PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES QUE REGIRÁ PARA EL LLAMADO A LICITACIÓN ABREVIADA PARA LA CONTRATACIÓN DE UNA AGENCIA DE PUBLICIDAD
LICITACION ABREVIADA Nº ……./…….
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 327.200/1
PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES QUE REGIRÁ PARA EL LLAMADO A LICITACIÓN ABREVIADA PARA LA CONTRATACIÓN DE UNA AGENCIA DE PUBLICIDAD
ARTÍCULO 1º: NORMATIVA
a) En todo lo no previsto por el presente Xxxxxx, rige lo dispuesto por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales.
b) Forma parte de este pliego el BRIEF adjunto.
ARTÍCULO 2º: OBJETO
La Intendencia de Montevideo llama a Agencias de Publicidad interesadas en asesorar en estrategias de comunicación y creatividad para las diferentes campañas que la Intendencia desarrolla y que se encuentren coordinadas con la División Información y Comunicación.
El asesoramiento tendrá por objeto la elaboración de:
1) Propuestas de estrategia comunicacional
2) Creatividad de las campañas y sus consiguientes etapas
3) Piezas para televisión, radio, vía pública, redes sociales, otros formatos digitales y demás medios pertinentes.
4) Diseño gráfico, redacción y bocetos de materiales.
5) Planificación del plan de medios y control de emisión.
Todos estos productos deben contemplar el manual de identidad de la IM.
Se adjunta un brief con el pedido concreto que formará parte de la evaluación de los postulantes.
La empresa adjudicataria proveerá a la IM de asesoramiento en estrategias de comunicación, así como de análisis y propuestas de planes de comunicación
que integren las estrategias de comunicación en todos los campos (publicidad, prensa e Internet).
La empresa adjudicataria deberá suministrar en forma periódica la certificación de las salidas contratadas por la IM en televisión, radio e internet, a través de las empresas que prestan servicio de control.
Corresponderá al adjudicatario la creación de campañas, desarrollo creativo de los más diversos elementos de comunicación integrados a estas campañas, la planificación de medios, el pautado (emisión) de los mismos y el desarrollo, seguimiento y control de toda la producción de las piezas publicitarias, así como de activaciones, promociones y otros instrumentos de comunicación alternativos eventualmente desarrollados en cada ocasión.
El adjudicatario podrá realizar por medio de subcontrato tareas de planificación y control de medios, estableciéndose en la oferta el nombre del mismo y antecedentes.
La IM se reserva el derecho de realizar por sí publicidad de avisos e informaciones que comúnmente efectúa (vencimientos, citaciones, convocatorias, etc.), así como de aquellas piezas o campañas de Información y comunicación publicitaria que decida producir por sí misma.
Se reserva también, el derecho de permitir o no que en las campañas y piezas de difusión masiva desarrolladas por la Agencia contratada, figure la firma, logotipo o marca de esta.
Todos los materiales producidos por la agencia para la IM y debidamente cobrados son propiedad de la IM. Ésta se reserva el derecho de reeditar campañas, utilizar o modificar materiales puntuales sin que deban ser nuevamente abonados, excepto lo que corresponda por derechos de imagen, música o locución.
ARTÍCULO 3º: DATOS
Los oferentes deberán detallar en sus propuestas todas las características del servicio ofrecido, incluyendo todo otro dato que juzguen de interés para una mejor ilustración de las ofertas.
Se sobrentenderá que todos los datos de esta manera suministrados tendrán el carácter de compromiso, es decir que en el momento de la prestación del servicio, la IM exigirá una estricta correspondencia entre lo establecido en la propuesta y el servicio prestado.
ARTÍCULO 4º: ANTECEDENTES
Los oferentes deberán poseer antecedentes y/o referencias de realización de trabajos similares realizados en instituciones públicas y/o privadas en los últimos 5 (cinco) años debiendo indicarlo en su propuesta, y proporcionar todos los datos señalados en el cuadro de presentación de antecedentes a efectos de que sean tenidos en cuenta en el momento del estudio de las propuestas por la Administración.
La presentación del listado de trabajos realizados, se documentará de acuerdo al formato adjunto:
Presentación de antecedentes.
Nombre del contra- tante | Año en que se prestó el servicio | Monto del con- trato | Cantidad de personal asignado al contrato | Plazo de Contrat ación | Persona de con- tacto | Teléfono | Breve descrip- ción |
En caso de no presentar el listado con los datos solicitados, o de constatarse datos erróneos o falsos, se podrá desestimar la oferta, independientemente de otras acciones que puedan realizar la Administración.
La Administración podrá no tener en cuenta las ofertas de aquellos oferentes que tengan antecedentes de incumplimientos con esta Administración en los úl- timos cinco (5) años.
Los oferentes deberán presentar conjuntamente con su oferta, un demo con las mejores campañas que consideren hayan realizado en los últimos cinco (5) años en el formato (impresos, CD, DVD, pendrive).
ARTÍCULO 5º: FORMALIDADES DE LA PROPUESTA
I) Las ofertas serán redactadas en idioma español, en forma clara y precisa, es- tarán firmadas por el oferente o su representante y foliadas en el margen infe- rior.
El texto deberá ser impreso a través de cualquier medio idóneo, NO en forma manuscrita, y se agregará a la oferta una copia simple en papel, y otra copia di- gital.
Las ofertas podrán presentarse personalmente en el Servicio de Compras, o enviarse por correo no electrónico contra recibo, o por FAX al 00000000, no siendo aceptadas si llegaren con posterioridad a la hora dispuesta para el co- mienzo del acto de apertura. Las ofertas que se presenten antes del acto de apertura, deberán dejarse en el buzón en el día correspondiente a la apertura. Las ofertas y los sobres deberán venir correctamente identificados con nombre del oferente, número proveedor y/o número de R.U.T., tipo y número de licita- ción, fecha y hora de apertura.
Cualquier información contenida en las ofertas, puede ser objeto de pedidos de aclaración, en cualquier momento antes de la adjudicación, siempre y cuando no modifique el contenido de la oferta. Las respuestas y aclaraciones de los oferentes no podrán contener información que modifique sus ofertas.
ARTÍCULO 6º: MONTO DE LA CONTRATACIÓN
El monto total previsto para esta contratación es de $2.800.000,00 (pesos uruguayos dos millones ochocientos mil) IVA incluído, por todo concepto: creatividad, producción, planificación y control de medios, y honorarios de la Agencia.
ARTÍCULO 7º: COTIZACIÓN DEL PRECIO
Los interesados cotizarán:
Un porcentaje de la inversión publicitaria de cada campaña. Dicho porcentaje no podrá superar el diez por ciento (10%) del monto invertido. Además la agencia deberá presentar un tarifario de referencia por piezas, para el caso que la IM decida usar sus propios medios de difusión (vía pública, televisión, internet, pantallas).
Los oferentes deberán establecer el descuento pronto pago que ofrecen para el caso de cobrar dentro de los primeros 10 días de presentada la factura en Contaduría de la Intendencia y el descuento que ofrecen si cobran entre los 11 y los 20 días de presentada la factura. Dicho descuento será evaluado por el Departamento de Recursos Financieros al momento de cada pago.
Articulo 8º: AJUSTE PARAMÉTRICO
Los precios se ajustarán en forma semestral (los seis (6) primeros meses no hay ajuste), de acuerdo a la variación del Índice General de Precios al Consumo (IPC), establecido por la Dirección de Estadísticas, entre el mes anterior a la fecha de la apertura de la licitación y el vigente al mes anterior al semestre que corresponde el reajuste.
ARTÍCULO 9º: FORMA DE PAGO
El pago de las facturas que hayan sido presentadas o se presenten al cobro por proveedores de bienes y servicios cumplidos, se realizará por transferencia a cuentas en la institución de intermediación financiera autorizada por el BCU, elegida por el proveedor o acreedor.
A tales efectos los proveedores deberán, suscribir el “Contrato de Adhesión a sistema de pagos por transferencia bancaria” y el “Complemento obligatorio para la IM”, ambos documentos incluidos en el instructivo de inscripción en el XXXX .-
En caso de no haber cumplido con lo establecido en el apartado anterior, el pago será retenido no siendo responsabilidad de la IM la demora que dicho atraso ocasione.-
El pago se efectuará por factura presentada.- El pago de cada factura se reali- zará dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir de su presen- tación en la Contaduría General.
La IM podrá realizar el pago con cheques de pago diferido, acordándose en su momento con el adjudicatario, las condiciones de los mismos.
En caso que el pago se realice pasados los treinta (30) días calendario, conta - dos desde la presentación de la factura en la Contaduría General, se aplicará el 50% de la tasa media de interés para empresas grandes y medianas, moneda nacional no reajustable, para operaciones con plazos menores de un año, publicada por el Banco Central del Uruguay vigente en el mes de vencimiento de los antes referidos treinta días y solamente por los días que superen dicho plazo.
ARTÍCULO 10 º: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Las ofertas serán mantenidas por un plazo mínimo de treinta (30) días hábi- les, contados a partir del siguiente al acto de apertura de ofertas.
ARTÍCULO 11º: PLAZO DE CONTRATACIÓN
Los servicios serán contratados por el plazo de hasta doce (12) meses contados a partir de la notificación de la Resolución de adjudicación.
ARTÍCULO 12º.- MEDIO DE COMUNICACIÓN
Los oferentes deberán proporcionar un número telefónico, fax y/o correo elec- trónico, por intermedio del cual la IM se comunicará con el adjudicatario. Las notificaciones se podrán llevar a cabo personalmente, por fax, telegrama cola- cionado, o correo electrónico.
ARTÍCULO 13º: EVALUACIÓN Y COMPARACIÓN DE OFERTAS.
Antes de proceder a la evaluación detallada, la IM determinará si cada oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación.
De no ajustarse será rechazada, no admitiéndose correcciones posteriores que modifiquen la misma.
Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable, se po- drá corregir el error o solicitar que, en un plazo breve, el oferente suministre la información faltante.
Cumplida esta etapa, se evaluará la totalidad de las ofertas que se ajusten a los documentos de la licitación, de acuerdo a los siguientes criterios:
Descripción Puntaje
1 Presentación de la Campaña 35 %
2 Antecedentes 15 %
3 4 | Proyecto de designado Curriculum | trabajo y personal | 15 % 15 % |
5 | Precio | 20 % | |
TOTAL: | 100 % |
En la evaluación de cada uno de los ítems que componen los criterios de evaluación, se asignará a la mejor propuesta que cumpla con las especificaciones solicitadas el puntaje máximo correspondiente a ese concepto. Se asignarán a las restantes propuestas, puntajes proporcionales a sus méritos en relación con la propuesta que reciba el puntaje máximo.
1. Presentación campaña
Se evaluará la propuesta bocetada xx xxxxxxx valorando especialmente las piezas creativas en diversos medios y todas las soluciones y sugerencias que se crean necesarias y viables para conseguir los objetivos de comunicación trazados en el brief de "Centro de Gestión de Movilidad”.
No se harán presentaciones presenciales, sino que la propuesta se evaluará sobre carpeta: impresos, CD, DVD o PENDRIVE.
Dicha propuesta no será considerada necesariamente como el trabajo final, sino como el inicio para una elaboración en conjunto entre la agencia ganadora y la IM, a través de la División Información y Comunicación.
2. Antecedentes
Se evaluará la cartera de clientes actual e histórica; la experiencia en publicidad con clientes públicos y privados en general; trabajos anteriores. Esta presentación deberá contar con la enumeración escrita de la cartera de clientes actual. Como trabajos se pide a las empresas oferentes que presenten las mejores campañas en vía pública y las mejores campañas multimedia que hayan realizado en los últimos cinco años (impresos, CD, DVD, PENDRIVE).
3. Proyecto de trabajo y personal asignado
Se evaluará la metodología de trabajo; diseño y propuesta de una mecánica de trabajo que asegure una atención fluida y permanente a la IM; vínculo con la División Información y Comunicación de la IM y estrategia de trabajo conjunto.
Insumos a proveer por parte de la agencia de publicidad: departamento creativo, de medios, de cuentas, de producción y otros servicios que se detallen en productos a ofrecer (servicios, software y otras facilidades en general), en personal asignado, carga horaria y recursos humanos y materiales en general. Con respecto al personal asignado se tendrá especial atención sobre las siguientes responsabilidades:
· Director de Cuentas
· Ejecutivo de Cuentas
· Director Creativo
· Director de Medios
Cronograma de actuación del personal asignado: Se evaluará la compatibilidad entre la dedicación horaria del personal y las actividades, plazos y objetivos propuestos. Se tomarán en cuenta la experiencia y dedicación efectiva del personal asignado.
La IM exigirá el cumplimiento de la dedicación comprometida en cada caso.
En la oferta deberán presentarse claramente los nombres de las personas que desempeñarán cada función y la descripción y dedicación horaria de las tareas asignadas.
Eventualmente podrán aceptarse sustituciones del personal propuesto sólo en el caso en que hubiera demoras atribuibles a la IM, que excedieran el período de validez de las propuestas, o por razones de fuerza mayor. Cualquier personal potencialmente sustituto con base en estas consideraciones deberá tener calificaciones que, a juicio de la IM, sean iguales o superiores al propuesto originariamente.
4. Experiencia del equipo técnico propuesto.
Con este factor se evaluará al equipo de profesionales propuesto.
Se deberá presentar currículum de cada uno de los técnicos asignados de acuerdo a los formatos que se presentan más adelante, indicando su nombre completo; títulos académicos; área temática de su especialidad; trabajos realizados en los últimos cinco años; dedicación horaria prevista para el desarrollo de sus tareas específicas.
En forma adicional cada técnico deberá suscribir un compromiso de cumplimiento de la correspondiente dedicación horaria en el período de su actuación, así como su anuencia para la presentación de sus antecedentes.
No presentar la documentación requerida podrá implicar la descalificación de dicho técnico y, eventualmente, de la oferta en caso de no quedar constituído el equipo básico propuesto, en el caso de las cuatro responsabilidades antes mencionadas.
Formación de integrantes del equipo: máximo 6 % Experiencia en el área: máximo 9 %
Total: 15 %
5. Precio
Xxxxxx, sin considerar descuento pronto pago 20 puntos
Puntaje = (Pm / Po) * 20
Donde Po es el precio de la oferta y Pm es el menor precio ofertado.
ARTÍCULO 14º: FORMA DE ADJUDICACIÓN.
La IM se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, así como de anular el proceso de licitación en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los ofe- rentes.
La forma de adjudicación será en forma Global, es decir, a un solo oferente.
ARTÍCULO 15°: MEJORAMIENTO DE OFERTAS Y NEGOCIACIONES
La IM podrá, al amparo de lo establecido en el artículo 66 del TOCAF, recurrir a los institutos de mejoramiento de ofertas y/o entablar negociaciones con la finalidad de conseguir mejores condiciones técnicas, de calidad y/o precio.
ARTÍCULO 16 º: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO - NOTIFICACIÓN.
El contrato se entenderá perfeccionado con la notificación de la Resolución de Adjudicación, previa intervención del TCR. La notificación del acto de adjudicación se operará según el caso, de la siguiente forma:
b) Con la recepción de la Resolución de adjudicación y/o la Orden de Compra, en la Sección Atención a Proveedores del Servicio de Compras.
En caso que corresponda notificar por la Unidad Atención a Proveedores, el ad- judicatario deberá concurrir al Servicio de Compras, dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la citación o fax que se le re- mitirá. Si así no lo hiciera, la IM podrá, sin perjuicio de la anulación de la adjudi- cación, aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes. A estos efec- tos, y ante la imposibilidad de la notificación personal, se admitirá el telegrama colacionado.
En caso que el adjudicatario no pueda o no quiera aceptar la adjudicación, se rescindiese el contrato o se revocase la resolución de adjudicación, la Inten- dencia de Montevideo podrá aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime perti- nentes; así como también podrá adjudicar el contrato entre los oferentes que hubieren calificado favorablemente, siguiendo el orden de prelación.
ARTÍCULO 17º: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
En caso de adjudicaciones por importes superiores al previsto por el articulo 64 del TOCAF, se deberá presentar garantía de fiel cumplimiento del contrato. El adjudicatario ya notificado, dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles para realizar el referido depósito. El mismo ascenderá al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado, pudiendo efectuarse en cualquiera de las formas esta- blecidas en el art. 19 xxx Xxxxxx Único. Si el depósito se realiza mediante che- que, el mismo deberá estar certificado por la entidad bancaria correspondiente.
La garantía deberá estar vigente durante todo el plazo del servicio y hasta la extinción definitiva de todas y cada una de las obligaciones emergentes del contrato. Si se estableciere un plazo, deberá preverse la renovación automática del mismo por periodos sucesivos, salvo manifestación en contrario de la Admi- nistración mediante la entrega del documento al adjudicatario.
Cuando se constate el cese de actividades o la suspensión de la habilitación o autorización para funcionar otorgada por el Banco Central de las empresas de intermediación financiera y/o aseguradoras que fueron otorgantes de la garan- tía, el Adjudicatario o Concesionario deberá sustituir la misma, en un plazo pe- rentorio de treinta (30) días calendarios, quedando suspendidos todos los dere- chos que pudieran corresponderle hasta tanto ello suceda. Su incumplimiento podrá dar lugar a las sanciones previstas en el presente pliego.
La garantía no podrá ser devuelta hasta que ambas partes otorguen en docu- mento apropiado que nada más tienen que reclamarse con relación a esta lici - tación.
ARTÍCULO 18º: OBLIGACIONES ESPECIALES
a) Ley 18.098. La parte contratante se obliga a cumplir las disposiciones de los laudos y convenios colectivos vigentes para la rama de esta actividad laboral en materia de salarios, categorías de labor, pago y suplementos por horas ex- traordinarias, primas por nocturnidad, incentivos por asistencia, viáticos y en general, todas las asignaciones y beneficios que mejoren las condiciones esta - blecidas por la legislación laboral común, así como las demás normas xx xxxxx - jo vigentes, contenidas en los Convenios Internacionales y sus reglamentacio- nes. En caso que no existieran laudos o convenios colectivos vigentes para la rama de actividad laboral, la Empresa adjudicataria quedará obligada a pagar por lo menos el salario mínimo nacional.
La IM, en oportunidad de la selección de ofertas y con relación a la adjudicata - ria, durante el plazo contractual y en su caso la prórroga, tendrá especialmente en cuenta el cumplimiento estricto de esta disposición.
En ese sentido, en oportunidad del estudio de las propuestas serán rechazadas aquellas en las que se pueda constatar que algún oferente no cumpliera con lo exigido. Si dicho incumplimiento se verificara con posterioridad a la celebración del contrato, la IM se reserva el derecho de rescindirlo en la forma y condicio- nes previstas en este pliego.
La IM exigirá a la empresa contratada la documentación que acredite estar al día en el pago de salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral, así como los comprobantes que justifiquen que está al día en el pago de la póli-
za del seguro sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y de las contribuciones a la seguridad social, como requisito previo al pago de los servicios prestados.
En caso que la I. de M. lo solicite, las empresas adjudicatarias deberán infor- marle los datos personales de los trabajadores afectados a la prestación del servicio, con la finalidad de efectuar los controles correspondientes. La I. de M. tiene la potestad de retener, de los pagos debidos en virtud del contrato, los créditos laborales a los que tengan derecho los trabajadores de la empresa contratada.
El incumplimiento, por parte de una empresa adjudicataria en el pago de las re - tribuciones a los trabajadores asignados al cumplimiento de las tareas contrata - das será causal de rescisión del contrato por responsabilidad imputable al adju- dicatario.
b) Ley 18.099 en concordancia con ley 18.251- La adjudicataria está obliga- da a cumplir con todas las obligaciones con los organismos previsionales o fis- cales originadas por su vínculo con los trabajadores asignados al servicio con - tratado y que se generen como consecuencia de la prestación del servicio adju- dicado.
La adjudicataria queda obligada a resarcir e indemnizar a la X.xx M. por cual- quier responsabilidad, pérdida, daño, honorarios de abogados, costas o gastos administrativos o judiciales relacionado con reclamaciones de terceros por co- bro de salarios, impuestos, contribuciones a la seguridad social, seguro sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, daños y perjuicios oca- sionados a terceros.
Los antes referidos gastos serán reembolsados a la IM ajustados por el Índice de Precios al Consumo.
ARTÍCULO 19º : OBLIGACIONES
Será de cargo del adjudicatario el pago de obligaciones tributarias nacionales y/o departamentales de todo tipo originadas por la prestación del servicio de que se trata, y el registro de los derechos de autor en caso de corresponder.
ARTÍCULO 20º : PROPIEDAD INTELECTUAL
Todas las propuestas, diseños, informes y documentos, preparados o desarrollados por el Proveedor para la IM en virtud de esta compra, serán de propiedad intelectual exclusiva de la IM, pudiendo utlizar dichos elementos en el futuro en proyectos similares o diversos, reproduciendo los mismos por todos los medios y/o en los lugares que se considere necesario y oportuno, sin que el proveedor tengo derecho a cobro de compensación y/o indemnización por dicha utilización y/o reproducción.
La empresa y/o cualquiera de sus integrantes no podrá hacer uso de ninguna de las piezas, elementos o diseños realizados para la IM en otros proyectos de índole Nacional o Internacional. Sin perjuicio de lo anterior, IM autoriza al proveedor a utilizar este trabajo como antecedente a ser presentado ante diferentes organizaciones de forma de acreditar su experiencia técnica en la material.
El Proveedor se compromete a prestar absoluta colaboración en la generación de la documentación y/o información que fuera necesaria para efectuar los registros correspondientes.
A todos esos efectos será de aplicación en cuanto corresponda, las Leyes No. 9739 de 17/12/1937 (derechos de autor y conexos), Nº 17011 de 25/09/1998 (marcas) Nº 17164 (patentes, modelos de utilidad y diseños industriales) sus modificativas y Decretarios reglamentarios respectivos.
El Proveedor, declara ser titular de los derechos que cede y, en su mérito, indemnizará y librará de toda responsabilidad a la IM y a sus funcionarios en caso de pleitos, acciones o procedimientos administrativos y/o judiciales, reclamaciones, demandas, pérdidas, daños, costos y gastos de cualquier naturaleza, incluyendo gastos y honorarios de representación legal que IM tenga que incurrir como resultado de transgresión o supuesta transgresión de dichos derechos, sean estos derechos de patente, uso de modelo, diseño, marca registrada, derecho de autor o cualquier otro derecho de propiedad intelectual registrado o no, o ya existente a la fecha de la compra, debido a la instalación de los bienes o su uso en el país, así como por cualquier circunstancia derivada del cumplimiento de esta compra por el Proveedor.
Si se entablara un proceso legal o una demanda contra IM como resultado de alguna de las situaciones indicadas, la IM notificará prontamente al Proveedor y ésta por su propia cuenta y en nombre de IM responderá a dicho proceso de demanda y realizará las negociaciones necesarias para llegar a un acuerdo, sin perjuicio que IM mantendrá siempre la opción de articular su propia defensa.
ARTÍCULO 21º: XXXX.
La xxxx en el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el adjudicatario se producirá de pleno derecho por el solo vencimiento de los plazos cualquiera sea la modalidad y carácter de los mismos, o por el hecho de hacer algo con- trario a lo estipulado o no hacer lo debido, sin necesidad de interpelación xxxx- cial o extrajudicial alguna.
ARTÍCULO 22 º: RESCISIÓN Y SANCIONES.
La falta de cumplimiento parcial o total de cualesquiera de las obligaciones con- traídas por el adjudicatario, habilitará a la IM a proceder a la anulación de la ad- judicación o rescisión del contrato en su caso, sin perjuicio de las sanciones ge- néricas que podrá aplicar, en razón de los daños causados o los antecedentes del proveedor, y que podrán ser desde un apercibimiento hasta la eliminación del Registro de Proveedores.
La rescisión por incumplimiento del Contratista aparejará su responsabilidad por los daños y perjuicios ocasionados a esta Administración, sin perjuicio del pago de las multas correspondientes.
ARTÍCULO 23 º: INCUMPLIMIENTO
La omisión del adjudicatario en el cumplimiento del contrato sin causa debida- mente justificada habilitará a la ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, en caso de haber correspondido el depósito de la misma, así como también la aplicación de las sanciones genéricas establecidas en el art. 22º (RESCISIÓN Y SANCIONES).
ARTÍCULO 24º: MULTAS
Si por causas imputables al adjudicatario, no se cumpliera con el trabajo en la forma solicitada, se le podrá aplicar una multa de entre 4 U.R. (cuatro unidades reajustables) y 30 U.R. (treinta unidades reajustables) por cada incumplimiento según la gravedad, asimismo se le aplicará una multa equivalente al monto de 4 U.R. (cuatro unidades reajustables) por día calendario, hasta la realización del servicio contratado.
ARTÍCULO 25 º - SUSPENSIÓN DEL PAGO
Cuando la I.M. constate que la empresa adjudicataria no cumple con el servicio ofrecido en las condiciones que se tuvieron en cuenta para la adjudicación, po- drá suspender el pago hasta que se regularice el servicio, sin perjuicio de la aplicación de las multas correspondientes.
ARTÍCULO 26º: CESIÓN DEL CONTRATO.
El adjudicatario no podrá ceder su contrato en todo o en parte, sin el consenti - miento expreso por escrito de la IM, de acuerdo a lo establecido en el artículo 75 del TOCAF y los artículos R 1010 a R 1013 y R 159.8 del Digesto Municipal.
ARTÍCULO 27º: CERTIFICADO ÚNICO MUNICIPAL O CERTIFICADO ÚNICO DE PROVEEDOR.
La IM exigirá a toda persona física o jurídica que con ella haya contratado, en el momento de hacer efectivo los haberes que se le adeuden, tener al día el Certificado Único Municipal o Certificado Único de Proveedor expedido a su nombre y en el que conste que dicho proveedor no tiene deudas tributarias con la IM.
Dicho certificado será expedido por el Servicio de Gestión de Contribuyentes, piso 1 ½ del Edificio Sede (artículo 24 Decreto 27.803 de la Junta Departamen- tal).
ARTÍCULO 28 : REGISTRO DE PROVEEDORES.
Los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro de Proveedores de la IM para poder presentarse a la licitación. Si ya estuvieran inscritos en el XXXX, en estado “Activo”, se migran al Registro de la Intendencia, con solo mencionar di- cha situación en la oficina de Atención a Proveedores de la Intendencia. De no hallarse registrados en ninguno de los dos Registros al momento de la presen- tación de las ofertas, se les adjudicará un número de registro provisorio.
Para ser adjudicatarios, necesariamente deberán estar inscriptos en el XXXX (Registro Único de Proveedores Estatales).
Una vez en estado “ACTIVO” en XXXX quedarán en condiciones de ser migra- dos en el Registro de Proveedores de la I.M.
Si al momento de la adjudicación, el proveedor propuesto no hubiese adquirido el estado "ACTIVO" en XXXX, la Administración otorgará un plazo de 5 días hábiles a fin de que el mismo adquiera dicho estado, bajo apercibimiento de adjudicar el llamado al siguiente mejor oferente en caso de no cumplirse este requerimiento en el plazo mencionado.
Para obtener más información sobre la inscripción XXXX visitar el portal de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado (ACCE), responsable del funcionamiento xxx XXXX.
ARTÍCULO 29 º: CONSULTAS Y SOLICITUD DE PRÓRROGA
Los interesados en participar podrán realizar consultas o solicitar aclaraciones sobre el texto de este pliego, hasta tres (3) días hábiles antes del plazo fijado para la apertura de ofertas, no considerándose las realizadas con posterioridad al plazo señalado.
Las consultas se harán por escrito y se presentarán personalmente en el Servi - cio de Compras, Sector Santiago de Chile del Edificio Sede, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, en el horario de 10:15 a 15:30 horas, por e-mail a xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx@xxx.xxx.xx o vía FAX 0000 0000.
Tales preguntas y sus correspondientes respuestas tendrán carácter vinculante y por ende, pasarán a formar parte de las bases de este llamado.
La Intendencia de Montevideo, responderá las solicitudes que reciba y enviará copia escrita de sus respuestas al proveedor que hizo la consulta, incluyendo la pregunta sin identificar su origen.
Las consultas y respuestas podrán ser visualizadas además, en la página web de la Intendencia de Montevideo (xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx entrar en Empresas
- Cartelera de Xxxxxxx y buscar el número de la licitación) y en el sito web de Compras Estatales xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
En el mismo plazo y de la misma forma indicada para las consultas, los intere- sados, podrán solicitar prórroga de fecha de apertura de ofertas.
ARTÍCULO 30°: RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS.
La recepción y apertura de propuestas se realizará en el local del Servicio de Compras, ubicado en el Sector Santiago de Chile del Edificio Sede de la IM, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, en la fecha y hora establecidos en la publicación del presente llamado en el Sitio Web de Compras Estatales.
DIVISIÓN INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
Dirección
BRIEF “CENTRO DE GESTIÓN DE MOVILIDAD”
DIVISIÓN INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
Dirección
BRIEF CGM
En mayo de 2016 la Intendencia de Montevideo creó el Centro de Gestión de Movilidad.
El Centro de Gestión de Movilidad (CGM) significa la instrumentación de diversos Sistemas Inteligentes de Transporte, aplicados a la gestión y control del tránsito y del transporte en Montevideo. A su vez, la puesta en marcha del centro implica el lanzamiento de plataformas inteligentes, que permitirá mejorar sustancialmente la eficiencia de los servicios mediante la interconexión de sistemas individuales asociados a la movilidad urbana, con especial énfasis en tránsito y transporte.
La creación del centro atiende a la nueva realidad vial de Montevideo, en donde el crecimiento del parque automotor y los siniestros asociados demandan soluciones eficaces y precisas en lo que respecta a la movilidad.
¿PORQUÉ ES IMPORTANTE EL CGM?
En la última década el parque automotor creció de forma exponencial en Montevideo. Por este motivo es imprescindible la gestión inteligente del tránsito en la ciudad para garantizar una movilidad eficiente y segura.
En 2005, hace diez años atrás, en la ciudad había 267.240 vehículos empadronados.
Según datos de la IM, en 2015 eran 535.463 vehículos empadronados en la ciudad.
Entre 1996 y 2016 se duplicaron los semáforos: pasaron de ser 370 a 655.
¿CÓMO FUNCIONA?
Cuenta con una red de equipamiento tecnológico compuesta por controladores de semáforos centralizables, cámaras para censos de tránsito, cámaras para circuito cerrado de televisión y paneles de mensajería variable.
¿QUÉ EQUIPAMIENTO SE HA INSTALADO?
170 cruces semaforizados centralizados 160 cámaras para conteo vehicular
49 cámaras para monitoreo de Tránsito
31 puntos de control de velocidad y xxx xxxx 4 paneles de mensajería variable
35 sensores inalámbricos para conteo
¿CÓMO MEJORA LA CALIDAD DE VIDA DE LA CIUDADANÍA?
Con la instalación del CGM podremos obtener información, en tiempo real, del flujo y estado del tránsito, lo que nos permite informar a montevideanas y montevideanos, en el momento que suceda, sobre el estado vial actual y las situaciones que pueden darse tales como desvíos, choques, problemas con los semáforos, embotellamientos, etc.
A través de una red equipamiento tecnológico, compuesto por controladores de semáforos centralizados, cámaras para conteos de tránsito, cámaras para circuito cerrado de televisión y paneles de mensajería variable, se puede trabajar en una ingeniería de tránsito que permita mejorar los aspectos viales de la ciudad, así como reducir sustancialmente la siniestralidad.
DATOS CONCRETOS:
La cantidad de excesos de velocidad y cruces en rojo bajaron desde que se implantó el CGM. Estos últimos se redujeron en un 60% en las vías monitoreadas, y a más velocidad, más cambio de conducta. Los excesos a más de 60 km/h cayeron en 11%, a más de 75 km/h 33%, y los que superaban los 90 km/h, 46%.
En avenida Italia, al comparar el año 2017 contra los registros de los cuatro años anteriores se tiene una disminución del 26,89% en el total de siniestros con lesionados y un 80% en los siniestros graves y fatales en el año 2017.
Respecto a los registros en avenida Xxxxxx, al comparar el año 2017 contra los registros de los cuatro años anteriores se tiene una disminución del 65% en el total de siniestros con lesionados y aun no se han registrado siniestros graves y fatales en el año 2017
En el caso de la rambla, al comparar el 2017 contra los registros de los cuatro años anteriores, se tiene una disminución del 14,19% en el total de siniestros con lesionados y un 57,14% en los siniestros graves y fatales.
Encuestas de opinión divulgadas públicamente evaluaron que la instalación de cámaras y sensores de velocidad para control de tránsito es valorada como “muy bueno o bueno” por una amplia mayoría de la población montevideana, y el nivel de rechazo es bajo.
IMPORTANTE: INFRACCIONES
El CGM ha sido cuestionado por la modalidad de recaudar gracias las cámaras, sin embargo, esto tiene como objetivo velar por el cumplimiento de las normas y reducir las faltas. Las cámaras son elementos de disuasión de forma sostenida, para que la población perciba la sensación de que puede ser sorprendida en falta, lo que hace que se maneje con mayor cuidado.
La campaña tiene que dejar en claro que el objetivo del CGM y su labor no es recaudar sino mejorar el tránsito a través de la modernización de los mecanismos de monitoreo y la colaboración de la población para la mejora de los comportamientos de quienes se desplazan por la ciudad.
Solo el 3% de los conductores no cumple con el respeto al exceso de velocidad y cruce con xxx xxxx
La campaña deberá comprender:
la estrategia
el concepto creativo,
los mensajes a transmitir, (que incluyan convivencia en el tránsito)
los bocetos de las piezas para cada público a nivel de key visual, storyboard o similar (digital, radio, audiovisual, vía pública, prensa y btl),
la referencia fotográfica o ilustración utilizada para las piezas gráficas la recomendación y planificación de medios de las mismas.
PÚBLICO OBJETIVO
Todos los montevideanos y montevideanas, así como personas no residentes en Montevideo, pero que circulan por el departamento
TONO.
Características de la propuesta creativa:
Cercana y afectiva, que conecte con los sentimientos positivos de los montevideanos con respecto a su ciudad.
Persuasiva, debe convencer a la población de que el trabajo del CGM colabora en la mejora del tránsito en la ciudad.
Rupturista, que sea el primer paso hacia un cambio cultural.
Moderna: que transmita la modernidad aplicada a la mejora de la movilidad
OBJETIVO XX XXXXXXX
● Informar a los montevideanos el alcance del CGM y las mejoras en el tránsito que se han alcanzado desde su instalación:
○ Mejoras de tiempos
○ Mejoras de condiciones en el tránsito.
○ Disminución de siniestralidad.
● Posicionar al CGM no como fiscalizador, sino como herramienta que contribuye a mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, colaborando en un cambio cultural en la forma de manejar en Montevideo.
MEDIOS
Todos los necesarios, teniendo en cuenta el público definido. La IM cuenta con espacios en Vía Pública (paletas), en las pantallas que se encuentran en varios lugares de la ciudad y TV ciudad, internet (redes sociales)
INCLUSIONES OBLIGATORIAS
Marca Intendencia de Montevideo.
Marca Centro de Gestión de Movilidad