CONTRATO DE CONCESION DE LA GESTION Y EXPLOTACION EXCLUSIVA DE LOS SERVICIOS DE RESTAURACION
CONTRATO DE CONCESION DE LA GESTION Y EXPLOTACION EXCLUSIVA DE LOS SERVICIOS DE RESTAURACION
En Terrassa, a de de
R E U N I D O S:
De una parte, XXXXXXXXXX, mayor de edad, vecino de XXXX, con domicilio a efectos de notificaciones en XXXXXXXXXXXXXXX, y provisto de Documento Nacional de Identidad número XXXXXXXXX.
Y de otra, XXXXXXXX, mayor de edad, vecino de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX y provisto de Documento Nacional de Identidad XXXXXX.
I N T E R V I E N E N:
Don XXXXXXXX, en nombre y representación del XXXXXXXX (en adelante y a los meros efectos del presente contrato el Club), con domicilio en XXXXXXXXXXXXXXX, provista de C.I.F. XXXXXXX e inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de XXXXXXXX con el número XXXXX, en su calidad de XXXXXXXXXXXXX y en virtud de facultades suficientes para este acto que manifiesta tener vigentes y no haberle sido revocadas.
Y XXXXXXXXXXXXXX, en nombre y representación de la compañía mercantil de nacionalidad y residencia española, XXXXXX. (en adelante y los meros efectos del presente contrato XXXX), con domicilio en XXXXXXXXXXXXXXXXXXX y provista de C.I.F. número XXXXXXX, en su calidad de administrador y en virtud de facultades suficientes para este acto que manifiesta tener vigentes y no haberle sido revocadas.
Las partes, en la calidad con que intervienen, se reconocen la mutua capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente contrato y, puestos previamente de acuerdo,
M A N I F I E S T A N:
I.- Que el Club es una entidad privada deportiva sin ánimo de lucro que tiene por objetivo básico la práctica y fomento del deporte del golf.
II.- Que dentro de los servicios que ofrece el club a sus socios se encuentran los de bar y restaurante.
III.- Que la empresa XXXXXXX está interesada en gestionar los servicios de restauración del Club
P A C T O S:
PRIMERO.- OBJETO DEL CONTRATO
Constituye el objeto de este contrato la concesión a XXXXX de la gestión y explotación en exclusiva de los servicios de bar y restaurante del Club, , servicios que se llevarán a término en los locales sitos en las instalaciones del Club, ubicadas en XXXX, junto con el mobiliario, maquinaria y utillaje que más adelante se especifica.
Se adjunta como Anexo número 1 plano identificativo de los locales y dependencias en los que se lleva a cabo dicha explotación (cocinas, salones de comedor, bares de snacks, etc.), así como de aquellas otras dependencias del Club que, sin estar destinadas directamente a los servicios de bar y restaurante, se encuentran afectas a la cesión (oficinas, servicios, etc).
Asimismo se adjunta como Anexo número 2 relación de mobiliario, material, maquinaria y utillaje necesarios para la realización de las actividades objeto de este contrato que serán puestos a disposición de XXX
SEGUNDO.- OFERTA DE SERVICIOS
XXXXX se obliga expresamente a prestar los servicios de bar, snack y restaurante a los socios. La oferta de servicios que XXXXX se obliga a respetar y, en su caso, a ampliar si fuera menester es la que consta detallada en el Anexo número 3, con indicación de ubicaciones y horarios (xx xxxxxx e invierno) de prestación del servicio integral de restauración.
XXXXX podrá también concertar banquetes y bodas para socios, sus hijos o
nietos, o para terceros ajenos al Club. En este último caso, deberá recabar la autorización verbal de la Junta Directiva, quién solamente la podrá denegar cuando dicha celebración sea incompatible con actos o celebraciones propias del Club, siempre que estén previstas en el calendario ya aprobado y comunicado, según establece el pacto décimo. O en caso de que vaya en contra de la filosofía del Club.
En todo caso, XXXXX deberá atender preferencialmente a los socios del Club, que no podrán ver disminuidos sus derechos y prestaciones por la realización de cualesquiera otras actividades distintas a las que ofrece el Club a sus socios, los cuales seguirán disfrutando de los mismos privilegios que tengan hasta la fecha.
Habida cuenta de la preferente atención que XXXXX deberá prestar a los socios del Club y a fin de garantizar el equilibrio económico del contrato y teniendo en cuenta el histórico de facturación en concepto de eventos Club (1), tanto sociales como privados, de los últimos años, se establece una facturación mínima de XXXXXXXXXXXXX euros) a partir de la cual se aplicará un precio, definido en el punto tercero de este contrato.
(1) Tendrán la consideración de “eventos Club” los siguientes ingresos que procedan del XXXXXX:
-XXXXXXX
TERCERO.- PRECIO DEL CONTRATO
Como contraprestación por la concesión de la gestión y de las instalaciones, XXXXX abonará al Club una renta que las partes fijan en XXXXX euros al año pagaderos de la siguente forma XXXXX euros el 30 xx xxxxx y XXXX euros el 31 de diciembre del año corriente (ajustado al ipc correspondiente). El Club emitirá la factura correspondiente a la que se le aplicará el iva vigente en aquel momento.
El Club cada año emitirá además (si procede) una factura adicional por el 20% del diferencial entre los XXXX euros especificados en el punto segundo y XXXXXXXXXXeuros (importe máximo). La cantidad que el Club facture a XXXXX por este concepto nunca excederá de XXXX euros (ajustado al ipc correspondiente)
El club emitirá la factura durante el mes de enero del año siguiente, siendo la
fecha de emisión de la primera factura el mes de enero de 2010, a dicha factura se le aplicará el iva vigente en aquel momento.
La Dirección de XXXX y la Gerencia del Club se reunirán un mínimo de una vez al mes para analizar la marcha del presupuesto aprobado por ambas partes para cada ejercicio. Igualmente se analizará la calidad de los distintos servicios ofrecidos a los socios y cualquier otra circunstancia que afecte a la restauración del Club
XXXXX cobrará directamente de los clientes y hará suyo el precio satisfecho por la prestación de los servicios de restauración ofrecidos por XXXXX en el Club.
El contenido de la carta y de los menús serán decididos por XXXXX y consensuados con el Club, previamente a su aplicación. Igualmente los precios por los servicios ofertados a los socios del Club deberán ser propuestos por XXXXX y aprobados por ambas partes, partiendo de la carta de precios actual.
Se adjunta al presente contrato, como Anexo número 4, carta tipo de bebidas para los servicios de bar, así como carta para los servicios de snack y restaurante en la que se reseñan los precios vigentes para el xxxx. Dicho Anexo, en el supuesto de que el contrato se prorrogase nuevamente, servirá de base para la determinación de precios futuros, con los incrementos anuales del IPC .
En el supuesto de que por cualquier circunstancia, en especial por un incremento significativo de los precios de algunos productos necesarios para la elaboración de los platos que integran la carta del restaurante o del servicio de snack, los precios pactados tuviesen que ser indefectiblemente revisados al repercutir ostensiblemente en los costes de explotación, XXXXX propondrá al Club los nuevos precios, que deberán ser autorizados por el mismo antes de su aplicación. Para la determinación de los nuevos precios se tomará como base de cálculo el precio de coste al que se aplicará un coeficiente multiplicador del 4 como mínimo.
XXXXX elaborará diariamente un menú similar al que se sirve actualmente para las horas de comida, destinado al personal del Club ajeno a los servicios de bar y restaurante. El Club facilitará con la suficiente antelación el número e identidad de las personas que podrán beneficiarse del mismo. El importe de este menú deberá ser previamente aprobado por el Club y las parte que corresponda pagar al Club, se le facturará mensualmente de conformidad con lo preceptuado en el pacto siguiente, acordando ambas partes que el precio del mismo no podrá ser superior al preestablecido de XX euros por menú, correspondiendo pagar XX euros al Club y XX euros directamente al
empleado. Dicho importe regirá para el año XXX, sin perjuicio de su acomodación anual al IPC, o por mutuo acuerdo entre XXXXX y el Club.
CUARTO.- FORMA DE PAGO
XXXXX mantendrá el sistema de cobro actual a los socios consistente en emitir una factura mensual por los servicios prestados durante el mes, con vencimiento a dia 30 del mes siguiente en que éstos se han prestado.
En el supuesto que dicho sistema presentara alguna dificultad en relación a algun socio, XXXXX lo pondrá en conocimiento del Club a fin de que éste adopte las medidas disciplinarias que sean de rigor.
El Club satisfará a XXXXX los días 30 de cada mes el importe que represente la parte asumida por el Club respecto de los menús elaborados y servidos al personal del Club durante el mes en curso, de conformidad con lo convenido en el pacto anterior.
QUINTO.- DURACIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato de cesión de la gestión y explotación de restauración se otorga a fecha xx xxx y tendrá efectos a partir del día XX de XXXXX de XX y se pacta una duración inicial hasta el XX de XXXXXX deXXX, sin perjuicio de la posibilidad de prorrogare el contrato por nuevos períodos de dos (2) años. Las prórrogas serán automáticas salvo que cualesquiera de las partes notifique a la otra su voluntad de dar por finalizado el contrato con una antelación mínima de seis (6) meses a la finalización del período de que se trate.
Finalizado el plazo establecido, incluidas en su caso las prórrogas, XXXXX se compromete a dejar libres, vacuos y expeditos los locales y dependencias objeto de cesión y en el mismo estado de conservación que los recibió, teniendo en cuenta el paso del tiempo.
No obstante lo anterior, XXXXX podrá continuar prestando dicho servicio mientras no se produzca la subrogación de los trabajadores a favor de una tercera empresa o el mismo Club, según lo dispuesto en el pacto octavo.
SEXTO.- MANTENIMIENTO, OBRAS Y MEJORAS
XXXXX toma posesión el XX de XXXXX de XXXX de las instalaciones, así como del mobiliario, material, maquinaria y utillaje del bar y restaurante que se relacionan en los anexos 1 y 2 de este contrato. XXXXX se compromete a
restituir en el momento de finalización del contrato lo que se deteriore o rompiere, de tal manera que al concluir el contrato de cesión dejará exactamente lo recibido, teniendo en cuenta a la hora de valorar su estado el uso dado durante el período de gestión por parte de XXXXX.
XXXXX se obliga a cuidar debidamente de los locales, dependencias e instalaciones cedidos, así como del mobiliario, maquinaria, material y utillajes del bar y restaurante reseñados en los anexos número 1 y 2, corriendo con todos los gastos de limpieza diaria, reparaciones ordinarias y mantenimiento.
En la realización, en su caso, de obras de acondicionamiento, instalación, conservación y mantenimiento, XXXXX vendrá obligada en todo caso a respetar la estructura y configuración básica de los locales y dependencias objeto de este contrato, siendo de su exclusiva responsabilidad los daños que pudieran derivarse de las mismas.
No obstante, antes de iniciar cualesquiera obras que impliquen una modificación de los locales o sus instalaciones, inclusive de su decoración, se deberán obtener las licencias y permisos exigidas por la normativa vigente, así como la autorización previa, expresa y por escrito, del Club quien, de autorIzar las obras, podrá imponer el control de su técnico en las obras de que se trate, debiendo ajustarse estrictamente al proyecto autorizado y siendo su coste de exclusivo cargo de XXXXX.
Extinguido por cualquier causa el presente contrato, todas las obras y mejoras realizadas en los locales en los que se realiza la explotación de los servicios de restauración cedidos en virtud de este contrato, revertirán gratuitamente en beneficio del inmueble con renuncia expresa de XXXXX a cuantos derechos y acciones tuviera en su favor por la realización de las mismas. Se exceptúan el mobiliario, vajilla, mantelería, cristalería, elementos de decoración, cubertería, etc., que haya aportado XXXXX durante la vigencia de este contrato, que serán de su exclusiva propiedad.
SÉPTIMO.- SUMINISTROS
Correrán de cargo y cuenta exclusivos de XXXXX la compra de cuantos productos resulten necesarios para el desarrollo de la actividad objeto del presente contrato, comprometiéndose a tener en todo momento bebidas, alimentos y elementos suficientes para poder atender los servicios de bar y restaurante que ofrece el Club a sus usuarios, de forma que dichos servicios y la calidad de los productos ofrecidos, habida cuenta de la entidad, categoría y prestancia del Club, en caso alguno podrán verse minorados ni alterados.
XXXXX se obliga a satisfacer la totalidad de las facturas que genere la
realización de sus actividades y a dejar, cuando concluya el contrato, al corriente de pago a la totalidad de sus proveedores, quedando totalmente exonerado de cualquier responsabilidad el Club por dichos conceptos.
OCTAVO.- CESION DE TRABAJADORES
NOVENO.- NORMAS SOBRE PERSONAL
El personal que desempeñe su actividad al servicio de XXXXX y se halle adscrito por ésta a la prestación de los servicios que constituyen el objeto del presente contrato, se identificará frente a los clientes como tal, mediante el uso de los uniformes que, en cada momento, se pacten de común acuerdo con el Club. Asimismo, deberán ser instruidos por XXXXX para ofrecer una alta calidad de servicio y deferencia en el trato con los clientes del servicio de restauración del Club, con el fin de proyectar la imagen de servicio y calidad que es el objetivo del Club.
El personal deberá conocer y respetar, en todo cuanto sea relevante a los efectos de la actividad de restauración, la normativa interna del Club.
DÉCIMO.- COMPATIBILIDAD DE LOS SERVICIOS OFRECIDOS
A los efectos de la correcta planificación y preparación de los banquetes, bodas y demás acontecimientos que pueda contratar XXXXX según lo establecido en el pacto segundo, el Club pondrá en su conocimiento con la debida antelación al inicio de cada temporada, una relación detallada de los torneos o eventos deportivos y “eventos Club” y sus fechas de celebración.
Debido al cierre del Club todas las noches, y del restaurante los días laborales al mediodía, se establece desde ya que dichas noches y mediodías son fechas disponibles para que XXXXX pueda concertar con total compatibilidad eventos y banquetes.
UNDÉCIMO.- GASTOS E IMPUESTOS
Salvo lo expresamente previsto en este contrato, los impuestos que se deriven del desarrollo y ejecución del mismo serán a cargo de la parte que la Ley señale. Los gastos derivados de tal desarrollo y ejecución serán de cuenta y cargo de la parte que los produzca y los comunes por mitad.
Será de cuenta y a cargo exclusivos de XXXXX los impuestos, arbitrios, tasas, contribuciones o cualesquiera tributos que graven o se impongan a la sociedad cesionaria por el desarrollo de la actividad de restauración, como es el Impuesto de Actividades Económicas.
Será de cuenta y a cargo exclusivos del Club los impuestos, arbitrios, tasas, contribuciones o cualesquiera tributos que graven o se impongan a la propiedad de los locales cedidos, como es el Impuesto Municipal sobre Bienes Inmuebles.
XXXXX se obliga al cumplimiento de la normativa social, fiscal y administrativa para el desarrollo de su actividad, pago de impuestos y cuotas y demás que les corresponda, debiendo procurar la obtención de cuantas autorizaciones y altas fiscales les sean precisas.
DUODÉCIMO.- SEGURO DE RESPONSABILIDAD
XXXXX será directamente responsable de todos los daños y accidentes de cualquier clase que se produzcan en los locales cedidos como consecuencia de las actividades realizadas por XXXXX, habiendo contratado la póliza de seguro número XXXX para cubrir suficientemente el riesgo de la actividad a desarrollar, comprometiéndose exprersamente a atender puntualmente al pago de las primas de dicha póliza de forma que esté vigente mientras dure el contrato
Cualquier cambio en la poliza citada será previamente considerado por la Gerencia del Club que deberá dar su aprobación para la contratación.
DÉCIMO TERCERO.- AVAL BANCARIO
En garantía del cumplimiento de las obligaciones asumidas por XXXXX, en méritos de los establecido en este documento, XXXXX ha contituido y entregado al Club, en concepto de fianza, aval bancario por importe de XXXXXX euros , que responderá de los perjuicios que puedan causarse por el incumplimiento de las obligaciones contractuales y de los daños originados en los locales y elementos cedidos, se adjunta dicho aval como Anexo numero 6.
Dicho aval deberá permanecer vigente en tanto en cuanto el presente contrato
esté en vigor y tendrá vigencia hasta el XX de XXXX de XXXX. Sólo podrá cancelarse cuando, rescindido el contrato por la causa que fuere, no existiera ninguna obligación pendiente. De no ser así, permanecerá vigente hasta que las partes diriman sus controversias de acuerdo con el sistema convenido en este documento, corriendo los gastos que genere dicho aval de cargo exclusivo de la parte a quien la resolución arbitral o, en su caso judicial, perjudique
DÉCIMO CUARTO.- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONA-
LES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
XXXXX tratará de modo confidencial cualesquiera datos e información de
carácter
Personal que le sean proporcionados por el Club o por cuaquier socio del
Club con motivo de la ejecución del presente Contrato.
En este sentido, XXXXX cumplirá adecuadamente y en todo momento las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal ( en adelante, “LOPD”), así como en el Real Decreto 994/1999, de 11 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal ( en adelante, “RMS”), y en cualesquiera otras normas vigentes o que en el futuro puedan promulgarse sobre la materia. En particular, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 12 de la LOPD, XXXXX será considerado a todos los efectos como Agente Tratante de los datos de carácter personal a que tenga acceso en virtud de este Contrato para la presentación de los servicios que son objeto del mismo.
En consecuencia, la transmisión de datos de carácter personal que el Club o cualquier socio del Club realice a favor de XXXXX no tendrá en ningún caso la consideración de comunicación de datos de carácter personal en los términos previstos en el artículo 11 LOPD.
XXXXX se compromete a tratar los datos conforme las instrucciones del Club a no aplicarlos ni utilizarlos con fin distinto al de la prestación e los servicios objeto del presente Contrato, y a no comunicarlos, ni siquiera para su conservación, a otras personas. Una vez finalizada la prestación de los servicios objeto de este Contrato, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al Club al igual que cualquier soporte o documento en que conste algún dato de carácter personal objeto de tratamiento. La devolución de los datos de carácter personal del Club por parte de XXXXX se llevará a cabo, en su caso, en el formato y en los soportes utilizados en ese momento por XXXXX para almacenar dichos datos.
La obligación de confidencialidad asumida por XXXXX será aplicable durante
la vigencia del presente Contrato y con posterioridad a su finalización. XXXXX será responsable del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad de su personal en relación con la ejecución de los servicios objeto del presente Contrato.
XXXXX garantiza la seguridad de los datos de carácter personal mediante las medidas de seguridad de índole técnica y organizativas, evitando su alteración, pérdida, tratamiento y/o acceso no autorizado, habida cuenta de la naturaleza de los datos que trata y los riesgos a los que dichos datos puedan estar expuestos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el RMS. En cumplimiento de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 12.2 de la LOPD y atendiendo a la naturaleza de los datos de carácter personal que son objeto de tratamiento, (XXXXX) en tanto que agente tratante, aplicará las medidas de seguridad de nivel medio en los términos y condiciones dispuestos en el Capítulo III del RMS.
DÉCIMO QUINTO.- RÉGIMEN DE CESIÓN DEL
CONTRATO
Se prohíbe expresamente a XXXXX la ulterior cesión, ya sea total o parcial, del objeto del presente contrato.
DÉCIMO SEXTO.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualesquiera otros asuntos no contemplados en el presente contrato y que afecten de forma significativa la marcha del servicio de restauración y a ambas partes en el presente contrato deberán ser decididas de común acuerdo entre el Club y el administrador del XXXXX o la persona por éste designada para tales decisiones.
A los efectos de dar fluidez a las relaciones entre las partes, de efectuar un seguimiento de la gestión del servicio de restauración y, en general, de evitar y prevenir cualquier conflicto entre las mismas, se establece un sistema de consultas semanales entre la Gerencia del Club y el administrador de XXXXX.
DÉCIMO SÉPTIMO.- NOTIFICACIONES
A los efectos del presente contrato, las partes señalan como domicilio y persona de contacto para notificaciones los siguientes:
Dirigidas al Club:
XXXXXXXXXXXXX
Dirigidas a XXXXX,:
XXXXXXX
Las notificaciones serán válidas cuando se realicen mediante alguno de los procedimientos siguientes:
(a) Comunicación escrita privada, por cualquier medio, siempre que el destinatario devuelva copia con su firma en prueba de aceptación.
(b) Comunicación escrita fehaciente, por medio notarial o burofax.
DÉCIMO OCTAVO.- LEGISLACION APLICABLE
El presente contrato se regirá en todos sus términos por las leyes españolas.
DÉCIMO NOVENO.- JURISDICCION
Las partes manifiestan su voluntad de resolver amistosamente y mediante las oportunas negociaciones cualquier diferencia o discrepancia que pudiese suscitarse en el desarrollo y ejecución del presente contrato.
Sin embargo, si en cualquier supuesto, alguna de las partes se viese obligada a solicitar el amparo judicial, ambas partes designan como lugar del cumplimiento del presente contrato la ciudad de XXXX y con expresa renuncia a sus propios fueros y domicilios, sometiéndose voluntariamente a la competencia y jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de XXXXX, con renuncia expresa a su propio fuero, si otro les correspondiere.
VIGÉSIMO.- ACUERDOS ANTERIORES, ENMIENDAS Y ANEXOS
Este Contrato deroga y sustituye cualquier otro contrato, acuerdo o compromiso de cualquier naturaleza anterior entre las partes.
Cualquier futura modificación o anexo a lo establecido en el presente contrato deberá ser realizada por escrito y con la firma de ambas partes.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede y de su consentimiento, ambas partes suscriben el presente contrato y sus anexos por duplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha en el encabezamiento indicados.
Por el CLUB, Por XXXXX,