Resolución aprobada por la Asamblea General el 23 de diciembre de 2003
Naciones Unidas A/RES/58/212
Asamblea General
Distr. general 11 xx xxxxx de 2004
Quincuagésimo octavo período de sesiones
Tema 94 c) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 23 de diciembre de 2003
[sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/58/484/Add.3)]
58/212. Convenio sobre la Diversidad Biológica
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 55/201, de 20 de diciembre de 2000, 56/197, de 21 de diciembre de 2001, y 57/253 y 57/260, de 20 de diciembre de 2002,
Reiterando que el Convenio sobre la Diversidad Biológica1 es el instrumento internacional clave para la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos biológicos y la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos,
Recordando los compromisos asumidos en la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible de procurar una aplicación más eficiente y coherente de los tres objetivos del Convenio y el logro para 2010 de una reducción significativa del ritmo actual de pérdida de la diversidad biológica, lo cual exigirá que se adopten medidas a todos los niveles, como la aplicación de estrategias y planes de acción nacionales de diversidad biológica y el aporte de recursos financieros y técnicos nuevos y adicionales a los países en desarrollo,
Reafirmando la urgencia de reconocer, con sujeción a la legislación nacional, los derechos de las comunidades locales e indígenas que son depositarias de conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales, y, con la aprobación y participación de los depositarios de tales conocimientos, innovaciones y prácticas, desarrollar y aplicar de mutuo acuerdo mecanismos para compartir los beneficios derivados del uso de tales conocimientos, innovaciones y prácticas,
Expresando su profundo reconocimiento al Gobierno de Malasia por su generoso ofrecimiento de ser el anfitrión de la séptima reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica y la primera reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio en calidad de reunión de las Partes en el Protocolo xx Xxxxxxxxx sobre Seguridad de la Biotecnología, que han de celebrarse en Kuala Lumpur del 9 al 20 y del 23 al 27 de febrero de 2004 respectivamente,
1 Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 1760, No. 30619.
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1. Xxxx nota del informe del Secretario Ejecutivo del Convenio sobre la Diversidad Biológica que le presentó el Secretario General en su quincuagésimo octavo período de sesiones2;
2. Toma conocimiento de los resultados de la reunión abierta entre períodos de sesiones sobre el programa de trabajo plurianual de la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica hasta 2010, celebrada en Montreal (Canadá) del 17 al 20 xx xxxxx de 2003;
3. Toma conocimiento también de los resultados de las reuniones octava y novena del Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico de la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica, que se celebraron en Montreal (Canadá) los días 10 a 00 xx xxxxx x 00 x 00 xx xxxxxxxxx xx 0000;
4. Reitera el compromiso asumido en la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible de negociar en el marco del Convenio sobre la Diversidad Biológica, teniendo presentes las Directrices xx Xxxx sobre el acceso a los recursos genéticos y la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de su utilización, un régimen internacional para promover y salvaguardar la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos;
5. Reitera también el compromiso de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible de promover la aplicación amplia y la ulterior elaboración de las Directrices xx Xxxx, como aporte para ayudar a las partes a elaborar y redactar medidas legislativas, administrativas o normativas sobre el acceso y la distribución de los beneficios, así como contratos y otras disposiciones en condiciones convenidas de común acuerdo para el acceso y la distribución de los beneficios;
6. Invita a los países que aún no lo hayan hecho a que ratifiquen el Convenio sobre la Diversidad Biológica;
7. Acoge con beneplácito la entrada en vigor, el 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, xxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica3 y la convocación de la primera reunión de la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Protocolo xx Xxxxxxxxx sobre Seguridad de la Biotecnología, e invita a las partes en el Convenio que aún no hayan ratificado el Protocolo ni se hayan adherido a él a que examinen la posibilidad de hacerlo;
8. Destaca que la aplicación efectiva del Protocolo xx Xxxxxxxxx sobre Seguridad de la Biotecnología exigirá pleno apoyo de las partes y las organizaciones internacionales competentes, e insta además a las partes a que faciliten la creación de capacidad en materia de seguridad de la biotecnología en los países en desarrollo, así como en los países de economía en transición, especialmente para desarrollar y fortalecer la capacidad de los países para poner la información necesaria a disposición del Centro de intercambio de información sobre seguridad de la biotecnología e interactuar con el Centro;
2 A/58/191.
3 Véase UNEP/CBD/ExCOP/1/3 y Corr.1, xxxxxxx xxxxx, xxxxx.
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9. Invita a los países a que consideren la posibilidad de ratificar el Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura o de adherirse a él;
10. Alienta a los países desarrollados que son partes en el Convenio a que contribuyan a los fondos fiduciarios correspondientes del Convenio, en particular para promover la plena participación en todas sus actividades de los países en desarrollo que son partes en el Convenio;
11. Insta a las partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica a que faciliten la transferencia de tecnología para la aplicación efectiva del Convenio de conformidad con sus disposiciones;
12. Subraya la necesidad de un aumento de los recursos financieros y técnicos para la aplicación del Convenio sobre la Diversidad Biológica y el Protocolo xx Xxxxxxxxx sobre Seguridad de la Biotecnología por los países en desarrollo y los países de economía en transición y, a ese respecto, celebra que la tercera reposición de los recursos del Fondo para el Medio Ambiente Mundial haya sido satisfactoria y considerable;
13. Toma nota de la labor en curso del grupo de enlace de las secretarías y las oficinas de los órganos subsidiarios competentes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático4, la Convención de las Naciones Unidas de lucha contra la desertificación en los países afectados por sequía grave o desertificación, en particular en África5, y el Convenio sobre la Diversidad Biológica, y sigue alentándolos a seguir cooperando para promover la complementariedad entre las secretarías respetando a la vez la condición jurídica independiente de cada una de ellas;
14. Destaca la importancia de armonizar los requisitos en materia de presentación de informes de los convenios relacionados con la diversidad biológica respetando al mismo tiempo la condición jurídica independiente de cada uno de ellos;
15. Invita al Secretario Ejecutivo del Convenio sobre la Diversidad Biológica a que mantenga informada a la Asamblea General sobre la labor en curso relativa al Convenio, incluido su Protocolo xx Xxxxxxxxx;
16. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo noveno período de sesiones el subtema titulado “Convenio sobre la Diversidad Biológica”.
78ª sesión plenaria 23 de diciembre de 2003
4 Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 0000, Xx. 00000.
5 Ibíd., vol. 0000, Xx. 00000.
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