Contract
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ORDENANZA Nº 10627/2003.-
EXPTE.Nº 1547/2003-H.C.D.
VISTO:
El expediente Nº 50/03 del Departamento Ejecutivo Municipal caratulado: “ Secretaría de Gobierno s/concesión Centro de Estudios Arqueológicos Xxxxxx Xxxxxxx”.
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo solicita la homologación del Contrato de Concesión de Espacio Público suscripto entre la Municipalidad de Gualeguaychú y el Centro de Estudios Arqueológicos Xxxxxx Xxxxxxx sobre el predio denominado “La Xxxxxxx”, ubicado en el Parque Unzué cuyos límites y linderos son : Norte: linda con Río Gualeguaychú; Este: linda con Xxxxxx Zapallo; Sur: linda mediante tres rectas a los siguientes rumbos y distancias: S. 69º 27´ O de 50,20 m, S 78º 33´ O de 87,20 m y N 82º 03´O de 123,50 m, todas con Xxxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxx, Xxxxx: linda mediante tres rectas a los siguientes rumbos y distancias: N 19º 22´O de 77,20 m; N 39º, 37´O de 47,49 m y N 47º 30´O de 81,50 m, todas con calle pública del Parque Unzué, para el funcionamiento del Museo Arqueológico Xxxxxx Xxxxxxx y la ejecución de actividades conexas al objeto del Centro de Estudios Arqueológicos Xxxxxx Xxxxxxx.
Que en autos obra también un Acta Intención suscripta entre las mismas partes en fecha 6 de noviembre de 2002 en la que se exponen los objetivos y actividades que desarrolla el Centro de Estudios Arqueológicos y se explica la conveniencia y necesidad de emplazar el Museo Arqueológico “Xxxxxx Xxxxxxx” en el referido predio.
Que “La Xxxxxxx” constituye un espacio perfectamente adaptable a las necesidades del Centro de Estudios Arqueológicos, ya que por una parte cuenta con un edificio que brinda la posibilidad de exponer las piezas rodeadas de un hábitat similar al que tuvieron en su origen, realizar charlas, conferencias y audiovisuales y por la otra, en el resto del predio, permite el desarrollo de actividades conexas a los objetivos del Centro como visitas guiadas y campamentos educativos, todo ello dentro del concepto de defensa de la ecología y medio ambiente y rescate de nuestras raíces autóctonas identificatorias.
ORDENANZA Nº 10627/2003.-
Que no escapa a este Honorable Concejo Deliberante que el Museo Arqueológico “ Xxxxxx Xxxxxxx” ha sido producto del tesonero esfuerzo de más de cuarenta años de trabajos, que logró reunir un sinnúmero de piezas y monumentos pertenecientes a indígenas que habitaron esta zona y merece el incondicional apoyo de esta Municipalidad en virtud de constituir un valiosísimo patrimonio histórico que legaremos a las futuras generaciones.
Que el Museo Arqueológico “Xxxxxx Xxxxxxx” fue inaugurado el 12 de octubre de 1992 y ha funcionado hasta hace poco tiempo en la “Casa de la Cultura”, ubicada en 00 xx Xxxx 000, habiendo sido donado dicho inmueble a la Municipalidad de Gualeguaychú por el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Xxxx con el cargo de creación de dicho museo. Por tal razón el Centro de Estudios Arqueológicos “Xxxxxx Xxxxxxx” ha manifestado en el Acta Intención que resigna el uso de las instalaciones de la Casa de la Cultura en virtud de su traslado al predio del Parque Unzué denominado “La Xxxxxxx”, traslado que en los hechos ya se ha producido, en el marco de la más estrecha confianza, amistad y acogimiento que la Municipalidad otorga al Centro de Estudios Arqueológicos y especialmente a la persona del Profesor Xxxxxxx.
Que siendo atribución de este Honorable Concejo Deliberante otorgar concesiones sobre uso de los bienes del dominio público (art.11 inc. E, Ley 3001) y no existiendo objeciones que formular al convenio suscripto en fecha 7 de febrero de 2003, deviene procedente su homologación.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN XXXX DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- HOMOLOGAR el Contrato de Concesión de Espacio Público suscripto entre la Municipalidad de Gualeguaychú, representada en ese acto por su Presidente Municipal Doctor Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, asistido por su Secretario de Gobierno Doctor Xxxxxx
ORDENANZA Nº 10627/2003.-
Xxxxxx Xxxxxxx y el Centro de Estudios Arqueológicos Xxxxxx Xxxxxxx (Resolución D.I.P.J Nº 134/97) en fecha xxxxx xx xxxxxxx xx 0000.
ART.2º.- ACEPTAR la renuncia al uso de las instalaciones de la “Casa de la Cultura”, ubicada en xxxxx 00 xx Xxxx Xx 734 de esta ciudad, efectuada por el Centro de Estudios Arqueológicos Xxxxxx Xxxxxxx a favor de la Municipalidad de Gualeguaychú.
ART.3º.- COMUNÍQUESE, ETC...
SALA DE SESIONES.
XXX XXXX XX XXXXXXXXXXXX, 00 XX XXXXX XX 0000.
XXXXXX XXXXXXXX, PRESIDENTE – XXXX XXXXXXX XXXXX, SECRETARIO.
ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.