PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y ANEXOS LEY 13.981 Y DECRETO 1300/16 Nombre del Organismo Contratante Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Tipo: PROCEDIMIENTO ABREVIADO...
Corresponde al expediente N° 2967-2194/18
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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y ANEXOS LEY 13.981 Y DECRETO 1300/16 |
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Nombre del Organismo Contratante |
Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires |
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PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN |
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Tipo: PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Nº ; 25 Ejercicio: 2018 |
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Clase: RENTAS GENERALES |
Modalidad: Orden de compra cerrada |
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Expediente Nº 2967- 2194/18 |
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Objeto: Mantenimiento del edificio e instalaciones varias |
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Presupuesto Estimado: $ |
Costo xxx xxxxxx: $ 0,00.- |
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RETIRO DE PLIEGOS |
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Lugar/Dirección |
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HOSPITAL INTERZONAL XXXX X XXXXXXX. XXXXXXXXX 0000. TEMPERLEY 1834 |
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PÁGINA WEB |
xxx.xx.xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxx y xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxx. |
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CONSULTAS AL PLIEGO |
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Lugar/Dirección |
Plazo y Horario |
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Oficina de Compras. Xxxxxxxxx 0000. Témperley |
Hasta tres (3) días hábiles previos a la fecha de apertura de ofertas |
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PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
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Lugar/Dirección |
Plazo y Horario |
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Oficina de Compras. Xxxxxxxxx 0000. Xxxxxxxxx |
00 XX XXXXXXXXX XX 0000 A LAS 09.00 HORAS |
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ACTO DE APERTURA |
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Lugar/Dirección |
Fecha y Hora |
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Oficina de Compras. Xxxxxxxxx 0000. Xxxxxxxxx |
00 XX XXXXXXXXX XX 0000 A LAS 09.00 HORAS |
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OBSERVACIONES GENERALES: El presente llamado se rige por el "Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios", en el marco de la Ley N°13.981, que como Anexo Único forma parte del presente, aprobado por la R.G. 711/16, la cual podrá ser consultado en xxxx://xxx.xxx.xxx.xxx.xx/XxxxxxxXxxxxxx/xxxxxxxxxxx.xxxx?XxxxxXxxxxxxxxxxx. |
ANEXO X
XXXXXX DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
ARTÍCULO 1º: OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
El presente Procedimiento Abreviado tiene por objeto la provisión del servicio de mantenimiento del edificio e instalaciones varias con destino al Hospital XXXX X XXXXXXX, conforme al presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexos y las Cláusulas xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios aprobado por Resolución Nº 711/16 de la Contaduría General de la Provincia.
Forman parte xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares, los siguientes Anexos:
ANEXO X |
XXXXXX DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES |
ANEXO II |
DETALLE DE RENGLONES (no aplica) |
ANEXO III |
ESPECIFICACIONES TECNICAS |
ANEXO IV |
ANALISIS DE COSTO (no aplica) |
ANEXO V |
PLANILLA DE COTIZACIÓN |
ANEXO VI |
TAREAS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO |
ANEXO VII |
NORMAS MINIMAS DE SEGURIDAD E HIGIENE |
ANEXO VIII |
ESPECIAL PARA HOSPITALES NEUROPSIQUIATRICOS |
ARTÍCULO 2º: MODALIDAD DEL CONTRATO
De acuerdo al Artículo 17º, apartados 2 y 3 del Decreto 1300/16, la contratación se encuadrará dentro de la modalidad de: Orden de compra cerrada.
ARTÍCULO 3º: MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por el término de 30 días hábiles, a contar de la fecha de apertura.
Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima xx xxxx (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial.
ARTÍCULO 4º: CONSULTA Y RETIRO XX XXXXXX:
Los interesados podrán consultar y adquirir un ejemplar xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones en el sitio Web de la Provincia de Buenos Aires, en las páginas web: xxx.xx.xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxx xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxx.
Asimismo, podrá retirarse un ejemplar en la Oficina de Compras en el Horario de 8:00 Hs a 13:00 Hs., hasta el día hábil anterior inclusive al fijado para la apertura de sobres.-
ARTÍCULO 5º: CONSULTAS Y ACLARACIONES:
Las consultas relacionadas con el proceso licitatorio se realizarán ante la Dirección de Compras, Contrataciones y Servicios Auxiliares través de su casilla de e-mail: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xxx.xxx.xx, hasta tres (3) días hábiles anteriores para la apertura de ofertas. A los efectos del cómputo del plazo no se tendrá en cuenta el día de la apertura de ofertas. El Ministerio dará respuesta y podrá elaborar circulares aclaratorias o modificatorias al Pliego de Bases y Condiciones Particulares de oficio hasta el día hábil anterior a la fecha fijada para la apertura de sobres.-
ARTÍCULO 6º: OBLIGACIONES DE LOS OFERENTES
a) Deberá dar cumplimiento a las obligaciones fiscales (Formulario A-404 aprobado por la Resolución Normativa 50/2011 (artículo 37, Ley N° 11.904), de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.
b) Los oferentes deberán cumplimentar las exigencias previstas por la Ley N° 13.074 y Decreto N° 340/04 en forma previa al dictado del acto administrativo de adjudicación por parte de la autoridad competente. (Certificado de Libre de Deuda Registrada)
c) En el caso de Oferentes bajo alguna de las figuras sociales reguladas por la Ley Nº 19.550, deberán tener un plazo de duración que sea superior al vencimiento de las obligaciones contractuales emergentes del presente llamado.
d) En el caso de Sociedades Extranjeras, las mismas deberán estar inscriptas en la Inspección General de Justicia de la Nación u organismo provincial análogo, lo cual deberá ser fehacientemente acreditado. En el caso de resultar adjudicatarias, deberán inscribirse en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires.
e) Cumplan, cuando se trate de Uniones Transitorias de Empresas (UTE) no constituidas, con las exigencias que seguidamente se detallan:
Las UTE interesadas en formular Oferta, deberán:
1. Satisfacer, en lo pertinente, los requisitos establecidos en los Artículos 377 y siguientes de la Ley 19550 y sus modificatorias.
2. Suscribir compromiso expreso
2.1. De responsabilidad principal, solidaria e ilimitada de todas y cada una de las empresas consorciadas durante el proceso de licitación, en orden al cumplimiento de todas las obligaciones del contrato, su responsabilidad patronal, su responsabilidad frente a terceros y todas las demás obligaciones y responsabilidades legales y contractuales emergentes.
2.2 De no introducir modificaciones en los estatutos de las empresas integrantes que importen una alteración de la responsabilidad frente del Comitente, sin la previa notificación fehaciente a éste y aceptación de su parte.
2.3. Que en caso de quiebra de cualquiera de los participantes o incapacidad o muerte de los empresarios individuales, no se producirá la extinción del contrato de unión transitoria, el que continuará con los restantes.
3. Si al momento de la apertura no se encontraren constituidas:
3.1 Al menos por parte de uno de los integrantes haber cumplido las exigencias establecidas en el Artículo 8 y 9 de las Condiciones Particulares.
3.2. Presentar un “Compromiso de Constitución de UTE”, el que deberá contemplar las exigencias señaladas en los Puntos 2.1, 2.2. y 2.3., según corresponda.
3.3. Inscribirse registralmente en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas o Inspección General de Justicia, según corresponda, y en el Registro de Proveedores y Licitadores del Estado, dentro de los quince (15) días corridos de haber quedado firme la Pre adjudicación y en forma previa a la adjudicación, bajo pena de tener por desistida la Oferta, con pérdida de la garantía.
ARTÍCULO 7º: PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Las ofertas se deberán confeccionar en idioma español, en caso de presentar documentación en otro idioma (folletos, autorizaciones, etc.) deberá ofrecer traducción de los mismo a su exclusivo costo y presentarse conforme el Artículo 10º xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales y Artículo 17º, apartado 4 del Decreto Nº 1300/16, Dirección de Compras, Contrataciones y Servicios Auxiliares, calle 00 Xx 0000 - Xxxxxx Xxxx - Xxxxxxxx Xxxxx - Xx Xxxxx hasta el día y hora fijada para la apertura de ofertas en la carátula de las presentes, en sobre común, con o sin membrete del oferente, o en cajas o paquetes si son voluminosas, perfectamente cerrados y por triplicado (Original y dos copias adicionales, de toda la documentación que forma la propuesta, certificadas por el oferente), debiendo contener en su frente o cubierta la indicación de:
* Organismo contratante y domicilio: Hospital Xxxxxxx
* Número de Expediente N° 2967-2194/18
* Procedimiento Abreviado 25/18
Las propuestas se presentarán preferentemente en cualquier forma impresa y cada hoja será firmada y foliada por el proponente o su representante legal.
Las enmiendas y raspaduras en partes esenciales de la oferta, deben ser debidamente salvadas
La presentación de ofertas implica el conocimiento y aceptación xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones, el sometimiento a todas sus disposiciones, a las de la Ley 13.981 y su Decreto Reglamentario Nº 1300/16.
ARTÍCULO 8º: CONTENIDO DE LAS OFERTAS
La propuesta deberá contener:
8.1. La indicación de los domicilios: real, legal que se fije en la Provincia de Buenos Aires y electrónico del oferente.
8.2. El número de inscripción en el Registro de Proveedores y Licitadores o la constancia de haber iniciado el trámite.
8.3. La oferta económica, la que debe especificar el precio unitario, el total por renglón y el total general, expresándose este último también en letras. Se debe consignar el precio neto, es decir con sus descuentos e incluyendo impuestos.
8.4. Si se trata de productos de producción nacional o extranjera; si no se indica resulta inaplicable todo beneficio relativo al origen del bien.
8.5. Si el producto tiene envase especial, si el precio cotizado lo incluye o si debe devolverse y en qué plazo; en este último caso, el flete y acarreo corre por cuenta del adjudicatario.
8.6. Si se adquieren elementos a instalar y recibir en funcionamiento, el oferente debe consignar los plazos para dar cumplimiento a estas obligaciones, si el pliego no los contempla.
ARTÍCULO 9º: DOCUMENTACIÓN A INTEGRAR EN LA OFERTA
A cada oferta se acompañará:
9.1. El documento de garantía, cuando corresponda,
9.2. Descripción del objeto o servicio ofertado y el catálogo en su caso;
9.3. El recibo de la muestra cuando se la presente por separado;
9.4. El comprobante del pago xxx xxxxxx, cuando así esté previsto;
9.5. La documentación que acredite los extremos legales, cuando se pretenda la aplicación de las preferencias previstas en el Artículo 22º de la Ley 13.981 y su decreto reglamentario Nº 1300/16;
9.6. El Certificado Fiscal para contratar emitido por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
9.7. Estatutos Sociales y sus modificaciones y Actas de designación de autoridades en vigencia.
9.8. Copia certificada del poder vigente a la fecha de apertura, cuando la representación legal del firmante de la Oferta no surja de la documentación social o no se encuentre como persona autorizada en el Registro de Proveedores y Licitadores del Estado.-
9.9. Último balance con dictamen de Contador Público certificado por el Consejo Profesional respectivo.
9.10. Dictamen Certificado por Contador Público, que exhiba los siguientes ratios:
9.10.1 Promedio de ventas de los últimos dos (2) años.
9.10.2 Índices de situación financiera del último año, a saber:
Índice de Liquidez: Relación entre el Activo Corriente y el Pasivo Corriente demostrativa de su liquidez: Activo Corriente / Pasivo Corriente= > 1
Endeudamiento: Relación entre la Deuda Total y el Activo Total demostrativa de un endeudamiento que permita el cumplimiento del contrato Deuda Total / Activo Total = <1
9.11. La documentación requerida en el Pliego de Bases y Condiciones Generales
9.12 CONSTANCIA DE VISITA AL ESTABLECIMIENTO: certificada por el Director del hospital o alternativamente el Administrador del mismo; La visita a la dependencia se podrá realizar hasta el último día hábil anterior a la apertura de ofertas. El Director del hospital o el Administrador acompañará y asesorará a los interesados en la realización de la visita. Por lo tanto, la presentación de la oferta llevará implícito el total conocimiento de las condiciones en las que se desarrollarán las tareas que se le contraten.
Los oferentes que se encuentren prestando servicio en los Hospitales por los que presenten propuestas podrán dar por cumplimentado este requisito a través de la presentación, junto con la oferta, de una Declaración Jurada en la que manifiesten conocerlas instalaciones del establecimiento asistencial, la cual deberá ser firmada por el representante legal de la empresa.-
9.13. Acreditación de antecedentes de servicio de operación y mantenimiento en instituciones de similar envergadura y presentación de copia certificada de la totalidad de los contratos de prestación de servicios, actualmente vigentes, o de la norma legal por la que se formalizó.
9.14. Mención fehaciente de su experiencia con servicios similares.
9.15. Referencias Comerciales.
9.16.. Certificado sobre el desempeño en Contratos de Servicios de similares características al que se solicita, preferentemente por Organismos del Estado Nacional, Provincial y/o entidades privadas de significativa envergadura y de conocido prestigio en plaza, extendida por el Director, Administrador o autoridad con facultad suficiente para ello, como prueba de idoneidad y capacidad técnica.
9.17. Propuesta Técnica, de acuerdo a las características del servicio que se pretende contratar. El oferente deberá indicar en la propuesta el plan de trabajo de acuerdo a las Especificaciones Técnicas. Dicha Presentación de la oferta será analizada por el Departamento de Recursos Físicos
9.18 Detalle del equipamiento que incorporaran al Servicio.
ARTÍCULO 10º: APERTURA DE OFERTAS
En el lugar, día y hora fijados para realizar el acto, se procederá a abrir las propuestas en presencia de las autoridades de la repartición contratante y de todos aquellos que deseen presenciarlo.
El acta se firma por los funcionarios intervinientes y por los asistentes que deseen hacerlo y se incorpora al expediente.
Los originales de las ofertas foliados se agregaran al expediente.
Los duplicados quedan reservados en el organismo licitante y están a disposición de los interesados que deseen examinarlos, pudiendo tomarse notas, fotografías y fotocopias.
Ninguna oferta puede ser desestimada en el acta de apertura. Las observaciones e impugnaciones se analizarán posteriormente.
ARTÍCULO 11º: SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS – RECHAZO
En todos los casos serán subsanables:
la insuficiencia de la garantía de mantenimiento de oferta de hasta un diez por ciento (10%)
Las omisiones insustanciales, debiendo la Comisión de Preadjudicación requerir a los oferentes, las aclaraciones que sean necesarias a fin de subsanar deficiencias, siempre que ello no contravenga los principios generales establecidos en el artículo 3º de la Ley.
En ningún supuesto será subsanable:
la omisión de presentar la cotización debidamente formulada y suscripta
la falta de presentación de la garantía de mantenimiento de oferta.
Lo requerido en el Articulo N° 9 punto 12
ARTÍCULO 12º: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Para el examen de las propuestas presentadas se confeccionará un cuadro comparativo de precios. Cuando la cotización se efectúe en moneda extranjera, a los efectos de la comparación de precios, se convertirá en base al tipo de cambio vendedor, vigente en el Banco de la Nación Argentina al día anterior al de la apertura de sobres.
12.1. COMISIÓN ASESORA DE PREADJUDICACIÓN
La evaluación de las ofertas estará a cargo de la Comisión de Preadjudicación, cuya integración es determinada por el funcionario competente para emitir el acto administrativo de autorización del llamado. La misma estará integrada por tres (3) miembros como mínimo.
El dictamen de la Comisión de Preadjudicación incluirá el examen de cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley, su decreto reglamentario y los respectivos pliegos, la aptitud de los oferentes para contratar, la evaluación de las ofertas y la recomendación sobre la resolución a adoptar para concluir el procedimiento.
La Preadjudicación puede hacerse por el total licitado o por renglón.
La Comisión deberá intimar al oferente, bajo apercibimiento de desestimar la oferta, a subsanar deficiencias insustanciales de su oferta, dentro del término que se fije en la intimación, dejando constancia en las actuaciones de las solicitudes, respuestas y/o documentación recibida.
12.2. EMPATE DE OFERTAS
En caso de paridad de ofertas, la preadjudicación corresponde a la propuesta que ofrezca mayor cantidad de elementos de origen nacional. De subsistir el empate, se solicitará a los proponentes que, por escrito y dentro de los tres (3) días, formulen una mejora de precios. Las nuevas propuestas que se presenten son abiertas en el lugar, día y hora establecidos en el requerimiento, labrándose el Acta pertinente. El silencio del oferente invitado a desempatar se entiende como mantenimiento de la propuesta sin modificación.
De mantenerse el empate, se analizará la posibilidad de adjudicar en base a otras ventajas como: mayor cantidad de criterios sustentables incorporados a la oferta, mayor cantidad de elementos de mejor calidad o características diferenciales similares.
Si ninguno de estos criterios resultara de aplicación, la Comisión de Preadjudicación procederá al sorteo público de las ofertas empatadas. Para ello debe fijarse día, hora y lugar del sorteo público y notificarse a los oferentes llamados a desempatar.
Si el importe de los renglones igualados no exceden de 5 UC, se procederá directamente a preadjudicar por el sorteo previsto en el párrafo anterior.
12.3. MEJORA DE OFERTA
Cuando se considere que el precio de la mejor oferta presentada resulta excesivo con relación al monto estimado de la contratación, podrá solicitarse una mejora a los fines de conseguir la oferta más conveniente a los intereses fiscales. Ante la negativa a mejorar el precio, la Comisión de Preadjudicación aconsejará proseguir con la preadjudicación o declarar la inconveniencia de todas las propuestas, exponiendo los fundamentos de su dictamen.
ARTÍCULO 13º: NOTIFICACIÓN DE LA PREADJUDICACIÓN
El dictamen de preadjudicación se notifica a los oferentes haciéndose saber el derecho a tomar vista de las actuaciones y a formular impugnaciones dentro del plazo de tres (3) días hábiles desde la notificación.
Cumplido ese plazo, la autoridad contratante dictará el acto administrativo de adjudicación. Si se han formulado impugnaciones, éstas son resueltas en el mismo acto, previa vista y nuevo dictamen de la Comisión de Preadjudicación, el que no se sustancia.
ARTÍCULO 14º: ADJUDICACIÓN
La adjudicación se realizará conforme lo establecido en el Artículo 22º xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios, aprobado por Resolución Nº 711 de la Contaduría General de la Provincia.
ARTÍCULO 15º: LUGAR, FORMA Y PLAZO DE ENTREGA
El/los adjudicatario/s deberá/n realizar la prestación del servicio solicitado en el Hospital:
I.E. Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, sito en xxxxx Xxxxxxxxxx 0000 Temperley-Xxxxx xx Xxxxxx
La Duración del contrato será por un plazo de un (1) mes a partir del 1° de diciembre o fecha posterior aproximada, con opción a una prórroga de un (1) mes. El Hospital se reserva el derecho de no optar por la prórroga, sin que el adjudicatario tenga derecho a presentar reclamo alguno.
ARTÍCULO 16º: GARANTÍAS
Las ofertas y adjudicaciones menores a 100.000 UC ($ 3.000.000) y mayores a 10.000 UC ($ 300.000) no requieren garantía de mantenimiento de oferta, pero sí de cumplimiento de contrato.
Las ofertas y adjudicaciones menores a 10.000 UC ($ 300.000) no requieren garantías.
Deberán constituirse garantías de mantenimiento de oferta y de cumplimiento del Contrato conforme el Artículo 19º xxx Xxxxxx de bases y condiciones generales aprobado por Resolución Nº 711/16 de la Contaduría General de la Provincia.
Garantía de mantenimiento de oferta: debe ser del cinco por ciento (5 %) del valor total del monto cotizado. La no presentación de esta garantía conjuntamente con la oferta dará lugar a la inadmisibilidad de la oferta. En caso de resultar adjudicada, esta garantía se mantendrá vigente hasta la constitución de la de cumplimiento del contrato.
Garantía de cumplimiento del contrato: será igual o superior al diez por ciento (10%) del monto total adjudicado y deberá acreditarse su presentación ante la Dirección de Compras, Contrataciones y Servicios Auxiliares, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación. Si el adjudicatario no integra la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido, se lo intimará en forma fehaciente. Vencido el plazo sin que se haya cumplido, se revocará la adjudicación y se aplicarán en el mismo acto las penalidades pertinentes.
Contra garantía: Cuando el pliego de condiciones particulares prevea la posibilidad de percibir anticipo financiero, deberá previamente constituirse garantía por el cien por ciento (100%) del monto que se reciba en esa calidad.
De impugnación al Pliego de Condiciones Particulares será del 3%
De impugnación a la preselección/precalificación para el caso de licitaciones de etapa múltiple será del 3%
De impugnación a la preadjudicación de las ofertas: será del 2% del monto de la oferta del renglón o los renglones impugnados. En caso de no aconsejar la Comisión de Preadjudicación la aceptación de ninguna oferta, el importe de la garantía de impugnación será del 2% sobre la base del monto ofertado por el impugnante por el renglón o renglones cuestionados.
ARTÍCULO 17º: FORMAS DE CONSTITUCIÓN DE LAS GARANTÍAS
Las garantías deben constituirse de la siguiente forma:
En efectivo, mediante depósito bancario.
Mediante aval bancario u otra fianza a satisfacción del organismo contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, principal pagador, en los términos del artículo 1.591 del Código Civil y Comercial.
Mediante seguro de caución a través de pólizas emitidas por compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del organismo contratante.
Mediante Títulos públicos emitidos por la Provincia de Buenos Aires, que deben ser depositados en el Banco de la Provincia de Buenos Aires a la orden del organismo contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se debe calcular tomando la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía, lo que debe ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito. En caso de liquidación de los valores a que se refiere este inciso, se formulará el cargo por los gastos que ello ocasione. El eventual excedente queda sujeto a las disposiciones que rigen para la devolución de garantías. Los intereses de los títulos pertenecen al propietario y no acrecentarán la garantía.
Afectación de créditos que el oferente o adjudicatario tenga liquidados, firmes y a disposición para su cobro en organismos de la Administración de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 18º: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Los contratos quedarán perfeccionados con la notificación de la orden de compra o de instrumento que lo sustituya.
ARTÍCULO 19º: MODIFICACIONES AL CONTRATO
El contrato podrá ser aumentado/disminuido hasta un 100%, conforme los lineamientos establecidos en el Art. 26º xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios, aprobado por Resolución Nº 711/16 de la Contaduría General de la Provincia.
El Contrato no podrá ser transferido ni cedido total o parcialmente por el Adjudicatario, sin previa autorización de la autoridad que aprobó la Adjudicación. En caso de transferencia del contrato sin conocimiento de la autoridad competente, la firma adjudicataria estará sujeta a la perdida de la garantía sin perjuicio de las demás acciones a que hubiere lugar.
ARTÍCULO 20º: PENALIDADES Y SANCIONES
20.1. RESCISIÓN
Independientemente de las sanciones pecuniarias por incumplimiento serán causales de rescisión del contrato, con la sola comprobación de hecho, y aún sin que medie intimación previa con todas las consecuencias y responsabilidades que prevé la reglamentación vigente, cuando:
a) los descuentos a aplicar por observaciones en un mes superen el 50% del precio mensual del contrato.
b) los descuentos acumulados por observaciones superen el 100% de la facturación de un mes durante el transcurso del período de la contratación.
20.2. PENALIDADES PRE-CONTRACTUALES Y CONTRACTUALES
El incumplimiento de las obligaciones contraídas por los proponentes, preadjudicatarios o adjudicatarios, dará lugar a la aplicación de las penalidades que a continuación se indican:
20.2.1. Oferentes: Por desistimiento parcial o total de la oferta fuera de los casos en que se encuentra permitido: pérdida proporcional de la garantía y pago de la diferencia de precio entre su propuesta y las que resulten adjudicadas en la misma contratación.
20.2.2. Preadjudicatarios: Por desistimiento parcial o total de la oferta fuera de los casos en que se encuentra permitido: pérdida proporcional o total de la garantía y pago de la diferencia de precio entre su propuesta y las que resulten adjudicadas en la misma contratación o en la nueva contratación a realizar con un tercero. En este último supuesto, la diferencia de precios se calcula actualizando la oferta incorrectamente desistida hasta la fecha de la nueva cotización, mediante la fórmula de ajuste que se encuentre prevista.
20.2.3. Adjudicatarios:
a) Por NO INICIAR EL SERVICIO en la fecha comunicada fehacientemente y/o por NO MANTENER LA CONTINUIDAD DEL SERVICIO, cualquiera fuera la causa, el DIEZ POR CIENTO (10 %) de la facturación mensual por cada día de interrupción; en caso de que la interrupción del servicio continúe tres días consecutivos o cinco alternados dentro de un mismo mes, la sanción será la inmediata rescisión del contrato.
b) Sanciones por incumplimiento del servicio
Cuando se dejare de cumplir debidamente con el servicio, o no resultare satisfactorio a juicio de las autoridades, se anotaran en el libro de órdenes, constando los trabajos realizados y tiempo que demanden, y se descontara el incumplimiento de la siguiente manera:
PRIMERA FALTA U OBSERVACION: el equivalente al diez por ciento (10 %) del importe de la facturación correspondiente al mes de presentación.
SEGUNDA FALTA U OBSERVACION: el equivalente al veinte por ciento (20 %) del importe de la facturación correspondiente al mes de presentación.
TERCERA FALTA U OBSERVACION: el equivalente a cincuenta por ciento (50 %) del importe de la facturación correspondiente al mes de presentación.
Se consideran infracciones todas aquellas situaciones que se notifiquen en el libro de órdenes de servicio y que representen incumplimiento del contrato, como así también las ausencias del personal de la adjudicataria que no sean cubiertas.
c) El incumplimiento a concurrir a las LLAMADAS DE URGENCIA o a cualquier requerimiento formulado en esos términos, por parte del REPRESENTANTE o SUPERVISOR dará lugar a la aplicación de las sanciones establecidas en el punto a), labrándose acta al respecto, aún sin la presencia de representante alguno de la adjudicataria. La REITERACIÓN de este incumplimiento por tres veces en un mes, puede ser motivo de rescisión del contrato, al solo criterio de las autoridades del Ministerio de Salud.
d) El incumplimiento del uso de uniforme por parte del personal, será sancionado con el uno (1%) por ciento de la facturación, por cada día de demora en solucionar tal situación, y por cada persona involucrada, además de los descuentos que correspondan por ser considerada ausente.
e) Cuando se comprobare la ausencia del personal dentro de los horarios establecidos conforme la dotación, por cada una de dichas ausencias se descontara a la Adjudicataria el equivalente a dos (2) xxxxxxxx xxx xxxxxxx del convenio del sindicato de la construcción, vigente a la fecha de producida, ello sin perjuicio de que la empresa deba prestar integral cumplimiento del mantenimiento.
f) Por no presentar la documentación a que esté obligada, dentro de las 24 horas de requerida, el veinte por ciento (20 %) de la facturación diaria, por cada día xx xxxx en cumplimentar el pedido.
g) Por negarse a NOTIFICARSE de las irregularidades en el LIBRO DE ÓRDENES, el DIEZ POR CIENTO (10 %) de la facturación del día.
Los descuentos de los porcentajes establecidos para las penalidades mencionadas se aplicarán sobre el importe total de la facturación mensual correspondiente al mes en que se registren los incumplimientos o en su defecto de las facturas subsiguientes.
h) Por no presentar la garantía de cumplimiento del contrato en los términos de la Ley: pérdida proporcional o total de la garantía de oferta y pago de la diferencia de precio por la ejecución del contrato con un tercero, la que se calcula actualizando la oferta incumplida a la fecha de la nueva cotización, mediante la fórmula de ajuste que se encuentre prevista. La nueva contratación se gestiona sin aguardar la firmeza del acto que resuelva el contrato primitivo, en la forma prevista en la reglamentación del artículo 18º, inciso b) del Anexo I del Decreto 1300/16.
i) Por transferencia del contrato sin conocimiento de la autoridad competente: pérdida de la garantía sin perjuicios de las demás acciones a que hubiere lugar.
Las penalidades se aplicarán sobre valores ajustados conforme con lo previsto en el contrato y sin perjuicio de la rescisión, cuando corresponda.
El Ministerio se reserva el derecho de debitar los montos correspondientes a sanciones pecuniarias aprobadas por la Dirección y registradas en el Libro de Ordenes y que, por cualquier causa, no se aplicaron en su oportunidad.
20.3. CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y CASOS FORTUITOS
Las sanciones no serán de aplicación cuando el incumplimiento de la obligación obedezca a casos fortuitos o de fuerza mayor debidamente comprobados y aceptados como tales por el Ministerio de Salud. Tales circunstancias extraordinarias deberán ser notificadas fehacientemente dentro de los 10 días hábiles de producidas. Si el vencimiento de la obligación fuera inferior a dicho plazo, la comunicación deberá efectuarse antes de las 24 horas de dicho vencimiento. Es obligación de la prestataria encarar una solución dentro de las 48 horas siguientes a la notificación.
La documentación probatoria de los hechos que se aleguen, deberá presentarse dentro de los 10 días hábiles a partir de la fecha en que se puso en conocimiento la causa del hecho fortuito o causa mayor.
Sin embargo, tales situaciones extraordinarias no implicaran el derecho a facturar los días de falta de servicio.
20.4. APLICACIÓN DE SANCIONES PECUNIARIAS Y DE RESCISION:
Las sanciones serán registradas en el Libro de Órdenes; sin embargo, las SANCIONES PECUNIARIAS no se aplicarán sin la aprobación expresa del Director del Hospital, a cuyo objeto deberá verificar por sí o por el Administrador, la ocurrencia de la falta de cumplimiento o del hecho que provoque la sanción. Tal pena será notificada por nota adjunta al expediente de remisión de la factura y efectivizada por el responsable del pago de la misma.
Toda sanción, o acumulación de las mismas, que sea punible con la rescisión del contrato, que deberá ser notificada por el director de la Dependencia al Director Provincial de Hospitales; que emitirá disposición que indicará la fecha de cesación y sus causas, copia de la misma será remitida a la Contaduría General de la Provincia, a los efectos establecidos en el Reglamento de Contrataciones.
ARTÍCULO 21º: REGIMEN DE SANCIONES DEL REGISTRO DE PROVEEDORES Y LICITADORES
a) Será pasible de la sanción de apercibimiento:
1- El proveedor que retire su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento.
2- El oferente a quien se le desestime la oferta por no subsanar una deficiencia luego de haber sido intimado para ello.
3- El adjudicatario que efectúe entregas fuera de término en forma reiterada, entendiéndose por reiteradas cuando fueran más de cuatro dentro del período de un año, cualquiera sea la repartición adquirente.
4- El adjudicatario que transfiera el contrato sin autorización de la autoridad competente.
5- La comisión de incorrecciones que no lleguen a constituir hechos dolosos y no tengan prevista una sanción registral más grave.
b) Será pasible de la sanción de suspensión para contratar no mayor a tres (3) meses, el proveedor que habiendo sido pasible de dos (2) apercibimientos firmes, incurra en alguno de los incumplimientos del inciso a) dentro del año inmediato siguiente a contar desde la aplicación del apercibimiento más antiguo.
c) Será pasible de la sanción de suspensión para contratar por un plazo de entre tres (3) meses a un (1) año:
1- El proveedor a quien se le rescinda totalmente un contrato por causas que le fueren imputables, cuando el monto de dicho contrato no supere la suma de hasta 250.000 UC.
2- El oferente, adjudicatario o contratante que, intimado para que deposite en la cuenta de la jurisdicción o entidad contratante el valor de la penalidad aplicada, no hubiese efectuado el pago en el plazo fijado al efecto.
d) Será pasible de la sanción de suspensión para contratar por un plazo de entre uno (1) y hasta dos (2) años:
1- El proveedor a quien se le rescinda totalmente un contrato por causas que le fueran imputables, cuando el monto de dicho contrato supera la suma de 250.000 UC.
2- Cuando se constate que el oferente, adjudicatario o contratante haya presentado documentación o información falsa o adulterada o incurra en otras conductas dolosas en perjuicio de la administración no previstas en otra parte.
e) Será pasible de la eliminación del Registro como sanción, el proveedor al que corresponda aplicarle una tercera sanción de suspensión en el lapso de cinco (5) años a contar desde la firmeza de la primera y hasta el momento de dictarse el acto administrativo sancionatorio por el que correspondería la aplicación de la tercera; en estos casos, la tercera suspensión será convertida en eliminación del Registro.
La Contaduría General de la Provincia, por sí o por comunicación de las autoridades administrativas o dependencia que haga sus veces, al tomar conocimiento de los hechos que puedan dar lugar a las sanciones previstas en este artículo, encuadrará la conducta del proveedor en base a tales previsiones y le dará vista para que formule el descargo a que se considere con derecho, en el término xx xxxx (10) días hábiles. Si se ofrecen pruebas, las declaradas admisibles serán proveídas fijándose el plazo de su producción. Una vez formulado el descargo o vencido el término para hacerlo, producidas las pruebas ofrecidas o vencido el término para hacerlo, seguirán las actuaciones a dictamen del Asesor General de Gobierno y vista del Fiscal de Estado. Cumplido, la Contaduría General de la Provincia dictará resolución aplicando la sanción o absolviendo del cargo formulado.
ARTÍCULO 22º: DEPENDENCIA RESPONSABLE DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL
Cada Hospital será responsable de actuar como contraparte de la relación contractual y tendrá a su cargo la verificación del cumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones que el Pliego de Bases y Condiciones establece.
ARTÍCULO 23º: PAGO
El contratante cancelará sus obligaciones conforme las disposiciones establecidas en los apartados 2), 3) y 4) del punto III, del artículo 23 del Anexo I del Decreto N° 1.300/16.
Las facturas, por triplicado, deberán presentarse acompañadas de los remitos respectivos, en la Mesa General de Entradas del Comitente y deben cumplir con las exigencias previstas en la normativa fiscal, tanto Nacional como Provincial.
COMPRAS.
Anexo III
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
OBJETIVOS DEL SERVICIO
La Empresa asume la responsabilidad técnica del mantenimiento de las instalaciones del Hospital, realizando todas las acciones necesarias para garantizar los siguientes objetivos:
Conservar las instalaciones en perfecto estado de uso, funcionamiento y aspecto.
Asegurar la conducción de las instalaciones.
Realizar el mantenimiento correctivo de las instalaciones.
Realizar el mantenimiento programado de las instalaciones.
Asegurar el cumplimiento de la normativa de las instalaciones.
Controlar los consumos de energía, agua, etc. del Hospital, e informar de las situaciones referentes a su correcto uso y conservación y si es necesario asesorar y proponer medidas a adoptar para una eficiente utilización de los recursos.
El servicio se prestará conforme a:
a) La presente oferta.
Las reglamentaciones, normas, leyes y códigos, nacionales, provinciales y municipales que sean de aplicación a las actividades sujetas a la presente oferta.
OPERACIÓN DE LAS INSTALACIONES.
Entendemos por conducción de las instalaciones la operativa diaria de todas aquellas operaciones de control, comprobación, verificación y ajuste, necesarias para que las instalaciones proporcionen en todo momento las prestaciones de servicio sin interrupciones ni incidencias.
Las operaciones de conducción de las instalaciones a realizar serán las siguientes:
Puesta en marcha y parada de las instalaciones.
Supervisión y control del correcto funcionamiento de las instalaciones.
Comprobación y lectura diaria de los elementos de contaje y medida de los suministros energéticos, gases medicinales y de agua. Análisis comparativo de las lecturas para la detección de desviaciones o anomalías.
Programa anual de limpieza de equipos, para poder mantenerlos en todo momento en condiciones óptimas de limpieza industrial.
Mantenimiento de un archivo de documentación de la conducción de las instalaciones en el que se incluirá y detallarán las medidas efectuadas, observaciones, paradas etc...
La operación de las instalaciones y sistemas se efectuara de acuerdo a los manuales de operación facilitados por los instaladores y fabricantes. En caso de que estos no existan, la Empresa Contratista los confeccionará juntamente con la Gerencia de Operaciones y Tecnología del Hospital.
2.1 Gestión de Consumos Energéticos.
Dentro de las prestaciones del servicio se incluye la gestión y el análisis de los consumos del Hospital. Se controlarán los parámetros relativos a los consumos eléctricos, combustibles líquidos y gaseosos, de agua, y de gases medicinales, para detectar y corregir utilizaciones poco eficientes o malos usos, o si cabe proponer mejoras, con el objetivo de reducir los costos de explotación del Hospital. La información referente a la gestión de consumos y su análisis se recogerá en los informes mensuales y anuales.
Se realizará el control y seguimiento de la facturación energética y el estudio de nuevas fórmulas de contratación para adaptar los consumos del Hospital a las tarifas más favorables.
2.2 Mantenimiento correctivo
Entendemos como mantenimiento correctivo todas aquellas intervenciones no sistemáticas originadas por la detección de averías o anomalías, la interrupción del servicio, el funcionamiento fuera de los parámetros normales de servicio, y el funcionamiento en condiciones que puedan generar daños para el propio equipo o perjuicios en las instalaciones propias del Hospital así como la seguridad e integridad física del personal propio y los usuarios.
Se consideraran dos niveles de intervención:
a) URGENTES.
Precisarán de una respuesta Inmediata aquellas averías que supongan peligro para personas o que puedan generar daños al propio equipo o perjuicios en las instalaciones del Establecimiento.
La Empresa Contratista se hará cargo de las averías urgentes aún se trate de elementos o equipos no incluidos en el contrato, en primera intervención, para poder garantizar en todo momento la continuidad del servicio, aplicando los conocimientos técnicos que disponga el personal xx xxxxxxx y sin transgredir las competencias legales establecidas.
b) ORDINARIAS.
Las reparaciones correspondientes a avisos de averías ordinarias serán realizadas en un plazo inferior a 24 Hs. En cualquier caso, cuando el plazo sea superior a este tiempo, se informará al encargado de la gestión del Establecimiento explicando el motivo del retraso.
2.3 Mantenimiento edilicio.
El mantenimiento incluirá todos los trabajos de las diferentes especialidades destinados a reparar las averías y los desperfectos causados por el uso, en las terminales de consumo de las instalaciones, en el mobiliario y en el equipamiento de las diferentes dependencias del Hospital, y en aquellas zonas comunes que sean significativas para la imagen del Establecimiento.
Se establecerá un equipo de trabajo que diariamente reconocerá las plantas de hospitalización, pasillos y zonas comunes para detectar y resolver todas las incidencias y averías.
La filosofía de este servicio será la de ir a buscar la avería para resolver de manera inmediata todas las incidencias.
Para garantizar en todo momento una buena conservación se establecerá un programa de inspección “Check-List” escrito, que será una forma de verificar el estado de conservación y las necesidades de intervención. La frecuencia de las inspecciones se adaptará a los resultados de las mismas.
2.4 Mantenimiento programado.
2.4.1 Mantenimiento Preventivo
El mantenimiento preventivo comprende todas aquellas actuaciones sistemáticas necesarias para mantener las instalaciones y el equipamiento objetos del contrato en óptimas condiciones de trabajo con el objetivo de prolongar su vida útil y mantener su rendimiento a niveles similares a los de proyecto o diseño.
Semanalmente se emitirán las órdenes de trabajo de acuerdo al plan de mantenimiento preventivo, establecido en función de las cargas de trabajo, adjuntando las fichas de revisión correspondientes. Todas las operaciones realizadas serán posteriormente introducidas en el programa de gestión del mantenimiento, para realizar el seguimiento de la actividad.
Durante la fase de recepción de las instalaciones la Empresa, en el caso de ser adjudicataria, confeccionará y entregará el plan anual de mantenimiento programado, confeccionado de acuerdo a lo estipulado en el punto 4 de las especificaciones técnicas básicas.
2.4.2 Mantenimiento normativo
El mantenimiento normativo tiene el objetivo de llevar a cabo todas las operaciones de mantenimiento y de inspección, con las frecuencias establecidas por la normativa legal vigente.
En el plan anual de mantenimiento normativo se incluyen las instalaciones de:
a) Calderas
b) Recipientes a presión
c) Limpieza de tanques de agua
d) Recarga de matafuegos
e) Red de detección y extinción de incendios
f) Toda aquella instalación y/o equipamiento que se encuentre reglamentado y no se haya especificado.
Adicionalmente, se transpondrá la normativa aplicable en nuestro país para las siguientes instalaciones:
a) Electricidad, alta y baja tensión,
b) Máquinas frigoríficas,
c) Quemadores y chimeneas,
d) Red de distribución de combustibles líquidos y gaseosos,
e) Sistemas de protección contra descargas atmosféricas,
f) Sistemas de emergencia eléctrica.
El Servicio de Mantenimiento hará la programación y el seguimiento de todas las revisiones e inspecciones que lleven a cabo las distintas entidades a tal efecto competentes (Entidades de Inspección y Control Reglamentario, Instaladores autorizados, etc.).
3. Gestión de materiales del contrato:
3.1. Catálogo
Se establecerá un catálogo de materiales partiendo de:
a) inventario de instalaciones, máquinas, equipos y edificaciones,
b) instrucciones de mantenimiento de los fabricantes,
c) gamas de mantenimiento preventivo y legal,
d) históricos de consumos del Hospital.
Los datos del catálogo serán:
a) datos identificativos del bien del inventario objeto del mantenimiento,
b) código,
c) referencia,
d) descripción,
e) fabricante,
f) distribuidor,
g) almacén,
h) ubicación,
i) stock mínimo,
j) punto de pedido.
Se utilizará el sistema de codificación del Hospital.
Los materiales serán idénticos en marca y modelo a los instalados, para modificar alguna de estas características, se solicitará autorización al Establecimiento.
3.2. Almacén
Se establecerá un stock de materiales de acuerdo con la Dirección Técnica del Hospital, con el objetivo de disponer de material en cantidad suficiente para:
a) el desarrollo de los trabajos de mantenimiento con normalidad,
b) que los equipos tengan la funcionalidad exigida,
c) la reparación de los equipos y su puesta a punto,
realizar el correcto sostenimiento y conservación del edificio.
Emergencias.
El stock se fijara en base a los siguientes parámetros:
a) Consumo medio,
b) Tiempo de entrega por el distribuidor desde la fecha de pedido,
c) Frecuencia de pedido,
d) Efecto en la disponibilidad de los equipos,
e) Mantenimientos programados.
La gestión xxx xxxxxxx, se realizara por personal adecuadamente formado. El horario de apertura de los almacenes y el sistema de acceso fuera del horario, permitirá siempre disponer de los materiales necesarios para la prestación del servicio.
3.3. Compras.
Las compras de materiales se realizaran conforme al procedimiento de calidad.
El sistema de compra será de reposición automática para los materiales almacenables y pedido directo para los no almacenables. Para estos últimos se realizara una gestión directa de su entrega.
3.4. Informes Sobre Consumos.
Mensualmente se informará al Hospital sobre:
a) Consumos de materiales.
b) Niveles de stock.
c) Valoración xxx xxxxxxx.
d) Listado de proveedores.
3.5. Materiales provistos por la adjudicataria a cargo del hospital
En primer lugar, en función de las instalaciones del Hospital, se realizará un listado de elementos imprescindibles, repuestos e insumos críticos que puedan afectar a la calidad del servicio, los cuales deberán estar siempre disponibles en el almacén de mantenimiento. A continuación, se estudiará el número de unidades necesarias, así como el punto de pedido, el cual dependerá del plazo de entrega del proveedor seleccionado.
Los materiales se solicitarán sobre la base de necesidades concretas de una orden de trabajo o bien basándose en una solicitud de reposición del stock xxx xxxxxxx de mantenimiento. La recepción de dichos materiales se efectuará en el almacén de mantenimiento. En este momento se realizará la comprobación de la nota de entrega y de los materiales recibidos.
3.6 Materiales de mantenimiento
Todos los materiales a utilizar en las tareas propias de mantenimiento y todo el pequeño material de cualquier equipo o instalación están incluidos en el ámbito de esta oferta. Los materiales a proveer por la empresa mensualmente deberán ser del 15 % del valor mensual de la facturación. Serán de primera calidad y marca reconocida, nuevos, no reparados ni acondicionados, sin uso, pudiendo el Establecimiento exigir el cambio que crea conveniente a lo cual no podrá negarse la prestataria y solo podrán ser incorporados una vez aprobados por la inspección.
Algunos ejemplos de este material incluido son:
Aceites y grasas no específicos aplicables a operaciones de mantenimiento de tipo genérico.
Trapos, escobas, cepillos, pinceles, brochas, rodillos de pintar etc.
Brocas, hojas xx xxxxxx, tornillos, juntas, material de estopada (bombas y válvulas con cierres convencionales), electrodos, detergentes y productos para limpieza técnicas, pinturas para reparaciones, materiales de paleta para reparaciones y en principio cualquier material necesario para la prestación del servicio de mantenimiento propiamente dicho.
3.7. Materiales propios de equipos.
Son los que ocupando un lugar permanente en la instalación sea necesario sustituir por desgaste, rotura o incorrecto funcionamiento.
La Empresa se hará cargo de la adquisición y de la gestión de materiales necesarios para el mantenimiento preventivo y correctivo del Hospital. Con este objetivo, al inicio del contrato se realizará el inventario de los materiales de mantenimiento y propios de equipos y se entregará una copia del inventario valorado en el primer informe mensual.
Queda prohibida la reutilización de material descartado de instalaciones que pudieran desmontarse o modificarse. El material descartable, que a criterio de la inspección, deba ser trasladado o destruido, será retirado del Hospital por la empresa adjudicataria y a su cargo.
Además se establece la provisión de los insumos y/o repuestos originales a emplear en objeto del presente contrato, donde se contempla la provisión de lubricantes, bobinados de motores eléctricos, etc. Asimismo y previo al cambio de cada repuesto se deberá solicitar la intervención de la inspección a los efectos que este verifique la calidad del repuesto y reciba la unidad de recambio que quedará en propiedad del Hospital.
El Establecimiento proveerá a la prestataria un lugar seguro para guardar el material, sin que ello implique alguna responsabilidad para el organismo por el deterioro, pérdida, hurto o sustracción valor cualquiera fura su origen.
4. METODOLOGIA
4.1. Acta de ocupación.
El acta de ocupación consistirá en una descripción concisa del estado general del Establecimiento y de su estado en el momento de asumir el mantenimiento. Esta acta se basará en una evaluación del Hospital por lo que hace a obra civil, instalaciones y equipamiento, con la finalidad de determinar su estado de conservación y el grado de cumplimiento de las normativas vigentes, tanto constructivas como de mantenimiento.
Con los datos relevados y con los que el Hospital disponga se establecerá en conjunto las prioridades del mantenimiento correctivo y preventivo con un plan de trabajos que podrá ser aceptado o modificado por las autoridades del Hospital. Los planos y garantías existentes de equipos e instalaciones las proveerá el Hospital.
Dentro de los 15 días a partir de la adjudicación del servicio, se deberá presentar el plan de mantenimiento preventivo y correctivo. La propuesta final será recepcionada a la fecha indicada para su aprobación y se otorgara un plazo de 30 días más para realizar los ajustes indicados por la Dirección del hospital e implementar el sistema.
El plan deberá estar implementado a los 45 días de la toma del servicio, caso contrario la Dirección del hospital se reserva el derecho de rescindir la prestación.
4.2. Ámbito de la Evaluación
La evaluación se realizará siguiendo el patrón indicado al informe de evaluación de centros asistenciales. Este informe es una guía para realizar el trabajo de campo de esta evaluación, y establecerá:
la identificación del Establecimiento
Región y sector sanitario
Denominación
Dirección y teléfono
Responsable
los datos físicos
Superficie por planta construida
Año de construcción
el confort ambiental y la adecuación espacial
Acabados, carpintería, y cerrajería exteriores
Protecciones solares
Pavimentos y revestimientos interiores
Puertas interiores y falsos techos
Jardinería y adecuación funcional
la accesibilidad
Posibles barreras arquitectónicas (rampas, escaleras, ascensores, acceso a consultas, sanitarios adaptados, aparcamientos para vehículos de disminuidos).
el equipamiento
Mobiliario general, y clínico
Equipamiento médico
Señalización.
las patologías constructivas
Estructura
Estanqueidad de las terrazas
Cerramientos exteriores
Humedad.
las instalaciones
Protección contra incendios (detección, extinción y evacuación)
Electricidad (E.T., cuadros, líneas, grupos electrógenos, líneas normales y de emergencia, red de tierra, tarificación).
Protección contra radiaciones ionizantes
Saneamiento (conexión a red general, bajantes, sifones, aparatos sanitarios)
Instalación de gas (estación reductora, distribución y elementos emisores)
Agua caliente sanitaria (producción, acumulación, distribución y válvulas)
Red de agua fría y caliente (acometida, grupo de contaje, reserva, grupos de presión, tuberías)
Comunicaciones (voz y datos, telefonía, interfonía, megafonía)
4.3. Presentación del acta de ocupación
Una vez acabada la evaluación siguiendo el patrón del informe de evaluación, se emitirá el acta de ocupación mencionando todo lo que se haya observado en la evaluación, referente a todos y cada uno de los puntos mencionados.
4.4. Gestión de la actividad de mantenimiento.
La actividad de mantenimiento se basará en una organización gestionada con el apoyo del programa de Mantenimiento, desarrollado por cada Establecimiento.
Todos los trabajos de mantenimiento quedaran documentados en las denominadas “Ordenes de Trabajo” que servirán para capturar los datos de interés.
Periódicamente se informará a la Jefatura de Servicios Técnicos del Hospital sobre el desarrollo de las actividades de mantenimiento. La información referente a la actividad de mantenimiento, gestión energética, etc. y su análisis se recogerá en los informes entregados mensualmente al Hospital.
Durante el periodo de puesta en marcha se realizarán los siguientes manuales, todos ellos en soporte informático:
Elaboración de un inventario de máquinas.
Elaboración del programa de mantenimiento.
Elaboración de la documentación técnica de las instalaciones.
Toda esta información será actualizada y mantenida de manera inmediata.
4.5. Ordenes de trabajo
Todas las intervenciones del servicio, tanto programado como correctivo, se documentaran en una ORDEN DE TRABAJO. En este impreso, por triplicado, se recogerán los datos del solicitante del trabajo, los datos de la persona o empresa que ejecuta, el tiempo de trabajo y la aceptación de usuario, encargado y del propio operario. En este documento también se describe el trabajo solicitado y el trabajo realizado, material utilizado y observaciones pertinentes, asimismo se identificaran los códigos de máquina o equipo objeto del trabajo.
En la emisión de las mismas deberán asentarse los siguientes datos:
Nº correlativo
Fecha de emisión
Ubicación del área de trabajo, edificio, sistema, equipo
Persona que solicito el servicio
Tipo de orden de trabajo
Descripción del trabajo
Orden de prioridad
Autorización para la ejecución del trabajo por el jefe de mantenimiento y por la dirección ejecutiva y fecha de dichas autorizaciones
En la recepción deberá asentarse:
Recepcionante de la OT
Ejecutor de la OT
Descripción del trabajo realizado
Horas empleadas
Firma y aclaración dando conformidad por el recepcionante (responsable) del servicio
Firma y aclaración dando conformidad por el jefe de mantenimiento
Se denominará Libro de Servicios a la base de datos de las Órdenes de Trabajo ejecutadas. El Libro de Servicio se puede clasificar por:
a) Operario
b) Instalación
c) Servicio del Hospital
4.6. Atención de Pedidos y Reclamos
La Empresa Contratista implantará un Servicio Central de Atención de Pedidos y Reclamos, denominado Centro de Control. Este servicio estará situado en la sala central de control de instalaciones con una presencia ininterrumpida.
El Centro de Control recopilará los pedidos y reclamos y los procesará indicando la persona solicitante, y la fecha de solicitud. El sistema emitirá Órdenes de Trabajo conforme a los pedidos y reclamos. Las averías urgentes serán comunicadas inmediatamente a los encargados.
Las ordenes de trabajo, procedentes del mantenimiento programado y de los pedidos y reclamos, serán distribuidas por los encargados a los operarios en función de las prioridades e importancia de los sistemas y la carga de trabajo de los operarios. La asignación de prioridades se establecerá junto con la Gerencia de Operaciones y Técnica del establecimiento.
El sistema de comunicación de pedidos y reclamos será el correo interno o el telefónico.
A discreción del Hospital, la Empresa Contratista pondrá a disposición de los servicios que lo requieran un Libro de Mantenimiento diario, en el que el personal del servicio podrá anotar las necesidades de mantenimiento, indicando la persona solicitante, y la fecha de solicitud. En el mismo se registraran todas las actuaciones de mantenimiento correctivo realizadas por el servicio de mantenimiento en el servicio. Cada hoja del libro de mantenimiento estará enumerada, y registrada con números de orden de trabajo. En la primera hoja del libro figurara el protocolo de actuación en caso de avería urgente.
5. OTROS SERVICIOS
Asesoramiento: La Empresa Contratista prestará asesoría a la Gerencia de Operaciones y Tecnología del Hospital en:
a) Preparación de pliegos para la contratación de servicios que el Hospital contrate por su cuenta y relacionados con la actividad de mantenimiento en sentido amplio.
b) Información del estado de la totalidad de las instalaciones, a los efectos de prever su reposición y analizar el ciclo de vida de las mismas.
Asesoramiento técnico para la renovación, modificación y/o ampliación de las instalaciones.
6. INFORMACION A LA DIRECCION
La información será mediante partes diarios del encargado del servicio y a través de informes especiales del responsable del servicio. Estos informes serán:
Informe mensual.
Informe período contractual.
Cualquier otro informe a petición del Hospital o a criterio del responsable de servicio.
Las estructuras de estos informes serán fijas, aunque el Hospital podrá proponer las variantes que crea convenientes.
6.1. Información diaria.
El encargado de servicio dará cuenta verbalmente a diario de las incidencias más significativas.
Igualmente, mediante la orden de trabajo impresa se informará diariamente de todas las acciones, correctivas, preventivas, etc.
6.2. Informe mensual.
Dentro de los primeros 15 días del mes, la Empresa Contratista emitirá un informe técnico acerca de la actividad desarrollada en el mes anterior con indicación de averías, defectos o anomalías en las instalaciones, número de partes realizados (mantenimiento correctivo, preventivo, averías), horas empleadas (control de la actividad), así como información de control de servicio acerca de cualquier instalación o equipo considerado de interés.
6.3. Informe período contractual.
Durante el último mes del período del contrato, la Contratista emitirá un informe resumen de la actividad realizada durante el período cubierto por la orden de compra; desglosada por meses.
7. CALIDAD
7.1 Sistema de Calidad
La Empresa Contratista ejecutará el servicio conforme al Sistema de Calidad estructurado según la norma ISO, cuyo principal objetivo es identificar y satisfacer las necesidades y expectativas de la Contratista.
El Sistema de Calidad se basa en:
a) El compromiso de respetar las especificaciones técnicas y comerciales pactadas con el Establecimiento.
b) Estructura organizativa y documental definida.
c) Sistema de realimentación de información que permita la mejora continua del sistema.
d) Sistema de control para procedimiento crítico: ejecución del servicio de mantenimiento, información al cliente, compras, formación, calibraciones, etc.
7.2. Indicadores de Calidad
Se establecen los siguientes indicadores de Calidad:
a) Tiempo de respuesta en averías:
- Urgencia: Inmediata.
- Ordinaria: 2 horas.
b) Ordenes de Trabajo Pendiente (7%)
c) Cumplimiento de Mantenimiento Preventivo en plazo (100%)
d) Disponibilidad de los equipos del 95%.
7.3. Encuestas de Calidad.
Al inicio de la actividad se realizará una auditoria del mantenimiento para valorar la calidad del servicio, y semestralmente se realizarán unas encuestas destinadas a valorar el grado de cumplimiento de los objetivos del contrato, para la prestación del servicio. El análisis de las mismas permitirá obtener un servicio de mayor calidad y adaptado a las necesidades del propio Hospital.
7.4. Reuniones con la Dirección
Mensualmente, el Jefe de Servicio de Mantenimiento mantendrá reuniones con la Dirección del Hospital, en la que:
a) Se evaluarán los informes de gestión
b) Se analizarán las acciones resultantes y se tomarán las acciones resultantes para mejorar el servicio.
c) Se realizará un análisis de los indicadores de calidad.
d) Se informará de las tareas realizadas.
8. MEDIOS TECNICOS
El hospital deberá suministrar local y mobiliario para la instalación de los talleres con suministro eléctrico, teléfono, agua y gases.
La Contratista suministrara para sus talleres un equipamiento completo de herramientas para uso diario en las tareas de mantenimiento.
Se dotará el taller con todo el equipamiento necesario para desarrollar la actividad de Mantenimiento y además se podrá disponer, siempre que se requiera y temporalmente, de equipos más específicos que el Hospital disponga en sus talleres centrales.
El listado de equipos y herramientas deberá ser actualizado en función de nuevos elementos y podrá ser auditado por la Dirección del hospital cuando lo considere necesario.
9. DEL PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA:
La adjudicataria tendrá a su cargo, con exclusiva relación de dependencia, según la LEY DE CONTRATO DE TRABAJO al personal que sea afectado al cumplimiento del servicio, para cuyo caso le cursará notificación documentada a cada uno de ellos, documentación que a exigencia de las autoridades del Establecimiento usuario, deberá ser presentada al inicio de la prestación o cada vez que se releve una persona, cualquiera fuere el motivo. El personal que la adjudicataria afecte al servicio se tendrá como plantel definitivo y no podrá ser relevado sin causa justificada, debidamente probada ante las autoridades del Establecimiento usuario.
La plantilla de mantenimiento, integrada por operarios de la Empresa Contratista, estará formada por personal con experiencia en mantenimiento, cualificado para llevar a cabo todas las operaciones propias de conducción, mantenimiento correctivo y mantenimiento programado. El personal deberá ser competente en su tarea, para asegurar que el servicio se preste con eficiencia y dentro de los requisitos y especificaciones establecidas, siendo la empresa, única y total responsable de la selección de los operarios afectados a la tarea. La capacidad de cada uno de los operarios será controlada por el Intendente del Establecimiento, la cual informará al Director Ejecutivo, quién podrá decidir su cambio, en caso de que no reúna los requisitos de eficiencia y rapidez.
Sin perjuicio de ello, la contratista deberá proceder al relevo del personal observado por las autoridades del Establecimiento usuario , cuando a su juicio existieran razones para ello.
La adjudicataria estará obligada a someter, 48 horas antes de su comienzo, listado del personal que desempeñará las tareas, con indicación de D.N.I., domicilio, CUIT o CUIL El personal designado podrá comenzar o continuar desempeñándose como tal, siempre que cumpla con las condiciones requeridas, y en tanto la Dirección del Hospital no efectúe observación o pida su relevo.
El personal de la Contratista, su representante y los profesionales deberán tener, como mínimo dieciocho (18) años de edad.
El personal deberá ajustar su desempeño a las normas y regulaciones establecidas o a establecer por la Dirección.
El personal de la prestataria deberá usar uniforme, identificación personal y equipos de bioseguridad establecidos; la empresa adjudicataria proveerá al personal con uniforme de trabajo, de un mismo color, tipo y modelo. Tal uniforme no podrá originar confusión con el utilizado por el personal de Planta ni con el de otros servicios contratados; deberán proveerse botas de goma, guantes, gorra o birrete, etc., ajustado a las necesidades propias del oficio. El uniforme, así como cualquier equipamiento de bioseguridad que la Dirección determine, será de uso obligatorio, y mantenido en buenas condiciones de higiene y presentación; el Personal que no cumpla con estas reglas, será considerado como ausente injustificado El uniforme incluye identificación personal, con nombre y cargo, y el nombre de la Empresa; a usar sobre el lado izquierdo del pecho. La contratista deberá dotar a su personal, con ropa adecuada a la tarea que realiza, uniformes completos en buenas condiciones de higiene y presentación, así como tarjetas plásticas de identificación (nombre y apellido, nombre de la empresa) en color diferencial de cualquiera que se utilice en el Hospital, y que deberá ser exhibida permanentemente sobre el lado izquierdo del pecho.
El personal xx xxxxxxx deberá disponer de los medios necesarios para dar avisos a los responsables del adjudicatario, con el fin de asistir al establecimiento, ante emergencias o situaciones graves que se presenten, cuando se vean superados en su capacidad de resolución.
LIBRETA SANITARIA actualizada. El personal de la contratista deberá cumplir con el requisito de la LIBRETA SANITARIA, sin la cual no podrá desempeñarse en sus tareas. Esta Libreta deberá ser exhibida cada vez que la requieran los responsables de la supervisión y auditoria de la prestación.
LIBRETA DE APORTES PATRONALES O FONDO DE DESEMPLEO.
Haber aprobado examen pre-ocupacional médico-sanitario.
El personal será sometido a una evaluación anual de su estado general de salud, así como de su vacunación (hepatitis B, tétanos, sarampión y otros, a criterio de la Dirección del Hospital, las que serán de aplicación obligatoria).
El personal deberá observar las reglas de moralidad y cortesía a que su desempeño obliga con el trato al personal del Hospital, al público, a los pacientes y a los encargados del control de sus tareas. A sola petición de las autoridades del Hospital la adjudicataria se obliga a relevar en forma inmediata a cualquiera de sus agentes sin que para ello deba mediar pedido escrito.
El personal de la adjudicataria deberá observar las siguientes normas de conducta:
Vestir uniforme completo y limpio, con su identificación.
Ingresar y egresar diariamente en la forma y por el lugar indicado por la Dirección del Establecimiento.
No circular fuera del radio cedido a la Empresa, con excepción de los lugares en que deba prestar Servicio.
No mantener vinculación con personal del Hospital ni con los pacientes internados o externos, salvo que razones de trabajo lo justifiquen.
Comportarse correctamente en todo momento, respetando hábitos de buena conducta y aseo personal, y procediendo con el mayor orden e higiene en su trabajo.
Está absolutamente prohibido el ingreso de bebidas alcohólicas o cumplir tareas en estado alcoholizado, lo cual ocasionará el despido.
Está absolutamente prohibido fumar en cualquier sector del Hospital.
El Establecimiento se reserva el derecho de admisión del personal que la Contratista afecte al Servicio, quedando ésta obligada a la separación inmediata de las personas observadas por la Dirección del Hospital cuando, a su solo juicio, tuvieren razones para ello; las faltas serán debidamente ponderadas, sin perjuicio de las acciones que correspondan iniciar como consecuencia de la inconducta. El Personal designado podrá comenzar o continuar desempeñándose como tal siempre que cumpla con las condiciones requeridas, y en tanto la Dirección del Hospital no efectúe observación o pida su relevo.
Queda expresamente prohibida la contratación de empleados del Hospital o de otra Dependencia del Ministerio, por parte de la Contratista.
Bajo ninguna circunstancia, y bajo pena de rescisión del contrato, la empresa contratada podrá utilizar mano de obra del personal de la dependencia ni de pacientes internados. En el caso de hospitales neuropsiquiátricos será de aplicación el anexo VIII.
La adjudicataria será responsable del desempeño y comportamiento de su personal, incluyendo los daños que el mismo pudiera ocasionar a la Dependencia durante su tarea o su permanencia en la misma, por acción u omisión.
10. CONTROL DE PERSONAL:
a) El Hospital registrará la asistencia y controlará la permanencia del personal de la adjudicataria, en forma que considere oportuna.
El Hospital aceptará la ausencia justificada de HASTA UNA PERSONA POR UN DÍA, siempre que las certificaciones médicas correspondientes se presenten dentro de las 48 horas; debiendo ser reemplazado por otro operario a partir del segundo día de ausencia. En caso de otras ausencias no cubiertas, se descontará de la factura del mes, el equivalente a tres xxxxxxxx xxx xxxxxxx mínimo, vital y móvil que en ese momento rija, por cada ausencia no cubierta, sin perjuicio de que la adjudicataria deba prestar el servicio en la forma estipulada, en el día.
El ingreso de personal con TREINTA MINUTOS de atraso, se considerará como AUSENCIA INJUSTIFICADA.
La acumulación de inasistencias no cubiertas, superior al 20% del plantel en un mismo día, es causal de rescisión del contrato a la tercera vez de su ocurrencia dentro del mismo mes.
La interrupción del servicio por más de 12 horas originada en incumplimientos laborales por parte de la adjudicataria implicará la rescisión del contrato dentro de las 48 hs.
En cualquier momento del día, la Dirección ó Administración del Establecimiento podrá hacer circular “PLANILLA VOLANTE” para la verificación de la presencia del personal de la adjudicataria en el lugar de trabajo; debiendo la contratista justificar cualquier anomalía
g) Xxx perjuicio de lo precedente, es obligación de la prestataria llevar LIBRO O REGISTRO DE ASISTENCIA, que deberá ser presentado a la Dirección o Administración del Establecimiento toda vez que le sea requerido.
11. OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA FRENTE A SU PERSONAL
a) El pago de sueldos y jornales, y de toda otra retribución que le corresponda. Al efecto se considerará obligatorio el pago hasta el cuarto día hábil del mes siguiente al cumplimiento de la tarea, o hasta el tercer día hábil si se hubiere convenido el pago por semana o quincena. El pago se hará de acuerdo a las normas, y en horas de trabajo. Si no se cumplieran estas normas por la contratista, la factura del servicio será retenida hasta que se cumpla íntegramente con el pago pendiente, interrumpiendo el plazo de pago, sin perjuicio de considerar a la firma incursa en grave irregularidad, punible con la rescisión del contrato por culpa, con la sola comprobación del hecho, y aún sin medie intimación previa, con todas las responsabilidades y consecuencias que prevé la reglamentación.
b) La contratación de SEGUROS XX XXX, y el pago de los mismos al día en empresas con sede legal en la Provincia. La adjudicataria la deberá presentar, antes del comienzo de la prestación las pólizas de SEGURO DE VIDA y de ACCIDENTES DE TRABAJO, de todo el personal afectado al servicio, con listado de actualización emitido por la aseguradora, cubriendo expresamente a todos el personal de la Dependencia, y POLIZA DE SEGURO POR RESPONSABILIDAD CIVIL a favor del Ministerio de Salud y/o cualquier tercero afectado por la prestación, todas las cuales deberán tener vigencia a partir del comienzo de la prestación.
La falta de prestación de estas pólizas dará lugar a la rescisión del contrato, con las penalidades previstas en la legislación vigente
c) El pago de las indemnizaciones por despido, accidentes de trabajo y otras, originados este contrato.
d) El pago de las indemnizaciones por finalización o rescisión del contrato, según la legislación vigente.
e) El cumplimiento de todas las obligaciones laborales, previsionales y beneficios sociales que correspondan (vacaciones, licencias por enfermedad, maternidad, descanso semanal, etc.), que imponga la legislación vigente o que se dicte en el futuro. La Administración y/o la Dirección del Hospital, el Ministerio o la Contaduría General de la Provincia, podrán verificar, CADA VEZ QUE LO CREAN OPORTUNO, la documentación probatoria del pago de las obligaciones mencionada y del cumplimiento del contrato.
f) La entrega a cada empleado, una vez finalizado el servicio o en caso de rescisión del mismo, de los certificados de trabajo y constancias de aportes previsionales, para garantizar futuros trámites jubilatorios.
g) El cumplimiento de la legislación vigente sobre SEGURIDAD e HIGIENE (Ley 19.587 y Decretos 351/79 y 1338/96), toda otra que la reemplace, y las normas de bioseguridad mínimas, siendo responsabilidad exclusiva de la prestataria controlar que su personal observe tales medidas. Al efecto deberá entregar el equipamiento de ropa y herramientas adecuadas, cuyo cambio podrá ser requerido por la Dirección o Administración del Hospital si se considerara que violan normas de seguridad.
h) La contratista tomará a su cargo la solución de los conflictos de índole gremial que pudieren surgir entre su personal.
12. CONTROL Y SUPERVISIÓN DEL CONTRATO.
La dependencia podrá disponer a través de sus sectores específicos, el control del cumplimiento del contrato en cualquiera de sus aspectos técnicos y administrativos, sin previo aviso, debiendo la adjudicataria presentar toda la documentación que le fuere requerida y demostrar la calidad de su servicio.
Los trabajos deberán ser supervisados por el Departamento de Recursos Físicos.
13. DOCUMENTOS EXIGIDOS AL ADJUDICATARIO
a) La firma adjudicataria, deberá presentar a la Dirección del Hospital en un plazo perentorio de 48 horas previo al comienzo de la prestación del servicio, Póliza de SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL, SEGURO DE VIDA, A.R.T. (Riesgos de Trabajo) de todo el personal afectado al servicio y de RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL por daños emergentes de su actividad hacia terceros, personas y cosas. La no presentación de estas pólizas, que deberá tener inicio de vigencia no posterior al día de comienzo de la prestación, dará lugar a la rescisión del contrato, más la aplicación de las penalidades previstas en este Pliego.
b) Deberá presentar los datos de los profesionales matriculados responsables para el cumplimiento de la legislación vigente sobre SEGURIDAD e HIGIENE (Ley 19.587 y Decretos 351/79 y 1338/96).-
La documentación enumerada podrá presentarse en duplicados o fotocopias; en ambos casos, deberán estar legalizados por Escribano Público. No se considerará válida, la documentación que contenga textos o sellos ilegibles.
14. DE LOS LIBROS DE ÓRDENES
14.1) A los fines del cumplimiento y control de las tareas de la adjudicataria, se utilizará un LIBRO DE ÓRDENES, rubricado por el Director del Hospital, donde se informará a diario a la adjudicataria, hayan o no ocurrido novedades en el servicio, ausencias de personal, faltas al cumplimiento si las hubiere (cuya notificación bajo firma se obligará a quien hubiese sido designado como representante o supervisor de la adjudicataria).
El o los LIBROS DE ÓRDENES serán provistos por la adjudicataria, serán del tipo centinela 103 o similar con hojas triplicadas, la cual los deberá entregar al momento del comienzo del servicio, bajo pena de aplicación de las sanciones previstas.
Al comienzo de la prestación, y en cada oportunidad de altas o bajas, se registrarán en el Libro de Órdenes los listados de personal y de maquinarias al servicio de la Dependencia.
14.2) Las constancias y observaciones asentadas, serán suscriptas por la Administración del Establecimiento y por el Representante o Supervisor a nombre de la adjudicataria, no aceptándose argumento de desconocimiento de lo registrado por falta de esta firma después de 24 horas de la anotación. En caso de registrarse actas por incumplimientos o cuando el adjudicatario o sus representantes consideren que una observación excede los términos del contrato o no responde a la verdad de los hechos, la prestataria tendrá 48 horas hábiles de plazo para presentar descargo por escrito, pasadas las cuales, las observaciones se darán por consentida; sin embargo, la sanción quedará en firme si la Dirección del Hospital rechaza en forma fundada tal presentación, dentro de las 48 horas de la misma. De no existir rechazo del descargo por parte del hospital, la sanción no se aplicará. La Administración del Hospital elevará al Ministerio, en el expediente de elevación de la factura, toda la documentación referente a incumplimientos (actas, descargos del contratista, rechazos del Hospital a tales descargos, de haberlos).
La contratista deberá solucionar el incumplimiento dentro de las 24 horas de notificada.
15- Detalle de los Servicios:
A -Renglón N°1 Hospital “Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx”
1. AMBITO DE ACTUACION
Son objeto de la presente oferta las instalaciones técnicas de los edificios del Hospital I.E. Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, situado en la xxxxx Xxxxxxxxx 0000 xx Xxxxxxxxx, con provisión de mano de obra calificada y materiales para la operación de la misma. Garantizando su operatividad las 24 horas de los todos los días del período contemplado en el contrato.
Las principales instalaciones, sistemas y equipos son las siguientes:
a) Sistema de climatización centralizado
b) Equipos fan-coil
c) Maquinas generadoras de agua fría
d) Calderas
e) Ventilación, inyección y extracción
f) Resistencias de calefacción
g) Grupos electrógenos
h) Xxxxxx de enfriamiento de agua
i) Bombas
j) Transformadores de MT
k) Tableros de MT y BT
l) Sistema de distribución de energía eléctrica
m) Sistema de iluminación normal y emergencia
n) Sistema de detección y extinción de incendios
o) Elementos para extinción de incendios
p) Red de agua
q) Almacenamiento y distribución de agua potable
r) Sistemas de presurización
s) Sistema de gas
t) Sistema de gases medicinales inertes
u) Sistema de O2
v) Sistema de aire comprimido
w) Sistema de vacío
x) Sistema de control de accesos y CTV
y) Sistema de audio
z) Sistema cerrado de TV
aa) Red de datos
bb) Red de telefonía
cc) Sistema de comunicación paciente-enfermera
dd) Sanitarios
ee) Efluentes
ff) Cerrajería
gg) Carpintería metálica y madera
hh) Aperturas y cerramientos
ii) Pisos, cielorrasos y revestimientos
Es conveniente indicar que el servicio se prestará en forma integral y prevalecerá el criterio de alcanzar a todos los equipos y componentes instalados a la fecha de la oferta y a las instalaciones que permitan el normal desarrollo de las actividades del hospital, exceptuándose de esta obligación a equipos médicos y áreas concesionadas, u otro sector debidamente indicado por la Dirección del hospital.
Cabe señalar que cada pabellón tiene 1.500 m2 de superficie a mantener, como así también sectores que no están estipulados en pliegos anteriores, a saber:
Clínica Médica (1000 m2)
CREAR (1000 m2)
Centro de Capacitación Regional y SUM (1800 m2)
Administración, Dirección y Personal (600 m2)
Jardín Maternal (600 m2)
Consultorios Externos (300 m2)
Hospital de Día (80 m2)
Estadísticas y Trámites Judiciales (120 m2)
Departamento de Enfermería (80 m2)
Ropería, Colchonería y Costurero (150 m2)
Carpintería y Depósito General (600 m2)
Atención Legal y social (120 m2)
Morgue y Residuos Patogénicos (200 m2)
Conmutador y Portería (100 m2)
Cabina de Grupo Electrógeno y Tablero General (100 m2)
Sala de Hidroneumáticos (60 m2)
Club de la Amistad, ubicado en sala 10 (500 m2)
Centro Comunitario Libremente (400 m2)
Se adjunta ANEXO VI con el detalle de equipos, tareas de mantenimiento y frecuencias mínimas
2.ALCANCE
Deberá realizarse el mantenimiento y conservación de las instalaciones, con el fin de mantenerlas operativas en un 100% con el aporte de los materiales establecidos en el punto 3, en lo que compete a la obra civil, sin perjuicio de lo manifestado, la presente es una ENUMERACIÓN DECLARATIVA Y NO LIMITATIVA de las tareas encomendadas y a cumplir por la adjudicataria.
El servicio incluye:
Inspección y control de los ensayos previos y la puesta en marcha de cada una de las instalaciones, pendientes a la fecha de inicio del contrato. Operación de la sala central de control y comando de las operaciones que hacen a la inteligencia del Hospital.
Operación integral (entiéndase por ello encendido, apagado y regulación) y mantenimiento de la totalidad de las instalaciones técnicas de todas las plantas, como asimismo la provisión, a su exclusivo costo y cargo, de repuestos e insumos, cualquiera fuere el valor de estos.
Mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo, con provisión de insumos y repuestos, relacionados con las siguientes actividades:
Pintura
INSTALACIONES SANITARIAS
INSTALACIONES PLUVIALES
ALBAÑILERÍA
ELECTRICIDAD
GAS
TELEFONIA
INSTALACIONES ESPECIALES: ascensor, bombas de reservas, planta de regulación de gas, morgue, tablero, grupo electrógeno, calefacción y refrigeración, etc.
La empresa contratista deberá contemplar la realización de las tareas correspondientes al mantenimiento en las casas destinadas al Programa de Rehabilitación y Externación Asistida.
Además de todos los trabajos enumerados en el presente Xxxxxx, se programarán tareas de obra menor con el personal de cuadrilla, como ser: Cableados subterráneos de 120 mts. Lineales, arreglo de techos, colocación de puertas de emergencias, mantenimiento de telefonía interna y recorrida diaria por los siguientes servicios: morgue, grupo electrógeno, tablero general, sala de hidroneumático, oxigeno central de Clínica Médica y tanque torre.
A sólo requerimiento de las autoridades del Establecimiento e informado en el Libro de Ordenes, en los plazos establecidos por el Jefe de Mantenimiento, deberá prestar servicio de acuerdo a las necesidades que puedan surgir. Lo enunciado precedentemente no limitará las tareas encomendadas y a cumplir por la contratista por lo que cualquier especificación técnica, aun cuando las mismas no estén contempladas en el presente Xxxxxx deberá ser cumplidas.
Asesoramiento técnico para la renovación, modificación y/o ampliación de las instalaciones.
Control de proveedores de servicios públicos (energía eléctrica, agua, desagües, gas, telefonía), en todo lo referente a: estado de medidores, facturación, medición de consumos, control de potencias y reducción de costos.
Mantenimiento predictivo y preventivo de: calderas, recipientes a presión, tanques de agua, matafuegos, red de detección y extinción de incendios, y vidrios en altura, como asimismo toda instalación y/o equipamiento relacionado con dichos elementos.
Limpieza de áreas industriales.
Recepción, ordenamiento, mantenimiento, revisión y actualización de los respectivos manuales de operación y mantenimiento de cada equipo e instalación.
Información a la Gerencia de Operaciones y Tecnología del Hospital del estado de la totalidad de las instalaciones, a los efectos de prever su reposición y analizar el ciclo de vida de las mismas.
Elaboración de un informe mensual, trimestral y anual donde consten la ejecución de los trabajos realizados, la evolución de los indicadores de calidad, productividad, eficiencia, efectividad, pedidos y reclamos y toda aquella información relacionada con el mantenimiento de los equipos y sistemas.
Independientemente de estos conceptos de carácter general, la adjudicataria deberá tener en cuenta los procedimientos y criterios que sean consecuencia de la práctica común para este tipo de servicio, a los fines de cumplir eficazmente la tarea encomendada, aun cuando los mismos pudieran no estar expresamente contemplados en el presente Xxxxxx.
El servicio excluye:
Reparaciones derivadas de accidentes, negligencia, utilización anormal por accionar de personas ajenas al Establecimiento, y las causadas por cataclismos naturales, movimientos de huelga, motines, atentados, etc.
Insumos y repuestos no detallados en la relación de inclusiones.
El instrumental de uso médico.
Para la provisión de los servicios arriba descriptos, la Empresa Contratista:
a) Contratara a su costo, cargo y riesgo la contratación o subcontratación del personal necesario.
b) Planificara el mantenimiento preventivo de las instalaciones incluidas en el servicio.
c) Establecerá un sistema para centralizar la atención de pedidos y reclamos.
d) Mantendrá un stock de repuestos de insumos críticos, y gestionará el almacén propio del servicio.
e) Administrará la documentación técnica.
f) Aportará los equipos, herramientas, medios auxiliares y pequeño material de uso continuado para cumplir con los objetivos de mantenimiento del contrato.
g) Coordinará las inspecciones técnicas obligatorias que marque la normativa.
h) Supervisará (seguimiento y control) de las reparaciones hechas por terceras empresas.
No está incluida:
a) Todas aquellas partes y piezas que sean dañadas por uso indebido, maniobras equivocadas, sabotajes, huelgas, incendios, inundaciones, interrupciones o fluctuaciones en el suministro eléctrico, cualquier otra causa fortuita y/o de fuerza mayor, cualquier modificación solicitada por disposiciones municipales, gubernamentales o nacionales.
Los trabajos se realizarán en base al plan de trabajo que determine el SUPERVISOR designado por la empresa, en función a las deficiencias que detecte, previa coordinación con el jefe de Mantenimiento del Establecimiento y de los jefes de los departamentos afectados a las reparaciones y previa información a la dirección del Hospital, quién deberá establecer el orden prioritario, según las tareas que se soliciten en las correspondientes ordenes de trabajo, debiendo esta realizarse de acuerdo a:
Los de orden cotidianos de acuerdo a las demandas institucionales.
Los programados según orden de prioridad acordados con el jefe de área y en el plazo que el hospital determine.
Urgencias y/o emergencias en forma inmediata, teniendo en cuenta lo establecido en el punto 4.2 siguiente (llamadas de urgencia).
Se deberá informar la fecha y hora exacta en que se deba realizar la tarea con el fin de no entorpecer el normal desarrollo de las actividades.
El adjudicatario se compromete a realizar exclusivamente las tareas y/o trabajos solicitados por la Dirección del Establecimiento o por el Departamento de mantenimiento.
IMPORTANTE: cuando surgiere alguna operación cuyos efectos excedan los límites del área contratada, para ejecutarla deberá, previamente, contar con la autorización expresa del representante designado por el establecimiento, por los medios de comunicación establecidos en este pliego. A la finalización del contrato, la adjudicataria deberá dejar el edificio e instalaciones en perfecto estado de funcionamiento.
EL Programa de mantenimiento y el historial de equipos creados en esta ocasión, quedará en poder del establecimiento una vez finalizado el contrato.
Toda modificación o mejora creada por el adjudicatario, ubicada en el recinto de trabajo, quedará por cuenta y cargo del mismo.
3. HERRAMIENTAS:
Todas las herramientas y equipos necesarios a los fines de este servicio, serán PROVISTOS POR LA ADJUDICATARIA en cantidad y calidad suficientes, ajustadas a lo que se evalúe desde el punto de vista de las Reglas del buen arte y de la tecnología. Las autoridades del Establecimiento podrán requerir los cambios que estimen necesarios si no se cumpliere, en su opinión, las exigencias de calidad técnica adecuada y eficiencia previstas al efectuar la contratación, estando la prestataria obligada a su cumplimiento sin derecho a resarcimiento alguno.
a) Set de herramientas: diecisiete (17) juegos a utilizar por el personal distribuido en Salas y Servicios auxiliares, Valija porta herramientas grande para el traslado de: una (1) pinza universal, dos (2) juegos de destornilladores (1 punta chata y 1 xxxxxxxx), una (1) pinza de punta, un (1) alicate corte oblicuo, un (1) busca polos, una (1) llave francesa, un (1) pico de loro, una (1) sierra júnior, un (1) taladro 10 mm percutor, un (1) juego de mechas wida y acero rápido, un (1) martillo chico, un (1) punto, un (1) formón chico, un (1) juego de llaves chicas, una (1) sierra grande, un (1) serrucho, dos (2) espátulas (1 ancha y 1 angosta), dos (2) rodillos poliéster y cordero, una (1) amoladora chica de mano, dos (2) escaleras (una 10 escalones y otra 17 escalones, una (1) xxxxxxxxxxxx xxxxxxxxx xx 00 xxx, xxx (0) xxxxx xxxxxxx de 5 mts.
LISTADO DE HERRAMIENTAS ADICIONALES:
ESCALERA BASE EXTENSIBLE HASTA 10 MTS. |
6 UNIDADES |
PALA DE PUNTAS |
6 UNIDADES |
PALAS VISCACHERAS |
2 UNIDADES |
CARRETILLAS |
6 UNIDADES |
ESCALERA DE 12 ESCALONES |
2 UNIDADES |
ESCALERA DE 14 ESCALONES CON RUEDA |
1 UNIDAD |
HORMIGONERA ESTÁNDAR TIPO TORNO |
2 UNIDADES |
MAQUINA DE CORTAR CERÁMICA TIPO TUBI |
2 UNIDADES |
AMOLADORA GRANDE DE BANCO |
1 UNIDAD |
AMOLADORA GRANDE MANUAL |
1 UNIDAD |
AGUJEREADORA ELÉCTRICA |
3 UNIDADES |
TERRAJA ELÉCTRICA HASTA 2” |
1 UNIDAD |
ANDAMIOS TUBULARES |
10 CUERPOS |
CABALLETES METÁLICOS EXTENSIBLES |
4 UNIDADES |
SOLDADORA TERMOFUSIÓN ACQUA SYSTEM |
2 UNIDADES |
EQUIPOS COMPLETOS DE HERRAMIENTAS DE ELECTRICIDAD |
2 EQUIPOS |
EQUIPOS COMPLETOS HERRAMIENTAS DE GAS |
2 EQUIPOS |
EQUIPOS COMPLETOS DE HERRAMIENTAS DE INSTALACIÓN SANITARIA |
2 EQUIPOS |
EQUIPOS COMPLETOS DE HERRAMIENTAS DE ALBAÑILERIA. |
3 EQUIPOS |
EQUIPOS COMPLETOS DE HERRAMIENTAS DE PINTURA. |
2 EQUIPOS |
SOLDADORA ELÉCTRICA |
1 UNIDAD |
EQUIPOS COMPLETOS DE HERRAMIENTAS DE TELEFONÍA |
1 UNIDAD |
REMACHADORAS |
6 UNIDAD |
MORSA DE BANCO |
1 UNIDAD |
TALADRO DE BANCO |
1 UNIDAD |
BATEA PARA MATERIAL DE ALBAÑILERIA PORTÁTIL |
3 UNIDAD |
EQUIPO PARA SOLDAR MEMBRANA |
1 EQUIPO |
XXXXXX XX XXXXXXX |
10 UNID. |
XXXX DE 1,250 |
6 UNIDADES |
XXXX DE 3 KG. |
3 UNIDADES |
XXXX DE 5 KG |
3 UNIDADES |
PICOS |
6 UNIDADES |
PALA ANCHA |
6 UNIDADES |
b) El jefe de mantenimiento podrá requerir los cambios que estime necesario si no cumplieren en su opinión, las exigencias de calidad técnica adecuada y eficiencia prevista al efectuar la contratación estando la prestataria obligada a realizarlos sin resarcimiento alguno.
c) En el caso de ser necesario el Hospital podrá exigir en el plazo de 48 horas el aporte de herramientas y/o máquinas especiales, o bien algún cambio de la nómina prevista en el presente punto. La falta del cumplimiento implicará la sanción prevista en el punto 20 de las Cláusulas Particulares.
La adjudicataria será responsable por el PERJUICIO ECONOMICO que el mal uso de la maquinaria o herramientas ocasione en las instalaciones, muebles, útiles y todo otro elemento o propiedad del establecimiento.
El establecimiento proveerá a la prestataria un lugar seguro para guardar las herramientas y maquinaria, sin que ello implique alguna responsabilidad para el organismo por el deterioro, pérdida, hurto o sustracción valor cualquiera sea su origen.
4. DEL PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA Y DE LOS HORARIOS:
4.1 PLANTELES:
Se establece a continuación la cantidad de personal necesario para la realización de las tareas:
Encargado: la adjudicataria deberá designar y presentar, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas antes del comienzo del servicio, por escrito, el nombre y demás datos filiatorios de un Encargado y/o Supervisor, el cual deberá contar con título de Ingeniero, Arquitecto o Maestro Mayor de Obras, matriculado en el Consejo Profesional respectivo de la Provincia de Buenos Aires y presentar antecedentes en el cargo en hospitales similares. El mismo tendrá plena representación del titular de la adjudicataria y actuará de nexo entre la misma y el hospital. A su vez contará con amplio poder para decir en todo lo que se refiera al servicio. El supervisor designado deberá cumplir con el horario de trabajo de 8 horas diarias al igual que el resto de los operarios designados y permanecer en el ámbito de la dependencia sin perjuicio de las demás responsabilidades que le corresponden. Por otra parte deberá cubrir y solucionar todas las demandas de trabajo que surjan a diario en conjunto con el resto de los operarios, debiendo simultáneamente coordinar las tareas fijadas en el respectivo plan de trabajo. Deberá concurrir a la Dirección al primer llamado, a fin de solucionar cualquier inconveniente con el servicio, siendo responsable de la calidad del mismo y del control de su personal. Para tales fines la empresa deberá disponer de un teléfono a disposición las 24 hs. El contacto de la Dependencia con el representante técnico o el supervisor de la contratista, así como el asesoramiento en temas afines con la prestación será cumplido por el Jefe del Departamento Intendencia del Hospital, o por quien la Dirección designe al efecto, siendo obligación de la prestataria el cumplimiento de las ordenes e instrucciones que se impartan por esta línea, o por medio del Libro de Ordenes. Básicamente el responsable técnico realizará las siguientes tareas:
Gestionar, supervisar y coordinar todas las tareas de mantenimiento de las instalaciones.
Velar por el cumplimiento de la normativa legal de las instalaciones, actuando como representante ante las Empresas de Inspección y Control Reglamentario.
Gestionar todos los libros de obligado cumplimiento e informes reglamentarios.
Controlar y optimizar los consumos energéticos del Hospital, previniendo las acciones correctoras oportunas para garantizar los niveles de confort y consumo.
Librar la documentación pertinente, así como los informes periódicos relativos a la actividad de mantenimiento a los responsables del Establecimiento.
El responsable técnico nombrado estará localizable permanentemente.
Dieciséis (16) operarios, con una carga horaria de Cuarenta y Cuatro (44) horas laborales semanales, distribuidos de la siguiente forma:
Dos (2) oficiales especializados
Catorce (14) oficiales
4.2 Llamadas de Emergencia: en los días domingo, feriados o fuera del horario de servicio de dichas llamadas serán consideradas como GUARDIAS PASIVAS OBLIGATORIAS, el no cumplimiento de las mismas darán lugar a aplicar las sanciones previstas en Articulo 20 de las Clausulas Particulares.
Guardias: El personal xx xxxxxxx deberá disponer de los medios necesarios para dar aviso a los responsables del Adjudicatario, con el fin de asistir al establecimiento, ante emergencias o situaciones graves que se presenten, cuando se vean superados en su capacidad de resolución. La contratista habilitará una (1) línea con acceso directo, para la resolución de emergencia. Al inicio de las actividades la contratista deberá notificar al Hospital (jefe de Mantenimiento y Administración del Establecimiento) en un término de 24 horas el número de teléfono afectado a la emergencia, el que será determinado por la firma adjudicataria.
El personal contratado de cada oficio podrá ser reemplazado por otro oficio de acuerdo a las necesidades emergentes y a requerimiento de la Dirección sin que ello implique reconocimiento de mayor costo. Dicha notificación deberá ser efectuada en forma fehaciente con 24 horas de antelación al cambio.
4.3. Horario de presencia
El oferente deberá presentar un plan de trabajo con la cantidad de personal para realizar eficientemente todas las rutinas de mantenimiento y las demandas que surjan diariamente de xxxxxxx.
El horario de presencia del personal asignado al contrato se diseñara para asegurar:
Que el servicio de mantenimiento cubre todos los horarios de funcionamiento del Hospital, realizándose las guardias necesarias durante las horas nocturnas y feriados.
A modo de ejemplo se brinda, un detalle del sistema de turnos propuesto:
Categoría Puesto Mañana Tarde Noche Feriado
Oficial Plomero 1 1 0 0
Oficial Cerrajero 1 1 0 0
Oficial Electricista 2 1 1 1
Oficial Electrónico 1 1 0 0
Oficial Mecánico 1 1 0 0
Oficial Frigorista 1 1 1 1
Oficial Calefactor 1 0 0 0
Ayudante A.O. Civil 1 1 0 0
Ayudante A. Electricidad 0 1 0 0
Ayudante X. Xxxxxxxx. 1 1 1 1
Oficial Control 1 1 1 1
Total 11 10 4 4
b) Los trabajos de mantenimiento que puedan interferir en el funcionamiento del Hospital se realizaran en horarios acordados con la Gerencia de Operaciones y Tecnología del Hospital.
c) Una inmediata intervención frente a problemas no previstos, garantizando el cuidado y funcionamiento de las instalaciones y atención de los Servicios.
Anexo V
PLANILLA DE OFERTA ECONÓMICA
Datos del Procedimiento Abreviado |
Número: 25/18
Ejercicio: 2018
Expediente N°: 2967-2194/18
Datos del Organismo Contratante
Denominación: Hospital Interzonal XXXX X.XXXXXXX. Xxxxxxxxx 0000. Témperley
Datos del Oferente
Nombre o Razón Social:
C.U.I.T.:
Número Proveedor del Estado:
Domicilio Comercial:
Domicilio Legal:
Renglón |
Cantidad mensual |
Descripción |
Código Nomenclador Bienes y Servicios |
Precio Mensual ($) |
Precio Total ($) |
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1 mes |
Servicio de mantenimiento del edificio e instalaciones varias con destino al hospital “Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx”. |
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TOTAL NETO-NETO ($) |
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Importe Total de la Propuesta, son PESOS (en números y letras) …………………..…….…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..
Garantía de Mantenimiento de Oferta |
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Tipo: |
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Importe: |
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$ ……………………………………………………………………………………………………… |
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Importe de la Garantía de Oferta, son PESOS ….……………………………………………… |
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………………………………………………………………………………………………………… |
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---|---|---|---|---|
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Firma y Sello del Oferente |
ANEXO VI: TAREAS DE MANTENIMIENTO PRE
UPS |
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TAREAS |
CONTROLES |
FRECUENCIA |
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CONEXIONES |
* Ajuste de conexiones |
Cada 30 dias. |
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CABLES |
* Verificar temperatura de c/cable |
Cada 30 dias. |
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* Tomar consumo del amperaje en c/ fase |
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TABLEROS SECCIONALES |
* Limpieza general interna y externa |
Cada 30 dias. |
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* Verificar cierre de puertas |
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||||||
EQUIPO |
* Corte de alimentacion y verificacion de entrega de suministro continuo |
Cada 30 dias. |
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||||
* Verificacion de autonomia |
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||||||
BATERIAS |
* Capacidad de carga / medicion con decimetro |
Cada 30 dias. |
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Anexo VII
NORMAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD E HIGIENE
PARA TAREAS DE MANTENIMIENTO
Para el cumplimiento del contrato, son de exigencia mínima todas las disposiciones legales en cuanto a seguridad e higiene vigentes en el país, siendo responsabilidad exclusiva de la prestataria controlar que su personal observe tales medidas.
Al efecto, deberá entregar el equipamiento de ropa y herramientas adecuado, cuyo cambio podrá ser requerido por la Dirección del Hospital si se considera que violan normas de seguridad.
Dada la índole de su tarea, que abarca riesgos especiales por el tipo de elementos con el que se contacta, se definan las medidas mínimas que deberá cumplir el personal que deba realizar destapaciones o desobstrucciones en cloacas, cámaras, sanitarios, etc.:
Uso de guantes de goma extra largos, reforzados y botas.
Uso de ropa protectora especial (traje impermeable).
Uso de antiparras y máscara tipo antigás, si trabaja en cámaras o pozos con materias cloacales.
Lavarse los guantes antes de sacárselos.
Lavarse las manos.
Quitarse la ropa protectora, antiparras, etc.
Desinfectar los guantes, herramientas y ropa, previo lavado con solución de hipoclorito de sodio al 1% (170 cm3 de lavandina de 60 gr./dm3 de cloro, por cada litro de agua), o con solución de alcohol isopropílico al 50%.
Volver a lavarse las manos con jabón desinfectante (negro de povidona); frotarse durante 10 segundos (contar de 1 a 20); enjuagarse secarse con toalla de papel, cerrar la canilla con la misma toalla, sin manosearla y desecharla.
En caso de haber aparecido cortes o raspaduras, concurrir al médico para una desinfección y curación más profunda.
ANEXO VIII: ESPECIAL PARA HOSPITALES NEUROPSIQUIÁTRICOS
De la incorporación de Discapacitados:
Considerando que:
La Constitución de la Provincia de Buenos Aires en su Sección Primera “Declaración de Derechos y Garantías” art. 36.5: De la Discapacidad; prevé que: “La provincia garantizará la rehabilitación, educación y capacitación en establecimientos especiales; teniendo en cuenta a la equiparación, promoverá su inserción social y laboral, y la toma de conciencia respecto de los deberes de solidaridad sobre discapacitados”.
Por ello, y en un todo de acuerdo con la Ley Nacional N° 22431 de Protección Integral para los discapacitados Cap. II y la Ley de la Provincia de Buenos Aires N° 10592 Cap. II a los fines de la presente Licitación, la empresa adjudicataria ocupará pacientes en una proporción no inferior al 10% (diez por ciento) de su plantel afectado al cumplimiento del servicio.
De los pacientes que la adjudicataria deberá ocupar:
Se deja sentado que:
El régimen laboral forma parte del Programa Rehabilitatorio Terapéutico del Hospital.
El objetivo es lograr que el paciente se incorpore a las normas habituales para los trabajadores y su sistema productivo.
Será graduado y supervisado por el Hospital, quién asesorará en forma permanente a la empresa vía la Comisión designada para el monitoreo del Programa.
La empresa deberá tener siempre presente en su accionar y en el de todos sus empleados, la alta significación de este programa que relaciona al paciente con la Comunidad.
La empresa garantizará el trato respetuoso hacia el discapacitado incorporado a su personal.
El Hospital seleccionará al paciente en condiciones de adaptarse al perfil laboral solicitado por el empleador.
El Hospital proveerá una nómina de postulantes para que la empresa proceda a su incorporación.
La empresa recurrirá para todo tipo de problemas relacionados con el discapacitado, a la tutoría médica del Hospital a través de un representante designado por el Director.
La empresa presentará una ficha permanentemente actualizada en la que conste: nombre del paciente, descripción minuciosa de actividades laborales; trabajador que funcionará como “modelo de imitación” para las tareas; ubicación del lugar de trabajo asignado; régimen horario.
La empresa depositará la remuneración mensual total que perciba el discapacitado, en una caja de ahorro a nombre del mismo abierta al efecto. El resto de las condiciones laborales serán similares a las establecidas para los demás trabajadores pertenecientes a la empresa (obra social, aportes, etc.).
El Hospital determinará en forma fehaciente el grado de incapacidad del paciente a incorporar al personal de la Empresa adjudicataria.
De acuerdo al Art. 17 de la Ley N° 10592 mencionada, la empresa podrá imputar como pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos, el equivalente al 50 % de las remuneraciones nominales que percibirán los discapacitados.
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