ACUERDO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN
“2017-AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES”
ACUERDO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN XXXXXX
Entre la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, en adelante denominada la CNEA., por una parte, con domicilio en la Avda. xxx Xxxxxxxxxx 0000, X0000XXX Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, representada en este acto por su PRESIDENTE, Lic. Xxxxxxx XXXXXXXX XXXXXXX, y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN XXXXXX, en adelante la UNSAM, por otra parte, con domicilio legal en Xxxxxx 0000, Xxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, representada en este acto por su RECTOR Cdor. Xxxxxx XXXXX, y en adelante denominadas en forma conjunta como las “PARTES”, acuerdan en celebrar el siguiente ACUERDO ESPECÍFICO, el que habrá de regirse de conformidad con las siguientes cláusulas.
CLÁUSULA PRIMERA: CONVENIO MARCO
El presente Acuerdo Específico de Colaboración se celebrará según lo previsto y de acuerdo con las Cláusulas y Condiciones establecidas en el Convenio Marco de Colaboración celebrado entre la CNEA y la UNSAM, con fecha 1° de Septiembre de 2015, actualmente vigente.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
Las PARTES acuerdan llevar adelante acciones coordinadas en el área de la generación fotovoltaica distribuida conectada a la red eléctrica, a través del Departamento Energía Solar, perteneciente a la Gerencia de Investigación y Aplicaciones de la CNEA, y la Escuela de Ciencia y Tecnología de la UNSAM. Las acciones a realizar son continuación de las desarrolladas conjuntamente en el marco del proyecto “Interconexión de Sistemas Fotovoltaicos a la red eléctrica en ambientes urbanos”, ejecutado entre abril de 2012 y abril de 2016 a través del Convenio Asociativo Público-Privado (CAPP) IRESUD e incluyen: continuar desarrollando en ambas instituciones capacidades tecnológicas y recursos humanos en temas de diseño, instalación y ensayo de sistemas fotovoltaicos de conexión a red; promover el uso de sistemas fotovoltaicos en edificios públicos y viviendas, especialmente en casos de interés social; prestar asistencia técnica a organismos públicos nacionales, provinciales y municipales en el área de la generación distribuida mediante energías renovables; ejecutar en forma conjunta el proyecto “Generación Fotovoltaica Distribuida y Redes Inteligentes en la localidad de Centenario, Provincia del Neuquén: una experiencia piloto como referencia para otras áreas urbanas”, parcialmente financiado mediante Fondos de Innovación Tecnológica Sectorial del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva (proyecto FITR ENERGÍA 0039/2013); instalar sistemas fotovoltaicos en edificios de la CNEA y la UNSAM, para análisis y ensayos de componentes y sistemas. Estas actividades serán realizadas en base al Cronograma de Xxxxxx tentativo presentado en el Anexo II del presente Acuerdo. Como referencia, en el Anexo III se incluye copia xxx XXXX IRESUD.
CLÁUSULA TERCERA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Las PARTES acuerdan asumir las siguientes obligaciones.
La UNSAM se compromete a:
Realizar las gestiones administrativas relacionadas con los proyectos que se ejecuten en forma conjunta, en particular el proyecto FITR ENERGIA 0039/2013.
Instalar y poner en operación, con la colaboración de la CNEA, equipamiento para ensayo de componentes de sistemas fotovoltaicos, en laboratorios propios.
Colaborar en el ensayo de componentes de sistemas y en el análisis de datos correspondiente.
Proveer equipamiento para la instalación de un sistema híbrido, que incluya generación fotovoltaica y acumulación.
Proveer equipamiento y sistemas para ensayos.
Colaborar en el diseño e instalación de sistemas fotovoltaicos de conexión a red que se realicen en el marco del presente Acuerdo Específico.
La CNEA se compromete a:
Realizar los ensayos y medición de inversores y módulos fotovoltaicos según requerimientos de las instalaciones a ejecutar.
Diseñar, con la colaboración de la UNSAM, los sistemas piloto a instalar.
Realizar propuestas de integración arquitectónica de sistemas fotovoltaicos en edificios de alta visibilidad, en articular en el Área Metropolitana Buenos Aires y en la localidad de Centenario, provincia del Neuquén (proyecto FITR 0039/2013).
Evaluar el funcionamiento de los sistemas instalados mediante análisis de datos y simulaciones numéricas.
CLÁUSULA CUARTA:
A los efectos de orientar y coordinar las actividades que se deriven de la aplicación del presente Acuerdo Específico, cada una de las Partes designará un Representante Técnico.
Por UNSAM: Titular Xx. Xxxxxxxx XXXXXX, Alterno Dr. Ing. Xxxxxx XXXXXXXXXX, ESCUELA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Por CNEA: Titular Xx. Xxxxx X. XXXXX, Alterno Mg. Xxxxxxx XXXXX, DEPARTAMENTO DE ENERGÍA SOLAR, GIYA, GAIyANN
CLÁUSULA QUINTA: CONFIDENCIALIDAD
La información técnica que surja en el marco del presente Acuerdo Específico revestirá el carácter de confidencial. Son de aplicación la totalidad de los términos establecidos en la Cláusula Quinta del Convenio Marco de Colaboración.
La CNEA, o quien ésta designe, se compromete a no revelar a terceros ninguna información técnica, sea con fines comerciales o científicos, salvo expresa autorización del Representante Técnico, y a no revelar el resultado de las tareas que constituyen el objeto de este acuerdo. Asimismo, la UNSAM se obliga a comprometer al personal que tuviera acceso a tal información a no revelarla a terceros y mantenerla estrictamente confidencial, asumiendo en forma personal quien así no obrare, la responsabilidad civil y/o penal que le fuera aplicable. No podrá alegarse obligación de confidencialidad cuando la información fuese requerida a la UNSAM por la justicia o por otros entes públicos vinculados al control del medio ambiente, siempre que estos pedidos estuvieren originados en alguna causa judicial.
CLÁUSULA SEXTA:
Los resultados y el contenido de los informes emergentes de los estudios realizados en este Acuerdo, podrán ser publicados por CNEA y/o la UNSAM previo acuerdo de las Partes, citándose a CNEA como el Ente Patrocinador y a la UNSAM como el Ente Realizador.
CLÁUSULA SÉPTIMA:
Los Derechos de Propiedad Intelectual que surjan en virtud del presente Acuerdo Específico y la posible explotación industrial y/o comercial de los mismos, serán motivo de acuerdos especiales en los que se determinarán las obligaciones, derechos, beneficios, etc., de las Partes, considerando los aportes científicos, económicos y físicos de cada una.
CLÁUSULA OCTAVA:
El presente Acuerdo Específico se celebra por CINCO (5) años a contar desde la firma del mismo por las partes. La renovación será expresamente convenida entre las “PARTES” mediante la firma de un Acta Acuerdo. Cualquiera de las “PARTES”, podrá manifestar su voluntad de rescindirlo comunicándolo en forma fehaciente, con una antelación no menor de SESENTA (60) días corridos a la fecha de su vencimiento, no obstante, las actividades en ejecución serán continuadas hasta su total conclusión en todo conforme a lo estipulado, salvo que de mutuo acuerdo las “PARTES” resolvieran lo contrario.
CLÁUSULA NOVENA:
La suscripción del presente Acuerdo Específico no es obstáculo para que las “PARTES” puedan suscribir acuerdos similares que comprendan a otras entidades del país o del exterior interesadas en fines análogos.
CLÁUSULA DÉCIMA: Forman parte del presente Acuerdo Específico los Anexos I: Descripción Técnica del Proyecto; II: Cronograma de Tareas y III: Personal Participante del Proyecto.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA:
Las “PARTES” se comprometen a procurar la solución de eventuales diferencias o controversias en forma fluida y amistosa. En caso de no arribar a un entendimiento, se someten a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales Federales en lo Contencioso Administrativo de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con expresa renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponder por cualquier causa.
CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA:
Rigen plenamente las cláusulas del Convenio Xxxxx de colaboración en todo lo no acordado específicamente por las partes en el presente Acuerdo.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA:
Este Acuerdo Específico se compone de TRECE (13) Cláusulas y TRES (3) Anexos.
En prueba de conformidad se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, a los.....días del mes de....................... de 2018.
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Lic. Xxxxxxx XXXXXXXX XXXXXXX Cdor. Xxxxxx XXXXX
PRESIDENTE CNEA RECTOR UNSAM
XXXXX X – DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL PROYECTO
El proyecto es la continuación natural del proyecto FITS 008/2010, parcialmente financiado con Fondos Sectoriales (FONARSEC) del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, y se encuentra en ejecución desde fines de 2015 a través de un Convenio Asociativo Público-Privado (IRESUD-RI), conformado por la Universidad Nacional de San Xxxxxx (UNSAM), el Ente Provincial de Energía del Neuquén (EPEN) y la empresa AldarS.A.. Cuenta, asimismo, con la participación del Departamento Energía Solar de la CNEA.
Su objetivo principal es contribuir al desarrollo en el país de una nueva arquitectura y tecnología de redes de energía modernas y flexibles, que contemplen el uso de generación eléctrica distribuida a partir de energías renovables, en especial energía solar fotovoltaica, incorporando la infraestructura de comunicación, gestión de datos y elementos de control y seguridad a las redes de distribución existentes. Busca, asimismo, impulsar un fuerte crecimiento de la participación de las energías renovables en la red eléctrica, siendo éste el primer paso hacia el desarrollo de redes inteligentes basadas en micro redes que permitan manejar la intermitencia de las fuentes renovables variables. El proyecto prevé la instalación de sistemas fotovoltaicos distribuidos, con una potencia total de alrededor de 200 kW, conectados a la red de distribución eléctrica bajo una subestación transformadora de 500 kVA.
Se describen a continuación las tareas que se deberán desarrollar:
Estudio de factibilidad técnica y económica sobre la utilización de energía solar fotovoltaica en distintas locaciones en la localidad de Centenario bajo un mismo transformador.
Asesoramiento técnico en la elaboración de pliegos para licitaciones o concurso de precios.
Diseño preliminar para las estructuras de sistemas piloto e integración arquitectónica
Ensayo de inversores y módulos fotovoltaicos
ANEXO II – CRONOGRAMA DE TAREAS
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Año 1 |
Año 2 |
Año 3 |
Año 4 |
Año 5 |
1.- Ingeniería y Organización del Proyecto |
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Prospección de los emplazamientos y firma de los acuerdos con los organismos involucrados |
75% |
25% |
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Definición de la potencia FV a instalar por emplazamiento y realización de la ingeniería conceptual |
50% (potencia prox. 200 kW) |
50% (potencia prox. 200 kW) |
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Diseños preliminares de los sistemas piloto |
75% |
25% |
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Definición de sistema FV de referencia y ensayo (30 kW) |
75% |
25% |
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2.- Realización de ensayos |
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Ensayos a inversores y paneles solares |
50% |
50% |
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3.- Realización de la campaña de medición y supervisión de los sistemas de GD |
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Simulación del funcionamiento de la red con GD y comparación con las mediciones realizadas |
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50% |
50% |
4.- Tareas de capacitación y formación de RRHH |
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Capacitación instaladores y técnicos locales |
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25% |
25% |
25% |
25% |
5.- Tareas de difusión y participación ciudadana |
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Mesas redondas, aulas virtuales, experiencias en instituciones educativas |
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30% |
30% |
40% |
XXXXX XXX – PERSONAL PARTICIPANTE DEL PROYECTO CNEA / UNSAM
Xxxxx X. Xxxxx, DNI 00.000.000
Xxxxxxx Xxxxx, DNI 00.000.000
Xxxx Xx Xxxxx, DNI 00.000.000
Xxxxxx Xxxxx, DNI 00.000.000
Xxxxxxxxx Xxxxx, DNI 00.000.000
Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, DNI 00.000.000
Xxxxxx Xxxxxxx, DNI 00.000.000
Xxxx Xxxxx. DNI 00.000.000
Xxxxxx Xxxxxxxxxx, DNI 00.000.000
Xxxxxx Xxxxxx, DNI 00.000.000
Xxxxxxxxx Xxxxxx, DNI 00.000.000
Xxxxxxx Xxxxxx, DNI 00.000.000
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, DNI 00.000.000