CONTRATO ADMINISTRATIVO DE LA DIGITALIZACIÓN DE LAS PLAZAS DE ABASTOS DE SAN PEDRO Y CAMPOAMOR, QUE FORMA PARTE DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)- FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA-NEXTGENERATION EU.
XXXXXX XXXXXXX, XXXXX (1 de 3)
Tercero
Fecha Firma: 14/05/2024
HASH: 48d01b22b638047499f72002219640f1
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE LA DIGITALIZACIÓN DE LAS PLAZAS DE ABASTOS DE SAN XXXXX Y CAMPOAMOR, QUE FORMA PARTE DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)- FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA-NEXTGENERATION EU.
En Alcantarilla, a catorce xx xxxx de dos mil veinticuatro se reúnen:
De una parte, EL ILMO. AYUNTAMIENTO DE ALCANTARILLA, con
C.I.F P-3000500- C, domiciliado en Plaza de San Xxxxx y en su representación D. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Alcalde del mismo, provisto de
N.I.F. 52.806.385-H, en virtud de las competencias que me vienen otorgadas por la legislación vigente y Dña. Maravillas X. Xxxxxx Xxxxx, como Secretaria General.
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx (2 de 3) Alcalde
Fecha Firma: 14/05/2024
HASH: 03ebae55aa2d5adb2dcf667fae9f31e9
Y de otra parte D. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx con N.I.F.: 43.127.123-F, en nombre y representación de la empresa HELO PROS ASSOCIATES S.L. con
C.I.F. B-86313152 y domicilio en Xxxxx xx xxx Xxxxxx, 00 – Xxxxx Xxxxx, X.X 00000 XXXXXX, según representación que tiene acreditada en el archivo de empresas obrantes en el Área de Contratación del Ilmo. Ayuntamiento de Alcantarilla, y que asegura bajo su responsabilidad sigue vigente.
Ambas partes se reconocen competencia y capacidad, respectivamente, para formalizar el presente contrato y al efecto exponen los siguientes:
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ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
Maravillas Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx (3 de 3) Secretaria General
Fecha Firma: 14/05/2024
HASH: cca3fb7be7367a150b91ab9dd5b36ac7
PRIMERO.- Con fecha 23 de febrero de 2024, el Alcalde del Ayuntamiento de Alcantarilla, aprobó el expediente de contratación de la “Digitalización de las plazas de abastos de San Xxxxx y Campoamor, que forma parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)- Financiado por la Unión Europea-NextGeneration EU”, por un presupuesto base de licitación que asciende a la cantidad de CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS EUROS (189.926 €), más TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO EUROS CON CUARENTA Y SEIS
CÉNTIMOS (39.884,46 €), correspondiente al IVA aplicable (21%), lo que establece un importe total de DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS DIEZ EUROS CON CUARENTA Y SEIS CÉNTIMOS (229.810,46
€), IVA incluido.
SEGUNDO. - Que por resolución xxx Xxxxxxx, de fecha 26 xx xxxxx de 2024, se adoptó acuerdo de adjudicación con el siguiente tenor:
Primero. - Adjudicar a la empresa HELO PROS ASSOCIATES, S.L. el contrato
de la “DIGITALIZACIÓN DE LAS PLAZAS DE ABASTOS DE SAN XXXXX Y CAMPOAMOR, QUE FORMA PARTE DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)-FINANCIADO POR LA UNIÓN
EUROPEA-NEXTGENERATION EU” por un importe de adjudicación de CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTISÉIS EUROS CON CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS, (169.326,45 €) IVA EXCLUIDO, y con las
condiciones establecidas en su oferta, por entender que es la más ventajosa para este Ayuntamiento.
Segundo. - Notificar este acuerdo a todos los licitadores, publicándolo en el Perfil del Contratante de este Ayuntamiento.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, la formalización del contrato no podrá efectuarse antes de que transcurran diez días naturales a partir del día siguiente a la notificación de la adjudicación a los licitadores.
TERCERO. - Así las partes comparecientes proceden a la formalización del contrato de las “DIGITALIZACIÓN DE LAS PLAZAS DE ABASTOS DE SAN XXXXX Y CAMPOAMOR, QUE FORMA PARTE DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)-FINANCIADO
POR LA UNIÓN EUROPEA-NEXTGENERATION EU”, en base a las siguientes:
CLÁUSULAS DEL CONTRATO
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PRIMERA. - OBJETO DEL CONTRATO. La presente contratación tiene por objeto la “DIGITALIZACIÓN DE LAS PLAZAS DE ABASTOS DE SAN XXXXX Y CAMPOAMOR, QUE FORMA PARTE DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)-FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA-NEXTGENERATION EU”, con arreglo a las
condiciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Administrativas elaboradas y aprobadas al efecto y conforme a la oferta presentada, a riesgo y xxxxxxx de este.
SEGUNDA.- El precio del contrato asciende a la cantidad de CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTISÉIS EUROS CON CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS, (169.326,45 €) IVA EXCLUIDO, con el
siguiente desglose por precio unitario:
CATEGORÍA DE GASTO | IMPORTE | IVA | TOTAL | |
Web App Móvil | 34.000,00 € | 7.140,00 € | 41.140,00 € | |
Locker | 44.929,00 € | 9.435,09 € | 54.364,09 € | |
Control de personas | 11.700,00 € | 2.457,00 € | 14.157,00 € | |
Tarjetas de Fidelización | 9.000,00 € | 1.890,00 € | 10.890,00 € | |
Señalética digital de información | 50.657,45 € | 10.638,06 € | 61.295,51 € | |
Digitalización de la trazabilidad de productos | 19.040,00 € | 3.998,40 € | 23.038,40 € | |
Total Gasto Categorías | 169.326,45 € | 35.558,55 € | 204.885,00 € |
Se han ofrecido las siguientes mejoras:
- Mejora Nº1: 10 campañas de email marketing a través de la wifi.
- Mejora Nº2: Añadir funcionalidades al Marketplace: menú de promociones, histórico de compras, estadísticas generales, facturación con desglose de pedidos, api para logística con entrega a domicilio y api para integración con fidelización clientes.
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-Mejora Nº3: Gestión de las redes sociales (Facebook e Instagram) de los mercados municipales.
- Mejora Nº4: Incluir un año de gestión del servicio de seguimiento y venta del Marketplace (seguimiento de los pedidos y liquidación de las remesas a los comercios). Soporte y mantenimiento.
- Mejora Nº5: Reducción del tiempo de ejecución del proyecto. Dos meses.
El presente contrato se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) financiado por la Unión Europea – NEXTGENERATION EU.
Las obligaciones económicas que se deriven, para esta Administración, del cumplimiento del contrato al que se ciñe el presente pliego, quedarán cubiertas presupuestariamente, con cargo a los créditos contenidos en la
partida 10202 4312 626 del Estado de Gastos del Presupuesto Municipal vigente.
El pago se hará contra factura, expedida conforme a la normativa vigente, debidamente conformada por el responsable del contrato.
La factura se presentará junto a la certificación mensual de los trabajos realizados, suscrita por el responsable del contrato, en la que se detallará la fecha, descripción de los trabajos efectivamente entregados e instalados, el precio unitario de los mismos, IVA aplicable y el importe total.
El Ayuntamiento abonará el precio de la factura dentro de los treinta días siguientes a la aprobación de los documentos que acrediten la conformidad de la factura.
En todo caso, con carácter previo a la presentación de cada una de las facturas será necesaria la presentación de la correspondiente certificación de proyecto en la que se incluirán los trabajos realizados. La Certificación deberá ser aprobada por el responsable del contrato. No se dará curso a la factura sin la aprobación de la certificación de proyecto presentada.
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TERCERA. - El objeto del contrato tendrá un plazo de garantía de UN AÑO, a contar desde la fecha de finalización o conformidad del trabajo realizado, plazo durante el cual el Ayuntamiento podrá comprobar que la prestación del trabajo se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento y lo estipulado en el presente pliego y en el pliego de prescripciones técnicas particulares. Transcurrido dicho plazo sin que se hayan formulado reparos a los trabajos ejecutados quedará extinguida la responsabilidad del contratista.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de estos.
Terminado el plazo de garantía y practicada la liquidación sin que la Administración haya formalizado reparo o denuncia alguna, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada y tendrá lugar la devolución de la garantía definitiva.
CUARTA. - Las obligaciones específicas del contratista son las xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, así como las establecidas en su oferta.
QUINTA. - El contrato tendrá un plazo de duración de CUATRO MESES, a contar dese el día siguiente a la firma del documento de formalización del contrato.
No obstante, lo anterior, los trabajos objeto de este contrato deberán desarrollarse y estar implantado antes del 30 xx xxxxx de 2024. Es decir, en esa fecha deberá estar completada la puesta en uso de la totalidad de los recursos y suministros que integran el proyecto, aunque sea de un plazo inferior a los cuatro meses.
SEXTA. - El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, ha constituido garantía definitiva, por un importe de OCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS (8.466,32 €), a favor del
Ayuntamiento, equivalente al 5% del importe de adjudicación del contrato, excluido IVA, la cual ha depositado en la Tesorería Municipal.
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SÉPTIMA. - Conforme a lo previsto en el art. 62 de la LCSP, el órgano de contratación designa como responsable del contrato al jefe de Servicio de Comunicación, Modernización y Transparencia, del Ayuntamiento de Alcantarilla, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
OCTAVA. - - El adjudicatario se compromete al cumplimiento íntegro de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
El adjudicatario y para la prestación de este servicio tiene la condición de encargado de tratamiento y podrá tener acceso a ficheros, cuya titularidad es del Ayuntamiento de Alcantarilla, y que contienen datos de carácter personal, El adjudicatario deberá tratar los datos de conformidad con las instrucciones del Ayuntamiento y sólo con la finalidad y los usos
exclusivamente necesarios para la prestación de los servicios objeto de este contrato, no pudiendo usar los mismos para un fin distinto.
Los datos a los que tenga acceso el encargado de tratamiento no serán comunicados a terceros, ni siquiera para su conservación.
El encargado del tratamiento devolverá a la finalización del servicio, cuantos soportes y documentos contengan datos de carácter personal derivados de dicha prestación, procediendo al borrado de aquellos que se encuentren en su poder por cualquier medio, ya sea manual o automatizado, de forma que se garantice plenamente la devolución de los datos al Ayuntamiento de Alcantarilla.
El encargado de Tratamiento se compromete a adoptar las medidas de índole técnico y organizativo, necesarios que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal a los que tenga acceso y eviten su alteración, pérdida, tratamiento y acceso no autorizado. En concreto deberá aplicar las medidas de seguridad establecidos en el RD 1720/2007 en función del tipo de datos tratados en cada caso.
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El encargado del tratamiento se obliga al secreto profesional respecto a los datos de carácter personal objeto del tratamiento debiendo guardar secreto durante el tratamiento y con posterioridad a la finalización del mismo respondiendo frente al Ayuntamiento en caso de incumplimiento, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran derivar ante la Agencia Española de Protección de Datos o directamente del interesado.
El encargado del tratamiento se compromete a comunicar y hacer cumplir a sus empleados, incluidos trabajadores de empresas de trabajo temporal, las obligaciones establecidas en los apartados anteriores, y, en concreto las relativas al deber xx xxxxxxx y medidas de seguridad, respondiendo ante el Ayuntamiento en caso, de incumplimiento, sin perjuicio de las responsabilidades que se pudieran derivar ante la Agencia Española de Protección de Datos o directamente del interesado.
El encargado del Tratamiento responderá directamente ante la Agencia Española de Protección de Datos de los incumplimientos que se pudieran derivar de las condiciones anteriores.
NOVENA. - El presente contrato surtirá efecto a partir del día siguiente a la formalización de este.
CLÁUSULA DE OTORGAMIENTO
D. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx con N.I.F.: 43.127.123-F, en nombre y representación de la empresa HELO PROS ASSOCIATES S.L. con C.I.F. B- 86313152, se compromete a la ejecución del contrato de la “DIGITALIZACIÓN DE LAS PLAZAS DE ABASTOS DE SAN XXXXX Y CAMPOAMOR, QUE FORMA PARTE DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)-FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA- NEXTGENERATION EU” con estricta sujeción a los documentos que tengan carácter contractual que figuren en el expediente aprobado por esta Administración, documentos contractuales que acepta plenamente, de lo que deja constancia firmando en este acto su conformidad en cada uno de ellos.
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El adjudicatario presta su conformidad al expediente administrativo que rige para este contrato, y se somete, para cuanto no se encuentre en el establecido, a lo dispuesto, en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, de 8 de noviembre y a la restante legislación no derogada por las disposiciones vigentes en materia de contratación. Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, a lo dispuesto en las normas aplicables a la Contratación Local, así como a los preceptos que regulan las normas tributarias de obligado cumplimiento.
Para la debida constancia de todo lo convenido, y en prueba de testimonio y conformidad del mismo firman ambas partes, de lo que yo la Secretaria General doy fe.
EL ALCALDE EL ADJUDICATARIO
LA SECRETARIA GENERAL
P L I E G O D E C L Á U S U L A S A D M I N I S T R A T I V A S P A R T I C U L A R E S Q U E H A N D E R E G I R L A A D J U D I C A C I Ó N , P O R P R O C E D I M I E N T O A B I E R T O S I M P L I F I C A D O Y T R A M I T A C I Ó N O R D I N A R I A , D E L C O N T R A T O P A R A E L D E S A R R O L L O E I M P L A N T A C I Ó N D E L P R O Y E C T O D E A C T U A L I Z A C I Ó N Y M O D E R N I Z A C I Ó N D E L A S P L A Z A S D E A B A S T O S D E S A N P E D R O Y D E C A M P O A M O R E N A L C A N T A R I L L A Q U E F O R M A P A R T E D E L P L A N D E R E C U P E R A C I Ó N , T R A N S F O R M A C I Ó N Y R E S I L I E N C I A ( P R T R ) – F I N A N C I A D O P O R L A U N I Ó N E U R O P E A – N E X T G E N E R A T I O N E U .
C L Á U S U L A 1 . R É G I M E N J U R Í D I C O .
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Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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El contrato a realizar se califica como contrato administrativo mixto, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/247UE, de 26 de febrero de 2014, BOE núm. 272, de 9 de noviembre de 2017 (LCSP, en adelante). De conformidad con lo dispuesto en dicho artículo, se aplican las normas relativas al contrato de servicios, por ser la prestación principal los trabajos necesarios para la puesta en funcionamiento del proyecto de digitalización de las plazas de abastos.
La presente contratación tiene carácter administrativo y se regirá en todo lo no previsto especialmente en este pliego de condiciones por lo dispuesto en las siguientes normas:
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP).
- Las disposiciones relativas a la ejecución de los fondos del mecanismo de recuperación y resiliencia y destacadamente el Reglamento UE 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece dicho mecanismo.
- Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP, en adelante), en todo lo que no se oponga a la LCSP.
- Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en todo lo que no se oponga a la LCSP.
- Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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- Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por el que se establece el formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público estatal, autonómico y local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes de recuperación, transformación y resiliencia.
- Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- En materia de protección de datos, este contrato se somete a la normativa de la Unión Europea (Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos) y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
En cuanto a la prestación material de los trabajos, deberá respetarse íntegramente la totalidad de la normativa sectorial y técnica de aplicación vigente en el momento de ejecutarse el contrato. Igualmente deberá cumplirse íntegramente las disposiciones correspondientes en materia social y laboral y medioambiental que resulten de aplicación, vigentes en España y en la Unión Europea, incluidos los convenios internacionales suscritos por la UE, que se relacionan en el ANEXO V de la LCSP.
Todas las referencias normativas se entenderán referidas a aquellas otras que las sustituyan o complementen a las señaladas.
Tanto el Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT), como el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP, en adelante) revisten carácter contractual, por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de formalización del contrato.
Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.
C L Á U S U L A 2 . O B J E T O D E L C O N T R A T O .
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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El objeto del presente contrato es la digitalización de los mercados municipales xx Xxxxxxxxx y San Xxxxx para facilitar la venta online y offline de los comercios mediante la implantación de una web app preparada para la venta online, taquillas refrigeradas inteligentes para la recogida de la compra, unidad de conteo del público que hay en tiempo real en cada uno de los mercados, fidelización de los clientes, señalética digital mediante pantallas en las que proyectar contenido promocional y la digitalización de la trazabilidad de los productos.
De conformidad con lo dispuesto en la Orden ICT/949/2021, de 10 de septiembre, por la que se convoca la línea de ayudas para el apoyo a mercados, zonas urbanas comerciales, comercio no sedentario y canales cortos de comercialización en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y a la vista de los acuerdos adoptados por la Comisión de Evaluación en su reunión de fecha 30 de diciembre de 2021, se formuló la propuesta de resolución provisional de dicha convocatoria, que fue debidamente notificada. Habiéndose realizado el trámite de audiencia, y vistas
las alegaciones presentadas, se acordó estimar el expediente y proponer Resolución de Concesión de Ayuda. Por ello, una vez realizados los trámites previstos en el artículo 18 de la Orden ICT/949/2021, de 10 de septiembre, así como la autorización del expediente de gasto, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, resolvió conceder la ayuda a este Ayuntamiento de Alcantarilla, para la realización de las actuaciones contenidas en la solicitud presentada por esta entidad para el Proyecto de Digitalización de los Mercados Municipales de San Xxxxx y Campoamor (Subproyecto C.13.I04.P04, Expediente MS-010000-2021-247). Por lo tanto, se trata de un proyecto Financiado por la Unión Europea – Next Generation EU con Inversiones financiadas por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
El proyecto municipal de digitalizar los mercados se alinea con los ejes, las políticas palanca y las medidas a aplicar para cumplir con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en España. Dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España y de la Unión Europea, destacamos las siguientes actuaciones alineadas: Dentro de la palanca IV ‘Modernización de las Administraciones públicas’, alineada con el componente 11, y especialmente en el punto C11.I3: Transformación Digital y Modernización del Ministerio de Política Territorial y Función Pública y de las Administraciones de las CCAA y las EELL, inversión que aborda proyectos de modernización en el ámbito de la Administración General del Estado y de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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En el pliego de prescripciones técnicas particulares se establecen las condiciones técnicas y criterios a los que ha de sujetarse el adjudicatario para la correcta ejecución del proyecto de modernización de las plazas de abastos de Alcantarilla.
El alcance y fase de los trabajos, así como las especificaciones técnicas de los mismos quedan igualmente sometidos a las descripciones xxx xxxxxx de prescripciones técnicas particulares de esta licitación.
Tanto el pliego de prescripciones técnicas particulares (PPT, en adelante) como el pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP, en adelante) revisten carácter contractual, por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de formalización del contrato.
Dicho objeto se corresponde con el código 72212480-7 “Servicios de desarrollo de software de ventas, mercadotecnia e inteligencia empresarial”, 79342000-3 “Servicios de marketing” y 44421720-0 “Taquillas” de la nomenclatura CPV de la Comisión europea.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas vigentes de toda índole que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
C L Á U S U L A 3 . N E C E S I D A D E S A S A T I S F A C E R .
El Programa Mercados Sostenibles contempla la financiación de proyectos, presentados por las Entidades Locales, de mejoras en la modernización de mercados municipales, áreas comerciales, mercados de venta no sedentaria y canales cortos de comercialización. Se financiarán, en base a criterios tecnológicos e innovadores, y de sostenibilidad, proyectos cuyo fin sea aumentar la competitividad, acelerar su digitalización o transformación hacia un modelo más sostenible, a través por ejemplo del uso de energías renovables, uso eficiente de los recursos, tratamiento o reciclado de residuos o la movilidad sostenible.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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El Componente 13 “Impulso a la PYME” recoge un importante grupo de reformas e inversiones orientadas a reforzar el ecosistema empresarial español, con especial atención a las necesidades de las PYMEs, aumentando la productividad de la economía y el crecimiento potencial mediante el refuerzo de sus capacidades y resiliencia. Para ello se promoverán actuaciones en cinco ámbitos estratégicos: emprendimiento, crecimiento, digitalización e innovación, sector del comercio y la internacionalización.
Hay que señalar que el apoyo a las PYMEs es un ámbito de política enormemente transversal, lo que se pone de manifiesto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y sus componentes. De este modo, aunque el Componente 13 está específicamente dedicado al impulso a las PYMEs, se desarrollan actuaciones dirigidas a estas en muchos otros componentes, entre los que se citan el 3, 7, 10, 12, 14, 16, 17, 19 o 20, abordando acciones de emprendimiento, creación de empresas, talento, crecimiento,
digitalización, sostenibilidad o competitividad empresarial. Por ello, se hace necesario establecer los mecanismos necesarios para una adecuada comunicación, coordinación y seguimiento entre sí, maximizando las sinergias y evitando solapamientos.
El Ayuntamiento de Alcantarilla ha solicitado la financiación para la implantación del Programa Digitalización de los Mercados municipales Campoamor y San Xxxxx para facilitar la venta online y offline de los comercios.
Dentro del citado programa, se contempla la creación de una nueva web para ambos mercados, la incorporación de un módulo de taquillas en el exterior, la instalación de equipos de conteo en los accesos a los mercados, la implementación de un sistema de fidelización, la instalación de cartelería digital y la adquisición de etiquetas digitales para ubicar en los puestos con la trazabilidad de los productos. La implantación de este proyecto forma parte de un proceso de consolidación de la oferta de los mercados municipales mediante su digitalización.
Una vez aprobado el mencionado programa, resulta necesario proceder a la ejecución, para lo cual se requiere tramitar el correspondiente procedimiento de contratación y su posterior adjudicación.
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Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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El proyecto tiene un impacto directo sobre los comercios xxx xxxxxxx municipal, además recae sobre las empresas suministradoras y proveedoras xxx xxxxxxx, las empresas de logísticas que dan el servicio de reparto al mercado y a los clientes xxx xxxxxxx, así como al sector de la alimentación y la restauración.
Con el desarrollo y suministro del presente proyecto de digitalización se pretende la puesta en marcha de un programa de digitalización 360º del comercio electrónico que se centra a su vez en varios objetivos:
1. Que los establecimientos xxx xxxxxxx puedan obtener ingresos en caso de un nuevo confinamiento u otras situaciones excepcionales
2. Que los establecimientos vendan online, para continuar con su actividad a pesar de la pandemia, las restricciones de aforo o cualquier otro impedimento que pueda surgir.
3. Llegar a más clientes
4. Dar visibilidad a todos los establecimientos, especialmente los “no digitalizados” o qué no disponen de web y potenciar la diferenciación del municipio a través de los productos, tanto al mostrarlos en la web App de los mercados
5. Ampliar los servicios que actualmente se prestan en el mercado municipal, así como los horarios de venta, ya que la venta online permite un servicio 24 h al consumidor en cuanto a poder tramitar sus pedidos
6. Adaptarse a la nueva situación y hábitos de compra, facilitando las compras a los clientes que no pueden acudir al mercado, favoreciendo la inclusión social
7. Impulsar la innovación y modernización tecnológica y la mejora de la competitividad de los comerciantes de forma sostenible, fiable y segura.
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Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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En definitiva, se trata de desarrollar el programa de digitalización del comercio que permita que los negocios puedan dar el mismo servicio que otras plataformas globales, con una pasarela de pago online segura y gestión de logística con la retirada en tienda o en taquillas y preparada para ofrecer el servicio a domicilio, englobando a los establecimientos xxx xxxxxxx, los comercios de alimentación y restauración, así como otros que integren los mercados.
El programa de digitalización tiene como destinatario al consumidor final, con el objetivo de situar u ofrecer en el mercado, bienes y servicios que constituyan acto de comercio, independientemente de la modalidad o soporte empleado para ello. Los beneficiarios de esta actuación serán tanto los empresarios comerciantes, así como otros negocios que estén representados en el mercado, y por supuesto la población en general que podrá disponer de mayores y mejores servicios de compra en las instalaciones. El proyecto de digitalización se afronta bajo los paradigmas de facilidad, fiabilidad y seguridad. Xxxxx, fiable y seguro tanto para el comerciante como para el consumidor final.
En la actualidad, el Ayuntamiento de Alcantarilla carece de los medios, tanto personales como materiales, adecuados para la prestación del objeto del contrato que requiere la dedicación continuada de un equipo técnico especializado.
Por ello se estima necesaria la contratación de este servicio, siempre bajo la dirección del Ayuntamiento de Alcantarilla, según las normas dictadas en el presente pliego y la legislación vigente sobre contratación en el Sector Publico.
C L Á U S U L A 4 . D I V I S I Ó N E N L O T E S .
No procede la división en lotes del objeto del presente contrato, ya que, la naturaleza de dicho objeto hace necesaria para su correcta ejecución, la coordinación de las diversas prestaciones que lo integran, dificultando la correcta ejecución de este, desde un punto de vista técnico, la ejecución por parte de una pluralidad de contratistas diferentes, de conformidad con lo previsto en el artículo 99.3 de la LCSP.
Todo lo anterior aconseja que el objeto del presente contrato no se divida en lotes pues la realización independiente de las distintas prestaciones por una pluralidad de contratistas diferentes dificultaría la correcta ejecución técnica del mismo y pone en riesgo la calidad y eficacia del servicio que se pretende contratar.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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C L Á U S U L A 5 . P R E S U P U E S T O B A S E D E L I C I T A C I Ó N .
El Presupuesto Base de Licitación, por la totalidad del contrato, se establece en CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS EUROS (189.926€) más la cantidad de TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO EUROS CON CUARENTA Y SEIS CÉNTIMOS
(39.884,46€), correspondientes al IVA aplicable (21 %), lo que supone un importe total de DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS DIEZ EUROS CON CUARENTA Y SEIS CÉNTIMOS (229.810,46€), IVA INCLUIDO.
Este presupuesto podrá ser mejorado por los licitadores.
Las necesidades previstas para la digitalización de los mercados para facilitar la venta online y offline de los comercios se corresponden con:
Categoría de Gasto | Importe | IVA | Importe con IVA | |
1. | Web App Móvil | 40.000,00 | 8.400,00 | 48.400,00 |
2. | Locker | 44.929,00 | 9.435,09 | 54.364,09 |
3. | Control de personas | 13.000,00 | 2.730,00 | 15.730,00 |
4. | Tarjetas de Fidelización | 10.000,00 | 2.100,00 | 12.100,00 |
5. | Señalética digital de información | 59.597,00 | 12.515,37 | 72.112,37 |
6. | Digitalización de la trazabilidad de productos | 22.400,00 | 4.704,00 | 27.104,00 |
Total Gasto Categorías | 189.926,00 | 39.884,46 | 229.810,46 |
El licitador deberá ofertar tanto un precio unitario de cada implementación como el importe total del proyecto.
Las ofertas de los licitadores, que no podrán exceder del importe de licitación, determinarán el precio del contrato para la realización del servicio.
El precio comprenderá, asimismo, la totalidad de los gastos que deba comprometer el adjudicatario para la realización de los trabajos objeto de este contrato, incluso la parte correspondiente de sus gastos generales, beneficio y honorarios por los servicios prestados, de manera que a la finalización del contrato no procederá el abono de cantidad alguna por las actuaciones realizadas.
Las ofertas que se presenten superando el presupuesto base de licitación serán automáticamente desechadas.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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El precio del contrato se abonará con cargo a la partida 10202 4312 626 del vigente Presupuesto Municipal, según informe de existencia de crédito expedido por el Servicio de Intervención del Ayuntamiento, encontrándose la actuación financiada dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para el desarrollo del mencionado proyecto.
C L Á U S U L A 6 . V A L O R E S T I M A D O D E L C O N T R A T O .
El valor estimado del contrato se establece en CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS EUROS (189.926€), IVA excluido, de
conformidad con lo previsto en el artículo 101 de la LCSP.
C L Á U S U L A 7 . R É G I M E N D E R E V I S I Ó N D E P R E C I O S .
De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de desindexación de la economía española, y el artículo 103 de la LCSP, que regulan los requisitos para que proceda la revisión de precios en los contratos del sector público, a este contrato no resulta aplicable la citada revisión. Se considera que las características del servicio, la duración del mismo y su importe no justifican la quiebra de los principios de precio cierto de los contratos y xxxxxxxx del riesgo y xxxxxxx por parte de la empresa contratista.
C L Á U S U L A 8 . D U R A C I Ó N D E L C O N T R A T O Y P R Ó R R O G A .
El contrato tendrá un plazo de duración de SEIS MESES, a contar dese el día siguiente a la firma del documento de formalización del contrato.
No obstante, lo anterior, los trabajos objeto de este contrato deberán desarrollarse y estar implantado antes del 30 xx xxxxx de 2024. Es decir, en esa fecha deberá estar completada la puesta en uso de la totalidad de los recursos y suministros que integran el proyecto, aunque sea de un plazo inferior a los seis meses.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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El plazo para la total realización del contrato será de obligado cumplimiento para el contratista estándose, en caso contrario, a lo previsto en los artículos 193 y 195 de la LCSP.
El contrato no podrá ser prorrogado.
No obstante lo anterior, cuando al vencimiento de un contrato no se hubiera formalizado el nuevo contrato que garantice la continuidad de la prestación a realizar por el contratista como consecuencia de incidencias resultantes de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación producidas en el procedimiento de adjudicación y existan razones de interés público para no interrumpir la prestación, se podrá prorrogar el contrato originario hasta que comience la ejecución del nuevo contrato y en todo caso por un periodo máximo de UN MES, sin modificar las
restantes condiciones del contrato, siempre que el anuncio de licitación del nuevo contrato se haya publicado con una antelación mínima de DOS MESES respecto de la fecha de finalización del contrato originario.
C L Á U S U L A 9 . Ó R G A N O D E C O N T R A T A C I Ó N .
En virtud de lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la LCSP, el órgano de contratación que actúa en nombre del Ilmo. Ayuntamiento de Alcantarilla es el Sr. Alcalde-Presidente de la Entidad.
El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el presente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretación, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, declarar la responsabilidad imputable al contratista a raíz de la ejecución del contrato, suspender su ejecución, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable.
Igualmente ostenta las facultades de inspección de las actividades desarrolladas por el contratista durante la ejecución del contrato, en los términos y límites establecidos en la normativa de contratación.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
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Los acuerdos que a éste respecto dicte serán ejecutivos, pudiendo ser recurridos en vía administrativa, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.
C L Á U S U L A 1 0 . C A P A C I D A D P A R A C O N T R A T A R .
Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentran incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 71 de la LCSP y que acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional.
Además, el adjudicatario deberá ser persona física o jurídica cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato y disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Las empresas extranjeras no comunitarias deberán reunir además los requisitos establecidos en el artículo 68 de la LCSP.
C L Á U S U L A 1 1 . P R O C E D I M I E N T O D E A D J U D I C A C I Ó N Y T R A M I T A C I Ó N .
El contrato se adjudicará por el procedimiento abierto simplificado, de conformidad con lo que establece en los artículos 159 de la LCSP, en la que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores. En todo lo no previsto en dicho artículo, se seguirá lo dispuesto para el procedimiento abierto en los artículos 156 a 158 de la LCSP y tramitación ordinaria.
C L Á U S U L A 1 2 . P R E S E N T A C I Ó N D E P R O P O S I C I O N E S .
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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1 2 . 1 P u b l i c a c i ó n e n e l P e r f i l d e l C o n t r a t a n t e .
El Ayuntamiento de Alcantarilla, de conformidad con la normativa vigente, deberá licitar electrónicamente y, en consecuencia, las ofertas para el presente contrato se deberán entregar por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil del Contratante, alojado en la plataforma de contratación del Sector Público al que se tendrá acceso a través de la dirección web xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xx, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 135 y 154 de la LCSP, es preceptiva la publicación de la convocatoria de la licitación y la formalización del contrato.
En el Perfil del Contratante del Ayuntamiento de Alcantarilla se ofrecerá información relativa a la convocatoria de la licitación del contrato, incluyendo los pliegos de cláusulas administrativas particulares y documentación complementaria, en su caso, así como actas de la Mesa de Contratación, adjudicación y formalización del contrato.
Toda la documentación necesaria para la presentación de la oferta estará disponible por medios electrónicos desde el día de la publicación del anuncio en dicho Perfil del Contratante.
De conformidad con las disposiciones adicionales 15ª, 16ª y 17ª de la LCSP, a través de la web municipal xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xx tendrán acceso a los distintos medios de comunicación y notificación establecidos:
- Al perfil del Contratante
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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- A la Plataforma de Licitación Electrónica empleada por este Ayuntamiento, ubicada en la dirección xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxx.xxx/XXXXXXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?Xxxx Name=Alcantarilla, que será el canal de comunicación directa con el órgano de contratación del Ayuntamiento, al que se podrá plantear preguntas, solicitar aclaraciones, presentar ofertas y recibir notificaciones, cumplimentar requerimientos del órgano de contratación o Mesa de Contratación, así como el ejercicio de cualesquiera otros derechos que la normativa aplicable al proceso de contratación en curso le confiera al licitador.
Transcurrido 10 días desde que el requerimiento se puso a disposición del destinatario sin que éste accediera al mismo, tal y como establece el artículo
43.2 de la Ley 39/2015, de 2 de Octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se entiende que la notificación ha sido rechazada.
1 2 . 2 P l a z o y f o r m a d e p r e s e n t a c i ó n d e l a s p r o p o s i c i o n e s .
La presentación de proposiciones y documentos, así como las notificaciones y comunicaciones entre el órgano de contratación y los interesados para este expediente se realizará exclusivamente en formato electrónico a través de la PLATAFORMA VORTAL del Ayuntamiento de
Alcantarilla, cuyo acceso se encentra disponible a través dirección web xxx.xxxxxxxxxxxx.xx, en la pestaña “Licitación Electrónica” Dicha proposición deberá ser redactada en lengua castellana, o traducidas oficialmente a esta lengua, y constará de DOS SOBRES/ARCHIVOS ELECTRÓNICOS.
La Plataforma de Licitación Electrónica del Ayuntamiento de Alcantarilla, cumple íntegramente con todos los requisitos legales y técnicos dispuestos en la LCSP, así como en el resto de normativa de desarrollo, garantizándose en todo momento que:
• No son discriminatorios, encontrándose a disposición del público de forma compatible con las tecnologías de la información y comunicación de uso general.
• Toda la información y las especificaciones técnicas necesarias para la presentación electrónica de las ofertas y solicitudes de participación se encuentran a disposición de todas las partes interesadas desde la citada plataforma, siendo de uso general y amplia implantación.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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• Los sistemas de comunicaciones y para el intercambio y almacenamiento de información garantizan la igualdad entre los licitadores y la integridad de los datos transmitidos y que solo los órganos competentes, en la fecha señalada para ello, puedan tener acceso a los mismos, o que, en caso de quebrantamiento de esta prohibición de acceso, la violación puede detectarse con claridad.
• La aplicación permite acreditar la fecha y hora de la emisión o recepción de las comunicaciones, la integridad de su contenido y el remitente y destinatario de estas.
El acceso a esta plataforma electrónica es gratuito y permite realizar la consulta y descarga de los pliegos del expediente, notificaciones electrónicas, así como la presentación de proposiciones sin coste alguno.
En los casos en que lo solicitado sean aclaraciones a lo establecido en los pliegos o resto de documentación, las respuestas tendrán carácter vinculante y, en este caso, se deberán hacer públicas a través de la citada plataforma en los términos que garanticen la igualdad y concurrencia en el procedimiento de licitación.
Si va a concurrir en una Unión Temporal de Empresas a la licitación, puede consultar en el siguiente enlace la información acerca de cómo registrar una UTE en la plataforma VORTAL: xxxx://xx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/xxxx.
De conformidad con lo previsto en el artículo 156.6 de la LCSP, las proposiciones para poder tomar parte en la licitación deberán presentarse dentro del plazo de QUINCE DÍAS NATURALES contar desde el siguiente a la publicación en el Perfil del Contratante, alojado en la plataforma de contratación del Sector Público, del anuncio de licitación, a través de la plataforma electrónica de contratación accesible desde la dirección web xxx.xxxxxxxxxxxx.xx, donde se encuentra disponible el acceso directo a la Plataforma de Contratación Pública Electrónica empleada por el Ayuntamiento ubicada en la dirección web xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxx.xxx/XXXXXXX/Xxxxx/Xxxxx/Xxxxx?XxxxXxxxxXxxxx tarilla, Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva, se presentarán hasta las 18:00 horas del último día del plazo.
Es responsabilidad exclusiva del licitador realizar con antelación suficiente las configuraciones necesarias indicadas en el ANEXO V del presente Xxxxxx, y la preparación de su proposición para presentarla dentro del plazo de presentación de ofertas establecido en el anuncio de licitación, recogiéndose en el referido anexo las especificaciones precisas de acceso y uso de la Plataforma de licitación electrónica.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Una vez presentada una proposición a través de dicha plataforma se generará un aviso de recepción electrónico que garantizará la fecha, hora y contenido de la oferta. Las proposiciones extemporáneas serán excluidas, a no ser que se acredite que la presentación fuera de plazo es por razones operativas de la propia plataforma. Se entenderá cumplido el plazo si se inicia la transmisión dentro del mismo y finaliza con éxito.
Si el último día de presentación coincidiese en xxxxxx, xxxxxxx o festivo se entenderá automáticamente prorrogado al siguiente hábil.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas por él suscritas.
La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por el empresario del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones previstas en los pliegos que rigen el contrato sin salvedad o reserva alguna.
Las proposiciones serán secretas, no pudiendo divulgar el órgano de contratación la información facilitada por los licitadores que hayan designado como confidencial, con los límites establecidos en el artículo 133 de la LCSP.
Los sobres/archivos electrónicos se dividen de la siguiente forma:
• SOBRE/ARCHIVO ELECTRÓNICO Nº1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA Y PROPUESTA TÉCNICA.
1. DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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1.1 Declaración responsable de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la LCSP, cuyo modelo consiste en el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), aprobado a través del Reglamento de Ejecución UE 2016/7, de 5 de enero de 2016, que deberá estar firmada y con la correspondiente identificación, de acuerdo con las instrucciones que se contienen en el ANEXO I de este pliego. El DEUC es una declaración formal de los licitadores, mediante la cual indican que no se encuentran en ninguna de las situaciones de exclusión o de posible exclusión y cumplen los criterios de selección exigidos y que será requerida al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa.
1.2 Declaración expresa relativa al grupo empresarial al que pudiera
pertenecer la empresa, comprensiva de todas las sociedades pertenecientes al mismo grupo, en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. En el supuesto de no pertenecer a ningún grupo empresarial, la declaración se realizará en este sentido, y la dirección de correo electrónico para ser notificado a través de la Dirección Electrónica Habilitada, según el modelo que consta en el ANEXO II de este pliego.
1.3 Compromiso de adscripción de medios en el que se recoge declaración responsable en la cual se comprometen a adscribir los medios personales y materiales establecidos en el PPT en la ejecución del contrato y cuyo modelo consta en el ANEXO III de este pliego. Este compromiso, que se integrará en el contrato,
tendrá carácter de obligación esencial a los efectos previstos en el artículo 211 letra f) de la LCSP, en caso de incumplimiento del adjudicatario.
1.4 Los licitadores deberán presentar certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE), o cuando proceda de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 96 LCSP en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma, en la fecha final de presentación de ofertas junto con una declaración responsable de vigencia de los datos inscritos en los referidos lugares. A estos efectos, también se considerará admisible la proposición del licitador que acredite haber presentado la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro junto con la documentación preceptiva para ello, siempre que tal solicitud sea de fecha anterior a la fecha final de presentación de las ofertas. La acreditación de esta circunstancia tendrá lugar mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro y de una declaración responsable de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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1.5 En los contratos financiados por los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), se deberá presentar declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI), declaración de cesión y tratamiento de datos, compromiso de cumplimiento de principios transversales y adhesión al Plan de Medidas Antifraude del Ayuntamiento de Alcantarilla, conforme a los modelos que constan en los ANEXOS VI, VII, VIII y IX del presente pliego. Esta documentación también deberá ser presentada por las empresas a las que el licitador haya acudido para completar su solvencia, así como de aquellos adjudicatarios que se hubiesen comprometido a constituirse en UTE.
En todo caso se deberá tener en cuenta:
a) A los efectos de la parte de criterios de selección, los licitadores deberán adaptarse a lo establecido en el presente pliego.
b) En caso de presentarse en UTE, deberán presentar un modelo de declaración responsable DEUC (Anexo I) separado, por cada una de las empresas participantes en la unión temporal firmada, debidamente firmadas. Adicionalmente se aportará el compromiso de constituir la unión temporal por parte de los empresarios que sean parte de esta, de conformidad con lo establecido en el artículo 69.3 de la LCSP.
c) En los casos en que el empresario recurra a la solvencia y medios de otras empresas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
75 de la LCSP, se deberá acompañar también la referida declaración responsable DEUC (Anexo I) debidamente firmadas por cada una de las empresas consideradas.
Asimismo, el empresario deberá presentar compromiso de que recurrirá a las capacidades de otras entidades y que va a disponer de los recursos necesarios para la ejecución del contrato. Dicho Compromiso será firmado por todas las entidades.
Además de la declaración responsable referida, las empresas extranjeras deberán aportar una declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Además, las empresas de Estados que no sean miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán presentar:
- Informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España en el lugar del domicilio de la empresa, en el que se haga constar que la empresa figura inscrita en el Registro Local Profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúa con habilitación en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
- Informe de reciprocidad expedido por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior, justificativo de que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación
con los entes del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la Ley, en forma sustancialmente análoga.
El órgano o la mesa de contratación podrán pedir a los candidatos o licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato.
No obstante lo anterior, cuando el empresario esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE) o figure en una base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, como un expediente virtual de la empresa, un sistema de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, y estos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares.
Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refiere el artículo 140 LCSP, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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2. PROPUESTA TÉCNICA.
Se incluirán en este apartado los documentos acreditativos de los extremos contemplados en los criterios de valoración evaluables mediante juicios de valor, incluyendo:
2.1 MEMORIA TÉCNICA que deberá incluir una descripción de la solución aportada. Deberá especificar, además el plan de implantación, operación y mantenimiento con una extensión máxima de 100 páginas, incluidas portada e índice.
La no presentación de esta memoria será motivo de exclusión del licitador.
La memoria se estructurará atendiendo al siguiente guion:
2.1. 1 Índice.
2.1. 2 Introducción con descripción de la empresa.
2.1. 3 Equipo de trabajo.
2.1. 4 Solución funcional y técnica propuesta con detalle de los aspectos funcionales y técnicos que den cumplimiento a los objetivos marcados en el presente pliego en el caso de no estar recogido en otros apartados.
2.1. 5 Servicios de diseño: imagen corporativa, UX.
2.1. 6 Herramientas de gestión.
2.1. 7 Suministros hardware.
2.1. 8 Plan de Marketing digital.
2.1. 9 Plan de ejecución (cronograma)
2.1. 10 Plan de Sostenibilidad.
2.1. 11 Servicios de garantía y soporte técnico.
En ningún caso podrá incluirse en este sobre documentación relativa a la proposición económica ni a los criterios cuantificables mediante fórmulas. El incumplimiento de esta previsión dará lugar a la exclusión del licitador y a su oferta.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Dada la complejidad del proyecto, para una mayor y mejor exactitud en las ubicaciones y necesidades técnicas de los equipos y su instalación en los Mercados Municipales se podrán realizar visitas para conocer las instalaciones dentro del periodo de presentación de ofertas para que los posibles interesados puedan realizar mediciones o comprobaciones que consideren oportunas, por lo que los datos recogidos en los planos adjuntos no obligan al Ayuntamiento en el caso de no ser exactos. El horario establecido para ello será el siguiente:
▪ Mercado/Plaza de Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx: de 08:00 a 15:00h de lunes a sábado.
▪ Mercado/Plaza de Abastos de San Xxxxx: de 07:00 a 14:00h de lunes a sábado.
• SOBRE/ARCHIVO Nº2. PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
1. Oferta económica que se presentará redactada conforme al modelo fijado en el ANEXO IV del presente pliego, en número y letra, indicando como partida independiente el importe del IVA.
2. Opcionalmente los licitadores podrán presentar Mejoras que se presentarán redactadas conforme al modelo establecido en el ANEXO IV del presente pliego. Las mejoras ofertadas serán sin coste adicional para el ayuntamiento y quedarán a beneficio de este. Se proponen las siguientes mejoras:
▪ Mejora Nº1: 10 campañas de email marketing a través de la wifi.
▪ Mejora Nº2: Añadir funcionalidades al Marketplace: menú de promociones, histórico de compras, estadísticas generales, facturación con desglose de pedidos, api para logística con entrega a domicilio y api para integración con fidelización clientes.
▪ Mejora Nº3: Gestión de las redes sociales (Facebook e Instagram) de los mercados municipales.
▪ Mejora Nº4: Incluir un año de gestión del servicio de seguimiento y venta del Marketplace (seguimiento de los pedidos y liquidación de las remesas a los comercios). Soporte y mantenimiento.
▪ Mejora Nº5: Reducción del tiempo de ejecución del proyecto.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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No se aceptarán aquellas propuestas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que el Ayuntamiento estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente del modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, indujese a error o confusión o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por el órgano de contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En caso de discordancia o diferencia entre la oferta presentada con números y la presentada en letra, prevalecerá siempre la primera.
Todas las proposiciones recibidas electrónicamente a través de la plataforma electrónica de contratación VORTAL, serán custodiadas y cifradas sin posibilidad de acceder a su contenido en ningún caso hasta que se alcance la fecha estimada para la apertura, se constituya la Mesa de Contratación, si procede, y se produzca la apertura de sobres en la fecha prevista en los pliegos y/o en la correspondiente convocatoria.
C L Á U S U L A 1 3 . G A R A N T Í A P R O V I S I O N A L .
No procederá la constitución de garantía provisional por parte de los licitadores, conforme a lo dispuesto en la letra b) del artículo 159.4 LCSP.
C L Á U S U L A 1 4 . C R I T E R I O S P A R A L A A D J U D I C A C I Ó N D E L C O N T R A T O .
La adjudicación se llevará a cabo atendiendo a una pluralidad de criterios en base a la mejor relación calidad-precio y en aplicación del artículo 145 de la LCSP, conforme a los términos y requisitos establecidos en dicho texto legal.
Los criterios que han de servir de base para la adjudicación, con la ponderación atribuida a cada uno de ellos son los siguientes:
1. Criterios cuantificables mediante juicios de valor, hasta un máximo de 25 puntos.
Se valorará la Memoria descriptiva aportada en base a los siguientes criterios:
1.1 Por el análisis y características técnicas de las herramientas digitales a implementar y su integración en el programa, y por la calidad en la memoria presentada, hasta un máximo de 10 puntos.
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1.2 Equipo de trabajo, hasta un máximo de 2,5 puntos.
1.3 Diseño de la web app, hasta un máximo de 5 puntos.
1.4 Plan de marketing, hasta un máximo de 5 puntos.
1.5 Plan de ejecución (Cronograma), hasta un máximo de 2,5 puntos.
Para asegurar un adecuado nivel de calidad que garantice la prestación del servicio objeto de contratación y atendiendo a su especial naturaleza, el umbral mínimo de puntuación exigido a los licitadores en este apartado relativo a los criterios de valoración sometidos a juicios de valor será de 13 puntos. En consecuencia, quedarán excluidas y no continuarán en el procedimiento aquellas ofertas técnicas que no alcancen 13 puntos de la puntuación máxima prevista en dicho apartado.
En todo caso, el Ayuntamiento se reserva el derecho a no considerar y, consecuentemente, no entrar a valorar aquellos aspectos de la memoria que estime ajenas al objeto del contrato, innecesarias o no convenientes para la mejor realización del objeto del contrato.
2. Criterios cuantificables mediante fórmulas objetivas, hasta un máximo de 75 puntos.
2.1 Por la oferta económica por la totalidad de los servicios incluidos en el objeto del contrato, hasta un máximo de 25 puntos. Se otorgará la máxima puntuación a la oferta económica más baja, que no haya incurrido en oferta desproporcionada o anormal o induzca a error, puntuándose el resto de las ofertas económicas de manera proporcionada con arreglo a la siguiente fórmula:
Importe Omin x 25
Px = -----------------------------
Importe Ox
En donde:
- Px: puntuación de la oferta a valorar.
- Importe Ox: Importe de la oferta a valorar.
- Importe Omin: Importe de la oferta económica más ventajosa presentada a la licitación.
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2.2 Por las mejoras ofertadas, hasta un máximo de 50 puntos. Se valorarán las mejoras ofertadas en base a los siguientes subcriterios:
- Por ofertar la mejora Nº1, 10 puntos.
- Por ofertar la mejora Nº2, 10 puntos.
- Por ofertar la mejora Nº3, 10 puntos.
- Por ofertar la mejora Nº4, 10 puntos.
- Por ofertar la mejora Nº5:
▪ Por reducir un mes la puesta en marcha del proyecto, 5 puntos.
▪ Por reducir dos meses la puesta en marcha del proyecto, 10 puntos.
C L Á U S U L A 1 5 . M E S A D E C O N T R A T A C I Ó N .
La Mesa de Contratación Permanente, cuya composición consta en el perfil del contratante y en la dirección xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxx-xx- transparencia/contratacion/mesas-de-contratacion/, conforme al Decreto 2023-3247, de 20 xx xxxxx de 2023, estará formada por los siguientes miembros:
a) Presidente: Concejal de Hacienda y Organización.
b) Vocales:
- Secretaria General
- Interventor
- Concejal delegado de Desarrollo Económico y Proyectos Europeos.
- Jefa de Servicio de Régimen Interior.
- Jefe de Servicio de Transparencia, Comunicación y Modernización.
- Jefe de Unidad de Contratación.
c) Secretario: funcionaria del Área de contratación.
C L Á U S U L A 1 6 . P R E R R O G A T I V A S D E L A A D M I N I S T R A C I Ó N .
El órgano de contratación, de conformidad con lo previsto en los artículos 190 y 191 LCSP, ostenta las siguientes prerrogativas:
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a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
C L Á U S U L A 1 7 . C A L I F I C A C I Ó N D E L A D O C U M E N T A C I Ó N Y A P E R T U R A D E P R O P O S I C I O N E S .
La mesa de contratación se constituirá tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, quién procederá a la apertura del Sobre Nº1, "Documentación Administrativa y Propuesta Técnica”, a través de la plataforma electrónica de contratación pública VORTAL accesible a través de
la dirección xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xx, y calificará la declaración responsable y la documentación administrativa contenida en el mismo.
Si fuera necesario, la mesa concederá un plazo no superior a tres días naturales para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada. Se comunicará a los licitadores a través de la misma plataforma, a través de la herramienta de notificaciones electrónicas, dentro del área de trabajo del expediente, en el apartado “mensajes”, para que procedan a contestar a través de la misma herramienta.
Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables se rechazará la proposición.
Una vez calificada la documentación general y/o subsanados los defectos u omisiones, la mesa procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de estas, con pronunciamiento expreso sobre las admitidas a la licitación, las rechazadas y causas de su rechazo.
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En el mismo acto se examinará la “Propuesta Técnica”, a través de la misma plataforma, que contiene la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya ponderación dependa de un juicio de valor. En este acto únicamente se realizará la apertura del Sobre Nº1, procediendo a la valoración de la documentación contenida en el mismo en un plazo no superior a siete días naturales. La Mesa de Contratación podrá recabar los informes técnicos, jurídicos y/o económicos que estime convenientes, debiendo ser suscritas los mismos por el técnico o técnicos que realicen la valoración. En todo caso, la valoración técnica deberá estar efectuada con anterioridad a la apertura del sobre que contenga la oferta evaluable a través de criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas.
La mesa de contratación se constituirá nuevamente y procederá a la apertura del sobre/archivo electrónico Nº2, que contiene las proposiciones que han de valorarse conforme a fórmulas objetivas. De conformidad con lo previsto en el artículo 157.4 de la LCSP, dado que el Ayuntamiento de Alcantarilla emplea medios electrónicos en sus licitaciones, la apertura del archivo electrónico Nº2 no se realizará en acto público, siendo el procedimiento electrónico utilizado garantía suficiente y adecuada para la
integridad y secreto de las proposiciones, así como la publicidad que se da al mencionado procedimiento.
La Mesa de Contratación recibidos, en su caso, los informes valorativos de las proposiciones económicas procederá, previa exclusión, en su caso, de las ofertas que no cumplan los requerimientos de este pliego, a evaluar y clasificar las ofertas por orden decreciente de puntuación, a realizar la propuesta de adjudicación a favor del candidato con la mejor oferta y a comprobar y requerir la documentación prevista en este pliego, así como para que aporte el compromiso al que se refiere el artículo 75.2 de la LCSP, en su caso, y la documentación justificativa de que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, y todo ello en el plazo de siete días hábiles a contar desde el envío de la comunicación. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación no adopte el acuerdo de adjudicación.
En el caso de que la oferta del licitador que haya obtenido la mejor puntuación se presuma que es anormalmente baja, la mesa requerirá al licitador para que justifique su oferta en el plazo máximo de cinco días hábiles desde el envío de la correspondiente comunicación.
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En el supuesto de que el empresario tenga que presentar cualquier otra documentación que no esté inscrita en el Registro de Licitadores, la misma se tendrá que aportar en el plazo de siete días hábiles establecido para presentar la garantía definitiva.
Si en el ejercicio de sus funciones la Mesa de Contratación, o en su defecto, el órgano de contratación, tuviera indicios fundados de conductas colusorias en el procedimiento de contratación, en el sentido definido en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, los trasladará con carácter previo a la adjudicación del contrato a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia o, en su caso, a la autoridad de competencia autonómica correspondiente, a los efectos de que ésta, a través de un procedimiento sumarísimo, se pronuncie sobre aquellos. La remisión de dichos indicios tendrá efectos suspensivos en el procedimiento de contratación. Si la remisión la realiza la Mesa de Contratación dará cuenta de ello al órgano de contratación. Reglamentariamente se regulará el procedimiento al que se refiere el presente párrafo.
C L Á U S U L A 1 8 . R E Q U E R I M I E N T O D E D O C U M E N T A C I Ó N
Una vez aceptada la propuesta de la mesa por el órgano de contratación, los servicios correspondientes requerirán al licitador que haya presentado la mejor oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 LCSP para que, dentro del plazo de SIETE DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de; 1) las circunstancias a las que se refieren las letras a) y c) del apartado 1 del artículo 140 LCSP si no se hubiera aportado con anterioridad, tanto del licitador como de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra, sin perjuicio de lo establecido en el segundo párrafo del apartado 3 del citado artículo; 2) disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2 LCSP; 3) y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos.
En particular se le requerirá para la presentación de la siguiente documentación:
1. Documentos acreditativos de la personalidad jurídica:
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1.1 Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que conste las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Código de Identificación Fiscal (CIF), todo ello en original o copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello. Estos documentos deberán recoger el exacto régimen jurídico del licitador en el momento de la presentación de la proposición.
1.2 Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente, en copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello.
1.3 La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará mediante su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
1.4 Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o de Estados no signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Asimismo, deberán justificar mediante informe que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 LCSP, en forma sustancialmente análoga. Dicho informe será elaborado por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior y se acompañará a la documentación que se presente.
1.5 Las empresas extranjeras presentarán su documentación
traducida de forma oficial al castellano.
2. Bastanteo de poderes.
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2.1 Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar también escritura de poder debidamente bastanteado por la Secretaria General del Ayuntamiento de Alcantarilla. A cuyo efecto los poderes y documentos acreditativos de la personalidad serán presentados previamente, todo ello en original o copia compulsada, haciendo efectiva la correspondiente tasa. Igualmente deberá presentar fotocopia compulsada del D.N.I. de la persona a cuyo favor se otorgó el apoderamiento o representación.
2.2 Se significa que la solicitud de bastanteo se encuentra sujeta a tasa, debiendo liquidarse por el interesado en el momento de su
formulación, requisito sin el cual no se iniciará la actuación administrativa.
3. Solvencia económica y financiera y técnica o profesional.
Los licitadores deberán acreditar su solvencia económica y financiera y técnica o profesional en los términos y por los medios que se especifican a continuación.
La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
a) Declaración apropiada de entidades financieras, en el que se haga constar expresamente que el licitador tiene solvencia económica suficiente para hacer frente a las obligaciones derivadas de la presente contratación o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales que cubra la cantidad mínima de 300.000€ por siniestro. Se acreditará mediante un certificado expedido por el asegurador en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha del vencimiento.
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b) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro Oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros Oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
c) Declaración sobre el volumen global de negocios en el ámbito de actividades correspondientes al objeto del contrato, referido al año de mayor volumen de los tres últimos años concluidos, que deberá ser al menos igual al presupuesto base de licitación.
La solvencia técnica o profesional, deberá acreditarse por los siguientes medios:
a) Una relación de los principales suministros o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, cuyo importe anual acumulado en el año
de mayor ejecución sea igual o superior al 100% de la anualidad del contrato, de importe igual o superior a 189.926 €. Los certificados se requieren que sean emitidos por mercados de abastos o galerías comerciales. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atendrá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV.
4. Adscripción de medios materiales y personales.
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Atendiendo al artículo 76.2 de la LCSP, dada la naturaleza del contrato, los licitadores deberán comprometerse a adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales que sean suficientes para la debida ejecución de las prestaciones del contrato, que incluya como mínimo una relación detallada del personal que quedarán adscritos de manera exclusiva a la instalación y puesta en funcionamiento del objeto del contrato.
Cuando un licitador desee recurrir a las capacidades de otras entidades, aportará la documentación que acredite que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación del compromiso de adscripción de medios de dichas entidades.
Este compromiso, que se integrará en el contrato, tendrá carácter de obligación esencial a los efectos previstos en el artículo 211 letra f) de la LCSP, en caso de incumplimiento del adjudicatario.
5. Uniones temporales de empresarios.
Además de los documentos señalados en los apartados 1 y 2, que se deberán aportar en su caso, para cada una de las empresas que la formen,
cuando se proponga la adjudicación a una UTE, se deberá aportar la escritura pública de constitución, así como el CIF asignado a dicha unión. La duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y, deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven.
6. Jurisdicción de empresas extranjeras.
Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
7. Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE).
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Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo.
La inscripción en el Registro de Licitadores de una Comunidad Autónoma acreditará idénticas circunstancias a efectos de la contratación con la misma, con las entidades locales incluidas en su ámbito territorial, y con los restantes entes, organismos o entidades del sector público dependientes de una y otras.
La prueba del contenido de los Registros de Licitadores se efectuará mediante certificación del órgano encargado del mismo,
que podrá expedirse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 150.4 LCSP, en el supuestode que el empresario tenga que presentar cualquier otra documentación que no esté inscrita en el Registro de Licitadores, la misma se tendrá que aportar en elplazo de siete días hábiles.
8. Documentación relativa a la confidencialidad y protección de datos, cuyos modelos constan en los ANEXOS X, XI y XII de este pliego.
9. Responsabilidad Civil
Presentación de la Póliza correspondiente por responsabilidad civil en la ejecución de las tareas propias del contrato, que cubra la cantidad mínima de 300.000€ por siniestro o certificado de la compañía aseguradora que indique los riesgos asegurados y los importes.
10. Obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
a) Obligaciones tributarias:
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- Original o copia compulsada del alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma.
- Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
- El adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Alcantarilla, comprobándose de oficio, mediante los datos obrantes en la Tesorería, el cumplimiento de dicha obligación.
b) Obligaciones con la Seguridad Social:
- Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
11. Garantía definitiva.
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El licitador que resulte adjudicatario del contrato deberá prestar una garantía del cinco por ciento (5%) del importe de la adjudicación del contrato, IVA excluido. De conformidad con lo previsto en las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal, las garantías que hayan de constituirse por un importe superior a los 10.000€ deberán estar intervenidas por Notario.
La garantía definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en el artículo 108.1 de la LCSP.
De no atenderse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado y la forma establecida, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del tres por ciento (3%) del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía provisional, si se hubiera
constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra a) del apartado 2 del artículo 71 LCSP.
En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
Notificada la adjudicación del contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si éstos no retiran su documentación en los tres meses siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, la Administración no estará obligada a seguirla custodiando.
C L Á U S U L A 1 9 . O F E R T A S A N O R M A L M E N T E B A J A S .
Ante el riesgo de presentación de ofertas anormalmente bajas o desproporcionadas y que no permitan dar una respuesta adecuada al servicio demandado por el Ayuntamiento, haciendo uso del artículo 85 del RD 1098/2001, de 12 de octubre, podrán estimarse temerarias o desproporcionadas las proposiciones que contengan ofertas económicas que puedan ser incluidas en alguno de los supuestos de dicho artículo.
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Excepcionalmente, atendiendo al objeto de este contrato y a las circunstancias xxx xxxxxxx, el órgano de contratación podrá motivadamente reducir hasta en un tercio los porcentajes establecidos en el artículo 85 del RD 1098/2001, de 12 de octubre.
Del mismo modo, la mesa de contratación podrá, para la valoración de las ofertas desproporcionadas, considerar la relación existente entre la solvencia de la empresa y la oferta presentada.
La tramitación del procedimiento se hará conforme al artículo 149 de la LCSP.
C L Á U S U L A 2 0 . A D J U D I C A C I Ó N .
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación procederá a adjudicar el contrato, dentro de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes.
La resolución de adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos y licitadores, debiendo ser publicada en el Perfil del Contratante en el plazo de QUINCE DÍAS. Asimismo, la adjudicación se realizará a través de la Plataforma de Licitación Electrónica del Ayuntamiento de Alcantarilla (VORTAL).
Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 1 del artículo 155 de la LCSP, la notificación y la publicidad a que se refiere el párrafo anterior deberán contener la información necesaria que permita a los interesados en el procedimiento de adjudicación interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación, y entre ella, en todo caso, deberá figurar la siguiente:
a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
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b) Con respecto a los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, los motivos por los que no se haya admitido su oferta, incluidos, en los casos contemplados en el artículo 126.7 y
126.8 de la LCSP, los motivos de la decisión de no equivalencia o de la decisión de que los servicios objeto del contrato no se ajustan a los requisitos de rendimiento o a las exigencias funcionales; y un desglose de las valoraciones asignadas a los distintos licitadores, incluyendo al adjudicatario.
c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de este con preferencia respecto de las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
En la notificación se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato conforme al artículo 153.3 LCSP.
La notificación se realizará por medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Decimoquinta de la LCSP, a través de la herramienta de mensajes de la Plataforma electrónica de contratación VORTAL, sin perjuicio de aquellas que requieran publicidad en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento. Todas las comunicaciones entre el Ayuntamiento y los licitadores se realizarán a través de la Plataforma electrónica VORTAL, recibiendo aviso de dicha notificación en el correo electrónico suministrado por los licitadores en el proceso de registro en dicha plataforma.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este Pliego y en las restantes normas aplicables.
C L Á U S U L A 2 1 . P E R F E C C I Ó N Y F O R M A L I Z A C I Ó N D E L C O N T R A T O .
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Conforme al artículo 153 de la LCSP, los contratos que celebren las Administraciones Públicas deberán formalizarse en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
Al ser el presente contrato susceptible de recurso especial en materia de contratación, conforme al artículo 44 LCSP, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran diez días naturales desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos (artículo 58 RD 36/2020, de 30 de diciembre).
En atención a lo establecido por el artículo 6 "Subcontratación" de la Orden ICT/949/2021, de 10 de septiembre de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de ayudas para el apoyo a mercados, zonas urbanas comerciales, comercio no sedentario y canales cortos de comercialización, y se procede a su convocatoria en el año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, una vez concluida la
adjudicación del contrato y antes de proceder a la firma del mismo, el Ayuntamiento de Alcantarilla remitirá al Órgano Gestor de la ayuda la correspondiente "Solicitud de autorización para subcontratación", quedando condicionada la firma y consiguiente ejecución del contrato, a la autorización de dicho Órgano Gestor.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento (3%) del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra b) del apartado 2 del artículo 71 de la LCSP.
La formalización de los contratos deberá publicarse, junto con el correspondiente contrato, en un plazo no superior a quince días tras el perfeccionamiento del contrato en el perfil de contratante del Ayuntamiento de Alcantarilla.
C L Á U S U L A 2 2 . R E S P O N S A B L E D E L C O N T R A T O .
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En la realización del contrato por el contratista, el órgano de contratación ejercerá las facultades de inspección y supervisión que resulten necesarias para asegurar la buena marcha de este. Con esta finalidad, el contratista facilitará a esta Corporación la vigilancia e inspección del desarrollo de la ejecución del contrato en orden a verificar su correcta ejecución, pudiendo exigir, en cualquier momento, la subsanación de los defectos que se detecten.
El órgano de contratación designa al Jefe de Servicio de Modernización, Comunicación y Transparencia como responsable del contrato, conforme se establece en el artículo 62 de la LCSP, que supervisará la ejecución del contrato, adoptará las decisiones y dictará las instrucciones con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
La empresa contratista deberá designar al menos un coordinador técnico del contrato, integrado en su propia plantilla, que actuará como interlocutor de la empresa contratista frente al Ayuntamiento, y que supervisará el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas.
C L Á U S U L A 2 3 . O B L I G A C I O N E S D E L C O N T R A T I S T A .
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, de las previstas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, así como de las instrucciones recibidas por el responsable del contrato, en su caso, designado por el órgano de contratación, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
1. Ejecutar el contrato aplicando los medios personales y materiales contenidos en la propuesta que sirvió de base para la adjudicación.
2. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
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3. Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales o en cualquier medio de comunicación,los de formalización del contrato en caso de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a ejecutar y entregar correctamente los bienes objeto del suministro.
4. Asimismo, el contratista, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA, el impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo, sin que por tanto puedan ser éstos repercutidos como partida independiente.
5. También son de cuenta del contratista la indemnización
de los daños que se causen tanto al Ayuntamiento como a terceras personas como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del suministro, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados por una orden inmediata y directa del Ayuntamiento.
6. Expresamente, se hace constar que los gastos de entrega, transporte e instalación de los bienes objeto del suministro serán de cuenta del contratista.
7. El contratista realizará la gestión del suministro, según las especificaciones fijadas en el pliego de prescripciones técnicas, la oferta por el mismo presentada y las instrucciones que le sean dadas por el responsable municipal del contrato.
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8. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, fiscal, de Seguridad Social y Seguridad e Higiene en el Trabajo. Asimismo está obligado al cumplimiento del RDL 1/2013, de 29 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx Xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por RD 39/1997, de 17 de Enero, así como las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato.
9. El contratista garantizará la seguridad y protección de la
salud en el lugar de trabajo y el cumplimiento de los convenios colectivos sectoriales y territoriales aplicables.
10. El personal adscrito por el contratista a la ejecución del contrato no tendrá ninguna relación laboral con la Administración bajo ningún concepto, dependiendo exclusivamente de la empresa contratista, quien tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de persona empresaria respecto del mismo. En todo caso, será la contratista la que asume el poder de dirección inherente a todo empresario, de modo real, efectivo y periódico en relación con su personal. En consecuencia, la facultad organizativa le compete al contratista quien dictará las ordenes de trabajo y
organizará los medios personales para la ejecución del contrato siempre cumpliendo lo preceptuado en el pliego de prescripciones técnicas particulares y lo dispuesto en el presente pliego.
11. A la extinción de los contratos de servicios, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de la entidad contratante. A tal fin, los empleados o responsables de la Administración deben abstenerse de realizar actos que impliquen el ejercicio de facultades que, como parte de la relación jurídico laboral, le corresponden a la empresa contratista.
12. Garantizar la confidencialidad de cuantos datos e informaciones le sean suministrados con ocasión de la ejecución del contrato, suscribiendo a tal efecto el correspondiente compromiso, no pudiendo, por tanto, proporcionar información a terceros sobre las materias objeto del contrato.
13. El contratista deberá aportar la información relativa al titular real del beneficiario final de los fondos en la forma prevista en el artículo 10 de la Orden HFP1031/2021 de 29 septiembre.
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14. El órgano de contratación podrá solicitar al contratista cualquier información relativa al objeto del contrato y de las circunstancias de su ejecución cuando ésta sea de interés para los ciudadanos, debiendo facilitarla en un formato apropiado y en el plazo máximo de un mes previsto por ley, salvo que por su volumen o complejidad se justificara su ampliación o que la información solicitada pudiera afectar a derechos o intereses de terceros debidamente identificados, a los que se les concederá un plazo de quince días para que puedan realizar las alegaciones que estimen oportunas, siendo notificados en todo caso los solicitantes de tales circunstancias, así como de la suspensión del plazo para dictar resolución hasta que se hayan recibido las alegaciones o haya transcurrido el plazo para su presentación.
15. De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar al Ayuntamiento de Alcantarilla, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento
de las obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se dicten en el ámbito municipal.
16. Se deberá cumplir íntegramente el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx, así como las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia. El deber xx xxxxxxx de la información que se obtenga con motivo de la ejecución del contrato se mantendrá por tiempo indefinido.
17. Las restantes obligaciones establecidas en este pliego y en el pliego de prescripciones técnicas particulares.
En cualquier caso, la entidad adjudicataria indemnizará a este Ayuntamiento de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
C L Á U S U L A 2 4 . E J E C U C I Ó N D E L C O N T R A T O .
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, según lo dispuesto por el artículo 197 LCSP.
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El contrato se ejecutará con estricta sujeción a lo establecido en este pliego de cláusulas administrativas particulares, en el pliego de prescripciones técnicas y conforme a las instrucciones que para su interpretación de al contratista el responsable del contrato. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Ayuntamiento o para terceros de las omisiones, errores, incumplimiento de plazos, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato, conforme al artículo 311 de la LCSP.
En la ejecución de los trabajos a realizar para la instalación, mantenimiento y gestión de los suministros objeto de este contrato se seguirán las normas y disposiciones contenidas en el pliego de prescripciones técnicas particulares, estando, en caso contrario, a lo dispuesto en cuanto a las infracciones y sanciones contenidas en este pliego.
El contratista para usar tecnología, procedimientos, materiales y equipos, así como cualquier derecho de propiedad intelectual o industrial de terceros, deberá obtener previamente, las cesiones, permisos y/o autorizaciones necesarias de sus respectivos titulares, siendo de su cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El contratista, en caso contrario, será directamente responsable de las reclamaciones y deberá mantener indemne al Ayuntamiento de los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la formulación de reclamación.
El contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega al Ayuntamiento, salvo que esta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 202 de la LCSP, se establecen como condiciones especiales de ejecución las siguientes:
- De tipo medioambiental: La promoción del reciclado, acreditando las medidas al efecto, así como el empleo de energías renovables en los procesos de fabricación, bien mediante la Etiqueta Ecológica Europea, bien por medio de acreditación proveniente de verificadores medioambientales acreditados.
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C L Á U S U L A 2 5 . R E S P O N S A B I L I D A D D E L C O N T R A T I S T A P O R L O S D A Ñ O S Y P E R J U I C I O S C A U S A D O S A T E R C E R O S .
Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, conforme al artículo 196 LCSP.
C L Á U S U L A 2 6 . P A G O D E L P R E C I O .
El pago se hará contra factura, expedida conforme a la normativa vigente, debidamente conformada por el responsable del contrato.
La factura se presentará junto a la certificación mensual de los trabajos realizados, suscrita por el responsable del contrato, en la que
se detallará la fecha, descripción de los trabajos efectivamente entregados e instalados, el precio unitario de los mismos, IVA aplicable y el importe total.
El Ayuntamiento abonará el precio de la factura dentro de los treinta días siguientes a la aprobación de los documentos que acrediten la conformidad de la factura.
En todo caso, con carácter previo a la presentación de cada una de las facturas será necesaria la presentación de la correspondiente certificación de proyecto en la que se incluirán los trabajos realizados. La Certificación deberá ser aprobada por el responsable del contrato. No se dará curso a la factura sin la aprobación de la certificación de proyecto presentada.
C L Á U S U L A 2 7 . P E N A L I D A D E S P O R I N C U M P L I M I E N T O D E O B L I G A C I O N E S C O N T R A C T U A L E S .
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Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, el Ayuntamiento podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por su resolución o por la imposición de las penalidades que, atendiendo a la gravedad del incumplimiento, no podrán ser superiores, cada una de ellas, al diez por ciento (10%) del precio del contrato, IVA excluido, ni el total de las mismas superar el cincuenta por ciento (50%) del precio del contrato, IVA excluido.
Las infracciones que cometa el contratista en la ejecución de los distintos servicios se calificarán como leves, graves y muy graves, en los términos previstos en esta cláusula:
a) Constituyen infracciones muy graves las siguientes:
- La paralización o interrupción de la prestación del servicio, salvo causas de fuerza mayor.
- Incumplimiento de los compromisos adquiridos por el adjudicatario en su oferta.
- Incumplimiento de los compromisos adquiridos por el adjudicatario en su oferta.
- La prestación manifiestamente defectuosa o irregular del objeto del contrato como de los trabajos de instalación, puesta en marcha y gestión de estos.
- No atender los requerimientos del responsable del contrato.
- La ocultación o falseamiento de datos e información exigibles por el Ayuntamiento.
- Incumplir el deber de confidencialidad asumido respecto de cuantos datos e informaciones le sean suministrados con ocasión de la ejecución del contrato.
- La no adscripción de los medios personales y materiales comprometidos por el adjudicatario.
- La comisión de tres o más faltas graves en un año.
b) Constituyen infracciones graves las siguientes:
- Las deficiencias en la prestación de los trabajos de instalación, puesta en marcha y gestión de estos cuando por su entidad no sean susceptibles de ser calificadas como infracciones muy graves.
- Falseamiento en las características y calidad mínima exigidas en el pliego de prescripciones técnicas particulares de los bienes suministrados.
- Los incumplimientos de plazos, tanto administrativos como en la ejecución del contrato, cuando por su entidad no deban ser calificados como muy graves.
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- Incumplimiento de lo establecido en estos pliegos respecto de la subcontratación o cesión del contrato.
- La deficiente colaboración con el Ayuntamiento de Alcantarilla.
- Incumplimiento del resto de las obligaciones señaladas en este pliego y en el pliego de prescripciones técnicas particulares.
- La comisión de tres o más faltas leves en un año.
c) Constituyen infracciones leves todos los demás incumplimientos no previstos anteriormente y que supongan un detrimento en la calidad de los trabajos prestados, así como las calificadas como graves cuando hayan tenido una escasa repercusión en la prestación del suministro.
Las penalidades que podrá imponer el Ayuntamiento a la empresa adjudicataria serán las siguientes:
- Por la comisión de una infracción calificada como muy grave podrá ser sancionada con la resolución del contrato o multa de hasta el diez por ciento (10%) del precio del contrato.
- Por la comisión de una infracción calificada como grave podrá ser sancionada con multa de hasta el cinco por ciento (5%) del precio del contrato. La comisión de tres infracciones graves podrá ser sancionada con la resolución del contrato, perdida de la fianza e indemnización por daños y perjuicios.
- Por la comisión de una infracción calificada como leve podrá ser sancionada con apercibimiento o multa de hasta el dos por ciento (2%) del precio del contrato.
Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, previa audiencia al contratista por plazo xx xxxx días hábiles, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o, en su defecto, se abonarán con cargo a la garantía definitiva del contrato. Cuando se hagan efectivas sobre las garantías, el contratista vendrá obligado a completar la misma, dentro los quince días hábiles siguientes a la notificación de la penalización.
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Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, el órgano de contratación podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del cinco por ciento (5%) del precio del contrato, IVA excluido, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución de este o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
C L Á U S U L A 2 8 . P L A Z O D E G A R A N T Í A , D E V O L U C I Ó N Y C A N C E L A C I Ó N D E L A G A R A N T Í A D E F I N I T I V A .
El objeto del contrato tendrá un plazo de garantía de UN AÑO, a contar desde la fecha de finalización o conformidad del trabajo realizado, plazo durante el cual el Ayuntamiento podrá comprobar que la prestación del trabajo se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento y lo estipulado en el presente pliego y en el pliego de prescripciones técnicas particulares. Transcurrido dicho plazo sin que se hayan formulado reparos a los trabajos ejecutados quedará extinguida la responsabilidad del contratista.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de estos.
Terminado el plazo de garantía y practicada la liquidación sin que la Administración haya formalizado reparo o denuncia alguna, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada y tendrá lugar la devolución de la garantía definitiva.
C L Á U S U L A 2 9 . M O D I F I C A C I Ó N D E L C O N T R A T O .
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Sin perjuicio de los supuestos previstos en la LCSP respecto a la sucesión en la persona del contratista, cesión del contrato, revisión de precios y ampliación del plazo de ejecución, los contratos administrativos solo podrán ser modificados por razones de interés público en los casos y en la forma previstos en los artículos 203 y siguientes de la LCSP, y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 191 de la LCSP, con las particularidades previstas en el artículo 207.
Las modificaciones del contrato deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 153 de la LCSP.
C L Á U S U L A 3 0 . S U S P E N S I Ó N D E L C O N T R A T O .
El Ayuntamiento podrá acordar por razones de interés público la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente procederá la suspensión del contrato si se diera la circunstancia señalada en el artículo 208 LCSP.
Los efectos de la suspensión del contrato se regirán por lo dispuesto en el artículo 208 LCSP, así como en los preceptos concordantes del RGLCAP.
C L Á U S U L A 3 1 . E X T I N C I Ó N D E L C O N T R A T O .
Los contratos se extinguirán por su cumplimiento o por resolución, acordada de acuerdo con lo regulado en los artículos 208 a 213 de la LCSP.
C L Á U S U L A 3 2 . R E S O L U C I Ó N D E L C O N T R A T O .
Con independencia de los incumplimientos de carácter muy grave que puedan causar la resolución del contrato de conformidad con lo establecido en estos pliegos, son causas de resolución del contrato las recogidas en el artículo 211 y 306 LCSP, y se acordará por el órgano de contratación de oficio o a instancia del contratista, en su caso, mediante procedimiento en el que se garantice la audiencia a éste y con los efectos previstos en los artículos 213 y 307 de la LCSP y 109 y 113 del RGLCAP.
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C L Á U S U L A 3 3 . C O N S T A T A C I Ó N , R E C E P C I Ó N Y L I Q U I D A C I Ó N D E L C O N T R A T O .
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando este haya realizado, de acuerdo con los términos de este y a satisfacción del Ayuntamiento, la totalidad de la prestación objeto del contrato.
Su constatación exigirá, por parte del Ayuntamiento, un acto formal y positivo de recepción o conformidad dentro del mes siguiente a la realización de la prestación objeto del contrato. Para la constatación de la correcta ejecución del contrato, el responsable de este emitirá informe en el que se acredite la correcta prestación de éste, de acuerdo con las prescripciones técnicas establecidas, así como la ausencia de defectos en dicha prestación.
La recepción y liquidación se efectuarán en los términos y con las formalidades establecidas en los artículos 210 y 300 de la LCSP.
C L Á U S U L A 3 4 . C E S I Ó N Y S U B C O N T R A T A C I Ó N D E L S E R V I C I O .
Los derechos y obligaciones dimanantes del presente contrato no podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero, debiendo explotar el servicio directamente el adjudicatario.
Se autoriza la subcontratación parcial de hasta un máximo del 40% de las prestaciones accesorias objeto del contrato en los términos y con las condiciones que establece el artículo 215 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
La subcontratación deberá realizarse cumpliendo los requisitos básicos siguientes:
a) Comunicación previa y por escrito al Ayuntamiento del adjudicatario de los datos siguientes en relación con cada subcontrato que pretenda realizar:
- Identificación del subcontratista, con sus datos de personalidad, capacidad y solvencia.
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- Identificación de las partes del contrato a realizar por el subcontratista.
- Importe de las prestaciones a subcontratar.
b) No podrá subcontratarse con personas o empresas inhabilitadas para contratar con la Administración ni carentes de la capacidad, solvencia y habilitación profesional precisa para ejecutar las prestaciones concretas que se subcontratan.
c) Comprobación, con carácter previo al inicio de los trabajos que subcontrate, la afiliación y alta en la Seguridad Social de los trabajadores que vayan a realizar los trabajos en cuestión en cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto-ley 5/2011, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas.
d) El contratista deberá informar a los representantes de los trabajadores de la subcontratación, de acuerdo con la legislación laboral.
e) Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista principal que asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente al Ayuntamiento, con arreglo estricto a los pliegos de cláusulas administrativas particulares y a los términos del contrato, sin que el conocimiento por parte del Ayuntamiento de la existencia de subcontrataciones altere la responsabilidad exclusiva del contratista principal.
f) El contratista deberá abonar a los subcontratistas el precio pactado por las prestaciones que realicen como mínimo en los plazos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Para garantizar tal cumplimiento, con cada facturación al Ayuntamiento deberá el contratista aportar el justificante del pago de los trabajos realizados en el mes anterior por las empresas o autónomos que haya subcontratado en el marco del presente contrato.
C L Á U S U L A 3 5 . C O N F I D E N C I A L I D A D Y P R O T E C C I Ó N D E D A T O S .
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Sin perjuicio de las disposiciones de la LCSP, relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, los órganos de contratación no podrán divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. Los órganos de contratación no podrán divulgar esta información sin su consentimiento.
De igual modo, el contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. El adjudicatario y las empresas oferentes estarán obligados a tratar de forma confidencial y reservada tanto la información recibida como la derivada de la
ejecución del contrato, no pudiendo ser objeto de difusión, publicación o utilización para fines distintos a los establecidos en este pliego. Esta obligación seguirá vigente una vez que el contrato haya finalizado o haya sido resuelto.
En todo caso, el adjudicatario quedará obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. (BOE 6/12/18), que deroga la anterior LO 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Y en lo que no contradiga, el Reglamento de medidas de seguridad de ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolló la referida LO 15/1999; todo ello en aplicación del REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO
Y DEL CONSEJO de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
Además, la documentación generada durante la ejecución del servicio será propiedad exclusiva del Ayuntamiento.
Asimismo, tanto en accesos remotos como presenciales, el personal técnico del proveedor deberá cumplir con los requisitos de seguridad establecidos por el Ayuntamiento.
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El adjudicatario tendrá la consideración de encargado del tratamiento.
OBJETO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO. - Mediante las presentes cláusulas, se habilita a la empresa que resulte adjudicataria del contrato, en calidad de ENCARGADA DE TRATAMIENTO, para tratar por cuenta del AYUNTAMIENTO DE ALCANTARILLA los datos de carácter personal necesarios para prestar el servicio objeto del presente pliego.
Los tratamientos efectuados por la ENCARGADA DE TRATAMIETO en el ejercicio de las funciones serán los relacionados con las siguientes Actividades de Tratamiento:
CONTRATO DE SERVICIOS DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE ACTUALIZACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LAS PLAZAS DE ABASTOS DE
SAN XXXXX Y XX XXXXXXXXX EN ALCANTARILLA QUE FORMA PARTE DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)
– FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA – NEXTGENERATION EU.
TIPOLOGÍA DE DATOS OBJETO DE TRATAMIENTO. - Para la ejecución
de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este encargo, el AYUNTAMIENTO DE ALCANTARILLA pone a disposición de adjudicatario la siguiente tipología y/o categoría de datos:
▪ Datos de categoría especial.
▪ Datos identificativos.
▪ Datos de características personales.
▪ Datos económicos.
▪ Otros datos.
OBLIGACIONES DEL ENCARGADO DE TRATAMIENTO. - Tanto el
encargado del tratamiento como el personal a su cargo se obligan a:
a) Utilizar los datos personales objeto de tratamiento o los que recoja para su inclusión sólo para aquella finalidad objeto del encargo.
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b) Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones del responsable del tratamiento, sometiéndose en todo caso a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, con la advertencia de que esta obligación tiene el carácter de obligación contractual esencial de conformidad con lo dispuesto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211.
c) No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del responsable del tratamiento.
d) El responsable de tratamiento autoriza la subcontratación de los servicios objeto del contrato al Encargado, siempre y cuando el Encargado:
▪ Notifique al responsable con antelación cualquier cambio relacionado con la incorporación o sustitución de Sub- Encargados.
▪ Ofrezca al responsable la oportunidad de oponerse a dichos cambios dentro de los 10 días siguientes a su notificación.
El Sub-Encargado también tendrá la consideración de Encargado del Tratamiento en los mismos términos que el Encargado en este Convenio. En este sentido, el Encargado se obliga a suscribir con el Sub-Encargado un convenio de confidencialidad y de encargo de tratamiento de datos mediante el cual el subcontratista se obligue a cumplir con las obligaciones de este Convenio. Asimismo, tanto el Encargado como el Sub- Encargado se obligan a seguir las instrucciones del responsable con relación al tratamiento de los Datos Personales. En todo caso, se impondrán al Sub-Encargado las mismas obligaciones de protección de datos que las impuestas al Encargado.
En concreto se autorizada la subcontratación de los servidores o servicios asociados a los mismos indicados en la oferta aceptada, conforme al artículo
122.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Los subcontratistas quedarán obligados solo ante el contratista principal que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la Administración, con arreglo estricto a los pliegos de cláusulas administrativas particulares o documento descriptivo, y a los términos del contrato; incluido el cumplimiento de las obligaciones en materia medioambiental, social o laboral a que se refiere el artículo 201 de la Ley de Contratos del Sector Público, así como de la obligación de someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos.
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El conocimiento que tenga la Administración de los subcontratos celebrados en virtud de las comunicaciones a las que obliga la ley o el propio pliego, o la autorización que otorgue en el supuesto de contratos de carácter secreto o reservado, no alterarán la responsabilidad exclusiva del contratista principal.
e) El encargado del tratamiento deberá observar en todo momento y en relación con los datos de carácter personal a los que tuviera acceso o pudieren ser entregados por el responsable, para la realización en cada caso de los trabajos y servicios que pudieren acordarse, el deber de confidencialidad y secreto profesional que subsistirá aún después de finalizar la relación profesional habida entre responsable y encargado, así como tras la finalización por cualquier causa del presente contrato.
f) Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan, de forma expresa y por escrito a respetar la confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes. El ayuntamiento podría solicitar evidencias de la firma de dichos compromisos.
g) Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
h) Asistir al responsable del tratamiento en la respuesta al ejercicio de derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos, así como a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas (incluida la elaboración de perfiles). De este modo, cuando las personas afectadas ejerzan alguno de los citados derechos, este debe comunicarlo al responsable del tratamiento en la dirección xxx@xxxx-xxxxxxxxxxxx.xx. La comunicación deberá hacerse de forma inmediata y en ningún caso más allá de 3 días laborable siguiente al de la recepción de la solicitud, junto con aquella otra información que pudiera ser relevante para resolver la solicitud.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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i) El encargado de tratamiento notificará al responsable de tratamiento, a través del correo electrónico dpd@ayto- xxxxxxxxxxxx.xx, cualquier situación que pueda representar un riesgo para la protección de la información y el acceso a los datos personales, trasladándoles toda información de interés de la que tenga constancia.
j) El encargado del tratamiento notificará al responsable del tratamiento, sin dilación indebida y en cualquier caso en el plazo máximo de 24 horas las violaciones de seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación del incidente. La comunicación se efectuará al correo electrónico xxx@xxxx-xxxxxxxxxxxx.xx.
k) Xxxxx a disposición del responsable del tratamiento toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones.
l) El encargado de tratamiento ha presentado, antes de la formalización del contrato una declaración en la que pone de
manifiesto dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos, y se obliga a comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la información facilitada.
m) Garantizar que los sistemas de ubicación y comunicaciones necesarios para la prestación del contrato se encuentran ubicados dentro del territorio de la Unión Europea.
n) Dar apoyo al responsable del tratamiento en la realización de las evaluaciones de impacto relativa a la protección de datos personales, cuando fuere procedente.
o) Dar apoyo al responsable del tratamiento en la realización de las consultas previas a la autoridad de control, cuando proceda.
p) Deberá implantar los mecanismos adecuados con el fin de:
a. Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanente de los sistemas y servicios de tratamiento.
b. Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida en caso de incidente físico o técnico.
c. Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento.
d. Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso.
OBLIGACIONES DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO. -
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Corresponde al responsable del tratamiento:
a) Entregar al encargado del tratamiento los datos a los que se refiere la Estipulación Segunda del presente documento.
b) Proporcionar las instrucciones al encargado del tratamiento por escrito.
c) Proporcionar el acceso a los datos al encargado del tratamiento de forma que se garantice la seguridad y confidencialidad de estos, y con cumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos.
d) Velar por el cumplimiento de la normativa por parte del encargado del tratamiento, incluyendo las inspecciones o auditorías necesarias.
e) Garantizar que, en los servicios solicitados al encargado del tratamiento, se ha cumplido con las obligaciones previas que la legislación de protección de datos personales impone.
DESTINO DE LOS DATOS UNA VEZ EXTINGUIDA LA RELACIÓN
CONTRACTUAL. - Respecto al destino de los datos, el encargado del tratamiento procederá a devolver al responsable del tratamiento aquellos soportes dónde se contengan los datos de carácter personal. o bien entregarlos a la entidad designada por el Ayuntamiento, a elección del responsable del tratamiento que notificará el destino de los datos en el momento de finalizar el contrato.
Si el responsable de tratamiento así lo indica deberá destruir los datos una vez cumplida la prestación. No obstante, el encargado de tratamiento puede conservar una copia, con los datos debidamente boqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
Los datos que quedan incorporados al presente Documento, así como aquellos que pudieran recabarse durante la relación contractual entre las partes, forman parte de los tratamientos de ambas entidades con el objeto de mantener las relaciones contractuales entre ambas. La base de legitimación que ampara el tratamiento de los datos es contractual.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Los datos personales se mantendrán durante el tiempo que se encuentre en vigor la relación contractual entre las partes y posteriormente durante el tiempo determinado hasta que prescriban las obligaciones derivadas de la misma.
Se podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, limitación y portabilidad de los datos personales en la dirección que consta en el encabezado, o en el correo de contacto del delegado de Protección de Datos: xxx@xxxx-xxxxxxxxxxxx.xx.
El contrato queda sometido a los controles de la Comisión Europea, la Oficina de Lucha Antifraude, el Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea y el derecho de estos órganos al acceso a la información sobre el contrato, así como la obligación del contratista y subcontratista de proporcionarla.
Asimismo, se incorpora la obligación del contratista y subcontratista, en su caso, a cumplir las normas sobre conservación de la documentación, de acuerdo conlo dispuesto en el artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión.
C L Á U S U L A 3 6 . R E C U R S O E S P E C I A L E N M A T E R I A D E C O N T R A T A C I Ó N .
En la presente licitación cabe recurso especial en materia de contratación, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 LCSP, salvo que el plazo de interposición de este será xx xxxx días naturales desde la notificación de la adjudicación (art. 58 del RD 36/2020, de 30 de diciembre).
C L Á U S U L A 3 7 . J U R I S D I C C I Ó N Y R E C U R S O S .
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Las cuestiones que puedan plantearse durante el desarrollo del contrato serán resueltas por el órgano de contratación. Los acuerdos adoptados para su resolución pondrán fin a la vía administrativa, y serán inmediatamente ejecutivos, y los mismos podrán ser impugnados ante la Jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las partes se someten a efectos de este contrato, a los tribunales con jurisdicción en la ciudad xx Xxxxxx, con expresa renuncia a cualquier otro fuero.
DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN INSTRUCCIONES PARA SU CUMPLIMENTACIÓN
Parte I: Información sobre el procedimiento de contratación y el poder adjudicador de la entidad adjudicataria.
La información que demanda esta parte del formulario deberá constar en el anuncio de la convocatoria de la licitación.
Parte II: Información sobre el operador económico.
En el caso de que el licitador recurra a la capacidad de otras entidades deberá aportar su propia DEUC junto con otro DEUC separado en el que figure la información pertinente por cada una de las entidades de que se trate.
Los empresarios que deseen concurrir integrados en la unión temporal deberán presentar un DEUC separado en el que figure la información requerida en las partes II a V por cada empresa participante.
Parte III: Motivos de Exclusión.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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La pregunta recogida en la sección D hace referencia a la prohibición de contratar recogida en el artículo 71 LCSP.
Parte IV: Criterios de Selección.
El operador económico podrá limitarse a cumplimentar la sección α de esta parte omitiendo cualquier otra sección de la misma.
Parte V: Reducción del número de candidatos cualificados. No se debe cumplimentar este apartado.
Parte VI: Declaraciones Finales.
Una vez cumplimentado todo el documento se debe imprimir y firmar por el representante de la empresa.
xxxxx://xxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx-xxx/xxxxxx?xxxxxxx
DECLARACIÓN GRUPO EMPRESARIAL
D/Xx con D.N.I. número , con domicilio a efecto de notificaciones en C/ , número de Código Postal Provincia País Teléfono y correo electrónico , mayor de edad, en nombre propio o actuando en representación de la Entidad con
CIF
, con domicilio en C/ número de Código
Postal Provincia País Teléfono , conocedor de las condiciones exigidas para optar a la adjudicación relativa al CONTRATO DE SERVICIOS DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE ACTUALIZACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LAS PLAZAS DE ABASTOS DE SAN XXXXX Y XX XXXXXXXXX EN ALCANTARILLA QUE FORMA PARTE DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR) – FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA – NEXTGENERATION EU.
DECLARA EXPRESAMENTE Y BAJO SU RESPONSABILIDAD
PRIMERO. Declaración de Grupo Empresarial (marcar la que corresponda).
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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🞎 Que la citada empresa no pertenece a ningún grupo de empresas entendiéndose por tales las que se encuentren por algunos de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio.
🞎 Que la citada empresa pertenece al grupo de empresas denominado siendo la única que presenta proposición en este expediente de contratación.
🞎 Que la citada empresa pertenece al grupo de empresas denominado y, además de la misma, presentan proposiciones en este expediente de contratación los siguientes. (Cítese la Razón social y CIF de todas).
SEGUNDO. Declaración del tipo de empresa (marcar la que corresponda).
🞎 Microempresa (menos de 10 trabajadores y 2 millones de euros de facturación).
🞎 Pequeña empresa (menos de 50 trabajadores y 10 millones de euros de facturación).
🞎 Mediana empresa (menos de 250 trabajadores y 50 millones de euros de facturación).
🞎 Gran empresa.
LUGAR, FECHA Y FIRMA DEL LICITADOR
59
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS MATERIALES
D/Xx con D.N.I. número , con domicilio a efecto de notificaciones en C/ , número de Código Postal Provincia País Teléfono y correo electrónico , mayor de edad, en nombre propio o actuando en representación de la Entidad con
CIF
, con domicilio en C/ número de Código
Postal Provincia País Teléfono , conocedor de las condiciones exigidas para optar a la adjudicación relativa al CONTRATO DE SERVICIOS DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE ACTUALIZACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LAS PLAZAS DE ABASTOS DE SAN XXXXX Y XX XXXXXXXXX EN ALCANTARILLA QUE FORMA PARTE DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR) – FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA – NEXTGENERATION EU.
DECLARA EXPRESAMENTE Y BAJO SU RESPONSABILIDAD
Que, se compromete a adscribir a la ejecución del citado contrato, con carácter obligatorio, los medios personales y materiales necesarios para su correcta ejecución, en especial los comprometidos en su oferta, conforme al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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LUGAR, FECHA Y FIRMA DEL LICITADOR
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D/Xx con D.N.I. número , con domicilio a efecto de notificaciones en C/ , número de Código Postal Provincia País Teléfono y correo electrónico , mayor de edad, en nombre propio o actuando en representación de la Entidad con
CIF
, con domicilio en C/ número de Código
Postal Provincia País Teléfono , conocedor de las condiciones exigidas para optar a la adjudicación relativa al CONTRATO DE SERVICIOS DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE ACTUALIZACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LAS PLAZAS DE ABASTOS DE SAN XXXXX Y XX XXXXXXXXX EN ALCANTARILLA QUE FORMA PARTE DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR) – FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA – NEXTGENERATION EU, anunciado
en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento de Alcantarilla, hago constar que conozco el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato en las siguientes condiciones:
PRIMERO. Que oferta, por la totalidad del contrato, la cantidad de (en
número y letra)
€, más la cantidad de (en número y letra)
€ en concepto
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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de IVA aplicable (21%).
▪ Dichos importes incluyen además todos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos contemplados en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige el contrato.
▪ Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con el Ayuntamiento de Alcantarilla y en particular efectúa el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes para llevarla a cabo adecuadamente la prestación.
SEGUNDO. Conforme a dicho precio, oferta el siguiente precio por unidad de servicio/suministro:
Categoría de Gasto | Importe | IVA | Importe con IVA | |
1. | Web App Móvil | € | € | € |
2. | Locker | € | € | € |
3. | Control de personas | € | € | € |
4. | Tarjetas de Fidelización | € | € | € |
5. | Señalética digital de información | € | € | € |
6. | Digitalización de la trazabilidad de productos | € | € | € |
Total Gasto Categorías | € | € | € |
TERCERO. Que oferta las siguientes mejoras (señalar la que corresponda):
🞎 Mejora Nº1: 10 campañas de email marketing a través de la wifi.
🞎 Mejora Nº2: Añadir funcionalidades al Marketplace: menú de promociones, histórico de compras, estadísticas generales, facturación con desglose de pedidos, api para logística con entrega a domicilio y api para integración con fidelización clientes.
🞎 Mejora Nº3: Gestión de las redes sociales (Facebook e Instagram) de los mercados municipales.
🞎 Mejora Nº4: Incluir un año de gestión del servicio de seguimiento y venta del Marketplace (seguimiento de los pedidos y liquidación de las remesas a los comercios). Soporte y mantenimiento.
🞎 Mejora Nº5: Reducción del tiempo de ejecución del proyecto.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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🞎 Un mes.
🞎 Dos meses.
LUGAR, FECHA Y FIRMA DEL LICITADOR
ANEXO V
R E G I S T R O E N L A P L A T A F O R M A E L E C T R Ó N I C A D E C O N T R A T A C I Ó N D E L A Y U N T A M I E N T O D E A L C A N T A R I L L A , A C C E S O A L E X P E D I E N T E D E C O N T R A T A C I Ó N Y P R E S E N T A C I Ó N D E O F E R T A S A T R A V É S D E L A P L A T A F O R M A D E L I C I T A C I Ó N E L E C T R Ó N I C A V O R T A L A
T R A V É S D E L A D I R E C C I Ó N W E B w w w . a l c a n t a r i l l a . e s
Para poder acceder a la plataforma electrónica de contratación pública del Ayuntamiento de Alcantarilla, los licitadores deberán registrarse a través de la Plataforma de Licitación Electrónica del Ayuntamiento de Alcantarilla ubicada en la dirección web www.alcantarilla.essiguiendo las siguientes instrucciones:
Deberá seleccionar “Darse de alta” y proceder con los siguientes pasos según corresponda:
1. Registrar un usuario cumplimentando el formulario correspondiente.
2. Confirmar el registro de usuario a través del enlace recibido por correo electrónico.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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3. Vincular su usuario registrado a su empresa:
3.1 Verificar mediante el NIF si su empresa ya existe en la plataforma para solicitar el acceso a la misma.
3.2 En caso contrario, si no existe, deberá registrar su empresa en la plataforma.
4. Finalmente, si es el caso, solicitar un certificado de autenticación emitido por VORTAL, gratuito, para acceder a la plataforma y a la información detallada del procedimiento.
Podrá obtener más información sobre los trámites electrónicos relativos al registro en el portal de contratación, puede hacerlo contactando con el Servicio de Atención al Cliente de VORTAL especificado en xxx.xxxxxxxxxxxx.xx, o través de los siguientes canales los días laborables de 08:00 a 18:00h:
• Tfno.: 917 89 65 57
• Correo electrónico: xxxx@xxxxxx.xx
Una vez efectuado el registro gratuito en la plataforma de licitación electrónica VORTAL, siga los siguientes pasos que se describen a continuación para acceder al expediente:
1. Diríjase a la página de acceso a la plataforma del Ayuntamiento de Alcantarilla en el enlace xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xx.
2. Acceda al apartado “buscar licitaciones” donde encontrará la información relativa a este y otros expedientes del Ayuntamiento. Seleccione y copie el número de este expediente (columna referencia).
3. Acceda a la plataforma mediante el usuario y contraseña, definidos en el proceso de registro, y pegue el número de expediente en el buscador disponible para tal fin en el área de trabajo. Pulse sobre la “lupa” para realizar la búsqueda.
Para acceder a toda la información del expediente, deberá pulsar en el botón “detalle”. Si desea mantenerse informado sobre las comunicaciones relacionadas con este expediente y/o presentar ofertas, deberá pulsar en “estoy interesado”.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Para presentar una oferta a través de la plataforma, debe (1) crear la oferta, (2) firmarla y (3) enviarla según se describe a continuación:
1 - C r e a c i ó n d e l a o f e r t a .
Acceda a la información del expediente según lo descrito anteriormente, y a la carpeta de la oportunidad, donde deberá pulsar en el botón “Crear oferta” en el bloque “MIS OFERTAS”:
En el paso lotes, deberá seleccionar los lotes a los que desea presentarse. [Solo aplicable en el caso de expedientes con lotes].
En el paso Información General, introduzca la referencia o nombre para su oferta.
En el paso Formulario de respuesta deberá responder a las cuestiones y/o información solicitada en cada uno de los sobres del expediente (pueden ser apartados de respuesta abierta, lógica, numérica, etc.). Además, tendrá que cumplimentar los precios de su oferta de acuerdo con las unidades mencionadas en las columnas “Descripción” y “Unidades”, y teniendo en cuenta lo establecido en el presente pliego.
En la pestaña “Documentos” deberá adjuntar toda la documentación requerida en el presente pliego en sus sobres correspondientes. Si su oferta contiene información confidencial, deberá adjuntar el(los) respectivo(s) documento(s) en la plataforma, y deberá solicitarse la confidencialidad para cada uno de estos documentos marcando la respectiva casilla “confidencial” que aparece junto a cada documento adjuntado. Es importante recordar que de acuerdo con el artículo 133 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el órgano de contratación mantiene la potestad de conceder o no la confidencialidad solicitada, y que en ningún caso podrá solicitarse sobre todo el contenido de la oferta.
2 - F i r m a e l e c t r ó n i c a d e l a o f e r t a .
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Una vez realizados todos los pasos anteriores, deberá pulsar el botón “Finalizar creación” (de la oferta) antes de firmarla y enviarla. Pulse el botón “Firmar todos” y seleccione un certificado reconocido para la firma de aquellos documentos que todavía no lo estén. Tenga en cuenta que, al finalizar la oferta, la plataforma genera de forma automática un documento en formato PDF del formulario (descrito anteriormente) para cada sobre, que debe ser igualmente firmado para que pueda enviar su oferta.
[Puede incluir información sobre quién debe firmar los documentos, si no ha sido incluida en otra cláusula xxx xxxxxx].
Los licitadores deberán firmar mediante firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y que garantice la identidad e integridad del documento, la oferta y todos los documentos asociados a la misma, en los que sea necesaria la firma del apoderado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, y demás disposiciones de contratación pública electrónica, a excepción de aquellos documentos que se solicite entrega en soporte físico.
[Ejemplo: si la acreditación de la constitución de la garantía provisional debe ser en todo caso original, a no ser que se prevea una alternativa que pueda hacerse de forma electrónica].
La firma electrónica cualificada es aquella que se realiza con un certificado digital de firma electrónica cualificada, es decir, un documento electrónico que vincula los datos de validación de una firma con una persona física o jurídica, con un par de claves, una pública y otra privada. Contiene la información necesaria para firmar electrónicamente e identificar a su propietario con sus datos: nombre, NIF, algoritmo y claves de firma, fecha de expiración y organismo que lo expide y cumple con lo dispuesto en el Reglamento (UE) N.º 910/2014.
La plataforma de VORTAL acepta y reconoce los tipos de certificados más comúnmente utilizados en España y Europa, que son:
- ACCV
- DNI electrónico
- X XXXXX
- ANCERT
- CAMERFIRMA
- CATCert
- FNMT CERES
- FIRMA PROFESIONAL
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Aconsejamos que en el primer uso de la plataforma y con suficiente antelación a la fecha del envío de la oferta, los licitadores realicen una prueba de carga y firma de un documento en la plataforma, para asegurar que su certificado es aceptado y validado por ésta. En caso de que su certificado no fuese aceptado, le rogamos lo comunique a la plataforma a la mayor brevedad para que validen su tipo de certificado y lo añadan a su base de datos, a través del Servicio de Atención al Cliente (VortalAssistant).
Es importante que los licitadores verifiquen tan pronto como les sea posible (siendo preferible al inicio del plazo de presentación de ofertas por si fueran necesarias configuraciones adicionales para su certificado, antes de la firma y envío de las proposiciones), que el certificado está correctamente instalado en el ordenador, así como que el navegador que va a utilizar para la
firma de los documentos es compatible con la aplicación de firma JAVA, y que puede realizar la firma de documentos tanto en el equipo como en la plataforma.
3 - C i f r a d o y p r e s e n t a c i ó n d e l a o f e r t a .
Una vez firmada la documentación u oferta, deberá pulsar el botón “cifrar y enviar” de tal manera que toda su oferta, junto con la documentación asociada a la misma, quedará cifrada sin que se pueda acceder a su contenido hasta que se den las siguientes condiciones: se alcance la fecha estimada para la apertura, se constituya la mesa de contratación y se produzca la apertura de plicas en la fecha prevista en los pliegos y/o en la correspondiente convocatoria [indicar aquí según sea su caso].
Seguidamente, aparecerá una ventana donde tendrá que aceptar las recomendaciones para el envío de la oferta en la plataforma y, para terminar, deberá “enviar la oferta”.
Se entenderá cumplido el plazo de presentación de ofertas si se inicia y finaliza la transmisión de la oferta con éxito dentro del mismo.
Una vez presentada la oferta a través de la plataforma electrónica de contratación, se generará un recibo electrónico que garantizará la fecha y hora de envío, y el contenido de su oferta.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Todas las ofertas extemporáneas recibidas al expediente serán excluidas, a no ser que la compañía proveedora del servicio alerte al órgano de contratación de que se está produciendo alguna situación que afecte al funcionamiento del software y que pueda provocar que los proveedores entreguen su oferta fuera del plazo establecido.
En el caso que tenga alguna dificultad en la presentación de la oferta, deberá reportar la situación a través de la herramienta VortalAssistant o contactar el Servicio de Atención al Cliente, enviando toda la información y datos necesarios, (como, por ejemplo, los eventos JAVALOG en caso de dificultades con la firma electrónica), para que se realice el análisis pertinente por el Departamento de Ingeniería de VORTAL. Las conclusiones de este análisis se compartirán con el solicitante. En el caso que éste sea un proveedor se le dará conocimiento del análisis a la Entidad, siempre que se justifique.
Es importante que los licitadores verifiquen con antelación suficiente, antes de la firma y envío de las proposiciones, los requisitos de software para la presentación de proposiciones a través de la plataforma VORTAL: JAVA, sistema operativo, navegador (actualmente el explorador Google Chrome y Mozilla Firefox (desde su versión 49) son incompatibles con JAVA), etc., y la firma con su certificado.
Se puede verificar y actualizar gratuitamente la versión de JAVA accediendo a la página del fabricante xxxxx://xxx.xxxx.xxx/xx/.
En cuanto al sistema operativo y otras configuraciones de los equipos, la comprobación se puede hacer pulsando sobre la opción “Validación del sistema” disponible en el pie de página de acceso a la plataforma, o sobre el siguiente enlace:
xxxxx://xxxx.xxxxxx.xxx/xxxxxx0xxxxxxxxxxxx/xxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx datorcommon/index
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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En cuanto a la firma electrónica requerida para la presentación de ofertas de forma electrónica, para verificar que puede firmar con su certificado de manera correcta en la plataforma, una vez que haya mostrado interés en el expediente y comenzado a crear su oferta, realice una comprobación de firma, anexando un documento en el paso documentos y firmándolo. Si el documento se firma correctamente, la información de la firma aparecerá en la columna correspondiente. Si no consigue firmar, por favor, contacte con el servicio de atención al cliente de VORTAL para que puedan ayudarle.
Si se tienen dudas sobre la versión de JAVA a utilizar, o sobre la configuración de los equipos y/o dificultades con la firma, puede contactar con el Servicio de Atención al Cliente de VORTAL a través del correo xxxx@xxxxxx.xx o a través del 917 89 65 57 de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 h.
Es responsabilidad exclusiva del licitador, si experimenta alguna dificultad a la hora de preparar y presentar su oferta, contactar con la compañía proveedora del servicio durante el plazo de presentación de ofertas, para garantizar que efectivamente se realizan todos los pasos necesarios, se resuelven las posibles dudas de utilización que estén dificultando la
presentación de la oferta, se cuenta con la configuración técnica necesaria indicada, y no se trata de una incompatibilidad de software.
Podrá encontrar más información acerca de la plataforma y de la presentación de ofertas en los siguientes medios:
• Vídeo de registro y presentación de ofertas genérico: xxxxx://xxxxx.xxx/000000000
• Manual de utilización de la plataforma para proveedores: xxxx://xx.xxxxxx.xxx/xxxxxx/xxxxx/xxxx_xxxxxxxx_x_xxxxxxxxxxxx_x e_ofertas_en_la_plataforma_de_vortal.pdf
• Preguntas frecuentes: xxxx://xx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/xxxx
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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• Plataforma VORTAL: xxx.xxxxxx.xx
ANEXO VI
DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERESES (DACI)
Expediente: 14845/2022.
CONTRATO DE SERVICIOS DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE ACTUALIZACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LAS PLAZAS DE ABASTOS DE SAN XXXXX Y XX XXXXXXXXX EN ALCANTARILLA QUE FORMA PARTE DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)
– FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA – NEXTGENERATION EU.
D/Xx con D.N.I. número , con domicilio a efecto de notificaciones en C/ , número de Código Postal Provincia País Teléfono y correo electrónico , mayor de edad, en nombre propio o actuando en representación de la Entidad con
CIF
, con domicilio en C/ número de Código
Postal Provincia País Teléfono .
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
Al objeto de garantizar la imparcialidad en el procedimiento de contratación arriba referenciado, el abajo firmante, como adjudicatario del contrato, declara:
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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PRIMERO. Estar informado de lo siguiente:
1. Que el artículo 61.3 «Conflicto de intereses», del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero de la UE) establece que «existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política o nacional, de interés económico o por cualquier motivo directo o indirecto de interés personal.»
2. Que el artículo 64 «Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de intereses» de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, tiene el fin de evitar cualquier distorsión de la competencia y garantizar la transparencia en el
procedimiento y asegurar la igualdad de trato a todos los candidatos y licitadores.
3. Que el artículo 23 «Abstención», de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento «las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones en quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en el apartado siguiente», siendo éstas:
a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
b) Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato.
c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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d) Xxxxx intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.
e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar».
SEGUNDO. Que no se encuentra incurso en ninguna situación que pueda calificarse de conflicto de intereses de las indicadas en el artículo 61.3 del Reglamento Financiero de la UE y que no concurre en su persona ninguna causa de abstención del artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público que pueda afectar al procedimiento de licitación.
TERCERO. Que se compromete a poner en conocimiento del órgano de contratación, sin dilación, cualquier situación de conflicto de intereses o causa de abstención que dé o pudiera dar lugar a dicho escenario.
CUARTO. Conozco que, una declaración de ausencia de conflicto de intereses que se demuestre que sea falsa, acarreará las consecuencias disciplinarias, administrativas y judiciales que establezca la normativa de aplicación.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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LUGAR, FECHA Y FIRMA DEL LICITADOR
ANEXO VII
Modelo de declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y
resiliencia (PRTR).
D/Xx con D.N.I. número , con domicilio a efecto de notificaciones en C/ , número de Código Postal Provincia País Teléfono y correo electrónico , mayor de edad, en nombre propio o actuando en representación de la Entidad con
CIF
, con domicilio en C/ número de Código
Postal Provincia País Teléfono , que participa como licitador para optar a la adjudicación relativa al CONTRATO DE SERVICIOS DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE ACTUALIZACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LAS PLAZAS DE ABASTOS DE SAN XXXXX Y XX XXXXXXXXX EN ALCANTARILLA QUE FORMA PARTE DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR) – FINANCIADO POR LA UNIÓN
EUROPEA – NEXTGENERATION EU-, declara conocer la normativa que es de aplicación, en particular las siguientes apartados del artículo 22, del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia:
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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1. La letra d) del apartado 2: «recabar, a efectos de auditoría y control del uso de fondos en relación con las medidas destinadas a la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, en un formato electrónico que permita realizar búsquedas y en una base de datos única, las categorías armonizadas de datos siguientes:
i. El nombre del perceptor final de los fondos;
ii. el nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de los fondos sea un poder adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o nacional en materia de contratación pública;
iii. los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del perceptor de los fondos o del contratista, según se define en el artículo 3, punto 6, de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo (26);
iv. una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, junto con el importe total de la financiación pública de dichas medidas y que indique la cuantía de los fondos desembolsados en el marco del Mecanismo y de otros fondos de la Unión».
2. Apartado 3: «Los datos personales mencionados en el apartado 2, letra d), del presente artículo solo serán tratados por los Estados miembros y por la Comisión a los efectos y duración de la correspondiente auditoría de la aprobación de la gestión presupuestaria y de los procedimientos de control relacionados con la utilización de los fondos relacionados con la aplicación de los acuerdos a que se refieren los artículos 15, apartado 2, y 23, apartado
1. En el marco del procedimiento de aprobación de la gestión de la Comisión, de conformidad con el artículo 319 del TFUE, el Mecanismo estará sujeto a la presentación de informes en el marco de la información financiera y de rendición de cuentas integrada a que se refiere el artículo 247 del Reglamento Financiero y, en particular, por separado, en el informe anual de gestión y rendimiento».
Conforme al marco jurídico expuesto, manifiesta acceder a la cesión y tratamiento de los datos con los fines expresamente relacionados en los artículos citados.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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LUGAR, FECHA Y FIRMA DEL LICITADOR
Modelo declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR).
D/Xx con D.N.I. número , con domicilio a efecto de notificaciones en C/ , número de Código Postal Provincia País Teléfono y correo electrónico , mayor de edad, en nombre propio o actuando en representación de la Entidad con
CIF
, con domicilio en C/ número de Código
Postal Provincia País Teléfono , que participa como licitador para optar a la adjudicación relativa al CONTRATO DE SERVICIOS DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE ACTUALIZACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LAS PLAZAS DE ABASTOS DE SAN XXXXX Y XX XXXXXXXXX EN ALCANTARILLA QUE FORMA PARTE DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR) – FINANCIADO POR LA UNIÓN
EUROPEA – NEXTGENERATION EU-, manifiesta el compromiso de la persona/entidad que representa con los estándares más exigentes en relación con el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y xxxxxxx, adoptando las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés, comunicando en su caso a las autoridades que proceda los incumplimientos observados.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Adicionalmente, atendiendo al contenido del PRTR, se compromete a respetar los principios de economía circular y evitar impactos negativos significativos en el medio ambiente («XXXX» por sus siglas en inglés «do no significant harm») en la ejecución de las actuaciones llevadas a cabo en el marco de dicho Plan, y manifiesta que no incurre en doble financiación y que, en su caso, no le consta riesgo de incompatibilidad con el régimen de ayudas de Estado.
LUGAR, FECHA Y FIRMA DEL LICITADOR
Compromiso de adhesión al plan de medidas antifraude del sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)
del Ayuntamiento de Alcantarilla.
EXPEDIENTE: 3252/2023.
CONTRATO DE SERVICIOS DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE ACTUALIZACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LAS PLAZAS DE ABASTOS DE SAN XXXXX Y XX XXXXXXXXX EN ALCANTARILLA QUE FORMA PARTE DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)
– FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA – NEXTGENERATION EU-.
D/Xx con D.N.I. número , con domicilio a efecto de notificaciones en C/ , número de Código Postal Provincia País Teléfono y correo electrónico , mayor de edad, en nombre propio o actuando en representación de la Entidad con
CIF
, con domicilio en C/ número de Código
Postal Provincia País Teléfono , declara formalmente:
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Facilitar el cumplimiento del Plan de Medidas Antifraude del Sistema de Gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Ayuntamiento de Alcantarilla, aprobado mediante Resolución de Alcaldía de fecha 22 de febrero de 2022, entendiendo que cualquier acción contra el mismo, será objeto de inicio de un expediente y, en su caso, pondrá en conocimiento del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude de la Intervención General de la Administración del Estado, por medios electrónicos, en la dirección web xxxx://xxxxxxx.xxxxxxx.xxxx.xxxxxx.xxx/xxxxxx/xxxx/xx- ES/Paginas/Denan.aspx, y en los términos establecidos en la Comunicación 1/2017, de 3 xx xxxxx, del citado Servicio.
LUGAR, FECHA Y FIRMA DEL LICITADOR
El RGPD 2016/679 establece la obligación del responsable de tratamiento de elegir únicamente responsables que ofrezcan garantías suficientes para aplicar las medidas técnicas y organizativas apropiadas, de manera que el tratamiento garantice la protección de datos de los interesados. En el considerando 81 de este cuerpo legal se especifica la necesidad de comprobar los conocimientos especializados, fiabilidad y recursos de cara a la aplicación de las medidas técnicas y organizativas apropiadas.
Esta obligación hay que contemplarla en consonancia con la responsabilidad proactiva y protección de datos desde el diseño que nos obliga no solo a cumplir con esta obligación de comprobación, sino a poder demostrar que se ha realizado.
🞎 cuentan con certificados de ISO 27000 o equivalente
🞎 cuenta con certificado de un tercero de prestigio que acredite la implantación de dichas medidas.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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LUGAR, FECHA Y FIRMA DEL ADJUDICATARIO
CUESTIONARIO DE EVALUACIÓN DE PROVEEDORES
1. Medidas generales:
🞎 Documento de política de protección de datos de carácter personal o manual de seguridad. Fecha de aprobación
🞎 Funciones y obligaciones de los usuarios y normas de uso de los recursos TIC se notifican a los trabajadores
🞎 Capacitación y educación de los usuarios en protección de datos
🞎 Firma de compromiso de confidencialidad por los empleados
🞎 Inventario de activos de información (lista de todos aquellos recursos -físicos, software, documentos, servicios, personas, instalaciones, etc.- que tengan valor para la organización y necesiten por tanto ser protegidos de potenciales riesgos).
2. En materia de seudonimización y cifrado de datos personales:
🞎 Medidas técnicas y organizativas de seudonimización.
🞎 Software de cifrado de archivos.
🞎 Software de cifrado de correo electrónico.
3. En relación con la capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento:
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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🞎 Certificación ISO 27001 de Sistemas de gestión de la seguridad de la información (SGSI)
🞎 Adecuación al Esquema Nacional de Seguridad (ENS) (AA.PP.)
🞎 Sistema de identificación y autenticación de usuarios
🞎 Sistema de gestión de privilegios de acceso
🞎 Límite de intentos reiterados de acceso no autorizado
🞎 Sistema de control de acceso al sistema de información
🞎 Registro de accesos al sistema de información (Ejemplo: Log de accesos)
🞎 Sistema de firma electrónica (autenticación)
🞎 Red privada de comunicaciones electrónicas
🞎 Cortafuego (Firewall)
🞎 Sistema de análisis y gestión de vulnerabilidades y amenazas / Sistema de protección contra código malicioso y descargable (Ejemplo: Antivirus)
🞎 Sistema de detección de intrusiones (IDS)
🞎 Servidor propio
🞎 Servidor dedicado (EEE / Nivel equivalente)
🞎 Servidor virtual privado (VPS) (EEE / Nivel equivalente)
🞎 Servidor cloud (EEE / Nivel equivalente)
🞎 Servidor de correo propio
🞎 Servidor web propio
🞎 Certificado SSL en página web (protocolo HTTPS)
🞎 Control de acceso físico a la sala del Centro de Proceso de Datos (CPD) / Sala del servidor
🞎 Política de gestión de activos de información
🞎 Destrucción segura y confidencial de activos de información
🞎 Seguridad de los activos de información fuera de los locales del responsable del tratamiento (Ejemplos: Proceso de autorización para salida, contraseña, cifrado, etc.)
🞎 Proceso de autorización para nuevos tipos y/o medios de tratamiento de datos
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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🞎 Adopción de medidas para asegurar la perdurabilidad material de los documentos (Ejemplo: Medidas preventivas contra los diversos factores de deterioro, destrucción o desaparición de los documentos: control de humedad, incendio, robo, etc.)
🞎 Aplicación de los criterios y métodos de organización documental (clasificación y ordenación)
🞎 Control de acceso a la documentación (Ejemplos: Cerradura con llave, identificación biométrica, tarjeta inteligente, código de acceso, etc.)
🞎 Registro de acceso a la documentación
🞎 Política de mesas limpias
🞎 Traslado y envío seguro de la documentación
🞎 Normas de uso de las impresoras de documentos
🞎 Destrucción segura y confidencial de la documentación
🞎 Máquinas destructoras de documentos
🞎 Contrato de servicios con empresa externa de destrucción documental certificada
🞎 Otro
4. En relación con la capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida en caso de incidente físico o técnico:
🞎 Sistema de alimentación ininterrumpida (SAI) / Grupo electrógeno
🞎 Plan de Contingencia y Continuidad de Negocio
🞎 Plan de Continuidad de Xxxxxxx (PCN)
🞎 Plan de Continuidad TIC (o Plan de Contingencia TIC, PCTIC)
🞎 Plan de Recuperación ante Desastres (PRD)
🞎 Sistema informático redundante (Ejemplo: servidor redundante)
🞎 Sistema de identificación, registro y gestión de incidencias
🞎 Sistema de gestión de copias de respaldo y recuperación de datos personales
🞎 Sistema de gestión y notificación de violaciones de seguridad de datos personales
🞎 Otro
5. En relación con el proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento:
🞎 Auditoría externa (especificar periodicidad):
🞎 Auditoría interna (especificar periodicidad):
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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🞎 Controles internos de cumplimiento (especificar periodicidad):
🞎 Revisión regular de la política de protección de datos a intervalos planeados (especificar periodicidad)
LUGAR, FECHA Y FIRMA DEL ADJUDICATARIO
ANEXO XII
DECLARACIÓN DE LA UBICACIÓN DE SERVIDORES Y LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS ASOCIADOS A LOS MISMOS
D/Xx con D.N.I. número , con domicilio a efectos de notificaciones en C/ , número de Código Postal Provincia País Teléfono , correo electrónico mayor de edad, en nombre propio o actuando en representación de la Entidad con C.I.F. , con domicilio en C/ número de Código Postal Provincia País Teléfono , correo electrónico , conocedor de las condiciones exigidas para optar a la adjudicación relativa al CONTRATO DE SERVICIOS DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE ACTUALIZACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LAS PLAZAS DE ABASTOS DE SAN XXXXX Y XX XXXXXXXXX EN ALCANTARILLA QUE FORMA PARTE DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR) – FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA – NEXTGENERATION EU-.
En aplicación de lo establecido en el artículo 122.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), declaro bajo mi responsabilidad, dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos:
Ubicación del Servidor 1:
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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▪ País:
▪ Localidad:
Tipo de Servidor:
🞎 Comunicaciones
🞎 Aplicaciones
🞎 Propio
🞎 Ajeno
LUGAR, FECHA Y FIRMA DEL ADJUDICATARIO
PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DE LA DIGITALIZACIÓN DE LAS PLAZAS DE ABASTOS DE SAN XXXXX Y CAMPOAMOR
PROYECTO DE ACTUALIZACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LAS PLAZAS DE ABASTOS DE SAN XXXXX Y XX XXXXXXXXX EN ALCANTARILLA.
Ayuda para el apoyo a mercados, zonas urbanas comerciales, comercio no sedentario y canales cortos de comercialización
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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Plan de recuperación, transformación y resiliencia.
Índice de Contenidos
1. ANTECEDENTES
2. OBJETO Y DURACIÓN DEL CONTRATO
3. GRADO DE ALINEACIÓN CON EL MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA DE LA UE Y EL PRTR DE ESPAÑA
4. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
4.1. Diseño y puesta en marcha de la web App para la venta online
4.1.1. Web App
4.1.2. Marketplace
4.2. . Módulo taquillas
4.3. Sistema de conteo
4.4.Sistema de fidelización
4.5. Señalética digital de información
4.6.Etiquetas inteligentes
4.7. Transporte, distribución y entrega de material
4.8. Instalación
4.9.Garantía y mantenimiento
5. WEB APP MARKETPLACE
5.1. Requisitos del trabajo
5.1.1. Dominio y Alojamiento
5.1.2. Plataforma de Desarrollo
5.1.3. Mantenimiento
5.1.4. Listado de Plugins
5.1.5. Marketplace
5.1.6. Para el gestor general del Marketplace
5.1.7. Para el comerciante
5.1.8. Para el usuario/cliente final
5.2. Requisitos generales
5.2.1. Web. Diseño y Funcionamiento
5.2.2. Versión Móvil
5.2.3. Diseño Onepage
5.2.4. Estructura de la Web
5.2.5. Marketplace
5.2.6. Descripción servidores
5.2.7. Soporte Técnico
6. TAQUILLAS REFRIGERADAS PARA LA RECOGIDA DE ALIMENTOS FRESCOS
6.1. Requerimientos de software
6.2. Requerimientos de hardware
7. CONTEO. SISTEMA DE CONTROL DE AFOROS
7.1. Introducción
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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7.2. Descripción
7.3. Requisitos del trabajo
7.4. Requisitos generales
7.5. Ubicación del conteo
7.6. Servicio de emergencia
7.7. Obligaciones del contratista
7.8. Desarrollo de los trabajos
8. SISTEMA FIDELIZACIÓN DE CLIENTES
8.1. Introducción
8.2. Descripción
8.3. Requisitos del trabajo
8.3.1. Puestos
8.3.2.Consumidores
8.4. Requisitos funcionales
8.4.1. Puestos. Acceso usuario tanto vía web como App (Android e IOS)
8.4.2. Consumidores
8.5. Requisitos del sistema
8.6. Requisitos de implantación
8.7. Mantenimiento del sistema de fidelización para mercados de abastos
8.8. Desarrollo de los trabajos
9. SEÑALÉTICA DIGITAL DE INFORMACIÓN
9.1. Introducción
9.2. Descripción
9.3. Sostenibilidad
9.4.Requisitos del trabajo
9.5. Suministro de las pantallas
9.6. Tipos de contenido
9.7. Requisitos generales
9.7.1. Pantallas
9.7.2. Videos
9.7.3. Ubicación de las pantallas
9.7.4. Servicio de asistencia
10. TAGS. ETIQUETAS INTELIGENTES PARA DOTAR DE SEÑALÉTICA AL MERCADO Y A LOS COMERCIOS
10.1. Introducción
10.2. Descripción
10.3. Requisitos del trabajo
10.3.1. Promoción de Historias de Origen
10.3.2. Uso de Tecnología para Trazabilidad
10.3.3. Plataforma de Información en Dominio Municipal
10.3.4. Material de Promoción en Comercios
10.4. Diseño y Desarrollo de Etiquetas Informativas
10.5. Promoción de Historias de Origen
10.6. Uso de Tecnología para Trazabilidad
10.7. Material de Promoción en Comercios
10.8. Mantenimiento Continuo
10.9. Cumplimiento Normativo
10.10. Ubicación de los tags
11. ACTUACIONES
11.1. Servicios de software 11.2.Servicios asociados 11.3.Servicios de sostenibilidad
12. SERVICIOS DE DISEÑO
12.1. Web App Marketplace
13. HERRAMIENTAS DE GESTIÓN
13.1. Suministro de software
13.2. Suministro de hardware
13.2.1. Taquilla refrigerada 13.2.2.Conteo 13.2.3.Cartelería digital
13.2.4. Tags-Etiquetas Inteligentes
14. SERVICIOS DE ASISTENCIA A LA IMPLANTACIÓN
14.1. Consultoría
14.2. Atención al cliente
15. OTROS SERVICIOS
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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15.1. Servicios técnicos
15.2. Servicios para la puesta en marcha
15.3. Servicio de atención a los usuarios
16. CONDICIONES PRESTACIÓN DEL SERVICIO
17. PRESUPUESTO DE LA LICITACIÓN
18. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
19. INCUMPLIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
20. MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES
21. NIVELES DE SERVICIO
22.PLAN DE TRANSFERENCIA Y REVERSIBILIDAD DEL SERVICIO
23.PLAZOS
24. SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
24.1. Sistemas de información y tratamiento
24.2. Propiedad intelectual
24.3. Esquema Nacional de Seguridad
24.4. Política de Seguridad
25. REQUISITOS DE INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD
26. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
27. VISITA A LAS INSTALACIONES
28. EMPLAZAMIENTO
29. CONDICIONES ESPECÍFICAS DE EJECUCIÓN
30. SEGUIMIENTO Y CONTROL ANEXOS. PLANOS
1. ANTECEDENTES.
De conformidad con lo dispuesto en la Orden ICT/949/2021, de 10 de septiembre, por la que se convoca la línea de ayudas para el apoyo a mercados, zonas urbanas comerciales, comercio no sedentario y canales cortos de comercialización en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y a la vista de los acuerdos adoptados por la Comisión de Evaluación en su reunión de fecha 30 de diciembre de 2021, se formuló la propuesta de resolución provisional de dicha convocatoria, que fue debidamente notificada. Habiéndose realizado el trámite de audiencia, y vistas las alegaciones presentadas, se acordó estimar el expediente y proponer Resolución de Concesión de Ayuda. Por ello, una vez realizados los trámites previstos en el artículo
18 de la Orden ICT/949/2021, de 10 de septiembre, así como la autorización del expediente de gasto, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, resolvió conceder la ayuda a este Ayuntamiento de Alcantarilla, para la realización de las actuaciones contenidas en la solicitud presentada por esta entidad para el Proyecto de Digitalización de los Mercados Municipales de San Xxxxx y Campoamor (Subproyecto C.13.I04.P04, Expediente MS-010000-2021-247).
Por lo tanto, se trata de un proyecto Financiado por la Unión Europea – Next Generation EU con Inversiones financiadas por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
El Programa Mercados Sostenibles contempla la financiación de proyectos, presentados por las Entidades Locales, de mejoras en la modernización de mercados municipales, áreas comerciales, mercados de venta no sedentaria y canales cortos de comercialización. Se financiarán, en base a criterios tecnológicos e innovadores, y de sostenibilidad, proyectos cuyo fin sea aumentar la competitividad, acelerar su digitalización o transformación hacia un modelo más sostenible, a través por ejemplo del uso de energías renovables, uso eficiente de los recursos, tratamiento o reciclado de residuos o la movilidad sostenible.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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El Componente 13 “Impulso a la PYME” recoge un importante grupo de reformas e inversiones orientadas a reforzar el ecosistema empresarial español, con especial atención a las necesidades de las PYMEs, aumentando la productividad de la economía y el crecimiento potencial mediante el refuerzo de sus capacidades y resiliencia. Para ello se promoverán actuaciones en cinco ámbitos estratégicos: emprendimiento, crecimiento, digitalización e innovación, sector del comercio y la internacionalización.
Hay que señalar que el apoyo a las PYMEs es un ámbito de política enormemente transversal, lo que se pone de manifiesto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y sus componentes. De este modo, aunque el Componente 13 está específicamente dedicado al impulso a las PYMEs, se desarrollan actuaciones dirigidas a estas en muchos otros componentes, entre los que se citan el 3, 7, 10, 12, 14, 16, 17, 19 o 20, abordando acciones de emprendimiento, creación de empresas, talento, crecimiento, digitalización, sostenibilidad o competitividad empresarial. Por ello, se hace necesario establecer los mecanismos necesarios para una adecuada comunicación, coordinación y seguimiento entre sí, maximizando las sinergias y evitando solapamientos.
El proyecto tiene un impacto directo sobre los comercios xxx xxxxxxx municipal, además recae sobre las empresas suministradoras y proveedoras xxx xxxxxxx, las
empresas de logísticas que dan el servicio de reparto al mercado y a los clientes xxx xxxxxxx, así como al sector de la alimentación y la restauración.
Con el desarrollo y suministro del presente proyecto de digitalización se pretende la puesta en marcha de un programa de digitalización 360º del comercio electrónico que se centra a su vez en varios objetivos:
1. Que los establecimientos xxx xxxxxxx puedan obtener ingresos en caso de un nuevo confinamiento u otras situaciones excepcionales
2. Que los establecimientos vendan online, para continuar con su actividad a pesar de la pandemia, las restricciones de aforo o cualquier otro impedimento que pueda surgir.
3. Llegar a más clientes
4. Dar visibilidad a todos los establecimientos, especialmente los “no digitalizados” o qué no disponen de web y potenciar la diferenciación del municipio a través de los productos, tanto al mostrarlos en la web App de los mercados
5. Ampliar los servicios que actualmente se prestan en el mercado municipal, así como los horarios de venta, ya que la venta online permite un servicio 24 h al consumidor en cuanto a poder tramitar sus pedidos
6. Adaptarse a la nueva situación y hábitos de compra, facilitando las compras a los clientes que no pueden acudir al mercado, favoreciendo la inclusión social
7. Impulsar la innovación y modernización tecnológica y la mejora de la competitividad de los comerciantes de forma sostenible, fiable y segura
En definitiva, se trata de desarrollar el programa de digitalización del comercio que permita que los negocios puedan dar el mismo servicio que otras plataformas globales, con una pasarela de pago online segura y gestión de logística con la retirada en tienda o en taquillas y preparada para ofrecer el servicio a domicilio, englobando a los establecimientos xxx xxxxxxx, los comercios de alimentación y restauración, así como otros que integren los mercados.
Cód. Validación: AD2ZMXNG2MTJS5CK4X5SLF3EG
Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
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El programa de digitalización tiene como destinatario al consumidor final, con el objetivo de situar u ofrecer en el mercado, bienes y servicios que constituyan acto de comercio, independientemente de la modalidad o soporte empleado para ello. Los beneficiarios de esta actuación serán tanto los empresarios comerciantes, así como otros negocios que estén representados en el mercado, y por supuesto la población en general que podrá disponer de mayores y mejores servicios de compra en las instalaciones. El proyecto de digitalización se afronta bajo los paradigmas de facilidad, fiabilidad y seguridad. Xxxxx, fiable y seguro tanto para el comerciante como para el consumidor final.
Se plantea un proyecto de inversión que será mantenida en el tiempo de forma sostenible y viable económicamente.
Se trata de un proyecto llave en mano dónde el adjudicatario asuma todas las tareas relacionadas con el proyecto de digitalización.
Tanto el pliego de prescripciones técnicas particulares (PPT, en adelante) como el pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAD, en adelante) revestirán carácter contractual, por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de formalización del contrato.
A dicho objeto le correspondería los siguientes epígrafes del Vocabulario Común de Contratos Públicos aprobado por la Comisión de las Comunidades Europeas (CPV):
72212480, Servicios de desarrollo de software de ventas, mercadotecnia e inteligencia empresarial
79342000-3, Servicios de marketing
44421720-0, Taquillas
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por el Ayuntamiento, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
2. OBJETO Y DURACIÓN DEL CONTRATO.
El objeto del proyecto es desarrollar la digitalización de los mercados para facilitar la venta online y offline de los comercios, estableciéndose las condiciones técnicas la implantación de herramientas (software) y equipamiento (hardware) así como también los servicios añadidos de transporte, instalación y soporte técnico, que permita incrementar las ventas y mejorar la economía local.
El contrato deberá desarrollarse y estar implantado antes del 30 xx xxxxx de 2024; es decir, a esa fecha deberá estar hecha la puesta en uso de la totalidad de los recursos y suministros que integran el proyecto. Podría existir prórroga o moratoria si así se acordara por el órgano gestor de la ayuda concedida a este Ayuntamiento para la realización de las actuaciones del Proyecto de Digitalización de los Mercados Municipales de Alcantarilla. En caso de existir la referida prórroga, los servicios asociados a este contrato tendrán un período de ejecución máximo de 6 meses.
3. GRADO DE ALINEACIÓN CON EL MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA DE LA UE Y EL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA DE ESPAÑA.
El proyecto municipal de digitalizar los mercados se alinea con los ejes, las políticas palanca y las medidas a aplicar para cumplir con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en España. Dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España y de la Unión Europea, destacamos las siguientes actuaciones alineadas:
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Dentro de la palanca IV ‘Modernización de las Administraciones públicas’, alineada con el componente 11, y especialmente en el punto C11.I3: Transformación Digital y Modernización del Ministerio de Política Territorial y Función Pública y de las Administraciones de las CCAA y las EELL, inversión que aborda proyectos de modernización en el ámbito de la Administración General del Estado y de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales.
1. Web App. La web App para facilitar el acceso a los clientes, es una gran tienda de tiendas, una plataforma de distribución dónde los operadores ofrecen sus productos. Se convierte en una herramienta muy importante que interactúe con los visitantes, les aporte contenido de interés, información de valor y así conseguiremos fidelizar a los clientes que acuden a los puestos de los mercados.
2. Taquillas refrigeradas inteligentes. Mediante el uso de un sistema centralizado basado en web App, se puede gestionar y preparar pedidos localmente en cada puesto. Un proceso individual de manipulación en función del puesto.
Dentro de la Palanca V ‘Modernización y digitalización del tejido industrial y de la PYME, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora’: Actuación alineada con el Componente 12 ‘Política Industrial España 2030’, el punto C12.I3 que recoge: ‘La inversión también prestará especial atención al desarrollo de instrumentos de digitalización para la gestión medioambiental y al fomento de la economía circular en el ámbito de la empresa.
3. Conteo. Sistema de control de aforos, perfiles que visitan el mercado, repetición de la visita, duración, así como acciones de remarketing para ofrecer ofertas y promociones.
4. Fidelización. Gestor de contenidos para fidelización de clientes con promociones y ofertas.
5. Señalética de información. Pantallas digitales para facilitar una comunicación dinámica. Esta tecnología mejora la atracción de los clientes hacia el puesto ya que los clientes recuerdan mejor y con mayor facilidad los puestos xxx xxxxxxx, el producto o la marca.
Actuación alineada con el componente 14 ‘Plan de modernización y competitividad del sector turístico’.
6. Digitalización trazabilidad. Etiquetas digitales (tags) para utilizar el móvil como lector. Esta tecnología se aplica con códigos QR y NFC. Bolsas y cajas corporativas con códigos QR con las mismas funcionalidades que las Tags. Cuatro pantallas de comunicación destinadas a la publicidad y promoción de los mercados con contenidos variados como elaboración de recetas, contenido de los comercios, publicidad, etc.
El riesgo para la correcta ejecución del contrato procede de la naturaleza del objeto del mismo, al implicar la necesidad de coordinar la ejecución de las diferentes prestaciones, cuestión que podría verse imposibilitada por su división en lotes y ejecución por una pluralidad de contratistas diferentes. Desde un punto de vista técnico, la correcta ejecución del contrato y la consecución de los fines en él recogidos se dificultaría en el caso de dividir las diferentes prestaciones en lotes, ya que, debido a la naturaleza del objeto del contrato, es necesario un alto nivel de coordinación en la ejecución de las diferentes prestaciones, para conseguir el grado de integración y homogeneidad. La colaboración, también sería necesaria sin la cual cada prestación podría diferir en su fondo y estructura dependiendo del contratista, en contra de las necesidades del proyecto.
Una vez aprobado el mencionado programa de digitalización, resulta necesario proceder a la ejecución de los suministros previstos, para lo cual se requiere tramitar el correspondiente procedimiento de contratación y su posterior adjudicación.
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Dado que el Ayuntamiento carece de los medios materiales y personales para la ejecución de dichos suministros, es necesaria la contratación de estos a una organización externa, siempre bajo la dirección del Ayuntamiento de Alcantarilla, según las normas dictadas en el presente pliego y la legislación vigente sobre contratación en el Sector Publico.
4. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
La implantación de este programa de digitalización está integrado dentro de las actuaciones prioritarias, para revitalizar el comercio, precisando diferentes herramientas que, manteniendo las funcionalidades y estando totalmente integradas cuando se precise, deben desarrollarse juntas, garantizando la integración entre todas ellas.
Para desarrollar el programa de digitalización xxx xxxxxxx se van a implantar las siguientes herramientas digitales:
1. Web App para la venta online (marketplace)
2. Taquillas inteligentes refrigeradas
3. Sistema de conteo o control de aforos
4. Tarjetas de fidelización de clientes
5. Señalética digital para información
6. Trazabilidad de los productos mediante sistemas digitales
El Ayuntamiento actúa de promotor de esta iniciativa poniendo a disposición el programa de digitalización a los puestos de los mercados. A continuación, se explica cada uno de los apartados que como mínimo deben integrar el proyecto:
4.1. Diseño y puesta en marcha de la web App para la venta online.
El desarrollo tiene como objetivo la creación de una web App marketplace para la implantación de una plataforma de comercialización online que permita la posibilidad de ventas en el área de influencia más allá de los clientes físicos.
4.1.1. Web App.
El presente documento tiene como finalidad establecer las condiciones y requisitos para el diseño y desarrollo de una nueva web corporativa accesible a través de la dirección xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx. Esta plataforma deberá operar en formato onepage, unificando la presentación de los dos mercados de la localidad de Alcantarilla, Murcia. La web servirá como enlace directo para que los clientes accedan a cada uno de los marketplaces detallados en el punto 4.1.2.
4.1.2. Marketplace.
El objetivo es la creación de un marketplace para la comercialización de productos de los diferentes puestos que conforman los Mercados Municipales de San Xxxxx y Campoamor, donde, por una parte los puestos puedan publicar su oferta disponible de productos para su comercialización, y, por otra parte, los clientes finales, tanto particulares como profesionales de la restauración puedan realizar sus compras bien por puestos o bien por productos. Los métodos de pago aceptados serán mediante tarjeta bancaria a través de una plataforma completa, fiable y segura.
Para poder cumplir con estos objetivos, el adjudicatario deberá realizar las siguientes actuaciones dentro del proyecto:
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1. Diseño del portal de comercialización adaptado a las líneas de diseño que marquen la imagen corporativa de las entidades.
2. Desarrollo del portal de comercialización que garantice un uso sencillo, funcional y operativo para la gestión del marketplace cumpliendo con una serie de requisitos funcionales.
4.2. Modulo taquillas (Lockers).
Instalación de un módulo de taquillas inteligentes refrigeradas por mercado, ubicadas en el exterior xxx xxxxxxx para facilitar el acceso a los clientes y ampliar el horario d recogida de los productos.
Para la instalación de las taquillas hay que llevar un punto de conexión eléctrica hasta su ubicación exterior desde el interior xxx xxxxxxx con una línea independiente.
La opción de recogida en taquillas debe estar integrada en la web App marketplace como sistema de logística.
4.3. Sistema de conteo.
Instalación de un sistema de conteo en cada uno de los accesos a los mercados para control de aforos. La instalación del cableado necesario para el correcto funcionamiento del sistema y los sistemas de control para el seguimiento de los datos.
4.4. Sistema de fidelización.
Implantación de un sistema de fidelización que desde la web y desde la App permita el acceso a los clientes a promociones y ofertas de los comercios, a través de las compras los clientes obtendrán reembolsos económicos o descuentos que podrán aplicar en las siguientes compras. La red de comercios se puede extender a los comercios de Alcantarilla para ampliar la oferta.
4.5. Señalética digital de información.
Incorporación a los mercados de pantallas digitales para la difusión de contenidos mediante videos xxx xxxxxxx y sus puestos, promociones, días señalados, etc. para mejorar la experiencia de compra de los clientes.
Para la instalación de las pantallas se tendrá que lanzar cableado que cumpla con la normativa y que garantice la emisión de los contenidos, así como los soportes de las pantallas en los puntos de ubicación seleccionados.
La edición de los videos con contenido descriptivo y atractivo para mejorar la estancia de los clientes en los mercados.
4.6. Etiquetas inteligentes.
Diseño e instalación de etiquetas inteligentes en las que se refleja la trazabilidad del producto para que los clientes puedan conocer el origen de los productos que están comprando. Además del origen aportaran la fecha de producción y vencimiento.
Estas etiquetas se actualizarán al menos una vez al año para incorporar nuevos productos.
La información estará volcada en una landing page a la que se accede mediante la lectura de un código QR o mediante tecnología NFC integrada en las etiquetas o Tags.
4.7. Transporte, distribución y entrega de material.
Tras su preparación, se realizará la entrega de los equipos en la ubicación o ubicaciones -dentro del término municipal de Alcantarilla- indicadas por el Ayuntamiento.
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4.8. Instalación.
Los trabajos serán realizados por el equipo del adjudicatario en sus propias dependencias y en los Mercados Municipales xx Xxxxxxxxx y San Xxxxx. Previa a la instalación de los equipos y desarrollo de los trabajos en los Mercados Municipales se comunicará a este Ayuntamiento con el objeto de coordinar los mismos y realizarlos en horarios que no interfieran con el servicio de venta que se presta dentro del horario de atención al público o de tratar de aminorarlas todo lo posible.
El adjudicatario dispondrá para la instalación a su xxxxx de cuanto medios materiales y humanos sean necesarios para el montaje. Igualmente será de su responsabilidad la seguridad de todos los materiales que van a ser instalados.
La empresa responsable del suministro de equipamiento (hardware) deberá encargarse del desembalaje de cada equipo, así como recogida del cartonaje, corchos, etc. y retirada a un punto limpio.
4.9. Garantía y mantenimiento.
La recepción supondrá el inicio de un plazo de 1 año en el que el contratista estará obligado a garantizar el cumplimiento del contrato, subsanando cualquiera de los vicios que procedan de un defecto de diseño.
Así como los suministros e instalaciones y/o incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales.
El mantenimiento abarcará todas las labores de mantenimiento preventivo, revisiones periódicas y reparaciones que fueran necesarias para el correcto y continuo funcionamiento de los equipos e instalaciones suministradas. Incluye, tanto la mano de obra, como las piezas necesarias para la reposición, los desplazamientos por este concepto, impuestos y cualquier otro concepto.
Con anterioridad a la recepción de los equipos e instalaciones éstos deberán ser inspeccionados y probados con el fin de evitar posibles anomalías o deficiencias que pudieran tener, asegurándose su correcto funcionamiento.
Aquellos equipos que en el momento de su instalación se detecten averías deberán ser sustituidos en su totalidad por uno nuevo. El Ayuntamiento de Alcantarilla dispondrá de dos meses para la comunicación de este tipo de averías.
Si se produjera una avería sistemática de equipos, el adjudicatario tendrá la obligación de sustituir la totalidad de componentes afectados de las máquinas averiadas y del resto de máquinas que, aun no presentando la misma avería, incluyan el componente involucrado.
El Ayuntamiento de Alcantarilla entenderá por avería sistemática cuando el número de averías de un determinado componente supere en un 20% los valores indicados por su MTBF (Medium Time Before Failure). Todos los gastos que conlleven el proceso sustitución (servicios y componentes) correrán a cargo del adjudicatario.
En cuanto a los servicios de soporte técnico también estarán asociados con la inversión concreta del equipamiento, sin generar gastos recurrentes. Incluirán la preparación y configuración de los equipos, su instalación, apoyo técnico y la solución de xxxxxxx y sustitución de piezas o componentes averiados durante el tiempo de vigencia del contrato.
El licitador pondrá a disposición un teléfono de soporte técnico dentro de horario laboral y detallará en su oferta el tiempo de respuesta y el tiempo máximo de resolución de posibles incidencias (sustitución de componentes, sustitución de equipo etc.), así como también las vías para su comunicación.
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5. WEB APP MARKETPLACE.
5.1. Requisitos del trabajo.
5.1.1. Dominio y Alojamiento.
El adjudicatario deberá alojar en un hosting seguro el dominio xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx. Este hosting deberá incluir un sistema de seguridad integrado, tres direcciones URL diferentes (1 dirección con 2 subdominios), copias de seguridad regulares, certificados de seguridad, cuentas de correo electrónico y una capacidad de almacenamiento mínima de 60 GB.
5.1.2. Plataforma de Desarrollo.
La web corporativa se construirá utilizando el sistema de gestión de contenido (CMS) WordPress, con especial énfasis en la última versión del constructor Elementor.
5.1.3. Mantenimiento.
Se incluye el mantenimiento de la web durante el primer año desde su implementación. Esto implica actualizaciones periódicas del núcleo de WordPress y el plugin Elementor, con un mantenimiento semanal que abarca la actualización de plugins y versiones.
5.1.4. Listado de Plugins.
Se detalla una lista de plugins esenciales para el funcionamiento óptimo de la web, incluyendo backup migration, wordfence Security, y xxxxx SEO, entre otros. Previo a cada actualización de plugins o del núcleo de WordPress, se realizará una copia de seguridad completa con el plugin Backup Migration para garantizar la restauración rápida en caso de errores.
5.1.5. Marketplace.
El portal deberá poseer una herramienta capaz de gestionar todos los contenidos que se publiquen dentro del Marketplace.
5.1.6. Para el gestor general del marketplace.
El CMS deberá facilitar la labor al gestor de contenidos encargado del mantenimiento, actualización y control de contenidos la posibilidad de intervenir en las siguientes funciones:
- Permisos y roles de página, La plataforma deberá disponer de un sistema de gestión de usuarios con roles y permisos configurables, de modo que se pueda dar acceso a comerciantes individuales, a gestores de cada mercado que en su momento se determinen, a personal gestor de la plataforma al completo, diferenciando entre permisos para consultar la información, acceder a los pedidos y la información de envíos o económica, información y estadísticas de negocio, gestión de pedidos, etc.
- El área de administración será de acceso exclusivo a administradores o webmasters del sistema, así como comerciantes que tengan un perfil de vendedor activo en el portal. En esta área de administración, los administradores web podrán realizar tareas propias de administración como alta/baja de comerciantes, actualización de módulos, copias de seguridad y/o consulta de registros de auditoría. Por otro lado, los comerciantes dispondrán de acceso a esta área de administración para poder crear nuevos productos, actualizar o eliminar existentes, actualizar información y contenidos relativos a su negocio y/o gestionar pedidos, en exclusiva
- Información básica xxx Xxxxxxx: horarios de apertura, configuración de festivos, datos de contacto generales, modificación de las FAQS, banners de texto para promociones, inclusión de APIS de gestión y cualquier otra consideración que el desarrollador considere oportuna y relevante mostrar
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- Reparto: Configuración del área de reparto mediante la inclusión de códigos postales, y horarios y días habilitados para el reparto
- Información básica de los puestos tales como horarios, datos de contacto, redes sociales, imágenes, datos de pago
- Catálogo de productos ofertados: altas y bajas de nuevos productos, imagen, descripción, categorías, unidades de medida (granel o unidades), precio, precio en promoción, activación/desactivación del producto
- Gestor de categorías de los puestos y categorías de los productos
- Clientes: área desde la que poder obtener estadísticas, datos y métricas de los clientes registrados
- Pedidos: menú desde el que poder gestionar todo lo referente a los pedidos recibidos en el portal tales como, número de pedido, cliente, fecha de entrega, listado de productos adquiridos, puestos a los que se les realiza la compra, modo de recogida seleccionado por el cliente, referencias del pago, total del pedido
- Liquidaciones: desarrollo de un sistema que permita al gestor del marketplace crear las liquidaciones correspondientes a los puestos, teniendo que ser de obligado cumplimiento la opción de incluir o no gastos de envío, comisiones, y cuotas. Las formas de pago de las liquidaciones de los pedidos deberán ser y por orden de prioridad, mediante API con la pasarela de pago integrada, mediante transferencia bancaria y/o pago en efectivo, teniendo que quedar