CLUPP MUTUALIDAD, S.C. DE R.L. DE C.V.- CONDICIONES GENERALES DE SERVICIO
-CLUPP MUTUALIDAD, S.C. DE R.L. DE C.V.- CONDICIONES GENERALES DE SERVICIO
1. MARCO LEGAL 3
2. DEFINICIONES 3
3. CONTRATACIÓN 5
3.1. Requisitos 5
3.2. Planes 5
3.3. Kilometraje 6
3.4. Vigencia 6
4. ¿QUÉ CUBRIMOS? 6
4.1. Vehículos 7
4.1.1. Robo 7
4.1.1.1. ¿Qué cubre, cuándo y cómo? 7
4.1.1.2. Límite de responsabilidad 8
4.1.1.3. Deducible 8
4.1.1.4. Exclusiones 8
4.1.2. Daños Materiales 8
4.1.2.1. ¿Qué cubre, cuándo y cómo? 8
4.1.2.2. Límite de cobertura 9
4.1.2.3. Deducible 9
4.1.2.4. Exclusiones 10
4.1.3. Responsabilidad Civil 10
4.1.3.1. Automóvil Principal 10
4.1.3.2. Motocicleta Principal 11
4.1.3.3. Otros Vehículos 11
4.1.4. Asistencia Vial y Legal 11
4.1.4.1. ¿Qué cubre, cuándo y cómo? 11
4.1.4.1.1. Asistencia Vial 11
4.1.4.1.2. Chofer Privado 11
4.1.4.1.3. Asistencia Jurídica 12
4.1.4.2. Límite de cobertura 12
4.1.4.2.1. Asistencia Vial 12
4.1.4.2.2. Chofer Privado 12
4.1.4.3. Deducible 13
4.1.4.4. Exclusiones 13
4.2. Xxxxxxxxxx a tu persona 13
4.2.1. Accidentes Personales 13
4.2.1.1. ¿Qué cubre, cuándo y cómo? 13
4.2.1.2. Límite de cobertura 14
4.2.1.3. Deducible 14
4.2.1.4. Exclusiones 14
4.2.2. Gastos Médicos Ocupantes 15
4.2.2.1. ¿Qué cubre, cuándo y cómo? 15
4.2.2.2. Límite de cobertura 15
4.2.2.3. Exclusiones 16
4.2.3. Fallecimiento 16
4.2.3.1. ¿Qué cubre, cuándo y cómo? 16
4.2.3.2. Cobertura 16
4.2.3.3. Deducible 16
4.2.3.4. Exclusiones 16
4.3. Celular Registrado 16
4.3.1. Robo 17
4.3.1.1. ¿Qué cubre, cuándo y cómo? 17
4.3.1.2. Límite de cobertura 17
4.3.1.3. Deducible 17
4.3.1.4. Exclusiones 18
5. EXCLUSIONES GENERALES 18
6. ¿QUÉ HACER EN CASO DE UN SINIESTRO? 19
7. TERRITORIO 19
CONDICIONES GENERALES DE SERVICIO
1. MARCO LEGAL
Las presentes condiciones aplican de forma exclusiva a los Miembros Asegurados de la Mutualidad, en función de lo que establezcan su respectiva Carátula de Coberturas. El marco legal aplicable a las mutualidades se encuentra regulado en el artículo 30 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas.
Las coberturas contenidas en este documento amparan únicamente los supuestos que explícitamente se mencionan y no aplican para riesgos que no se encuentren mencionados de forma expresa -con excepción de la cobertura para Daños Materiales, que se rige por la lógica inversa. De forma enunciativa, pero no limitativa, los riesgos no cubiertos se listan en el capítulo relativo a las Exclusiones Generales.
En caso de duda sobre la procedencia de una reclamación se determinará por el consejo de administración de la Mutualidad, de acuerdo con las formalidades establecidas para tal efecto en las bases constitutivas correspondientes.
2. DEFINICIONES
2.1. Aplicación: la aplicación informática (para Android y iPhone) que ofrece la Mutualidad para la gestión de sus servicios y coberturas.
2.2. Automóvil: Vehículo automotor de 4 ruedas que porta placas para circular dentro de los Estados Unidos Mexicanos.
2.3. Carátula de Xxxxxxxxxx: documento expedido por la Mutualidad a favor del Miembro Asegurado, cuyo fin es individualizar los servicios, los planes, las coberturas y las obligaciones específicas que el Miembro Asegurado y la Mutualidad asumen entre sí.
2.4. Celular Registrado: teléfono móvil o celular que haya sido registrado con su IMEI por el Miembro Asegurado en la Aplicación o en el Sitio Web y desde el cual haya accedido a la Aplicación.
2.5. Conductor: la persona física que conduce un Vehículo, siempre y cuando su edad sea igual o mayor de 16 años.
2.6. Deducible: contraprestación en dinero que debe pagar el Miembro Asegurado a la Mutualidad en caso de que ocurra un siniestro o accidente que requiera su pago.
2.7. Xxxxxxx Xxxxxxxxx: la persona física (i) cuyo nombre aparece en la Carátula de Xxxxxxxxx; que (ii) ha sido aceptada como miembro de la Mutualidad; y (iii) que se encuentra al corriente en el pago de la Primas que le corresponden pagar a la Mutualidad, de acuerdo con su Carátula de Cobertura y las presentes condiciones.
2.8. Motocicleta: Vehículo automotor de 2 ruedas que porta placas para circular dentro de los Estados Unidos Mexicanos.
2.9. Mutualidad: significa CLUPP Mutualidad, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, cuyo objeto es operar al amparo de una mutualidad, en los términos del artículo 30 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas y que presta servicios de cobertura a los Miembros Asegurados.
2.10. Ocupante: toda persona física distinta del Conductor que viaje debidamente en un Vehículo. El número máximo de ocupantes será el que aparece en la tarjeta de circulación de dicho Vehículo.
2.11. Otros Vehículos: todo Vehículo que no sea un Automóvil o una Motocicleta.
2.12. Prima: contraprestación en dinero que debe pagar el Miembro Asegurado a la Mutualidad con la periodicidad estipulada para tener derecho a las coberturas amparadas en su respectiva Carátula de Cobertura.
2.13. Pérdida Total: cuando los gatos de reparación del vehículo Miembro Asegurado excedan: a) Para Automóviles el 75% del Valor Cubierto o más del 65% a petición del Miembro Asegurado, y b) Para Motocicletas y Otros Vehículos el 80% del Valor Cubierto o más del 75% a petición del Miembro Asegurado.
2.14. Sitio Web: xxxxx://xxxxx.xxx.xx o cualquier vínculo, micrositio o acceso directamente relacionado con esta dirección.
2.15. Trayecto/Viaje Registrado: todo traslado realizado por un Miembro Asegurado, cuyo origen y destino fueron registrados en la Aplicación.
2.16. Valor Cubierto: valor registrado en la Carátula de Cobertura para cada una de las coberturas amparadas.
2.17. Vehículo: aparato con o sin motor que se mueve sobre el suelo y sirve para transportar cosas o personas, excluyendo vehículos de carga
pesada, animales, transporte público, vehículos aéreos o marítimos y en general vehículos destinados a un uso comercial o al servicio público.
2.18. Vehículo Principal: el Vehículo Registrado que el Miembro Asegurado designó como tal.
2.19. Vehículo Registrado: todo Vehículo que aparezca en la Carátula de Cobertura.
2.20. Vehículo Secundario: todo Vehículo Registrado distinto del/los Vehículo(s) Principal(es), únicamente cubierto cuando el Miembro Asegurado lo maneja .
2.21. Vehículo de Salvamento: vehículos que hayan sido declarados por otras compañías como Pérdida Total y comercializados por ellas.
2.22. Uso Comercial: aquél vehículo que es utilizado para el transporte de una o varias personas, mercancías y/o insumos, con fines industriales y/o comerciales y/o de prestación de servicios (ver listado de ejemplos)
3. CONTRATACIÓN
3.1. Requisitos
Como requisito para la procedencia de las coberturas que se señalan a continuación es requisito indispensable ser un Miembro Asegurado.
3.2. Planes
Los planes estipulados en la Carátula de Coberturas, se detallan a continuación:
● Movilidad Mínima: para quienes conducen un Vehículo Registrado menos de 250 km al mes, en promedio.
● Movilidad Reducida: para quienes conducen un Vehículo Registrado entre 250 y 500 km al mes, en promedio.
● Movilidad Normal: para quienes conducen un Vehículo Registrado entre 500 y 1,200 km al mes, en promedio.
● Movilidad Intensiva: para quienes conducen un Vehículo Registrado entre 1,200 y 1,600 km al mes, en promedio.
3.3. Kilometraje
Los kilómetros que se consideran en los planes se miden por Vehículo Registrado en la Carátula de Cobertura y sólo aplican para Automóvil o Motocicleta.
La Mutualidad podrá solicitar de tiempo en tiempo pruebas (como fotografías o grabaciones) del odómetro de los Vehículos, y será obligación de los Miembros Asegurados proporcionar estas.
3.4. Vigencia
Las coberturas ofrecidas por la Mutualidad comienzan su vigencia a partir del inicio de vigencia establecido en la Carátula de Cobertura a favor del Miembro Asegurado y se mantendrán en vigor mientras dicho Miembro Asegurado se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Mutualidad.
Los planes no requieren un periodo mínimo de contratación, pero se renuevan automáticamente de acuerdo a la periodicidad de pago de Prima descrita en la Carátula de Cobertura. Los Miembros Asegurados podrán dar por terminadas sus coberturas de acuerdo con lo dispuesto en la sección de cancelaciones o en caso de expulsión.
Un Miembro Asegurado podrá ser expulsado en cualquier momento. Son considerados motivos de expulsión: tener un alto grado de riesgo, cometer actos dolosos, fraudulentos o de mala fé, o derivado de cualquier situación que el consejo de administración de la Mutualidad determine.
4. ¿QUÉ CUBRIMOS?
Las coberturas ofrecidas por la Mutualidad a los Miembros Asegurados serán las que se indiquen y aparezcan de forma explícita en su Carátula de Cobertura. Las coberturas que no aparezcan en la Carátula de Cobertura serán inaplicables, aunque se encuentren detalladas en este documento. Las
exclusiones que se indican de forma particular para cada tipo de cobertura se incluyen con fines enunciativos, no limitativos.
Es indispensable para hacer válida cualquier cobertura que el Conductor cuente con licencia de conducir vigente al momento de ocurrir los hechos y que ésta sea la adecuada de acuerdo al tipo de vehículo conducido.
Todas las cantidades que aparecen en este documento se muestran en pesos mexicanos (MXN).
A continuación se presentan las coberturas clasificadas en: coberturas para Vehículos, coberturas para Personas y coberturas para celulares.
4.1. Vehículos
Las coberturas que se indican a continuación aplican exclusivamente a Vehículos Registrados.
4.1.1. Robo
4.1.1.1. ¿Qué cubre, cuándo y cómo?
Las coberturas amparan el robo de cualquier Vehículo Registrado, siempre que el registro correspondiente se haya realizado antes de que ocurra el robo.
El Miembro Asegurado que requiera utilizar esta cobertura deberá solicitarlo en la Aplicación, en el Sitio Web o vía telefónica para dar aviso a la Mutualidad a más tardar a los 3 días de ocurridos los hechos. La Mutualidad se reserva el derecho de solicitar que el Miembro Xxxxxxxxx responda algunas preguntas relacionadas con el siniestro o con el Vehículo, así como a solicitar evidencia de lo ocurrido.
Consulta el proceso de robo de vehículo aquí.
4.1.1.2. Límite de responsabilidad
El límite de responsabilidad para la Mutualidad será el que se indica en la Carátula de Cobertura del Miembro Asegurado. Sin perjuicio de lo anterior, en ningún caso la responsabilidad de la Mutualidad excederá de las siguientes cantidades:
● Automóviles, hasta $1, 500,000;
● Motocicletas, hasta $500,000; y
● Otros Vehículos, hasta $200,000.
4.1.1.3. Deducible
10% del Valor Cubierto.
4.1.1.4. Exclusiones
Robos parciales.
Robos cometidos por conocidos, amigos o familiares del Xxxxxxx Xxxxxxxxx, sin importar el grado de parentesco o afinidad.
Situaciones de abuso de confianza en las que se hayan dejado las llaves del Vehículo Registrado voluntariamente (por ejemplo: a conocidos, talleres, refaccionarias, valets parking, etc.)
4.1.2. Daños Materiales
4.1.2.1. ¿Qué cubre, cuándo y cómo?
La cobertura aplica para todo daño material que no provenga de un evento excluido y que llegue a sufrir un Vehículo Registrado, siempre que el registro
correspondiente se haya realizado antes de que ocurra el daño.
En caso de requerirse, el Miembro Asegurado deberá realizar los procedimientos legales necesarios.
4.1.2.2. Límite de cobertura
El límite de responsabilidad para la Mutualidad será el que se indica en la Carátula de Cobertura del Miembro Asegurado. Sin perjuicio de lo anterior, en ningún caso la responsabilidad de la Mutualidad excederá de las siguientes cantidades:
● Automóviles, hasta $1, 500,000;
● Motocicletas, hasta $500,000; y
● Otros Vehículos, hasta $200,000.
4.1.2.3. Deducible
5% del Valor Cubierto para el Vehículo Principal. 10% del Valor Cubierto en caso de Pérdida Total
Para el caso de los Vehículos de salvamento, adicional al deducible mencionado, el Miembro Asegurado pagará 30% de los daños y en caso de que el vehículo se declare como Pérdida total, el monto máximo a indemnizar será el valor del vehículo en su última factura con un descuento del 10% anual.
Sin deducible para accidentes donde se determine que la responsabilidad corresponde a un tercero, siempre que (i) los gastos correspondientes excedan el monto del deducible y (ii) tanto la persona responsable como el vehículo involucrado estén plenamente identificados.
4.1.2.4. Exclusiones
No quedan cubiertos:
● Daños sufridos por Vehículos no registrados;
● Daños a Vehículos derivados de actos dolosos realizados sobre el Vehículo por una o varias personas (vandalismo);
● La carga o los bienes contenidos dentro del Vehículo;
● Equipos, componentes, accesorios o dispositivos no originarios del Vehículo (equipo de sonido, rines, pantallas, etc.) que no hayan sido declarados al contratar la póliza o que no cuenten con la factura de su valor de compra; y
● Daños o pérdidas materiales sufridas por un Vehículo, como consecuencia del delito de abuso de confianza.
● Fallas mecánicas o arreglos estéticos
4.1.3. Responsabilidad Civil
4.1.3.1. Automóvil Principal
La Mutualidad tiene sub-contratada esta cobertura con Mapfre y por ello aplican las Condiciones Generales Seguro Mapfre Digital para Autos, específicamente las secciones relativas a:
● “Responsabilidad Civil por Daños a Terceros en sus Personas (2.4.)”;
● “Responsabilidad Civil por Daños a Terceros en sus Bienes (2.5)”; y
● En caso de Vehículos Secundarios y Otros Vehículos, “Extensión de Responsabilidad Civil y/o Defensa Jurídica (2.6)”.
Tal como dichas condiciones sean modificadas de tiempo en tiempo por Mapfre.
4.1.3.2. Motocicleta Principal
La Mutualidad tiene sub-contratada esta cobertura con HDI.
4.1.3.3. Otros Vehículos
La Mutualidad tiene sub-contratada esta cobertura con Mapfre y por ello aplican las Condiciones Generales Seguro Mapfre Digital para Autos, específicamente la sección relativa a “Extensión de Responsabilidad Civil y/o Defensa Jurídica (2.6)”, en el entendido que esta cobertura aplicará solo si el Vehículo Principal es un Automóvil.
4.1.4. Asistencia Vial y Legal
4.1.4.1. ¿Qué cubre, cuándo y cómo?
4.1.4.1.1. Asistencia Vial
La cobertura incluye servicios xx xxxx, abastecimiento de combustible, cambio de llanta, paso de corriente y cerrajería. El Miembro Asegurado y/o conductor deberá estar presente durante todo el servicio.
4.1.4.1.2. Chofer Privado
Para el caso en que el Vehículo haya sufrido daños materiales y deba permanecer en el taller, está cobertura ofrece la disposición de saldo en Uber.
4.1.4.1.3. Asistencia Jurídica
La cobertura incluye defensa jurídica penal o civil a través de los abogados designados por la Mutualidad, para el caso en que (i) se hayan ocasionado daños con el Vehículo Principal o (ii) el Vehículo Principal haya sido robado.
4.1.4.2. Límite de cobertura
4.1.4.2.1. Asistencia Vial
Limitada a 3 eventos por año por cada Vehículo Registrado, con un máximo de un servicio xx xxxx. Los eventos se contarán a partir de la primera fecha de inicio de cobertura del Vehículo Registrado, sin importar que su cobertura se haya pausado o cancelado en algún periodo.
El servicio xx xxxx cubre hasta 80 km de distancia por evento.
El servicio de abastecimiento de combustible incluye sin costo hasta 5 litros.
El servicio de cambio de llanta requiere que la llanta esté debidamente colocada en el rin.
4.1.4.2.2. Chofer Privado
El servicio de Chofer Privado está limitado al tiempo en que el Vehículo se encuentre en el taller o hasta un máximo de 4 semanas, hasta una vez al año. El saldo total y el límite de viajes al día a otorgarse dependen del plan contratado:
Planes | Saldo total | Límite de viajes |
Movilidad Mínima | $400 | 2 viajes por día |
Movilidad Reducida | $800 | 2 viajes por día |
Movilidad Normal | $1, 200 | 4 viajes por día |
Movilidad Intensiva | $ 1, 600 | 6 viajes por día |
4.1.4.3. Deducible
Sin deducible.
4.1.4.4. Exclusiones
La Asistencia Vial no incluye los materiales, insumos, refacciones o bienes ajenos al servicio estricto de asistencia (casetas, maniobras, llantas, llaves, batería, etc.).
El Chofer Privado no aplica para reparaciones por fallas mecánicas o mejoras estéticas.
4.1.5. Coberturas extras
4.1.5.1. ¿Qué cubre, cuándo y cómo?
4.1.5.1.1. Pago a valor factura
Garantiza que el valor cubierto de tu vehículo en las coberturas de Daños Materiales por Pérdida Total y Robo sea igual al monto de la factura de origen del Vehículo Registrado, siempre que se haya contratado con dicho monto.
Está cobertura sólo está disponible para vehículos con menos de 3 años de antigüedad.
El deducible aplicado corresponde al 10% del monto en la factura y aplica en sustitución del deducible por Pérdida Total o Robo.
4.1.5.1.2. $100,000 adicionales en gastos médicos a ocupantes
Está cobertura aumenta en unidades de $100,000 el valor cubierto de la cobertura de Gastos Médicos Ocupantes. El límite máximo a contratar es de 5 unidades.
Está cobertura aplica únicamente por reembolso, es decir, el miembro Asegurado deberá cubrir los gastos correspondientes y una vez proporcionadas las facturas a nombre de la Mutualidad, se le hará el reembolso correspondiente en los siguientes 7 días.
4.1.5.1.3. Casco
La cobertura incluye la reposición de tu casco en caso de que se dañe en un accidente automovilístico con un límite de $6,000.
En caso de solicitar la cobertura por reembolso el Miembro Asegurado deberá proporcionar la factura a nombre de la Mutualidad correspondiente.
4.1.5.1.4. Accesorios personales
La cobertura incluye la reposición de tus accesorios personales en caso de que se dañen en un accidente automovilístico con un límite de $10,000.
En caso de solicitar la cobertura por reembolso el Miembro Asegurado deberá proporcionar la factura a nombre de la Mutualidad correspondiente.
4.1.5.1.5. Equipo especial
La cobertura incluye el equipo especial instalado en tu vehículo en caso de sufrir daños en un accidente automovilístico con un límite de $50,000. Se requiere factura original del equipo a cubrir.
En caso de solicitar la cobertura por reembolso el Miembro Asegurado deberá proporcionar la factura a nombre de la Mutualidad correspondiente.
4.2. Coberturas a tu persona
4.2.1. Accidentes Personales
4.2.1.1. ¿Qué cubre, cuándo y cómo?
La cobertura incluye los gastos médicos que se generen como consecuencia de un accidente que cause lesiones a un Miembro Asegurado, incluyendo tratamiento médico, intervención quirúrgica, hospital, enfermería, ambulancia, estudios y medicinas.
Para la procedencia de esta cobertura es necesario que el Miembro Asegurado informe a la Mutualidad que desea utilizarla a más tardar al quinto día de haber ocurrido el accidente. En su caso, la Mutualidad informará las opciones de clínicas y hospitales más cercanos al Miembro Asegurado, para que éste elija entre esas opciones.
4.2.1.2. Límite de cobertura
El límite de responsabilidad para la Mutualidad será el que se indica en la Carátula de Cobertura del Miembro Asegurado.
Sin perjuicio de lo anterior, la responsabilidad de la Mutualidad nunca excederá la cantidad de $20,000.
4.2.1.3. Deducible
$500 por evento.
4.2.1.4. Exclusiones
● Lesiones a consecuencia de que el Miembro Asegurado participe directa e intencionalmente en actos delictivos, motines, tumultos o manifestaciones populares, o riña siempre y cuando el Miembro Asegurado sea el provocador;
● Cualquier forma de navegación submarina;
● Suicido o intentos de suicidio o lesiones autoinflingidas;
● Accidentes que sufra el Miembro Asegurado encontrándose bajo el efecto del alcohol, drogas (excepto si fueron prescritas por un médico) o enervantes;
● Accidentes que se originen por participar en actividades como:
○ Piloto, tripulante o mecánico en vuelo de una línea aérea o a bordo de cualquier avión fuera de las líneas comerciales autorizadas;
○ Pruebas o contiendas de velocidad, resistencia o seguridad en vehículos de cualquier tipo;
○ Conducción de motocicletas o vehículos de motor similares, ya sea como piloto o como
acompañante, cuando se trate de Vehículos no registrados;
○ Práctica profesional de cualquier deporte;
○ Paracaidismo, buceo, alpinismo, charrería, esquí, tauromaquia, vuelo en delta, box, lucha libre, lucha grecorromana o cualquier forma de arte xxxxxxx, rafting, rappel, jetsky.
4.2.2. Gastos Médicos Ocupantes
4.2.2.1. ¿Qué cubre, cuándo y cómo?
Está cobertura incluye el pago de gastos médicos por concepto de: hospitalización, medicinas, Atención médica, enfermeros, servicio de ambulancia y gastos de entierro, originados por lesiones corporales que sufra el Miembro Asegurado y/o cualquier persona Ocupante del Vehículo Registrado cuando este sea un Automóvil o una Motocicleta y tenga un accidente automovilístico.
4.2.2.2. Límite de cobertura
El límite de responsabilidad para la Mutualidad será el que se indica en la Carátula de Cobertura del Miembro Asegurado.
Sin perjuicio de lo anterior, la responsabilidad de la Mutualidad nunca excederá de las siguientes cantidades:
● Vehículo Principal, hasta $200,000, la cual se repartirá entre todos los Ocupantes y el Conductor;
● Vehículo Secundario, hasta $200,000, solo en beneficio del Miembro Asegurado Conductor.
4.2.2.3. Exclusiones
● Ocupantes de Vehículos Secundarios
4.2.3. Fallecimiento
4.2.3.1. ¿Qué cubre, cuándo y cómo?
Fallecimiento del Miembro Asegurado en caso de accidente verificado en un Vehículo Registrado, siempre y cuando la muerte ocurra dentro de los 90 días siguientes a la fecha del accidente.
4.2.3.2. Cobertura
Pago único de $20,000 a la persona designada como beneficiario del Miembro Asegurado.
4.2.3.3. Deducible
Sin deducible.
4.2.3.4. Exclusiones
Muerte derivada de cualquier evento distinto de un accidente.
4.3. Celular Registrado
La siguiente cobertura aplica exclusivamente al Celular Registrado.
4.3.1. Robo
4.3.1.1. ¿Qué cubre, cuándo y cómo?
La cobertura aplica para robo con violencia del Celular Registrado, siempre que el Miembro Asegurado lo reporte a Clupp a más tardar 5 días hábiles después de ocurridos los hechos.
Para hacer uso de está cobertura es responsabilidad del Miembro Asegurado: responder las preguntas de la Mutualidad relacionadas con los hechos, realizar las
denuncias correspondientes al 911, a la compañía telefónica y en caso de solicitarse, ante el ministerio público correspondiente; así como proporcionar la documentación adicional relacionada que se le solicite. Será indispensable que el IMEI del Celular Registrado se verifique como robado en la página del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), a más tardar a los 90 días de ocurridos los hechos.
4.3.1.2. Límite de cobertura
El límite de responsabilidad para la Mutualidad será el que se indica en la Carátula de Cobertura del Miembro Asegurado. Sin perjuicio de lo anterior, la responsabilidad de la Mutualidad nunca excederá de la cantidad de
$30,000.
4.3.1.3. Deducible
Sin deducible para el robo ocurrido durante un Trayecto Registrado con el Celular Registrado, siempre que el registro se haya realizado antes de que ocurriera el robo.
40% del Valor Cubierto para trayectos no registrados.
4.3.1.4. Exclusiones
La cobertura no aplica para:
● Pérdida;
● Robo sin violencia;
● Daños o fallas funcionales;
● Rotura de Pantalla; y
● Robo a personas distintas del Miembro Asegurado;
● Celulares registrados como robados ante el IFT previo al inicio de vigencia de su cobertura.
5. EXCLUSIONES GENERALES
La Mutualidad no asume responsabilidad alguna por supuestos o conceptos que no estén explícitamente descritos en la Carátula de Cobertura o en las presentes condiciones. Enunciativa, pero no limitativamente, la Mutualidad en ningún caso ampara:
● Accidentes verificados fuera de México;
● Terrorismo;
● Daños sufridos como consecuencia de la participación del Miembro Asegurado en competencias de velocidad, “arrancones”, carreras urbanas o situaciones similares;
● Daños ocasionados o sufridos por un Vehículo como consecuencia de haber destinado dicho Vehículo a servicio o Uso comercial; o
● Daños ocasionados por objetos o materiales transportados o almacenados en el Vehículo;
● Daños ocasionados por adaptaciones y/o accesorios no declarados en el vehículo.
● Fraudes, actos dolosos, omisiones o falsas declaraciones;
● Situaciones en las que se llegue a acuerdos con los involucrados sin la autorización de la Mutualidad.
● El pago de pensiones o estadías en corralones por cualquier causa.
● Vehículos que no tengan fotografías realizadas con la Aplicación o sean fotos de fotos, fotos de otros vehículos o cualquier foto falsa o mal tomada.
6. ¿QUÉ HACER EN CASO DE UN SINIESTRO?
En caso de que necesites usar tu seguro lo mejor es que lo reportes de inmediato por llamada o WhatsApp al 0000000000.
7. TERRITORIO
Las coberturas amparadas por estas condiciones aplican dentro de toda la República Mexicana, pero no fuera de ella.