PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE REALIZACIÓN Y PRODUCCIÓN DE VÍDEO DE LAS RUEDAS DE PRENSA DEL CONSEJO DE GOBIERNO; DEL SERVICIO DE AUDIOVISUALES PARA LA COMUNICACIÓN DE EVENTOS INFORMATIVOS E INSTITUCIONALES Y...
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE REALIZACIÓN Y PRODUCCIÓN DE VÍDEO DE LAS RUEDAS DE PRENSA DEL CONSEJO DE GOBIERNO; DEL SERVICIO DE AUDIOVISUALES PARA LA COMUNICACIÓN DE EVENTOS INFORMATIVOS E INSTITUCIONALES Y DEL SERVICIO DE FOTOGRAFÍA PROFESIONAL PARA LA COBERTURA GRÁFICA DE ACTOS INSTITUCIONALES.
1. COMPETENCIA.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) a03e3056-aa03-c210-671907374722
La Dirección General de Medios de Comunicación de la Consejería de Transparencia, Participación y Portavoz tiene atribuidas las competencias en materia de publicidad y comunicación institucional, a cuyo objeto desarrolla acciones tendentes a mejorar la imagen institucional de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. Asimismo, asume las competencias relativas al servicio público de comunicación audiovisual atribuidas a la Consejería de adscripción por la Ley 9/2004, de 29 de diciembre, de creación de la empresa pública regional Radio Televisión de la Región xx Xxxxxx.
09/11/2017 11:05:29
A la Dirección General de Medios de Comunicación le compete también la coordinación de la presencia digital de la Administración Regional y el desarrollo de buenas prácticas de comunicación digital orientadas a mejorar la accesibilidad y el fácil uso de los servicios, contenidos, documentos y publicaciones de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, todo ello con la finalidad de mejorar la comunicación de la Administración Regional con la ciudadanía a través de las redes sociales y otros medios tecnológicos.
2. OBJETO DEL CONTRATO.
Constituye el objeto del presente procedimiento abierto la contratación de los siguientes servicios:
• Servicio de captación, realización y producción de vídeo de las ruedas de prensa del Consejo de Gobierno de la Región xx Xxxxxx (en adelante Consejo de Gobierno) para su emisión en directo y en diferido, así como de elaboración de piezas audiovisuales resumen de dichas ruedas de prensa.
• Servicio de audiovisuales para la comunicación de eventos informativos e institucionales del Gobierno de la Región xx Xxxxxx.
• Servicio de fotografía profesional para la cobertura gráfica de actos institucionales.
La contratación se organiza en los siguientes lotes, cuyo contenido se detalla en apartados sucesivos:
Lote 1: Servicio de realización y producción de vídeo. Lote 2: Servicio de audiovisuales.
Firmante: XXXXX XXXXXX, XXXXXXXXX
Lote 3: Servicio de fotografía. ESPECIFICACIÓN DE REQUISITOS.
3.1 Lote 1: Servicio de realización y producción de vídeo.
Este lote comprende la prestación de tres servicios, siendo el objeto de cada uno de ellos el siguiente:
1. Captación, realización y producción de vídeo de las ruedas de prensa del Consejo de Gobierno para su emisión en directo, vía streaming, según lo indicado en el presente pliego. Este último proceso, emisión en streaming, queda excluido del presente contrato.
2. Edición y producción de vídeo de las ruedas de prensa del Consejo de Gobierno para su emisión en diferido.
3. Elaboración de piezas audiovisuales resumen de las ruedas de prensa del Consejo de Gobierno.
1. Servicio de captación, realización y producción de vídeo de las ruedas de prensa del Consejo de Gobierno para su emisión en directo.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) a03e3056-aa03-c210-671907374722
El objeto de este servicio es la captación, realización y producción de vídeo de las ruedas de prensa del Consejo de Gobierno para su emisión en directo vía streaming.
Este servicio se prestará desde la sala de prensa del Palacio de San Xxxxxxx en Murcia, si bien puede requerir de forma esporádica la utilización de algún otro entorno debido a la celebración de sesiones del Consejo de Gobierno en otras ubicaciones dentro del territorio de la Región.
09/11/2017 11:05:29
Las reuniones del Consejo de Gobierno se celebran semanalmente (actualmente en miércoles) en jornada matinal. Las ruedas de prensa donde se publicitan los acuerdos de Consejo de Gobierno se celebran a la finalización del Consejo y pueden comparecer varios consejeros. Se prevé un mínimo de 48 y un máximo de 54 ruedas de prensa anuales a cubrir por este contrato.
La sala de prensa posee un sistema de microfonía, mezcla, amplificación y distribución de audio para las intervenciones, cuya señal podrá ser utilizada por los equipos audiovisuales para la producción y generación del material audiovisual (se facilitará señal de audio analógica mono tomada de un distribuidor de audio/mesa de audio). La empresa adjudicataria deberá microfonar (por cable o mediante microfonía inalámbrica) la zona de público donde se recogen las preguntas que realicen los medios de comunicación presentes, y sonorizar la sala (mezcla, ecualización, amplificación y distribución) para generar el audio completo (intervenciones y preguntas). Cuando la rueda de prensa se realice en otra ubicación distinta a la sala de prensa del Palacio de San Xxxxxxx, la empresa contratada deberá proporcionar la microfonía completa y el resto de sonorización necesario para cubrir la rueda de prensa. La empresa contratada deberá proporcionar señal institucional en ambos casos.
Firmante: XXXXX XXXXXX, XXXXXXXXX
Se requiere la captación, realización y producción de vídeo para la generación de los contenidos digitales, aportando la infraestructura tecnológica que deberá ser operada por personal aportado por la empresa contratada con al menos una cámara profesional HD. Se valorará la aportación de un mezclador de vídeo HD con posibilidad de tituladora y grafismo en tiempo real o con sistemas adicionales que lo permitan.
Como mínimo para la codificación de la señal de vídeo, se utilizará un PC con capturadora de vídeo HD, de tal forma que la señal resultante pueda ser codificada y enviada a los servidores de streaming. Queda a discreción del adjudicatario del contrato el software a usar, “productor”, para codificar la señal y transmitirla a los servidores de streaming, siempre que la señal resultante se transmita por protocolo RTMP y codificación H.264.
En caso de no disponer de ningún software productor que cumpla las condiciones indicadas anteriormente (transmisión por protocolo RTMP y codificación H.264), la Fundación Integra proporcionará uno (Flash Media Live Encoder). La empresa contratada deberá de disponer, en ese caso, de un equipamiento informático con las siguientes características mínimas:
Windows:
a) Requerimientos Software:
- Microsoft® Windows® Windows 7.
- 1,024x768 de resolución de pantalla con tarjeta de vídeo de 32-bit.
- Microsoft DirectX End-User Runtime, versión 9.0c.
- Para soporte de H.264 y AAC: se requiere Flash Media Live Encoder 2.5 ó superior.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) a03e3056-aa03-c210-671907374722
b) Requerimientos Hardware:
- Intel® Pentium® 3 (o compatible) 933MHz o un procesador más rápido.
- 1 GB de RAM.
- 1 GB de espacio disponible en disco (excluido el espacio necesario para el archivado de ficheros FLV y F4V).
- Dispositivo de captura de vídeo compatible con Microsoft DirectShow.
09/11/2017 11:05:29
- Se puede ver una lista de dispositivos probados en el siguiente enlace: xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxx/xxxxxxxxxxxxx/xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/XXXX_X eviceMatrix3.0.pdf.
- Para soporte de H.264 y AAC: se requiere Intel Core 2 Duo 1.67GHz (Intel Core 2 Duo 3GHz recomendado).
- Para la emisión de múltiples streams, se requiere como mínimo Intel Core 2 Duo 3GHz y 2GB de RAM (se recomienda una máquina con quad- u 8-core y 3GB de RAM).
Mac OS:
- Procesador Intel Core 2 Duo a 2 GHz o superior.
- Mac OS X v.10.5.6.
- 1 GB de RAM.
- 50 MB de espacio disponible en el disco duro (se excluyen los archivos FLV y F4V guardados).
- Resolución de 1024 x 768.
- Dispositivos de captura de audio y vídeo compatibles con QuickTime.
- QuickTime 7 o posterior.
Firmante: XXXXX XXXXXX, XXXXXXXXX
Para el envío de la señal a través de Internet, la CARM facilitará toda la infraestructura necesaria de red (punto de red) con un ancho xx xxxxx apropiado para la retransmisión en directo. Esta retransmisión se realizará a través de la red CTNet que proporcionará la red y los equipos de comunicaciones necesarios para difundir la señal. Los costes de uso de esta red serán asumidos por la CARM. En el caso xx xxxxxx de prensa realizadas en ubicaciones distintas al Xxxxxxx de San Xxxxxxx, la CARM proporcionará la conexión de red necesaria siempre que las condiciones técnicas lo permitan.
2. Servicio de edición y producción de vídeo de las ruedas de prensa del Consejo de Gobierno para su emisión en diferido.
El adjudicatario editará y producirá un vídeo con el contenido de la rueda de prensa, utilizando los medios técnicos e infraestructura del punto anterior más los que fuera
necesario añadir. Para ello, el adjudicatario contará con la grabación del vídeo realizado en el punto anterior y las grabaciones completas de todas las cámaras utilizadas.
Este servicio incluirá la inserción de títulos, créditos y gráficos, que se generarán en base a los datos proporcionados previamente por el personal de prensa de la CARM, conforme a los formatos establecidos de común acuerdo entre las partes.
El adjudicatario guardará una copia del material generado para la difusión de la rueda de prensa en diferido en los equipos de grabación local, que, una vez revisada apropiadamente, se remitirá mediante FTP. Esta copia editada deberá ser remitida antes de las 2 horas siguientes a la finalización de la rueda de prensa.
Se deberá indicar el software de edición profesional que se va a utilizar, así como los medios técnicos que completarán los aportados en el punto anterior.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) a03e3056-aa03-c210-671907374722
El vídeo generado se enviará mediante FTP con las siguientes características:
• Codificación H.264.
• Contenedor MP4.
• Resolución mínima de 720p.
• Si el tamaño fuese mayor de 4 GB, se deberá dividir en partes de máximo 4 GB.
09/11/2017 11:05:29
Si en el transcurso de la ejecución del contrato se comprobara que el envío mediante FTP no resultara operativo, se podría sustituir por otro mecanismo de común acuerdo entre las partes.
3. Servicio de elaboración de piezas audiovisuales resumen de las ruedas de prensa del Consejo de Gobierno.
Por cada rueda de prensa se editarán y producirán un máximo de cuatro vídeos, con una duración máxima de 90 segundos. Cada uno de los vídeos versará sobre los acuerdos más relevantes de la sesión. El contenido editorial de cada vídeo, será propuesto por el personal de prensa de la Consejería y abordará los aspectos más importantes a destacar de cada acuerdo, siendo comunicado a la empresa contratada por el responsable del contrato.
Estos vídeos serán utilizados para su difusión en prensa digital y redes sociales, y deberán estar disponibles en el plazo de una hora tras la finalización de la rueda de prensa.
Cada vídeo deberá ser remitido mediante FTP con las siguientes características:
• Codificación H.264
• Contenedor MP4
• Resolución mínima de 720p
Firmante: XXXXX XXXXXX, XXXXXXXXX
• Si el tamaño fuese mayor de 4 GB, se deberá dividir en partes de máximo 4 GB. Si en el transcurso de la ejecución del contrato se comprobara que el envío mediante FTP no resultara operativo, se podría sustituir por otro mecanismo de común acuerdo entre las partes.
3.2. Lote 2: Servicio de audiovisuales
El objeto de este lote es la prestación del servicio de audiovisuales para la comunicación de eventos informativos e institucionales del Gobierno de la Región xx Xxxxxx.
El servicio a contratar consiste en la elaboración de contenido audiovisual, y su posterior gestión de envío, para lo cual la empresa contratada deberá realizar de forma integral todas las tareas que forman parte de dicho proceso, tales como la guionización y replanteo de las jornadas de grabación, producción ejecutiva para la solicitud de permisos de grabación en vías públicas o recintos privados, sonorización avanzada mediante microfonía profesional y grabación de audio en soportes digitales multipista, posible iluminación de los sets de grabación, regiduría, filmación del contenido audiovisual mediante cámaras HD, edición de vídeo mediante software profesional, etalonaje digital y posibles producciones musicales con derechos de copyright a favor de la CARM.
Por tanto, entre las actividades y características de los servicios a realizar estarían:
• Guionización técnica y replanteo de las jornadas de grabación.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) a03e3056-aa03-c210-671907374722
• Producción ejecutiva para la solicitud de permisos de grabación en vías públicas o recintos privados.
• Sistemas de sonido/ microfonía profesional y grabación de audio en soportes digitales multipista.
• Sistemas de iluminación para vídeo.
• Sistemas de filmación de vídeo.
• Sistemas de Edición de vídeo avanzada.
• Etalonaje de vídeo digital en HD
09/11/2017 11:05:29
• Sistemas de infografía avanzada.
• Equipamiento para la transferencia y gestión de contenido audiovisual
Para el caso de filmaciones que por su carácter informativo requieran de una inmediatez en su entrega, la empresa deberá estar dotada de los medios tecnológicos necesarios para el envío del contenido del vídeo en bruto (sin edición) mediante FTP. La inmediatez de la entrega estará supeditada a las condiciones de acceso a Internet que hubiese en dicha localización geográfica.
Se estima una producción anual máxima de 595 minutos de vídeo. En este lote se incluyen dos tipos de vídeo: vídeos ordinarios y vídeos extraordinarios, entendiendo por estos últimos aquellos que versen sobre eventos significativos, tales como el Día de la Región, o eventos internacionales o de especial relevancia que determine el órgano de contratación. Los vídeos ordinarios tendrán una duración de entre 1 y 2 minutos y los extraordinarios de entre 2 y 5 minutos (la duración concreta de estos vídeos extraordinarios será determinada, de forma aproximada, por el personal de prensa de la Consejería, en función del evento de que se trate).
Firmante: XXXXX XXXXXX, XXXXXXXXX
Se estima una generación de 260 vídeos ordinarios anuales y 15 vídeos extraordinarios anuales. Estas cifras tendrán el carácter de máximo. Con carácter general, se generarán cinco vídeos ordinarios semanales, sin perjuicio de que este número pueda variar en función de las necesidades apreciadas por el personal de prensa de la Consejería, de modo que algunas semanas se pueden requerir menos vídeos y otras más.
Los temas y el contenido editorial de todos los vídeos, así como la duración aproximada de los vídeos extraordinarios, serán determinados por el personal de prensa de la Consejería y comunicados a la empresa contratada por el responsable del contrato con una antelación mínima de una semana, salvo que concurran circunstancias excepcionales que imposibiliten o dificulten el aviso con dicha antelación.
Los vídeos generados en este lote deben producirse con material filmado en los eventos, evitando la utilización de material de archivo. La Dirección General de Medios de Comunicación facilitará a la empresa adjudicataria la imagen corporativa de la Comunidad Autónoma para su inserción en la cabecera del vídeo.
El ámbito territorial de las producciones está circunscrito a la Región xx Xxxxxx. El vídeo generado se enviará mediante FTP con las siguientes características:
• Codificación H.264.
• Contenedor MP4.
• Resolución mínima de 720p.
• Si el tamaño fuese mayor de 4 GB, se deberá dividir en partes de máximo 4 GB.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) a03e3056-aa03-c210-671907374722
Si en el transcurso de la ejecución del contrato se comprobara que el envío mediante FTP no resultara operativo, se podría sustituir por otro mecanismo de común acuerdo entre las partes.
3.3. Lote 3: Servicio de fotografía.
09/11/2017 11:05:29
El objeto de este lote es la prestación del servicio de fotografía profesional, que consiste en la cobertura gráfica de actos institucionales para su posterior difusión en medios de comunicación social.
Dado su carácter informativo, las imágenes digitales requieren de una inmediatez en su entrega. El envío de las fotografías se realizará por correo electrónico u otro medio electrónico alternativo acordado entre las partes.
Se estima una prestación máxima de 360 servicios fotográficos anuales. Con carácter general, se precisarán 30 servicios mensuales, sin perjuicio de que este número pueda variar en función de las necesidades apreciadas por el personal de prensa de la Consejería, de modo que algunos meses se pueden requerir menos servicios y otros más.
Para cada evento cubierto se remitirán un mínimo de 10 fotos. No se valorará la remisión de un número mayor de fotos.
La empresa contratada recibirá la programación de los eventos con una antelación mínima de 2 días, salvo que concurran circunstancias excepcionales que imposibiliten o dificulten el aviso con dicha antelación.
Las fotografías tendrán las siguientes características técnicas:
• Formato: JPG
Firmante: XXXXX XXXXXX, XXXXXXXXX
• Factor de conversión: 300 ppp
• Tamaño: 755 x 944 píxeles
• Profundidad de color: 24 bits
4. DURACIÓN DE LA CONTRATACIÓN.
El contrato tendrá una duración prevista de 12 meses para cada uno de los lotes desde la formalización del mismo, con inicio previsto el 1 de enero de 2018.
Todos los plazos establecidos en los pliegos del presente procedimiento, salvo que se indique que son laborables, se entenderán referidos a días naturales.
5. SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN DE LOS TRABAJOS.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) a03e3056-aa03-c210-671907374722
El adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito a la Dirección General de Medios de Comunicación su intención de subcontratar, con indicación de la identidad del subcontratista, las partes de la prestación que se pretende subcontratar y el porcentaje total de los trabajos a subcontratar en relación a la cuantía total del contrato justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia. En cualquier caso, la subcontratación deberá ser aceptada por la Dirección General de Medios de Comunicación y no podrá ser superior al 50 por ciento del precio de adjudicación del contrato.
Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista, que asumirá la responsabilidad de la ejecución del contrato frente la Dirección General de Medios de Comunicación, con arreglo estricto al Pliego y a los términos del Contrato.
09/11/2017 11:05:29
El contratista se obliga a abonar a los subcontratistas y suministradores el pago del precio pactado con unos y otros, en los plazos y condiciones que no sean más desfavorables que las establecidas para las relaciones entre la Administración y el contratista.
El subcontratista no deberá estar incurso en las prohibiciones que según el art. 60 del TRLCSP prohíban contratar con el Sector Público.
Se permite la cesión del contrato, en los términos establecidos en el artículo 226 del TRLCSP.
6. CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y TRATAMIENTO POR CUENTA DE TERCEROS.
El adjudicatario queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, especialmente los de carácter personal, incluidos en ficheros declarados ante la Agencia de Protección de Datos y dados de alta en el correspondiente Registro General de Protección de Datos, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que figura en esta memoria, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación.
Firmante: XXXXX XXXXXX, XXXXXXXXX
De conformidad con la Disposición Adicional vigésimo sexta del TRLCSP, el adjudicatario quedará obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre protección datos de carácter personal y su normativa de desarrollo, contenida en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, y especialmente a lo establecido en el artículo 12, apartados 2, 3 y 4 de la citada Ley Orgánica, que a continuación se transcriben:
“Artículo 12. Acceso a los datos por cuenta de terceros.
2. La realización de tratamientos por cuenta de terceros deberá estar regulada en un contrato que deberá constar por escrito o en alguna otra forma que permita acreditar su celebración y contenido, estableciéndose expresamente que el encargado del tratamiento únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones del responsable del
tratamiento, que no los aplicará o utilizará con fin distinto al que figure en dicho contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas.
En el contrato se estipularán, asimismo, las medidas de seguridad a que se refiere el artículo 9 de esta Ley que el encargado del tratamiento está obligado a implementar.
3. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al responsable del tratamiento, al igual que cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.
4. En el caso de que el encargado del tratamiento destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del contrato, será considerado también responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente.”
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) a03e3056-aa03-c210-671907374722
Estas obligaciones subsistirán indefinidamente, incluso una vez finalizado o resuelto este pliego, quedando la empresa adjudicataria obligada al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, que regula la Protección de los Datos de Carácter Personal, y demás legislación aplicable.
7. PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL.
09/11/2017 11:05:29
La Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx conservará la propiedad y los derechos sobre todos los elementos y medios facilitados a la empresa adjudicataria con motivo de los trabajos objeto de este pliego.
La empresa adjudicataria dispondrá de los derechos de propiedad intelectual e industrial, y de las preceptivas autorizaciones sobre la totalidad de los elementos que se provean a la Dirección General de Medios de Comunicación en el proceso de prestación de servicios objeto de este pliego siendo su exclusiva responsabilidad disponer de ellos conforme la normativa aplicable.
La Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx será la propietaria de los trabajos producidos por la empresa adjudicataria en el marco de este pliego. Deviene, por tanto, en propietaria absoluta de los derechos de propiedad intelectual sobre los productos y será considerada como autora a todos los efectos legales.
La Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx ostenta todos los derechos de explotación sobre los productos realizados en ejecución del presente pliego desde el momento de entrega de cada uno de ellos. Esos derechos serán ejercicios por la Dirección General de Medios de Comunicación.
8. OFERTAS.
Firmante: XXXXX XXXXXX, XXXXXXXXX
La oferta deberá incluir la información que se solicita en los apartados siguientes y, opcionalmente, aquélla que considere el licitador.
La Administración se reserva el derecho a exigir, a la empresa que estime oportuno, documentación que acredite la veracidad de la información presentada en la oferta o bien información aclaratoria adicional sobre el contenido de la misma, estando la empresa obligada a ello.
8.1. Número de ofertas.
El licitador podrá presentar una sola oferta por lote. Un mismo licitador podrá presentar oferta a uno, varios o todos los lotes.
8.2. Estructura normalizada y contenido de las ofertas.
Con independencia de que una empresa pueda adjuntar a su oferta cuanta información complementaria considere de interés, ésta deberá estar obligatoriamente estructurada de la siguiente forma:
• Índice.
• Características generales.
o Identificación de la oferta.
o Acatamiento con carácter general de las condiciones del PPT.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) a03e3056-aa03-c210-671907374722
o Datos de empresa.
• Descripción de la solución técnica.
Los licitadores deberán presentar una propuesta técnica de no más de 10 páginas que deberá contener los siguientes apartados y en el mismo orden:
09/11/2017 11:05:29
I. Resumen ejecutivo, con una extensión máxima de 3 páginas. En él, el licitador deberá exponer el alcance de los trabajos acorde a los requisitos y planificación que propone para la ejecución de su proyecto.
II. Planificación y requisitos técnicos. Este apartado con extensión máxima de 7 páginas, recogerá el método de trabajo a seguir a lo largo del proyecto. Asimismo, dará respuesta ordenada y detallada a los requisitos técnicos, la organización de las tareas y trabajos, y describirá las soluciones adoptadas por el licitador en relación con los criterios de valoración previstos en la cláusula 11 de la memoria.
• Ejecución del contrato
Se incluirá en este capítulo la descripción de las medidas dispuestas por el oferente para asegurar la calidad de los trabajos; seguridad y confidencialidad, así como aquellas otras que se prevé aplicar para vigilar y garantizar el adecuado cumplimiento del contrato. A tal fin, y conforme al Real Decreto 1720/2007, de 11 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, los licitadores incluirán en su oferta una Memoria descriptiva de las medidas de seguridad que adoptarán para asegurar la disponibilidad, confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada.
9. MEDIDAS DE SEGURIDAD.
Firmante: XXXXX XXXXXX, XXXXXXXXX
El adjudicatario del contrato deberá comunicar al responsable del contrato la designación de la persona o personas que, sin perjuicio de la responsabilidad propia de la empresa, estarán autorizadas para las relaciones con el centro directivo a efectos del uso correcto del material y de la información a manejar. Se adjuntará una descripción de su perfil profesional, y sólo podrán ser sustituidas con la conformidad del responsable del contrato.
El adjudicatario se compromete a comunicar al responsable del contrato, de forma inmediata, la detección de cualquier error que se produzca en el sistema de seguridad de la información.
10. TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA.
Durante la ejecución de los trabajos objeto de contrato, el adjudicatario se compromete, en todo momento, a facilitar al responsable técnico del contrato la documentación que solicite, para disponer de un pleno conocimiento de las circunstancias en las que se desarrollan los trabajos, así como los problemas que pudieran plantearse y la metodología y herramientas utilizadas para resolverlos.
11. CONDICIONES REFERENTES A LA TRANSPARENCIA Y EL LIBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) a03e3056-aa03-c210-671907374722
En virtud de lo dispuesto en la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, la Administración pública regional podrá publicar o poner a disposición de quien la solicite toda la información relativa a la presente licitación aportada por el adjudicatario, con la única excepción de la información técnica que quede cubierta por el secreto comercial.
09/11/2017 11:05:29
La Administración pública regional podrá solicitar a la empresa adjudicataria cualquier información relativa al objeto del contrato y a las circunstancias de su ejecución cuando ésta sea de interés para los ciudadanos, debiendo la empresa facilitarla en un formato apropiado y en el plazo máximo de una semana, salvo que por su volumen o complejidad se justificara su ampliación. Esta obligación subsistirá durante los dos años posteriores a la finalización de las obligaciones principales del contrato.
Murcia (fecha y firma electrónica al margen)
JEFE DE LA OFICINA DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL Y PRENSA
Firmante: XXXXX XXXXXX, XXXXXXXXX
Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx