Contract
PLIEGO DE CLAUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD DEL CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA PROMOCIÓN Y LA DIFUSIÓN DE JÓVENES TALENTOS MUSICALES.
1.- OBJETO DEL CONTRATO
Contratación de servicios de la realización de la actividad musical “FESTIMAD” (final Factoría Joven y concurso y final Red Joven Norte), para la promoción y la difusión de jóvenes talentos musicales para ayudarles en el difícil tránsito hacia la profesionalidad, mediante un ciclo anual de conciertos seleccionados en el municipio xx Xxxxxxxxxx, según informe de necesidades de fecha 25 xx xxxxx de 2012 y conforme a la programación y demás aspectos señalados en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
A tal efecto se promueve mediante procedimiento negociado sin publicidad por razones artísticas y de prestación de derechos exclusivos la contratación directa a un único licitador: CREACIÓN ASOCIACIÓN CULTURAL, atendiendo a la calidad artística, la disponibilidad de calendario, la aceptación de los requisitos técnicos y organizativos de las fiestas y la protección de derechos exclusivos de los citados artistas durante las fechas de los eventos relativos a la 19ª Edición de Festimad.
Codificación correspondiente de la Nomenclatura CPV: 92312120-8 Servicios Artísticos de grupos de cantantes.
2.- CALIFICACIÓN DEL CONTRATO
De conformidad con el artículo 10 y el Anexo II Categoría 26 de R.D.L. 3/2011 Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP) el presente contrato se califica de CONTRATO DE SERVICIOS ya que el objeto del mismo es la interpretación musical y constituye al mismo tiempo un servicio de carácter cultural.
3.- FUNDAMENTO
Desde 1994 se viene celebrándose el festival FESTIMAD cuyo objetivo es la promoción y la difusión de jóvenes talentos musicales para ayudarles en el difícil tránsito hacia la profesionalidad. Para ello se organiza un ciclo anual de conciertos seleccionados entre los más interesantes del panorama independiente e las músicas actuales con repercusión de los ámbitos local, regional, nacional e internacional. La decimonovena edición de FESTIMAD se celebra entre el 20 xx xxxxx y el 6 xx xxxx de 2012, siendo de interés que dicha actividad se realice en el municipio xx Xxxxxxxxxx final Factoría Joven y concurso y final Red Joven Norte.
Las necesidades a satisfacer mediante el presente contrato son el esparcimiento cultural de la ciudadanía y el fomento de la música.
4.- ÓRGANO COMPETENTE
El órgano competente para aprobar la presente licitación será la Presidencia del Patronato Sociocultural conforme a lo dispuesto en el artículo 15, apartado 12, de los vigentes Estatutos del Patronato Sociocultural, en relación con el punto 3 de la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP, para municipios de Gran Población , así como el acuerdo de delegaciones efectuadas mediante Decreto de Alcaldía nº 6150 de 11 xx xxxxx de 2011.
5.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
El expediente que se tramita tiene carácter ordinario y el procedimiento que legalmente le corresponde es el NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD conforme a los artículos 170.d) y 174.e) del TRLCSP, en consideración a las razones artísticas que constituyen su objeto y a la exclusividad que ostenta la mercantil respecto a la organización y desarrollo del festival FESTIMAD, que justifican que se le encomiende a un contratista determinado, esto es, a la asociación CREACIÓN ASOCIACIÓN CULTURAL, con el CIF nº. X00000000 y domicilio en la calle San Xxxxxxxx, 8 4º izda. de Madrid, inscrita en Madrid en el Registro Nacional de Asociaciones el 10 de febrero de 2004 con el nº: 160.028, tiene cedidos a través de su Presidente D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx con DNI: 00000000X, los derechos exclusivos sobre la marca FESTIMAD, de la que es propietario según inscripción en el Registro de la Oficina Española de
Patentes y Marcas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, de conformidad con la declaración expresa del Presidente de la Asociación y el informe de necesidades suscrito por la Gerente, que obra en el expediente.
Por lo que, habida cuenta de la inexistencia de otra Mercantil que reúna las condiciones antes exigidas, son de aplicación los preceptos legales a que se ha hecho referencia, por lo que el contrato puede ser adjudicado de forma directa a la mercantil CREACIÓN ASOCIACIÓN CULTURAL
Por tanto, el Órgano de Contratación, una vez cursada y recibida la oferta de la Entidad (Presidente el PSC), negociará las condiciones finales de ejecución y fijará con la asociación CREACIÓN ASOCIACIÓN CULTURAL el precio del contrato dejando constancia del mismo en el expediente y no siendo necesaria por ello la constitución de la Mesa de Contratación.
6.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO.
El importe del presente contrato se fija en VEINTIUN MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS EUROS CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS DE EURO (21.186,44 €), más TRES MIL OCHOCIENTOS TRECE EUROS CON CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS
DE EURO (3.813,56 €) en concepto de 18% IVA, para un total anual de VEINTICINCO MIL EUROS (iva incluido).
El valor estimado del contrato asciende a OCHENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO EUROS CON SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS DE EURO más
iva, para los cuatro años de duración del contrato.
7.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA
Para el gasto que supone esta contratación existe consignación y financiación suficiente con cargo a la partida 374.3370.22608 del Presupuesto ordinario para el año 2012.
El desglose por anualidades es el siguiente:
Año 2012 (25.000,00.-)Euros IVA incluido
Año 2013 (25.000,00.-)Euros IVA incluido.
Año 2014 (25.000,00.-)Euros IVA incluido.
Año 2015 (25.000,00.-)Euros IVA incluido.
Al estar previsto que este contrato se formalice en el presente ejercicio presupuestario y que la ejecución del mismo continúe en el año siguiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.2 TRLCSP podrá ultimarse incluso con la adjudicación y formalización del correspondiente contrato. A estos efectos podrán comprometerse créditos con las limitaciones que se determinen en las normas presupuestarias de las distintas Administraciones públicas sujetas a esta Ley.
Las cantidades consignadas cada año no tienen que agotarse necesariamente, siendo la cantidad indicada el gasto máximo posible por año.
8.- PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución será de CUATRO años, sin posibilidad de prórroga. Para el ejercicio 2012, la actividad se realizará el día 5 xx xxxx y la madrugada del día 6 xx xxxx para recogida de la instalación, aproximadamente. Comenzará con la llegada de los equipos de las actuaciones del día 5 xx xxxx y finalizará con la salida de los equipos de las actuaciones del día 6 xx xxxx. Deberán indicarse las horas de llegada de los materiales de montaje y de salida de los mismos.
Durante los años 2013, 2014 y 2015, se mantendrá el mismo esquema de festival que el desarrollado en 2012, determinándose las fechas concretas en cada año, con un mes de antelación al desarrollo de las mismas.
9.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
- Realizar el diseño del proyecto, organización y la programación de las finales de la Red Joven Norte y de la final de la Comunidad de Madrid (Festimad Taste)
- Hacerse cargo de todos los gastos de cache o de cualquier otra índole como transporte, alojamiento, dietas, o catering, eximiendo al PATRONATO SOCIOCULTURAL de cualquier responsabilidad al respecto.
- Realización y cumplimiento de un plan de difusión y publicidad especializada en música y eventos musicales aplicado al evento objeto del presente contrato.
- Incluir el logo del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx en la difusión que se haga de la actividad.
- Aportar un coordinador de medios de comunicación especializada y personal de atención y acogida de los mismos antes, durante y después del evento.
- Confeccionar dossier de prensa de presentación y de balance del evento.
- Asistencia de representación de la Asociación a la Rueda de Prensa y actos representativos que el PATRONATO SOCIOCULTURAL organice.
- Personal de acreditaciones, acogida y regiduría.
- Personal de catering para técnicos y artistas.
- Dedicar el personal bien visible y debidamente identificado para la buena organización del acto: Personal de carga y descarga, control de acceso al recinto durante montaje y desmontaje, control de acceso de público y de las salidas de emergencia, servicio de orden para el escenario, personal de limpieza que considere oportuno para la zona de camerinos
- Realización, entrega y distribución de invitaciones, tanto previas como el mismo día del concierto.
- Pago de los derechos de propiedad intelectual que fueran pertinentes eximiendo expresamente al PSC. de cualquier responsabilidad al respecto.
- Cumplir y hacer cumplir la prohibición de fumar en el recinto, tanto del público como de la organización, artistas, etc. La asociación colocara carteles para reforzar los ya existentes.
- Control de accesos a la sala para el público, con el personal necesario para un correcto funcionamiento (mínimo seis personas). La asociación controlará los accesos a la zona de escenario mediante acreditaciones específicas para este evento.
- Mantener en todo momento libre de cualquier obstáculo las inmediaciones de las puertas de acceso y salidas de emergencias.
- Atender en todo momento las indicaciones que reciban del personal Responsable del Patronato Sociocultural para la buena organización del evento. En particular, cumplir con el horario de montajes y ensayos acordado con el PSC que se deberá fijar por escrito una semana antes del evento.
- Respetar y hacer respetar en todo momento la limitación del acceso de público a mil doscientas personas.
El ADJUDICATARIO, una vez finalizado el evento, se compromete a dejar el espacio en el mismo estado en el que se le dejó, comprometiéndose asimismo a subsanar cualquier deterioro que se produzca con motivo de la organización de este evento.
10.- FORMA DE PAGO
El pago se realizará contra la presentación de factura con todos los datos completos, firmados y sellados, mediante transferencia bancaria.
El pago se efectuará una vez realizada la actuación.
El importe de las facturas se abonará en los plazos previstos en el articulo 216.4 del TRLCSP y conforme lo dispuesto en la disposición transitoria octava de dicha norma legal, en los términos de la nueva redacción aprobada por la ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
11.- REVISION DE PRECIOS
Este contrato queda expresamente excluido de la revisión de precios que se determina en el artículo 78 y siguientes del TRLCSP.
12.- ASPECTOS NEGOCIABLES
En consecuencia con lo establecido en la Cláusula 5ª, del presente Pliego de Condiciones y a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 176 del TRLCSP será objeto de negociación, previa a la adjudicación:
1) Precio de cada edición del festival.
2) Programación de conciertos.
3) Las actividades adicionales que se propongan durante la vigencia del contrato, sin incremento de coste final.
13.- GARANTÍAS
PROVISIONAL: La presente contratación queda exenta de garantía provisional por considerarse injustificada debido al conocimiento previo de la solvencia técnica del licitador único.
DEFINITIVA: El adjudicatario, en el plazo de 15 días, contados desde el siguiente a la notificación de la adjudicación, deberá depositar la garantía definitiva que corresponda al aplicar el 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA, se constituirá en cualquiera de las formas previstas en el art. 96 del TRLCSP incluida la fórmula de retención del precio establecida en el art. 96.2). A tal efecto, en el plazo arriba referido, el adjudicatario deberá manifestar por escrito que opta, en su caso, por la constitución de garantía definitiva a través de la fórmula de retención del precio. Esta garantía quedará afecta a las responsabilidades establecidas en el art. 100 del TRLCSP.
14.- PROPOSICIONES, DOCUMENTOS Y PLAZOS DE PRESENTACION:
Dada la naturaleza del contrato donde no se promueve la concurrencia, una vez negociados los términos del contrato se deberá aportar por la empresa la siguiente documentación:
En el sobre mencionado se indicará: Documentación y propuesta para la contratación de
PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DE JÓVENES TALENTOS MUSICALES-FESTIMAD,
firmado en el reverso y acompañado de una instancia de presentación del mismo.
• Documentos acreditativos de su personalidad jurídica, capacidad y solvencia:
a) Copia compulsada del D.N.I. u otro documento que acredite la personalidad del licitador.
b) Declaración en la que el licitador afirma bajo su responsabilidad que no se halla comprendido en ninguno de los casos de prohibición para contratar con la Administración a que se refiere el art. 60 del TRLCSP.
c) Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito debe exigirse al propuesto como adjudicatario a cuyo efecto se le concederá un plazo máximo de cinco días hábiles.
d) Solvencia económica y financiera: Se acreditará por los medios siguientes
- Informe de instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
e) Solvencia técnica:
- Relación de los principales servicios relacionados con el objeto del contrato realizados en los últimos tres años que incluya destinatarios públicos o privados de los mismos.
f) Anexo II. DECLARACIÓN JURADA. Procedimiento de Coordinación de Actividades Empresariales.
g) Cualquier otro documento que, a criterio del licitador, ayude al Ayuntamiento a su mejor identificación y valoración de la propuesta presentada.
• Oferta económica firmada y sellada por el interesado o representante si se tratase de persona jurídica, en la que haga constar la aceptación del presente pliego en su totalidad, así como cualquier actividad adicional propuesta por el licitador. Se acompaña modelo de proposición.
Toda la documentación habrá de presentarse en castellano.
15.- ADJUDICACIÓN.
1) Clasificación de las ofertas:
El órgano de contratación previo informe técnico a emitir en un plazo no superior a 3 días naturales, clasificará la oferta presentada y requerirá al licitador para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64 que le reclame el órgano de contratación, así como constituir la garantía definitiva.
Igualmente el adjudicatario acreditará por escrito haber realizado la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva. Asimismo acreditará haber cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios, de acuerdo a lo establecido en el RD 171/2004, de 30 de Enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta.
2) Adjudicación:
Presentada la documentación a que se refiere el apartado anterior, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la misma.
La adjudicación deberá ser motivada y se notificará al licitador y se publicará en el perfil del contratante. Dicha adjudicación deberá expresarse en los términos expuestos en el art. 151 del TRLCSP.
3) Formalización del contrato.
El contrato se perfeccionará con la formalización.
La formalización se efectuará en los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación al licitador.
16.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
No se establecen condiciones especiales de ejecución.
17.- CASOS DE IMPOSICIÓN DE SANCIONES AL CONTRATISTA, RESOLUCIÓN Y DENUNCIA DEL CONTRATO
a) Si el contratista incumpliera las obligaciones que le incumben, el Presidente del Patronato Sociocultural estará facultada para exigir el cumplimiento o declarar la resolución del contrato.
b) Si el adjudicatario no ingresara la fianza en el plazo, no presentare la documentación o no firmare el contrato, la adjudicación quedará sin efecto de pleno derecho, con las consecuencias previstas en los artículos 93 y 101 del TRLCSP.
c) Las causas de resolución del contrato serán las previstas en los artículos 223,224 y 225 de la LCSP.
d) En el caso de incumplimiento de sus obligaciones, el Patronato Sociocultural podrá imponer sanciones, previa audiencia al contratista e informe del Servicio Técnico Municipal correspondiente conforme a los arts. 212 y siguientes del TRLCSP.
e) Se consideran infracciones las siguientes:
• Leves:
Falta de puntualidad en el cumplimiento de sus deberes. Incorrección con el público.
• Graves:
Trato vejatorio con el público o los responsables municipales.
Incumplimiento grave de obligaciones que no suponga abandono del servicio.
Incumplimiento del deber de sigilo.
• Muy Graves: Abandono del servicio.
Incumplimiento grave de la duración del servicio, considerándose como tal aquel que suponga disminución en más del 20% de la duración prevista del concierto. Agresiones verbales o físicas a los espectadores y trabajadores municipales.
Suspensión de las actuaciones por causa imputable al adjudicatario.
Se aplicará la siguiente escala sobre el precio total del contrato:
• Infracciones leves ........................... entre el 1 y el 5%
• Infracciones graves ......................... entre el 5 y el 10 %
• Infracciones muy graves ................. entre el 10 y el 20 %
En ningún caso las penalizaciones excederán del 10% del presupuesto total del contrato.
f) Estas sanciones podrán detraerse del pago de las facturas pendientes. Todo ello sin perjuicio de los recursos que posteriormente pueda interponer el contratista.
g) La aplicación de penalizaciones no excluye la indemnización de daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Corporación originados por la deficiente prestación del servicio.
18.- FUERZA MAYOR
Si las obligaciones asumidas por las partes en virtud de este contrato fueran imposibles de cumplir o sufrieran un retraso por causa de fuerza mayor, se entenderá que ADJUDICATARIO y PATRONATO SOCIOCULTURAL están liberados del cumplimiento de dichas obligaciones durante el periodo de tiempo en que subsista la fuerza mayor.
Se entenderán como supuestos de fuerza mayor sucesos como incendios, catástrofes naturales, guerras, actos vandálicos o de terrorismo, huelga de los servicios públicos, huelga de personal, prohibición de las representaciones por parte de la autoridad competente y, en general, todas aquellas que no se pudieran evitar.
En caso de fuerza mayor, las previsiones contenidas en la cláusula duodécima del presente contrato en concepto de indemnizaciones no serán de aplicación, sin perjuicio
de la compensación por los gastos efectivamente ocurridos hasta el momento de la suspensión por esta causa debidamente justificada. La parte que alegue la fuerza mayor deberá justificarla convenientemente a la otra.
20.- SEGUROS
El contratista deberá tener suscritos y vigentes las pólizas de seguros obligatorios de responsabilidad civil y de riesgos laborales, por importe mínimo de 600.000 euros.
El no abono de los recibos a su vencimiento se considerará como falta muy grave.
El ADJUDICATARIO se responsabilizará de que estén debidamente asegurados todos los riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad corporal o salud de todos y cada uno de sus miembros, así como de los daños, pérdidas o desaparición de cualquiera de sus pertenencias y elementos materiales. Por tanto, será ésta la única responsable de cualquier reclamación que pueda derivarse, tanto durante el concierto, como durante su montaje y desmontaje.
El ADJUDICATARIO será responsable de los posibles daños que cause a terceros, así como los que pueda causar al PATRONATO SOCIOCULTURAL, sus instalaciones o personal, durante el tiempo que duren las actividades objeto de este contrato.
21.- RIESGO Y XXXXXXX
El contrato se entiende a "riesgo y xxxxxxx" del contratista, sin que éste pueda solicitar alteración del precio e indemnización a causa de pérdidas, averías o perjuicios.
22.- OBLIGACIONES EN MATERIA LABORAL
El adjudicatario y el Patronato Sociocultural deberán comunicar al Ministerio de Trabajo las cotizaciones laborales de los artistas contratados, con carácter previo a la ejecución del contrato.
23.- REGIMEN JURÍDICO
El contrato que regula las presentas cláusulas tiene naturaleza administrativa y se regirá conforme se establece en el artículo 10) del TRLCSP:
- En cuanto a su preparación y adjudicación, en defecto de normas específicas, como es el presente caso, por el mencionado TRLCSP y sus disposiciones de desarrollo, aplicándose supletoriamente las restantes normas e derecho administrativo o, en su caso, las normas de derecho privado según corresponda por razón del sujeto o entidad contratante.
24- CONDICIONES GENERALES A NIVEL PREVENTIVO
Para su labor en los centros de trabajo del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y de los Patronatos, la empresa o el trabajador autónomo, deberá cumplir con todo lo previsto en su Sector por la Reglamentación vigente de prevención de riesgos laborales estando en posesión de cuantas acreditaciones legales sean necesarias.
Primordialmente, la empresa deberá cumplir lo relativo a:
• Los principios de la acción preventiva (Art. 15 de la Ley 31/1995).
• Plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva. (Art. 16 de la Ley 31/95).
• Equipos de trabajo y medios de protección (Art. 17 de la Ley 31/1995), recabando cuando sea preciso de los fabricantes, importadores o suministradores para los equipos y medios de protección que precisen adquirir lo establecido en el Art. 41 de la Ley 31/1995.
• Información a los trabajadores (Art. 18 de la Ley 31/95).
• Formación de los trabajadores (Art. 19 de la Ley 31/1995)
• Vigilancia de la salud. (Art. 22 de la Ley 31/95).
Asimismo deberá satisfacer lo que corresponda en cuanto al Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997 de 17 de enero y sus posteriores modificaciones Real Decreto 780/1998 y R.D. 604/2006).
Todas las empresas deberán presentar declaración jurada como el modelo ANEXO IV para presentarse a la licitación.
DOCUMENTACION REQUERIDA en caso de ser adjudicataria deberá entregar la siguiente documentación referente a la empresa: Toda la documentación se entregará siguiendo el orden redactado, en el plazo previsto en el art. 151 TRLCSP.
1. Escrito haciendo constar la Modalidad de organización preventiva de la empresa y si se tiene contratos con servicios de prevención ajenos.
2. Copia de la Evaluación de Riesgos generales de los puestos de trabajo a desarrollar en el ámbito de este contrato de prestación de servicios con el
Ayuntamiento y/o Patronato y las Medidas de Protección y Prevención de los mismos.
3. Copia de la Planificación de la actividad Preventiva respecto a los puestos de trabajo del ámbito de este contrato de prestación de servicios con el Ayuntamiento y/o Patronatos.
4. Certificado de que tienen contratada una Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional. Indicar la dirección del centro asistencial más cercano al centro de trabajo y teléfono de citas y de urgencias.
5. En caso de subcontratación de empresas o trabajadores autónomos, el contratista es el responsable de recopilar de dicha empresa o trabajador autónomo toda la documentación descrita en este documento y entregarla posteriormente al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx o Patronatos.
Deberá entregar la siguiente documentación referente a los trabajadores:
6. Relación de trabajadores de la empresa, debiéndose incluir a toda persona de plantilla que en cualquier momento tenga que acceder a nuestros centros de trabajo (Personal Técnico, de oficios, etc.). Indicar apellidos y nombre, D.N.I. o N.I.E., número de afiliación a la Seguridad Social y Categoría Profesional. Indicar si hay trabajadores especialmente sensibles, discapacitados reconocidos y con parto reciente o maternidad.
7. Reconocimientos médicos específicos (protocolos)/(Aptitud), de los trabajadores que van a realizar la obra o servicio. Los datos relativos a la vigilancia de la salud se entregarán respetando la confidencialidad e intimidad del trabajador.
8. Certificados correspondientes de los trabajadores designados para ejecutar el trabajo, en Formación e Información sobre:
a. Prevención de Riesgos Laborales.
b. Riesgos específicos de su puesto de trabajo.
9. Recibí de entrega de Equipos de Protección Individual de cada trabajador.
10. Autorizaciones de Uso de Equipos de Trabajo realizadas a cada trabajador.
11. Queda abierta la entrega de cualquier otra documentación adicional referente a la empresa, trabajador autónomo y/o trabajadores que a posteriori el Departamento de Prevención de Riesgos Laborales estime necesaria para la adecuada coordinación de actividades empresariales (art.24 de la Ley 31/95 y Real Decreto.171/2004). Asimismo y en este ámbito se le entregarán instrucciones oportunas sobre todo en el ámbito de emergencias en los centros municipales para que den cumplimiento de las mismas.
La verificación de la documentación necesaria a presentar por el contratista adjudicatario prevista en esta cláusula será objeto de informe emitido por el Dpto. de Prevención de Riesgos Laborales correspondiente en el plazo de TRES días desde su recepción.
SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO
La empresa adjudicataria tendrá que cumplir todo lo previsto a la “Ley de Prevención de Riesgos Laborales” y “RD” en vigor, así como toda la normativa de obligado cumplimiento en el ámbito de la Legislación Laboral, aportando documentación acreditativa del cumplimiento de la misma (Política de prevención, Plan de Prevención de Riesgos, etc.)
También se comprometerá a facilitar a sus empleados los elementos de seguridad necesarios para la ejecución de trabajos en altura y enviará a la Dirección Técnica del PSC una relación de los mismos.
La empresa adjudicataria dotará a su personal de uniforme de trabajo con su logotipo identificativo, previa aprobación del mismo por ambas partes, así como la identificación correspondiente.
De la falta de aseo, descuido en el uniforme, así como la descortesía ante el personal y usuarios del PSC, será responsable la empresa adjudicataria.
El PSC se reserva el derecho de requerir la sustitución del personal adscrito a los servicios, por alguna de las causas anteriores u otras causas justificadas, sin perjuicio de la imposición de las penalidades o sanciones por los daños o perjuicios ocasionados que correspondan conforme a la aplicación de la normativa legal.
La Empresa adjudicataria colocará los elementos de protección y señalización precisos de forma inmediata (avisando al PSC) cuando se observe alguna deficiencia que represente algún peligro para los usuarios del Centro Cultural o terceros. Colocará los elementos provisionales precisos (si es necesario) hasta que se realice la operación definitiva.
Utilizará elementos auxiliares para garantizar la permanencia y el paso de operarios sin deteriorar ningún elemento del Centro Cultural, como por ejemplo mesas, pasarelas o andamios.
La Empresa adjudicataria, tendrá que solicitar de forma justificada y por escrito al PSC de la colocación de elementos de seguridad que falten al edificio para poder realizar los trabajos en las condiciones de seguridad requeridas por la normativa vigente.
La empresa adjudicataria se compromete a hacer respetar a su personal la normativa interna y de seguridad propias del edificio. Estará prohibido por el personal de la empresa adjudicataria:
Comer en el interior de cualquier dependencia del edificio que no le haya sido asignado expresamente para tal fin por el Patronato.
Introducir y consumir en el edificio bebidas alcohólicas o entrar en el edificio en estado de embriaguez.
Provocar desordenes de cualquier tipo, en los locales de trabajo y en general en cualquier dependencia del edificio.
Mantener reuniones en el centro, que no sean relativas a la prestación del servicio. Faltar al respeto a los usuarios del centro.
No podrán hacerse ayudar en la realización de sus trabajos por personal ajeno a la empresa que no esté autorizado por el Patronato Socio Cultural.
25.- JURISDICCIÓN COMPETENTE
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación y modificación de los contratos serán resueltas por los Órganos de contratación, cuyas resoluciones agotarán la vía administrativa y abrirán la vía Contencioso-Administrativa, a tenor de la Ley de dicha jurisdicción. Las cuestiones litigiosas que se susciten sobre la resolución y efectos se solventarán ante los Juzgados y Tribunales del orden civil. Las partes contratantes se someten a la jurisdicción de los Tribunales con competencia en el término municipal xx Xxxxxxxxxx con renuncia expresa al fuero jurisdiccional que pudiera corresponderle.
El contrato se regirá jurídicamente por:
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
- Ley 34/2010, de 5 xx xxxxxx, de modificación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
- La vigente legislación y normativa en materia laboral, de seguros sociales, contratación de personal, seguridad e higiene en el trabajo, accesibilidad y construcción y lo que dispongan las leyes protectoras de la industria comunitaria.
- Demás legislación vigente aplicable en la materia.
- El presente documento y cuantos puedan producirse firmado por las partes.
- Usos y costumbres teatrales.
- En el caso de que se efectúe traducción del contrato a otro idioma, prevalecerá la versión española.
Alcobendas a 25 xx xxxxx de 2012
ANEXO I
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. ....................................................................... con D.N.I. Nº , en plena
posesión de su capacidad jurídica y de obrar, actuando en su propio nombre y representación ................................................................................., con D.N.I./N.I.F. nº
........................, según acredita debidamente, hace constar:
1. Que enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico Administrativas y Pliego de Prescripciones Técnicas aprobado por el Patronato Sociocultural, que ha de regir la contratación de PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DE JÓVENES TALENTOS MUSICALES-FESTIMAD lo acepta íntegramente y presenta oferta ajustada a las condiciones señaladas en el mismo y solicita sea admitido al procedimiento convocado.
2. Que ofrece como precio ANUAL para la ejecución de los citados servicios la cantidad de euros, más el IVA correspondiente,
que asciende a ................................................ euros. Siendo el importe total del contrato, IVA incluido de ...........................................................................................
euros.
3. Que se compromete a cumplir las prestaciones objeto del mencionado Xxxxxx, así como al cumplimiento de la legislación vigente que resulta de aplicación directa o subsidiaria.
4. Que ofrece (en su caso) las siguientes prestaciones adicionales.
En a
Firma y sello de la empresa
ANEXO II: DECLARACIÓN JURADA.
Procedimiento de Coordinación de Actividades Empresariales.
DECLARACION JURADA
D/Dña. ........................................................................................con DNI
nº.............................como representante y/o administrador de la Empresa................................................................................... con domicilio social en.............................................................................................................................
CIF........................... y número de
contacto……………………………………………………………………
DECLARO:
1. Que la Empresa o Trabajador Autónomo, en lo sucesivo Empresa, para su labor en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y/o Patronatos, cumple con todo lo previsto en su sector por la Reglamentación vigente de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995) estando en posesión de cuantas acreditaciones legales son necesarias en la actualidad.
2. Que la Empresa se compromete en caso de adjudicación al estricto cumplimiento de las medidas de coordinación previstas en el art. 24 de la ley 31/95, de Prevención de Riesgos Laborales y en el R.D. 171/2004, de 30 de enero por el que se desarrolla dicho artículo.
3. Que la Empresa cumple con los requisitos establecidos en le Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997 de 17 de enero y sus posteriores modificaciones Real Decreto 780/1998 y R.D. 604/2006), y asume como propio el Servicio de Prevención o contrata dichas funciones con un Servicio de Prevención Ajeno.
4. Que la Empresa dispone de un Plan de Prevención acorde a lo dispuesto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y sus disposiciones de desarrollo.
5. Que la Empresa dispone de la Evaluación de Riesgos de los puestos de trabajo a desarrollar por los trabajadores de dicha Empresa en los centros de trabajo del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y Patronatos, así como de las medidas de prevención y protección necesarias para evitar dichos riesgos.
6. Que la Empresa informará de los posibles riesgos que afecten al personal del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y Patronatos o a trabajadores de otras empresas concurrentes como consecuencia de las operaciones o trabajos que deba de realizar su personal en nuestras instalaciones.
7. Que la Empresa comunicará a sus propios trabajadores la información proporcionada por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y Patronatos.
8. Que la Empresa ha formado e informado a los trabajadores que llevarán a cabo las actividades en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y Patronatos de los riegos generales y específicos de su puesto de trabajo, así como en Prevención de Riesgos Laborales.
9. Que la Empresa ha proporcionado a sus trabajadores tanto las medidas de protección colectiva, como los Equipos de Protección Individual (EPIS) necesarios para desarrollar sus tareas, así como los equipos de trabajo y productos, debidamente certificados, y todo ello conforme a las exigencias legales existentes y en vigor.
10. Que la Empresa ha realizado la Vigilancia de la salud de los trabajadores a su cargo, conforme a los protocolos sanitarios establecidos y en función a los riesgos específicos.
11. Que la Empresa realiza el estudio y control de siniestralidad de sus trabajadores.
12. Que la Empresa contratista en caso de realizar subcontrataciones, hace extensivo las mismas obligaciones para éstas, siendo el contratista el responsable de la recopilación de la documentación y de la vigilancia de su cumplimiento. Así mismo, en el caso en el que se subcontrate en el sector de la construcción se deberá cumplir con lo recogido en la Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.
13. Que la Empresa designará los Recursos Preventivos para su presencia en el centro de trabajo del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y Patronatos, cuando sea necesario conforme establece la Ley 54/203 de Reforma del Marco Normativo de la Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995), y RD 39/1997 y su posterior modificación por el RD 604/2006.
14. Que la Empresa comunicará de inmediato al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y Patronatos de cualquier incidente y/o accidente que signifique o pudiera haber significado daño para la salud, tanto de sus trabajadores como cualquier otra persona existente en al Ayuntamiento o Patronatos, así como cualquier situación de emergencia o riesgo detectado en el centro de trabajo.
En Alcobendas, a ……… de de 201….
Representante y/o Administrador DNI
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Firma y sello.