PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
2019 – “Año de la Exportación”
ANEXO
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
CONTRATACIÓN DIRECTA POR ADJUDICACION SIMPLE POR EXCLUSIVIDAD
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: Locación de UN (1) inmueble sito en Xxxxxx 0000/00/00, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx destinado a la sede de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, por un período de DOCE (12) meses, con opción a prórroga, conforme con lo establecido en las especificaciones técnicas.
NORMATIVA APLICABLE: La presente contratación queda sometida a las disposiciones de:
El Decreto Delegado del Poder Ejecutivo Nacional N° 1023/2001 (Régimen de Contrataciones del Estado).
La Resolución N° 32/13 de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL (Reglamento de compras y contrataciones de obras, bienes y servicios).
El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las circulares aclaratorias con o sin consulta emitidas por la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
La Resolución General 4164 AFIP o la que en un futuro la modifique o sustituya.
La oferta presentada por el oferente y los documentos aclaratorios y/o supletorios suscritos e intercambiados y notificados al oferente y la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL entre el llamado y la recepción de la Orden de Compra, debidamente notificada.
La adjudicación.
Texto de la Orden de Compra o Contrato.
Artículo 1187 y ss. del Título IV del Código Civil y Comercial de la Nación en todo lo que no se halla previsto por la documentación Contractual y en forma supletoria.
PLAZOS: Todos los plazos establecidos en el presente pliego se computarán en días hábiles administrativos, salvo expresa disposición en contrario.
SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PROVEEDORES. No constituye requisito exigible para presentar oferta la inscripción previa en el SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PROVEEDORES (SIPRO). La DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL no podrá adjudicar al proveedor que no tuviere vigente su inscripción en el Sistema de Información de Proveedores de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
A los efectos de obtener la inscripción al mencionado Sistema de Información de Proveedores, el oferente deberán realizar el procedimiento detallado en el “MANUAL DE PROCEDIMIENTO PARA LA INCORPORACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS EN EL SIPRO”, Anexo a la Disposición N° 64 de fecha 27 de septiembre de 2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
OFERENTE INSCRIPTO. El interesado en participar en procedimiento de selección que ya estuviera inscripto en el Sistema de Información de Proveedores de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, deberá presentar junto con la oferta la Declaración Jurada de que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL y si los datos incorporados en el sistema hubieren variado, deberán actualizarlos según cada caso y de acuerdo a los previsto en la Disposición ONC N° 64/2016.
ANTICORRUPCION. Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado de la contratación o de la rescisión de pleno derecho del contrato dar u ofrecer dinero o cualquier dádiva a fin de que:
a) Funcionarios o empleados públicos con competencia referida a una licitación o contrato hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
b) O para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
c) Xxxxxxxxx persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del contratista directa o indirectamente, ya sea como representantes administradores, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona física o jurídica.
Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aun cuando se hubiesen consumado en grado de tentativa.
CONTROL DEL PROCEDIMIENTO CONTRACTUAL. VISTA DE LAS ACTUACIONES: Toda persona que acredite fehacientemente algún interés, podrá en cualquier momento tomar vista de las actuaciones referidas a la contratación, con excepción de la información que se encuentre amparada bajo normas de confidencialidad, desde la iniciación de las actuaciones hasta la extinción del contrato, exceptuando la etapa de evaluación de las ofertas.
Los interesados deberán acreditar su interés por cualquier medio de prueba.
La toma de vista no dará lugar a la suspensión de los trámites o a demoras en el procedimiento de selección.
COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES. Las comunicaciones y notificaciones que se cursen entre el Organismo contratante y el interesado, oferente o adjudicatario, podrá llevarse a cabo personalmente, por correo electrónico, por carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno, más los medios mencionados en el Artículo 74 del Reglamento, dirigida a la dirección de correo electrónico, número de fax o domicilio indicado por el interesado, oferente o adjudicatario en su presentación o que fueran informados por el interesado en el Sistema de Información de Proveedores. Constituirá plena prueba de la notificación rechazada y de su fecha, el documento que en cada caso la registre, conforme lo indicado ut supra.
Cuando se notificara por acceso directo de la parte interesada, su apoderado o representante legal, se deberá dejar constancia de tal situación en las actuaciones indicando la fecha en que se tomó vista y se tendrá por notificado el día de acceso al expediente.
Si se notificara por presentación espontánea de la parte interesada, su apoderado o representante legal, de la que resulte estar en conocimiento de la actuación respectiva, se tendrá por notificado el día en que se realizó la presentación, salvo que de la misma resulte que haya tomado conocimiento en una fecha anterior.
En los casos en que la notificación se curse por cédula, por carta documento o por otros medios habilitados por las empresas que brinden el servicio de correo postal deberá remitirse al domicilio constituido y se tendrá por notificada en la fecha indicada en el respectivo acuse de recibo o en la constancia en donde se informe el resultado de la diligencia. Los datos del seguimiento de envío que se obtengan desde el sitio de internet oficial de las empresas que brinden el servicio de correo postal serán válidos para acreditar la notificación.
Las notificaciones cursadas por el ente o jurisdicción contratante mediante fax o correo electrónico se tendrán por notificadas el día en que fueron enviadas, sirviendo de prueba suficiente, las constancias que tales medios generen para el emisor, certificadas por el titular de la unidad de contrataciones.
Para que la notificación sea válida se deberá transcribir íntegramente el contenido de la actuación administrativa que se pretende notificar, resultando de aplicación lo dispuesto en los artículos 40, 43 y 44 del "Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1759/72 TO 2017" en lo pertinente.
CORREO ELECTRÓNICO: El oferente deberá constituir una dirección de correo electrónico. Para el caso de que el interesado no constituya uno o ambos domicilios electrónicos, se tendrán por válidos los informados en la base de datos administrada por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, se encuentre preinscripto o incorporado, bien sea que la inscripción se encuentre vigente o no.
VISTA Y RETIRO DE PLIEGOS. Cualquier persona podrá tomar vista del presente pliego de bases y condiciones particulares, en la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL o en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES. Asimismo podrán retirarlos en la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL o bien descargarlos del aludido sitio de Internet.
No será requisito para presentar oferta, ni para la admisibilidad de la misma, ni para contratar, haber retirado o comprado pliegos en la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL o haberlos descargado del sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, no obstante quienes no lo hubiesen retirado o descargado, no podrán alegar el desconocimiento de las actuaciones que se hubieren producido hasta el día de la apertura de las ofertas, quedando bajo su responsabilidad llevar adelante las gestiones necesarias para tomar conocimiento de aquellas.
CONSULTAS AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES. Las consultas al pliego de bases y condiciones particulares deberán efectuarse por escrito en la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL o al mail institucional xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx En oportunidad de realizar una consulta al pliego, el consultante que no lo hubiera hecho con anterioridad, deberá suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio, fax y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas. No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquéllas que se presenten fuera de término. Deberán ser efectuadas hasta SETENTA Y DOS (72) horas antes de la fecha fijada para la apertura como mínimo.
CIRCULARES ACLARATORIAS Y MODIFICATORIAS AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES. La DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL podrá elaborar circulares aclaratorias o modificatorias al pliego de bases y condiciones particulares, de oficio o como respuesta a consultas, fijándose como límite para su procedencia, que no se altere el objeto de la contratación.
Las circulares aclaratorias serán comunicadas con CUARENTA Y OCHO (48) horas como mínimo de anticipación a la fecha fijada para la presentación de la oferta y las circulares modificatorias con VEINTICUATRO (24) horas como mínimo de anticipación a la fecha fijada para la presentación de la oferta.
PRESENTACIÓN DE LA OFERTA. La oferta se deberá presentar en el lugar y hasta el día y hora que se determine en la convocatoria. La DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL rechazará sin más trámite la oferta que se pretenda presentar fuera del término fijado en la convocatoria para su recepción, aún si el acto de apertura no se hubiera iniciado. En los casos en que no fuera posible rechazar sin más trámite la oferta presentada fuera de término, el organismo deberá devolverla al presentante.
Como constancia de su recepción el oferente podrá solicitar que se le extienda un recibo.
FORMA DE COTIZACIÓN. El oferente deberá cotizar el único renglón, de acuerdo a la planilla de cotización, en la que deberá detallarse el monto total ofertado. Después de haber cotizado el único renglón según pliego, podrá efectuar un descuento en el precio, ofreciendo otras condiciones de pago y/o entrega. La DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL podrá aceptar otras condiciones de pago cuando el descuento ofrecido convenga a los intereses institucionales. La presente locación está exenta del I.V.A. de acuerdo al Dec. Nº733/2001.
VIGENCIA DEL CONTRATO: La vigencia del contrato será de DOCE (12) meses con opción a prórroga, por igual o menor plazo.
FORMALIDADES DE LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA: La oferta debe presentarse en el Departamento de Compras y Contrataciones de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual sita en la xxxxx Xxxxxx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx hasta la hora y fecha indicada para la apertura, en un sobre cerrado sin membrete y rotulado con la siguiente inscripción:
DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS
DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
EXPEDIENTE Nº
CONTRATACION DIRECTA POR EXCLUSIVIDAD N°
APERTURA DIA Y HORA:
1. La oferta deberá cumplir, como mínimo, con los siguientes requisitos formales:
Deberá ser redactada en idioma nacional.
El original deberá estar firmado, en todas y cada una de sus hojas, por el oferente o su representante legal.
Las testaduras, enmiendas, raspaduras o interlíneas, si las hubiere, deberán estar debidamente salvadas por el firmante de la oferta.
El sobre, caja o paquete que la contenga se deberá presentar perfectamente cerrado y consignará en su cubierta la identificación del procedimiento de selección a que corresponden, precisándose el lugar, día y hora límite para la presentación de la oferta y el lugar, día y hora del acto de apertura.
Todas las fojas (incluida la documentación y folletería que se acompañe) debidamente compaginadas, numeradas y abrochadas o encarpetadas.
La propuesta económica propiamente dicha deberá ser presentada en el formulario oficial que entregará la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual y que obre en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. En el caso que el oferente presente la cotización en su propio formulario, el mismo deberá respetar los parámetros del formulario oficial permitiendo una adecuada comprensión y comparación de la cotización efectuada. En la cotización se deberá consignar:
Precio unitario y cierto, en números, con referencia a la unidad de medida establecida en las cláusulas específicas, el precio total del renglón, en números, las cantidades ofrecidas y el total general de la oferta, expresado en letras y números, en pesos.
En caso de discordancia entre el precio global y el precio unitario, se tendrá por válido este último.
El precio cotizado será el precio final que deba pagar la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL por todo concepto incluyendo los impuestos que correspondieren.
El oferente podrá cotizar el renglón que compone el presente procedimiento, de acuerdo a la planilla de cotización, en la que deberá detallarse los montos unitarios y totales ofertados.
2. Deberá estar acompañada por la siguiente documentación e información:
Copia autenticada del poder, en caso de que quien suscriba la oferta y el resto o parte de la documentación no sea la persona física ó el representante legal respectivo registrado en el SIPRO.
Presentación de Declaración Jurada de Domicilio especial: a todos los efectos legales, el oferente deberá constituir domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Presentación de Declaración Jurada que el suscripto no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar dispuestas en el art. 28 del Decreto 1023/01 y el art. 27 del Reglamento de Compras y Contrataciones, Obras, Bienes y Servicios de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Presentación de declaración jurada informando correo electrónico en los términos del Artículo 33 y demás disposiciones contenidas en el Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de esta Defensoría del Público.
Constancia de inscripción en AFIP donde se acredite la actividad que desarrolla y, cuando corresponda, certificación de condición como "Agente de Retención" y/o certificado de exclusión de retención (Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a las Ganancias, Sistema Único de Seguridad Social- SUSS).
El oferente incorporado en el SIPRO, cuya información se encuentre desactualizada, deberá realizar el procedimiento detallado en el “MANUAL DE PROCEDIMIENTO PARA LA INCORPORACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS EN EL SIPRO”, Anexo a la Disposición N° 64 de fecha 27 de septiembre de 2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, a fin de obtener o regularizar su inscripción.
3. Documentación a presentar referente al inmueble ofrecido:
Copia del título de propiedad certificada por Escribano público, o bien copia simple del mismo el que, previo cotejo con su original, podrá ser autenticado por la autoridad administrativa.
El oferente deberá acreditar las condiciones de dominio del inmueble y la inexistencia de todo tipo de gravámenes que afecten al bien o a su/s titular/es, mediante certificados de Condiciones Generales de Dominio y de Embargos e Inhibiciones expedidos por el Registro de la Propiedad del Inmueble que corresponda.
SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS Y/O INFORMACIÓN ADICIONAL: La Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual podrá pedir al oferente en el plazo que esta determine en cada convocatoria, los datos requeridos que, habiendo sido omitidos, no causaren desestimación automática de la oferta, así como cualquier otra información de tipo histórica y/o complementaria que se considere necesaria, siempre que la misma no modifique aspectos sustanciales de la propuesta. Vencido el plazo de intimación y no habiendo la oferente dado cumplimiento a la misma, será desestimada sin más trámite.
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y PREVISIONALES: A fin de constatar la habilidad para contratar conforme a lo establecido en el 28 inc. f) del Dto. 1023/01, la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL utilizará el servicio de consulta web denominado “CONSULTA-PROVEEDORES DEL ESTADO” establecido por la Resolución General Nº 4164-E de la Administración Federal de Ingresos Públicos, vigente desde el día 1º de diciembre de 2017. La DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN , de acuerdo a la Resolución General antes mencionada, y al Dictamen firma conjunta de IF 2018-42576661 APN-ONC verificará la información relativa al cumplimiento de las obligaciones tributarias y/o previsionales, en la etapa de apertura de ofertas La oferta presentada por una persona humana o jurídica no habilitada para contratar será desestimada sin posibilidad de subsanación, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 102 inc. h) de la Resolución DPSCA Nº 32/2013.
DATOS IMPOSITIVOS DE LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual reviste la condición de exento. El número de C.U.I.T. correspondiente es 33-71304120-9.
La Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual es agente de retención de impuesto a las Ganancias según RG Nº830 AFIP, de IVA por la RG Nº18 AFIP y de retención de SUSS por la RG Nº1784 AFIP, por lo que se deducirá del total a cobrar el porcentaje correspondiente según situación declarada en el SIPRO.
La presente locación está exenta del I.V.A. de acuerdo al Decreto N° 733/2001.
EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rijan el procedimiento de selección al que se presente, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la oferta.
INMODIFICABILIDAD DE LA OFERTA. La posibilidad de modificar la oferta precluirá con el vencimiento del plazo para presentarla, sin que sea admisible alteración alguna en la esencia de la propuesta después de esa circunstancia.
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. El oferente deberá mantener la oferta por el término de TREINTA (30) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura. El plazo antes aludido se prorrogará en forma automática por un lapso igual al inicial, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.
El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento de la misma al segundo período o que lo mantiene por una determinada cantidad de períodos.
MONEDA DE COTIZACIÓN: La cotización deberá ser en moneda nacional.
CAUSALES DE DESESTIMACIÓN NO SUBSANABLES. Será desestimada la oferta, sin posibilidad de subsanación, en los siguientes supuestos:
a) Si no estuviera redactada en idioma nacional.
b) Si la oferta original no tuviera la firma del oferente o su representante legal en ninguna de las hojas que la integran.
c) Si tuviere tachaduras, raspaduras, enmiendas o interlíneas sin salvar en las hojas que contengan la propuesta económica, la descripción del bien o servicio ofrecido, plazo de entrega, o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato.
d) Si estuviera escrita con lápiz o con un medio que permita el borrado y reescritura sin dejar rastros.
e) Si fuere formulada por personas que tuvieran una sanción vigente de suspensión o inhabilitación para contratar con el Estado Nacional al momento de la apertura de las ofertas o en la etapa de evaluación de aquéllas o en la adjudicación.
f) Si fuera formulada por personas que no estuvieran incorporadas en el Sistema de Información de Proveedores a la fecha de comienzo del período de evaluación de las ofertas, o a la fecha de adjudicación en los casos que no se emita el dictamen de evaluación o en los procedimientos en que no sea obligatorio presentar junto con la oferta la información y documentación para ser incorporado en el aludido sistema.
g) Si fuere formulada por personas físicas o jurídicas no habilitadas para contratar con la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL de acuerdo a lo prescripto por el artículo 28 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones, y artículos 26 y 27 del Reglamento. Dicha habilidad deberá ser verificada por parte de la Defensoría al momento de la apertura de las ofertas, en la etapa de evaluación y al momento de la adjudicación.
h) Si contuviera condicionamientos.
i) Si contuviera cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación o que impidieran la exacta comparación con las demás ofertas.
k) Cuando contuviera errores u omisiones esenciales.
l) Si el precio cotizado mereciera la calificación de vil o no serio.
m) Si el oferente fuera inelegible de conformidad con lo establecido en el artículo 104 del Reglamento.
n) Si transgrede la prohibición prescripta por el artículo 85 del Reglamento.
CAUSALES DE DESESTIMACIÓN SUBSANABLES. Cuando proceda la posibilidad de subsanar errores u omisiones se interpretará en todos los casos en el sentido de brindar a la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y de evitar que, por cuestiones formales intrascendentes, se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes desde el punto de vista del precio y la calidad.
La subsanación de deficiencias se posibilitará en toda cuestión relacionada con la constatación de datos o información de tipo histórico obrante en bases de datos de organismos públicos, o que no afecten el principio de igualdad de tratamiento para interesados y oferentes y de que las ofertas deben ajustarse sustancialmente a los documentos de la contratación. El DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES deberá intimar al oferente a que subsane los errores u omisiones dentro del término de CINCO (5) días, como mínimo. La corrección de errores u omisiones no podrá ser utilizada por el oferente para alterar la sustancia de la oferta o para mejorarla o para tomar ventaja respecto de los demás oferentes.
SUBSANACIÓN DE DEFECTOS EN LA OFERTA: Será posible requerir la subsanación de defectos en la oferta, de conformidad con las pautas establecidas y especialmente, en los siguientes supuestos:
a) Si la oferta original estuviera en parte firmada y en parte no. En estos casos la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL intimará a la subsanación del defecto. Si no fuere subsanado en el plazo establecido, se desestimará la oferta.
b) Si no se acompañare la documentación que de conformidad con el Reglamento, con las normas que se dicten en su consecuencia y con este pliego de bases y condiciones particulares, se debe suministrar en el momento de presentar la oferta. En los casos en que dicha documentación no se acompañara junto con la oferta, la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL intimará a la subsanación del defecto. Si no fuere subsanado en el plazo establecido, o bien si presentada la documentación en ese plazo se comprobara que los requisitos exigidos no estaban vigentes al momento de la apertura de las ofertas, se desestimará la oferta.
PAUTAS PARA LA INELEGIBILIDAD. Deberá desestimarse la oferta, cuando de la información a la que se refiere el artículo 16 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones, o de otras fuentes, se configure, entre otros, alguno de los siguientes supuestos:
a) Pueda presumirse que el oferente es una continuación, transformación, fusión o escisión de otras empresas no habilitadas para contratar con la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL de acuerdo a lo prescripto por el artículo 28 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones, y de las controladas o controlantes de aquéllas.
b) Se trate de integrantes de empresas no habilitadas para contratar con la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL de acuerdo a lo prescripto por el artículo 28 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones.
c) Se trate del cónyuge o pariente hasta el primer grado de consanguinidad de personas no habilitadas para contratar con la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL de acuerdo a lo prescripto por el artículo 28 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones.
d) Cuando existan indicios que por su precisión y concordancia hicieran presumir que los oferentes han concertado o coordinado posturas en el procedimiento de selección. Se entenderá configurada esta causal de inelegibilidad, entre otros supuestos, en ofertas presentadas por cónyuges o parientes hasta el primer grado de consanguinidad, salvo que se pruebe lo contrario.
e) Cuando existan indicios que por su precisión y concordancia hicieren presumir que media en el caso una simulación tendiente a eludir los efectos de las causales de inhabilidad para contratar con la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL de acuerdo a lo prescripto por el artículo 28 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones.
f) Se haya dictado, dentro de los TRES (3) años calendario anteriores a su presentación, alguna sanción judicial o administrativa contra el oferente por abuso de posición dominante o dumping, cualquier forma de competencia desleal o por concertar o coordinar posturas en los procedimientos de selección.
g) cuando exhiban incumplimientos en anteriores contratos de acuerdo a lo que se disponga en los respectivos pliegos de bases y condiciones particulares o específicas.
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. El Departamento de Compras y Contrataciones tomará en cuenta los parámetros de evaluación para las ofertas económicas contenidos en este pliego de bases y condiciones particulares y recomendará sobre la resolución a adoptar para concluir el procedimiento. Este informe será elevado sin más trámite a la autoridad competente para concluir el procedimiento de selección.
ADJUDICACIÓN. La adjudicación será notificada al adjudicatario, dentro de los TRES (3) días de dictado el acto respectivo. Si se hubieran formulado impugnaciones contra el dictamen de evaluación de las ofertas, éstas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación.
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. El contrato deberá contener las estipulaciones básicas del procedimiento y será suscripto por el oferente o su representante legal y por el funcionario competente que hubiere aprobado el procedimiento de selección de que se trate o por aquél en quien hubiese delegado expresamente tal facultad. A tal fin el DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES deberá notificar al adjudicatario, dentro de los DIEZ (10) días de la fecha de notificación del acto administrativo de adjudicación, que el contrato se encuentra a disposición para su suscripción por el término de TRES (3) días. Si vencido ese plazo el proveedor no concurriera a suscribir el documento respectivo, el organismo podrá notificarlo por los medios habilitados al efecto y en este caso la notificación producirá el perfeccionamiento del contrato.
Para el caso en que vencido el plazo del párrafo anterior no se hubiera efectivizado la notificación comunicando que el contrato está a disposición para ser suscripto, el adjudicatario podrá desistir de su oferta sin que le sean aplicables ningún tipo de penalidades ni sanciones.
La suscripción del contrato se realizará ante la Escribanía General del Gobierno de la Nación o en la que haya sido designada por la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL y comunicada fehacientemente al adjudicatario, siendo todos los gastos y honorarios abonados por las partes de acuerdo a derecho. En todos los casos se dará cumplimiento a lo dispuesto por la Ley N° 21.890 modificada por Ley N° 23.868.
FACTURACIÓN. Las facturas (conformada por el responsable del área solicitante) deberá ser confeccionada conforme los términos establecidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos y el Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, y presentados en original en el Departamento de Compras y Contrataciones, sito en Xxxxxx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, dentro del horario de 10 a 14 hs.
PLAZO DE PAGO. Los pagos serán anticipados, parciales y semestrales. Los plazos serán los siguientes:
Primer pago: El CUARENTA Y SEIS CON 50/100 POR CIENTO (46.50 %) dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días corridos de inicio del primer semestre, previa conformidad de la respectiva factura.
Segundo pago: El CINCUENTA Y TRES CON 50/100 (53.50 %) dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) corridos de inicio del segundo semestre de locación, previa conformidad de la respectiva factura.
MONEDA DE PAGO. Los pagos se efectuarán en PESOS.
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO:
El adjudicatario deberá cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Información de cuenta bancaria. A los efectos de percibir el pago por los bienes entregados o servicios prestados deberá informar su número de cuenta bancaria en moneda nacional, corriente o de ahorro, la que deberá hallarse abierta en alguno de los bancos adheridos al sistema, autorizados a operar como agentes pagadores, los cuales podrán consultarse en el siguiente link:
xxxx://xxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/xxx/xxxxx.xxx/xxxxxx-xxxxxxxxx-xx-xxxxxxx-xx-xx-xxxxxx-xxxxx-xxx-xxxxxx/
Dado que los pagos se realizan a través de la Cuenta Única xxx Xxxxxx se efectuarán mediante acreditación en la cuenta bancaria informada por el proveedor, el cumplimiento de este requisito es necesario para percibir los pagos a los que resulte acreedor.
b) Alta de Beneficiario. Dentro de las 72 hs. de notificado del acto administrativo de adjudicación, el adjudicatario deberá presentar en el DEPARTAMENTO DE FINANZAS de esta Defensoría el formulario de ALTA DE BENEFICIARIO (anexo I) y de AUTORIZACIÓN DE PAGO (anexo II), o si ya se encontrare inscripto el CODIGO DE BENEFICIARIO, con los datos de la cuenta y la firma del beneficiario (o su representante legal) certificados por el banco con el que opere, según Disposición Xxxxxxxx xx xx XXX x xx XXX Xx00/00, xxx xxxxxx podrán descargarse del siguiente link:
xxxx://xxx.xxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxx/xxxxxx/xxxxxxxxxxxxx/0000/xxxx00/xxxx00.xxx
c) Cumplimiento de la prestación. El adjudicatario deberá dar cumplimiento en tiempo y forma a las obligaciones establecidas en el presente Pliego y en su oferta.
GARANTÍAS. No será necesario presentar garantía de mantenimiento de oferta y cumplimiento de contrato, conforme lo establecido en el art. 162 inciso g) del Reglamento de Compras y Contrataciones, Obras Bienes y Servicios de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual.
OBLIGACIONES DEL COCONTRATANTE. INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO. El ADJUDICATARIO deberá asumir expresamente las siguientes obligaciones:
a) Realizar las reparaciones que sean necesarias para subsanar los desperfectos que se originen en la propiedad por caso fortuito o fuerza mayor, o por causas relativas a desperfectos de construcción, filtraciones en paredes y/o techos por vicios ocultos del inmueble locado. Si el ADJUDICATARIO, una vez informado fehacientemente de los desperfectos, y de los arreglos que a juicio de la locataria sean necesarios, no los soluciona en un plazo xxxxxx xx XXXX (10) días hábiles, la LOCATARIA tendrá derecho a efectuar los arreglos y descontar el costo de los mismos actualizado del alquiler a pagar en el período siguiente, presentando al ADJUDICATARIO los comprobantes pertinentes.
Artículo 37.- SERVICIOS. El LOCATARIO deberá asumir el pago de los servicios de luz, agua e impuesto Inmobiliario, Alumbrado, Barrido y Limpieza.
Artículo 38.- MODIFICACIONES Y MEJORAS. La locataria podrá realizar, en el inmueble que resulte locado, las modificaciones y mejoras necesarias para el desempeño de las funciones de interés público que le compete desarrollar, con previa autorización expresa del locador.
Artículo 39.- FACULTAD DE RESCISIÓN POR PARTE DE LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDOVISUAL. El organismo podrá rescindir el contrato por razones de oportunidad, mérito o conveniencia, notificando al locador con antelación no inferior a los SESENTA (60) días corridos, sin que ello genere derecho a indemnización alguna.
Artículo 40.- AFECTACIÓN DE MULTAS: Las multas o cargos que se formulen en los términos del artículo 185, inciso c), apartado 1 del Reglamento de Compras y Contrataciones, Obras Bienes y Servicios de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, se afectarán en el siguiente orden:
a) A las facturas emergentes del contrato, que estén al cobro o en trámite.
b) A los créditos del cocontratante resultantes de otros contratos de suministros o prestación de servicios no personales, quedando establecido que el contratista presta su conformidad para que se efectúen las compensaciones o retenciones respectivas.
Buenos Aires,
Sra. Defensora del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual
Presente
De mi consideración:
Por medio de la presente dejo constancia en carácter de DECLARACIÓN JURADA que:
a) El suscripto posee los siguientes datos:
NOMBRE Y APELLIDO/RAZÓN SOCIAL:
DNI/CUIT:
FECHA DE NACIMIENTO/INICIO DE ACTIVIDADES:
NACIONALIDAD:
ESTADO CIVIL (si correspondiere):
PROFESIÓN (si correspondiere):
DOMICILIO REAL:
DOMICILIO CONSTITUIDO EN CABA:
NÚMERO DE FAX:
CORREO ELECTRÓNICO:
b) El suscripto no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar dispuestas en el art. 28 del Decreto 1023/01 y el artículo 27 del Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Sin otro particular, saludo atentamente
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