRESICIÓN XXXXX XXXXXXX, Condensador: DCDF308 Evaporador: DS070AUCOEI. Tres servicios | 220 VOLT 3F, 60 HZ, 20 TR | Europa34, Piso 1. (dos equipos) | $ | Dos Equipos. (3 Servicios) |
2 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA TRANE, 2TTB0036A100CA, SERIE 13202SE75F | 220 VOLT, 60 HZ, 3 TR. | Europa 34. | $ | N/A |
3 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA TRANE, MODELO 2TTB0060A1000CA, SERIE 12032N174F | 220 VOLT, 60 HZ. 5 TR | Europa 34. | $ | N/A |
No. | Descripción de “Los Equipos” | Capacidad | Ubicación | Precio Unitario Mantenimiento Preventivo (por servicio) | Observaciones |
4 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA TRANE, MODELO 2TTB0036A100CB, SERIE 132012XB5F | 220 VOLT, 60 HZ, 3 TR. | Europa 34. | $ | N/A |
5 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA TRANE, MODELO 2TTB0036A1000CB, SERIE 13202R095F | 220 VOLT, 60 HZ, 3 TR. | Europa 34. | $ | N/A |
6 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA TRANE, MODELO 2TTB0060A1000CB, SERIE 12032N2H4F | 220 VOLT, 60 HZ. 5 TR | Europa 34. | $ | N/A |
7 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA TRANE, MODELO 2TTB0036A1000CB, SERIE 13414PW75F | 220 VOLT, 60 HZ, 3 TR. | Europa 34. | $ | N/A |
8 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA TRANE, MODELO 2TTK0518G1000CA, SERIE 63229943265 | 220 VOLTM, 60 HZ, 1.5 TR | Europa 34. | $ | N/A |
9 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA TRANE, MODELO 2TTB0036A1000CB, SERIE 132012TB5F | 220 VOLT, 60 HZ, 3 TR. | Europa 34. | $ | N/A |
10 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA TRANE, MODELO 2TTB0018A1000CB, SERIE 11241RN53F | 220 VOLT., 60 HZ., 1.5 TR. | Europa 34. | $ | N/A |
11 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA TRANE, MODELO 2TTB0024A1000CA, SERIE 11422XEN3F | 220 VOLT, 60 HZ. 2 TR. | Europa 34. | $ | N/A |
12 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA TRANE, MODELO 2TTB0024A1000CA, MODELO 10521L9U3F | 220 VOLT, 60 HZ. 2 TR | Europa 34. | $ | N/A |
13 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA TRANE, MODELO 2TTB0042A1000CA, SERIE 10443KYP3F | 220 VOLT, 60 HZ. 3.5 TR | Europa 34. | $ | N/A |
14 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA TRANE MODELO 2TTB0042A1000CA, SERIE 1125523N3F | 220 VOLT, 60 HZ. 3.5 TR | Europa 34. | $ | N/A |
15 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA TRANE, MODELO 2TTB0042A1000CA, SERIE 1125525N3F | 220 VOLT, 60 HZ. 3.5 TR | Europa 34. | $ | N/A |
16 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA TRANE, MODELO 2TTB0042A1000CA, SERIE 110731633F | 220 VOLT, 60 HZ. 3.5 TR | Europa 34. | $ | N/A |
17 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA YORK, MODELO YSDA18 FS-ADK, SERIE 100002669120211118 | 220 VOLT, 60 HZ 1.5 TR | Europa 34. | $ | N/A |
18 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA TRANE, MODELO 2TTB0024A1000CA, SERIE 11432LY73F | 220 VOLT, 60 HZ. 2TR. | Europa 34. | $ | N/A |
19 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA TRANE, MODELO 2TTB0018A1000CB, SERIE 110747AP3F | 220 VOLT., 60 HZ., 1.5 TR. | Europa 34. | $ | N/A |
20 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA TRANE, MODELO 2TTB0024A1000CA, SERIE 1142MFN3F | 220 VOLT, 60 HZ. 2TR. | Europa 34. | $ | N/A |
21 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA TRANE, MODELO 2TTB0024A1000CA, SERIE 11322M3U3F | 220 VOLT, 60 HZ. 2TR. | Europa 34. | $ | N/A |
Tlalpan 1224. | |||||
1 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA YORK, MODELO YHDA36FSADF, SERIE RCGM3927GP | 36,000 BTU/HR | Tlalpan 1224. | $ | N/A |
2 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA INTENSITY, MODELO CPT60KF-3 | 60,000 BTU/HR. | Tlalpan 1224. | $ | N/A |
3 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA INTENSITY, MODELO HWNC30KF-3 | 30,000 BTU/HR. | Tlalpan 1224. | $ | N/A |
No. | Descripción de “Los Equipos” | Capacidad | Ubicación | Precio Unitario Mantenimiento Preventivo (por servicio) | Observaciones |
4 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA YORK, MODELO YNDA60FS-EDT, SERIE 244402314110300348 | 60,000 XXX/XX. | Xxxxxxx 0000. | $ | N/A |
Xxxxxxxxxxx 0000 | |||||
0 | XXXXXX XX XXXX ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA TRANE, MODELO TTK518X10EAA | 18,000 BTU/HR | Xxxxxxxxxxx 0000, Xxxxxx Xxxx. | $ | N/A |
2 | UNIDAD LAVADORA DE AIRE MARCA MASTER COOL, MODELO CNCH-180 | 3 HP | Xxxxxxxxxxx 0000, Xxxxxx Xxxx. | $ | N/A |
México – Coyoacán | |||||
1 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO DE PRECISIÓN MARCA COMPU AIRE/ LIBERT, MODELO CAA1032 | 120,000 BTU/HR | México – Coyoacán 318. | $ | Dos Equipos. (3 Servicios) |
2 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA YORK, MODELO TTB018C100A2 | 18,000 BTU/HR. | México – Coyoacán 318. | $ | N/A |
3 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA YORK | 36,000 BTU/ HR. | México – Coyoacán 318. | $ | N/A |
4 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA YORK, MODELO ACO36X1024A | 36,000 BTU/HR. | México – Coyoacán 318. | $ | N/A |
5 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA TRANE | 18,000 BTU/HR. | México – Coyoacán 318. | $ | N/A |
6 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA TOTALINE, MODELO NHPO36AKC2, SERIE EO43248268 | 36,000 BTU/HR. | México – Coyoacán 318. | $ | N/A |
7 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA YORK, MODELO YHDA36FSADF | 36,000 BTU/HR. | México – Coyoacán 318. | $ | N/A |
8 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT, XXXXX XXXXXXX MODELO HDPX18-1B. | 18,000 BTU/HR. | México – Coyoacán 318. | $ | N/A |
9 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA YORK, MODELO ACO48X1021G | 48,000 BTU/HR. | México – Coyoacán 318. | $ | N/A |
10 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA CARRIER, MODELO 38YDB036301, SERIE 1101E28030 | 36,000 BTU/HR. | México – Coyoacán 318. | $ | N/A |
11 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA INTENSITY, MODELO CTP24KF-3 | 24,000 BTU/HR. | México – Coyoacán 318. | $ | N/A |
12 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA TOTALINE, MODELO MK036AWA | 24,000 BTU/HR. | México – Coyoacán 318. | $ | N/A |
13 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA YORK, MODELO HGRA060S06G, SERIE WKMM46213 | 60,000 BTU/HR. | México – Coyoacán 318. | $ | N/A |
14 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA YORK, MODELO H2RA036SO6E, SERIE WGLM65451 | 36,000 BTU/HR. | México – Coyoacán 318. | $ | N/A |
15 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA YORK, MODELO ACO36X1021A | 36,000 BTU/HR. | México – Coyoacán 318. | $ | N/A |
16 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA YORK, MODELO ACO36X1024A | 36,000 BTU/HR. | México – Coyoacán 318. | $ | N/A |
17 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO MINI-SPLIT MARCA TOTALINE, MODELO NACO36AKC3, SERIE E040832346 | 36,000 BTU/HR. | México – Coyoacán 318. | $ | N/A |
No. | Descripción de “Los Equipos” | Capacidad | Ubicación | Precio Unitario Mantenimiento Preventivo (por servicio) | Observaciones |
18 | AIRE ACONDICIONADO TIPO PORTATIL MARCA CARRIER, MODELO HOLIDAY | 6,000 BTU/HR. | México – Coyoacán 318. | $ | N/A |
19 | AIRE ACONDICIONADO TIPO PORTATIL XXXXX XX XXXXXX, MODELO PAC250V, SERIE 71505 | 8,000 BTU/HR | México – Coyoacán 318. | $ | N/A |
20 | AIRE ACONDICIONADO TIPO PORTATIL MARCA HEALTH/ZENITH, MODELO DMCHS-588AD | S/D | México – Coyoacán 318. | $ | N/A |
21 | AIRE ACONDICIONADO TIPO PORTATIL MARCA SPLENDID ECOS 1, MODELO 00319 | 6,000 BTU/HR | México – Coyoacán 318. | $ | N/A |
22 | AIRE ACONDICIONADO TIPO PORTATIL MARCA AUX | S/D | México – Coyoacán 318. | $ | N/A |
23 | UNIDAD DE AIRE ACONDICIONADO TIPO VENTANA MARCA GENERAL ELECTRIC | 6,000 BTU/HR. | México – Coyoacán 318. | $ | N/A |
SUBTOTAL “A” | $ | $ |
B. PARA EL MANTENIMIENTO CORRECTIVO:
No. | Conceptos de Referencia | Unidad | Precio Unitario Por refacción incluye mano de obra, fletes, acarreos desde el acceso del edificio a bodega y área de trabajo, herramienta, equipo de seguridad, andamios, escaleras, desperdicios y limpieza del área de trabajo. |
1 | Compresor a 220/440 volts, trifásico, mod. 6rp-3500 de 50tr. Incluye: fletes, acarreos desde el acceso del edificio a bodega y área de trabajo, herramienta, equipo de seguridad, andamios, escaleras, desperdicios y limpieza del área de trabajo. | PZA | $ |
2 | Gas r 141-b. | Kg. | $ |
3 | Temporizador Semanario Finder 1P 120. | PZA | $ |
4 | Filtro Deshidratador Modelo TD-48. | PZA | $ |
5 | Aceite Acemire 200 para compresores. | Lt. | $ |
6 | Bomba recirculadora de agua de 10 hp, de 4" a la entrada y 4" a la descarga, 3,550 Rpm, 208-230/460 Volts, 60HZ. | PZA | $ |
7 | Juntas de sellado para casco de unidad tipo chiller. | PZA | $ |
8 | Válvula solenoide de 7/8" de unidad tipo chiller. | PZA | $ |
9 | Indicador de aceite tipo mirilla de 7/8" de unidad tipo chiller. | PZA | $ |
10 | Interruptor termomagnético de 2x250 400v. | PZA | $ |
11 | Interruptor de cuchillas de 3x400amp 400v. | PZA | $ |
12 | Xxxxx xx xxxxxx negro sin costura de 4" de ø, incluye: bridas xx xxxxx al carbón de 8 perforaciones para ajuste perfecto. | PZA | $ |
13 | Válvula de alivio de 1/2 de unidad tipo chiller. | PZA | $ |
14 | Filtro tipo y para tubería xx xxxxxx negro de 4". | PZA | $ |
15 | Serpentín para condensador de capacidad de 51 a 55 Tr para unidad tipo chiller. | PZA | $ |
16 | Intercambiador de calor con capacidad para 204tr para unidad tipo chiller. | PZA | $ |
17 | Termopozo de 3/8". | PZA | $ |
18 | Válvula de expansión de 7/8 para capacidad de 35 Tr. | PZA | $ |
19 | Rejilla tipo panal de 60x60cm. | PZA | $ |
20 | Actuador Honeywell para válvula de 3 vías. | PZA | $ |
21 | Válvula de 3 vías. | PZA | $ |
22 | Control electrónico marca Honeywell modelo t775m2048. | PZA | $ |
23 | Motor para UMAS de 5 hp, 208-230/460 volts, 60hz; así como material de montaje y ajuste por cambio de la misma. | PZA | $ |
24 | Banda b73 para UMAS. | PZA | $ |
25 | Variador de velocidad para motor de UMAS de 5 hp, 208-230/460 volts, 60hz; así como material de montaje y ajuste por cambio de la misma. | PZA | $ |
No. | Conceptos de Referencia | Unidad | Precio Unitario Por refacción incluye mano de obra, fletes, acarreos desde el acceso del edificio a bodega y área de trabajo, herramienta, equipo de seguridad, andamios, escaleras, desperdicios y limpieza del área de trabajo. |
26 | Filtro de aire lavable de 16x25x2". | PZA | $ |
27 | Polea de 10" para UMA de 1 ranura. | PZA | $ |
28 | turbina tipo jaula xx xxxxxxx para UMA, marca york, modelos 180YSVW4 y 90YSHW4. | PZA | $ |
29 | Ducto flexible para conexión entre rejilla y ducto rígido de 12”. | M | $ |
30 | Difusor de 4 vías con cuello de 12". | PZA | $ |
31 | Ductos de lámina galvanizada calibre 22 y 24 para un máximo de 68” semi perímetro. | M | $ |
32 | Tubo flexible de fibra xx xxxxxx del sistema de aire acondicionado de 10 y 12”. | M | $ |
33 | Compresor de 60,000 BTU. | Pz. | $ |
34 | Gas refrigerante R22. | Kg | $ |
35 | Tarjeta de mando para equipo de precisión Xxxxxxx. | Pz. | $ |
36 | Kit de motor variable para condensadora xxxxx Xxxxxxx | Pz. | $ |
37 | Compresor de aire acondicionado de precisión xxxxx Xxxxxxx de 5 TR. | Pz. | $ |
38 | Contactor de arranque para moto ventiladores con auxiliar 13/15 amp voltaje máximo 460 3f. | Pz. | $ |
39 | Contactor de arranque para compresores con auxiliar 1/90 amp voltaje máximo 460 3f. | Pz. | $ |
40 | Aceites lubricantes sintéticos para compresores de refrigeración y aire acondicionado, compatibles con refrigerantes ecológicos HFC (R134a, R404a, R407c). | Lt. | $ |
41 | Sensor de temperatura y humedad interna xxxxx Xxxxxxx. | Pz. | $ |
42 | Kit de tubería de cobre de 7/8" y de 1 3/8" (tramo de 1 m) con conexiones varias. | Pz. | $ |
43 | Embobinado de rodamientos. | Pz. | $ |
44 | Rodamientos, mod. 6210-zz | Pz. | $ |
45 | Switch de flujo, 1” npt | Pz. | $ |
46 | Manómetro, Npt de 1/8” conexión inferior | Pz. | $ |
47 | Termómetro, 3/8” Npt | Pz. | $ |
48 | Presostato de alta presión. | Pz. | $ |
49 | Presostato de baja presión. | Pz. | $ |
50 | Válvula check de 4" para tubería de 4" xx xxxxxx negro. | Pz. | $ |
51 | Xxxxxxx xx xxxxxxxxx xx 0” xxxx xxxxxxx xx 0" xx xxxxxx xxxxx. | Pz. | $ |
52 | Interruptor termomagnético de fuerza para ventilador de 3x30 Amp. | Pz. | $ |
53 | Termostato digital 24 volts. | Pz. | $ |
54 | Contactor de arranque para compresores con auxiliar 1/90 Amp voltaje máximo 460 3F. | Pz. | $ |
55 | Bomba mini Orange para agua de condensados. | Pz. | $ |
56 | Contactores para arrancadores de manejadoras de aire, de 3 polos, 1 auxiliar, bobina a 220vca, 20 Amp., de capacidad. | Pz. | $ |
SUBTOTAL “B”: | $ |
Las refacciones señaladas son enunciativas, más no limitativas y se consideran como de referencia en caso de ser requeridos por el “INDEP”, en caso de que “Los Equipos” requieran el reemplazo de una refacción no contemplada, el “Participante” contará con un plazo no mayor a 24 horas, para notificar al “INDEP” del reemplazo de la refacción de que se trate, adjuntando a dicha notificación el nombre de la refacción y 3 cotizaciones de la misma. En caso de que el “INDEP” obtenga una cotización con menor costo, el “Participante” deberá ajustarse a la más baja.
Sumatoria de los Conceptos A + B
Concepto | Importe Total |
Importe Total sin I.V.A. (concepto A para el Mantenimiento Preventivo): | $ |
Importe Total sin I.V.A. (concepto B para el Mantenimiento Correctivo): | $ |
Subtotal A+B | $ |
I.V.A.: | $ |
Total: | $ |
(Cantidad con Letra) |
Nota: El ejercicio de los recursos será conforme a los montos mínimo y máximo establecidos por la convocante de
conformidad con los precios unitarios ofertados por el “Participante” adjudicado en su respectiva proposición.
Los precios ofertados ya deberán considerar todos los costos de mano de obra, fletes, acarreos desde el acceso del edificio a bodega y área de trabajo, herramienta, equipo de seguridad, andamios, escaleras, desperdicios y limpieza del área de trabajo., hasta la prestación total de los servicios.
En caso de que el monto total de la oferta del “Participante” ganador fuera inferior al presupuesto mínimo establecido, se ajustará el presupuesto mínimo y máximo, de tal forma que el monto de la oferta sea la media entre estos dos montos, lo cual en su caso se dará a conocer en el fallo.
Nombre y Firma del Representante Legal
ACREDITACIÓN DE FACULTADES DEL PARTICIPANTE
Ciudad de México, a de de 2022.
Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado P r e s e n t e
PARA PERSONAS FÍSICAS:
(Nombre del Participante), manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para comprometerme en la presente Invitación a cuando menos Tres Personas. No. de Invitación a cuando menos Tres Personas: IA-006HKA999-E56-2022 |
Nombre completo del “Licitante” (Persona Física): |
Registro Federal de Contribuyentes: |
Domicilio: (Calle; Número Exterior e Interior; Colonia; Demarcación territorial o Municipio; Código Postal; Entidad Federativa) |
Teléfono: Correo electrónico: |
Protesto lo necesario Nombre y firma del “Licitante” |
PARA PERSONAS XXXXXXX
(Nombre del representante legal), manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para comprometerme en la presente Invitación a cuando menos Tres Personas, a nombre y representación de: (Razón social del Participante). No. de Invitación a cuando menos Tres Personas: IA-006HKA999-E56-2022 | |||||
DATOS DEL “Licitante”: | |||||
REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES | DOMICILIO: (Calle; Número Exterior e Interior; Colonia; Demarcación territorial o Municipio; Código Postal; Entidad Federativa) | TELÉFONO: | FAX: | CORREO ELECTRÓNICO: (Sólo en caso de contar con alguno) | |
DESCRIPCIÓN DEL OBJETO SOCIAL | |||||
DATOS DE LA ESCRITURA PÚBLICA EN LA QUE CONSTA SU ACTA CONSTITUTIVA: | |||||
Número de la escritura: | Fecha de la escritura: | Nombre xxx xxxxxxx: | Número xxx xxxxxxx: | Xxxxx xxx xxxxxxx: | |
NOMBRE DE LOS SOCIOS: | |||||
Nombre (s) | Apellido paterno: | Apellido materno: | |||
De haber reformas o modificaciones relacionadas con la existencia legal de la persona moral o los socios, indicar los datos de la escritura pública en la que constan. | |||||
Número de la escritura: | Fecha de la escritura: | Nombre xxx xxxxxxx: | Número xxx xxxxxxx: | Xxxxx xxx xxxxxxx: | |
DEL “REPRESENTANTE” DEL “Licitante” | |||||
Nombre Completo (“Representante”) | REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES | DOMICILIO: Calle; Número Exterior e Interior; Colonia; Demarcación territorial o Municipio; Código Postal; Entidad Federativa | |||
Número de la escritura: | Fecha de la escritura: | Nombre xxx xxxxxxx: | Número xxx xxxxxxx: | Xxxxx xxx xxxxxxx: | |
Protesto lo necesario Nombre y firma del “Representante” |
ESCRITO DE NACIONALIDAD
Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado P r e s e n t e
(Nombre completo), como “Representante” de (razón social del “Licitante”), manifiesto bajo protesta de decir verdad que mi representada es de nacionalidad mexicana.
ATENTAMENTE
Ciudad de México a de de 2022.
No. de Invitación a cuando menos Tres Personas: IA-006HKA999-E56-2022
Numeral 4.1.3
Nombre y firma del “Representante”
Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado P r e s e n t e
(Nombre completo), como “Representante” de (razón social del “Licitante”), manifiesto bajo protesta de decir verdad que mi representada no se encuentra en alguno de los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
ATENTAMENTE
ESCRITO ARTÍCULOS 00 X 00 XX XX XXX
Xxxxxx xx Xxxxxx a de de 2022.
No. de Invitación a cuando menos Tres Personas: IA-006HKA999- E56-2022
Numeral 4.1.4
Nombre y firma del “Representante”
DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD
Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado P r e s e n t e
(Nombre completo), como “Representante” de (razón social del “Licitante”), manifiesto bajo protesta de decir verdad que mi representada se abstendrá, por sí o a través de interpósita persona, de adoptar conductas para que los servidores públicos del “INDEP”, induzcan o alteren las evaluaciones de las “Proposiciones”, el resultado del procedimiento u otros aspectos que le puedan otorgar condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.
ATENTAMENTE
Ciudad de México a de de 2022
No. de Invitación a cuando menos Tres Personas: IA-006HKA999- E56-2022
Numeral 4.1.5
Nombre y firma del “Representante”
ESCRITO DE ESTRATIFICACIÓN DE EMPRESAS
Ciudad de México, a de de 2022.
Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado P r e s e n t e.
Me refiero al procedimiento de Invitación a cuando menos Xxxx Xxxxxxxx Xx. XX-000XXX000-X00-0000 en el que mi representada, la empresa (indicar el nombre, razón social o denominación del “Licitante”), participa a través de la presente proposición.
Al respecto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del “Reglamento” de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes (indicar el RFC del “Licitante”) y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de , con base en lo cual se estatifica como una empresa .
De igual forma, declaro que la presente manifestación la hago teniendo pleno conocimiento de que la omisión, simulación o presentación de información falsa, son infracciones previstas por los artículos 65, 69, 81 y demás relativos y aplicables de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
A T E N T A M E N T E
Nombre y firma del “Licitante” o “Representante”
ESCRITO REFERENTE A LAS RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS
Ciudad de México a de de 2022.
No. de Invitación a cuando menos Tres Personas: IA-006HKA999- E56-2022
Numeral 4.1.8
Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado P r e s e n t e
PARA PERSONAS XXXXXXX
(Nombre completo), como “Representante” de (razón social del “Licitante”), manifiesto bajo protesta de decir verdad que los socios o accionistas no desempeñan empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que, a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente en caso de que resulte ganador no se actualiza un Conflicto de Interés
PARA PERSONAS FÍSICAS
(Nombre completo), manifiesto bajo protesta de decir verdad que no desempeño empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que, a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente en caso de que resulte ganador no se actualiza un Conflicto de Interés
ATENTAMENTE
Nombre y firma del “Xxxxxxxxxxxxx”
XXXXX 00
RELACIÓN DE DOCUMENTOS A PRESENTAR
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NO. IA-006HKA999-E56-2022 | |||
PARTICIPANTE: | FECHA: | ||
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA IA-006HKA999-E56-2022 | (Para uso exclusivo del “INDEP”) | ||
Formato para acuse de recibo de conformidad con lo establecido en el artículo 48 fracción I del “Reglamento” | PRESENTA | ||
Numeral | DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA “PROPOSICIÓN Folio del 1/XX al X/XX | SÍ | NO |
4.1.1 | Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada incluyendo la información solicitada en el formato acreditación de personalidad. | ||
4.1.2 | Copia simple por ambos lados de la identificación oficial vigente con fotografía, de la persona que firme la “Proposición”. | ||
4.1.3 | Escrito mediante el cual el “Licitante” manifieste bajo protesta de decir verdad, que es de nacionalidad mexicana. | ||
4.1.4 | Escrito mediante el cual el “Licitante” manifieste bajo protesta de decir verdad, que no se ubica en los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 de la “LAASSP”. | ||
4.1.5 | Escrito con la declaración de integridad. | ||
4.1.6 | Documento escaneado expedido por autoridad competente que determine su estratificación como micro, pequeña o mediana empresa, o bien, un escrito en el cual manifiesten bajo protesta de decir verdad, que cuentan con ese carácter, utilizando para tal fin el formato de estratificación. | ||
4.1.7 | Acuse y manifiesto de vínculos con servidores públicos en el que afirme o niegue dichos vínculos o relaciones de negocios, laborales profesionales, personales o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado que tengan las personas con los servidores públicos, mismo que deberá ser tramitado en la página de internet xxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx de conformidad con lo establecido en los numerales 2, 3, 4, 5 y 6 del anexo Segundo del Protocolo de Actuación en Materia de Contrataciones Públicas, Otorgamiento y Prórroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones, dicho acuse y manifiesto deberá de tener fecha dentro de los treinta días naturales anteriores a la fecha de apertura de “Proposiciones” | ||
4.1.8 | Escrito escaneado referente al artículo 49 fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. | ||
4.1.9 | Escrito libre en el que manifieste su aceptación de que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena al “INDEP”, en términos de lo dispuesto por el numeral 29 del “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental, denominado CompraNet” | ||
4.1.10 | Escrito en el que el participante declare bajo protesta de decir verdad que cuenta con las opiniones favorables emitidas por el Sistema de Administración Tributaria, el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, vigentes dentro de los 30 días posteriores a la fecha de emisión del fallo. Así como que acepta que de no entregar dichas opiniones de cumplimiento de obligaciones fiscales y de seguridad social, no se celebrará contrato con el “INDEP” y/o sus Encargos, y que queda de su conocimiento que se dará parte a la Secretaría de la Función Pública para lo que proceda normativamente. | ||
4.2 | REQUISITOS TÉCNICOS Folio del 1/XX al X/XX |
4.3 | REQUISITOS ECONÓMICOS Folio del 1/XX al X/XX | ||
Firma del “Licitante” o su “Representante”, o firma electrónica | Acuse de recibo por parte del “INDEP” | ||
Este formato servirá a cada “Licitante” como constancia de entrega de la documentación relacionada en el mismo. Cabe señalar que los documentos y requisitos serán revisados en el acto cuantitativamente, por lo que no se deberá considerar que cumplen, hasta en tanto sean revisados detalladamente por la Administración Titular de Adquisiciones y evaluados por el “Área Requirente” del “INDEP”, según corresponda. (La falta de presentación del formato de acuse por parte de los “Licitantes”, no será motivo para desechar su “Proposición” (FO-CON-09). |