Anexo No. 2 Proyecto de Minuta del Contrato.
Anexo No. 2
Proyecto de Minuta del Contrato.
BASE DEL CONTRATO
Los estudios previos, el pliego definitivo, las adendas, y la propuesta presentada conforme se establece en los pliegos de condiciones constituirán la base para la suscripción de un contrato con el proponente seleccionado.
LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO
Los requisitos para la legalización del contrato son:
Garantía única que respalda las obligaciones del contrato y aprobación de la misma.
Registro presupuestal.
Acreditación de encontrase al día con los pagos al sistema de seguridad social integral.
OBJETO.
ARRENDAMIENTO DE UNA PLATAFORMA TECNOLÓGICA Y LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE AUDITORÍA DE CUENTAS MEDICAS A TRAVÉS DE UNA EMPRESA QUE LE PERMITA AL FONDO NACIONAL DE SALUD DEL PPL CONTAR CON UN SISTEMA DE INFORMACIÓN INTEGRAL 100% WEB CON BASE DE DATOS CENTRALIZADA, PARA LA RECEPCIÓN Y PROCESAMIENTO DE FACTURAS; DE CUENTAS MÉDICAS, CUENTA DE DISTRIBUCIÓN Y/O DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS E INSUMOS, CUENTAS CAPITADAS Y CUENTAS ADMINISTRATIVAS; REALICE LA AUDITORÍA DE LAS CUENTAS, GENERACIÓN DE AVALES PARA LA DISPERSIÓN DE PAGOS Y PRESENTACIÓN DE ESTADOS DE CUENTA; GENERACIÓN DE REPORTES Y TABLEROS DE CONTROL (DASHBOARD) Y QUE INCLUYA UN MÓDULO QUE PERMITA LA RECEPCIÓN, VALIDACIÓN , REGISTRO DE TRAZABILIDAD Y ALERTAS DE PROCESO DE PETICIONES QUEJAS Y RECLAMOS (PQR)”.
PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo para la ejecución del contrato será hasta el 00 xx xxxxx xx 0000.
Xxxx plazo será prorrogable a voluntad del Contratante, siempre y cuando el Contratista esté cumpliendo sus obligaciones contractuales y previa recomendación del Comité Fiduciario y/o Consejo Directivo del Fondo Nacional de Salud para las Personas Privadas de la Libertad.
VALOR DEL CONTRATO
Será de acuerdo con la propuesta presentada por el contratista en su oferta previamente aprobada por el contratante.
FORMA DE PAGO:
El FIDEICOMISO FONDO NACIONAL DE SALUD PPL cancelará al CONTRATISTA el valor del contrato previa radicación de la factura con los soportes exigidos por el FIDEICOMISO FONDO NACIONAL DE SALUD PPL y en particular con: a) Acta de aprobación de las garantías, b) Copia del pago de la seguridad social, c) Certificado para la autorización de pagos al contratista (aprobación y visto bueno del supervisor del contrato), d) Soportes del contratista. PARÁGRAFO PRIMERO: Para efectos de realizar los pagos el contratista deberá presentar informe de actividades, acta de supervisión en la cual se deberán además certificar las actividades contratadas de manera específica y detallada, y aportes a la seguridad social de la empresa.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
1) Constituir las garantías requeridas para amparar los riesgos del contrato
2) Tomar las medidas necesarias para garantizar la debida y oportuna ejecución del contrato.
3) Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y en trabamientos tanto en cumplimiento de requisitos de ejecución como en el desarrollo del contrato.
4) Mantener reserva profesional sobre los asuntos o la información que le sea suministrada con motivo de la prestación de sus servicios.
5) El Contratista deberá estar afiliado al Sistema Seguridad Social Integral previsto por la ley y permanecer afiliado al mismo durante la vigencia del contrato.
6) Cumplir con el objeto del contrato en la forma y condiciones pactadas.
7) Xxxxxxx las consultas y sugerencias del Gerente, o del funcionario que se asigne al efecto, respecto del objeto.
8) Cumplir oportunamente y con sus propios recursos con los servicios que por medio del presente contrato se obliga, garantizando el pleno funcionamiento del servicio y conforme a la propuesta presentada.
9) Sin perjuicio del límite de las obligaciones del objeto del contrato, el contratista deberá resolver todo problema que presente el aplicativo, el cual estará incluido en el concepto soporte.
10) Las demás que se requieran para cumplir con el objeto pactado, en coordinación con el encargado de ejercer el control y vigilancia del presente contrato.
11) El proveedor del software se obliga a cumplir con el cuidado, la calidad y la funcionalidad de los servicios prestados.
12) El proveedor del software asegurará, dentro de las condiciones técnicas de Internet y de las telecomunicaciones, que LA EMPRESA recibirá los servicios contratados que permitan la ejecución del producto.
13) El proveedor del software otorgará a los usuarios de la plataforma asistencia telefónica o vía correo electrónico según sea la necesidad de lunes a viernes en el horario de 8:00 a.m. a las 17:00 p.m. y excepcionalmente cuando por razones del servicio se requiera.
14) El proveedor del software asegurará, dentro de las condiciones técnicas de Internet y de las telecomunicaciones, la confidencialidad de las informaciones producidas para el proyecto, adoptando las medidas técnicas necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido según la naturaleza de los datos personales tratados, con el objetivo de evitar, tanto como se pueda y siempre según el estado de la técnica, la alteración, pérdida y tratamiento o acceso no autorizado. 15) Toda la información y los datos suministrados por el FIDEICOMISO FONDO NACIONAL DE SALUD PPL y sus usuarios serán almacenados en servidores o medios magnéticos de alta seguridad. El proveedor del software tomará todas las medidas posibles para mantener la confidencialidad y la seguridad de tales informaciones, cumpliendo en todo momento con la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal.
OBLIGACIONES DEL FIDEICOMISO FONDO NACIONAL DE SALUD PPL
a) Pagar el precio dentro del plazo y formas previstas, según lo estipulado en el contrato
b) Adelantar procesos eficientes de administración y mantenimiento de su infraestructura (Red, Equipos, Sistema Operacional, Motor de Base de Datos, Protección Antivirus, etc.), los cuales deberán ser informados con la debida antelación por el CONTRATISTA, a más tardar a la suscripción del acta de inicio del contrato.
c) Disponer de forma permanente una persona calificada para la administración de la APLICACIÓN.
d) Estudiar y proceder proactivamente ante las recomendaciones realizadas por EL CONTRATISTA sobre el personal designado para la operación de la APLICACIÓN, plataforma e infraestructura, para el efecto deberá señalar los hechos y adjuntar las evidencias que los corroboren; en ningún caso se aceptará cambio de personal por deficiencias en la capacitación a que está obligada el CONTRATISTA.
e) Documentar previa y exhaustivamente las situaciones generadoras de soporte, así como aislar el problema verificando infraestructura y plataforma.
f) Facilitar oportunamente toda la información, personal y equipos al CONTRATISTA para realizar procesos de captura de datos, digitación, revisión de la información y en sí todo lo que tiene que ver con la puesta en funcionamiento del sistema. Para lo cual no podrán utilizar personal del CONTRATISTA, a menos que sea autorizado por éste.
g) Obtener BACKUPS o copias de respaldo de la información.
CESIÓN
El contratista no podrá en ningún evento ceder el contrato, sin previo consentimiento escrito del FIDEICOMISO FONDO NACIONAL DE SALUD PPL, pudiendo éste reservarse las razones que tenga para negar la aceptación de la cesión. La cesión se efectuará de conformidad con lo establecido en el Artículo 893 del Código de Comercio. En el texto de la cesión del contrato se dejará constancia de que ésta se entiende celebrada dentro y sin perjuicio de lo estipulado en el Términos de Condiciones y en el Contrato.
SUBCONTRATACIÓN
La posibilidad o no de subcontratar y los alcances de la misma, será reglamentada en el contrato. Para la ejecución de éste se tendrán en cuenta las regulaciones y previsiones de los estudios y documentos previos.
MULTAS
Por el incumplimiento de cualquier obligación contractual, el contratista se hará acreedor a una multa equivalente al 5x1000 del valor básico del contrato. En el caso de que el contratista se haga acreedor a cualquiera de las multas por incumplimiento, su valor será tomado de cualquier saldo a favor del contratista o cubierto por la garantía de cumplimiento y en ningún caso su aplicación será entendida por el contratista como liberatorio o atenuante de cualquiera de las obligaciones adquiridas en virtud del contrato. Las multas se causan por el simple incumplimiento sin que el contratante tenga que demostrarlo y los perjuicios que por ello se causen al contratante, podrán hacerse efectivos en forma separada. La aplicación de la multa como consecuencia del incumplimiento de cualquier obligación contractual, no agota la posibilidad de volverla a aplicar si se presenta nuevamente el incumplimiento de esa o de cualquiera otra obligación.
CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA
EL CONTRATISTA se obliga a pagar al FIDEICOMISO FONDO NACIONAL DE SALUD PPL una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, a título de tasación anticipada de perjuicios que ocasione en caso de incumplimiento total o parcial de sus obligaciones contractuales. PARÁGRAFO PRIMERO. EL CONTRATISTA autoriza con la firma del presente contrato al FIDEICOMISO FONDO NACIONAL DE SALUD PPL, para que dicho valor sea descontado directamente del saldo a su favor. De no existir saldo a favor de EL CONTRATISTA, se cobrará por la jurisdicción competente. PARÁGRAFO SEGUNDO. El pago de la pena no extingue el cumplimiento de la obligación principal. La aplicación de la cláusula penal no excluye la indemnización de perjuicios tales como lo permiten los artículos 870 del Código del Comercio y 1546 del Código Civil.
SUPERVISIÓN
La supervisión del contrato producto de la presente Convocatoria Privada, será adelantada por la FIDEICOMISO FONDO NACIONAL DE SALUD PPL.
PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La forma de perfeccionamiento del contrato será reglamentada en la minuta del mismo. Para la ejecución del contrato se tendrán en cuenta las regulaciones y previsiones de los estudios y documentos previos y de la minuta del contrato.
LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
El contratante procederá a la liquidación del contrato, dentro de los cuatro meses siguientes a su terminación, si no se liquida en el tiempo pactado, se procederá de acuerdo con la regulación establecida para ello en la minuta del contrato.
DOCUMENTOS DEL CONTRATO
Hacen parte del contrato todos los documentos correspondientes a la presente Convocatoria Pública, principalmente los estudios previos, la disponibilidad presupuestal, los Términos de Condiciones definitivos, la oferta debidamente aceptada con todos los documentos que acreditan la calidad y condiciones del contratista, el acto de adjudicación y los documentos necesarios para la legalización del contrato.
GARANTÍAS DEL CONTRATO
La Garantía Única que presentará el contratista avalará los amparos pertinentes a las obligaciones a su cargo surgidas del contrato, la cual se mantendrá vigente durante la vida del contrato y se ajustará a los límites, existencia y extensión de los riesgos amparados de conformidad con manual de contratación aprobado mediante acuerdo La garantía única se formalizará en una póliza de seguro constituida por el CONTRATISTA a favor del FIDEICOMISO FONDO NACIONAL DE SALUD PPL. expedida por una Compañía de Seguros debidamente establecida en Colombia, o en una garantía bancaria. Esta póliza se distribuirá en el cubrimiento de los riesgos que afectan la ejecución del contrato.