CONDICIONES GENERALES TARJETA CLUB CORTEFIEL
CONDICIONES GENERALES TARJETA CLUB CORTEFIEL
1. Régimen. La Tarjeta de Compra “CORTEFIEL” (en adelante, la Tarjeta) se rige por las normas y condiciones de utilización contenidas en este Condicionado y las que en lo sucesivo se establezcan. La utilización de la Tarjeta implica la recepción y plena aceptación del Condicionado, sin perjuicio de posibles modificaciones futuras según lo dispuesto en la cláusula 12 y/o de nuevos servicios incorporados. Una copia del Condicionado es entregada al Titular junto con la Tarjeta.
Las distintas Sociedades obligadas por este Contrato (*) tienen encomendada la gestión de la Tarjeta x XXXXXXXXX CONSUMER EFC, S.A. (en adelante SANTANDER CONSUMER), a quien cede los derechos de crédito derivados de la utilización de la Tarjeta. El consumidor tendrá derecho a oponer contra SANTANDER CONSUMER las mismas excepciones y defensas que le hubieren correspondido contra CORTEFIEL, incluida la compensación.
El Titular y el/los titulares de Tarjetas adicionales autorizan a CORTEFIEL y a SANTANDER CONSUMER a grabar y registrar las comunicaciones e instrucciones emitidas por ellos, y aceptan expresamente que dichas grabaciones surtan plenos efectos probatorios en juicio y fuera de él.
(*) Cortefiel, S.A y Xxxxxx 92, S.L (con domicilio aefectos de notificaciones en Madrid, Xxxx. xxx Xxxxx Xxxxxxxxxx xx00)
2. La Tarjeta. Es de carácter gratuito y propiedad de CORTEFIEL, S.A. (en lo sucesivo, CORTEFIEL) como emisor de la Tarjeta.
3. Titulares y Beneficiarios. La Tarjeta posee el único carácter de soporte de identificación comercial de las personas a cuyo nombre se extiende, tiene carácter personal e intransferible, figurando el nombre y la firma en la propia Tarjeta. Los beneficiarios deberán solicitar la emisión de una Tarjeta a su nombre, debiendo constar la autorización expresa y escrita del Titular, quién asumirá solidariamente con el beneficiario todas las obligaciones establecidas en el presente contrato.
4. Funciones y uso de la Tarjeta. La Tarjeta permitirá al titular y a los beneficiarios:
• Acumular puntos por las compras efectuadas en Cortefiel y Xxxxx xxx Xxxxxx que se traducirán en cheques descuento para próximas compras.
• Disfrutar de arreglos gratuitos de las prendas en temporada (en el momento de la compra y no aplicable en periodo de Mid Season Sales/Especial Primavera/Especial Otoño, Oferta/Venta especial, Rebajas y prendas compradas en outlets).
• Parking gratis (en aparcamientos concertados) durante una hora por efectuar cualquier compra.
• Recibir en el domicilio catálogos e información de moda.
• Conocer en primicia eventos y ofertas especiales.
• Efectuar compras de bienes y servicios en cualquiera de los establecimientos CORTEFIEL, PDH y WOMEN’SECRET, en España y en aquéllos otros que en el futuro pudieran señalarse a dicho fin, de acuerdo con las instrucciones de uso y límites de disposición vigentes en cada momento.
5. Identificación. La Tarjeta faculta al titular/beneficiario para adquirir, hasta el límite de disposición autorizado, bienes y servicios únicamente en los establecimientos indicados en el punto4, para lo cual deberá presentar la Tarjeta debidamente firmada en el espacio establecido para ello, acreditar su identidad mediante D.N.I, Tarjeta de residencia o pasaporte y firmar las facturas o comprobantes que se extiendan al efecto.
La firma por el titular de la Tarjeta, de las facturas o comprobantes expedidos por los establecimientos, implicará el consentimiento del titular a la operación de de que se trate y originará la obligación de reembolso del importe correspondiente. Una vez otorgado el consentimiento, el titular no podrá revocar las disposiciones realizadas con la Tarjeta.
6. Comunicaciones. Todas las comunicaciones se harán al domicilio designado por el Titular, siendo válidas todas las comunicaciones efectuadas a través de Internet, sms, e-mail, teléfono y carta.
7. Limitaciones a la utilización de la Tarjeta. CORTEFIEL se reserva el derecho de bloquear la utilización de la Tarjeta por razones relacionadas con su seguridad, con la sospecha de una utilización no autorizada o fraudulenta de la misma, o si su uso pudiera suponer un aumento significativo del riesgo de que el titular de la Tarjeta pueda ser incapaz de hacer frente a sus obligaciones de pago.
Asimismo, CORTEFIEL podrá, por razones objetivas, poner fin al derecho del titular para efectuar nuevas compras.
8. Obligaciones del titular en relación con la utilización,conservación y custodia de la Tarjeta. Recibida la Tarjeta, el
titular deberá firmarla de inmediato y emplear la debida diligencia en la conservación y custodia de la misma, estará obligado a utilizarla de acuerdo con las condiciones establecidas en el presente contrato y a tomar todas las medidas a su alcance a fin de proteger los elementos de seguridad de que vaya provista.
El Titular está obligado a comunicar a CORTEFIEL, cuando tenga conocimiento de ello, los siguientes hechos:
a) Una compra no autorizada realizada con la Tarjeta.
b) El extravío o sustracción de la Tarjeta, así como cualquier irregularidad que pudiera producirse en la gestión de la Tarjeta.
La notificación se efectuará llamando al número de teléfono habilitado a estos efectos, 901 36 30 40 Recibida esta comunicación CORTEFIEL adoptará las medidas necesarias para impedir la utilización de la Tarjeta.
En caso de extravío o sustracción de la Tarjeta, la pérdida económica derivada de dichas operaciones será a cargo:
a) Del titular de la Tarjeta hasta el momento de la notificación a CORTEFIEL del hecho acaecido y hasta el límite máximo de 150 Euros, siendo el resto a cargo de CORTEFIEL.
b) De CORTEFIEL, después de la oportuna notificación.
No obstante, el titular soportará, en cualquier caso, el total de la pérdida económica resultante de operaciones no autorizadas realizadas con la Tarjeta que sean fruto de su actuación fraudulenta o del incumplimiento, deliberado o por negligencia grave, de una o varias de sus obligaciones respecto a la utilización adecuada de la Tarjeta. En los supuestos de sustracción de la Tarjeta y utilización fraudulenta de la misma, el titular deberá aportar a CORTEFIEL, previa solicitud de éste, la correspondiente denuncia.
9. Reembolso de las compras realizadas con la Tarjeta.
9.1. Formas de pago. El Titular elegirá al realizar cada compra, de forma independiente, la forma pago de entre las alternativas siguientes:
MODALIDAD HABITUAL DE PAGO: PLAZOS ABIERTOS: Consistente en acumular todas las compras realizadas en el periodo de liquidación mensual de la Tarjeta, aplazándose el abono de las mismas de forma automática según importe acumulado a la fecha de cierre de la liquidación:
-Se aplazará el pago a 2 meses si el importe total es superior a 60 euros, sin intereses ni comisiones.
-Se aplazará el pago a 3 meses si el importe total es superior 90 euros, sin intereses ni comisiones.
No obstante si el saldo total de la liquidación es inferior o igual a 60 euros, será abonado al mes siguiente de la liquidación, sin intereses ni comisiones.
Sin perjuicio de que se aplicará por defecto la modalidad habitual de pago, el titular podrá elegir en cada compra las siguientes modalidades de pago:
UN PLAZO SIN INTERESES, comisiones ni gastos, para importes superiores a 1 euro. DOS PLAZOS SIN INTERESES, comisiones ni gastos, para compras superiores a 60 Euros. TRES PLAZOS SIN INTERESES, comisiones ni gastos, para compras superiores a 90 Euros. SEIS PLAZOS SIN INTERESES, comisiones ni gastos, para compras superiores a 180 Euros.
9.2. El importe correspondiente a las compras realizadas serán cargadas en la cuenta corriente de domiciliación abierta a nombre del titular de tarjeta (En España, en la Unión Europea o en países terceros equivalentes) designada en las condiciones particulares el día 2 del mes siguiente a aquél en que se hubieran efectuado las compras
9.3 Consecuencias del incumplimiento.
XXXX.- La falta de pago de uno cualquiera de los recibos facultará a CORTEFIEL (y a la entidad de crédito cesionaria) para exigir del Titular, sin necesidad de requerimiento previo, además de la cantidad adeudada, el pago de todos los gastos causados por el impago, y un interés de demora equivalente a 2,5 veces el interés legal del dinero desde la fecha del impago, así como una comisión por devolución de 12 Euros, que se incrementará con el impuesto indirecto vigente en cada momento. El interés de demora se devengará diariamente, liquidándose el día en que se efectúe el pago.
VENCIMIENTO ANTICIPADO.- La falta de pago de dos o más recibos facultará a CORTEFIEL (y a la entidad a quien se hubieran cedido los créditos) además de para reclamar los importes impagados con sus intereses, comisiones y gastos, a considerar, sin necesidad de notificación alguna a su Titular, anticipadamente vencidas todas las compras efectuadas cualquiera que sea su modalidad de pago, y reclamar el saldo. El total adeudado devengará un interés de demora mensual equivalente a 2,5 veces el interés legal del dinero y tendrá carácter de líquido y exigible a efectos de su reclamación judicial. FICHEROS DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DINERARIAS.- El contratante y, en su caso, el titular quedan informados de que, en caso de no atender los pagos que sean debidos a CORTEFIEL (o a la entidad que se hubiera subrogado en los derechos de crédito) en virtud de este contrato, los datos relativos al impago podrán ser comunicados a ficheros comunes de solvencia patrimonial y crédito.
10. Duración del contrato. La duración del presente contrato será indefinida.
11. Resolución del contrato. El contratante podrá resolver el contrato en cualquier momento, mediante escrito dirigido a CORTEFIEL con un mes de antelación. Asimismo, CORTEFIEL podrá resolverlo previo aviso por escrito al contratante, con al menos dos meses de antelación.
Resuelto el contrato se producirá la pérdida de todos los derechos relativos al uso de la Tarjeta, y el titular y beneficiarios, quedan obligados a reembolsar a CORTEFIEL (o a la entidad que se hubiera subrogado en los derechos de crédito) de inmediato el importe de la deuda en la forma inicialmente pactada.
El contrato conservará su eficacia, en tanto se halle pendiente de cumplimiento alguna deuda derivada de la utilización de la Tarjeta, a los efectos de su oportuna reclamación.
12. Modificación de las condiciones. CORTEFIEL se reserva el derecho de modificar las comisiones y demás condiciones del contrato, mediante comunicación individual al contratante, con una antelación mínima de dos meses a su entrada en vigor. Se considerará que el contratante acepta la modificación si, dentro del indicado plazo, no comunicase por escrito la denuncia del contrato y consiguiente renuncia al uso de la Tarjeta. En caso de denuncia del contrato se aplicará lo dispuesto en el punto 11.
13. Domicilios. A efectos del envío de correspondencia y de cualquier tipo de notificación o comunicación, las partes designan como domicilio el indicado a estos efectos en las Condiciones Particulares de este documento, debiendo el titular dirigir todas las comunicaciones relacionadas con este contrato al domicilio social de la entidad.
Cualquier cambio o modificación en el domicilio expresado deberá ser comunicado por escrito a la otra parte, la cual quedará exonerada de cualquier responsabilidad hasta tanto no se efectúe dicha notificación.
14. Comunicación periódica de operaciones realizadas con la Tarjeta. CORTEFIEL remitirá, al menos mensualmente, al Titular y beneficiarios un extracto de movimientos con el detalle de las compras realizadas con la Tarjeta y en su caso, el saldo pendiente de pago.
Si el Titular requiriese el comprobante de alguna operación, se le remitirá copia de la misma.
15. Información.
15.1. Sobre CORTEFIEL: CORTEFIEL, S.A., con domicilio social en Xxxx. xx Xxxxx Xxxxxxxxxx, 00, Xxxxxx. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 21800, sección 8ª, libro de sociedades, folio 120, hoja M-107.817, C.I.F. A-08099459.
15.2. Sobre Santander Consumer: Santander Consumer E.F.C, S.A., con domicilio social en Xxxx. xx Xxxxxxxxx x/x 00000 Xxxxxxxx xxx Xxxxx-Xxxxxx, Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 10120 General 8702 Sección 3ª Folio 15 Hoja 91533 CIF X-00000000 Registro Banco de España Nº 8236
Santander Consumer E.F.C, S.A. está sujeta a la supervisión de Banco de España, x/ Xxxxxx, 00 00000 Xxxxxx.
16. Procedimiento de reclamación extrajudicial.
De CORTEFIEL: no tiene establecido un procedimiento de reclamación extrajudicial, tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable a quien podrán dirigirse las reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, a través de comunicación escrita dirigida al Servicio de Atención al Cliente de la Entidad, dirigido a Xx Xxxxxx Xxxx Xxxx, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx 00. 00000 Xxxxxx, por Fax al nº 00 000 00 00 o por correo electrónico a xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.
En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de la Entidad, el reclamante podrá dirigirse a la jurisdicción correspondiente.
Xx XXXXXXXXX CONSUMER, Entidad de crédito En caso de divergencia entre las partes sobre cualquier cuestión relacionada con el presente contrato, el contratante podrá realizar reclamaciones ante el Servicio de Reclamaciones y Atención al Cliente, Xxxx Xxx xx Xxxxxxxxx, 0- Xxxxxxxx Xx Xxxxxxxxx – xxxxxx xxxx 00000 Xxxxxx por correo dirigido a la dirección indicada o por fax al número 00 000 00 00,, o a la Oficina del Defensor del Cliente mediante escrito dirigido a Xx. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx x/ Xxxxxxxxx 00-00 0x Xxxxxx –00000-Xxxxxx, Fax: 91/0000000 o por correo electrónico a xxxxxxx@xxxxx.xxx
Los clientes residentes en Cataluña podrán ser atendidos respecto de cualquier queja o reclamación en la siguiente dirección física: Xxx Xxxxxxx, 00-00, 0x xxxxxx, 00000 – Barcelona, teléfono 000000000.
Teléfono de información: 902 321 332.
En caso de disconformidad con la resolución o si, transcurridos los plazos establecidos por la normativa aplicable, no obtuviera una resolución, el contratante podrá dirigirse al Servicio de Reclamaciones del Banco de España, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente o el Defensor del Cliente.
17. Legislación y jurisdicción aplicable. El presente contrato se regirá por la legislación española. Las cuestiones que se
susciten con motivo de la interpretación, aplicación o ejecución del mismo se someten a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles que resulten competentes del domicilio del titular de Tarjeta.
18. Prevención Blanqueo de capitales. El Titular queda informado de que, de acuerdo con la legislación vigente en materia de prevención del blanqueo de capitales, SANTANDER CONSUMER está obligada a recabar a sus clientes información sobre la actividad económica que estos desarrollan, así como a comprobar la veracidad de dicha información. En consecuencia, si el Titular no facilita x XXXXXXXXX CONSUMER la documentación necesaria para acreditar su actividad económica en el plazo de treinta días naturales a contar desde la formalización de este contrato, SANTANDER CONSUMER podrá proceder al bloqueo de la cuenta para operaciones de abono y, a su posterior cancelación. Con la única y exclusiva finalidad de verificar la información facilitada por el Titular, éste autoriza de forma expresa x XXXXXXXXX CONSUMER para que pueda solicitar y obtener de la Tesorería General de la Seguridad Social datos relativos a la naturaleza de su actividad empresarial o profesional. Asimismo, el Titular queda informado de que, en cumplimiento de dicha legislación, SANTANDER CONSUMER podrá solicitar documentación acreditativa del origen y destino de los fondos con carácter previo a la realización de operaciones, en cuyo caso, si el Titular no proporciona la citada documentación, SANTANDER CONSUMER podrá no ejecutar la operación de que se trate.
19. Cesión del crédito: CORTEFIEL (y la entidad que se hubiera subrogado en los derechos de crédito) está facultado a ceder o trasmitir el crédito y los derechos derivados de este contrato a terceros. El Titular y beneficiario tendrá derecho a oponer contra el tercero las mismas excepciones y defensas que le hubieren correspondido contra el acreedor originario, incluida la compensación.
20. Reembolso anticipado: El titular de la Tarjeta podrá reembolsar anticipadamente el importe dispuesto, de forma total o parcial, en cualquier momento, comunicándolo por escrito a CORTEFIEL (o a la entidad que se hubiera subrogado en los derechos de crédito).
21. Derecho de desistimiento: el Titular tendrá la facultad de dejar sin efecto el contrato de Tarjeta celebrado, comunicándoselo así a CORTEFIEL en un plazo de catorce días naturales sin indicación de los motivos ni penalización alguna. Dicho plazo se contará desde la fecha de suscripción del presente contrato y la información obligatoria que establezca la ley. Para el ejercicio de este derecho el titular deberá:
- remitir notificación a CORTEFIEL mediante comunicación escrita dirigida al Servicio de Atención al Cliente de la Entidad, dirigido a Xx Xxxxxx Xxxx Xxxx, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx 00. 00000 Xxxxxx, por Fax al nº 00 000 00 00 o por correo electronico a xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx. Se considerará que se ha respetado el plazo si la notificación se ha enviado antes de la expiración del plazo, siempre que haya sido efectuada mediante documento en papel o cualquier otro soporte duradero.
- pagar a CORTEFIEL (o a la entidad que se hubiera subrogado en los derechos de crédito) el importe de las compras efectuadas, sin ningún retraso indebido, a más tardar a los treinta días naturales de haber enviado la notificación de desistimiento.
Conforme al presente apartado, el derecho a desistir del presente contrato no implica en modo alguno el derecho a desistir de la compraventa realizada, que se regirá por su normativa específica.
22. Información sobre derechos del consumidor en los contratos de crédito vinculados.
El Titular y beneficiario, además de poder ejercitar los derechos que le correspondan frente a CORTEFIEL, tal como se define en la Ley de Contratos de Crédito al Consumo, podrán ejercitar esos mismos derechos frente al Banco siempre que concurran todos los requisitos siguientes:
- Que los bienes o servicios objeto del contrato no hayan sido entregados en todo o en parte, o no sean conforme a lo pactado en el contrato.
- Que el consumidor haya reclamado judicial o extrajudicialmente, por cualquier medio acreditado en derecho, contra el proveedor y no haya obtenido la satisfacción a que tiene derecho.
Si el consumidor ha ejercido su derecho de desistimiento respecto del Contrato de solicitud de Tarjeta, financiado total o parcialmente mediante un contrato de crédito vinculado, dejará de estar obligado por este último.
23. Protección de Datos de Carácter Personal.
a) La información facilitada en la solicitud de la Tarjeta y sus actualizaciones, será recogida confidencialmente en el fichero de clientes CLUB CORTEFIEL y en el fichero de clientes xx XXXXXXXXX CONSUMER E.F.C, S.A., autorizando el firmante el tratamiento de la misma para su utilización en relación al desarrollo del presente contrato, lo que incluye el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por CORTEFIEL de sus propios productos por cualquier medio (correspondencia, teléfono, fax, e-mail, sms, internet o cualquier otro medio electrónico).
b) El Titular autoriza el envío puntual, por parte de Las Sociedades, de comunicaciones publicitarias o promocionales, a través de cualquier medio (correspondencia, teléfono, fax, e-mail, sms, internet o cualquier otro medio electrónico) de otras empresas con las que nuestra compañía pueda firmar acuerdos de colaboración, para el ofrecimiento al Titular de bienes, servicios y promociones que puedan ser de su interés relativos a productos: financieros, seguros, perfumería, joyería, libros y discos, deporte, menaje del hogar, alimentación y bebidas, grandes almacenes, parques de ocio, museos, espectáculos, viajes, combustible, sanidad, automoción, telefonía, servicios de internet, informática, hoteles, videojuegos, artículos de regalo, ONG’S, cosmética y peluquería.
El interesado puede manifestar su negativa al tratamiento de sus datos para fines distintos de los directamente relacionados con el mantenimiento, desarrollo o control de la relación contractual, señalando la casilla que se indica a continuación:
Las partes convienen que los datos personales del interesado no serán utilizados para la oferta y contratación de otros productos y servicios (letra b).
c) El firmante/s queda/n informado/s de que, en caso de no atender los pagos que, por cualquier concepto, sean debidos x Xxxxxxxxx Consumer E.F.C., S.A. en virtud de este contrato, los datos relativos al impago podrán ser comunicados por Santander Consumer E.F.C., S.A. a ficheros relativos al cumplimiento o incumplimiento de obligaciones dinerarias. Igualmente se le/s informa de la obligación xx Xxxxxxxxx Consumer de enviar a la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) la información sobre los riesgos contratados recuperabilidad y, en su caso, incumplimiento que consten sobre su persona conforme a la normativa vigente.
d) La cumplimentación de todos los datos que se solicitan, así como la entrega de una copia del DNI, tarjeta de residencia o pasaporte, es de carácter obligatorio.
e) El Titular de la Tarjeta tiene derecho a acceder a esta información, pudiendo rectificarla, cancelarla u oponerse a ella. El Titular puede ejercitar estos derechos mediante el envío de solicitud escrita y copia del DNI, al Servicio de Atención al Cliente del Grupo Cortefiel, con domicilio en Xxxx. xxx Xxxxx Xxxxxxxxxx xx00. 00000 Xxxxxx.
f) Los responsables de los ficheros son Cortefiel, S.A, Madrid, Xxxx. xxx Xxxxx Xxxxxxxxxx xx 00. 00000 Xxxxxx NIF X- 00000000, x Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, X.X.X, X.X, Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx x/x. 00000 Xxxxxxxx xxx Xxxxx (Xxxxxx) NIF A-79082244.
g) El firmante declara que son ciertos todos los datos expresados al dorso y que se aportan para el estudio de la concesión de la Tarjeta, y autoriza a solicitar los informes comerciales y de riesgo necesarios para ello. El Titular de la Tarjeta queda informado de que sus datos serán consultados en ficheros comunes de solvencia e incumplimiento de obligaciones dinerarias y en la Central de Riesgos de banco de España, por ser necesarios para enjuiciar su solvencia económica con la finalidad del estudio de la solicitud. En función del resultado de los mismos, los abajo firmantes se reservan la facultad de asumir los derechos y obligaciones previstos en el presente contrato, remitiendo, en su caso, al Titular la Tarjeta Club Cortefiel, por medio del correo ordinario y/o cualquier otro medio de distribución.
Los intervinientes, se obligan con arreglo a las condiciones particulares así como a las condiciones generales que han sido predispuestas por las Sociedades y aceptadas por las partes y respecto de las cuales, el Titular declara que ha obtenido toda la información necesaria, de forma clara, concisa e inteligible, en relación con el significado y contenido de tales condiciones. Por la presente declaro que he recibido la Información Normalizada Europea de créditos al consumo, previa al contrato, con la debida antelación, por escrito y a satisfacción, en los términos establecidos por la Ley de Contratos de Crédito al Consumo y de una manera clara, concisa e inteligible que me ha permitido adoptar una decisión informada en lo que respecta a la suscripción del presente contrato.
El/los Titular/es manifiestan recibir en este acto copia del presente contrato firmado por las Sociedades y Santander Consumer E.F.C, S.A.
Las Sociedades Santander Consumer, EFC, S.A.
INFORMACIÓN NORMALIZADA EUROPEA SOBRE EL CRÉDITO AL CONSUMO
Las informaciones resaltadas en negrita en este documento son especialmente relevantes.
1. Identidad y detalles de contacto del prestamista y/o del intermediario
Prestamista: | CORTEFIEL, S.A |
Dirección: | Xxxx. xxx Xxxxx Xxxxxxxxxx, 00, XXXXXX. Cp: 28034 |
2. Descripción de las características principales del producto de crédito.
Tipo de Crédito | Tarjeta de compra CORTEFIEL. Cesión de crédito x XXXXXXXXX CONSUMER EFC, S.A. |
Importe Total del Crédito. Es decir, el importe máximo o la suma de todas las cantidades puestas a disposición del consumidor en el marco de un contrato de crédito | Limite de crédito concedido: Será determinado tras la evaluación del riesgo crediticio. |
Condiciones que rigen la Disposi- ción de Fondos. Es decir, cuándo y cómo el con- sumidor obtendrá el dinero. | Mediante las disposiciones de la tarjeta se efectúa el pago de los bienes o servicios en los establecimientos comerciales de la red CORTEFIEL.( será necesario identifi- carse con DNI o documento equivalente, entregar tarjeta y firmar comprobantes) |
Duración del Contrato de crédito | Indefinida. El contratante podrá resolver el contrato en cualquier momento, mediante escrito dirigido a Cortefiel con un mes de antelación. Cortefiel podrá resolverlo previo aviso por escrito al contratante, con al menos dos meses de antelación. |
Los plazos y, en su caso, el orden en que se realizarán los pagos a plazos | Usted podrá elegir, en el momento de la compra, entre las siguientes formas de PAGO: • MODALIDAD HABITUAL DE PAGO: PLAZOS ABIERTOS: Consistente en acumu- lar todas las compras realizadas en el periodo de liquidación mensual de la tarjeta, aplazándose el abono de las mismas de forma automática según importe acumulado a la fecha de cierre de la liquidación: -Se aplazará el pago a 2 meses si el importe total es superior a 60 euros, sin intere- ses ni comisiones. -Se aplazará el pago a 3 meses si el importe total es superior a 90 euros, sin intere- ses ni comisiones. No obstante si el saldo total de la liquidación es inferior o igual a 60 euros, será abonado al mes siguiente de la liquidación, sin intereses ni comisiones. Sin perjuicio de que se aplicará por defecto la modalidad habitual de pago, el titular podrá elegir en cada compra las siguientes modalidades de pago: • UN PLAZO SIN INTERESES, comisiones ni gastos, para importes superiores a 1 euro. • DOS PLAZOS SIN INTERESES, comisiones ni gastos, para disposiciones superio- res a 60 Euros. • TRES PLAZOS SIN INTERESES, comisiones ni gastos, para disposiciones supe- riores a 90 Euros. • SEIS PLAZOS SIN INTERESES, comisiones ni gastos, para disposiciones superio- res a 180 Euros. Pagos, para todas las modalidades de pago, de periodicidad mensual, día 2 de cada mes. Cierre periodo de disposiciones, día 15 de cada mes. |
Importe total que deberá usted pagar. Es decir, el importe del capital prestado más los intereses y posibles gastos relacionados con su crédito. | El importe de las disposiciones efectuadas más los intereses, en su caso, según la forma de pago elegida. |
os reembolsos no suponen la inmediata amortización del capital | Respecto de las disposiciones realizadas con cargo al límite de crédito, las amortiza- ciones realizadas servirán mensualmente para reconstituir el capital conforme a los límites concedidos. El presente contrato no prevé ninguna garantía de reembolso del importe total del crédito del que se haya dispuesto en virtud del contrato. |
3. Costes del Crédito
El Tipo deudor | Tipo deudor fijo: 0,00 % Cortefiel podrá modificar, para adaptarlos a la coyuntura económica, el tipo de interés notificándolo de forma individualizada con dos meses de antelación. Se considerará que el contratante acepta la modificación si, dentro del indicado plazo, no comunicase por escrito la denuncia del contrato y consiguiente renuncia al uso de la tarjeta, abonando el importe de la deuda pendiente en la forma inicialmente pactada. | |
Tasa Anual Equivalente TAE La TAE es el coste total del crédito expresado en forma de porcentaje anual del importe total del crédito. La TAE sirve para comparar diferentes ofertas. | T.A.E 0,00 % Ejemplo de cálculo de la TAE bajo la hipótesis de que el contrato se mantendrá en vigor durante toda su duración y las partes cumplirán sus obligaciones en las condiciones y plazos acordados. Importe total del Crédito 300,00 Euros Importe total adeudado 300,00 Euros Coste total del crédito 0,00 Euros El tipo de interés deudor fijo anual aplicado será el 0,00% TAE 0,00 % Debería usted pagar lo siguiente: Nº de plazos: 3 Importe: 100,00 Euros /mes Intereses 0,00 Euros. Se encuentra a su disposición, debidamente actualizado, el ANEJO 1 de Información trimestral sobre comisiones y tipos practicados u ofertados de manera más habitual en las operaciones más frecuentes con los per- files de clientes más comunes que sean personas físicas a que se refiere el apartado 1 de la norma tercera de la Circular 5/2012, de 27 xx xxxxx, que podrá consultar y/o descargarse de la página web de xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx | |
¿Es obligatorio para obtener el crédito en sí, o en las condiciones ofrecidas,tomar una póliza de seguros que garantice el crédito, u otro servicio accesorio? Si los costes de estos servicios no son conocidos del prestamista, no se incluyen en la TAE. | no | |
Costes relacionados | ||
Condiciones en que pueden mo- dificarse los gastos antes mencio- nados relacionados con el contrato de crédito | CORTEFIEL se reserva el derecho de modificar los intereses, comisiones y de- más condiciones del contrato, mediante comunicación individual al contratante, con una antelación mínima de dos meses a su entrada en vigor. Se considerará que el contratante acepta la modificación si, dentro del indicado plazo, no co- xxxxxxxx por escrito la denuncia del contrato y consiguiente renuncia al uso de la tarjeta, abonando el importe de la deuda pendiente en la forma pactada. | |
Costes en caso de pagos atrasados. La no realización de un pago podrá acarrearle graves conse- cuencias (por ejemplo la venta forzosa) y dificultar la obtención de un crédito. | El impago podrá dar lugar a su reclamación por vía judicial. Usted deberá pagar un Interés de demora en el pago equivalente a 2,5 ve- ces el interés legal del dinero y una comisión de devolución de 12 euros, por la reclamación de cada cuota o plazo impagado, que se incrementará con el impuesto indirecto vigente en cada momento. La falta de pago de dos o más cuotas podrá dar lugar al vencimiento anticipado del total del crédito. Los datos relativos al impago podrán ser comunicados a ficheros comunes de solvencia patrimonial y crédito. |
4. Otros aspectos jurídicos importantes
Derecho de desistimiento Usted tiene derecho a desistir del contrato de crédito en el plazo de 14 días naturales. | Sí |
Reembolso anticipado. VD tiene derecho a rembolsar anticipadamente el crédito total o parcialmente en cualquier momento. | Si |
Consulta de una base de datos El prestamista tiene que informarle de inmediato y sin cargo del resultado de una consulta de una base de datos si se rechazara la solicitud de crédito sobre la base de una consulta de este tipo. Esto no se aplica si la difusión de esta información está prohibida por una ley o por el Derecho de la Unión Europea o es contraria a los objetivos de orden público o de la seguridad pública. | |
Derecho a un proyecto del contrato de crédito Vd tiene derecho, previa petición, a obtener de forma gratuita una copia del proyecto de contrato de crédito. Esta disposición no se aplicará si en el momento de la solicitud, el prestamista no está dispuesto a celebrar con usted el contrato de crédito. |
5. Información adicional en caso de comercialización a distancia de servicios financieros
a) Relativa al Prestamista | |
Registro: | CORTEFIEL, S.A.: Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 21800, sección 8ª, libro de sociedades, folio 120, hoja M-107.817, C.I.F. A-08099459. SANTANDER CONSUMER EFC, S.A. Inscrita en el Registro Mercantil de Ma- drid, Tomo, General de la Sección del Libro de Sociedades, Folio, Hoja C.I.F.. Registro Banco de España Nº 8236 |
La autoridad de supervisión | SANTANDER CONSUMER EFC, S.A. es una entidad sujeta a la supervisión de Banco de España |
b) Relativa al contrato de crédito. | |
Ejercicio del derecho de desisti- miento | Periodo: 14 días naturales desde la suscripción del contrato o desde la recep- ción de las condiciones contractuales y la información recogida en el artículo 16 de la Ley de Contrato de Crédito al Consumo. Dirección: Consecuencias de no ejercerlo: Si Vd. no ejercita en plazo su derecho de de- sistimiento en la forma prevista en la Ley el contrato surtirá plenos efectos con arreglo a lo pactado |
Cláusula sobre la legislación aplicable que rige en relación con el contrato de crédito y/o tribunal competente | El presente contrato se regirá por la legislación española. Las cuestiones que se susciten con motivo de la interpretación, aplicación o ejecución del mismo se someten a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles que resulten competentes del domicilio del deudor |
Régimen lingüístico | La información y los términos contractuales se facilitarán en castellano. Con su consentimiento, durante la duración del contrato de crédito nos comunicaremos con usted en castellano. |
c) Relativa al recurso | |
Existencia y acceso a los procedimientos extrajudiciales de reclamación y recurso. | Respecto de CORTEFIEL, S.A. En caso de divergencia entre las partes sobre cualquier cuestión relacionada con el contrato, el contratante, y el titular en su caso, podrán realizar reclamaciones ante el Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable a quien podrán dirigirse las reclamacio- nes relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, a través de comunicación escrita dirigida al Servicio de Atención al Cliente de la Entidad, dirigido a Xx Xxxxxx Xxxx Xxxx, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx 00. 00000 Xxxxxx, por Fax al nº 00 000 00 00 o por correo electrónico a reclamacionessac@ xxxxxxxxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de la Entidad, el reclamante podrá dirigirse a la jurisdicción correspondiente. Respecto xx XXXXXXXXX CONSUMER EFC, S.A En caso de divergencia entre las partes sobre cualquier cuestión relacionada con el contrato, el contra- tante, y el titular en su caso, podrán realizar reclamaciones ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España, x/ Xxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx. Antes de recurrir a este Servicio, deberán justificar haber acudido previamente al Servicio de Reclamaciones y Atención al Cliente, Xxxx Xxx xx Xxxxxxxxx, 0- Xxxxxxxx Xx Xxxxxxxxx – xxxxxx xxxx 00000 Xxxxxx por correo dirigido a la dirección indica- da o por fax al número 00 000 00 00, o a la Oficina del Defensor del Cliente, At. Dña. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx 64-66- 28001 MADRID |
Declaro expresamente haber recibido la presente información precontractual con la debida antelación, permitiéndome así tomar una decisión informada previamente a asumir obligación alguna con la suscripción del contrato al que se refiere.
Recibí: Fecha: Fdo.: