Contract
PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIO DE MANTENIMIENTO MECÁNICO DE LA PLANTA DE BBG
ÍNDICE
1. OBJETO Y DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL 5
1.2 Documentación contractual 5
2. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN 5
2.1 Régimen jurídico aplicable al Contrato 5
2.2 Procedimiento de adjudicación del Contrato 6
3.2 Necesidad de BBG a satisfacer mediante el Contrato 6
3.3 Prestaciones de carácter técnico objeto del Contrato 7
3.4 Lugar de las prestaciones objeto del Contrato 7
3.6 Valor estimado del Contrato 8
4.2 Comisión de contratación 9
4.3 Persona responsable del Contrato 10
5.1 Capacidad de las empresas licitadoras 10
5.2 Agrupaciones de empresas 11
5.4 Sucesión en el procedimiento de licitación 14
6. PUBLICIDAD, DOCUMENTACIÓN Y RÉGIMEN DE COMUNICACIONES 15
7. PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES POR LAS ENTIDADES LICITADORAS 16
7.1 Lugar y fecha de presentación de proposiciones 16
7.2 Documentación e información a las empresas licitadoras 17
7.3 Contenido de las proposiciones. 18
7.3.1 Sobre Nº UNO. Título: ”Documentación Administrativa” 18
7.3.2 Sobre Nº DOS. “Documentación que se valora mediante juicio de valor”
7.3.3 Sobre nº TRES “Documentación que se valora mediante fórmula” 21
7.4 Efectos de la presentación de las proposiciones 22
8. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 22
8.1 Criterios que dependen de un juicio de valor 22
8.2 Criterios de aplicación automática 25
9. VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN 26
9.1 Apertura del Sobre nº UNO y calificación de la documentación administrativa 26
9.2 Apertura y examen del Sobre nº DOS 27
9.3 Apertura y examen del Sobre nº TRES 27
9.4 Desarrollo de los actos públicos de apertura de los Sobres. 27
9.5 Publicidad del resultado de los actos de la Comisión de Contratación y notificación a las empresas licitadoras afectadas. 27
9.6 Valoración de las proposiciones 28
9.7 Aclaración de las proposiciones 28
9.9 Ofertas con valores anormales o desproporcionados 29
9.10 Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación 29
9.11 Presentación de la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos por la empresa licitadora que haya presentado la mejor oferta 30
9.14 Formalización del Contrato 32
10.1 Personal a cargo del Contrato en la entidad contratista 33
10.2 Condiciones generales de ejecución del Contrato 33
10.3 Abonos a la empresa contratista 34
10.4 Obligaciones laborales, sociales, fiscales y de protección del medio ambiente 35
10.5 Seguro de responsabilidad civil y medioambiental 35
10.6 Condiciones especiales de ejecución del Contrato 35
10.7.1 Penalidades por ejecución defectuosa 36
10.7.2 Liquidación de las penalidades 37
10.8 Modificaciones del Contrato 37
10.9 Suspensión del Contrato 40
11.2 Causas de resolución del Contrato 41
12. SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN DEL CONTRATO 43
12.3 Sucesión en la persona de la empresa contratista 00
1. OBJETO Y DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL
1.1 Objeto
El objeto de estos Pliegos de Condiciones Administrativas Particulares (“PCAP” o el “Pliego”) es regular los términos y condiciones que regirán la licitación y adjudicación del Contrato de mantenimiento mecánico de la Planta de recepción, almacenamiento y regasificación de gas natural licuado titularidad de Bahía de Bizkaia Gas, S.L. (“BBG”) en Zierbena, Bizkaia (el “Contrato”).
1.2 Documentación contractual
Tendrán la consideración de documentos contractuales este Pliego, el Pliego de Prescripciones Técnicas, todo ello con sus anexos, la oferta de la empresa adjudicataria y el documento de formalización del Contrato (“Documentación Contractual”). En caso de controversias entre alguno de estos documentos, primará este Xxxxxx, seguido, por el orden en que se citan, el resto de documentos.
2. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
2.1 Régimen jurídico aplicable al Contrato
(i) El régimen jurídico aplicable al presente Contrato será:
a. Preparación y adjudicación. En cuanto a la preparación y adjudicación, el Contrato se regirá por el Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales (“RD-Ley 3/2020”), este Pliego y el Pliego de Prescripciones Técnicas.
b. Efectos y extinción. En cuanto a los efectos y extinción, el Contrato se regirá por este Pliego, el Pliego de Prescripciones Técnicas, el resto de
Documentación Contractual y, en todo aquello no previsto en los anteriores, por las normas de derecho privado.
(ii) Las controversias derivadas del Contrato se regirán por las siguientes normas:
a. Reclamaciones. Las reclamaciones que, en su caso, se presenten por infracción de las reglas contenidas en el RD-Ley 3/2020 se tramitarán de conformidad con lo dispuesto en el Título VII del Libro Primero del RD-Ley 3/2020. De acuerdo con la normativa aplicable, las resoluciones dictadas en el ámbito de alguno de los procedimientos previstos en el Título VII del Libro Primero del RD-Ley 3/2020 podrán ser impugnadas ante el orden contencioso- administrativo.
b. Efectos y extinción. Las reclamaciones relativas a los efectos y extinción del Contrato podrán ser impugnadas ante los órganos del orden jurisdiccional civil.
2.2 Procedimiento de adjudicación del Contrato
La presente licitación se realizará por el procedimiento abierto, con varios criterios de adjudicación, de conformidad con lo previsto en el RD-Ley 3/2020, este Pliego y el Pliego de Prescripciones Técnicas.
3. DISPOSICIONES GENERALES
3.1 Objeto del Contrato
El Contrato tiene por objeto el servicio de mantenimiento mecánico de los equipos y elementos que componen las unidades de producción principal, auxiliares y viales en la Planta de BBG.
3.2 Necesidad de BBG a satisfacer mediante el Contrato
(i) Mediante la licitación de este Contrato, se pretenden satisfacer las necesidades de mantenimiento mecánico de la Planta para garantizar el cumplimiento de las normas técnicas, de seguridad y medio ambiente, que hagan posible la realización por parte de BBG de su actividad de recepción, almacenamiento y
regasificación de GNL, de acuerdo con la normativa de aplicación y buscando la optimización tanto en términos de eficiencia como de seguridad y medioambiente.
(ii) Para lograr esta finalidad, las empresas licitadoras han de incluir en su oferta técnica el servicio destinado a la mejor gestión de las tareas de mantenimiento mecánico, atendiendo a las normas técnicas, de seguridad y medio ambiente aplicables y, en todo caso de acuerdo con las mejores técnicas disponibles en el mercado.
3.3 Prestaciones de carácter técnico objeto del Contrato
De acuerdo con lo previsto en el Pliego de Prescripciones Técnicas, las prestaciones objeto del Contrato serán las siguientes:
a. La ejecución de las órdenes de trabajo de mantenimiento planificado y correctivo de las asignadas a la entidad adjudicataria por la persona Responsable del Contrato o persona delegada.
b. Las tareas de mantenimiento mecánico que afecten a la seguridad y el medio ambiente, incluidas las necesarias para cumplir los reglamentos de seguridad industrial y medio ambiente que, en su caso, resulten de aplicación
c. Las tareas de mantenimiento mecánico de modificación para mejora de métodos de trabajo, fiabilidad y disponibilidad.
d. Las tareas de mejora, modificaciones o trabajos nuevos que afecten a la calidad, a la seguridad, al medio ambiente, a la producción o a la eficiencia energética y las del respeto al medio ambiente por un menor impacto.
e. Las tareas de mantenimiento planificado para cumplir con el plan de mantenimiento anual y las tareas de mantenimiento correctivo.
3.4 Lugar de las prestaciones objeto del Contrato
Con arreglo a lo dispuesto en la cláusula 1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, las prestaciones objeto del Contrato se llevarán a cabo en la Planta de BBG. La
Planta o las Instalaciones tienen el alcance definido en la cláusula 1 y Anexo 1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
3.5 Duración del Contrato
(i) El Contrato tendrá una duración de tres años, desde el 1 de octubre de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2025, con posibilidad de prórroga de 1 año previo acuerdo de las partes con un mes de antelación a la fecha de finalización del plazo inicial.
(ii) Llegado el término de la duración, el Contrato se extinguirá, de conformidad con lo establecido en la cláusula 11 de este Pliego.
3.6 Valor estimado del Contrato
(i) El valor estimado del Contrato (“Valor Estimado”), calculado conforme al artículo
de 4 del RD-Ley 3/2020, asciende a la cantidad de:
• 678.196 euros (incluyendo la prórroga); 169.549 euros anuales.
• IVA (21%)
• Total (IVA incluido): 820.617,16 euros.
(ii) Las ofertas que superen el Valor Estimado no serán admitidas.
(iii) El Valor Estimado del contrato se ha establecido en la fecha actual (teniendo en cuenta su posible prórroga, pero sin tener en cuenta las modificaciones no previstas en los Pliegos conforme al artículo 110 del RD-Ley 3/2020).
(iv) Para determinar el Valor Estimado del Contrato se han tenido en cuenta los precios xx xxxxxxx, los costes de mano de obra, los costes de estructura general, así como un beneficio industrial razonable. Asimismo, se ha tenido en cuenta, de forma actualizada, el valor estimado de los contratos celebrados anteriormente por BBG con el mismo o similar objeto.
3.7 Precio del Contrato
(i) El precio del Contrato será el que resulte de la adjudicación, incluyendo el Impuesto del Valor Añadido (“IVA”), que se indicará como partida independiente (“Precio”).
(ii) Se incluirán en el Precio los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para la entidad adjudicataria como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en este Pliego y en el resto de la Documentación Contractual.
3.8 Cómputo de plazos
Los plazos señalados en días en el presente Xxxxxx se entenderán días naturales, salvo que expresamente se indique que se trata de días hábiles. Cuando la fecha de vencimiento del plazo indicado sea xxxxxx, xxxxxxx o festivo, pasará al primer día hábil siguiente.
Por días hábiles se entenderán los días hábiles en la provincia de Bizkaia.
4. ENTIDAD CONTRATANTE
4.1 Entidad Contratante
BBG tiene la consideración de entidad contratante, de conformidad con el artículo 5 del RD-Ley 3/2020 (“Entidad Contratante”).
4.2 Comisión de contratación
(i) Se designará una Comisión de Contratación encargada de la tramitación de la licitación de este Contrato (“Comisión de Contratación”). La Comisión de Contratación estará integrada por los miembros de la Comisión de Adjudicación que BBG tiene constituida con carácter ordinario para todo tipo de pedidos, con la participación en este caso de la Jefatura del departamento de mantenimiento. La Comisión de Contratación estará formada, en consecuencia, por los siguientes miembros:
a. Presidencia: el Director General de BBG, siendo su sustituto cualquier Jefatura de Área, designada previamente por éste.
b. Secretaría: Jefatura del departamento jurídico de BBG, siendo su sustituto cualquier miembro de esta área, designado previamente por la Jefatura del departamento jurídico.
c. Vocal: Jefatura del departamento económico-financiero de BBG, siendo su sustituto cualquier miembro de esta área, designado previamente por la Jefatura del departamento económico-financiero.
d. Vocal: Jefatura del departamento de mantenimiento, siendo su sustituto cualquier miembro de esta área, designado previamente por la Jefatura del departamento de mantenimiento.
(iii) Las decisiones de la Comisión de Contratación se adoptarán por consenso.
4.3 Persona responsable del Contrato
(i) Se designa como responsable del Contrato a la Jefatura del departamento de mantenimiento de BBG (el/la “Responsable del Contrato”), a la que corresponderán las funciones de dirección, supervisión e inspección de la ejecución de las prestaciones objeto del Contrato, incluida la decisión de imponer penalidades de acuerdo con lo previsto en la cláusula 10.6(iii).
(ii) En los términos previstos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, la persona Responsable del Contrato podrá dictar instrucciones a la empresa contratista que serán de obligado cumplimiento.
(iii) La persona Responsable del Contrato podrá ser sustituida en cualquier momento durante la vigencia del Contrato, conforme a los procedimientos internos de BBG.
5. EMPRESAS LICITADORAS
5.1 Capacidad de las empresas licitadoras
(i) De conformidad con el artículo 30 del RD-Ley 3/2020, podrán ser adjudicatarias de este Contrato las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en alguna de la prohibiciones para contratar que establece la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos con el Sector Público (“Ley 9/2017”), siempre que dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la ejecución del Contrato, y reúnan las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera y técnica establecidas en la cláusula 5.3 de este Pliego, así como el resto de requisitos establecidos en la legislación aplicable, este Pliego o el Pliego de Prescripciones Técnicas.
(ii) Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de este Contrato si la realización de las prestaciones previstas en la cláusula 3 está comprendida dentro de su objeto social.
(iii) Podrán ser adjudicatarias de este Contrato las empresas no españolas de Estados Miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar las prestaciones objeto del Contrato.
(iv) Las empresas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deben tener abierta sucursal en España, con designación de personas apoderadas o personas representantes para sus operaciones, y estar inscritas en el Registro Mercantil. A los efectos de este Contrato, las empresas no españolas que tengan sucursal abierta en otro Estado Miembro tendrán la consideración de empresas no españolas de Estados Miembros de la Unión Europea.
5.2 Agrupaciones de empresas
Podrán participar en esta licitación las agrupaciones de empresas u operadores económicos, cualquiera que sea su forma, siempre que cada una de las empresas agrupadas tenga plena capacidad de obrar y, conjuntamente, dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la ejecución de la prestación, y reúnan las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera y técnica en los términos de la cláusula 5.3, así como el resto de requisitos establecidos en la legislación aplicable, este Pliego o el Pliego de Prescripciones Técnicas. La agrupación de empresas o sus participantes no
podrán estar incursos en alguna de las prohibiciones para contratar que establece la Ley 9/2017.
5.3 Solvencia
(i) Solo podrán resultar adjudicatarios del Contrato, los operadores económicos que acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos de solvencia técnica y económica:
A) Solvencia técnica | |||
Objeto de acreditación, con indicación del valor mínimo | Documentación a presentar (medio de acreditación) | Momento de presentación | |
1. | Haber ejecutado al menos un contrato de servicio de mantenimiento mecánico de instalaciones del mismo tipo o naturaleza análoga, durante los últimos 7 años, con un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70% del valor estimado anual del Contrato, o de su anualidad media si ésta es inferior al valor estimado del Contrato. | Relación de trabajos efectuados en los últimos 7 años con indicación de su valor, en los que se hayan prestado servicios del mismo tipo o naturaleza a las prestaciones objeto de este Contrato. | Al presentar la Oferta |
2. | Certificación de alguna de las siguientes normas de sistemas de gestión ISO-9001, ISO- 14001, ISO-45001, ISO- 27001, ISO-50001, Modelo EFQM o Modelo de Gestión Avanzada u otras equivalentes. | Documentación acreditativa de que el licitador cuenta con el certificado de normas de gestión correspondiente. ISO 50001:2018, ISO/IEC 27001:2013, ISO 9001:2015, |
A) Solvencia técnica | |||
ISO 14001:2015, ISO 45001:2018 | |||
3. | Compromiso de disponer de personal adscrito al Contrato para actuaciones en tribología con certificación en RCT nivel 1 según ISO 18436- 4 u otra acreditación equivalente | Carta de compromiso de contar con una persona adscrita al Contrato encargada de los servicios de tribología que disponga de esa certificación o llegue a disponer de ella en el plazo máximo de tres meses desde la formalización del Contrato | |
B) Solvencia económica | |||
Objeto de acreditación, con indicación del valor mínimo | Documentación a presentar (medio de acreditación) | Momento de presentación | |
5. | Volumen anual de negocios igual o superior a 200.000 euros | Copia compulsada de las cuentas anuales del último año depositadas en el Registro Mercantil o en el registro oficial donde deba estar inscrito, en caso de ser un operador económico extranjero o proveniente de otro Estado Miembro. Si se trata de una persona empresaria individual no inscrita en el Registro Mercantil, lo acreditará mediante sus cuentas anuales legalizadas por el Registro mercantil o por el registro u organismo oficial correspondiente. | Al presentar la Oferta |
(ii) Las empresas licitadoras podrán basarse en las capacidades de otras entidades, independientemente de los vínculos que tengan con ellas, siempre que demuestren que disponen de manera efectiva de los medios necesarios para la ejecución de las prestaciones objeto de este Contrato. Para ello, se aportará certificado de la empresa que presta la solvencia, debidamente sellado y firmado por persona con poder suficiente, acreditando tal circunstancia e incluyendo la aceptación expresa de que asume los efectos señalados en el artículo 1257 del Código Civil.
(iii) Las agrupaciones de empresas podrán sumar o acumular las capacidades de cada una de las personas integrantes, siempre que, como mínimo, todas las personas integrantes hayan tenido algún tipo de experiencia previa en la realización de actividades de mantenimiento mecánico de instalaciones del mismo tipo o análoga naturaleza.
5.4 Sucesión en el procedimiento de licitación
Si durante la tramitación de esta licitación y antes de la formalización del Contrato se produce la extinción de la personalidad jurídica de la empresa licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial o de una rama de la actividad, le sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquiriente del patrimonio o de la correspondiente rama de actividad, siempre que reúna las condiciones de capacidad y solvencia establecidas en la cláusula 5.3.
La sucesora deberá comunicar a BBG, tan pronto como sea posible, que se ha producido la sucesión. BBG podrá requerir a la sucesora la documentación necesaria para acreditar que cumple con las condiciones de capacidad y solvencia previstas en este Pliego.
6. PUBLICIDAD, DOCUMENTACIÓN Y RÉGIMEN DE COMUNICACIONES
(i) Publicidad y documentación. La información relativa al presente Contrato se publicará a través de la página web de la Entidad Contratante (“Página Web”) y podrá ser consultada en la siguiente dirección electrónica:
xxxx://xxx.xxx.xx/xx/xxxxxxxxx-x-xxxxxxxxxx/xxxx-xxxxxxxx- proveedores/licitacion-servicios-de-mantenimiento-mecanico/
Toda la documentación necesaria para la presente licitación estará a disposición de las personas interesadas en la Página Web.
(ii) Régimen de notificaciones. Con carácter general, excepto donde este Xxxxxx indique lo contrario, las notificaciones se practicarán por medios electrónicos:
− Las empresas licitadoras deberán indicar en su oferta una dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones, de acuerdo con el modelo incluido en el Anexo 2.
− La notificación se entenderá realizada en la fecha de envío de la misma por BBG siempre que se haya enviado a la dirección de correo electrónico indicada por las empresas licitadoras en su oferta.
− En las notificaciones se podrán adjuntar copias escaneadas de los documentos objeto de notificación. Las personas interesadas podrán acceder en cualquier momento al documento original y solicitar copia sellada.
(iii) Comunicaciones a BBG. Sin perjuicio de lo establecido para la presentación de proposiciones, las comunicaciones de las empresas licitadoras a BBG en relación con este Contrato se realizarán en la siguiente dirección de correo electrónico indicando en el asunto “Contrato de mantenimiento mecánico 2022”: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx0000@xxx.xx.
7. PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES POR LAS ENTIDADES LICITADORAS
7.1 Lugar y fecha de presentación de proposiciones
(i) Las proposiciones se presentarán a la atención de Xxxxxx Xxxxxxx, Jefa de Mantenimiento en BBG, a través del medio señalado en el anuncio de licitación publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea y en la Página Web.
(ii) La presentación se hará mediante correo electrónico (xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx0000@xxx.xx), con el título “Contrato de mantenimiento mecánico 2022”, seguido de la razón social de la empresa licitadora, de la siguiente manera:
• Se presentará una Carpeta ZIP, por cada uno de los sobres que se indican en la cláusula 7.3.
• En caso de que por el tamaño de las Carpetas ZIP o por cualquier otra razón informática, la presentación no pueda realizarse en un único correo electrónico, las Carpetas ZIP de cada uno de los sobres se presentarán en un enlace de “wetransfer”, “sharefile” o medio equivalente de acceso sin coste ni habilitación previa para la Entidad Contratante.
• Cada Carpeta ZIP contendrá una contraseña. La Entidad Contratante solicitará por correo electrónico la contraseña a la empresa licitadora mediante correo electrónico que la Entidad Contratante dirigirá a la dirección desde donde se haya recibido la proposición el mismo día previsto para la apertura de los sobres según se indica en la cláusula 9.
• Los documentos incluidos en cada Carpeta ZIP se encontrarán en formato PDF.
(iii) BBG informará por correo electrónico la recepción de la proposición indicando el nombre de la empresa licitadora, la denominación del Contrato, y el día y hora de la presentación.
(iv) Las proposiciones habrán de presentarse en el plazo establecido en el anuncio de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Cada licitador sólo podrá presentar una proposición. La empresa licitadora que haya presentado proposición en agrupación con otros empresarios no podrá, al mismo tiempo, presentar proposición individual, ni figurar en más de una unión temporal participando en la licitación. Infringir esta norma dará lugar a no admitir ninguna de las propuestas que haya suscrito la empresa licitadora.
7.2 Documentación e información a las empresas licitadoras
(i) Las empresas licitadoras podrán acceder a toda la Documentación contractual en el lugar identificado en el anuncio publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea:
xxxx://xxx.xxx.xx/xx/xxxxxxxxx-x-xxxxxxxxxx/xxxx-xxxxxxxx- proveedores/licitacion-servicios-de-mantenimiento-mecanico/
(ii) BBG proporcionará las aclaraciones solicitadas por las empresas licitadoras al menos con seis días naturales de antelación a la fecha de vencimiento del plazo de presentación de proposiciones. Las solicitudes de aclaraciones se realizarán en la dirección de correo electrónico [xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx0000@xxx.xx] indicada en la cláusula 6(iii).
(iii) BBG publicará tanto la solicitud de aclaración como su respuesta en la Página Web para que pueda ser accesible a todas las empresas licitadoras.
(iv) Las solicitudes de aclaración se realizarán a más tardar diez días naturales antes de la fecha de vencimiento del plazo de presentación de proposiciones, inadmitiéndose todas aquellas posteriores a esa fecha.
(v) Las empresas licitadoras podrán realizar visitas a las Instalaciones para la formulación de sus ofertas en los términos previstos en la cláusula 1 (iii) xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
7.3 Contenido de las proposiciones.
(i) Las proposiciones constarán de los sobres que se indican a continuación, debidamente configurados por la empresa licitadora o persona que lo representa conforme se indica en la cláusula 7.1, haciendo constar en cada carpeta ZIP el nombre del Contrato, la identificación del Sobre (carpeta ZIP) con su Título, y el nombre de la empresa licitadora.
(ii) En el interior de cada carpeta se hará constar en hoja independiente su contenido mediante índice ordenado numéricamente.
7.3.1 Sobre Nº UNO. Título: ”Documentación Administrativa”
(i) Índice
(ii) Ficha-resumen de datos de la empresa licitadora a efectos de notificación, en la que conste la dirección completa de la empresa licitadora, correo electrónico, número de teléfono, fax y persona de contacto.
(iii) Documentos que acrediten la personalidad de la entidad licitadora y su ámbito de actividad.
Si la empresa licitadora fuese persona jurídica, la personalidad se acreditará mediante la presentación de la escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito sea exigible según la legislación mercantil aplicable. Si dicho requisito no fuese exigible, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acta fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial.
En caso de que la persona licitadora fuese persona física o empresario individual deberá presentar fotocopia compulsada de su Documento Nacional de Identidad (“DNI”). En caso de que el empresario individual no posea DNI deberá presentar fotocopia legitimada notarialmente o
compulsada por el órgano administrativo competente, del documento que reglamentariamente le sustituya.
(iv) Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Las entidades licitadoras que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de una persona jurídica presentarán poder suficiente al efecto. En caso de que la persona representante no posea DNI deberá presentar fotocopia legitimada notarialmente o compulsada por el órgano administrativo competente, del documento que reglamentariamente le sustituya.
(v) En su caso, compromiso de constitución de una unión temporal de empresas. Cuando dos o más entidades acudan a la licitación constituyendo una agrupación de empresas, deberán presentar documento original que contenga el compromiso de constituir formalmente la agrupación de empresas en caso de resultar adjudicatarias del Contrato, debidamente firmada y sellada por cada uno de los operadores económicos integrantes de la agrupación de empresas.
Dicho documento deberá contener las siguientes indicaciones:
a. El nombre o razón social de cada una de las empresas licitadoras.
b. Los documentos previstos en esta Cláusula respecto de cada una de las empresas licitadoras.
c. El porcentaje de participación de cada una de ellas en la agrupación de empresas.
d. Cualquier otra información que sea relevante a los efectos del trámite de admisión de las proposiciones.
(vi) Documentación acreditativa de la solvencia en los términos previstos en la cláusula 5.3 de este Pliego.
(vii) Compromiso de adscripción de medios a la ejecución del contrato. Deberán indicarse los medios materiales y personales que la empresa licitadora se
compromete a poner a disposición de la ejecución del contrato, según el modelo que se adjunta como Anexo 1.
(viii) Declaración responsable de no estar incursa la empresa en las prohibiciones para contratar y estar al corriente de sus obligaciones en materia de seguridad social y tributarias, conforme a lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, así como del resto de cuestiones reflejadas en el modelo que se adjunta como Anexo 2.
(ix) Declaración expresa responsable de la empresa licitadora relativa al grupo empresarial al que pertenece y comprensiva de todas las sociedades pertenecientes a un mismo grupo, en los términos establecidos en el artículo
42 del Código de Comercio. En caso de no pertenecer a ningún grupo empresarial, la declaración se realizará en este sentido.
(x) Manifestación por escrito de que en la oferta presentada se han tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, y protección del medio ambiente.
(xi) Justificante del compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar la entidad adjudicataria, de la póliza de seguro regulada en la cláusula 10.5 siguiente.
(xii) Documentos y datos de las empresas licitadoras de carácter confidencial. Las empresas licitadoras tendrán que indicar, si es el caso, mediante una declaración complementaria qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales.
(xiii) Especialidades en la documentación que han de presentar las empresas licitadoras no españolas. Si se trata de empresas no españolas, deberán aportar una declaración de sumisión a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden, respecto de cualquier controversia
que pueda derivarse del Contrato, con renuncia expresa, si es el caso, a su propio fuero jurisdiccional.
7.3.2 Sobre Nº DOS. “Documentación que se valora mediante juicio de valor”
(i) En este sobre se deberá incluir la documentación que permita valorar los criterios establecidos en la cláusula 8.1 (criterios de valoración por juicio de valor). Se deberán presentar los documentos originales, sellados y firmados que figuren en dicho sobre, junto con el índice de todos ellos (“Oferta Técnica”).
(ii) En ningún caso deberán incluirse en este Sobre documentos propios del Sobre nº TRES. La inclusión en el Sobre nº DOS de documentación relativa al Sobre nº TRES dará lugar a la exclusión de la entidad licitadora.
(iii) Asimismo, la entidad licitadora deberá incluir cualesquiera otros documentos que se indiquen expresamente en el Pliego de Prescripciones Técnicas o que considere procedente aportar y que permitan verificar que la Oferta Técnica cumple con las especificaciones técnicas requeridas.
7.3.3 Sobre nº TRES “Documentación que se valora mediante fórmula”
(i) En este sobre se deberá incluir la documentación que permita valorar los criterios establecidos en la cláusula 0 (criterios de valoración automática o mediante fórmula) debidamente firmada por quien tenga poder suficiente y sin errores, omisiones obstáculos para una correcta interpretación (“Oferta Económica”).
(ii) La Oferta Económica deberá ser expresada claramente en letras y cifras (en caso de discordancia se atenderá al valor más bajo) excluido el IVA. A continuación, se especificará el importe del IVA repercutido, especificando el tipo impositivo, conforme a la normativa aplicable.
(iii) Se entenderá que la Oferta Económica incluye todas las tasas, impuestos y demás tributos aplicables, ya sean directos o indirectos, así como los arbitrios municipales que graven la ejecución del Contrato.
(iv) La Oferta Económica deberá ajustarse al modelo de proposición incluido como Anexo 3 del Contrato.
7.4 Efectos de la presentación de las proposiciones
(i) La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por parte de la empresa licitadora de las cláusulas de este Pliego (y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas) y la declaración responsable de que la empresa licitadora reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Entidad Contratante.
(ii) Las empresas licitadoras no podrán retirar su proposición durante el plazo de tres meses a contar desde la fecha límite de presentación de ofertas.
8. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
La puntuación global de los criterios objeto de valoración en la presente licitación ascenderá a un máximo de 100 puntos, distribuidos de la siguiente manera: (i) 30 para la oferta técnica; (ii) 70 para la oferta económica.
8.1 Criterios que dependen de un juicio de valor
Criterios que dependen de un juicio de valor: Máximo 30 puntos | Forma de valoración | Ponderación | |
1. Proyecto integral de mantenimiento mecánico. | • Compleción y coherencia del Plan de mantenimiento, conservación y de seguridad | 2 puntos | Máximo 12 puntos/sobre 30 |
• Descripción y modelización de las tareas de mantenimiento mecánico que afecten a la seguridad y medio ambiente. | 2 puntos | ||
• Descripción y modelización de las tareas de mantenimiento mecánico para cumplir con los reglamentos de seguridad industrial y medio ambiente. | 2 puntos |
• Descripción y modelización de tareas de mantenimiento mecánico de modificación de métodos de trabajo, fiabilidad y disponibilidad. | 2 puntos | ||
• Descripción y modelización de acciones de mejora, modificaciones o trabajos nuevos que afecten al incremento de los niveles de calidad, seguridad y producción. | 2 puntos | ||
• Descripción y modelización de acciones de mejora, modificaciones o trabajos nuevos que afecten a los niveles de eficiencia y respeto al medioambiente. | 2 puntos | ||
2. Proyecto de gestión − La puntuación se atribuirá con base en la fiabilidad de los aspectos propuestos y | • Plantilla adscrita al Contrato. Se deberán adjuntar los curriculum vitae del personal adscrito al Contrato. • Asimismo, se deberá adjuntar una declaración responsable, siguiendo el modelo del Anexo 5, sobre cumplimiento de la normativa sobre protección de datos para la presentación de estos datos en la oferta. | 2 puntos | Máximo 8 puntos/sobre 30 |
los medios personales y materiales que se adscriban a la ejecución del proyecto. | • Plan anual de formación al personal de la empresa específicamente adaptado a las necesidades de BBG. | 2 puntos | |
• Formación del personal de la empresa, con el número, currículo y relación contractual con la empresa, del personal especializado que se asignará al servicio. • Asimismo, se deberá adjuntar una declaración responsable, siguiendo el modelo del Anexo 5, sobre cumplimiento de la normativa sobre protección de datos. | 2 puntos | ||
• Programa de supervisión periódica sobre los métodos de uso y aplicación de las normas de calidad, seguridad, medio ambiente y eficiencia energética. | 2 puntos | ||
3. Políticas sociales | • Plan de igualdad o la realización de acciones en este sentido, de conformidad con Ley 4/2005, de 18 de febrero y/x Xxx Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx. Pondría acreditación del cumplimiento de la Ley y en caso de no ser de obligado cumplimiento Plan de igualdad o acciones realizadas para el cumplimiento de la Ley | 4 puntos | Máximo 10 puntos/sobre 30 |
• Integración de personas con discapacidad: acreditación de cumplimiento con la LISMI | 3 puntos | ||
• Aplicación de políticas de responsabilidad social corporativa. | 3 puntos |
8.2 Criterios de aplicación automática
Criterios de aplicación automática Máximo 70 puntos | Forma de valoración | Ponderación | |
1. Precio a tanto alzado −Obtendrá una mayor puntuación la Oferta Económica que contenga menor Precio a tanto alzado. −Podrán coincidir en orden las Ofertas Económicas que contengan un Precio a tanto alzado idéntico, obteniendo idéntica puntuación. | Mejor valoración económica | 60 puntos | Máximo 60 puntos / sobre 70 |
2ª mejor valoración económica | Puntos proporcionales sobre la oferta de mejor valoración económica | ||
3ª mejor valoración económica | Puntos proporcionales sobre la oferta de mejor valoración económica | ||
4ª mejor valoración económica | Puntos proporcionales sobre la oferta de mejor valoración económica | ||
5ª y siguientes mejor valoración económica | Puntos proporcionales sobre la oferta de mejor valoración económica | ||
2. Tarifas de prolongación de jornadas y retenes | Mejor valoración económica | 10 puntos | Máximo 10 puntos / sobre 70 |
2ª mejor valoración económica | 7 puntos | ||
3ª mejor valoración económica | 5 puntos | ||
4ª mejor valoración económica | 3 puntos | ||
5ª y siguientes | 1 puntos |
mejor valoración económica |
9. VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
9.1 Apertura del Sobre nº UNO y calificación de la documentación administrativa
(i) Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Comisión de Contratación procederá a la apertura y verificación de la Documentación Administrativa presentada por las empresas licitadoras en tiempo y forma en el denominado Sobre nº UNO y se procederá a la calificación de la citada documentación.
(ii) Si la Comisión de Contratación observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a las personas interesadas concediéndoles un plazo no superior a tres días hábiles para su corrección o subsanación.
(iii) Si la Documentación Administrativa de una empresa contiene defectos insubsanables o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación.
(iv) Transcurridos el plazo de subsanación la Comisión de Contratación, en el mismo acto público de apertura del Sobre nº DOS y con carácter previo a la misma, declarará las empresas licitadoras admitidas a la licitación, los rechazados, y las causas de rechazo.
(v) Sin perjuicio de lo establecido en el anuncio de licitación publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, se incluirá en la siguiente Página Web un calendario tentativo, sujeto a las actualizaciones necesarias, sobre las fechas de apertura de los distintos sobres y el momento en que se solicitarán las contraseñas:
xxxx://xxx.xxx.xx/xx/xxxxxxxxx-x-xxxxxxxxxx/xxxx-xxxxxxxx- proveedores/licitacion-servicios-de-mantenimiento-mecanico/
9.2 Apertura y examen del Sobre nº DOS
(i) En el acto público señalado en la cláusula anterior, se procederá a la apertura de los Sobres nº DOS.
(ii) Se excluirá automáticamente del procedimiento de licitación a aquellas empresas licitadoras que incorporen en el Sobre nº DOS documentación que deba ser objeto de evaluación posterior y que deba integrarse en el Sobre nº TRES.
9.3 Apertura y examen del Sobre nº TRES
(i) Una vez realizada la valoración de los criterios sujetos a un juicio de valor, se convocará a las empresas licitadoras a un acto público. En este acto, y con carácter previo a la apertura del Sobre nº TRES, la Comisión de Contratación dará a conocer las puntuaciones obtenidas por las empresas licitadoras en los criterios sujetos a un juicio de valor.
(ii) Seguidamente, la Comisión de Contratación procederá a la apertura de los Sobres nº TRES de las empresas licitadoras admitidas, dando lectura a las ofertas económicas.
9.4 Desarrollo de los actos públicos de apertura de los Sobres.
(i) La apertura de los Sobres nº 2 y nº 3 se realizará en un acto público, en las fechas comunicadas a las empresas licitadoras, a las que podrán acudir las empresas licitadoras de manera presencial o telemática.
(ii) La Entidad Contratante comunicará a las empresas licitadoras la fecha, lugar y hora en el que se realizará el acto público de apertura de los Sobres y el mecanismo de asistencia telemática.
9.5 Publicidad del resultado de los actos de la Comisión de Contratación y notificación a las empresas licitadoras afectadas.
(i) Sin perjuicio de las comunicaciones y anuncios en diarios oficiales conforme al RD-Ley 3/2020, el resultado de los actos de la Comisión de Contratación de calificación, admisión o exclusión de las ofertas se publicará en la Página Web, que actuará como tablón de anuncios.
Se excluirá aquella información que no sea susceptible de publicación por tener carácter confidencial.
Todo ello sin perjuicio de la comunicación a las empresas licitadoras afectadas.
(ii) El acto de exclusión de una empresa licitadora podrá ser notificado a ésta en el mismo acto público, si fuera posible por encontrarse alguna persona representante de la empresa licitadora presente en dicho acto. En estos casos, la Comisión de Contratación podrá exigir a las empresas licitadoras presentes acuse de recibo debidamente firmado de la recepción y conocimiento de dicha notificación.
(iii) El acto de exclusión podrá ser impugnado conforme a lo establecido en el RD- Ley 3/2020 y en el resto de normativa que, en su caso, sea de aplicación.
9.6 Valoración de las proposiciones
(i) Para la valoración de las proposiciones, la Comisión de Contratación podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos.
(ii) Igualmente, podrá solicitar estos informes cuando considere necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
(iii) Las propuestas que no cumplan las prescripciones técnicas exigidas no serán objeto de valoración.
9.7 Aclaración de las proposiciones
La Comisión de Contratación podrá solicitar a la empresa licitadora aclaración sobre la oferta presentada o si hubiere de corregir manifiestos errores materiales en la redacción y siempre que se respete el principio de igualdad de trato y sin que puedan, en ningún caso, modificarse los términos de la oferta.
9.8 Admisión de variantes
La presente licitación no admite la presentación de variantes.
9.9 Ofertas con valores anormales o desproporcionados
(i) Se presumirán anormales o desproporcionadas las Ofertas Económicas que sean inferiores en más de 15 unidades porcentuales a la media aritmética del Precio a tanto alzado de las ofertas presentadas.
(ii) Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, la Comisión de Contratación antes de poder rechazarla, pedirá por escrito a quienes hubieran presentado dichas ofertas las precisiones que juzgue oportunas sobre la composición de la oferta correspondiente y comprobará dicha composición teniendo en cuenta las explicaciones que le sean facilitadas, para lo que otorgará un plazo de respuesta de tres días contados desde la recepción de la petición de estas explicaciones.
(iii) La Comisión de Contratación excluirá la proposición de la empresa licitadora cuando considere que no han quedado debidamente justificados los términos de la proposición o cuando el plazo concedido al efecto no haya sido atendido.
9.10 Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación
(i) Una vez valoradas las ofertas y seleccionada la mejor propuesta con arreglo a los criterios de adjudicación, la Comisión de Contratación realizará las siguientes actuaciones:
a. Clasificará por orden decreciente (mayor puntuación a menor puntuación) las proposiciones válidamente presentadas que no hayan sido consideradas desproporcionadas o anormales, incluyendo la puntuación otorgada a cada una de ellas. En caso de empate en la puntuación global entre dos o más proposiciones, se clasificará primero la proposición que incluya una mejor Oferta Técnica, con arreglo a los criterios de adjudicación previstos en la Cláusula 0 de este Pliego. Si habiendo empate en la puntuación global también lo hay en la puntuación de la Oferta Técnica, se clasificará en primer lugar la proposición que haya obtenido una mejor puntuación en el Proyecto integral de mantenimiento mecánico.
b. Y propondrá la adjudicación a la primera oferta clasificada.
(ii) La Comisión de Contratación levantará un acta de clasificación y propuesta de adjudicación, detallando la fecha, hora y lugar en que ha sido realizada (“Acta de clasificación y propuesta de adjudicación”).
9.11 Presentación de la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos por la empresa licitadora que haya presentado la mejor oferta
(i) La Comisión de Contratación requerirá a la empresa licitadora que haya presentado la mejor oferta, conforme al Acta de clasificación y propuesta de adjudicación para que, en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en el que haya recibido el requerimiento, presente:
a. Documentos acreditativos de la efectiva disposición de los medios que, en su caso, se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.
b. Documento acreditativo de la constitución de la Garantía Definitiva.
c. Documento acreditativo de encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
d. Cuando se ejerzan actividades sujetas al Impuesto sobre Actividades Económicas: Alta, referida al ejercicio corriente, o último recibo, junto con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto y, en su caso, declaración responsable de encontrarse exento.
e. En el caso de que se trate de una agrupación de empresas, deberán éstas acreditar la constitución de la unión temporal de empresas, en escritura pública, así como el CIF asignado a dicha unión
f. Si se hubiere aportado en el Sobre nº UNO fotocopias de la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos administrativos (cuando ello esté permitido conforme a este Pliego), se presentarán los correspondientes originales o copias compulsadas.
(ii) La Comisión de Contratación calificará la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos de la empresa licitadora cuya oferta haya
resultado más competitiva, a efectos de comunicar los defectos subsanables que aprecie, concediendo un plazo de un día hábil para su subsanación.
(iii) De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que la empresa licitadora ha retirado su oferta. En este caso, la Comisión de Contratación procederá a efectuar el requerimiento previsto en esta cláusula a la empresa licitadora clasificada en siguiente lugar, siguiendo el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas en el Acta de clasificación y propuesta de adjudicación.
9.12 Garantía definitiva
(i) La empresa licitadora que presente la mejor oferta deberá constituir una garantía definitiva en cualquiera de las formas siguientes:
a. En efectivo o en valores de Deuda Pública.
b. Mediante aval prestado por una entidad financiera de reconocido prestigio autorizada para operar en España o en la Unión Europea.
c. Mediante contrato de seguro de caución, celebrado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España o en la Unión Europea.
(ii) La garantía definitiva será de un 5% del importe de adjudicación, IVA excluido.
(iii) La garantía definitiva deberá constituirse a favor de la Entidad Contratante, a primer requerimiento y sin beneficio de excusión, según el modelo que se xxxxxxx xxxx Xxxxx 0.
(iv) En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles a la empresa adjudicataria, ésta deberá reponer o ampliar aquélla en la cuantía que corresponda en el plazo de quince días desde la ejecución; incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
(v) Cuando como consecuencia de una modificación del Contrato el Precio experimente una variación, deberá reajustarse la garantía definitiva, para que guarde la debida proporción con el Precio resultante de la modificación, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique a la empresa
licitadora el acuerdo de modificación; incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
9.13 Adjudicación
(ii) La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a todas las empresas licitadoras y, simultáneamente, se publicará en la Página Web.
(iii) La notificación de la adjudicación contendrá la información necesaria que permita a las empresas licitadoras excluidas interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En todo caso, la notificación de la adjudicación contendrá el nombre de la empresa adjudicataria y las características y ventajas de la oferta ganadora que haya determinado la adjudicación.
(iv) En la notificación de la adjudicación, así como en la Página Web, se indicará la fecha límite en la que debe procederse a la formalización del Contrato.
(v) Corresponderá, en todo caso, a la Entidad Contratante el derecho a declarar desierto el procedimiento de adjudicación de forma motivada siempre que las ofertas recibidas no se adecuen a los criterios establecidos.
9.14 Formalización del Contrato
(i) La Entidad Contratante y la empresa adjudicataria deberán formalizar el Contrato, conforme a lo establecido en el RD-Ley 3/2020.
(ii) El Contrato no podrá formalizarse hasta que hayan transcurrido quince días hábiles desde la publicación de la adjudicación en la Página Web.
(iv) En caso de que por causas imputables a la empresa adjudicataria no se formalice el Contrato en el plazo establecido al efecto, la adjudicación quedará sin efecto y la Entidad Contratante estará facultada para ejecutar la garantía definitiva. En
cualquier caso, la empresa adjudicataria responderá por los daños y perjuicios ocasionados a la Entidad Contratante, como consecuencia de la no formalización del Contrato, en todo aquello que exceda de la garantía definitiva.
(v) Asimismo, se procederá a adjudicar el Contrato a la empresa licitadora ordenada en siguiente lugar en el Acta de clasificación y propuesta de adjudicación.
10. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
10.1 Personal a cargo del Contrato en la entidad contratista
La entidad contratista deberá designar principal y sustituto que actúe como:
a. Responsable del servicio, que estará facultado para organizar la realización del Contrato y poner en práctica las observaciones, instrucciones e indicaciones que la persona Responsable del Contrato le pueda formular para el exacto cumplimiento del Contrato.
b. Responsable de seguridad (Recurso Preventivo), que estará facultado por la entidad contratista para realizar cuantas actuaciones sean necesarias para cumplir con la normativa de seguridad aplicable. Las personas Responsables del servicio y Seguridad serán las encargadas de recibir las indicaciones o instrucciones de la persona Responsable del Contrato.
Para las personas sustitutas no será necesaria identificación nominativa en la proposición, pero sí compromiso de que el personal sustituto del Responsable del servicio y Responsable de Seguridad cuenta con la capacidad profesional idónea, equivalente a la de los titulares.
La designación de las personas responsables del Servicio y de Seguridad deberá ser aprobada por BBG, a través de la persona Responsable del Contrato, teniendo en cuenta su formación y currículum.
10.2 Condiciones generales de ejecución del Contrato
(i) El Contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas de este Pliego, al Pliego de Prescripciones Técnicas, al resto de Documentación Contractual y conforme a las instrucciones dictadas por la persona Responsable del Contrato.
(ii) La ejecución del Contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx de la empresa contratista, que será responsable, hasta que transcurra el plazo de la garantía definitiva, de todos los daños y perjuicios ocasionados a la Entidad Contratante, a su personal y a terceros.
(iii) El plazo de garantía de los servicios será de un año a contar desde la fecha de su recepción o conformidad del trabajo, ampliado por el tiempo que corresponda en caso de prórroga del Contrato. Durante el período de garantía, la empresa contratista estará obligada a resolver, a su xxxxx, todas las deficiencias que se puedan observar en lo ejecutado, con independencia de las consecuencias que se puedan derivar de las responsabilidades en que hubiera podido incurrir, de acuerdo con lo establecido en el presente Xxxxxx.
(iv) Cumplidas por la empresa contratista las obligaciones derivadas del Contrato, si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, y transcurrido el período de garantía, en su caso, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de aquélla, previo informe favorable de la persona Responsable del Contrato.
10.3 Abonos a la empresa contratista
(i) El pago del Precio se efectuará con carácter mensual, en la parte proporcional que corresponda del Precio.
(ii) En cada mensualidad, la empresa contratista emitirá una certificación de los trabajos realizados y facturará el importe del Precio mediante la emisión de la correspondiente factura o documento equivalente. La factura se enviará a la Entidad Contratante dentro de los diez días hábiles a la finalización de cada mes de referencia.
(iii) La Entidad Contratante abonará el importe correspondiente al Precio de cada mensualidad en un plazo de 60 días naturales, desde la recepción de la factura o documento equivalente.
Dicho pago se realizará mediante transferencia bancaria en la cuenta designada por la empresa contratista, o mediante cheque nominativo a nombre de la empresa contratista, previa conformidad de BBG de la certificación emitida.
En caso de disconformidad de BBG con la certificación emitida, la empresa contratista deberá emitir una nueva certificación atendiendo a las indicaciones de BBG. BBG podrá retener el pago correspondiente a la parte proporcional de la certificación sobre la que exista disconformidad hasta que no se emita por parte de la empresa contratista una certificación que reciba la conformidad de BBG.
10.4 Obligaciones laborales, sociales, fiscales y de protección del medio ambiente
La empresa contratista está obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social, de igualdad, de integración social de personas con discapacidad, de prevención de riesgos laborales y de protección del medio ambiente que les sean de aplicación, así como aquellas que se establezcan en los pliegos que rigen en esta contratación.
10.5 Seguro de responsabilidad civil y medioambiental
Antes de la formalización del Contrato, la entidad contratista suscribirá un contrato de seguro de responsabilidad civil y medioambiental, por valor de
2.500.000 €, con una entidad aseguradora autorizada para operar en España que deberá cubrir como mínimo los daños ocasionados por la ejecución de las prestaciones objeto del Contrato.
10.6 Condiciones especiales de ejecución del Contrato
(i) La empresa adjudicataria deberá someterse a las condiciones especiales de ejecución del Contrato previstas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
(ii) En cualquier caso, la empresa adjudicataria estará obligada al cumplimiento de las siguientes obligaciones de carácter social, ético o medioambiental:
• Promoción del reciclado de productos y el uso de envases reutilizables.
• El mantenimiento o mejora de los valores medioambientales que puedan verse afectados en la ejecución del Contrato.
• Promover la inserción laboral en condiciones igualitarias de personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social y dar cumplimiento a la Ley de igualdad y sus desarrollos normativos, o en caso de no ser aplicable poner en práctica medidas efectivas de promoción de la igualdad en el trabajo de hombres y mujeres.
A los efectos de garantizar las condiciones de seguridad, higiene y salud del personal que desarrolla el servicio en BBG, esta pone a disposición de la Contratista espacios comunes de vestuarios y taller, siendo por ello que la empresa contratista deberá utilizar dichos servicios y abonará las cuantías correspondientes por esta utilización. Todo ello en los términos previstos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
10.7 Penalidades
10.7.1 Penalidades por ejecución defectuosa
(i) El cumplimiento defectuoso de las prestaciones objeto del Contrato, incluido el incumplimiento del régimen de subcontratación o de las condiciones especiales de ejecución del Contrato, podrá conllevar la imposición de penalidades. A título ejemplificativo, se podrá entender por incumplimiento defectuoso el incumplimiento de los objetivos vinculados a los índices de control técnico, de conformidad con lo previsto en el Pliego de Prescripciones Técnicas, cuando de la evaluación se alcance un resultado inferior al objetivo fijado en ese Pliego o así lo pongan de manifiesto los indicadores de seguridad y cumplimiento de plazos.
(ii) La cuantificación de las penalidades por ejecución defectuosa se realizará, con audiencia de la empresa contratista, aplicando criterios de proporcionalidad en atención a la gravedad del incumplimiento. En cualquier caso, la cuantía no podrá
superar el 20% del importe del Precio, salvo lo previsto para el caso de incumplimientos relacionados con el régimen de subcontratación (en cuyo caso, la penalidad podrá alcanzar el 50% del importe del contrato de subcontratación, aunque ello conlleve superar el 20% de importe del Precio).
(iii) La imposición de las penalidades por cumplimiento defectuoso, previstas en esta cláusula, no exime a la empresa contratista de hacer frente a los daños y perjuicios ocasionados a la Entidad Contratante como consecuencia de la ejecución defectuosa de las prestaciones objeto del Contrato.
10.7.2 Liquidación de las penalidades
(i) La empresa contratista deberá abonar el importe total de las penalidades en un plazo no superior a treinta días hábiles.
(ii) En caso de que dentro del plazo establecido en el párrafo anterior la empresa contratista no haya abonado el importe total de las penalidades, la Entidad Contratante podrá liquidarlas por cualquiera de los siguientes medios:
a. Descontando el importe de las penalidades impuestas de la parte del Precio, correspondiente a las mensualidades siguientes a la fecha de imposición de las penalidades, hasta la satisfacción de su importe total.
b. Ejecutando total o parcialmente la garantía definitiva hasta la satisfacción del importe de las penalidades impuestas. En caso de que la cantidad obtenida de la ejecución de la garantía definitiva no fuese suficiente para satisfacer el importe total de las penalidades, la Entidad Contratante podrá descontar el importe restante del Precio, conforme al apartado a), anterior, de esta cláusula.
10.8 Modificaciones del Contrato
(i) En los términos de los artículos 109 a 112 del RD-Ley 3/2020, la Entidad Contratante solamente podrá modificar el Contrato: (a) en los supuestos regulados en el presente Pliego (sujeto a las condiciones, alcance y los límites establecidos); y (b) excepcionalmente, en los supuestos previstos en el artículo 111 del RD-Ley 3/2020.
(ii) Cualquier modificación del Contrato deberá realizarse por escrito e incorporarse como adenda al Contrato, previo acuerdo entre las partes. Las modificaciones propuestas en los términos previstos en esta cláusula serán vinculantes para la entidad contratista.
(iii) De acuerdo con el artículo 110 del RD-Ley 3/2020, se establecen como modificaciones previstas en el Pliego, aquellas que concurran durante su vigencia y que resulten de alguno de los siguientes supuestos:
• Aumento, modificación, reducción o supresión de las Instalaciones objeto del Contrato o por sustitución de los elementos que conforman dichas Instalaciones.
• Nuevas tareas de mantenimiento, cuya necesidad se derive claramente de las circunstancias de la prestación del servicio o de las Instalaciones no contempladas expresamente en el Contrato, siempre que sean cuestiones puntuales y por su similitud se puedan asociar a las tareas objeto del servicio, en los términos del artículo 110.2 del RD-Ley 3/2020.
La concurrencia de, al menos, uno de los anteriores supuestos será suficiente para la modificación del Contrato. En ningún caso, el alcance y la naturaleza de las modificaciones puede ser de tal entidad que suponga la alteración de la naturaleza global del Contrato o el establecimiento de nuevos precios unitarios no previstos en el Contrato.
(iv) El Precio del Contrato se incrementará o reducirá proporcionalmente en atención a la nueva configuración de las Instalaciones, como consecuencia del aumento, reducción o supresión.
(v) La suma de las modificaciones, al alza o a la baja, no podrá superar el 10% del valor estimado del Contrato. La superación de ese porcentaje impedirá la modificación del Contrato. De ser imprescindible la modificación y no poderse contratar de manera autónoma, la Entidad contratante podrá instar la resolución del Contrato.
(vi) No se considerará una modificación del Contrato, la alteración de las condiciones de ejecución del Contrato como consecuencia de la modificación de la normativa aplicable.
(vii) Respecto de las modificaciones previstas en estos Pliegos (cfr. apartado (iii) de esta cláusula 10.8) el procedimiento para la modificación del Contrato se ajustará a lo siguiente:
• La Entidad Contratante comunicará a la empresa contratista la necesidad de modificar el Contrato. En dicha comunicación, la Entidad Contratante expresará, con justificación sucinta, la concurrencia del supuesto o supuestos de modificación del Contrato.
• La Entidad Contratante otorgará un plazo no inferior a 15 días naturales (salvo urgencia justificada, en cuyo caso podrá reducirse el plazo a 7 días naturales) a la empresa contratista para que alegue lo que a su derecho convenga acerca de la modificación del Contrato.
• Una vez recibidas las alegaciones, la Entidad Contratante recabará los informes que sean exigibles conforme a la normativa aplicable, así como todos aquellos que considere oportunos para valorar la procedencia de la modificación del Contrato. Asimismo, recabará las autorizaciones correspondientes conforme a la normativa aplicable.
• Una vez acordada la modificación por ambas partes, se procederá a la modificación por escrito, firmada por ambas partes, del documento de formalización del Contrato. En dicho documento, se adjuntarán todos los documentos que conforman el expediente de modificación.
• Finalmente, la modificación se publicará en los términos previstos en el artículo 112 del RD-Ley 3/2020.
(viii) Respecto de las modificaciones no previstas en estos Pliegos, el procedimiento para la modificación del Contrato se ajustará a lo establecido en el apartado (vii)
de esta cláusula 10.8, sin perjuicio de los trámites adicionales que se deban evacuar conforme al RD-Ley 3/2020.
10.9 Suspensión del Contrato
(i) La Entidad Contratante podrá acordar la suspensión temporal de las prestaciones objeto del Contrato, por un plazo no superior a 6 meses, si por razones técnicas, medioambientales, de seguridad o de salud, fuese necesario suspender o paralizar la actividad de BBG o el funcionamiento de alguna o algunas de las Instalaciones incluidas en el Contrato. La paralización de la actividad de la Entidad Contratante o el cierre temporal de las Instalaciones por orden de las Administraciones Públicas o del Gestor Técnico del Sistema, o la paralización de la normal actividad para la prestación del servicio. constituirá, asimismo, una razón justificativa de la suspensión del Contrato.
(ii) La suspensión del Contrato implica la suspensión de la ejecución de las prestaciones y de la liquidación del Precio, por el plazo acordado por la Entidad Contratante.
(iii) Cuando el plazo de suspensión acordado por la Entidad Contratante llegue a término, se reanudará la ejecución del Contrato en los términos previstos en este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
(iv) La entidad contratista tendrá derecho a una indemnización del 5% del Precio correspondiente a cada mensualidad vencida, durante el plazo de suspensión efectiva del Contrato, siempre y cuando dicha suspensión no se derive de causas fuerza mayor o causas externas a BBG (entre otras cuestiones, sin ánimo exhaustivo, situaciones de pandemia, desastres naturales u otros eventos o circunstancias equivalentes).
11. EXTINCIÓN DEL CONTRATO
11.1 Causas de extinción
(i) El Contrato quedará extinguido por cualquiera de las siguientes causas:
a. Mutuo acuerdo de las partes, que deberá formalizarse por escrito.
b. Por el transcurso del plazo de duración del Contrato.
c. Por la concurrencia de una o varias causas de resolución previstas en la cláusula siguiente.
(ii) Tras la finalización del Contrato, el Contratista deberá abandonar las Instalaciones de BBG en el mismo día.
11.2 Causas de resolución del Contrato
(i) Serán causas de resolución del Contrato, además de las establecidas en este Pliego, las expresadas en esta cláusula.
(ii) La Entidad Contratante podrá resolver el Contrato por cualquiera de las siguientes causas:
a. Por la muerte o incapacidad sobrevenida de la empresa contratista, la extinción de la persona jurídica de la empresa contratista (en caso de que fuese una sociedad) o la disolución de las agrupaciones de empresas.
b. Por el retraso injustificado de la empresa contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del Contrato durante un plazo de tres días hábiles continuados desde que se requiera su cumplimiento por la Entidad Contratante.
c. Por el incumplimiento del compromiso de disponer de personal adscrito al Contrato para actuaciones en tribología con certificación en RCT nivel 1 según ISO 18436-4 u otra acreditación equivalente en el plazo de tres meses desde la formalización del Contrato.
d. Por el incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir los recursos personales y materiales suficientes, capacitados y necesarios para la ejecución de las prestaciones objeto del Contrato.
e. Por el incumplimiento por parte de la empresa contratista de las instrucciones, indicaciones u observaciones realizadas por la persona Responsable del Contrato.
f. Ante el abandono del servicio de mantenimiento objeto del Contrato por parte de la empresa contratista.
g. Ante la negativa injustificada de la empresa contratista a proporcionar toda la información que, siendo útil y pertinente, le haya solicitado la persona Responsable del Contrato.
h. Por el incumplimiento por parte de la empresa contratista de las condiciones especiales de ejecución previstas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
i. Como consecuencia de la imposición xx xxxx penalidades en el plazo de doce meses.
j. Ante el incumplimiento, por parte de la empresa contratista, de cualquier obligación establecida en la normativa aplicable, este Pliego, el Pliego de Prescripciones Técnicas o en el resto de la Documentación Contractual.
(iii) La empresa contratista podrá resolver el Contrato por las siguientes causas:
a. Por la extinción de la personalidad jurídica de la Entidad Contratante.
b. Por el retraso o la falta pago de dos facturas por un tiempo superior a 60 días, cada una de ellas, siempre que (i) la empresa contratista haya dirigido un preaviso de forma fehaciente por un plazo no inferior a 15 días hábiles y (ii) desatendido el referido preaviso haya existido previa intimación al pago por parte de la entidad contratista que no haya sido atendido por parte de BBG.
c. Por la falta de formalización o el retraso en el inicio de la ejecución del Contrato por un plazo superior a tres meses, por causas imputables a la Entidad Contratante.
d. Como consecuencia de la suspensión del Contrato por un plazo superior a 30 días.
(iv) La resolución del Contrato por causa imputable a la entidad contratista conllevará la ejecución de la Garantía Definitiva sin perjuicio de los daños y perjuicios que pudiera exceder ese importe y que deberán ser también indemnizados.
12. SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN DEL CONTRATO
12.1 Subcontratación
(i) La empresa contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de las prestaciones objeto del Contrato, en los términos previstos en este Pliego. En todo aquello que no esté específicamente previsto en este Pliego, será aplicable el régimen de los artículos 107 y 108 del RD-Ley 3/2020.
(ii) En caso de que en el momento de la presentación de las ofertas la empresa contratista tenga previsto subcontratar parte de las prestaciones objeto del Contrato con un tercero, deberá indicar la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización
(iii) En caso de que la empresa adjudicataria no tuviese prevista la subcontratación en el momento de presentar su oferta, deberá comunicar por escrito a la Entidad Contratante, tras la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad, datos de contacto y representante o representantes legales del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de este para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, y acreditando que el mismo no se encuentra incurso en prohibición de contratar.
(iv) Los subcontratistas deberán cumplir con los mismos requisitos de aptitud para contratar que la empresa contratista y, en particular, no podrán estar incursos en ninguna causa de prohibición de contratar conforme a la Ley 9/2017.
(v) La empresa contratista deberá notificar por escrito a la Entidad Contratante cualquier modificación de las condiciones de la subcontratación o la información relativa al subcontratista, en los términos del artículo 107 del RD-Ley 3/2020.
(vi) Los subcontratistas quedarán obligados solo ante el contratista principal que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la Entidad Contratante.
(vii) La infracción de las condiciones establecidas en estos Pliegos o en la normativa aplicable, así como la falta de acreditación de la aptitud del subcontratista o de las circunstancias determinantes de la situación de emergencia o de las que hacen urgente la subcontratación, tendrá como consecuencias, en función de la repercusión que tengan en el Contrato, (i) la imposición a la empresa contratista de una penalidad de hasta un 50 % del importe del subcontrato o (ii) la resolución del Contrato.
12.2 Cesión del Contrato
(i) El Contrato y los derechos y obligaciones aquí previstos no podrán ser cedidos, delegados o de cualquier otra forma transferidos por la persona contratista sin el consentimiento previo y por escrito de la Entidad Contratante, a excepción de cualquier cesión o pignoración de los derechos de crédito derivados del presente Contrato.
(ii) A los efectos de este Contrato se requerirá también el consentimiento de la Entidad Contratante en caso de cambio de control del socio de referencia de la empresa contratista. Se entenderá por cambio de control, la venta, donación, cesión o transferencia de cualquier forma de más de un 50% de las acciones o participaciones de la empresa contratista.
12.3 Sucesión en la persona de la empresa contratista
(i) Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula anterior, respecto de la cesión del Contrato, en los casos de fusión, escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad continuará el contrato con la entidad resultante, que quedará subrogada en los derechos y obligaciones del Contrato, siempre que se mantengan las condiciones de capacidad y solvencia en el operador económico sucesor.
(ii) Es obligación de la empresa contratista comunicar fehacientemente a la Entidad Contratante cualquier cambio que afecte a su personalidad jurídica, suspendiéndose el cómputo de los plazos legalmente previsto para el abono de las facturas correspondientes hasta que se verifique dicho cambio conforme a esta cláusula.
COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS
[Nombre y apellidos], con documento de identidad [●], con domicilio en C/ [●], número [●], Código Postal [●] y teléfono [●], actuando en [A1] en nombre y por cuenta propia [A2] en nombre y representación de [nombre o razón social del empresario representado] (la “Sociedad”), con domicilio social en [●], CIF [●], por medio de la presente comparezco, y
DECLARO
BAJO MI RESPONSABILIDAD
I. Que, en caso de que me sea adjudicado el Contrato, [A1] me comprometo [A2] la Sociedad se compromete, de forma inequívoca e irrevocable, a adscribir y mantener durante toda su duración todos los medios personales y materiales necesarios, capacitados y suficientes, para la ejecución de las prestaciones objeto del contrato de servicio de mantenimiento mecánico de la Planta de BBG (el “Contrato”), en los términos previstos en las Ofertas Técnica y Económica y en el resto de Documentación Contractual (conforme tales términos se definen en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares del Contrato).
II. Que, en cualquier caso, [A1] me comprometo [A2] la Sociedad se compromete a cumplir puntualmente con los términos y condiciones previstos en la Documentación Contractual.
Asimismo, declaro y acepto, bajo mi responsabilidad, saber y entender que la adjudicación del Contrato a alguna persona que se halle comprendida en alguno de los supuestos mencionados será nula de pleno derecho.
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Fecha y firma de la empresa licitadora
Declaración responsable de válida constitución, no estar incursa la empresa en las prohibiciones para contratar, y estar al corriente de sus obligaciones en materia de seguridad social y tributarias, designación de dirección de correo
ELECTRÓNICO Y SOMETIMIENTO A LA JURISDICCIÓN DE LOS JUECES Y TRIBUNALES ESPAÑOLES
[Nombre y apellidos], con documento de identidad [●], con domicilio en C/ [●], número [●], Código Postal [●] y teléfono [●], actuando en [A1] en nombre y por cuenta propia [A2] en nombre y representación de [nombre o razón social del empresario representado] (la “Sociedad”), con domicilio social en [●], CIF [●], por medio de la presente comparezco, y
DECLARO
BAJO MI RESPONSABILIDAD
I. [Incluir solo en el caso de sociedades] Que la Sociedad está válidamente constituida y que conforme a su objeto social puede presentarse a la licitación. Asimismo, el firmante de la presente declaración responsable ostenta la debida representación de la Sociedad y, en particular, para la presentación de la proposición.
II. Que, [A1] estoy [A2] la Sociedad está al corriente del cumplimiento de todas las obligaciones tributarias y de seguridad social, así como de las obligaciones derivadas del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social y de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad de mujeres y hombres, que en su caso resulten de aplicación. Asimismo, [A1] estoy [A2] la Sociedad está en disposición de cumplir con las condiciones especiales de ejecución del Contrato.
III. Que, [A1] no estoy [A2] la Sociedad (y ninguno de sus administradores) no está incursa en ninguna de las restantes prohibiciones para contratar con el sector público establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
IV. Que las comunicaciones podrán realizarse, en todo momento, a través de la siguiente dirección de correo electrónico [incluir dirección de correo electrónico].
V. Que, en cualquier caso, sin perjuicio de la nacionalidad, lugar de residencia o cualquier otra cuestión, [A1] me someto [A2] la Sociedad se somete a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del Contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder.
Asimismo, declaro y acepto, bajo mi responsabilidad, saber y entender que la adjudicación del Contrato a alguna persona que se halle comprendida en alguno de los supuestos mencionados será nula de pleno derecho.
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Fecha y firma de la empresa licitadora
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
[Nombre y apellidos], con documento de identidad [●], con domicilio en C/ [●], número [●], Código Postal [●] y teléfono [●], actuando en [A1] en nombre y por cuenta propia [A2] en nombre y representación de [nombre o razón social del empresario representado], con domicilio social en [●], CIF [●], por medio de la presente comparezco, y
MANIFIESTO
I. Que, estoy informado de las condiciones y requisitos exigidos para participar en la licitación del contrato de servicio de mantenimiento mecánico de la terminal de recepción de gas natural licuado de Bahía de Bizkaia Gas, S.L. (“Contrato”).
II. Que, la presente constituye el compromiso de ejecutar las prestaciones objeto del Contrato, con estricta sujeción a los términos y condiciones estipulados en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas, así como al resto de documentación contractual, por los siguientes importes que, a los efectos de la presente licitación, constituyen mi oferta económica.
1.- Precio a tanto alzado:
a. Importe sin IVA:
b. Importe del IVA y Tipo Impositivo: ,
c. Importe total :
I3.- Tarifas de prolongación de jornadas y retenes
a. Importe sin IVA:
b. Importe del IVA y tipo aplicado: ,
c. Importe total:
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Fecha y firma de la empresa licitadora
MODELOS DE GARANTÍA DEFINITIVA
Modelo de aval bancario a primer requerimiento
La entidad [razón social de la entidad financiera], con NIF [●], con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en [●] (“Entidad Avalista”)
AVALA
a [nombre y apellidos o razón social de la sociedad avalada], NIF/DNI [●] (“Avalado/a”), en virtud de lo dispuesto en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares del contrato de servicio de mantenimiento mecánico de la Planta de BBG (el “PCAP”) para responder del cumplimiento de cuantas obligaciones se deriven de la Documentación Contractual (tal y como este término se define en el PCAP), ante Bahía de Bizkaia Gas,
S.L. (“Entidad Contratante”), por importe de [●] equivalente al 5% de importe de adjudicación, IVA excluido.
La Entidad Avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos establecidos en el PCAP.
Este aval se otorga solidariamente respecto del / de la Avalado/a, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Entidad Contratante, con sujeción a los términos previstos en la Documentación Contractual (tal y como este término se define en el PCAP).
El presente aval estará en vigor hasta que la Entidad Contratante o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución, transcurrido el plazo de garantía, de acuerdo con lo establecido en el PCAP.
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Fecha y firma de la Entidad Avalista
Modelo de certificado de seguro de caución
[razón social de la entidad aseguradora] (“Entidad Aseguradora”), con domicilio en [●], y NIF [●]
ASEGURA
a [nombre o razón social de la empresa adjudicataria] con NIF/DNI [●], en concepto de tomador/a del seguro, ante Bahía de Bizkaia Gas, S.L. (“Entidad Asegurada”), hasta el importe de [●], en los términos y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares del contrato de servicio de mantenimiento mecánico de la Planta de BBG (“PCAP”), en concepto de garantía definitiva, para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos en los términos derivados del PCAP.
El/la tomador/a del seguro declara, bajo su responsabilidad, que la Entidad Asegurada cumple con los términos y condiciones establecidos en el PCAP.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho a la Entidad Aseguradora a resolver el contrato de seguro, ni ésta quedará extinguido, ni la cobertura de la Entidad Aseguradora suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
La Entidad Aseguradora no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el/la tomador/a del seguro.
La Entidad Aseguradora asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Entidad Contratante en los términos previstos en el PCAP.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que la Entidad Aseguradora, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, una vez transcurrido el plazo de garantía, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el PCAP
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Fecha y firma de la Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx
Declaración responsable sobre protección de datos
[Nombre y apellidos], con documento de identidad [●], con domicilio en C/ [●], número [●], Código Postal [●] y teléfono [●], actuando en [A1] en nombre y por cuenta propia [A2] en nombre y representación de [nombre o razón social del empresario representado] (la “Sociedad”), con domicilio social en [●], CIF [●], por medio de la presente comparezco, y
DECLARO
BAJO MI RESPONSABILIDAD
I. Que [identificación de la empresa contratista] ha obtenido los consentimientos de las personas interesadas, cuenta con causa de legitimación suficiente y cumple con todos los requisitos legalmente establecidos, conforme al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (“RGPD”), para la cesión a la Entidad Contrante de los curriculum vitae del Personal adscrito al Contrato, así como del resto de datos personales que deban ser cedidos a la Entidad Contratante, durante la licitación del Contrato o, en caso de resultar adjudicataria, durante su ejecución.
II. Que [identificación de la empresa contratista] cumple con los requisitos para ser encargado de tratamiento de datos en los términos previstos por el artículo 28.1 el RGPD, y garantiza que está en condiciones de ofrecer garantías suficientes para aplicar medidas técnicas y organizativas en materia de protección de datos personales apropiadas, de manera que los tratamientos que realice como encargada de tratamiento sean conformes con los requisitos del RGPD y garantices la protección de los derechos y libertades de los interesados.
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Fecha y firma de la empresa licitadora