Contract
Contrato de prestación de servicios que celebran por una parte, el Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato, representado por su Directora General de Administración, C.P. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx con la asistencia del Director General del Régimen de Protección Social en Salud Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, a quien en lo sucesivo se le denominará “ISAPEG”; y por la otra, TechNet S.A de C.V., representado por su administrador único la C. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, a quien en lo subsecuente se le conocerá como el “PRESTADOR DE SERVICIOS”, al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:
DECLARACIONES:
I. Declara el “ISAPEG”:
I.1. Que es un organismo público descentralizado de la administración pública estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, autónomo para el manejo de sus recursos humanos, materiales y financieros, sectorizado a la Secretaría de Salud del Estado de Guanajuato, según Decreto Gubernativo No. 42, mediante el cual se reestructura la organización interna del “ISAPEG”, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado No. 50-B, novena parte, de fecha 25 xx xxxxx de 2001, y de conformidad con lo previsto por los artículos 35 y 45 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato.
I.2. Que tiene por objeto ser el órgano ejecutor en la prestación de servicios de atención integral a la salud individual, familiar y comunitaria de la población abierta, en cumplimiento a lo dispuesto por las Leyes General y Estatal de Salud, sus respectivos Reglamentos, y por el Acuerdo de Coordinación para la Descentralización Integral de los Servicios de Salud en la Entidad, suscrito el 20 xx xxxxxx de 1996, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 1997. Asimismo, ser el órgano responsable de la administración, vigilancia y correcta aplicación de los recursos humanos, materiales y financieros transferidos de la Federación hacia el Estado, así como los asignados por el propio Gobierno Estatal, asegurándose que éstos se destinen al otorgamiento de servicios de salud oportunos y de la más alta calidad posible.
I.3. Que el C.P. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx es la Directora General de Administración, según oficio DGRH/DO6432/2013, emitido por el M.I.A.C. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Encargado del Despacho de la Dirección General de Recursos Humanos, y cuenta con facultades para suscribir el presente contrato, con fundamento, en el artículo 41 fracción XIV del Reglamento Interior del “ISAPEG”.
I.4. Que los recursos asignados para el financiamiento de los compromisos que se deriven del presente instrumento están contemplados en el presupuesto autorizado: Centro Gestor 0204, Área Funcional 02.03.05, Fondo 3616 y Partida 3530.
I.5. Que su registro federal de contribuyentes es ISP961122JV5.
I.6. Que para efectos del presente contrato, señala como su domicilio el ubicado en Xxxxxxxx 0, xxxx Xxxxxx, X. X. 00000, xx Xxxxxxxxxx, Gto
1.7. Que con fundamento en el artículo 43 y 86 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación del Sector Publico en el Estado de Guanajuato, 35 y 37 fracción II de la Ley de Presupuesto General de Egresos para el ejercicio fiscal de 2013 se autoriza por medio de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, mediante oficio DGS-CMBMI-1859/2013 el Procedimiento de Adjudicación Directa con cotización de tres Proveedores
1.8. Que mediante acta de presentación de Ofertas y Apertura de Propuestas Técnicas y Económicas xxxxxxxx xx xx xxxxxxxxxx Xx. 00-00, se declara ganador a TechNet, para la prestación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a bienes informáticos de la Dirección General del Régimen Estatal de Protección Social en Salud objeto del presente contrato.
II. Declara el “PRESTADOR DE SERVICIO”:
II.1. Que es una persona moral legalmente constituida, conforme a las leyes mexicanas, con capacidad jurídica para obligarse en los términos del presente contrato, según consta en la escritura pública 26,798, instrumentada ante la xx xxx Xxxxxxx Público No. 44 de Guanajuato Gto, Lic. Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, del 24 xx xxxxx de 2011, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, con folio mercantil electrónico 60754 * 20.
II.2. Que dentro de su objeto social se contempla, entre otros la compra, venta, importación, exportación, comercialización, distribución, comisión, instalación, consignación, reparación, fabricación, mantenimiento, reacomodamiento y cotización de cualquier tipo de sistemas de cómputo, circuito cerrado por TV, alarmas, sistemas de seguridad, audio y video.
II.3. Que cuenta con capacidad jurídica para contratar, así como experiencia, capacidad técnica, recursos humanos y materiales para comprometerse en los términos del presente instrumento, con estricto apego a la ética y confidencialidad profesional, necesarios para cumplir con los compromisos objeto del presente contrato.
II.4. Que la C. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx comparece en su calidad de Administrador único y manifiesta tener capacidad y facultades para suscribir el presente instrumento, de conformidad con la escritura pública número 26,798, instrumentada ante la xx xxx Xxxxxxx Público No. 44 de Guanajuato Gto, Lic. Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, del 24 xx Xxxxx de 2011, manifestando bajo protesta de decir verdad que las facultades que le fueron conferidas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas a la fecha en forma alguna.
II.5. Que está dispuesto a cumplir con los compromisos en los términos y condiciones que se establecen en el presente contrato.
II.6. Que cuenta con Registro Federal de Contribuyentes TEC1106245H0, ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; así mismo se encuentra inscrito en el Padrón Estatal de Proveedores con cédula número 39131, vigente.
II.7. Que conoce el contenido de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Guanajuato y sus municipios.
II.8. Que señala como su domicilio fiscal para efectos de este contrato el ubicado en Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx 000 Xxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxx, Xxxxxxxxxx 00000.
III. Declaran ambas partes:
III.1. Que se reconocen recíprocamente la personalidad con la que intervienen en la celebración del presente contrato.
III.2. Que comparecen a la suscripción del presente instrumento, libres de toda violencia, dolo, lesión, error o mala fe, por lo que desde ahora renuncian en su perjuicio a invocar algún vicio en el consentimiento.
III.3. Que es su voluntad celebrar el presente contrato de acuerdo al contenido de las siguientes:
CLÁUSULAS:
Primera. Del objeto:
El presente contrato tiene como objeto que el “PRESTADOR DE SERVICIOS”, preste el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a personal del “ISAPEG”, en los términos y condiciones que se establecen en el Anexo Uno, el cual forma parte integral del presente instrumento.
Segunda. Del costo:
El “ISAPEG” atendiendo a su disponibilidad presupuestal cubrirá por los servicios objeto de este contrato $ 1, 469,838. 32 (Un millón cuatrocientos sesenta y nueve mil ochocientos treinta y ocho pesos 32/100 M.N.), que incluye el I.V.A.
El costo cubre todos los gastos que se originen por la prestación de los servicios señalados en la cláusula primera, por lo que el “PRESTADOR DE SERVICIOS” no podrá exigir al “ISAPEG” mayor retribución por algún otro concepto, que los indicados en el presente contrato.
Tercera. De la forma y lugar de pago:
El pago por los servicios objeto del presente contrato se efectuará en una sola exhibición, en moneda nacional, dentro de los 20 días naturales posteriores al finalizar los servicios mencionados en el Anexo I.
Dicho pago se realizará en el domicilio del “ISAPEG”, previa entrega a la Dirección General del Régimen Estatal de Protección Social en Salud por parte del “PRESTADOR DE SERVICIOS” del comprobante fiscal a nombre del Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato, con domicilio en Xxxxxxxx 0, xxxx Xxxxxx, C. P. 36000, en Guanajuato, Gto.
Cuarta. De las obligaciones del “ISAPEG”:
Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, el “ISAPEG” se compromete a:
I. Cubrir al “PRESTADOR DE SERVICIOS”, el pago por la prestación del servicio, objeto del presente instrumento, en los términos establecidos en la cláusula tercera de este contrato.
II. Otorgar al “PRESTADOR DE SERVICIOS” las facilidades necesarias para desarrollar los servicios que se establecen en la cláusula primera de este instrumento.
Quinta. De las obligaciones del “PRESTADOR DE SERVICIOS”:
Para el cumplimiento del objeto del presente contrato, el “PRESTADOR DE SERVICIOS” se compromete a:
Llevar a cabo la prestación del servicio de conformidad con lo estipulado en el Anexo Uno.
Entregar al “ISAPEG” el comprobante con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29 A del Código Fiscal de la Federación, a nombre del Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato, con domicilio en Tamazuca 4, zona Centro de Guanajuato, Gto., C. P. 36000..
Abstenerse de divulgar y/o dar a conocer por cualquier medio, la información y/o documentos que el “ISAPEG” le proporcione para el cumplimiento del objeto del presente instrumento.
Abstenerse de ceder los derechos y obligaciones derivadas del presente instrumento.
Cubrir las obligaciones fiscales, federales y estatales, que se deriven de la ejecución del objeto del presente instrumento, sin responsabilidad del “ISAPEG”.
Responder del pago de los daños y perjuicios ocasionados al “ISAPEG” y/o a terceros, con motivo del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a su cargo; de la inhabilidad manifiesta, inadecuada y/o negligente en el cumplimiento de los compromisos derivados del objeto del presente contrato; por la inobservancia a las recomendaciones que el “ISAPEG” le haya dado por escrito; por actos con dolo, mala fe o negligencia; y en general, por actos u omisiones imputables al “PRESTADOR DE SERVICIOS”.
Otorgar a los órganos de fiscalización que corresponda, las facilidades, información, y en general el apoyo que éstos le soliciten, en la evaluación, control y/o fiscalización del presente instrumento.
Sexta. De las limitaciones del contrato:
El PRESTADOR DE SERVCIOS queda obligado a realizar los servicios señalados conforme al Anexo I:
El “ISAPEG” no está obligado a pagar al “PRESTADOR DE SERVICIOS” por servicios distintos a los señalados en la cláusula primera; y el “PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga a no realizar procedimientos diversos a los que son materia del mismo.
Séptima. De la coordinación:
Para la correcta ejecución del presente contrato, las partes acuerdan coordinarse a través del titular de la Dirección General de Régimen Estatal de Protección Social en Salud.
Octava. De las relaciones laborales:
Las partes cuentan con el personal necesario y elementos propios para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, por lo que estarán a su cargo las responsabilidades de carácter laboral, civil, fiscal, de seguridad social o de cualquier otra índole que en su caso pudiera llegar a generarse respecto de su personal, por lo que no se les podrá considerar como patrones sustitutos o solidarios.
Novena. De la supervisión:
El “ISAPEG”, a través del personal que al efecto designe, podrá vigilar y/o supervisar, durante la vigencia del presente instrumento, el cumplimiento del objeto del mismo, y darle al “PRESTADOR DE SERVICIOS” por escrito las instrucciones que estime convenientes, a fin de que se ajuste a las especificaciones comprendidas en este instrumento, así como a las modificaciones que en su caso se acuerden entre las partes.
Décima. De las modificaciones:
El presente instrumento jurídico podrá ser modificado en cualquier momento, con el consentimiento de ambas partes, pero en todo caso dichas modificaciones deberán constar por escrito mediante el convenio modificatorio correspondiente.
Décimo primera. Del caso fortuito o fuerza mayor:
Ninguna de las partes será responsable por cualquier retraso o incumplimiento de este instrumento que resulte, directa o indirectamente, de caso fortuito o fuerza mayor, en la inteligencia de que, una vez superados estos eventos, se reanudarán las actividades si así lo manifiesta por escrito el “ISAPEG”.
Si el caso fortuito o de fuerza mayor impide parcial o totalmente la ejecución del presente instrumento, el mismo podrá darse por terminado previo acuerdo de las partes, el cual deberá constar por escrito, dentro de los 15 días naturales siguientes a que esta circunstancia haya ocurrido, acompañando las razones que acrediten la misma.
Décimo segunda. De la pena convencional:
En caso de incumplimiento en la prestación de servicios objeto del presente, por parte del “PRESTADOR DE SERVICIOS”, éste se obliga a pagar al “ISAPEG”, por concepto xx xxxx convencional el 2% del importe total del costo de los servicios.
La cantidad que resulte se hará efectiva a juicio del “ISAPEG” del pago pendiente de realizar al “PRESTADOR DE SERVICIOS”.
Décimo tercera. De las sanciones:
El presente contrato se sancionará de acuerdo a lo estipulado en los artículos 117 y 118 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Sector Público en el Estado de Guanajuato.
Décimo cuarta. De la relación de anexos:
El presente contrato se integra con los siguientes anexos:
Anexo I: Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo.
Anexo II: Inventario de Equipo Informático.
Anexo III: Calendario de Servicios de Mantenimiento.
Anexo IV: Cedula de Evaluación del Servicio.
Anexo V: propuesta Económica.
Décimo cuarta. De la rescisión:
El “ISAPEG” podrá rescindir el presente contrato, cuando el “PRESTADOR” incumpla con las obligaciones contraídas en el presente, con las disposiciones de la ley de la materia, o reglamentarias que sean aplicables, así como si el “PRESTADOR” es declarado en Concurso Mercantil o suspensión de pagos por la autoridad competente.
Décimo quinta. De la terminación anticipada:
El “ISAPEG” podrá dar por terminado el presente contrato de manera anticipada, en cualquier momento, sin que medie declaración judicial alguna, por:
A) Convenir a sus intereses y funciones, sin responsabilidad de su parte, notificándole por lo menos con 15 días naturales de anticipación al “PRESTADOR DE SERVICIOS”, señalando las razones que dieron origen a dicha terminación, cubriendo a éste los gastos debidamente justificados, a satisfacción del “ISAPEG”; y el “PRESTADOR DE SERVICIOS” sin responsabilidad de su parte, notificándole al “ISAPEG”, con mínimo de 15 días naturales de anticipación.
B) Mutuo consentimiento de las partes, debiendo constar por escrito, firmado por ambas.
En el caso de terminación anticipada del presente contrato, el “ISAPEG” y el “PRESTADOR DE SERVICIOS” convienen en establecer las medidas necesarias para concluir satisfactoriamente las actividades que hasta el momento se encontraran en proceso las cuales consisten en:
Fianza o cheque por el 12% del monto ofertado expedido a nombre del Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato.
Décimo sexta. De las reclamaciones:
El pago total de los servicios brindados por parte del “PRESTADOR DE SERVICIOS” no significa la aceptación de los mismos; por lo tanto, el “ISAPEG” se reserva expresamente el derecho de reclamar los servicios faltantes, mal ejecutados, o bien el pago de lo indebido.
Si el “PRESTADOR DE SERVICIOS” no los proporciona debidamente, o bien no se realizan conforme lo indicado por el “ISAPEG”, queda obligado a reponer los servicios, cuyo costo será a su cargo.
Décimo séptima. De la vigencia:
El presente contrato surtirá sus efectos a partir de la fecha de su suscripción, y tendrá vigencia hasta el 16 de septiembre de 2014.
Décimo octava. De la jurisdicción:
Las partes estipulan que el presente contrato es producto de la buena fe, y que en caso de conflicto derivado de la interpretación, cumplimiento y de lo no previsto en este instrumento lo resolverán de común acuerdo, o en su caso se someterán libremente a los Tribunales competentes establecidos en Guanajuato, Gto., renunciando expresamente a la competencia que pudiera corresponderles en razón de su domicilio actual o futuro.
Leído que fue el presente contrato y enteradas las partes del contenido, valor y alcance legal, lo firman por duplicado en Guanajuato, Gto., el 17 de septiembre de 2013.
Por el “ISAPEG”
_______________________ C.P. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Directora General de Administración |
Por el “PRESTADOR DE SERVICIOS”
____________________ C. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Administrador único
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Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx
Director General del REPSS.