PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO Y SERVICIOS VARIOS EN LAS INSTALACIONES DE LA
VICERRECTORÍA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA SECCIÓN DE CONTRATACIÓN
SEDE PALMIRA
ADICIÓN Y PRÓRROGA No. 01 CONTRATO No. 002 DE 2021
PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO Y SERVICIOS VARIOS EN LAS INSTALACIONES DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE XXXXXXX
CELEBRADO ENTRE
LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE XXXXXXX Y
SERVIESPECIALES S.A.S.
Entre los suscritos, a saber: XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía No. 16.246.522 expedida en Palmira (V), en su calidad de Vicerrector de Sede y quien por delegación conferida en el literal c) numeral 10 del artículo 13 del Manual de Convenios y Contratos, adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 del 19 de diciembre de 2014, está facultado para la celebración de contratos en nombre de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE XXXXXXX, identificada con NIT. 899.999.063–3, ente universitario autónomo del orden nacional, vinculado al Ministerio de Educación Nacional, con régimen especial, con personería jurídica reconocida mediante Decreto 1210 del 28 xx xxxxx de 1993 expedido por el Ministerio de Educación Nacional, y quien para efectos de este documento se denominará LA UNIVERSIDAD, de una parte; y por la otra, XXX XXXXXX XXX XX XXXX, identificada con cédula de ciudadanía No. 41.565.413 de Bogotá D.C., quien actúa como representante legal de SERVIESPECIALES S.A.S., persona jurídica de derecho privado, identificada con NIT 890.331.277- 2, constituida mediante Escritura Pública No. 5470 de 18 de julio de 1986 de la Notaria Segunda de Cali, con Matrícula Mercantil No. 179632-16 de 29 xx xxxxxx de 1986, según Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de Cali, quien para efectos de este documento se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar la presente adición y prórroga al contrato No. 002 de 2021, previas las siguientes:
CONSIDERACIONES:
1) Mediante contrato No. 002 de 2021 se pactó CONTRATAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO Y SERVICIOS VARIOS EN LAS INSTALACIONES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE PALMIRA, cuyo período de ejecución de conformidad con la cláusula sexta del contrato, es de cuatro (4) meses comprendidos entre el día primero (1) xx xxxxx de 2021 hasta el día treinta (30) xx xxxxx de 2021.
2) De acuerdo con la cláusula séptima del contrato VALOR: “El valor del presente contrato es de CIENTO SESENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS PESOS MONEDA CORRIENTE ($ 165.478.332) IVA incluido (…)”.
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3) En oficio P.1.017.074-20 fechado 00 xx xxxxx xx 0000, xx xxxxxxxxx XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXX, Jefe de la Sección de Logística de la sede y supervisor del contrato, solicita al comité de contratación prorrogar el plazo de ejecución contractual por dos (2) meses, a partir del primero
(1) de julio de 2021 hasta el treinta y uno (31) xx xxxxxx de 2021; y asimismo, adicionar el valor del contrato en OCHENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO SESENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($ 82.739.166).
4) De la misma forma, el supervisor del contrato conceptuó favorablemente sobre la prórroga y adición del contrato indicando que:
• “Debido a que el contrato No. 02 del año 2021, de prestación del servicio de aseo y servicios varios, finaliza el día 30 xx xxxxx de 2021, que a la fecha se ha ejecutado el 73.6% del contrato, y que no se cuenta con personal de planta que realice la labor, se hace necesario dar continuidad al servicio de aseo para mantener las instalaciones de la sede Palmira en buenas condiciones de conservación, teniendo en cuenta que en la actualidad la Universidad Nacional de Colombia se encuentra realizando el proceso de Negociación Global de Precios (NGP) para contratar algunos servicios para todas sus sedes, dentro de los que está incluido el servicio de aseo y servicios varios, proceso de contratación que debe completarse en el mes xx xxxxxx de 2021, para dar inicio a la ejecución de los contratos a partir del mes de septiembre del año en curso, situación que hace necesario realizar una adición y prórroga al mencionado contrato por dos (2) meses, período durante el cual se completará el proceso para la nueva contratación global”.
• “Se presenta la solicitud teniendo en cuenta que de acuerdo con la normatividad vigente se puede adicionar hasta el 50% del valor inicial del contrato y en este caso a la fecha no se ha realizado ninguna adición y lo solicitado corresponde al 50% del total del valor contratado, por lo tanto, se cumple con lo establecido”.
• “De igual manera, considero que es importante tener en cuenta que hasta la fecha no se han presentado problemas ni fallas representativas en la ejecución del contrato No. 002 de 2021 por parte de la empresa contratista, quienes actualmente prestan el servicio de aseo de buena manera, condición que sugiero tener en cuenta para tomar la decisión, en lo que hace referencia a autorizar la adición y prórroga al contrato No. 02 de 2021, que se encuentra actualmente en ejecución por parte de la empresa SERVIESPECIALES S.A.S.”.
5) Con su solicitud, el supervisor del contrato anexa cotización del contratista, informe parcial de supervisión, formato de solicitud de adición-prórroga y certificados de disponibilidad presupuestal No. 138 de 8 xx xxxxx de 2021 por $ 76.773.166 y No. 73 de 10 xx xxxxx de 2021 por $ 5.966.000, que amparan la adición.
6) En sesión No. 018 del día 17 xx xxxxx de 2021, el Comité de Contratación de la Universidad Nacional de Colombia Sede Xxxxxxx acordó recomendar al ordenador del gasto, la suscripción de la adición y prórroga en los términos solicitados por el supervisor del contrato.
En virtud de lo anterior, las partes
ACUERDAN:
CLÁUSULA PRIMERA: De común acuerdo, prorrogar el plazo de ejecución del Contrato No. 002 de
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2021 por dos (2) meses, correspondientes al periodo comprendido desde el primero (1) de julio de 2021 hasta el treinta y uno (31) xx xxxxxx de 2021.
CLÁUSULA SEGUNDA: De común acuerdo, adicionar el valor del Contrato No. 002 de 2021, en OCHENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO SESENTA Y SEIS PESOS
M/CTE ($ 82.739.166). LA UNIVERSIDAD pagará al CONTRATISTA el valor aquí adicionado previa presentación de dos (2) facturas a nombre de la Universidad Nacional de Colombia – NIT 000.000.000-3, discriminadas así: una (1) factura que contenga el valor mensual de $ 38.386.583 IVA incluido y otra factura que contenga el valor mensual de $ 2.983.000 IVA incluido, de acuerdo con la oferta presentada. La primera factura será cubierta por el certificado de disponibilidad presupuestal No. 138-5001 (Nivel Central), y la segunda por el certificado de disponibilidad presupuestal No. 73-5011 (Facultad Ciencias Agropecuarias). Igualmente deberá anexar la certificación en que conste que EL CONTRATISTA se encuentra al día en el pago de aportes a seguridad social y a parafiscales, conforme a lo dispuesto en la Ley 789 de 2002, expedido por el Revisor Fiscal o Representante legal según sea el caso, y constancia de cumplimiento expedida por el Supervisor del contrato. Para todos los efectos, el valor del contrato con esta adición queda en DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($ 248.217.498).
CLÁUSULA TERCERA: Salvo lo modificado por este documento, continúan vigentes los demás términos, obligaciones y condiciones del contrato No. 002-2021.
CLÁUSULA CUARTA: La presente adición-prórroga se perfecciona con la firma de las partes. Se legalizará y ejecutará con la ampliación de las garantías por parte del contratista y su aprobación por parte de LA UNIVERSIDAD, de acuerdo con el nuevo valor y plazo de ejecución contractual; una vez cumplidos los anteriores requisitos, el Jefe de Contratación o quien haga sus veces, se lo comunicará a través de cualquier medio escrito al CONTRATISTA y al Interventor/Supervisor del Contrato. PARÁGRAFO I. Los documentos de que trata la presente cláusula deben ser entregados por EL CONTRATISTA para su revisión y aprobación a la oficina de contratación (xxxxxxxxxxxxxx_xxx@xxxx.xxx.xx), dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la remisión por parte de LA UNIVERSIDAD de la modificación al contrato, suscrita por el ordenador del gasto. PARÁGRAFO II. Será obligación del Jefe de Contratación o quien haga sus veces, publicar el presente documento en el sitio Web de Contratación de LA UNIVERSIDAD, según lo dispuesto en el artículo 71 del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014.
En constancia se firma en la ciudad xx Xxxxxxx - Xxxxx del Cauca, a los diecisiete (17) días del mes xx xxxxx del año dos mil veintiuno (2021).
XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX Vicerrector de Sede UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE XXXXXXX | XXX XXXXXX XXX XX XXXX Representante Legal SERVIESPECIALES S.A.S. |
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OK Reg Pptal en 5001#102, en 5011 #60 del 18/6/21