EXP-U BA: 46.285120 1 1 Buenos Aires, , I I ( ,I;.
EXP-U BA: 46.285120 1 1
Buenos Aires, , I I ( ,I;.
VlSTO el Contrato tle Promocion PlCTO CIN I firmado entre esta Universidad y la Agencia Nacional de Promocion Cientifica y Tecnologica (AIVPCyT) del Ministerio de Clencia, Tecnologia e Innovacion Productiva de la Nacion, en el marco general del Contrato xx Xxxxxxxx del Banco lnteramericano de Desarrollo (BID) No 2437lOC-AR con el que se financia el Programa de Innovacion Tecnologica II, y
CONSIDERANDO
Lo dispuesto en la Resolucion ANPCyT XXX 331 del Directorio de la Agencia Nacional de Promocion Ciertifica y Tecnologica de fecha 19 de septiembre de 201 1, mediante la cual se adjudican subsidios a 10s lnvestigadores Responsables de 10s proyectos e lnstituciones Beneficiarias presentados en la Primera Convocatoria a Proyectos dl? Investigacion Cientifica y Tecnologica Orientados 2010 (PICTO 2010 CIN I).
Que esta Universidad ha sido designada Institucion Beneficiaria del subsidio que figura en el Anexo I del Contrato de Promocion PlCTO CIN I, por un monto total de DOSCIENTOS MIL PESOS ($ 200.000), para el financiamiento parcial del proyecto PICTO 2010 No 0051 del cual es lnvestigadora Responsable la doctora Xxxxx Xxxxxxx XXX-XXXXX, en un plazo de UN ( I ) aiio.
Lo aconsejado por la C:omision de lnvestigacion Cientifica y Tecnologica
Por ello, y en uso de sus atribuciones
EL COIVSEJO SUPliRlOR DE LA UNlVERSlDAD DE BUENOS AlRES RESLIELVE:
AR'fICULO lo . - Ratificar el Contrato de Promocion PlCTO CIN I firmado entre esta Universidad y la Agencla Nacional de Promocion Cientifica y Tecnologica (ANPCyT) del Ministerio de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Productiva de la Nacion, cuyo texto y Anexo forman parte de la presente Resolucion.
A ' i
XXXXXX XXXXXXX X x XXXXX SECRETARIO GEN AL i
ddv >JC~J&& - % ' w z d : (dd EXP-UBA 46 2851201 1 \. refiere el articulo x x x que no sean cubiertos por la subvencion, seran por cuenta de la Facultad de Derecho.
ARTICULO 3 O . - Registrese, comuniquese a la Agencia Nacional de Prornocion Cientifica y Tecnologica (ANPCyT), a las Direcciones Generales de Presupuesto y Finanzas y a la de Asuntos Juridicos y pase a la Secretaria de Ciencia y Tecnica a sus efectos.
A G E N C I A ' \ , , , , . . , I , > I # , * < > ~ , , > , . < , ~
I i U I I I 1 ' h 1 # I , X X , X 0 0 0 . , < , ,
CONTRATO DE PROMOCION - PlCTO CIN I
- - - - - - - - Entre la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCION ClENTlFlCA Y TECNOLOGICA organism0 desconcentrado en jurisdiccion del MlNlSTERlO DE CIENCIA, TECNOLOGIA e INIVOVACI~N
PRODUCTIVA, en adelante la "AGENCIA, representada en este acto por el Director General del FOND0
PARA LA INVESTIGACI~N CIENT[FICA Y TECNOL~GICA (FONCyT), Lic. Xxxxxx XXXXXXXXXX, por
una parte y, por la otra, la UNlVERSlDAD DE BUENOS AIRES, en adelante la "INSTITUCION
BENEFICIARIA", representada en este act0 por su el Rector Xx. Xxxxx XXXXX, con el objeto de
efectivizar lo dispuesto en la Resolution No 331 del DIRECTOR10 de la AGENCIA NACIONAL DE
PROMOCION ClENTlFlCA Y TECNOLOGI(:A, de fecha 19 de septiembre de 201 1, respectivamente, en
la parte pertinente, en el marco general del CONTRATO XX XXXXXXXX BID No 2437lOC-AR con el que
se financia el PROGRAMA DE I N N O V A C I ~ N TECNOLOGICA II se acuerda celebrar un contrato de
promocion sujeto a las siguientes clausulas:
PRIMERA: OBJETO: La AGENCIA otorga a la INSTITUCION BENEFICIARIA las subvenciones que se
indican en el ANEXO I del presente contrato, por 10s montos y para la ejecucion de 10s proyectos
cientificos y tecnologicos que se especifican, detallando en cada caso titulo, lnvestigador Responsable,
subsidio total, duracion, aporte de la Agencia, Aporte del Cofinanciador y Aporte de Contraparte.
El CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL (CIN), en adelante el "COFINANCIADOR" aportara una
suma identica a la aportada por la AGENCIA. El CINCUENTA POR CIENTO (50%) del monto
comprometido por el COFINANCIADOR se aportara en efectivo y el ClNCLlENTA POR CIENTO (50%)
restante podra aportarse en concept0 de gastos elegibles correspondientes a las erogaciones de 10s
proyectos. de acuerdo al detalle del Anexo I del presente contrato.
Los aportes de 10s recursos comprometido:; por el COFINANCIADOR deben efectivizarse previamente al
desembolso de la Agencia. La falta de curr~plimiento faculta a la AGENCIA a suspender 10s pagos hasta
que el ~bl igado cumpla, en debida forma, cc~n ellos y aun, a proceder a la rescision del contrato.
SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LA INSTITUCION BENEFICIARIA: La INSTITUCION BENEFICIARIA
acepta las subvenciones a que se refiere la clausula anterior, para su aplicacion a 10s destinos que se
detallan en el ANEXO I citado, y se oblica, -sin perjuicio de las demas obligaciones que resulten del
presente- respecto de todos y cada uno de 10s proyectos:
1. A poner a disposicion del lnvestigador Responsable y del equipo de ejecucion el uso efectivo y en
tiempo propio de las instalaciones, e infraestructura de la respectiva Unidad de Ejecucion, seglln lo
comprometido expresa o implicitamente en el proyecto.
2. A efectuar con fondos propios u obtenidos de terceros el aporte de contraparte de la subvencion que
consiste en una contribucion minima igual a un tercio del monto total del subsidio -como se detalla en el
ANEXO I- y siendo obligacion la rendicibn llel mismo conforme lo establece la clausula D ~ I M O C U A R T A
d e xxx0.xxx
3. obtener ha r entrega a la AGENCIA, dentro de 10s TREINTA dias habiles administrativos
, conta-,l+a del presente contrato, el instrumento de adhesion a todos 10s terminos de este
. X X X X X X X , , , , ,, 0 0 0 0 0 0 0 0 < < i X , , x X , , , < X X ( 0 , \ , , , < > C , , < , \
contrato emanado del lnvestigador Responsable, con firma de este certificada por escribano publico,
institucion bancaria o funcionario de la propia INSTITUCION BENEFICIARIA, constituyendo el presente
requisito una condicion previa para la realizac:idn del primer desembolso.
4. A designar, dentro de 10s DlEZ (10) dias habiles administrativos contados desde la firma del presente
la Un~dad Administradora del proyecto, mediante comunicacidn fehaciente dirigida a la AGENCIA. La
designacion se considerara aceptada si la ASENCIA no la objetare dentro de 10s ClNCO (5) dias hdbiles
de recibida dicha comunicacidn y quedara f rme a la recepcidn del instrumento de adhesidn a todos 10s
terminos de este contrato emanado de la Unidad Administradora, con firma de su representante legal o
apoderado certificada por escribano publico, institucidn bancaria o funcionario de la propia INSTITUCION
BENEFICIARIA.
La Unidad Administradora podra ser la propia INSTITUCION BENEFICIARIA, con especificacidn en tal
caso del organo responsable u otra institucidl'l regularmente constituida.
5. A poner en conocimiento de la AGENCIA toda situacion, hecho o circunstancia sobreviniente a la firma
del presente susceptible de comprometer o dificultar el normal desarrollo del proyecto y el estricto
cumpimiento del contrato.
TERCERA: FACULTADES DE LA INSTITUCION BENEFICIARIA: La INSTITUCION BENEFICIARIA -sin
perjuicio de otras facultades que surjan del p-esente contrato- podra:
1. Solicitar autorizacion a la P,GENCIA para sustituir a la Unidad Administradora, en caso de renuncia de
esta o si mediare causa justificada, entendikndose por tal cualquier acto, hecho o situacion que afecte el
normal desarrollo del proyecto y el estricto cumplimiento del contrato.
2. Solicitar autorizacion a la AGENCIA para sustituir al lnvestigador Responsable por otro investigador del
Grupo Responsable, unicamente en caso de renuncia del primer0 a continuar en la direccidn del proyecto,
o por su fallecimiento o incapacidad sobreviniente.
CUARTA: OBLIGACIONES DEL INVESTIGADOR RESPONSABLE: El lnvestigador Responsable, por la
mera adhesidn a 10s terminos del presente, sin perjuicio de las demds obligaciones que resulten de este
contrato- se obliga a:
1. Dirigir la ejecucion del proyecto, aplicanco al efecto todos 10s medios humanos, tecnicos y financieros
puestos a su disposicidn con ese objeto, corl estricto ajuste al plan de trabajo aprobado y especificaciones
del proyecto y a las condiciones y requisitos explicita o implicitamente establecidos en este contrato.
2. Presentar en tiempo y forma a la AGENCIA el informe final de ejecucidn del proyecto previstos en el
plan de trabajo aprobado, de acuerdo a lo estipulado en la cldusula DECIMOTERCERA, asi como toda
otra informacidn directa o indirectamente relacionada con la ejecucidn del proyecto que ella solicite. .
3. Constituirse en depositario de 10s bienes de consumo que, adquiridos con recursos de la subvencion,
le Xxxx provistos para la ejecucion del proyecto.
4 . Facilitar a 10s auditores que indique la AGENCIA el acceso a toda informacidn relativa a 10s proyectos,
Unidades de Ejecucidn Tecnica y las entrevistas a 10s profesionales y
A G E N C I A
5. Poner en conocirniento de la AGENCIA toda situation, hecho o circunstancia sobreviniente a la firrna
del presente susceptible de cornprorneter o dificultar el normal desarrollo del proyecto y el estricto
curnplimiento del contrato.
6. Autorizar a la Unidad Adrninistradora a percibir, de 10s fondos del subsidio, 10s gastos de adrninistracion
que, conforrne lo dispuesto en la Convocatoria, seran hasta el CUATRO POR CIENTO (4%) del rnonto
total del subsidio.
QUINTA: FACULTADES DEL INVESTIGADOR RESPONSABLE: El lnvestigador Responsable, sin
perjuicio de otras facultades que surjan del presente- podra:
1. Con acuerdo de la INSTITUCION BENEFICIARIA, solicitar a la AGENCIA autorizacion para sustituir e
incorporar investigadores que participen en la ejecucion del proyecto. Para el caso de 10s investigadores
integrantes del equipo responsable del proyecto, la sustitucion solo podra solicitarse en casos
excepcionales
2. Efectuar por si, con comunicacion a la AGENCIA y a la Unidad Adrninistradora, transferencias de
creditos del presupuesto aprobado entre 10s rubros que cornponen el presupuesto.
3. Las notificaciones de reforrnulaciones ylo adquisiciones referidas anteriorrnente, deberan ser
cornunicadas por el INVESTIGADOR RESPONSABLE dentro de 10s 10 dias habiles a la ClNlDAD
ADMINISTRADORA. El incurnplirniento de lo anterior podra acarrear la declaration de no elegibilidad.
4. Solicitar a la AGENCIA autorizacion para efectuar rnodificaciones del plan de trabajo y otras
previsiones del proyecto.
5. Solicitar a la INSTITUCION BENEFICIARIA la sustitucion de la Unidad Adrninistradora designada,
cuando rnediare causa justificada, entendi€,ndose por tal cualquier acto, hecho o situaci6n que afecte el
normal desarrollo del proyecto y el estricto curnplirniento del contrato.
6. Suspender la ejecucion del proyecto, dando cuenta inrnediata de ello a la AGENCIA, si se produjere
xxxx de esta en el curnplimiento de 10s desernbolsos de la subvencion, por causa no imputable al
lnvestigador Responsable.
7. Requerir a la Unidad Adrninistradora la provision oportuna de 10s bienes de consurno, segun el
presupuesto aprobado, con antelaci6n suficiente para no entorpecer el normal desarrollo del proyecto, asi
corno el anticipo y su renovacion previa rendition, de una suma no superior a PESOS TRES MIL ($ 3000)
para atender 10s gastos rnenores que demaride la ejecucion del proyecto.-
SEXTA: OBLIGACIONES DE LA UNIDAD .ADMINISTRADORA:
La Unidad Adrninistradora, por la rnera adhesion a 10s terrninos del presente, sin perjuicio de las dernas
obligaciones que resulten de este contrato, se obliga, respecto de todos y cada uno de 10s proyectos en
que haya sido designada, a:
1. Adrninistrar 10s recursos financieros afectados a la ejecucion del proyecto, procedentes de la
subvencion, aplicandolos conforme a su destino, segun el presupuesto aprobado, y en las
oportunidades que lo requiera el normal desarrollo del proyecto.
primer aiic~ de ejecucidn del proyecto segun 10s requerirnientos del
y en el xxxxxxxx y tercer ailo - si correspondiera segljn el tipo de proyecto-
satisfactorarnente el 75% de 10s fondos del at70 anterior, todo ello bajo
L-
A G E N C I A
apercibimiento de considerar a la Unidad Administradora incursa en falta grave que habilitara a la
AGENCIA a no celebrar otros contratos con la misma.
3. Depositar 10s recursos provenientes de la subvencidn, en una cuenta corriente o de ahorro abierta en
cualquiera de 10s bancos autorizados conforme con la Resoluci6n No 238196 de la SECRETARIA DE
HACIENDA de la Nacion o la que en el futuro la sustituya, para uso exclusive de 10s proyectos a que
se refiere el presente contrato, la que operara a la orden de la Unidad Administradora.
4. Individualizar las erogaciones que demande la ejecucion del proyecto en sus registros contables,
discrimin&ndolos por fuente de financ~am~ento.
5. Conservar la documentaci6n de respaldo -la que debera satisfacer todos 10s requisitos legales y
reglamentarios, de forma y contenido, propios de su naturaleza- de todas y cada una de las
erogaciones de mod0 tal que pueda ser materia de verificacibn por la AGENCIA cuando esta lo estime
necesario o conveniente, como minirno durante 10s ClNCO ( 5 ) atios posteriores al Acta de
Finalizacion del Proyecto.
6 . Observar 10s procedimientos para las c:ontrataciones establecidos en el Contrato xx Xxxxxxxx que
financia el PROGRAMA DE MODERNIZACION TECNOLOGICA Ill y el Manual de Administration cuya
copia se agrega y forma parte del presente
7. Presentar a la AGENCIA la certification contable de las rendiciones de cuentas, del uso y aplicacion
de fondos afectados a 10s proyectos, al 1:ermino de cada etapa de ejecucion, segun el plan de trabajos
aprobado y la rendicion final de cuentas, y con un plazo maximo de veinte (20 ) dias posteriores al envio
de la rendicion a traves del sistema Emerix Web.
8. Presentar a requerimiento de la AGENCIA, en cualquier tiempo, toda la informacion administrativa y
contable vinculada al o 10s proyectos y facilitar a 10s auditores que designe la AGENCIA el acceso y
verificacion de 10s registros contables y c:omprobantes de respaldo de las erogaciones y procedimientos
administrativos correspondientes.
9. Poner en conocimiento de la AGENCIA toda situacibn, hecho o circunstancia sobreviniente a la firma
del presente contrato, susceptible de comprometer o dificultar el normal desarrollo del proyecto y el
estricto cumplimiento del contrato.
10. Llevar el inventario de 10s bienes de capital adquiridos en 10s proyectos mediante su registro en el
Sistema de Registro de Bienes de Capit:~l.
11,Mantener actualizada la carga de gastos en el sistema Emerix Web, para enviar las rendiciones
contables a la AGENCIA, a traves del trismo.
SEPTIMA: RETRlBUClON DE LA UNIDAD ADMINISTRADORA: La Unidad Administradora no podra
reclarnar a la AGENCIA retribucion alguna por 10s servicios que preste a 10s proyectos en que haya sido
designada.
OCTAVA: OBLIGACIONES DE LA AGENCIA: La AGENCIA se obliga, - sin perjuicio de las demas
obligaciones que resulten del presente- respecto de todos y cada uno de 10s proyectos incluidos en el
c~tado Anexo . ' /c \A
A G E N C I A .. \ ' l < i . \ L . , i I ' " < ) l l l l < , o n
, b , , + , < .\ , , c , \ , , , < > t , , < , \
1. A efectuar en tiempo y forma 10s desembolsos de la subvencion, conforme con el plan de desembolsos
establecido, previo cumplimiento de 10s requisites fijados respecto de cada uno de ellos, y segun la
disponibilidad presupuestaria de la AGENCIA.
2. A preservar, a pedido del lnvestigador Responsable, la confidencialidad de toda documentacion relativa
al proyecto, observando 10s recaudos que se establecen en la clausula DEClMOQLllNTA del presente
contrato.
NOVENA: FACLILTADES DE LA AGENCIA: La AGENCIA, sin perjuicio de las demas facultades que
surjan del presente contrato, podra:
1. Suspender preventivamente la efectivizacion de 10s desembolsos pendientes de la subvencidn cuando:
a) Mediaren indicios fundados de haberse configurado una causa de rescision del presente contrato
o de incumplimiento de la Unidad Administradora, mientras ello se establece fehacientemente al
solo criterio de la AGENCIA.
b) Se modificare sustancialmente la capacidad legal y tecnica de la INSTITUCION BENEFICIARIA,
del lnvestigador Responsable, del Grupo Responsable o del equipo de investigadores y personal
de apoyo afectado al proyecto, o de la Unidad Administradora, de mod0 que pueda comprometer o
dificultar su normal desarrollo o el estricto cumplimiento de este contrato, mientras subsista el
impedimento.
2. Resolver las solicitudes de sustitucion de la Unidad Administradora estipuladas en las clausulas
TERCERA inciso 1 y QUINTA inciso 5.
3. Requerir a la INSTITUCION BENEFICIARIA la sustitucion de la Unidad Administradora si mediare
causa justificada, entendiendo por tal cualquier acto, hecho o situation imputable a ksta, haya o no culpa
de su parte, susceptible de comprometer CI dificultar el normal desarrollo del proyecto. En tal caso, la
Unidad Administradora, sin perjuicio de su derecho de recurrir la decision de sustitucion, debera reintegrar
a la AGENCIA 10s importes de la subvencon no erogados, denunciar acreditandolos 10s compromisos
asumidos con terceros hasta la fecha de I3 notificacion, en un plazo improrrogable de TRES (3) dias
habiles contados a partir de esa fecha, y, dentro de 10s DlEZ (10) dias habiles ulteriores a esa fecha,
presentar a la AGENCIA una rendicion de cuentas de cierre de su gestion, con copia de 10s documentos
justificativos de todos 10s pagos realizados.
DECIMA: US0 DE LA SLIBVENCION: Los importes de la subvencion podran destinarse a financiar las
erogaciones necesarias para la ejecucibn del proyecto unicamente en 10s siguientes rubros:
1. Insumos.
2. Bibliografia.
3. Gastos de publicaciones de resultados del proyecto.
4. Gastos de servicios tecnicos especializados (hasta un 20% del subsidio solicitado).
5. Viajes y vidticos que realicen 10s integrantes del Equipo de Trabajo y 10s investigadores invitados
relacionados con el proyecto. Gastos de insc;ripcion a Congresos y otras reuniones cientificas.
del subsidio.(4% del monto del subsidio)
APORTE DE CONTRAPARTE: El aporte de contraparte a que se refiere el
inciso 2 podra consistir en salarios de 10s integrantes del Equipo de Trabajo
fl XXXXXX XXXXXXX AS XXXXX Secietai~o Ge 1 era1
, - X X X X X X X , , < , < > \ , I . , I ? , , , ~ \ , < > < , < > N
: , , k , , , , C , Y > F , < < , , c , , I < , ,
residentes en la Argentina y otros fondos que la Institucion asigne especificamente a la ejecucion del
proyecto.
DECIMA SEGUNDA: MODALIDADES DEL DESEMBOLSO: El desembolso de la subvencion se
efectuara en pagos semestrales cuyo monto corresponde al 50% de las necesidades de financiacion del
proyecto, para cada aiio de ejecucion, y que se indican en el citado XXXXX X.
Se considera como inicio de la ejecucion del proyecto, la fecha del desembolso del pago de la primera
cuota a la Unidad Administradora.
Los pagos anuales se desembolsaran en dos cuotas iguales y sernestrales.
La primera cuota correspondiente al 50% del valor del primer at70 del subsidio se abonara por adelantado.
La siguiente cuota del primer aiio se abonara a 10s seis meses de haber recibido la anterior y cuando la
Unidad Administradora presente a la AGENCIA la rendici6n contable correspondiente, segun lo
establecido en la clausula DECIMOCUARl'A, de 10s gastos efectuados por rubro presupuestado y por
proyecto.
Los desembolsos seran suspendidos en 10s casos establecidos en la clausula NOVENA inciso 1 y ante el
incumplimiento de las obligaciones asurnidas por parte de la INSTITUCI~N BENEFICIARIA, el
INVESTIGADOR RESPONSABLE, el COFINANCIADOR o la UNIDAD ADMINISTRADORA..
DECIMOTERCERA: INFORMES TECNICOS:
El informe cientifico-tecnico final (ICTF), sera presentado por el lnvestigador Responsable en el formato y
soporte establecido por el FONCYT y debera contener informaci15n verificable que permita comprobar
tecnicamente sus resultados. El ICTF debera entregarse dentro de 10s NOVENTA (90) dias corridos
contados a partir de la fecha de finalization del proyecto.
Si vencido el plazo no se present6 el informe cientifico-tecnico final (ICTF), 10s investigadores
pertenecientes al Grupo Responsable del proyecto no podran acceder a ninguna de las lineas de
financiamiento de la AGENCIA hasta que el informe se presente. Si el ICTF resultara desaprobado por el
FONCYT, el lnvestigador Responsable E integrantes del Grupo Responsable del proyecto estaran
inhabilitados para presentarse en las dos ccnvocatorias de PlCT continuas y siguientes a la desaprobacion
del informe, conforme a lo establecido en la Resolucion ANPCYT No 055103.
DECIMOCUARTA: RENDICIONES DE CUENTAS: Las rendiciones de cuentas deberan ser presentadas
por la Unidad Administradora en 10s tiempos previstos en el presente y bajo las formas indicadas en el
Manual de Administracion, adjuntando a la misma una planilla que individualice el gasto por rubro de cada
proyecto administrado.
DECIMOQUINTA: CONFIDENCIALIDAD: Toda documentaci6n relativa al contenido de un proyecto o la
informacion que el lnvestigador Responsable declare confidencial, presentada con la solicitud para el
otorgamiento de la subvencion, como tarnbikn en el informe final de ejecucion del proyecto, tendrh
caracter reservado. La documentacion declarada confidencial se presentarh en sobre cerrado, el cual se
xxxxxxxxxx separandolo del resto del tramite, dejandose constancia de lo actuado, asignandole un numero
una caja tie seguridad habilitada a tal efecto en dependencias de la
a tal documentacion e informes las partes interesadas y la AGENCIA. Si
lo estima necesario, la AGENCIA fac~litara este acceso a 10s
Secretaria General
A G E N C I A \ \ < I f l V \ I . > , I , " , \ , S , < , < , N
1 U 1 1 1 1 8 1 , 1 1 < ' . , 1 , < 1 1 . , < , ,
funcionarios especialmente autorizados de clicha instituci6n. Los funcionarios de la AGENCIA y del Banco
lnteramericano de Desarrollo que accedan ;3 la documentaci6n asi reservada suscribirdn previamente un
com~romiso de confidencialidad.
Despues de la evaluacion final de la ejecucion del proyecto, la documentacion reservada serd entregada
en custodia a la parte interesada con la obligation de conservarla por un period0 no inferior a DlEZ (10)
afios. No podrd declararse confidencial y, por lo tanto, la AGENCIA se reserva el derecho e darla a
publicidad, la siguiente informaci6n:
a) Titulo del Proyecto.
b) Equipo de investigadores afectados a su ejecucion.
c) Instituci6n Beneficiaria.
d) Resumen tecnico del Proyecto.
e) Monto de la subvenci6n acordada.
DECIMASEXTA: CESION: El presente contrato se considera formalizado en consideracion de la
naturaleza, antecedentes y aptitudes de la INSTITUCION BENEFICIARIA, del lnvestigador Responsable y
de la Unidad Administradora designada, por lo que ninguna de ellas podrd ceder o transferir su posicion en
el sin acuerdo de la AGENCIA, de la INSTITUCION BENEFICIARIA y del lnvestigador Responsable.
DECIMASEPTIMA: PROPIEDAD DE LOS BIENES ADQUIRIDOS PARA LA EJECUCION DEL
PROYECTO: Los bienes adquiridos para la ejecucion del proyecto seran propiedad de la INSTITUCION
BENEFICIARIA, salvo pacto en contrario.
En el caso que el contrato se rescinda uriilateralmente por alguna de las causales establecidas en la
xxxxxxxx XXXXXXXXXXXXXXX el remanente de bienes de consumo seran transferidos en propiedad a la
AGENCIA.
DECIMAOCTAVA: PROPIEDAD DE LOS RESULTADOS Y PARTlClPAClON DE LOS
INVESTIGADORES Y TECNICOS EN LOS EVENTUALES BENEFlClOS DEL PROYECTO: La obtencion
de resultados con posible valor economico se protegerd de acuerdo con las pautas que, en cada caso,
acuerden la AGENCIA, la INSTITUCION BE NEFlClARlA y el lnvestigador Responsable.
Los investigadores y tecnicos intervinientes en la ejecucion de 10s proyectos podran participar de 10s
beneficios economicos que el mismo genere y podrdn recibirla en 10s terminos de la Ley No 23.877 y sus
normas complementarias.
Tales beneficios se estableceran en un acuerdo de partes ajeno a este contrato.
DECIMONOVENA: PUBI-ICACIONES: La INSTITUCION BENEFICIARIA y el lnvestigador Responsable
se obligan a mencionar la subvencion otorgada por la AGENCIA en el marco del Programa de
Modernizaci6n Tecnologica, Contrato xx Xxxxxxxx BID, en toda publicaci6n o publicidad que realice
relativa al proyecto promocionado y a sus rctsultados.
VIGESIMA: MONEDA DE PAGO: La subvencion se entiende otorgada y sera efectivizada en PESOS.
VIGESIMAPRIMERA: RESClSlON DE COMUN ACLIERDO: En casos excepcionales, la AGENCIA, la
RIA y el Investi!xxxxx Responsable podrdn acordar la rescision del contrato a
tS
El acuerdo rescisorio dara circunstanciada cuenta de las razones que lo justifican, determinara el regimen
de propiedad de 10s b~enes adquiridos para la ejecucion del proyecto e incluira rendicion de cuentas e
inforrne tecnico de conclusion en el que se evaluaran 10s resultados obtenidos en relacion con 10s objetivos
previstos, conformado por la AGENCIA.
VIGESIMASEGUNDA: RESCISION UNILATERAL: La agencia podra rescindir unilateralrnente el presente
contrato por cualquiera de las siguientes causas:
a) Falsedad en la informacion proporcion;jda por la INSTITUCION BENEFlClARlA o el lnvestigador
Responsable relac~onados con la ejecucidn del proyecto.
b) Xxxxxxxx injustificado de la ejecucidn del proyecto por mas de TRES (3) meses
c) Desvio en la aplicacion de 10s recursos ds la subvencidn.
d) Falta de presentacion o desaprobacion oe informes de ejecucion del proyecto.
e) lncumplimiento grave o reiterado de cualquiera de las obligaciones emergentes del presente contrato
para a INSTITUCION BENEFlClARlA o el lrivestigador Responsab1e.--
f) lmposibilidad objetiva de continuacion de la ejecucion del proyecto o conflict0 insoluble entre la
INSTITUCION BENEFlClARlA y el lnvestigador Responsable que la tornen imposible en condiciones
normales de desarrollo.
g) lncumplimiento del COFINANCIADOR en la realizacion del aporte comprometido.
VIGESIMATERCERA: RECAUDOS PREVIOS A LA RESCISION: Con caracter previo a la declaracion
unilateral de rescision del contrato, la ACiENCIA notificara a la INSTITUCION BENEFlClARlA ylo al
lnvestigador Responsable segun corresponda, que 10s considera incursos en causal de rescisidn,
especificandola, y les otorgara un plazo xx XxXX (10) dias habiles para que aleguen lo que crean
conveniente en defensa de sus derechos E! intereses legitimos y propongan las medidas de prueba que
est~rren conducentes
En su caso, 10s intimara ademas para que, en el mismo plazo, acrediten el acabado curnplimiento de las
obligaciones cuya inejecucion se les atribuye.
VIGESIMACUARTA: EFECTOS DE LA RESCISION: La rescision del contrato, producira 10s siguientes
efectos:
a) La Unidad Administradora debera reintegrar a la AGENCIA las sumas percibidas de la subvencion que
no haya erogado validamente para la ejecucidn del proyecto y denunciar acreditandolos 10s compromisos
vAlidamente asumidos con terceros con el rnismo objeto pendientes de pago, dentro de 10s TRES (3) dias
habiles administrativos ulteriores a la fecha en que le sea notificado el acuerdo rescisorio o la declaracidn
unilateral de rescision por cualquier causa cue sea, sin derecho a reclarno alguno dirigido a la Agencia
La Unidad Adrninistradora debera asirnismo presentar a la AGENCIA dentro de 10s DlEZ (10) dias habiles
de notificada de la rescisibn una rendicidn final de cuentas, con copia de la documentacibn justificativa del
pagc de todo compromiso validamente cclntraido para la ejecucion del proyecto. El incurnplirniento de
cualquiera de estas obligaciones dentro de 10s plazos establecidos habilitara a la AGENCIA a prornover la
accion judicial pertinenp para obtener !;u curnplirniento, sin necesidad de interpelacidn judicial ni \ T?." )
b) El lnvesti ador Re onga le debera, sin perjuicio de su derecho de recurrir de la rescision:
/ XXXXXX XXXXXXX AS XXXXX Secretario General
A G E N C I A .. \ c > t , . , , . , , , " , > \ \ O , , < > N
* , > , , , ' . , r 1 , ' .>,&,,,,,,,
b 1 ) En el plazo de TRES (3) dias habiles uteriores a la notificacidn, reintegrar a la AGENCIA toda suma
de la subvencion y documentos justificativos de pagos efectuados validamente a terceros que obren en su
poder, asi como entregar a la AGENCIA el remanente de bienes de consumo adquiridos con recursos de
la subvencion.
b.2.) En el plazo xx XxXX (10) dias hdbiles ulteriores a la notificacidn de la rescisidn, presentar a la
AGENCIA un informe final cientifico-tkcnico clel estado de avance del proyecto.
c) La AGENCIA quedara liberada de su obligacidn de efectuar 10s desembolsos pendientes y la
INSTITUCION BENEFICIARIA y el Investigador Responsable quedaran liberados de toda obligacion
relacionada con la ejecucidn del proyecto xxxx ulterioridad a la rescisidn.
VIGESIMAQUINTA: ALCANCE DE LA RESPONSABILIDAD DE LA AGENCIA: La AGENCIA no asume
responsabilidad alguna por las reclamaciones que puedan efectuarse entre la INSTITUCION
BENEFICIARIA, el lnvestigador Responsable y la Unidad Administradora como consecuencia de la
rescision del presente contrato.
Tampoco asume responsabilidad alguna en relacion con las obligaciones civiles y laborales, previsionales
y tributarias que la INSTITUCION BENEFICIARIA, el lnvestigador Responsable y la Unidad
Administradora deban asumir con terceros para la ejecucion del proyecto.-
VIGESIMASEXTA: INTEGRACION DEL CONTRATO: Son parte constitutiva del presente contrato 10s
siguientes elementos, que la INSTITUCION BENEFICIARIA declara conocer y aceptar:
a) El Contrato xx Xxxxxxxx BID, mediar~te el cual se financia el PROGRAMA DE INNOVACI~N
TECNOLOGICA II.
b) Las bases de la convocatoria a Proyectos de Investigacion Cientifica y Tecnologica PlCTO CIN 1 2010.
c) El Reglamento Operativo del CONTRATC) DE PR~STAMO BID No 243710C-AR.
d) El Manual de Operaciones Administrativas.
e) Decision Administrativa No 107 del Presidente del DlRECTORlO de la AGENCIA NACIONAL DE
PROMOCION ClENTlFlCA Y TECNOLOGIC:A, de fecha 7 de julio de 2000.
f) Los proyectos cientificos y tecnologicos especificados en el ANEXO I citado, cuyos textos obran en el
Sistema de Carga de Proyectos del FONCyl' (xxxx://xxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxx)
VIGESIMASEPTIMA: DOMlClLlOS ESPECIALES: Para todos 10s efectos derivados de este contrato, la
AGENCIA constituye domicilio especial en Xxxxxxx 000, xx x . Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx y la
INSTITUCION BENEFICIARIA en Xxxxxxxx 0000000 XXXX (C1053ABJ) donde se tendrdn por validas
todas y cada una de las notificaciones que con motivo de su ejecucion deban practicarse ambas, sin
perjuicio de 10s domicilios que constituirdn para cada proyecto de 10s indicados en el citado ANEXO I, el
lnvestigador Responsable y la Unidad Administradora pertinentes en 10s respectivos instrumentos de
adhesion.
VIGESIMAOCTAVA: JURISDICCION: La:; partes acuerdan someter las divergencias que pudieren
derivarse del presente contrato a la jurisdiccidn de 10s Tribunales Federales en lo Contencioso
Administrative con a~ iento Autonoma de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o
jurisdiccion que
- X X X X X X X 0 *)
x \ , # < , , \ \ , , I , V k \ > \ , , , , ,<,,. I ' I ..! , , L X ,, , ', , , , , , ,xx , t < , ,
Por ser lo convenido, la AGENCIA y la INS'TITUCION BENEFlClARlA ratifican todo su contenido y, en
prueba de conformidad, firman DOS (2) ejsmplares del mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad
Autonoma de Buenos Aires, a 10s . . . . . . . dias del mes de . . . . . . . . . . . . . . . . . . . de . . . . . . . . . . . . .
XXXXX X. XXXXX u- XXXXXX XXXXXXX XXX x
Secretar~o General
-
LEZ
AIIEXO I CONVOCATORIA: PlCTO CIN I INSTITUCION BENEFICIARIA: UNlVERSlDAD DE BUENOS AlRES
Lit. ch i s E.A. Ca~xxxxxxx p e c t a r - G ~ ~ F O N C Y T
--
Codigo
?I(:To-2010- Olfil
Secrelnri~ General
Titulo
Acceso a la justicia y rnarginaciones sociales. Lineas estrategicas xxxxxxxxxxxx xxx xxxxxxxxxx xxxxxxxx x xxxxxx xx xx xxxxxx xxxxxxxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
lnvestigador Responsable
Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx
Duracion AAos
1
Monto Subsidio Aiio 1
6 200.000
Monto Subsldio Agencia AAo
1
$ 133.200
Monto Subsldio Cofinanciador
Aiio 1
$ 66.800
Monto Contraparte
Total
$ 66.667 -