PLIEGO DE CLÁUSULAS JURIDICAS
PLIEGO DE CLÁUSULAS JURIDICAS
“Contratación de la dotación y gestión integral de los servicios de hostelería y venta automatizada en el Nuevo Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx”
CONTRATACIÓN:
PA83-13
NÚMERO DE EXPEDIENTE:
XXXXXXX DE XXXXXX XXXXX [GISPAS-6
]
Firmado digitalmente por XXXXXXX DE XXXXXX XXXXX [GISPAS-6]
Nombre de reconocimiento (DN): c=ES, cn=XXXXXXX DE XXXXXX XXXXX [GISPAS-6],
xxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxxx, serialNumber=05403273K, sn=DE XXXXXX XXXXX,
givenName=XXXXXXX, 1.3.6.1.4.1.17326.30.3=A74099
466, o=GISPASA, ou=SANIDAD, title=DIRECTOR
GERENTE, 2.5.4.13=Qualified Certificate: CAM-PF-HW-KUSU Fecha: 2013.05.22 14:34:13
+02'00'
PLIEGO DE CLÁUSULAS JURIDICAS 1
2 OBJETO DEL CONTRATO Y NECESIDADES A SATISFACER 11
2.2 Codificación del contrato 11
2.3 Necesidades a satisfacer 12
2.4 Documentación suministrada por GISPASA. 12
2.5 Especificaciones Técnicas y obras de acondicionamiento e instalación 13
3 NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO. 13
3.1 Naturaleza del contrato 13
3.2 Régimen Jurídico del Contrato. 13
5 PERFIL DE CONTRATANTE Y OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN RELATIVA AL CONTRATO. 14
6 PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN. 15
6.1 Presupuesto base de licitación 15
6.2 Valor estimado del contrato 17
7 PLAZO DE EJECUCIÓN Y LUGAR DE ENTREGA. 17
7.1 Plazo de ejecución del contrato 17
7.4 Lugar de prestación de los servicios 18
9 PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. 20
10 PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN. 20
11.3 Uniones Temporales de Empresarios 21
12 DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES. 21
12.1 Lugar de presentación. 22
12.2 Plazo de presentación. 22
12.3 Forma de presentación. 22
12.4 SOBRE Nº 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA 23
12.4.2 Requisitos que acrediten la personalidad, capacidad y representación de la empresa. 24
12.4.3 Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar y cumplimiento de obligaciones tributarias y de Seguridad Social 25
12.4.4 Requisitos que acrediten la solvencia económica y financiera. 25
12.4.5 Requisitos que acrediten la solvencia técnica o profesional 25
12.4.6 Compromiso de adscripción de medios 26
12.4.7 Sumisión a la jurisdicción de Juzgados y Tribunales españoles para empresas extranjeras 26
12.4.8 Registros de Licitadores (opcional) 26
12.4.9 SOBRE Nº 2 PROPOSICIÓN TÉCNICA - ASPECTOS CUALITATIVOS. 27
12.4.9.1 Relación enumerada. 28
12.4.9.2 Memoria Descriptiva del Servicio 28
12.4.9.3 Memoria sobre equipamiento a instalar y amueblamiento 30
12.4.9.4 Proyecto de Instalación 30
12.5 SOBRE Nº 3 PROPOSICIÓN ECONÓMICA. 31
13 ACTUACIONES DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. 31
13.2 Calificación de la documentación administrativa y selección de los licitadores. 32
13.3 Apertura y valoración de las proposiciones y propuesta de adjudicación. 32
14 CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. 33
14.1 Valoración de las proposiciones técnicas. 33
14.2 Valoración de las proposiciones económicas. 33
14.3 Solución en caso de empates. 34
14.4 Ofertas con valores desproporcionados o anormales. 34
14.5 Acuerdo del Órgano de Contratación. 35
16 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 39
17.1 Derechos y Obligaciones Específicas de las Partes del Contrato. 40
17.1.1 Derechos del adjudicatario 40
17.1.2 Obligaciones del adjudicatario 40
17.1.2.1 Obligaciones generales 41
17.1.2.2 Otras obligaciones 41
17.1.2.3 Obligaciones documentales 42
17.1.2.4 Cumplimiento de la legislación de Prevención de Riesgos Laborales y Control de Calidad y Medio Ambiente 43
17.1.2.5 Responsabilidad y confidencialidad. 45
18 CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 47
19 REGIMEN DE PAGOS Y REVISIÓN DE PRECIOS. 47
19.1.1 Canon de explotación 47
19.1.2 Tarifas de cafetería y máquinas vending 48
20 MODIFICACIONES DEL CONTRATO Y EQUILIBRIO ECONOMICO FINANCIERO 49
20.1 Modificaciones del Contrato 49
20.2 Mantenimiento del equilibrio económico del contrato 49
21 CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. 50
21.2 Aplicación y efectos de las causas de resolución 51
21.2.1 Aplicación de las causas de resolución 51
21.2.2 Efectos de las causas de resolución 51
22 PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO. 52
22.1 Penalidades sobre el incumplimiento de los plazos contractuales. 52
22.2 Penalidades sobre el servicio a prestar 53
22.3 Alcance de las penalidades y procedimiento para su imposición 54
22.4 Certificado de excelencia a la calidad del servicio 54
23 PLAZO DE GARANTÍA Y RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA. 55
24 CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN 56
25 TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES. 57
ANEXO I. DATOS REFERENCIA CONTRATO 59
ANEXO II. MODELO SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN. 65
ANEXO III. RELACIÓN ENUMERADA DOCUMENTACIÓN SOBRE Nº 1 66
ANEXO IV. MODELOS DE DECLARACIÓN 67
II) DECLARACIÓN SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA 68
III) DECLARACIÓN MARCADO CE 69
IV) COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS 70
ANEXO V. MODELOS DE GARANTIA 71
VI) b.- MODELO DE SEGURO DE CRÉDITO Y CAUCIÓN. 72
ANEXO VI. DECLARACION JURADA 73
ANEXO VII. RELACIÓN ENUMERADA DOCUMENTACIÓN SOBRE Nº 2 74
ANEXO VIII. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA 75
ANEXO IX. CRITERIOS DE VALORACIÓN PROPOSICION TÉCNICA. 82
ANEXO X. ESPECIFICACIONES DE NIVEL DE SERVICIO 93
ANEXO XI. PRECIOS MAXIMOS TARIFAS CAFETERIA Y MAQUINAS VENDING102
CPA |
56.10- Servicios de comidas en restaurantes y puestos de comidas |
56.30 - Servicios de establecimientos de bebidas |
96.09.013 –Servicios de máquinas que funcionan con monedas n.c.o.p.. |
1 CUADRO RESUMEN
A) OBJETO DEL CONTRATO | ||
“Contratación de la dotación y gestión integral de los servicios de hostelería y venta automatizada en el Nuevo Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx”. Las especificaciones técnicas y el alcance de las prestaciones exigidas al adjudicatario se detallan en el Pliego de Prescripciones Técnicas que se adjunta. En particular, está incluido en dicho alcance, y se realizará a cargo exclusivo del adjudicatario: - La explotación del servicio de cafeterías del Complejo Hospitalario, que comprende la explotación de 3 locales. - Instalación y explotación de máquinas de venta automática en el Complejo Hospitalario - Servicio de alimentación para personal xx xxxxxxx y otro personal autorizado del HUCA, consistente en la elaboración y puesta a disposición del mencionado personal de un servicio de alimentación que cubra sus necesidades y que se prestará en los locales de las cafeterias. - La redacción del proyecto de ejecución de obras de las Cafeterías del nuevo HUCA y la ejecución de las obras que sean precisas en las zonas de restauración. - La dotación, instalación, mantenimiento y conservación de los locales y la dotación del equipamiento y mobiliario y máquinas vending del nuevo HUCA. - Prestación de servicios necesarios por eventos especiales que se organicen en el HUCA, si así le fuese demandado, reservándose GISPASA la capacidad de contratar estos servicios especiales a otra empresa diferente al adjudicatario. Se excluye específicamente el servicio de alimentación a pacientes ingresados. División en lotes: No | ||
B) CODIFICACIÓN DEL CONTRATO | ||
CPV |
Servicios de cafetería | |||
55300000-3 | Servicios de restaurante y de suministro de comidas | ||
55322000-3 | Servicios de elaboración de comidas | ||
55900000-9 | Servicios comerciales al por menor | ||
C) PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN | |||
Presupuesto Base de Licitación: • CANON DE EXPLOTACIÓN DE LA CAFETERÍA y VENDING (IMPORTE MÍNIMO): 8% sobre ventas (sin incluir IVA y demás impuestos). • TARIFAS MÁXIMAS: 1. Para público y vending: Las Recogidas en Anexo XI 2. Para personal del HUCA (incluyendo personal xx xxxxxxx): Las Recogidas en Anexo XI minoradas en un 15% (con redondeo según pliego). Valor estimado del contrato: 400.000 €. | |||
D) PLAZO MÁXIMO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO | |||
Plazo total: El plazo máximo de ejecución para la prestación del servicio de hosteleria y venta automatizada es de 10 años a partir de la puesta en funcionamiento del nuevo Complejo Hospitalario con pacientes y personal (desde el traslado completo del personal y hospitalizados), ello sin perjuicio de los plazos parciales que se establecen en el siguiente apartado en lo que respecta a las prestaciones accesorias al presente contrato. • Entrega del proyecto de ejecución de las instalaciones: 30 dias naturales desde la firma del contrato • Puesta en funcionamiento del equipamiento de máquinas expendedoras (Vending): 90 días naturales desde la firma del contrato. • Ejecución de las obras de instalación, equipamiento y amueblamiento de los locales: 100 días desde la firma del contrato. Transcurridos 100 dias desde la firma del contrato las dependencias deberán quedar disponibles para el servicio. No obstante, el comienzo de la prestación a partir de la cual empieza a contar el plazo de ejecución de 10 años será el día de la apertura completa del nuevo HUCA. Si se comenzase la actividad por aperturas parciales, el |
adjudicatario estará obligado a atender parcial o totalmente el servicio de cafetería que le sea requerido, iniciándose el cómputo del plazo de 10 años a partir de la primera apertura parcial que en su caso pudiera producirse. |
E) TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN |
Tramitación: Ordinaria Procedimiento: Abierto |
F) INFORMACIÓN A LOS LICITADORES |
Forma de acceso al perfil de contratante y documentación accesible en el mismo: Plazo y medio para solicitar los pliegos y cualquier documentación complementaria: Hasta el día anterior a la finalización del plazo de presentación de las proposiciones. La documentación y pliegos se facilitará a través del perfil de contratante. Plazo y medio para solicitar información adicional sobre el pliego y la documentación complementaria: Quince días naturales anteriores a la finalización del plazo de presentación de proposiciones. Se solicitará vía correo electrónico (xxxxxxxxxxxx0@xxxxxxx.xxxx) o fax (+34/000.00.00.00). Fecha límite para presentar proposiciones: el que establece el anuncio de licitación del contrato en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Dirección a la que deben ser remitidas las proposiciones Antiguo Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx- Edificio Polivalente A- 3ª planta- X/ Xxxxxx Xxxxxxxx x/x 00000. Xxxxxx (Xxxxxxxx). Fecha de apertura de las proposiciones: La señalada en el anuncio de publicación oficial y en el perfil de contratante. |
G) SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA |
.- Solvencia Económica y Financiera: 1. Declaración sobre el volumen global de negocios realizados por la empresa y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondientes al objeto del contrato a cuya licitación se presenta, referidos a los tres últimos ejercicios, o periodos anuales transcurridos desde su constitución, si la empresa tiene antigüedad inferior a tres años. Se adjunta modelo de declaración como Anexo IV.II al presente. Esta solvencia se considera acreditada por las entidades que presenten una cifra de negocios global igual ó superior al 30% de las Ventas promedio anuales estimadas en el Anexo I, por lo tanto será necesario acreditar 900.000 € de ventas anuales durante los tres últimos ejercicios. 2. Declaración apropiada por una entidad financiera acerca de la solvencia económica y financiera de la entidad para llevar a cabo el objeto del contrato a cuya licitación se presenta, debiendo constar expresamente la referencia del contrato así como su importe |
de licitación. .- Solvencia Técnica: Relación de los principales servicios prestados de hosteleria y venta automatizada indicando su importe en términos de ventas anuales, fechas y destinatario público o privado de los mismos: Dicha relación se ajustará al siguiente cuadro: Como mínimo, se acreditará mediante la aportación de tres certificados positivos sobre la calidad de la ejecución de actividades de hostelería y al menos 2 contratos de instalación de maquinas de autoventa similares a las que constituyen el objeto del contrato. En este sentido, se considerarán similares las máquinas de autoventa destinadas a hostelería . ACREDITACIÓN DEL REQUISITO: Estos suministros se acreditarán: • Cuando el destinatario sea una entidad del sector público: mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente • Cuando el destinatario sea un comprador privado: mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. .- Compromiso de adscripción de medios. Se adjuntara un compromiso de adscripcion de medios en los términos descritos en la Cláusula 12.1.6 del presente pliego. |
H) GARANTÍA PROVISIONAL |
No se exige |
I) VARIANTES |
No se admiten |
J) CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. |
Ver cláusula 14: “Criterios de adjudicación del contrato” y Anexo IX: Criterios de valoración |
K) REVISIÓN DE PRECIOS |
La actualización del canon y de las tarifas de cafetería se llevará acabo de acuerdo con la variación del I.P.C. tomando como referencia la fecha de adjudicación del contrato, sin que, no obstante, la revisión pueda superar el 85 por 100 de variación experimentada por el índice citado en dicho periodo. El IPC a aplicar será el IPC general. |
Servicios | Fechas | Importe | Destinatario | presenta certificado acreditativo (s/n) | nº identificativo del certificado |
Para el primer año los precios de aplicación en caso de apertura de las Cafeterías en 2014 serán los precios de la oferta adjudicataria incrementados en el importe de la revisión de precios según lo previsto en la presente clausula. Cualquier modificación en los precios de las tarifas motivada por las alzas o bajas que legalmente puedan establecerse, así como la introducción de nuevos productos o servicios deberá ser comunicado a la GISPASA, indicando la disposición reguladora y el estudio o propuesta que justifique la modificación del precio, reservándose la Dirección del Centro el derecho a acceder o no a la alteración que se solicita. |
L) PLAZO DE GARANTÍA |
El plazo de garantía será de un año a partir de la fecha de recepción o conformidad, del servicio objeto de contratación. |
Oviedo, a 17 xx Xxxx de 2013
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN.
Xx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx
2 OBJETO DEL CONTRATO Y NECESIDADES A SATISFACER
2.1 Objeto
El objeto del contrato es la “Contratación de la dotación y gestión integral de los servicios de hostelería y venta automatizada en el Nuevo Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx”.
Las especificaciones técnicas y el alcance de las prestaciones exigidas al adjudicatario se detallan en el Pliego de Prescripciones Técnicas que se adjunta.
En particular, está incluido en dicho alcance, y se realizará a cargo exclusivo del adjudicatario:
- La explotación del servicio de cafeterías del Complejo Hospitalario, que comprende la explotación de 3 locales.
- Instalación y explotación de máquinas de venta automática en el Complejo Hospitalario
- Servicio de alimentación para personal xx xxxxxxx y otro personal autorizado del HUCA, consistente en la elaboración y puesta a disposición del mencionado personal de un servicio de alimentación que cubra sus necesidades y que se prestará en los locales de las cafeterias.
- La redacción del proyecto de ejecución de obras de las Cafeterías del nuevo HUCA y la ejecución de las obras que sean precisas en las zonas de restauración.
- La dotación, instalación, mantenimiento y conservación de los locales y la dotación del equipamiento y mobiliario y máquinas vending del nuevo HUCA.
- Prestación de servicios necesarios por eventos especiales que se organicen en el HUCA, si así le fuese demandado, reservándose GISPASA la capacidad de contratar estos servicios especiales a otra empresa diferente al adjudicatario.
Se excluye específicamente el servicio de alimentación a pacientes ingresados.
2.2 Codificación del contrato
CPA |
56.10- Servicios de comidas en restaurantes y puestos de comidas |
56.30 Servicios de establecimientos de bebidas |
96.09.013 –Servicios de máquinas que funcionan con monedas n.c.o.p.. |
Así mismo, el contrato se corresponde con los siguientes códigos de la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea, recogida en el Reglamento (CE) n° 213/2008 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2007, que modifica el Reglamento (CE) n° 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV), y las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los procedimientos de los contratos públicos, en lo referente a la revisión del CPV, publicada en el «Diario Oficial de la Unión Europea» X 000 xx 00 xx xxxxx xx 0000:
CPV | |
55330000-2 | Servicios de cafetería |
55300000-3 | Servicios de restaurante y de suministro de comidas |
55322000-3 | Servicios de elaboración de comidas |
55900000-9 | Servicios comerciales al por menor |
2.3 Necesidades a satisfacer
GISPASA está construyendo el nuevo Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx en Oviedo (Asturias), y para el cumplimiento de sus fines de interés público, como hospital de área del Área Sanitaria IV, hospital de referencia para todo el Principado xx Xxxxxxxx, centro de referencia nacional de prevención técnico sanitaria de las enfermedades que afecten al sistema cardiorespiratorio (Instituto Nacional de Silicosis) y centro docente universitario para la formación en ciencias de salud, resulta necesario, para su puesta en funcionamiento, disponer en las propias dependencias del Complejo Hospitalario los servicios objeto de esta contratación, habida cuenta de sus dimensiones y con el fin de facilitar a los usuarios el acceso a los mismos.
2.4 Documentación suministrada por GISPASA.
A los efectos de poder presentarse a esta licitación GISPASA facilita, además de los Pliegos de Cláusulas Jurídicas y Pliego de Prescripciones Técnicas, la siguiente documentación que se adjunta al citado Pliego de Prescripciones Técnicas:
• Anexo 1: Situación actual. Se incluye la situación actual de la arquitectura del hospital, de sus instalaciones y acabados.
• Anexo 2: Plantas Generales, recorridos, locales y Vending. Se incluyen:
o Recorridos de cocinas-cafeterías-zonas gestión residuos
o Recorridos locales de entrega personal autorizado y guardias.
o Propuesta de ubicación máquinas Vending.
• Anexo 3: Gas-ampliación instalación
• Anexo 4: Relación de personal actual
2.5 Especificaciones Técnicas y obras de acondicionamiento e instalación
La empresa adjudicataria asumirá la inversión y será totalmente responsable del adecuado acondicionamiento de cocinas, zonas de preparación y emplatado, zonas de restauración, de autoservicio y de cafetería del Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx (HUCA), así como la dotación del equipamiento, mobiliario y enseres necesarios para su funcionamiento en perfectas condiciones de calidad y servicio conforme a lo previsto en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Dichas actuaciones suponen ejecutar las obras de acondicionamiento, modificaciones o ajustes en las instalaciones, arquitectura, etc. que sean necesarias para la correcta prestacion de los servicios, de forma que queden completamente operativos, cuyo coste correrá por cuenta del adjudicatario, así como de los elementos auxiliares de los mismos y su instalación, de forma que los equipos reúnan las condiciones de seguridad y funcionalidad que sean exigidos. Estas instalaciones incluirán la construcción o modificación de conducciones, luminarias, conexiones eléctricas, agua, gas, y aquellas otras que se requieran para la correcta puesta en marcha de la instalación y las obras o ayudas de albañilería, fontanería, electricidad, climatización, o acabados de suelo, paredes y techo que puedan ser necesarias debido a las necesidades de la instalación y puesta en funcionamiento de los equipamientos a instalar así como todas aquellas actuaciones detalladas en el pliego de prescripciones técnicas.
Con independencia de que el licitador presente, como parte integrante de su oferta técnica, un proyecto de instalación con el contenido señalado en la cláusula 12.5 y en los términos expuestos en la Cláusula 3 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, el ya adjudicatario deberá, en el plazo de treinta días, contados desde la formalización del contrato, adaptar el proyecto presentado a la realidad de la obra, introduciendo las modificaciones indicadas por GISPASA y presentarlo para su aprobación por parte de GISPASA, siendo este un requisito indispensable para la continuidad del contrato. el periodo de tiempo durante el cual GISPASA procede a la aprobación del citado proyecto, será aumentado en el plazo máximo de ejecución. La no aprobación del referido proyecto facultará a GISPASA a promover la resolución del mismo.
Asimismo, el mantenimiento integral de los equipamientos se llevará a cabo conforme a las especificaciones previstas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
3 NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
3.1 Naturaleza del contrato
El presente contrato, en razón a su objeto, no está sujeto a regulación armonizada.
3.2 Régimen Jurídico del Contrato.
El contrato tiene carácter privado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 TRLCSP, y se rige conforme a lo dispuesto en el 190 TRLCSP por lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, estando en lo no dispuesto en el mismo a lo establecido en el TRLCSP, y por el RD 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y, en lo que no se opongan a éstos, el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001,
de 12 de octubre, y demás disposiciones complementaria o de desarrollo de dichas normas.
El presente Pliego de Cláusulas Jurídicas y el Pliego de Prescripciones Técnicas, revestirán carácter contractual. Asimismo tendrán carácter contractual la oferta técnica del adjudicatario, en todo lo que no contradiga o empeore las condiciones recogidas en los documentos antes indicados, y el documento en que se formalice el contrato.
Asimismo serán de aplicación las siguientes normas:
• Real Decreto 2207/1995, de 28 de diciembre, por el que establecen las normas de higiene relativas a los productos alimenticios.
• Real Decreto 3484/2002, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas. − Real Decreto 1712/1991, de 29 de noviembre, sobre Registro General Sanitario de Alimentos.
• Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero, por el que se regulan las normas relativas a los manipuladores de alimentos.
• Decreto 8/2002, de 23 xx xxxxxx, del Principado xx Xxxxxxxx, por el que se regulan los programas de formación en higiene de los alimentos en empresas del sector alimentario.
3.3 Régimen de Recursos
El presente contrato no está sujeto a regulación armonizada por lo que teniendo en cuenta el carácter de empresa pública de GISPASA, el orden Jurisdiccional civil será el competente para resolver cuantas cuestiones litigiosas surjan.
4 ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
El Consejo de Administración del GISPASA es el órgano de contratación, sin perjuicio de las facultades de delegación y encomienda de gestión que en su caso realice para la ejecución del presente contrato.
5 PERFIL DE CONTRATANTE Y OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN RELATIVA AL CONTRATO.
Los licitadores tendrán acceso al Perfil de Contratante en xxx.xxxxxxx.xxxx, donde podrán obtener información sobre el presente contrato.
A través de esta Web, y asimismo como medio alternativo, en las oficinas de GISPASA sitas en la C/ Xxxxxx Xxxxxxxx S/N – Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxx X- 0 x Xxxxxx -00000 Xxxxxx- Xxxxxxxx se podrá acceder a toda la documentación relativa a este contrato, Pliego de Cláusulas Jurídicas y Pliego de Prescripciones Técnicas, así como aquella documentación complementaria a que se refieran los mismos. Esta documentación estará a disposición de los interesados hasta el día anterior a la finalización del plazo de presentación de proposiciones por los licitadores.
Los organismos de los que se puede obtener información sobre las obligaciones relativas a fiscalidad, protección del medio ambiente y disposiciones vigentes materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales son los siguientes:
Fiscalidad: Agencia Estatal de Administración Tributaria: xxxx://xxx.xxxx.xx , y Ente Público de Servicios Tributarios del Principado xx Xxxxxxxx: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx
Protección del medioambiente: Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente: xxxx://xxx.xxxx.xx y Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Principado xx Xxxxxxxx (xxxx://xxx.xxxxxxxx.xx) .
Disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales: Servicio Público de Empleo Estatal (xxxx://xxx.xxxx.xx) Ministerio de Empleo y Seguridad Social: (http:// xxxx://xxx.xxxxx.xx/) Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (xxxx://xxx /xxxxx.xx), Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx: xxxx://xxxxxxxxxxx.xxx , Consejería de Economia y Empleo: xxxx://xxx.xxxxxxxx.xx e Instituto Asturiano de prevención de riesgos Laborales. xxxx://xxxxx.xxxxxxxx.xx.
6 PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.
6.1 Presupuesto base de licitación
• CANON DE EXPLOTACIÓN DE LA CAFETERÍA y VENDING (IMPORTE MÍNIMO): 8% sobre ventas (sin incluir IVA y demás impuestos - Anexo I).
• TARIFAS MÁXIMAS: Las Recogidas en Anexo XI.
Para el cálculo del cánon de explotación mínimo, se ha tomado como referencia los datos recogidos en el Anexo I al presente pliego, no obstante para el cálculo del cánon a abonar por el adjudicatario en cada periodo conforme a lo dispuesto en la Cláusula 19 del presente pliego se tomarán las ventas reales justificadas por el adjudicatario.
El Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable al cánon a abonar por GISPASA, conforme a la Ley 37/1992, de 28 de diciembre del Impuesto sobre el Valor Añadido, en sus artículo 91 y siguientes, es del tipo impositivo legal general del 21 por 100, (o porcentaje que se establezca en su caso).
A todos los efectos, se entenderá que el presupuesto base de licitación comprende además de todos aquellos gastos directos e indirectos que el contratista deba realizar para la normal ejecución del contrato, como son los generales, financieros, beneficio, seguros, transporte y desplazamientos, honorarios del personal técnico a su cargo, de comprobación y ensayo necesarios y cualesquiera otros que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes y el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Sin perjuicio de aquellos otros derivados de la gestión normal del contrato y aquellos que se recogen en los presentes pliegos y no se detallan en la presente cláusula, se enumeran los siguientes gastos que correrán por cuenta del adjudicatario:
1. El adjudicatario se compromete, sin coste adicional para GISPASA, a la prestación del servicio de alimentacion de personal xx xxxxxxx y otro personal autorizado del Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx. Se indica que en promedio, para un período de un año, el número de servicios solicitados para personal xx xxxxxxx y otro personal autorizado del HUCA es el siguiente: Desayunos: 32.200 / Comidas: 50.400 / Cenas: 37.200. El coste estimado es de aproximadamente 200.000 € anuales.
2. Gastos derivados de las obras de acondicionamiento e instalación de los equipos derivadas de la ejecución del proyecto de instalación que elaborará y ejecutará el adjudicatario. Dentro de dichos gastos se incluirá la coordinación de seguirdad de las obras a realizar y el coste de todas las licencias preceptivas para dichas obras.
3. Todos los gastos tanto administrativos (permisos, licencias, etc.) como técnicos que sean necesarios para la instalación y puesta en marcha de los equipos necesarios, y las instalaciones a los efectos de la explotación del servicio objeto de contratación dentro de la legalidad vigente.
4. Gastos de los controles bromatológicos, de calidad general y de limpieza que, en razón de los servicios que presta y con la periodicidad que se determine, haya de someterse, a fin de garantizar la calidad e idoneidad de los servicios objeto del contrato, estos controles se realizarán mensualmente o cuando el responsable designado a tal efecto por la dirección del hospital los solicite.
5. Coses derivados de las licencias de uso iniciales y su mantenimiento del Software de Gestión Integrado de Infraestructuras y Equipamiento Sanitario de GISPASA que utilizará para la gestión de las incidencias o averías que se produzcan a lo largo del periodo contractual (estimados entre 3.000 € y 300
€ anuales respectivamente).
6. El adjudicatario correrá con los gastos derivados de la gestión de residuos hasta el muelle de recogida que le sea indicado por GISPASA, no obstante no abonará a GISPASA los importes correspondientes a los consumos de agua, agua caliente sanitaria, basuras, gas y energía eléctrica que aquél realice en la prestación de su servicio..
7. Las líneas telefónicas, conexiones a internet o cualquier otro servicio de voz, datos o comunicaciones en general, de uso externo que necesite el adjudicatario, serán enteramente a su cargo.
8. Los costes derivados de la línea telefónica exterior correrán por cuenta exclusiva del adjudicatario. El cableado de todas las líneas desde las cafeterías hasta el Rack de comunicaciones más próximo correrá a cargo del adjudicatario. Cualquier sistema de ADSL, RDSI o cualquier otro sistema de telecomunicación que necesite el adjudicatario para su gestión será por cuenta exclusiva del adjudicatario.
6.2 Valor estimado del contrato
El valor estimado del presente contrato, XXX excluido, asciende a 400.000 € (IVA Excluido). Dicho importe viene determinado por el resultado de aplicar el canon del 8% al volumen de ventas anual previsto para el nuevo HUCA en 2014 (3.000.000 €) y deducido el coste anual previsto del servicio de alimentacion de personal (200.000 €), por el plazo de duración de 10 años previsto en el presente contrato ((8%X3.000.000)- 200.000).
6.3 Precio de adjudicación
El precio de adjudicación del contrato será el que resulte de la oferta efectuada por el licitador adjudicatario incluido el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que en cualquier caso pueda corresponder, de conformidad con la Ley reguladora de dicho impuesto, y que se indicará como partida independiente en la proposición económica, incluyendo además toda clase de tributos que le sean de aplicación según las disposiciones vigentes y los que pudieran establecerse durante la vigencia del contrato.
El citado precio comprenderá tanto el canon a percibir por GISPASA como las tarifas de precios recogidas en la proposición económica del licitador adjudicatario.
7 PLAZO DE EJECUCIÓN Y LUGAR DE ENTREGA.
7.1 Plazo de ejecución del contrato
El plazo máximo de ejecución para la prestación del servicio de hosteleria y venta automatizada es de 10 años a partir de la puesta en funcionamiento del nuevo Complejo Hospitalario con pacientes y personal (desde el traslado completo del personal y hospitalizados), ello sin perjuicio de los plazos parciales que se establecen en el siguiente apartado en lo que respecta a las prestaciones accesorias al presente contrato.
7.2 Plazos parciales
• Entrega del proyecto de ejecución de las instalaciones: 30 dias naturales desde la firma del contrato
• Puesta en funcionamiento del equipamiento de máquinas expendedoras (Vending): 90 días naturales desde la firma del contrato.
• Presentación de plan de mantenimiento integral de los equipamientos e instalaciones a su cargo: 90 días naturales, desde la finalización de las obras.
• Ejecución de las obras de instalación, equipamiento y amueblamiento de los locales: 100 días desde la firma del contrato.
Transcurridos 100 dias desde la firma del contrato las dependencias deberán quedar disponibles para el servicio. No obstante, el comienzo de la prestación a partir de la cual empieza a contar el plazo de ejecución de 10 años será el día de la apertura completa del nuevo HUCA. Si se comenzase la actividad por aperturas parciales, el adjudicatario estará obligado a atender parcial o totalmente el servicio de cafetería que le sea requerido.
Al tratarse de un nuevo Hospital, y dada la complejidad de todo el proceso, la instalación de los equipamientos debe estar en estrecha relación con GISPASA como propietaria del Hospital. Si por las razones anteriores la propiedad se viese en la obligación de retrasar puesta a disposición de los servicios contratados, el adjudicatario deberá instalar los equipamientos y sus componentes actualizados a la nueva fecha de puesta a disposición, incluso, actualizando los modelos si estos hubiesen cambiado.
7.3 Prórroga del contrato.
No se prevéen prórrogas.
7.4 Lugar de prestación de los servicios
Los servicios se llevarán a cabo en las dependencias del Nuevo Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx, en los plazos que se indican en el presente Pliego.
8 SEGUROS.
El contratista o proveedor estará obligado a suscribir, con anterioridad a la formalización del contrato y con certificado de su vigencia, un Seguro de Responsabilidad Civil para cubrir las reclamaciones de terceros, entendiéndose como tales todos los usuarios de los servicios, derivadas de la ejecución de las obligaciones que se deriven de este contrato por daños materiales o personales y sus consecuencias.
Esta póliza deberá incluir las siguientes provisiones:
1. Cualquier subcontratista que intervenga en la ejecución de los trabajos deberán ser incluidos como asegurados en la misma. Se debe incluir como asegurados y beneficiarios a GISPASA y al HUCA y sin perder la condición xx xxxxxxx.
2. El límite de indemnización no podrá ser inferior a las siguientes cantidades:
• Para adjudicatarios de contratos superiores a 7.000.000 €, el límite de la indemnización no podrá ser inferior a 6.000.000 de euros por siniestro.
• Para adjudicatarios de contratos entre 2.500.000 € y 7.000.000 € el límite de indemnización por siniestro no podrá ser inferior a 3.000.000 €.
• Para contratos entre 500.000 € y 2.500.000 € el límite de indemnización por siniestro no podrá ser inferior a 1.000.000 €.
• Para contratos inferiores a 500.000€ el límite de la indemnización por siniestro no podrá ser inferior a 600.000€.
Se incluirán expresamente las garantías de:
‐ Responsabilidad Civil General,
‐ Responsabilidad Civil Productos,
‐ Responsabilidad Civil por intoxicación alimentaria,
‐ Responsabilidad Civil Post-trabajos (siempre y cuando sea preciso),
‐ Responsabilidad Civil Patronal,
‐ Responsabilidad Civil derivada de la “Contaminación accidental de la atmósfera, agua o el suelo”, con los mismos límites generales.
El sub-límite por víctima en la garantía de Responsabilidad Civil Patronal, no podrá ser inferior inferior 150.000€ por víctima para contratos inferiores a 500.000€; no inferior a 180.000€ por víctima, para adjudicatarios de contratos entre 500.000€ y 2.500.000€; y no inferior a 300.000 € por víctima, para adjudicatarios de contratos superiores a 2.500.000 € frente a empleados de Contratista o los de sus subcontratistas, la garantía de Responsabilidad Civil Cruzada entre asegurados.
La garantía de Responsabilidad Civil por intoxicación alimentaria no podrá ser inferior a 600.000 €.
El seguro deberá estar vigente durante todo el tiempo de duración del contrato e incluirá asimismo el plazo de garantía del suministro.
3. En la póliza a formalizar deberá constar expresamente la prohibición de anularla o cancelarla, ya sea en parte o en su totalidad, bien por la adjudicataria bien por la aseguradora, sin comunicación previa a GISPASA que deberá realizarse con al menos 60 días de antelación a la efectividad de la rescisión. Asimismo deberá comunicarse con al menos 60 días de anticipación, cualquier incremento de franquicia o cualquier vencimiento anterior al que originalmente se tenía dispuesto así como cualquier reducción en límite de indemnización o cobertura, la cual nunca podrá establecerse por un límite inferior al establecido en los puntos anteriores.
4. El seguro deberá estar vigente durante todo el tiempo de duración del contrato e incluirá asimismo el plazo de garantía del suministro y el mantenimiento.
Los límites serán siempre considerados importes sin IVA y serán ajustados a cada fase del contrato (instalación y suministro y mantenimiento). Para los límites de la fase de mantenimiento, los límites se establecen teniendo en cuenta el importe de los servicios por un año.
La documentación acreditativa de la vigencia y cobertura de los seguros deberá presentarse en cualquier momento a requerimiento de GISPASA, durante el periodo de vigencia del contrato. La suscripción de estas pólizas no eximirá al contratista de las responsabilidades previstas en este pliego y en la legislación aplicable.
El Contratista se obliga a reparar los daños y responder por aquellos riesgos que no queden garantizados en la póliza de seguro descrita en esta cláusula.
Asimismo, el adjudicatario se compromete a contratar un Seguro de Daños, que cubrirá todos los daños que puedan ser ocasionados debido a la realización de sus obras e instalaciones. La póliza suscrita por el adjudicatario deberá cubrir obligatoriamente todas las actuaciones que se lleven a cabo durante la ejecución de las obras, de modo que se garantice cualquier consecuencia derivada de la seguridad del personal de las obras, profesionales del hospital y todas aquellas cosas y personas que, directa o indirectamente puedan verse afectados por la mismas
El adjudicatario deberá aportar documento acreditativo de haber formalizado una póliza de seguro por importe suficiente para cubrir las responsabilidades que puedan derivarse de la ejecución del contrato.
9 PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
El presente contrato se adjudicará mediante procedimiento ABIERTO y tramitación ordinaria. En el procedimiento abierto todo empresario podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.
El procedimiento abierto se tramitará conforme a lo establecido en el artículo 190 del TRLCSP en relación con el artículo 138 y siguientes del TRLCSP.
Para la selección del adjudicatario se tendrán en cuenta varios Criterios de Adjudicación que se determinan en la cláusula 14 del presente pliego.
GISPASA tendrá derecho a declararlo desierto siempre que no exista ninguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios establecidos en el Pliego, sin que ello determine ningún derecho a indemnización a favor de los ofertantes.
10 PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN.
El procedimiento se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) y en el Boletín Oficial del Estado.
Serán a cargo del adjudicatario los gastos de publicidad de la licitación del contrato tanto en boletines oficiales, como, en su caso, en otros medios de difusión, hasta el límite de 6.000 €.
11 APTITUD PARA CONTRATAR.
11.1 Condiciones generales
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato si sus prestaciones están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Los requisitos indicados en este apartado y en el siguiente deberán poseerse en la fecha de conclusión del plazo de presentación de proposiciones y mantenerse cuando se proceda a la adjudicación y formalización del contrato.
11.2 Empresas no españolas
Podrán concurrir, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o no signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la TRLCSP, en forma sustancialmente análoga. Se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
11.3 Uniones Temporales de Empresarios
Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
12 DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES.
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el presente Pliego de Cláusulas Jurídicas, su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas, sin salvedad o reserva alguna.
Cada licitador no podrá presentar más que una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. No se admitirán variantes o alternativas a los efectos del artículo 145.3 del TRLCSP. En este sentido, la posibilidad de mejorar aspectos del contrato ofertando las prestaciones adicionales que se detallan en los criterios de valoración recogidos en el Anexo IX, no autoriza al licitador a presentar diversas proposiciones.
Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal.
La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
Cualquier mejora citada en la proposición técnica se ejecutará por el adjudicatario sin contraprestación por parte de GISPASA, por lo que no supondrá un incremento del precio del contrato.
12.1 Lugar de presentación.
La documentación exigida se presentará conforme a lo previsto en las Instrucciones Internas de Contratación de GISPASA disponibles en el Perfil de Contratante (xxx.xxxxxxx.xxxx), pudiendo presentarse en mano en las oficinas de GISPASA, indicadas en el Perfil de Contratante dentro del plazo señalado en el anuncio de licitación.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por GISPASA con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
La entrega de la documentación a una empresa de mensajería no equivale a la presentación en oficinas de Correos, por lo que la misma deberá tener entrada en las oficinas de GISPASA dentro del plazo indicado en el anuncio de licitación.
12.2 Plazo de presentación.
El plazo para presentar proposiciones será el que establece el anuncio de licitación del contrato en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
12.3 Forma de presentación.
La documentación exigida se presentará de la siguiente forma: en CUATRO sobres junto con la solicitud de participación, que irá fuera de los sobres y que figura como Xxxxx XX xxx xxxxxx. Copia de esta última sellada con el registro de entrada, le será entrega al licitador si lo solicita.
Los CUATRO SOBRES deberán estar cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente. En cada uno de ellos se harán constar su título, la licitación y el nombre y apellidos o razón social de la empresa, el domicilio social, dirección de correo electrónico, teléfono y fax a efectos de comunicaciones. En el interior del sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente.
Toda la documentación deberá presentarse en castellano. Cuando no esté redactada originalmente en castellano, traducida de forma oficial a esta lengua. En el caso de presentarse alguna documentación en otro idioma o lengua sin la traducción correspondiente, GISPASA se reserva la facultad de no considerar dicha documentación.
Los importes o cifras económicas se expresarán en euros.
El licitador podrá presentar la documentación exigida en original o copia de la misma, debidamente autentificada por autoridad o funcionario público, por Notario o por personal de GISPASA. Adjudicado el contrato, la documentación del sobre nº 1 quedará a disposición de los licitadores. Transcurrido el plazo de tres meses desde la notificación de la adjudicación sin que se haya procedido a su recogida, GISPASA podrá acordar su destrucción.
Las ofertas técnicas se presentarán en papel y en soporte digital en formato “.pdf” y “.xls”, que permita hacer búsquedas. El licitador deberá proporcionar a GISPASA esa documentación en un soporte digital editable como Excel, Microsoft Project, Word, etc (que será necesariamente el formato de los formularios que se encuentran en la página Web de GISPASA para ser descargados).
Los sobres contendrán:
• Sobre nº 1: la documentación exigida para tomar parte en la licitación
• Sobre nº 2: Proposición Técnica – Criterios cualitativos
• Sobre nº 3: Proposición Económica
La inclusión de información en cualquier otro sobre que no sea el adecuado (incluyendo la información en soporte digital), dará lugar a la exclusión del licitador.
Cada licitador no podrá presentar más que una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. No se admitirán variantes o alternativas a los efectos del artículo 145.3 del TRLCSP. En este sentido, la posibilidad de mejorar aspectos del contrato ofertando las prestaciones adicionales que se detallan en los criterios de valoración recogidos en el Anexo IX, no autoriza al licitador a presentar diversas proposiciones.
Cualquier mejora citada en la proposición técnica se ejecutará por el adjudicatario sin contraprestación por parte de GISPASA, por lo que no supondrá un incremento del precio del contrato.
12.4 SOBRE Nº 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
En dicho sobre deberán incluirse los siguientes documentos:
12.4.1 Relación enumerada.
Se incluirá como Primer documento del sobre 1, una relación enumerada de su contenido. El modelo a utilizar figura en el Anexo III. En el referido documento el licitador deberá remarcar la documentación que efectivamente incluye en el sobre, señalándose el apartado correspondiente en el que se encuentra conforme a la nomenclatura referida en el citado Anexo.
12.4.2 Requisitos que acrediten la personalidad, capacidad y representación de la empresa.
La capacidad se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
Si se trata de empresarios individuales, su capacidad de obrar se acreditará mediante el documento nacional de identidad o en su caso, el documento que haga sus veces.
En el caso de empresarios no españoles: si son nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante su inscripción en los Registros o las certificaciones que se indican en el anexo IX B de la Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 31 xx xxxxx de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministros y de servicios (DO L 134, de 30 xx xxxxx de 2004). Los demás empresarios extranjeros deberán aportar un informe o informes de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa en que se haga constar:
1º.- Que, previa acreditación de la empresa, figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
2º.- Que su Estado de procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la TRLCSP, en forma sustancialmente análoga. Se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. La condición de Estado signatario se acreditará mediante informe de la citada representación diplomática española.
Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán acreditar la capacidad de cada uno de ellos conforme a los medios señalados e indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, deberán acompañar también poder acreditativo de su representación, declarado bastante por el Departamento Jurídico de GISPASA. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil o, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil. Al poder bastanteado se acompañará copia del documento nacional de identidad (o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente) del representante
La representación del empresario se acreditará mediante la remisión de poder acreditativo, bastanteado previamente por GISPASA.
12.4.3 Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar y cumplimiento de obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Esta declaración (Anexo IV.I) incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias (tanto con el Estado como con el Principado xx Xxxxxxxx) y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que el propuesto como adjudicatario deberá presentar, a los efectos de la formalización del contrato, la documentación de hallarse al corriente en las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
12.4.4 Requisitos que acrediten la solvencia económica y financiera.
La solvencia económica y financiera de la empresa se podrá justificar por cualquiera de los siguientes medios:
1. Declaración sobre el volumen global de negocios realizados por la empresa y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondientes al objeto del contrato a cuya licitación se presenta, referidos a los tres últimos ejercicios, o periodos anuales transcurridos desde su constitución, si la empresa tiene antigüedad inferior a tres años. Se adjunta modelo de declaración como Anexo IV.II al presente.
Esta solvencia se considera acreditada por las entidades que presenten una cifra de negocios global igual ó superior al 30% de las Ventas promedio anuales estimadas en el Anexo I, por lo tanto será necesario acreditar
900.000 € de ventas anuales durante los tres últimos ejercicios.
2. Declaración apropiada por una entidad financiera acerca de la solvencia económica y financiera de la entidad para llevar a cabo el objeto del contrato a cuya licitación se presenta, debiendo constar expresamente la referencia del contrato así como su importe de licitación.
A estos efectos y en caso de que el licitador se presente bajo la forma de unión temporal de empresarios, podrá ser acreditado el cumplimiento de los requisitos por cualquiera de los miembros de la UTE o de forma conjunta, acumulándose las características acreditadas por cada uno de ellos.
Para acreditar la solvencia necesaria el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios.
12.4.5 Requisitos que acrediten la solvencia técnica o profesional.
La solvencia técnica o profesional de la empresa se justificará mediante la aportación de la siguiente documentación:
• Relación de los principales servicios prestados de hosteleria y venta automatizada indicando su importe en términos de ventas anuales, fechas y destinatario público o privado de los mismos:
Dicha relación se ajustará al siguiente cuadro:
Servicios | Fechas | Importe | Destinatario | presenta certificado acreditativo (s/n) | nº identificativo del certificado |
Como mínimo, se acreditará mediante la aportación de tres certificados positivos sobre la calidad de la ejecución de actividades de hostelería y al menos 2 contratos de instalación de maquinas de autoventa similares a las que constituyen el objeto del contrato. En este sentido, se considerarán similares las máquinas de autoventa destinadas a hostelería .
Acreditación del Requisito: Estos suministros se acreditarán:
• Cuando el destinatario sea una entidad del sector público: mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente
• Cuando el destinatario sea un comprador privado: mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
Para acreditar la solvencia necesaria el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios.
12.4.6 Compromiso de adscripción de medios
Se adjuntará un compromiso de adscripcion de medios materiales y personales conforme al modelo que figura en el Anexo IV. IV).
12.4.7 Sumisión a la jurisdicción de Juzgados y Tribunales españoles para empresas extranjeras
Las empresas extranjeras, deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
12.4.8 Registros de Licitadores (opcional)
De conformidad con lo establecido en el Decreto 2/1998, de 15 de enero, por el que se crea el Registro de Documentación Administrativa de Licitadores, la inscripción en el
No obstante los licitadores que utilicen este medio de acreditación deberán presentar además del certificado del referido registro, las escrituras de poder en favor de las personas que ostenten la representación de la empresa, bastanteadas por el Departamento Jurídico de GISPASA.
A cualquiera de estos certificados deberá acompañarse una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el mismo no han experimentado variación. Estos certificados no se incorporarán de oficio por el órgano de contratación
12.4.9 SOBRE Nº 2 PROPOSICIÓN TÉCNICA - ASPECTOS CUALITATIVOS.
La Proposición Técnica se presentará en sobre cerrado en el que se incluirá la siguiente documentación y que deberá entregarse con el siguiente título: “ SOBRE Nº 2 PROPOSICIÓN TÉCNICA - ASPECTOS CUALITATIVOS.”
Los criterios de valoración utilizados para puntuar las distintas ofertas son los especificados en el Anexo IX del presente Xxxxxx. Dichos criterios suponen la traducción a un valor numérico de un juicio de valor técnico sobre la característica objeto de valoración.
Toda vez que los criterios tratan de evaluar la cualidad de alguna característica técnica, se tendrá en consideración, además de aquellos valores numéricos o descripciones de propiedades relacionadas con la característica a evaluar, la repercusión que tiene la misma, a juicio de los especialistas que realicen la valoración, sobre el sobre resultado final que se pretende con el producto a suministrar, en el Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx. En particular sobre la eficacia y eficiencia de dicho proceso y sobre la versatilidad que a éste aporta su dominio de aplicación.
Para la valoración de estos criterios cualitativos la mesa de contratación podrá designar un Comité de Valoración, conformado por un mínimo de 3 miembros de reconocida cualificación en la materia, que emitirá el informe o informes técnicos que se consideren oportunos para valorar las proposiciones técnicas en función de los criterios de adjudicación del contrato, entregándose al órgano encargado de su valoración la documentación contenida en el mismo, dejando constancia documental de todo lo actuado.
Cualquier mejora citada en la proposición técnica se ejecutará por el adjudicatario sin contraprestación por parte de GISPASA, por lo que no supondrá un incremento del precio del contrato.
Aquellos aspectos o documentos que no estén incorporados en el sobre nº 2 se tendrán por no presentados a los efectos de su valoración por lo que únicamente se valorarán aquellos aspectos o documentos de carácter cualitativo incluidos en este sobre.
En este sobre no deberán constar los datos que se solicitan en el sobre nº 3 , ya que su inclusión daría lugar a la exclusión del licitador.
Este sobre contendrá la siguiente documentación específica :
Se incluirá como Primer documento del sobre 2, una relación enumerada de su contenido. El modelo a utilizar figura en el Anexo VII. En el referido documento el licitador deberá remarcar la documentación que efectivamente incluye en el sobre. Asimismo toda la documentación deberá estar paginada y deberá completarse en la relación enumerada las páginas que comprende cada uno de los documentos presentados.
12.4.9.2 Memoria Descriptiva del Servicio
Se adjuntará una memoria sobre la ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO que deberá exponer la organización que prevé incorporar para la gestión del servicio. Deberá aportar información especialmente sobre los siguientes apartados::
1. Organización de carteleras de trabajo y distribución de personal por turnos en: cafeterías, cocina y limpieza.
2. Estructura organizativa propuesta para el servicio. Plan de formación para el personal adscrito al servicio: deberá aportarse ficha individualizada de las acciones formativas a realizar, indicando: programa, personal a quien se dirige, duración, y cronograma.
3. Calidad, seguridad y medio ambiente:
3.1. Plan de calidad (medidas propuestas para la mejora de la calidad del servicio contratado, sistemas de calidad, encuestas de satisfacción, indicadores de seguimiento propuestos).
3.2. Sistema de homologación y control de proveedores
3.3. Sistema de reclamaciones: detalle del sistema de gestión de reclamaciones a implantar, tanto en cafeterías (público y personal) como en máquinas vending.
3.4. Plan de seguridad alimentaria (medidas preventivas y controles a aplicar, sistema APPCC).
3.5. Plan de mantenimiento y conservación de instalaciones.
3.6. Plan de Gestión Ambiental.
4. Menús de cafeterías: composición, variedad, rotación de menús.
Deberá presentarse programación para 14 días y fichas individualizadas de todos y cada uno de los platos incluidos, según la descripción que se detalla en ese apartado.
Gama de productos a ofrecer en las cafeterías, tanto de público como de personal, indicando categorías y clasificación comercial.
Oferta gastronómica complementaria: jornadas temáticas, menús especiales, catering de autor en jornadas especiales, etc.
Contenido de las Fichas técnicas de los platos que se elaborarán en la prestación del servicio.
• Menú del día para el mediodía: cinco primeros platos, que rotarán cada
10 días, a elegir. Al menos uno de ellos contendrá ensalada verde variada envasada. Cinco segundos platos a elegir que rotarán igualmente cada 10 días de los cuales uno de ellos deberá ser pescado y otro de plancha. Cuatro postres, uno de los cuales deberá ser fruta natural. Se incluirá en el menú bollo de pan integral o normal y agua mineral de 1,5 litros o pequeña a elegir.
• Menú del día para la cena compuesto por un primero, un segundo plato y postre a elegir entre tres de los cuales al menos uno será fruta fresca.
• Platos combinados: Deben ofertarse como mínimo diez, que estarán disponibles desde las doce horas hasta las veintidós horas y treinta minutos. La información sobre estos platos deberá figurar en lugar visible con una presentación adecuada. Incluirá en el precio el pan y botellín de agua mineral.
• Propuesta de platos especiales, así como menús infantiles.
• Bocadillos y pinchos: Disponibles desde la apertura de las cafeterías hasta el cierre de las mismas. Al menos diez deberán ser calientes y la presentación se hará en un expositor adecuado protegiendo el producto de la manipulación por parte de los clientes.
• Menús especiales (que, como mínimo, contemplarán la cena xx Xxxxxxxxxx, el almuerzo xx Xxxxxxx, la cena de Fin de Año, el desayuno y almuerzo del día xx Xxxxx). Por estos menús de días especiales no se podrá repercutir coste adicional alguno a Gispasa.
La rotación de menús propuestos se realizará de tal manera que se evite en todo caso la repetición de los mismos en, al menos, 15 días.
Se incluirá un ejemplo de menús mensual de comidas y cenas, de invierno y verano, con sus precios de menú para visitantes, trabajadores y universitarios.
5. El licitador especificará de forma detallada en su oferta la plantilla de personal de que dispondrá para la prestación del servicio y su estructura organizativa que ha de ser la adecuada para mantener un óptimo nivel de calidad en los servicios objeto de contratación. Se detallarán los puestos de trabajo por categorías profesionales, según las clasificaciones aplicables al sector, expresando igualmente la distribución de los turnos de mañana y tarde, según cafeterías, cocina y limpieza.
Nota: Se aporta en anexo 4 al pliego de prescripciones técnicas el personal actualmente contratado por la empresa concesionaria del antiguo HUCA. El adjudicatario cumplirá fielmente las prescripciones que sobre subrogación en las obligaciones del anterior concesionario establezca la normativa vigente.
12.4.9.3 Memoria sobre equipamiento a instalar y amueblamiento
Se adjuntará una memoria que contenga al menos:
- Descripción detallada de los equipos a instalar en cocinas y resto de emplazamientos, sus características técnicas, su régimen de amortización y su calendario previsto de sustitución, caso de que sea de una vida útil inferior al plazo contractual, de forma que se garantice en todo momento que los equipos se encuentran en las condiciones exigidas para garantizar una adecuada prestación de servicio.
- Inventario de todo el mobiliario y resto de materiales a incorporar en el centro, haciéndose una valoración basada en los precios de coste y gastos asociados, ambos debidamente documentados por el adjudicatario.
- El diseño, estética, iluminación, etc., de las distintas tipologías de máquina expendedora serán parte de la propuesta de dotación del servicio. Posibilidad de utilizar medios de pago electrónico.
- Imagenes o infografías orientativas por tipología de agrupación de maquinaria y del rack previsto.
- Distribución prevista para las máquinas vending, tomando como referencia inicial los puntos disponibles previstos inicialmente por Gispasa, con carácter orientativo, y que se adjuntan como Anexo al Pliego de Prescripciones Técnicas.
- En la oferta técnica también se detallarán los productos y precios considerados en cada tipología de maquinaria.
12.4.9.4 Proyecto de Instalación
Se presentará proyecto de instalacion de las obras a ejecutar y el equipamiento necesario que contenga:
• Memoria.
• Calidades
• Mediciones orientativas
• Cuadro de vida útil de los equipos orientativo
• Cronograma de ejecución, con los trabajos específicos y los plazos a cumplir a partir de resultar adjudicatario, mediante un Diagrama xx Xxxx, que incluirá las siguientes Fases de Actividad :
- Fase preliminar : actividades de replanteo , suministro..
- Fase de instalación: actividades de montaje , conexionado..
- Fase de puesta en marcha: actividades de ajuste de parámetros..
• Documentación gráfica de la distribucion del equipamiento y mobiliario
Asimismo se determinarán las condiciones idóneas de instalación y los requisitos necesarios que deberá cumplir el Centro destinatario del equipamiento para el correcto funcionamiento del servicio a prestar, indicándose, al menos:
a) Las fuentes de suministro de energía necesarias, sus características y consumo estimado.
b) Las fuentes de gases y otros fluidos (refrigerantes, lavado, etc.) necesarios, sus características y consumo estimado.
c) Espacio físico útil necesario.
12.5 SOBRE Nº 3 PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
Contendrá exclusivamente la proposición económica firmada por el licitador o persona que le represente, y que habrá de ser redactada según el modelo que figura como Xxxxx XXXX al presente Xxxxxx.
Su presentación presume la aceptación incondicionada por el licitador del contenido de la totalidad de las cláusulas del presente pliego y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas particulares. A todos los efectos, se entenderá que el presupuesto base de licitación comprende todos los gastos directos e indirectos que el contratista deba realizar para la normal ejecución del suministro contratado. En ningún momento se podrán sobrepasar ninguno de los precios máximos de tarifa establecidos en el Anexo XI para el caso de publico y aquellos con la aplicación de un 15% de descuento para el personal del HUCA, que está reflejado en precios a enero de 2013 y que son los que deberá ofertar como máximo cada licitadora (en caso de decimales en el precio IVA incluido, se redondearán los precios a 5 céntimos a la baja. Ej: un artículo cuyo precio reducido al 15% fuera 93 céntimos se cobrarán 90 céntimos), por lo que los precios de aplicación caso de apertura de las Cafeterías en 2014 serán dichos precios incrementados en el importe de la revisión de precios según lo previsto en el presente pliego.
Cada licitador no podrá presentar más que una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. No se admitirán variantes o alternativas a los efectos del artículo 129.3 de la LCSP. En este sentido, la posibilidad de mejorar aspectos del contrato ofertando las prestaciones adicionales que se detallan en los criterios de valoración recogidos en el Anexo IX, no autoriza al licitador a presentar diversas proposiciones.
13 ACTUACIONES DE LA MESA DE CONTRATACIÓN.
13.1 Mesa de contratación
El Consejo de Administración podrá solicitar asimismo cuantos informes técnicos considere pertinentes.
13.2 Calificación de la documentación administrativa y selección de los licitadores.
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá a la apertura del sobre nº 1 y al examen y calificación de la documentación administrativa.
Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a las empresas afectadas mediante comunicación al fax o dirección correo electrónico que figuraran en dicha documentación o fueran conocidos, procediendo en caso contrario a hacerlos públicos a través del tablón de anuncios de GISPASA.
Se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia mesa de contratación, debiendo quedar constancia de todo lo anterior en la correspondiente Acta de la sesión.
La Mesa, una vez calificada la documentación del sobre Nº 1 y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
13.3 Apertura y valoración de las proposiciones y propuesta de adjudicación.
Finalizado el plazo de subsanaciones, se procederá a la apertura y examen de la documentación contenida en el sobre nº 2 “Proposición Técnica – criterios cualitativos”. La fecha de celebración de este acto es la establecida en el Anuncio de licitación. De producirse un cambio en la fecha la misma será comunicada a los licitadores a través del fax o dirección de correo electrónico facilitada.
La no presentación de la documentación solicitada en este apartado podrá originar la exclusión directa del licitador. Esto se producirá si la Mesa entendiera que la oferta técnica presentada, no reúne los requisitos mínimos exigidos para su estudio.
Una vez recibidos los informes por la Mesa de Contratación, tendrá lugar, en acto público que se celebrará en el lugar, día y hora a comunicar a los licitadores a través del fax o dirección del correo electrónico facilitado, la apertura del sobre nº 3 “Proposición Económica”. Al comienzo del acto público y antes de proceder a la apertura de los sobres, se comunicará el resultado de la valoración del sobre nº 2.
La Mesa de Contratación podrá solicitar, antes de emitir su clasificación por orden decreciente de las proposiciones presentadas, cuantos informes técnicos considere precisos. Igualmente, podrán solicitarse estos informes cuando sea necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas xxx xxxxxx.
14 CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
La adjudicación del contrato será de manera motivada a la oferta más ventajosa para GISPASA, sin que sea necesario que recaiga en el precio más bajo y sin perjuicio del derecho de GISPASA a declararlo desierto, sin que ello determine ningún derecho a indemnización a favor de los ofertantes.
Para la selección de los adjudicatarios se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
14.1 Valoración de las proposiciones técnicas.
Se valorarán las proposiciones técnicas a presentar por los licitadores - Sobre 2. PROPOSICION TÉCNICA – Criterios cualitativos, conforme a los criterios descritos en el Anexo IX.
Los aspectos incluidos en el sobre nº 2 – aspectos de la oferta técnica cuya ponderación dependa de un juicio de valor se valorarán según el desglose de criterios y sub-criterios que se refleja en el Anexo IX.
Se precisa que los licitadores alcancen un umbral mínimo de 25 puntos. El no alcanzar este umbral mínimo sera causa de exclusión del licitador.
Aquellos criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor se valorarán según el desglose de criterios y sub-criterios que se refleja en el Anexo IX.
En base a la observación realizada de la oferta cada uno de los apartados de la oferta técnica se puntuará de acuerdo a los baremos de puntuación indicados en el citado Anexo.
Únicamente se valorarán aquellos aspectos o documentos incorporados en este sobre.
Tal y como se señala en la cláusula 12.5, dichos criterios suponen la traducción a un valor numérico de un juicio de valor técnico sobre la característica objeto de valoración.
Toda vez que los criterios tratan de evaluar la cualidad de alguna característica técnica, se tendrá en consideración, además de aquellos valores numéricos o descripciones de propiedades relacionadas con la característica a evaluar, la repercusión que tiene la misma, a juicio de los especialistas que realicen la valoración, sobre el resultado final que se pretende con el servicio a prestar en el Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx. En particular sobre la eficacia y eficiencia de dicho proceso y sobre la versatilidad que a éste aporta su dominio de aplicación.
14.2 Valoración de las proposiciones económicas.
En esta fase de valoración será criterio de adjudicación la proposición económica con el desglose que se detalla en el Anexo IX.
La puntuación obtenida en cada apartado de la oferta técnica se transformará en la puntuación real aplicando las fórmulas matemáticas, y en su caso, los factores de
ponderación que figuran en la tabla de criterios de valoración incluida en el citado Anexo IX.
Para el cálculo de las puntuaciones relativas a las tarifas de las cafeterías, se tomará como referencia el precio ofertado IVA incluido.
14.3 Solución en caso de empates.
En el caso de que dos o más proposiciones recibieran idéntica puntuación y ésta fuera la mayor, tendrá preferencia la proposición presentada por aquella empresa que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tenga en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100. En este caso la mesa de contratación solicitará a las licitadoras con idéntica puntuación que presenten, en el plazo de tres días hábiles, la documentación necesaria para acreditar este extremo.
Si dicha circunstancia concurre en más de una empresa implicada en ese empate, la adjudicación se decidirá entre ellas conforme a los criterios que se expresan a continuación; si ninguna empresa se encuentra en la circunstancia antes señalada, la adjudicación se dilucidará entre todas las proposiciones empatadas.
En estos supuestos se decidirá la adjudicación a favor de la proposición que hubiera obtenido la más alta puntuación en el criterio de adjudicación (es decir, no en un sub- criterio) con mayor puntuación máxima prevista en este pliego; en caso de empate en dicho criterio, se recurrirá al siguiente criterio con la segunda mayor puntuación máxima prevista y así sucesivamente. Si hubieran obtenido la misma puntuación en todos los criterios de adjudicación, se solicitará, al menos, un nuevo informe técnico que se pronuncie sobre cuál de las ofertas entre las que se ha producido el empate es la más ventajosa. Cuando más de un criterio tenga la misma puntuación, tendrá preferencia el indicado en primer lugar en el pliego.
14.4 Ofertas con valores desproporcionados o anormales.
Se considerarán, en principio, desproporcionadas o anormales las ofertas económicas en lo que respecta al canon de explotación, que se encuentren en los siguientes supuestos:
1º. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea superior al presupuesto base de licitación en más de 30 unidades porcentuales.
2º. Cuando concurran dos licitadores, la que sea superior en más de 25 unidades porcentuales a la otra oferta.
3º. Cuando concurran tres o más licitadores, las que sean superiores en más de 15 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea inferior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 30 unidades porcentuales.
Cuando empresas vinculadas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio, presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación de este contrato, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de apreciación de ofertas anormales o desproporcionadas, la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de ofertas anormales o
desproporcionadas, respecto de las restantes ofertas formuladas por las empresas vinculadas
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto de las disposiciones relativas a la protección del empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que se vaya a realizar la prestación, o la posible obtención de una ayuda de Estado.
Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes mencionados en el apartado anterior, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, acordará la adjudicación a favor de la siguiente proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas, que se estime puede ser cumplida a satisfacción de Gispasa y que no sea considerada anormal o desproporcionada
14.5 Acuerdo del Órgano de Contratación.
GISPASA tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa, mediante la aplicación de todos los criterios de adjudicación, sin atender necesariamente al valor económico de la misma, o declarar desierto el concurso, motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios de adjudicación que figuran en el pliego
El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes, estableciéndose para ello el plazo máximo de dos meses a contar desde la apertura del sobre Nº 3. Dicho plazo se ampliará en 15 días hábiles en el supuesto de que la oferta mejor valorada se presumiera desproporcionada o anormal
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente:
• Certificación positiva en vigor de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado, o, en su caso, con la Hacienda Xxxxx correspondiente, debiendo presentar en este último supuesto, junto al certificado expedido por ésta en relación con sus obligaciones tributarias una declaración responsable en la que se indique que no están obligadas a presentar declaraciones tributarias periódicas a la Administración del Estado. Esta certificación deberá emitirse tanto a los efectos de la legislación de contratos de las Administraciones Públicas como a los efectos previstos en el artículo 43.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
• Documento de Alta en el I.A.E. o último recibo del I.A.E. completado con declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula en el epígrafe correspondiente.
• Certificación positiva en vigor del Ente Público de Servicios Tributarios del Principado xx Xxxxxxxx de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración del Principado xx Xxxxxxxx.
• Certificación positiva en vigor de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
• Constitución de la Garantía definitiva de un 5 por ciento del importe de adjudicación del contrato, excluido el impuesto sobre el valor añadido.
• Documentación acreditativa del abono de los gastos de publicación de la convocatoria de licitación.El importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato, tanto en boletines oficiales, como, en su caso, en otros medios de difusión, que debe abonar el adjudicatario no superará la cantidad de 6.000 euros, IVA y demás impuestos incluidos.
• Certificado de vigencia de las pólizas de seguro que figuran en el Pliego.
• Documentación relativa al cumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales (Anexo VI) (Cláusula 17.1.2.)
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
Conforme a lo previsto en artículo 153 del TRLCSP, el órgano de contratación de GISPASA podrá no comunicar determinados datos relativos a la adjudicación de este contrato cuando considere que la divulgación de esa información pueda ser contraria al interés público o perjudicar intereses comerciales de las empresas o la competencia xxxx entre ellas.
15 GARANTÍA DEFINITIVA.
El adjudicatario acreditará haber constituido a disposición de GISPASA una garantía definitiva por importe del cinco (5) por ciento (%) del importe del Canon total ofertado por el adjudicatario, excluido el impuesto sobre el valor añadido.
Cuando se constituya mediante aval o seguro de caución, la garantía deberá ser autorizada por apoderados de la entidad avalista o aseguradora que tengan poder suficiente para obligarla. Estos poderes deberán ser bastanteados previamente y por una sola vez por GISPASA. En el texto del aval o del certificado de seguro de caución se
hará referencia al cumplimiento de este requisito, debiendo ser verificado por el departamento jurídico de GISPASA previo a su presentación.
La garantía podrá prestarse en cualquiera de las siguientes formas:
• En efectivo o en valores de Deuda Pública: Se podrá constituir mediante el ingreso en la cuenta bancaria indicada por GISPASA de la cantidad correspondiente; su constitución se acreditará mediante un ejemplar del resguardo de la operación, en el que debe constar su objeto (“garantía del contrato de ……..”). Las garantías consignadas en efectivo se constituirán en moneda nacional y no devengarán interés.
La inmovilización registral de los valores se realizará de conformidad con la normativa aplicable debiendo inscribirse la garantía en el registro contable de conformidad con la Ley 24/1988, de 28 de julio, xxx Xxxxxxx de Valores.
El contratista instará de la entidad encargada de la llevanza del registro contable en el que se encuentre anotados los valores la inmovilización de los mismos. De dicha anotación se expedirá la correspondiente certificación, que será puesta por el interesado a disposición del órgano ante el que se constituya la garantía.
En la fecha de la inmovilización, los valores objeto de garantía deberán tener un valor nominal igual o superior a la garantía exigida, y tener un valor de realización igual o superior al 105 por 100 del valor de la garantía exigida.
Los valores afectos a la garantía deberán estar libres de toda carga o gravamen en el momento de constituirse la garantía y, posteriormente, no podrán quedar gravados por ningún otro acto o negocio jurídico que perjudique la garantía durante la vigencia de ésta. Los rendimientos generados por los valores no quedarán afectos a la garantía constituida.
• Mediante aval: Se considerará apto el aval prestado, en la forma y condiciones establecidas en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España y presentado ante GISPASA.
Para su admisión como garantía, los avales deberán reunir las siguientes características:
El aval debe ser solidario respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y pagadero al primer requerimiento de GISPASA
El aval será de duración indefinida, permaneciendo vigente hasta que GISPASA resuelva expresamente declarar la extinción de la obligación garantizada y la cancelación del aval.
Las entidades avalistas habrán de cumplir los siguientes requisitos:
1. No encontrarse en situación xx xxxx frente a GISPASA como consecuencia del impago de obligaciones derivadas de la incautación de anteriores avales. A este efecto, GISPASA podrá rehusar la admisión de avales provenientes de bancos o entidades que mantuvieren impagados los importes de avales ya ejecutados treinta días naturales después de haberse recibido en la entidad el primer requerimiento de pago.
2. No hallarse en situación de suspensión de pagos o quiebra.
3. No encontrarse suspendida o extinguida la autorización administrativa para el ejercicio de su actividad.
El cumplimiento de estos requisitos se acreditará por declaración responsable de la entidad avalista según el modelo que figura en el anexo V del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
• Mediante contrato de seguro de caución: Se podrá constituir la garantía por contrato de seguro de caución celebrado en la forma y condiciones que se establecen en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución, debiendo entregarse el certificado del contrato a GISPASA.
Para su admisión como garantía dicha entidad debe cumplir los siguientes requisitos:
1. No hallarse en situación xx xxxx frente a GISPASA como consecuencia del impago de obligaciones derivadas de la incautación de anteriores seguros de caución. A este efecto, GISPASA podrá rehusar la admisión de contratos de seguro de caución celebrados con entidades que mantuvieren impagados los importes correspondientes a contratos de seguro ya ejecutados treinta días naturales después de haberse recibido en la entidad el primer requerimiento de pago.
2. No encontrarse en situación de suspensión de pagos o quiebra.
3. No hallarse sometida a medida de control especial o extinguida la autorización administrativa para el ejercicio de su actividad.
El cumplimiento de estos requisitos se acreditará por declaración responsable de la entidad aseguradora según el modelo que figura en el anexo VI del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La garantía surtirá efectos hasta que el asegurado, o quien actúe en su nombre, autorice expresamente su cancelación o devolución.
El plazo de duración del seguro de caución como garantía será el de la obligación u obligaciones garantizadas. Si la duración de éstas superase los diez años, el Contratista vendrá obligado a prestar nueva garantía durante el último mes del plazo indicado, salvo que se acredite debidamente la prórroga del contrato de seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de GISPASA, en los términos establecidos en la Ley.
La garantía deberá constituirse en forma de certificado individual de seguro, con la misma extensión y garantías que las resultantes de la póliza. Dicho certificado individual deberá hacer referencia expresa a que la falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía, así como a que el asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
La garantía constituida se acreditará mediante la entrega a GISPASA del resguardo expedido por esos órganos.
En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, este deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación.
La garantía responderá de los siguientes conceptos:
• De las penalidades impuestas al contratista conforme al artículo 196.
• De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en el contrato, de los gastos originados a GISPASA por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones, y de los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento, cuando no proceda su resolución.
• De la incautación que puede decretarse en los casos de resolución del contrato, de acuerdo con lo que en él o en esta Ley esté establecido.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato de que se trate, o hasta que se declare la resolución de éste sin culpa del contratista.
Una vez transcurrido el plazo de garantía, si no resultaren responsabilidades, el contratista podrá solicitar la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía definitiva correspondiente a los trabajos de suministro e instalación de los equipos. En el caso de que la garantía se hubiera constituido por su importe total en un solo documento, no se procederá a su devolución o cancelación hasta que no se haya constituido formalmente una garantía por el importe correspondiente a los trabajos de mantenimiento integral que permita la devolución o cancelación de la anterior.
A los efectos de facilitar la cancelación o devolución de la parte proporcional de la garantía correspondiente a los trabajos de suministro e instalación de los equipos, la garantía podrá constituirse mediante dos documentos diferentes, cuyos importes serán proporcionales a los honorarios de suministro e instalación y de mantenimiento integral que constituyan el precio del contrato.
Finalizado el plazo de mantenimiento integral, se procederá a la devolución o cancelación de la garantía definitiva constituida para estos trabajos.
16 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se perfeccionará con su formalización.
A tal efecto el contrato no podrá formalizarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores, debiendo presentar el adjudicatario dentro del plazo de quince días naturales
desde la notificación de la adjudicación, la siguiente documentación, ello sin perjuicio de aquella otra que conste expresamente en el presente pliego:
- Formalización de la U.T.E. en escritura pública, en caso de acudir bajo esta forma jurídica.
- Acreditación del N.I.F. asignado a la U.T.E.
El contrato se formalizará en documento privado. No obstante, el contratista podrá solicitar la elevación del contrato a escritura pública, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
Se unirá al contrato que se formalice, como anexo, un ejemplar del presente Pliego de Cláusulas Jurídicas, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares (que deberán firmarse por el adjudicatario), cuyo contenido, junto con su compromiso de adscripción de medios, y su proposición entre la que figura la “Encuesta Técnica”, se considerarán parte integrante del mismo.
El desconocimiento del contrato, de los documentos anejos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, normas o pliegos de toda índole formulados por GISPASA que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al adjudicatario de la obligación de su cumplimiento.
Si las causas de la no formalización fueran imputables a GISPASA, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar, con independencia de que pueda solicitar la resolución del contrato.
17 EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, que no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a GISPASA, salvo que ésta hubiera incurrido en xxxx al recibirlos.
17.1 Derechos y Obligaciones Específicas de las Partes del Contrato.
17.1.1 Derechos del adjudicatario
El adjudicatario tendrá los siguientes derechos:
• Gestionar directamente la explotación del objeto del contrato.
• Percibir directamente de los usuarios del servicio el importe del mismo, según las tarifas aprobadas y a su revisión.
• Cualesquiera otros que le sean reconocidos por el TRLCSP u otras leyes o por la documentación que rige el presente contrato.
17.1.2 Obligaciones del adjudicatario
Sin perjuicio de las obligaciones recogidas en el pliego de prescripciones técnicas, el adjudicatario deberá cumplir las siguientes obligaciones.
17.1.2.1 Obligaciones generales
• Prestar el servicio con precisión y regularidad y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas.
• Cuidar del buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones.
• Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración.
• Dará servicio a cuantas personas lo soliciten y abonen la tarifa correspondiente, sin otra limitación que la derivada de la capacidad de la instalación.
• Llevar a cabo las obras e instalaciones objeto del contrato conforme a lo previsto en el presente pliego y el pliego de prescripciones técnicas.
• Conseguir licencias y permisos así como el pago de las tasas necesarias, incluso las relativas a la legalización, obras a realizar, puesta en marcha y funcionamiento de las instalaciones.
• Aportar y mantener el equipamiento y amueblamiento de los locales objeto de la prestación del servicio conforme a lo previsto en el presente pliego y el pliego de prescripciones técnicas.
• Así mismo deberá aportar, en los casos que proceda, el material auxiliar, vajilla, cristalería, lencería, cubertería, mobiliario y cualquier otro necesario para la debida explotación del servicio, no pudiendose utilizar piezas deterioradas. Será considerado depositario de todos los bienes muebles e inmuebles que la Administración ponga a su disposición para la ejecución del contrato, estando obligado a mantenerlos a su xxxxx y a conservarlos en perfectas condiciones de uso e higiene y a reintegrarlos a la misma al concluir el contrato.
• Deberá cumplir las obligaciones relativas al personal conforme a lo previsto en el presente pliego y en el pliego de prescripciones técnicas. El adjudicatario cumplirá fielmente las prescripciones que sobre subrogación en las obligaciones del anterior concesionario establezca la normativa vigente.
• El adjudicatario deberá explotar directamente el servicio, no pudiendo subrogar, subarrendar, ceder o traspasar, directa o indirectamente la explotación. Igualmente no podrá hacer uso del nombre de GISPASA en sus relaciones comerciales, laborales o de cualquier otra índole. Así pues, el personal necesario para la prestación integral del servicio será contratado por el adjudicatario, siendo de su cuenta el pago de todas las obligaciones derivadas de estos contratos (en materia legal, de convenios colectivos, etc.). y de seguridad y Salud
• Será responsable de la calidad técnica de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para
terceros de las omisiones, errores o métodos inadecuados en la ejecución del contrato.
• Deberá respetar y tener expuesta al público la lista de precios vigente en cada momento.
• Deberá guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
• La limpieza del local, enseres, menaje y zonas de influencia, mediante la instalación de papeleras, barridos frecuentes y sistemas de protección contra humos, malos olores, así como el cumplimiento de todas las normas vigentes de higiene y manipulación de alimentos.
• El contratista está obligado a tener en todo momento a disposición de los usuarios un talonario de hojas de reclamaciones o el modelo que la autoridad competente determine en cada momento, foliado y gestionar las incidencias según lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
• En cualquier caso, el contratista indemnizará a GISPASA de toda cantidad que viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este pliego, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa. Asimismo indemnizará aquellos daños y perjuicios que se pudiesen ocasionar a los usuarios del Servicio que fuesen provocados por su culpa o negligencia.
• El Adjudicatario está obligado a entregar a GISPASA, o a la empresa a la que ésta encargue el tratamiento de datos, cuantos registros le sean requeridos para la comprobación del correcto funcionamiento de la prestación, para la realización de cualquier notificación a la Autoridad Administrativa correspondiente, o para cualesquier otro trámite que GISPASA necesite realizar.
• Con el objeto de lograr una mejor calidad en el servicio a suministrar con los equipos, GISPASA establece unos Estándares de Calidad, de obligada observancia por parte de la empresa. El incumplimiento de los mismos facultará a GISPASA para imponer penalizaciones al adjudicatario, que serán cobradas por GISPASA en los términos establecidos en la Cláusula 22 “Penalidades por el retraso” del presente Xxxxxx.
17.1.2.3 Obligaciones documentales
• Con carácter mensual y, en todo caso, dentro de los primeros diez días de cada mes, la empresa adjudicataria realizará un informe mensual de las actividades realizadas tanto en la alimentación como a la explotación de la cafetería, cocinas y maquinaria de vending con el contenido previsto en la Cláusula 8.19 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
• Sin perjuicio del informe mensual, el adjudicatario reportará trimestralmente o con la periodicidad que en su caso sea determinada por GISPASA y según los medios por ésta definidos, informes sobre los trabajos y tareas efectuadas, el adecuado cumplimiento de los programas de mantenimiento, incidencias, limpiezas programadas, resultados bromatológicos, etc.
• El Adjudicatario está obligado a entregar a GISPASA, o a la empresa a la que ésta encargue el tratamiento de datos, cuantos registros adicionales sean requeridos para la comprobación del correcto funcionamiento de la prestación, para la realización de cualquier notificación a la Autoridad Administrativa correspondiente, o para cualesquier otro trámite que GISPASA requiera.
17.1.2.4 Cumplimiento de la legislación de Prevención de Riesgos Laborales y Control de Calidad y Medio Ambiente
17.1.2.4.1 Prevención de Riesgos Laborales
Además de lo previsto en el pliego de prescripciones técnicas, la empresa adjudicataria deberá satisfacer todo lo previsto, en su Sector, por la Reglamentación vigente de Prevención de Riesgos Laborales estando en posesión de cuantas acreditaciones legales sean necesarias. En especial, lo relativo a los principios de la acción preventiva (art.15 de la Ley 31/1995), información de los trabajadores (art.18 de la Ley 31/1955), formación de los trabajadores (art.19 de la Ley 31/1995), equipos de trabajo y medios de protección (art.17 de la Ley 31/1955),recabando cuando sea preciso de los fabricantes, importadores y suministradores para los equipos y medios de protección que precisen adquirir.
El adjudicatario deberá adherirse al Plan de Autoprotección diseñado por GISPASA para el HUCA debiendo aportar su propio plan de Emergencias de los locales en los que prestará el servicio dentro del Hospital.
El contratista podrá realizar los trabajos de control de seguridad y salud de las obras de instalación con sus propios medios y/o subcontratando total o parcialmente a otra u otras empresas estos servicios o su auditoría independiente.
A efectos de acreditar el cumplimiento de estos requisitos, el adjudicatario aportará la declaración jurada que se aporta como Xxxxx XX. Una vez adjudicado el contrato, como requisito imprescindible antes del comienzo de los trabajos, se deberá presentar ante GISPASA la siguiente documentación, sin perjuicio de aquella otra que detalle el Pliego de Prescripciones Técnicas:
1. Evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva para los trabajos a realizar.
1.1 Riesgos que pudieran afectar a sus trabajadores en nuestras dependencias, en el desempeño de sus funciones y la planificación de las medidas preventivas y de protección a aplicar, detallando:
- Relación de los equipos de trabajo a utilizar detallando su certificación.
- Protocolos, procedimientos o métodos a aplicar.
- Las situaciones que según establece el RD 604/2006 sea necesaria la presencia de recursos preventivos.
1.2 Riesgos específicos de las actividades a desarrollar por su empresa en el centro de trabajo de GISPASA que pueden afectar a terceros, que deberá incluir:
- Identificación de dichos riesgos y medidas preventivas y de protección a adoptar.
- Actividades o situaciones incompatibles.
2. Respecto a los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en nuestro centro de trabajo.
2.1. Acreditación por escrito de la información transmitida a los trabajadores, incluida la información facilitada por el Servicio de Prevención de GISPASA sobre los riesgos presentes en el centro de trabajo, medidas preventivas y medidas de emergencia.
2.2. Acreditación por escrito de la formación recibida por los trabajadores.
En caso de subcontratación, se hace extensivo las mismas obligaciones a la empresa subcontratista, siendo el contratista el responsable de su recopilación y entrega a GISPASA.
Dichos requisitos serán acreditados ante GISPASA, cuando sea requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva a la finalización y recepción del mismo.
17.1.2.4.2 Control de Calidad y Medio Ambiente
GISPASA es una empresa comprometida con la protección del medio ambiente y cumple con los requisitos de la norma UNE-EN ISO 14001:2004, disponiendo de los correspondientes certificados emitidos por AENOR. En consecuencia, GISPASA solicita y exige al contratista su colaboración en el cumplimiento de los procedimientos internos establecidos y en la correcta actuación ambiental, es decir, cumpliendo con la legislación ambiental aplicable a las actividades que desempeña, así como a otros requisitos que GISPASA suscriba.
El adjudicatario se comprometerá a acreditarse, implantar y mantener la certificación de los procesos que lleve a cabo con base en las Normas ISO- 9001, ISO-14001 e ISO- 22000 o equivalentes expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea. En el supuesto de no estar acreditado, la obtención del certificado se deberá realizar en un plazo no superior a los dos años tras la fecha de adjudicación.
El adjudicatario deberá cumplir las prescripciones técnicas que en materia de calidad se recogen en la Cláusula 8.5 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Sin perjuicio de lo dispuesto en aquella, la empresa adjudicataria deberá colaborar activamente con GISPASA en lo relativo a la vigilancia de los impactos ambientales asociados a su actividad y servicios, y en la obtención de datos relativos al seguimiento de aspectos ambientales derivados de la ejecución de este contrato (consumo de recursos, generación de residuos, vertidos, etc.).
Todo ello deberá llevarse a cabo mediante una competencia, concienciación y formación ambiental del personal adecuada, por lo que GISPASA pondrá a disposición del adjudicatario nuestro Sistema Integrado de Gestión (Calidad y Medio Ambiente) que incluyen entre otros temas la correcta gestión de residuos en las instalaciones del nuevo Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx, el consumo responsable y el funcionamiento del Sistema Integrado de Gestión.
La adjudicataria llevará a cabo un responderá de cualquier incidente medioambiental que causara. Para evitarlos adoptará con carácter general las medidas preventivas oportunas en especial las relativas a evitar vertidos indeseados, emisiones contaminantes, y abandono de cualquier tipo de residuo con extrema atención a la gestión de peligrosos.
A continuación se relaciona una lista no exhaustiva de algunas prácticas a las que el adjudicatario se compromete a asumir para conseguir una buena gestión ambiental.
• Limpieza y retirada final de envases, embalajes, basuras y todo tipo de residuos generados en la zona de trabajo (lo tramitará a través de gestor autorizado)
• Uso de contenedores y bidones en buen estado, debidamente sellados y señalizados.
• Segregación de los residuos generados, con especial atención de los considerados peligrosos.
• Previsión de derrames, y prohibición de proceder a cualquier vertido incontrolado.
• Informará inmediatamente al departamento de Calidad, Prevención y Medio Ambiente de cualquier incidente medioambiental que se produzca en el desarrollo de sus trabajos.
GISPASA se reserva el derecho de proceder a la paralización de los trabajos en caso de riesgo para los trabajadores.
17.1.2.5 Responsabilidad y confidencialidad.
17.1.2.5.1 Responsabilidad
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones o tareas realizadas, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
El adjudicatario será responsable de indemnizar por los daños y perjuicios que se cause, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros o a GISPASA como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.
En el supuesto de que los equipos adscritos a la ejecución del contrato se utilicen para fines fraudulentos o ilegales, la empresa adjudicataria incurrirá en las responsabilidades a que dicho uso diese lugar.
El empresario para utilizar materiales, suministros, procedimiento y equipo para la ejecución del contrato, deberá obtener las cesiones, permisos, autorizaciones y licencias necesarias de los titulares de las patentes, modelos y marcas de fabricación correspondientes, corriendo de su cargo el pago de las deudas o indemnizaciones por tales conceptos. El empresario será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial, debiendo indemnizar a GISPASA de todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones.
El contratista responderá de la correcta realización de los trabajos contratados y de los defectos que en ellos hubiere, sin que sea eximente ni le de derecho alguno la circunstancia de que los representantes de GISPASA los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones
parciales. El contratista quedará exento de responsabilidad cuando el trabajo defectuoso o mal ejecutado sea consecuencia inmediata y directa de una orden expresa del representante de GISPASA, en contra del parecer y asesoramiento, manifestado por escrito, del propio contratista.
17.1.2.5.2 Confidencialidad
El contratista mantendrá absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato, de carácter personal o no, que pudiera conocer con ocasión a la ejecución del contrato objeto del presente pliego.
El contratista no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato alguno sobre los resultados de los trabajos contratados sin autorización escrita del órgano contratante.
Las medidas que ha de adoptar el contratista para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos y documentación proporcionada por el órgano contratante son, con carácter enunciativo y no limitativo, las que, a continuación, se detallan:
a) No hacer públicas y mantener en la más absoluta confidencialidad las claves que se suministren a las personas del equipo de trabajo para acceso a los sistemas informáticos.
b) Garantizar la custodia y la no utilización por terceros de los medios que se puedan facilitar al equipo de trabajo para el acceso a las dependencias del Hospital.
c) Mantener toda la documentación proporcionada por el GISPASA y generada en relación con el trabajo que se desarrolle guardada convenientemente en los lugares que se habiliten al efecto.
d) Facilitar o realizar los procedimientos de salvaguardia de los productos que resulten del proyecto.
e) Guardar secreto profesional sobre la información que se ponga a disposición del equipo de trabajo.
f) No dar a la información facilitada un uso no previsto en el presente pliego.
g) Comunicar de forma inmediata a la persona designada como interlocutor por el órgano contratante cualquier sospecha o anomalía que pueda observarse en relación con el acceso o uso por parte de terceros de la documentación o cuentas de acceso a los equipos informáticos que maneje el equipo de trabajo.
h) Mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión a la ejecución del contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto, ni ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación.
i) No podrá transferir información alguna sobre los trabajos a personas o entidades no explícitamente mencionados en este sentido en el contrato, sin el consentimiento, por escrito de GISPASA.
La obligación de confidencialidad tendrá una duración indefinida, con independencia de la ejecución del contrato objeto del presente pliego.
El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esa obligación.
18 CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado de acuerdo con los términos de este Pliego y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y a satisfacción de GISPASA la totalidad del contrato.
GISPASA determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados.
GISPASA, podrá designar un responsable del contrato al que corresponderán las funciones atribuidas en el artículo 52 del TRLCSP.
Dentro de los tres meses anteriores a la finalización del contrato, GISPASA, adoptará las disposiciones encaminadas a la entrega del equipamientos, instalaciones y muebles, de forma que se verifique que aquellos se encuentran en el debido en el estado de conservación y funcionamiento adecuados, de acuerdo al artículo 283 del TRLCSP. En caso contrario GISPASA requerirá la subsanación de los defectos observados.
Si se demuestra incumplimiento por parte del contratista del cual se derivase perturbación grave y no reparable por otros medios en el servicio a prestar y la GISPASA no decidiese la resolución del contrato según lo previsto en la Cláusula 21 del presente pliego, ésta podrá acordar la intervención del mismo hasta que aquélla desaparezca. En todo caso, el contratista deberá abonar a GISPASA los daños y perjuicios que efectivamente le haya irrogado.
19 REGIMEN DE PAGOS Y REVISIÓN DE PRECIOS.
19.1 Régimen de pagos
19.1.1 Canon de explotación
Gispasa tendrá acceso a toda la red informática y TPV para el conocimiento de las ventas de forma inmediata.
El abono del cánon se efectuará TRIMESTRALMENTE, dentro de los siguientes treinta dias al cierre del trimestre correspondiente, previa expedición de la factura correspondiente a GISPASA, a contar desde enero del año en curso (enero-marzo, xxxxx- xxxxx, xxxxx-septiembre y octubre-diciembre), dando un previsión afinada oficial al 31 de diciembre para la contabilidad de la empresa. El adjudicatario procederá a efectuar el ingreso de la cantidad que corresponda en la cuenta corriente designada por GISPASA.
La obligación de abonar el canon tendrá efecto desde el día siguiente a la formalización del contrato.
El incumplimiento total o parcial del abono del canon, así como sus eventuales intereses de demora, constituirá causa necesaria de resolución del contrato.
19.1.2 Tarifas de cafetería y máquinas vending
• El adjudicatario percibirá directamente de los usuarios del servicio el importe del mismo, según las tarifas de precios aprobadas por GISPASA (Proposición Económica) y a su revisión, obligándose a mantener, durante el plazo de duración del contrato, todos los precios aplicados, cantidades y calidades de los artículos. Respecto de los precios, éstos deberán llevar incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.). Las tarifas de precios para personal del HUCA debidamente acreditado serán el resultado de aplicar el 15% de descuento sobre las tarifas aprobadas por GISPASA (en caso de decimales en el precio IVA incluido, se redondearán los precios a 5 céntimos a la baja. Ej: un artículo cuyo precio reducido al 15% fuera 93 céntimos se cobrarán 90 céntimos).
• El adjudicatario percibirá de GISPASA, el importe relativo a la facturación por servicios necesarios a eventos especiales que se organicen en el HUCA, si así le fuese demandado, aplicándose en su caso las tarifas del personal del HUCA. GISPASA se reserva la capacidad de contratar estos servicios especiales a otra empresa diferente al adjudicatario. Este importe se abonará por GISPASA al adjudicatario una vez comprobada la corrección de la factura remitida, procediendo a su pago dentro de los plazos previstos en la disposición transitoria sexta del TRLCSP, siendo ésta de aplicación al presente contrato.
La demora en el pago supondrá la obligación de GISPASA, de abonar al contratista, a partir del cumplimiento de los plazos señalados en el segundo párrafo de la presente cláusula, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
No obstante, si la demora en el pago se debiera al retraso en la recepción de la factura, el contratista no tendrá derecho al abono de los intereses de demora ni a la suspensión o resolución del contrato.Revisión de Xxxxxxx
19.1.3 Revisión de precios
La actualización del canon y de las tarifas de cafetería y vending se llevará acabo de acuerdo con la variación del I.P.C. tomando como referencia la fecha de adjudicación del contrato, sin que, no obstante, la revisión pueda superar el 85 por 100 de variación experimentada por el índice citado en dicho periodo. El IPC a aplicar será el IPC general.
Para el primer año los precios de aplicación en caso de apertura de las Cafeterías en 2014 serán los precios de la oferta adjudicataria incrementados en el importe de la revisión de precios según lo previsto en la presente clausula.
20 MODIFICACIONES DEL CONTRATO Y EQUILIBRIO ECONOMICO FINANCIERO
20.1 Modificaciones del Contrato
Cuando las modificaciones afecten al régimen financiero del contrato, GISPASA deberá compensar al contratista de manera que se mantenga el equilibrio de los supuestos económicos que fueron considerados como básicos en la adjudicación del contrato.En el caso de que los acuerdos que dicte GISPASA respecto al desarrollo del servicio carezcan de trascendencia económica el contratista no tendrá derecho a indemnización por razón de los mismos.
20.2 Mantenimiento del equilibrio económico del contrato
GISPASA deberá restablecer el equilibrio económico del contrato, en beneficio de la parte que corresponda, en los siguientes supuestos:
a) Cuando modifique, por razones de interés público y de acuerdo con lo establecido en el párrafo primero de la cláusula anterior, las características del servicio contratado.
b) Cuando actuaciones de GISPASA determinaran de forma directa la ruptura sustancial de la economía del contrato.
c) Cuando causas de fuerza mayor determinaran de forma directa la ruptura sustancial de la economía del contrato. A estos efectos, se entenderá por causas de fuerza mayor las enumeradas en el artículo 231 del TRLCSP.
d) Cuando se posponga la disponibilidad de las instalaciones, en función a la fecha de puesta en marcha del Hospital, hasta un máximo de 8 meses.
5. En los supuestos previstos en el apartado anterior, el restablecimiento del equilibrio económico del contrato se realizará mediante la adopción de las medidas que en cada caso procedan. Estas medidas podrán consistir en la modificación de las tarifas a abonar por los usuarios, la reducción del plazo del contrato y, en general, en cualquier modificación de las cláusulas de contenido económico incluidas en el contrato. Así mismo, en los casos previstos en los apartados b) y c) anteriores, podrá prorrogarse el plazo del contrato por un período que no exceda de un 10 por ciento de su duración inicial, respetando los límites máximos de duración previstos legalmente.
21 CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
21.1 Causas de resolución
1. Muerte o incapacidad sobrevenida del contratista siempre que no sea posible la continuación del contrato con los herederos o sucesores de aquél.
2. Extinción de la personalidad jurídica de la entidad. En los casos de fusión de empresas en los que participe la sociedad contratista, continuará el contrato vigente con la entidad absorbente o con la resultante de la fusión, que quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones dimanantes del mismo. Igualmente en los supuestos de escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad de las mismas, continuará el contrato con la entidad resultante o beneficiaria, que quedará subrogada en los derechos y obligaciones dimanantes del mismo, siempre que tenga la solvencia exigida al acordarse la adjudicación. .
3. Declaración de concurso, conforme a lo señalado en la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
4. Mutuo acuerdo entre GISPASA y el contratista.
5. La no aprobación del proyecto de instalación por parte de GISPASA según lo previsto en la cláusula 2.5 del presente pliego.
6. El incumplimiento por el contratista de cualquiera de las obligaciones recogidas en las cláusulas 17, 18, 19, 20, 22, 23, 24 y 25 de este Pliego o del compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello.
7. El desistimiento o la suspensión del suministro por un plazo superior al año acordados por GISPASA.
8. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados o la posibilidad cierta de producción de una lesión grave al interés público de continuarse ejecutando la prestación en esos términos, cuando no sea posible modificar el contrato conforme a lo dispuesto en el TRLCSP.
9. Uso fraudulento de la información sobre las ventas reales obtenidas en la prestación del servicio para el cálculo del canon a abonar a GISPASA
10. La demora superior a seis meses por parte de GISPASA en la entrega al contratista de la contraprestación o de los medios auxiliares a que se obligó según el contrato.
11. El rescate del servicio por GISPASA.
12. La supresión del servicio por razones de interés público.
13. La imposibilidad de la explotación del servicio como consecuencia de acuerdos adoptados por GISPASA con posterioridad al contrato.
14. La suma de tres actas de no conformidad a lo largo de la vigencia del contrato según lo previsto en la Cláusula 8.5.4 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
21.2 Aplicación y efectos de las causas de resolución.
21.2.1 Aplicación de las causas de resolución
Cuando la causa de resolución sea la muerte o incapacidad sobrevenida del contratista, GISPASA podrá acordar la continuación del contrato con sus herederos o sucesores, salvo disposición expresa en contrario de la legislación específica del servicio.
Por razones de interés público GISPASA podrá acordar el rescate del servicio para gestionarlo directamente.
21.2.2 Efectos de las causas de resolución
Los efectos de la resolución del contrato serán los siguientes:
a) En los supuestos de resolución, GISPASA abonará, en todo caso, al contratista el precio de las obras e instalaciones que, ejecutadas por éste, hayan de pasar a propiedad de aquélla, teniendo en cuenta su estado y el tiempo que restare para la reversión.
b) Con independencia de lo dispuesto en los apartados posteriores, el incumplimiento por parte de GISPASA o del contratista de las obligaciones del contrato producirá los efectos que según las disposiciones específicas del servicio puedan afectar a estos contratos.
c) En el supuesto del apartado 9 de la Cláusula 21.1 del presente pliego, el contratista tendrá derecho al abono del interés de demora previsto en la Ley por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales de las cantidades debidas o valores económicos convenidos, a partir del vencimiento del plazo previsto para su entrega, así como de los daños y perjuicios sufridos.
d) En los supuestos de los apartados 10 11 y 12 de la Cláusula 21.1 del presente pliego, sin perjuicio de lo dispuesto en el los apartados posteriores, GISPASA indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que se le irroguen, incluidos los beneficios futuros que deje de percibir, atendiendo a los resultados de la explotación en el último quinquenio y a la pérdida del valor de las obras e instalaciones que no hayan de revertir a aquélla, habida cuenta de su grado de amortización.
e) Cuando la resolución del contrato obedezca al mutuo acuerdo, los derechos de las partes se acomodarán a lo válidamente estipulado entre GISPASA y el contratista.
g) En el supuesto de demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista, por causas imputables al mismo, GISPASA podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades diarias fijadas en la cláusula 22 del presente Xxxxxx, sin perjuicio de lo dispuesto en esta cláusula para resolver el contrato si persiste la demora.
h) Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento del Contratista deberá, indemnizar a GISPASA los daños y perjuicios ocasionados. La indemnización se hará efectiva, en primer término, sobre la garantía que se hubiese constituido, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada.
22 PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO.
Con independencia de las responsabilidades en que el contratista pueda incurrir por la prestación de un deficiente servicio y las medidas que GISPASA pueda adoptar, se fijan las siguientes penalizaciones que se aplicarán de forma independiente para cada equipamiento:
1. Tiempo de respuesta del servicio técnico (TR):
Se define como el tiempo transcurrido entre la comunicación de una incidencia o avería hasta que un determinado equipo de especialistas esté en disposición física para proceder a su solución
2. Tiempo de rectificación de la avería o incidencia (TREC):
Es el tiempo que media entre el momento en que la persona pertinente acude a la sala y el momento en que se corrige el fallo.
A la hora de determinar el tiempo de rectificación de un equipamiento tenemos que distinguir entre:
• Reparación ordinaria: que deberá ser resuelta por el adjudicatario en un plazo no superior a 24 horas.
• Reparación de medio o alto alcance: Si por la índole de la avería la reparación requiriese mayor plazo, el adjudicatario deberá notificarlo razonadamente a GISPASA reservándose ésta la facultad de comprobación y autorización.
22.1 Penalidades sobre el incumplimiento de los plazos contractuales.
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro de los plazos fijados para la realización del mismo en la Cláusula 7 del presente Xxxxxx.
Las penalidades por xxxx afectarán al total del contrato, entendiéndose que existirá xxxx cuando alguna de las prestaciones se realicen fuera del plazo estipulado en el
La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación por GISPASA. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo hubiera incurrido en demora respecto al cumplimiento de los plazos previstos, podrá optar indistintamente por la resolución del contrato conforme a lo previsto en la cláusula 21 “Resolución del contrato” del presente Pliego o por la imposición de las siguientes penalidades sobre el importe total del contrato de suministro por cada día hábil de demora:
- Retraso superior a 8 días e inferior o igual a 30: 500 €/día. Al superarse el 8º día de retraso se computará el importe de la penalidad desde el día uno del retraso.
- Retraso superior a 30 días e inferior o igual a 45: 800 €/día, más la cantidad resultante de la aplicación del punto anterior.
- Retraso superior a 45 días e inferior o igual a 60: 1.000 €/día, más la cantidad resultante de la aplicación de los puntos anteriores.
- Retraso superior a 60 días: 1.500 €/día, más la cantidad resultante de la aplicación de los puntos anteriores o resolución del presente contrato por incumplimiento del contratista, sin perjuicio de la aplicación a la materia de las penalidades correspondientes.
Aún cuando GISPASA hubiere optado por la imposición de penalidades, de persistir el incumplimiento podrá en cualquier momento resolver el contrato, sin perjuicio de las penalidades ya devengadas.
22.2 Penalidades sobre el servicio a prestar
Tras el suministro, el adjudicatario está obligado al cumplimiento de las especificaciones de nivel de servicio que aparecen recogidos en el Anexo X del presente Pliego. El incumplimiento de estas obligaciones podrá implicar la imposición de penalizaciones.
Las penalidades se harán efectivas una vez finalizado el año natural mediante incremento de la facturación por prestación de servicios a realizar por GISPASA correspondiente al primer trimetre del año natural.
Fallos de calidad en el servicio (FC).
Suponen una infracción de la especificación de Nivel de Servicio acordada u ofertada, y/o de cualquier otra obligación que el adjudicatario tenga conforme al período de garantía ofertado, conforme a las especificaciones de nivel de servicio fijadas en el anexo X.
Los distintos tipos de Fallos de Calidad en el Servicio tienen niveles diferentes de importancia/repercusión sobre la entrega de servicios operativos, así cada una de las secciones del proceso de supervisión tiene asignada una prioridad:
1. Prioridad Alta
2. Prioridad Media
3. Prioridad Baja
Se tolerará en cada año un máximo de tres fallos de prioridad media y tres de prioridad baja sin que se apliquen penalizaciones.
Fallo de Calidad en el Servicio | Descripción | Cantidad de Deducción como cantidad fijada (IVA excluído) | |||||
Prioridad Alta | Cumplimiento criticas | de | las | obligaciones | legales | y | 500 € |
Prioridad Media | Realización de las obligaciones que son de alta importancia en la prestación del servicio | 225 € | |||||
Prioridad Baja | Cumplimiento de las obligaciones que son rutinarias para el adjudicatario en la prestación del mantenimiento de los equipamientos, pero no críticas. | 150 € |
22.3 Alcance de las penalidades y procedimiento para su imposición
Las penalidades se impondrán por acuerdo del Órgano de Contratación, adoptado a propuesta del Responsable del Contrato designado según lo previsto en las Instrucciones Internas de Contratación de GISPASA, que será inmediatamente ejecutivo.
Las penalidades serán compatibles con la exigencia, en lo que exceda de aquéllas, de la compensación de los daños y perjuicios sufridos por GISPASA con motivo del retraso imputable al contratista.
Para la imposición de penalidades, así como para la determinación de los daños y perjuicios, GISPASA podrá solicitar informe sobre las causas y alcance del retraso al responsable designado por el contratista y concederle audiencia durante, al menos, quince días hábiles, a fin de que presente las alegaciones y documentos que estime oportunos. Impuesta una penalidad mediante acuerdo de GISPASA, ésta se devengará de forma automática en función de la cuantía establecida. El acuerdo de GISPASA imponiendo la penalidad retrotraerá sus efectos al día en que, con arreglo a este pliego, se devengase la misma.
22.4 Certificado de excelencia a la calidad del servicio
Si el contratista realizase de forma totalmente satisfactoria la prestación del servicio, GISPASA extenderá un Certificado de excelencia a la calidad del servicio
23 PLAZO DE GARANTÍA Y RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA.
23.1 Plazo de garantía.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados GISPASA tendrá derecho a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente. Durante este plazo, el contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre la aplicación de los bienes suministrados.
La garantía de los equipamientos instalados incluirá todos los componentes del equipo, elementos auxiliares, instalaciones y piezas de repuestos mano de obra, desplazamientos, dietas y demás costes que puedan derivarse del cumplimiento de la misma con unos plazos de intervención en la asistencia técnica iguales a los ofertados para los contratos de mantenimiento. Asimismo se incluirán las actualizaciones de software. De igual forma, la garantía INCLUIRÁ LAS REVISIONES PREVENTIVAS de acuerdo al fabricante y las TECNICO-LEGALES. A tal efecto, en la documentación técnica, se deberá incluir el número y alcance de las revisiones.
Si GISPASA estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o tendrá derecho, en su caso a la recuperación del precio satisfecho.
La garantía total incluirá:
- La sustitución del equipo en caso de vicios o defectos importantes (materiales y de funcionamiento).
- Todas las operaciones correctivas necesarias para la reparación de averías defectos, incluidas todas las piezas de recambio.
- El mantenimiento preventivo, el correctivo y el técnico-legal de los equipos durante el periodo de garantía.
- Asimismo, están incluidos todos los costes y gastos de desplazamiento del personal del servicio de mantenimiento incluidos los desplazamientos de las revisiones preventivas y técnico-legales. El adjudicatario entregará al servicio técnico del Hospital las hojas de las revisiones en la cuales se especificarán las piezas sustituidas con sus referencias y se detallarán las intervenciones realizada.
Ante una solicitud de asistencia o de suministro de repuesto, el adjudicatario deberá responder conforme a los dos siguientes parámetros:
1. Tiempo de Respuesta: Definido como el tiempo transcurrido entre la comunicación de una incidencia o avería hasta que un determinado equipo de especialistas está en disposición física para proceder a su solución, no deberá ser nunca superior a 12 horas laborales.
2. Tiempo de rectificación de la avería o incidencia (TREC): Definido como el tiempo que media entre el momento en que la persona pertinente acude a la sala y el momento en que se corrige el fallo, dependerá del tipo de reparación a realizar, así distinguiremos:
- Reparación ordinaria: que deberá ser resuelta por el adjudicatario en un plazo no superior a 24 horas.
- Reparación de medio o alto alcance: Si por la índole de la avería la reparación requiriese mayor plazo, el adjudicatario deberá notificarlo razonadamente a GISPASA reservándose ésta la facultad de comprobación y autorización.
Los adjudicatarios se comprometen a que todos los trabajos de mantenimiento serán efectuados por personal especializado de la empresa.
Terminado el plazo de garantía sin que GISPASA haya formalizado alguno de los reparos señalados anteriormente, el contratista quedará exento de responsabilidad.
24 CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN.
24.1 Cesión
24.2 Subcontratación
El contratista no podrá concertar con terceros la prestación del servicio de hostelería.
Se permite la subcontratación respecto al suministro de máquinas vending y a las prestaciones accesorias (obras de instalación, equipamiento, amueblamiento y aquellas otras que no constituyen el servicio de cafeteria y restauración) del contrato. En este caso el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito a GISPASA la intención de celebrar subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia. Excepcionalmente la acreditación de la aptitud del subcontratista podrá realizarse inmediatamente después de la celebración del subcontrato si éste es necesario para atender a una situación de urgencia o que exija la adopción de medidas urgentes y así se justifique suficientemente.
Las prestaciones parciales que el adjudicatario subcontrate con terceros no podrán exceder 60 por 100 del importe de la adjudicación. Para el cómputo de este porcentaje máximo, no se tendrán en cuenta los subcontratos concluidos con empresas vinculadas al contratista principal, entendiéndose por tales las que se encuentren en algunos de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio.
La infracción de las condiciones establecidas anteriormente respecto a la subcontratación, así como la falta de acreditación de la aptitud del subcontratista o de las circunstancias determinantes de la situación de emergencia o de las que hacen urgente la subcontratación, podrá dar lugar, en todo caso, a la imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50 por ciento del importe del subcontrato.
25 TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES.
De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa al licitador de que los datos personales que proporcione con motivo de su participación en el procedimiento de licitación de este contrato se incorporarán a los ficheros corporativos de GISPASA y serán objeto de tratamiento automatizado para la gestión administrativa, económica y contable derivada del proceso de licitación.
Por otra parte, se informa al adjudicatario de que los datos personales que proporcione con motivo de su participación en el procedimiento de licitación, adjudicación, formalización, ejecución y extinción de este contrato se incorporarán a los ficheros corporativos de GISPASA y serán objeto de tratamiento automatizado para la gestión administrativa, económica y contable derivada del contrato.
Así mismo se informa a los licitadores y al adjudicatario de la posible cesión de dichos datos a otras entidades relacionadas con la prestación de servicios o gestión de proyectos de GISPASA, o auxiliares de éstas, en los términos previstos en la indicada Ley, así como a los órganos de las administraciones públicas competentes en materia tributaria, laboral y de Seguridad Social que los recaben de GISPASA.
Igualmente se les informa sobre la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos establecidos en la legislación vigente. El responsable del fichero es GISPASA – Antiguo Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx- Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxx X- 0x xxxxxx- X/Xxxxxx Xxxxxxxx x/x 00000. Xxxxxx (Xxxxxxxx), donde podrán dirigirse en persona o por escrito en el caso de que lo encontraran necesario.
La presentación de la solicitud de participación en el presente procedimiento, conllevará el consentimiento al tratamiento automatizado de los datos y su cesión en los términos establecidos en la presente cláusula.
Los licitadores y, en su momento, el adjudicatario deberán informar y recabar el consentimiento de su personal para el tratamiento y cesión de datos de carácter personal descritos en la presente cláusula.
26 CLÁUSULA ADICIONAL.
Los anexos que se relacionan a continuación constituyen parte integrante del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares:
ANEXO I. DATOS REFERENCIA CONTRATO
ANEXO II. MODELO SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN.
ANEXO III. RELACIÓN ENUMERADA DOCUMENTACIÓN SOBRE Nº 1 ANEXO IV. MODELOS DE DECLARACIÓN
ANEXO V. MODELOS DE GARANTIA ANEXO VI. DECLARACION JURADA
ANEXO VII. RELACIÓN ENUMERADA DOCUMENTACIÓN SOBRE Nº 2 XXXXX XXXX. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
ANEXO XI. PRECIOS MAXIMOS TARIFAS CAFETERIA Y MAQUINAS VENDING
No se encontraron elementos de tabla de contenido.
ANEXO I. DATOS REFERENCIA CONTRATO
Se adjuntan datos de volumen de ventas anuales y otros datos de referencia para el contrato:
Ventas estimadas Anuales | Total sin IVA |
HUCA ACTUAL (Datos 2012) | 2.650.000,00 € |
NUEVO HUCA (Datos previstos 2014) | 3.000.000,00 € |
200.000,00 €
Servicio de Alimentación al Personal xx Xxxxxxx anual
Otros datos | |
Superficies HUCA actual | m2 |
Cafeterías Público | 560,33 |
Cafeterias Personal | 344,86 |
Total | 905,19 |
Nº sillas HUCA actual | |
Cafetería Público | 380 |
Cafeteria Personal | 270 |
Total | 650 |
Datos HUCA actual (según memoria SESPA 2010) | |||
Camas en funcionamiento | 1.160 | ||
Quirófanos | 30 | ||
Consultas | 235 | ||
Personal: | |||
Estimación | |||
Personal: | 5.326 | trabajadores | 6.000 |
Directivos | 18 | ||
Facultativos | 809 | ||
Sanitarios no facultativos | 2.847 | ||
No sanitarios | 1.315 | ||
En Formación | 337 | ||
Puestos universitarios | |||
Puestos universitarios | 1.662 | puestos | |
Pregrado | puestos | ||
160 | 2 | 80 | |
600 | 4 | 150 |
Postgrado | puestos | ||
164 | 2 | 82 | |
105 | 3 | 35 | |
108 | 6 | 18 | |
Salón actos | 475 | ||
biblioteca | 50 | ||
Actividad Asistencial 2010 | |||
Altas totales | 38.820 | ||
Estancias totales | 350.753 | días | |
Consultas | 617.238 | visitas | |
Urgencias | 146.653 | visitas | |
Tratamientos Hospital de Día | 50.703 | visitas | |
Intervenciones quirúrgicas | |||
Programadas con hospitalización | 11.417 | ||
Programadas ambulatorias | 5.169 | ||
Urgentes con hospitalización | 4.177 | ||
Urgentes ambulatorias | 319 | ||
Tarifas HUCA Actual
LISTA DE ARTICULOS | PUBLICO | PERSONAL |
IVA lncl | IVA lncl | |
DESAYUNOS | ||
DESAYUNO COMPLETO: | 2,25 € | 1,40 € |
(Café c/ leche mediano, con bolleria(xxxxxxxx, | ||
Tostada.) | ||
DESAYUNO COMPLETO CON ZUMO | ||
NATURAL | 4,00 € | 2,86 € |
BEBIDAS CALIENTES | ||
CAFÉ CON LECHE MEDIANO | 1,10 € | 0,70 € |
CAFÉ CON LECHE NORMAL | 1,10 € | 0,70 € |
CAFÉ SOLO | 1,10 € | 0,70 € |
CAFÉ CORTADO | 1,10 € | 0,70 € |
CAFÉ DESCAFINADO | 1,10 € | 0,70 € |
CHOCOLATE | 1,50 € | 0,90 € |
VASO LECHE DE 250 C.C. | 1,05 € | 0,65 € |
VASO DE LECHE DE 350 C.C. | 1,10 € | 0,70 € |
TE, TILA, MANZANILLA X XXXXX INFUSIONES CON LECHE | 1,05 € 1,10 € | 0,50 € 0,55 € |
BOLLERIA | ||
CROISSANT,TOSTADA, SUIZO ETC. | 1,30 € | 0,80 € |
DONUTS | 1,30 € | 0,80 € |
RACION TARTA MANZANA | 2,00 € | 1,55 € |
RACION TARTA AL GUSTO | 2,20 € | 1,75 € |
CHURRO (7 UNIDADES) | 1,30 € | 0,80 € |
PASTAS ( 1 UNIDAD ) | 0,70 € | 0,55 € |
ZUMOS | ||
ZUMOS NATURALES (NARANJA) 20c | 2,00 € | 1,40 € |
ZUMOS ENVASADOS 20cc | 1,40 € | 1,10 € |
(Naranja, Xxxxxxx, Xxxx, Melocoton, Tomate) | ||
BEBIDAS FRIAS | ||
REFRESCO MAQUINA 33 C.C. | 1,25 € | 0,75 € |
FRUTOPIA / ACUARIOS / NESTEA 33cc | 2,00 € | 1,20 € |
COCA COLA PET 500 | 2,00 € | 1,45 € |
REFRESCO LATA 33cc | 1,60 € | 0,90 € |
CERVEZAS | ||
CANA 20 C.C. | 1,10 € | 0,80 € |
CAÑA 33 C.C. | 1,40 € | 1,00 € |
CERVEZA 1/3 | 1,60 € | 1,40 € |
BOTE CERVEZA SIN ALCOHOL 33cc | 1,75 € | 1,45 € |
CERVEZA IMPORTACION BOTELLA 25cc | 1,65 € | 1,25 € |
AGUAS MINERALES | ||
AGUA 1,5 LITROS | 1,45 € | 1,00 € |
AGUA 50 C.C. | 1,25 € | 0,80 € |
AGUA 33 C.C. | 1,05 € | 0,70 € |
MAQUINAS DE VENDING | ||
CAFES | 0,75 € | 0,78 € |
RESFRESCOS 33 CL | 1,25 € | 1,25 € |
AGUA MINERAL 50CL | 0,94 € | 0,94 € |
AGUA MINERAL 1,50CL | 1,35 € | 1,35 € |
SNACKS CHOCOLATE (TIPO KIT KAT) | 1,25 € | 1,25 € |
SNACKS SALADOS (TIPO BOLSA PATATAS | 1,04 € | 1,04 € |
FRITAS) |
LISTA DE ARTICULOS | PUBLICO | PERSONAL |
IVA lncl | IVA lncl | |
SANDWICHES | ||
XXXXXXX | 3,00 € | 1,60 € |
YORK | 2,00 € | 1,15 € |
QUESO | 2,00 € | 1,15 € |
YORK Y QUESO | 2,50 € | 1,50 € |
VEGETAL | 2,60 € | 1,55 € |
VEGETAL CON HUEVO | 2,70 € | 1,70 € |
MIXTO CON HUEVO | 2,60 € | 1,85 € |
BOCADILLOS FRIOS 100 GRMS | ||
CHORIZO | 2,80 € | 1,75 € |
SALCHICHON | 2,80 € | 1,75 € |
XXXXX XXXXXXX | 2,80 € | 1,75 € |
QUESO MANCHEGO | 2,80 € | 1,75 € |
XXXXX XXXXXXX Y QUESO | 2,80 € | 1,75 € |
BONITO CON MAHONESA | 2,80 € | 1,75 € |
BONITO CON TOMATE | 2,80 € | 2,00 € |
BOCADILLOS CALIENTES 100 GRMS | ||
POLLO EMPANADO | 2,90 € | 2,40 € |
CALAMARES | 2,90 € | 2,40 € |
TORILLA ESPAÑOLA | 2,90 € | 1,85 € |
LOMO CON QUESO | 2,90 € | 2,40 € |
BACON CON QUESO | 2,90 € | 2,00 € |
HAMBURGUESA NORMAL | 2,90 € | 2,50 € |
TERNERA CON PIMIENTOS | 3,75 € | 2,90 € |
PINCHOS FRIOS (Pan 50grs) | ||
CANAPES VARIADOS | 1,15 € | 0,78 € |
SALCHICHON | 1,15 € | 0,78 € |
CHORIZO | 1,15 € | 0,75 € |
QUESO | 1,15 € | 0,75 € |
BONITO CON TOMATE | 1,15 € | 0,75 € |
BONITO CON MAHONESA | 1,15 € | 0,75 € |
JAMON YORK Y QUESO | 1,15 € | 0,75 € |
XXXXX XXXXXXX Y QUESO | 1,15 € | 0,75 € |
XXXXX XXXXXXX | 1,15 € | 0,75 € |
PINCHOS CALIENTES (Pan 50grs) | ||
TORTILA ESPAÑOLA | 1,35 € | 0,85 € |
TORTILLA DE CHORIZO | 1,35 € | 0,85 € |
CALAMARES | 1,35 € | 0,85 € |
SAN XXXXXX | 1,35 € | 0,85 € |
LOMO CON QUESO | 1,35 € | 0,85 € |
BACON CON QUESO | 1,35 € | 0,85 € |
COMPLETO DE LOMO | 1,35 € | 0,85 € |
COMPLETO DE BAICON | 1,35 € | 0,85 € |
POLLO EMPANADO | 1,35 € | 0,85 € |
CARNE | 1,35 € | 0,85 € |
VARIOS | ||
EMPANADA DE BONITO | 2,08 € | 1,25 € |
CROISAN RELLENO | 1,56 € | 1,35 € |
LISTA DE ARTICULOS | PUBLICO | PERSONAL |
IVA lncl | IVA lncl | |
RACIONES | ||
XXXXX XXXXXXX | 4,00 € | 3,00 € |
QUESO MANCHEGO | 4,00 € | 3,00 € |
ENSALADILLA | 3,50 € | 2,50 € |
CROQUETAS 6 UNIDADES | 2,20 € | 2,00 € |
PATATAS BRAVAS | 2,20 € | 2,00 € |
PATATAS ALI - OLI | 2,20 € | 2,00 € |
PATATAS CHIPS | 1,10 € | 1,00 € |
ACEITUNAS RELLENAS | 1,60 € | 1,40 € |
CALAMARES | 4,80 € | 4,00 € |
SUPLEMENTOS | ||
MAHONESA | 0,40 € | 0,40 € |
JAMON YORK | 0,50 € | 0,50 € |
XXXXX XXXXXXX | 0,60 € | 0,60 € |
SOBRE MOSTAZA, SOBRE KETCHUP | 0,40 € | 0,40 € |
DUO ACEITE Y VINAGRE | 0,50 € | 0,50 € |
RECIPIENTE COMIDA | 0,50 € | 0,50 € |
PAN | 0,40 € | 0,40 € |
PLATOS COMBINADOS | ||
1- LOMO, TORTILLA DE BONITO Y ENSALADA……………… | 7,80 € | 5,20 € |
2- ESCALOPE, CROQUETAS Y TORTILLA DE JAMON…. | 7,80 € | 5,20 € |
3- FILETE DE TERNERA, TORTILLA DE ESPARRAGOS | 7,80 € | 5,20 € |
Y ENSALADILLA ………………………………………………………………. | 7,80 € | 5,20 € |
4- MERLUZA A LA ROMANA, ESPARRAGOS, CROQUETAS Y | ||
MAHONESA ……………………………………………………………………………………….. | 7,80 € | 5,20 € |
5- TORTILLA DE GAMBAS, ENSALADILLA Y CROQUETAS …………… | 7,80 € | 5,20 € |
6- SAN XXXXXX, HUEVO Y ENSALADA ………………………………………….. | 7,80 € | 5,20 € |
7- ESPECIAL: SAN XXXXXX, TORTILLA DE GAMBAS, CROQUETAS | ||
Y ENSALADA ………………………………………………………………………………………. | 7,80 € | 5,20 € |
MENU DE LA CASA | ||
PRIMER PLATO, SEGUNDO XXXXX, POSTRE, PAN Y BEBIDA | 7,80 € | 4,85 € |
(CAÑA , AGUA 33 CL O REFRESCO MAQUINA) | ||
CARTA DE PLATOS | ||
PAELLA MIXTA | 5,00 € | 3,00 € |
REVUELTO DE AJETES | 5,95 € | 4,90 € |
ESPARRAGOS DOS SALSAS | 5,95 € | 4,90 € |
ENTRECOT A LA PLANCHA | 5,95 € | 4,90 € |
ESCALOPE DE TERNERA | 5,95 € | 4,90 € |
CACHOPO | 5,95 € | 4,90 € |
MERLUZA A LA PLANCHA | 5,95 € | 4,90 € |
SALMON | 5,95 € | 4,90 € |
POSTRES | ||
ARROZ CON LECHE CASERO | 1,20 € | 0,75 € |
NATILLAS CASERAS | 1,20 € | 0,75 € |
PUDDING | 1,20 € | 0,75 € |
COCTEL DE FRUTAS | 1,20 € | 0,75 € |
FLAN DE HUEVO | 1,20 € | 0,75 € |
YOGHURT | 1,10 € | 0,75 € |
TARRINA DE HELADO | 1,05 € | 0,75 € |
ANEXO II. MODELO SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN.
D. , en posesión de su plena capacidad de obrar, vecino de , con domicilio en la calle , en nombre propio o como representante de la Empresa , con CIF nº , y domicilio social en la ciudad de , enterados de los condiciones y requisitos que se exigen para la licitación y adjudicación del contrato de “Contratación de la dotación y gestión integral de los servicios de hostelería y venta automatizada en el Nuevo Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx”, expte. PA83/13.
PRIMERO.- SOLICITA PARTICIPAR en el procedimiento de licitación convocado al efecto por GISPASA, manifestando previamente su conformidad con todas y cada una de las condiciones de los pliegos que rigen la presenta licitación.
SEGUNDO.-
Por último, AUTORIZO a GISPASA a notificarme, en su caso, cualquier incidencia de la licitación del contrato, y la adjudicación del mismo, a través del correo electrónico
, o en su caso mediante el siguiente nº fax .
Teléfono de contacto de la empresa:
(Lugar, fecha y firma del licitador y sello de la empresa).
ANEXO III. RELACIÓN ENUMERADA DOCUMENTACIÓN SOBRE
Nº 1
APARTADO A).- Requisitos que acrediten la personalidad, capacidad y representación de la empresa.
Capacidad de obrar:
Empresarios individuales: documento nacional de identidad Sociedades: escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional.
Representación del empresario: poder acreditativo, bastanteado previamente por GISPASA.
Certificación emitida por el Registro de Licitadores (opcional)
APARTADO B).- Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar y cumplimiento de obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
APARTADO C).- Requisitos que acrediten la solvencia económica y financiera.
Declaración sobre el volumen global de negocios.
Declaración apropiada por una entidad financiera acerca de la solvencia económica y financiera de la entidad para llevar a cabo el objeto del contrato al cual se licita.
APARTADO D).- Requisitos que acrediten la solvencia técnica o profesional.
Relación de los principales servicios prestados de hosteleria y venta automatizada
Certificaciones acreditativas.
ANEXO IV. MODELOS DE DECLARACIÓN
I) DECLARACIÓN RESPONSABLE
en.........................................., calle…………. y provisto/a del D.N.I. nº........................, en nombre propio o en representación de la empresa
..................................................................................................., y en relación a
la licitación y adjudicación del contrato de “Contratación de la dotación y gestión integral de los servicios de hostelería y venta automatizada en el Nuevo Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx”, expte. PA83/13.
DECLARO
1.- Que ostento poder suficiente para representar a la empresa..................................
2.- Que la Escritura de constitución de la empresa a la que represento está inscrita en el Registro Mercantil de..................., Tomo......, folio............ hoja numero.................
3.- Que ni la empresa a la que represento ni sus administradores ni representantes están incursos en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60 del TRLCSP
4.- Que la empresa a la que represento se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias (estatales y autonómicas) y con la Seguridad Social impuesta por las disposiciones vigentes.
De acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, acepto expresamente la incorporación de mis datos de carácter personal a los ficheros corporativos de GISPASA, así como el tratamiento automatizado de los mismos y su cesión a terceros en los términos señalados en el Pliego de Cláusulas Jurídicas, quedando informado sobre la posibilidad de ejercer mis derechos de acceso, rectificación y cancelación, en los términos establecidos en la Ley Orgánica 15/1999,de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normativa de aplicación.
(Lugar, fecha, firma del licitador y sello de la empresa)
II) DECLARACIÓN SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
D/Dña. ..............................................................................., con domicilio
en.........................................., calle…………. y provisto/a del D.N.I. nº........................, en nombre propio o en representación de la empresa
.....................................................................................................y en relación a
la licitación y adjudicación del contrato de “Contratación de la dotación y gestión integral de los servicios de hostelería y venta automatizada en el Nuevo Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx”, expte. PA83/13.
.
DECLARO
1.- Que el VOLUMEN GLOBAL DE NEGOCIOS de la entidad a la que represento, referido a los tres últimos ejercicios disponibles es el siguiente:
- Año €
- Año €
- Año €
(Lugar, fecha, firma del licitador y sello de la empresa)
III) DECLARACIÓN MARCADO CE
D/Dña. ..............................................................................., con domicilio
en.........................................., calle…………. y provisto/a del D.N.I. nº........................, en nombre propio o en representación de la empresa
.........................................................................................y en relación a la
licitación y adjudicación del contrato de “Contratación de la dotación y gestión integral de los servicios de hostelería y venta automatizada en el Nuevo Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx”, expte. PA83/13.
DECLARO
Que todos los equipamientos que a instalar en cumplimiento del contrato de dotación y gestión integral de los servicios de hostelería y venta automatizada en el Nuevo Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx, dispondrán del correspondiente marcado CE.
(Lugar, fecha, firma del licitador y sello de la empresa)
IV) COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS
D/Dña. ..............................................................................., con domicilio
en.........................................., calle…………. y provisto/a del D.N.I. nº........................, en nombre propio o en representación de la empresa
............................................................................................ y en relación a la
licitación y adjudicación del contrato de “Contratación de la dotación y gestión integral de los servicios de hostelería y venta automatizada en el Nuevo Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx”, expte. PA83/13.
DECLARO
Que se compromete a adscribir a la ejecución del contrato, como mínimo, los medios personales y materiales detallados en relación con el pliego de prescripciones técnicas y aquellos que sean necesarios para la correcta ejecución del contrato aunque no figuren expresamente en éste.
(Lugar, fecha, firma del licitador y sello de la empresa)
ANEXO V. MODELOS DE GARANTIA
V) a.- MODELO DE AVAL
……………………… con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en
…………………., en nombre y representación de , con poderes suficientes para
obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento
AVALA
a ……………………….., en virtud de lo dispuesto por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y normativa de desarrollo, en concepto de garantía provisiona/definitiva, para responder de las obligaciones correspondientes a la licitación “………………….”, por importe de ………………….. (… €).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de GESTION DE INFRAESTRUCTURAS SANITARIAS DEL PRINCIPADO XX XXXXXXXX, S.A.U. (CIF X00000000)
El presente aval estará en vigor hasta que GESTION DE INFRAESTRUCTURAS SANITARIAS DEL PRINCIPADO XX XXXXXXXX. S.A.U. o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Ley 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
El presente documento de garantía ha sido inscrito en esta misma fecha, en el Registro Especial de Avales con el número ………………….
En Oviedo, a …….. de …………….. de …………..
Verificación de la representación por la Asesoría Jurídica de GISPASA | ||
APODERADO: | FECHA: | NUMERO: |
VI) b.- MODELO DE SEGURO DE CRÉDITO Y CAUCIÓN.
Certificado número
(en adelante, asegurador), con domicilio en, calle, y NIF, debidamente representado por Xxx , con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
ASEGURA A (NIF/CIF ), en concepto de tomador del seguro, ante en adelante asegurado, hasta el importe de - (en letras y cifras) en los términos y condiciones establecidos en el Real Decreto Ley 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato de , en concepto de garantía provisional, para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado
El asegurado declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni de la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de GISPASA, en los términos establecidos en la Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y normas de desarrollo.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que GISPASA o quien, en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria.
Lugar y fecha.
Firma Asegurador
ANEXO VI. DECLARACION JURADA
(A rellenar solo por el adjudicatario)
D/Dña. ..............................................................................., con domicilio
en.........................................., calle…………. y provisto/a del D.N.I. nº........................, en nombre propio o en representación de la empresa
...................................................................................................................... y
en relación al contrato de “Contratación de la dotación y gestión integral de los servicios de hostelería y venta automatizada en el Nuevo Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx”, expte. PA83/13.
DECLARO
Que la empresa adjudicataria del contrato……………………., a la que represento, asume las siguientes obligaciones:
- Que ha incorporado los actuales criterios de prevención de riesgos laborales, disponiendo de un Plan de Prevención acorde a lo dispuesto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y sus disposiciones de desarrollo.
- Que ha informado a los trabajadores que llevarán a cabo actividades en el centro de trabajo acerca de los riesgos para la Seguridad y Salud a los que estarán expuestos durante el desempeño de sus funciones y las medidas de protección y prevención aplicables a dichos riesgos.
- Que ha formado a los trabajadores que llevarán a cabo actividades en el centro de trabajo en los aspectos de Seguridad y Salud relacionados con las tareas que vayan a llevar a cabo.
- Que facilitará a los trabajadores los medios de protección apropiados y necesarios para llevar a cabo las tareas para las que sean contratados, y que estos se ajustan a los criterios legales establecidos y en vigor.
- Que cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento de los Servicios de Prevención y asume como propio el Servicio de Prevención o contrata un Servicio de Prevención ajeno.
- Que lleva a cabo un control de la vigilancia de la salud de los trabajadores que tiene contratados.
- Que realiza un estudio y control de la siniestralidad de sus trabajadores.
- Que se compromete, al estricto cumplimiento de las medidas de coordinación previstas en el artículo 24 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y RD 171/2004 de 30 de Enero por el que se desarrolla el artículo 24 en materia de coordinación de actividades empresariales.
- Que el cumplimiento de dichas obligaciones será acreditada ante GISPASA, cuando sea requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva a la finalización y recepción del mismo.
Lugar y fecha. Firma
ANEXO VII. RELACIÓN ENUMERADA DOCUMENTACIÓN SOBRE
Nº 2
APARTADO A).-Memoria descriptiva del servicio.
APARTADO B).-Memoria sobre equipamiento a instalar y amueblamiento.
APARTADO C).- Proyecto de Instalación.
APARTADO D).-Otra documentación
ANEXO VIII. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D/ Dña. ………………………………………………, en posesión de su plena capacidad de obrar, vecino de………………………………………, con domicilio en la calle ……………………
………………………., núm. …………., de ………….. con D.N.I. núm. ………., en nombre propio, o como representante de la Empresa…………………………….., con C.I.F. núm. ,
domicilio en la calle………………….., núm. ……, de……….. y teléfono ………………, manifiesta que, enterado de la licitación del “Contratación de la dotación y gestión integral de los servicios de hostelería y venta automatizada en el Nuevo Hospital Universitario Central xx Xxxxxxxx”, expte. PA83/13 y conforme con los requisitos y condiciones que se exigen para la adjudicación, se compromete a tomar a su cargo la ejecución del mismo con estricta sujeción a las condiciones establecidas en el Pliego de Cláusulas Jurídicas y el Pliego de Prescripciones Técnicas, y, en caso de resultar adjudicatario, asumir como propios.
Asimismo en la representación que ostenta se compromete a asumir el cumplimiento del presente contrato, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, ofertando los siguientes precios:
Canon a percibir por GISPASA
% sobre Ventas
Precios Tarifas
LISTA DE ARTICULOS
PUBLICO
IVA incl
DESAYUNOS | |
DESAYUNO COMPLETO (café con leche mediano con bolleria (croissant, suizo, tostada) DESAYUNO COMPLETO CON ZUMO NATURAL |
BEBIDAS CALIENTES | |
CAFE CON LECHE MEDIANO CAFE CON LECHE NORMAL CAFE SOLO CAFE CORTADO CAFE DESCAFINADO CHOCOLATE VASO LECHE DE 25 cl VASO DE LECHE DE 33 cl TE, TILA, MANZANILLA X XXXXX INFUSIONES CON LECHE | |
BOLLERIA | |
CROISSANT,TOSTADA, SUIZO ETC. DONUTS RACION TARTA MANZANA RACION TARTA AL GUSTO CHURRO (7 UNIDADES) PASTAS ( 1 UNIDAD ) | |
ZUMOS | |
ZUMOS NATURALES (NARANJA) 20 cl ZUMOS ENVASADOS 20 cl (Naranja, Xxxxxxx, Xxxx, Melocoton, Tomate) | |
BEBIDAS FRIAS | |
REFRESCO MAQUINA 33 cl FRUTOPIA / AQUARIUS / NESTEA 33 cl COCA COLA PET 50 xx XXXXXXXX XXXX 00 xx | |
XXXXXXXX | |
XXXX 20 cl |
CAÑA 33 cl CERVEZA 1/3 BOTE CERVEZA SIN ALCOHOL 33 cl CERVEZA IMPORTACION BOTELLA 00 xx | |
XXXXX XXXXXXXXX | |
XXXX 1,5 LITROS AGUA 50 cl AGUA 33 cl | |
MAQUINAS DE VENDING | |
CAFES REFRESCOS 33 cl AGUA MINERAL 50 cl AGUA MINERAL 1,5 LITROS SNACKS CHOCOLATE (TIPO KIT‐KAT) SNACKS SALADOS (TIPO BOLSA PATATAS FRITAS) |
LISTA DE ARTICULOS
PUBLICO
IVA incl
SANDWICHES | |
XXXXXXX XXXX QUESO YORK Y QUESO VEGETAL VEGETAL CON HUEVO MIXTO CON HUEVO | |
BOCADILLOS FRIOS 100 gr |
CHORIZO SALCHICHON XXXXX XXXXXXX QUESO MANCHEGO XXXXX XXXXXXX Y QUESO BONITO CON MAHONESA BONITO CON TOMATE | |
BOCADILLOS CALIENTES 100 gr | |
POLLO EMPANADO CALAMARES TORILLA ESPAÑOLA LOMO CON QUESO BAICON CON QUESO HAMBURGUESA NORMAL TERNERA CON PIMIENTOS | |
PINCHOS FRIOS PAN 50 gr | |
CANAPES VARIADOS SALCHICHON CHORIZO QUESO BONITO CON TOMATE BONITO CON MAHONESA JAMON YORK Y XXXXX XXXXX XXXXXXX Y QUESO XXXXX XXXXXXX | |
PINCHOS CALIENTES PAN 50 gr | |
TORTILA ESPAÑOLA TORTILLA DE CHORIZO CALAMARES SAN XXXXXX |
LOMO CON QUESO BAICON CON QUESO COMPLETO DE LOMO COMPLETO DE BAICON POLLO EMPANADO CARNE | |
VARIOS | |
EMPANADA DE BONITO CROISSANT RELLENO |
LISTA DE ARTICULOS
PUBLICO
IVA incl
RACIONES | |
XXXXX XXXXXXX QUESO MANCHEGO ENSALADILLA CROQUETAS 6 UNIDADES PATATAS BRAVAS PATATAS ALI ‐OLI PATATAS CHIPS ACEITUNAS RELLENAS CALAMARES | |
SUPLEMENTOS | |
MAHONESA JAMON YORK XXXXX XXXXXXX |
SOBRE MOSTAZA, SOBRE KEPCHUP DUO ACEITE Y VINAGRE RECIPIENTE COMIDA PAN | |
PLATOS COMBINADOS | |
1‐LOMO, TORTILLA DE BONITO Y ENSALADA 2‐ESCALOPE, CROQUETAS Y TORTILLA DE JAMON 3‐FILETE DE TERNERA, TORTILLA DE ESPARRAGOS Y ENSALADILLA 4‐MERLUZA A LA ROMANA, ESPARRAGOS, CROQUE Y MAHONESA 5‐TORTILLA DE GAMBAS, ENSALADILLA Y CROQUETAS 6‐SAN XXXXXX, HUEVO Y ENSALADA 7‐ESPECIAL: SAN XXXXXX, TORTILLA DE GAMBAS, CROQUETAS Y ENSALADA | |
MENU DE LA CASA | |
PRIMER PLATO, SEGUNDO XXXXX, POSTRE, PAN Y BEBIDA (CAÑA , AGUA 33 cl O REFRESCO MAQUINA) | |
CARTA DE PLATOS | |
PAELLA MIXTA REVUELTO DE AJETES ESPARRAGOS DOS SALSAS ENTRECOT A LA PLANCHA ESCALOPE DE TERNERA CACHOPO MERLUZA A LA PLANCHA SALMON | |
POSTRES | |
ARROZ CON LECHE CASERO NATILLAS CASERAS |
PUDDING COCTEL DE FRUTAS FLAN DE HUEVO YOGHOURT TARRINA DE HELADO |
Notas: Los importes que se oferten no han de estar sometidos a ningún tipo de condición. En caso de que lo estén determinará la exclusión de la oferta.
Las tarifas de precios para personal del HUCA debidamente acreditado serán el resultado de aplicar el 15% de descuento sobre las tarifas aprobadas por GISPASA.
(Lugar, fecha, firma del licitador y sello de la empresa)
ANEXO IX. CRITERIOS DE VALORACIÓN PROPOSICION
TÉCNICA.
x. XXXXXX RESUMEN
CRITERIOS DE VALORACIÓN | CUALITATIVOS | CUANTITATIVOS | TOTAL |
Organización del Servicio | 35 | 35 | |
Inversiones, adecuación de instalaciones, equipos y mobiliario | 30 | 30 | |
Proposición Económica | 60 | 60 | |
TOTAL … | 65 | 60 | 125 |
ii. CRITERIOS CUALITATIVOS
CRITERIOS DE VALORACION | Puntos Máximos |
Organización del Servicio | 35 |
Inversiones, adecuación de instalaciones, equipos y mobiliario | 30 |
TOTAL | 65 |
Será requisito imprescindible para pasar a la fase de apertura y valoración del sobre nº 3, alcanzar en el sobre 2 una puntuación mínima de 25 puntos.
CRITERIOS CUALITATIVOS ESPECIFICOS:
1. ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO | 35 Puntos |
Se valorará la organización propuesta para la gestión del servicio, según el siguiente desglose: | |
- Organización de carteleras de trabajo y distribución de personal por turnos en: cafeterías, cocina y limpieza. En base a la observación realizada de la oferta se puntuará de acuerdo al siguiente baremo: Excelente: 100% de la puntación Bueno: 50% de la puntuación Aceptable: 25% de la puntación Insuficiente: 0% de la puntación Donde: EXCELENTE: propuesta de organización de los recursos humanos perfectamente establecida, con gran detalle de turnos, tareas, etc., que permite la cobertura óptima de todos los servicios a prestar por el adjudicatario. Estructura organizativa de la empresa muy bien detallada, con definición de tareas perfectamente detallada y muy adecuada para la prestación del servicio en el Hospital. Incluye la posibilidad de actualizar planillas informativas conectadas al sistema de información de GISPASA, con datos acerca de los menús previstos en la semana en curso, ofertas y disponibilidades. BUENA: propuesta de organización de recursos humanos que o bien no presenta detalladamente todas las tareas, turnos, etc. o bien presenta alguna deficiencia en empresa detallada, con definición de funciones menos detallada que en el caso anterior y que se considera adecuada para la prestación del servicio que se contrata. ACEPTABLE: se presenta una propuesta de organización de servicios que se estima suficiente en cuanto a recursos humanos para prestar el servicio, pero presenta un nivel de concreción mínimo. Estructura organizativa de empresa suficiente para prestar el servicio pero con nivel de concreción igualmente mínimo. INSUFICIENTE: propuesta de organización de recursos humanos no detallada. Estructura organizativa no detallada. | 5 |
- Plan de formación para el personal adscrito al servicio: deberá aportarse ficha individualizada de las acciones formativas a realizar, indicando: programa, personal a quien se dirige, duración, y cronograma. | 1,5 |
En base a la observación realizada de la oferta se puntuará de acuerdo al siguiente baremo: Excelente: 100% de la puntación Bueno: 50% de la puntuación Aceptable: 25% de la puntación Insuficiente: 0% de la puntación Donde: EXCELENTE: propuesta de organización de la formación propuesta, con gran detalle de cursos a impartir, duración, destinatarios, contenido etc., que permita la formación integral en el manejo del equipamiento a adquirir. BUENA: propuesta de organización de la formación propuesta, menos detallada en los cursos a impartir, duración, destinatarios, contenido etc., pero coherente con la formación integral en el manejo del equipamiento a adquirir ACEPTABLE: se presenta una propuesta de formación que se estima suficiente en cuanto a cursos a impartir, duración, destinatarios, contenido etc., pero presenta un nivel de concreción mínimo. INSUFICIENTE: propuesta de formación no detallada. | |
- Calidad, Seguridad y Medio Ambiente: Se valorarán los documentos que engloban el Plan de calidad, Seguridad y Medioambiente detallados más abajo individualmente y en base a la observación realizada de la oferta se puntuará, cada uno de ellos de acuerdo al siguiente baremo: Excelente: 100% de la puntación Bueno: 50% de la puntuación Aceptable: 25% de la puntación Insuficiente: 0% de la puntación Donde: EXCELENTE: exhaustivo nivel de detalle, con abundante documentación de los diferentes planes a poner en marcha, los objetivos previstos están definidos y programados, que definen sistemas orientados lograr la máxima calidad, seguridad y medio ambiente, propuesta de indicadores muy detallada. En lo referente al Plan de gestión ambiental inclusión de medidas |
detalladas encaminadas a minimizar los residuos: ofrecen productos | |
cuyo impacto ambiental y su volumen de generación de residuos | |
hayan sido minimizados, ofertan productos sean ofrecidos sin exceso | |
de embalajes y cuyos envases sean reutilizables o fabricados con | |
materiales reciclados y reciclables, favorecen el uso de materiales con | |
etiquetado ecológico. | |
BUENO: los diferentes planes aportan un nivel de detalle inferior al | |
anterior, con ejemplos significativos de documentación de los | |
diferentes planes, con objetivos descritos con menor nivel de detalle o | |
programación menos detallada, propuesta de indicadores menos | |
detallada. | |
En lo referente al Plan de gestión ambiental la inclusión de medidas | |
encaminadas a minimizar los residuos son menos detalladas y no | |
recogen todos los aspectos anteriores. | |
ACEPTABLE: los planes se presentan con un nivel de detalle | |
suficiente, que permite apreciar un cumplimiento superior al | |
requerido en el pliego de prescripciones técnicas aunque los ejemplos | |
que aporta son mínimos, no se especifica suficientemente los | |
indicadores a utilizar, o la planificación presenta un mínimo nivelo de | |
detalle. | |
En lo referente al Plan de gestión ambiental la inclusión de medidas | |
detalladas encaminadas a minimizar los residuos son mínimos. | |
INSUFICIENTE: o bien no se aporta información al respecto, o el nivel | |
de detalle es tan mínimo que no se puede valorar. | |
1 Plan de calidad . | 3,5 |
2 Sistema de homologación y control de proveedores | 2,5 |
3 Sistema de reclamaciones. | 1,5 |
4 Plan de seguridad alimentaria. | 4,5 |
5 Plan de mantenimiento y conservación de instalaciones. | 2,5 |
6 Plan de Gestión Ambiental. | 6,5 |
- Menús de cafeterías: composición, variedad, rotación de menús. Deberá presentarse programación para 14 días y fichas individualizadas de todos y cada uno de los platos incluidos. En base a la observación realizada de la oferta se puntuará de acuerdo al siguiente baremo: Excelente: 100% de la puntación Bueno: 50% de la puntuación Aceptable: 25% de la puntación Insuficiente: 0% de la puntación Donde: EXCELENTE: tendrán la consideración de excelentes aquellas ofertas que proponen una oferta gastronómica que destaca por las propuestas de menús (composición, variedad, rotación), por la amplitud y calidad de la gama de productos ofertados o por la oferta complementaria de servicios, tanto por el detalle de los mismos como por la planificación propuesta. Se potencia el uso de alimentos naturales, se favorecen alimentos con etiquetado de elaboración ecológica, se favorecen menús basados en la dieta mediterránea (frutas y verduras), se emplean aceites xx xxxxx en lugar de otros tipos de aceites. Se evitan al máximo los productos envasados y prefabricados. BUENA: se valorarán como buenas aquellas que mejoran las exigencias xxx xxxxxx de prescripciones técnicas pero no llegan a los niveles de menús, gama u oferta complementaria de servicios anterior, tanto por el número como por la concreción expresada, de los expresados en el apartado anterior. ACEPTABLE: aquellas ofertas que aportan mejoras mínimas sobre el pliego de prescripciones técnicas o que plantea gamas de productos limitadas o servicios complementarios con menor nivel de compromiso y concreción. INSUFICIENTE: ofertas que no presentan mejoras sobre las prescripciones Técnicas, o que no están suficientemente detalladas como para ser objeto de valoración. | 2,5 |
- Gama de productos a ofrecer en las cafeterías, tanto de público como de personal, indicando categorías y clasificación comercial. | 2,5 |
En base a la observación realizada de la oferta se puntuará de acuerdo al siguiente baremo: Excelente: 100% de la puntación Bueno: 50% de la puntuación Aceptable: 25% de la puntación Insuficiente: 0% de la puntación Donde: EXCELENTE: tendrán la consideración de excelentes aquellas ofertas que proponen una oferta gastronómica que destaca por la amplitud y calidad de la gama de productos ofertados o por la oferta complementaria de servicios, tanto por el detalle de los mismos como por la planificación propuesta. BUENA: se valorarán como buenas aquellas que mejoran las exigencias xxx xxxxxx de prescripciones técnicas pero con una gama u oferta complementaria de servicios menor, tanto por el número como por la concreción expresada, de los expresados en el apartado anterior. ACEPTABLE: aquellas ofertas que aportan mejoras mínimas sobre el pliego de prescripciones técnicas o que plantea gamas de productos limitadas o servicios complementarios con menor nivel de compromiso y concreción. INSUFICIENTE: ofertas que no presentan mejoras sobre los requerimientos técnicos exigidos, o que no están suficientemente detalladas como para ser objeto de valoración. | |
- Oferta gastronómica complementaria: jornadas temáticas, menús especiales, catering de autor en jornadas especiales, etc. En base a la observación realizada de la oferta se puntuará de acuerdo al siguiente baremo: Excelente: 100% de la puntación Bueno: 50% de la puntuación Aceptable: 25% de la puntación Insuficiente: 0% de la puntación Donde: EXCELENTE: tendrán la consideración de excelentes aquellas ofertas que proponen una oferta gastronómica que destaca por las | 2,5 |
propuestas de menús (composición, variedad, rotación), por la amplitud y calidad de la gama de productos ofertados o por la oferta complementaria de servicios, tanto por el detalle de los mismos como por la planificación propuesta. BUENA: se valorarán como buenas aquellas que mejoran las exigencias xxx xxxxxx de prescripciones técnicas pero no llegan a los niveles de menús, gama u oferta complementaria de servicios menor, tanto por el número como por la concreción expresada, de los expresados en el apartado anterior. ACEPTABLE: aquellas ofertas que aportan mejoras mínimas sobre el pliego de prescripciones técnicas o que plantea gamas de productos limitadas o servicios complementarios con menor nivel de compromiso y concreción. INSUFICIENTE: ofertas que no presentan mejoras sobre las prescripciones técnicas, o que no están suficientemente detalladas. |
2. INVERSIONES, ADECUACIÓN DE INSTALACIONES, EQUIPOS Y MOBILIARIO | 30 Puntos |
- Obras e instalaciones Se valorará la idoneidad de la solución constructiva de los locales destinados a la prestación del servicio. En base a la observación realizada de la oferta se puntuará de acuerdo al siguiente baremo: Excelente: 100% de la puntación Bueno: 50% de la puntuación Aceptable: 25% de la puntación Insuficiente: 0% de la puntación Donde: EXCELENTE: propuesta de obras de acondicionamiento de cocinas y espacios para máquinas vending, muy adecuado con gran detalle de las obras a ejecutar, sistemas constructivos, obras de acometidas, acabados, cronograma, medios materiales empleados, uso predominante de gas como fuente energética, etc., que describa la totalidad de las obras a ejecutar y su organización conforme a lo descrito en el pliego de prescripciones técnicas. | 10 |
BUENA: propuesta de obras de acondicionamiento de cocinas y espacios para máquinas vending, adecuado pero menos detallado de las obras a ejecutar, sistemas constructivos, acabados, cronograma, medios materiales empleados, etc., en relación a lo descrito en el pliego de prescripciones técnicas. ACEPTABLE: propuesta de obras de acondicionamiento de cocinas y espacios para máquinas vending que se estima suficiente en cuanto a las obras a ejecutar, sistemas constructivos, acabados, cronograma, medios materiales empleados, etc., pero presenta un nivel de concreción mínimo. INSUFICIENTE: propuesta de acondicionamiento que no presenta mejoras sobre los requerimientos técnicos exigidos, o que no están suficientemente detalladas como para ser objeto de valoración. | |
- Equipamiento Se valorará la idoneidad del equipamiento de los locales destinados a la prestación del servicio. Excelente: 100% de la puntación Bueno: 50% de la puntuación Aceptable: 25% de la puntación Insuficiente: 0% de la puntación Donde: EXCELENTE: propuesta de equipamiento de cocinas y espacios para máquinas vending, muy adecuado con gran detalle de los medios materiales a implementar para la prestación del servicio a contratar, calidades, con capacidad de producción, uso predominante de gas como fuente energética, controles automatizados, propuesta de conservación y mantenimiento y resolución de averías, utilización xx xxxxxxxxxx informativas, sistemas de conservación y control, diseño, estética, distribución, Cartelería, iluminación, etc., de los espacios, que describa la totalidad de los equipamientos a implantar conforme a lo descrito en el pliego de prescripciones técnicas. BUENA: propuesta de equipamiento de cocinas y espacios para máquinas vending, muy adecuado pero menos detallado de los aspectos anteriores. ACEPTABLE: propuesta de equipamiento de cocinas y espacios para máquinas vending, que se estima suficiente, pero presenta un nivel | 10 |
de concreción mínimo. INSUFICIENTE: propuesta de equipamiento que no presenta mejoras sobre los requerimientos técnicos exigidos, o que no están suficientemente detalladas como para ser objeto de valoración. | |
- Plan de amueblamiento de locales En base a la observación realizada de la oferta se puntuará de acuerdo al siguiente baremo: Excelente: 100% de la puntación Bueno: 50% de la puntuación Aceptable: 25% de la puntación Insuficiente: 0% de la puntación Donde: EXCELENTE: propuesta de amueblamiento de espacios muy adecuado con gran detalle de los elementos a incorporar en cuanto a diseño y la estética de los locales de forma que guarde una coherencia con la arquitectura del Complejo Hospitalario, conservación y mantenimiento, ubicación en el espacio, que describa la totalidad de las obras a ejecutar y su organización conforme a lo descrito en el pliego de prescripciones técnicas. BUENA: propuesta de amueblamiento de espacios, adecuado pero menos detallado, en relación a los aspectos anteriores. ACEPTABLE: propuesta de amueblamiento de espacios que se estima suficiente en cuanto a los aspectos descritos, pero presenta un nivel de concreción mínimo. INSUFICIENTE: propuesta de amueblamiento que no presenta mejoras sobre los requerimientos técnicos exigidos, o que no están suficientemente detalladas como para ser objeto de valoración. | 10 |
iii. PROPOSICIÒN ECONÓMICA (SOBRE 3)
PRECIO | Puntos |
Proposición Económica | 60 |
Desglose Criterios Proposición Económica | Puntos Máximos | Factor de Ponderación |
Canon a percibir por GISPASA Para la ponderación del precio. Se otorgarán 0 puntos a las ofertas que igualen el tipo de licitación global y el máximo de puntuación a la oferta más económica. Las propuestas económicas intermedias se puntuarán de forma proporcional, con arreglo a la siguiente fórmula: Puntos = 20 x (Cof − C min) / (Cmáx-Cmin) Donde: Cof = canon de la oferta Cmin = canon mínimo exigido Cmax = canon más alto de todas las ofertas | 20 | |
Precios cafeterías Se otorgarán 0 puntos a las ofertas que igualen el tipo de licitación global y el máximo de puntuación a la oferta más económica. Las propuestas económicas intermedias se puntuarán de forma proporcional, con arreglo a la siguiente fórmula: Puntos = 20 x Media _ ponderada _ precios _ mínima /Media _ ponderada _ precios _ ofertada Donde: Media _ ponderada = (A × 20 + B × 4 + C × 4 + D × 5 + E ×15 + F × 4 + G ×15 + H × 8 + I × 4 + J × 4 + K ×15 + L × 2) / 100 A Café (solo, cortado, con leche) B Café mediano C Infusiones D Bollería (croissant, suizo, tostada, etc) | 20 | 20% 4% 4% 5% |
E Pincho frío bollo de pan 50 gr. | 15% | |
F Sándwich mixto | 4% | |
G Refresco máquina 33 cl. | 15% | |
H Zumo natural 20 cl. | 8% | |
I Zumo envasado 20 cl. | 4% | |
J Cerveza caña 33 cl. | 4% | |
K Agua mineral 33 cl . | 15% | |
L Agua mineral 1,5 l. | 2% | |
Precio menú comida/cena Se otorgarán 0 puntos a las ofertas que igualen el tipo de licitación global y el máximo de puntuación a la oferta más económica. Las propuestas económicas intermedias se puntuarán de forma proporcional, con arreglo a la siguiente fórmula: Puntos = 12 × P menú _ mínimo/P menú _ ofertado Dónde: Pmenú_minimo = precio mínimo de menú de comida / cena para público de todas las ofertas Pmenú_ofertado = precio de menú de comida / cena ofertado | 12 | |
Precio máquinas vending Se otorgarán 0 puntos a las ofertas que igualen el tipo de licitación global y el máximo de puntuación a la oferta más económica. Las propuestas económicas intermedias se puntuarán de forma proporcional, con arreglo a la siguiente fórmula: Puntos = 8 × Media _ ponderada _ precios _ mínima/ Media _ ponderada _ precios _ ofertada Dónde: media _ ponderada = (A × 40 + B × 15 + C × 15 + D × 10 + E × 10 + F × 10 )/100 | 8 |
Nota: Cafeterías público se consideran las cafeterías de zona de admisiones y de consultas externas).
ANEXO X. ESPECIFICACIONES DE NIVEL DE SERVICIO
PARÁMETROS DE EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN
Ref. | Parámetro | Tipo de fallo | Categor ía | Tiempo de respuesta de servicio | Tiempo de Rectificación |
SP01 | El servicio de Cafetería y Comedor se realiza según las Directrices de GISPASA y las Normas de Servicio en el momento acordado. | FC | Alta | N/A | N/A |
SP02 | En todo momento existen equipos y material suficiente para realizar el servicio según los requerimientos de GISPASA/HUCA. | FC | Alta | N/A | N/A |
SP03 | Se presta el servicio según los requerimientos de GISPASA/HUCA a cuantas personas lo soliciten y abonen la tarifa correspondiente. | FC | Alta | N/A | N/A |
Ref. | Parámetro | Tipo de fallo | Categor ía | Tiempo de respuesta de servicio | Tiempo de Rectificación |
SP04 | Se garantiza la continuidad de servicio previendo la cobertura al mencionado personal en caso de que se produjeran averías en las instalaciones o cualquier otro tipo de imprevistos, así como el servicio fuera del horario general establecido. | FC | Alta | Inmediata | Inmediata |
SP05 | Se conserva en perfecto estado de mantenimiento y limpieza las instalaciones y mobiliario de la explotación según se establece en el Pliego de Prescripciones Técnicas | FC | Alta | N/A | N/A |
SP06 | El adjudicatario indemniza por daños y perjuicios que haya ocasionado a los usuarios del servicio y/o GISPASA una vez demostrada su culpa o negligencia. | FC | Alta | Según se acuerde entre GISPASAy PROVEEDOR DE SERVICIO | Según se acuerde entre GISPASA y PROVEEDOR DE SERVICIO |
SP07 | Los daños producidos en el Centro tras las aprobación de GISPASA son urgentemente reparados por el adjudicatario, manteniendo las reparaciones la imagen y el buen funcionamiento de las instalaciones según se marca como mínimo en la Especificación de Nivel de Servicio de mantenimiento. | FC | Alta | Según se acuerde entre GISPASA y PROVEEDOR DE SERVICIO | Según se acuerde entre GISPASA y PROVEEDOR DE SERVICIO |
Ref. | Parámetro | Tipo de fallo | Categor ía | Tiempo de respuesta de servicio | Tiempo de Rectificación |
SP08 | Existe un libro de reclamaciones las condiciones marcadas por el GISPASA, a disposición del usuario, y es mostrado al GISPASA en menos de 24h en caso de producirse alguna inscripción en él. | FC | Media | N/A | N/A |
SP09 | Un Responsable del Servicio de Cafetería y Comedor cualificado cumple su cometido en cuanto al servicio durante la duración del Contrato. | FC | Media | N/A | N/A |
SP10 | Todo el personal del adjudicatario está perfectamente uniformado y cualificado y cumple adecuadamente con su cometido. | FC | Media | N/A | N/A |
SP11 | Se exponen claramente todas las normas de servicio y carteles de tamaño suficiente indicativos de precios y normas particulares (prohibida la venta tabaco, expedición de bebidas alcohólicas a excepción de cerveza). | FC | Media | N/A | N/A |
SP12 | Se conservan registros sólidos y auditables de los servicios prestados y facturas de compra y están a disposición del GISPASA /HUCA o los organismos de inspección en todo momento. | FC | Media | N/A | N/A |
Ref. | Parámetro | Tipo de fallo | Categor ía | Tiempo de respuesta de servicio | Tiempo de Rectificación |
SP13 | Los contratos relacionados con los servicios de Cafetería y Comedor se administran de acuerdo con las Directrices e instrucciones del GISPASA /HUCA. | FC | Media | N/A | N/A |
SP14 | Toda la publicidad expuesta en el ámbito de la Cafetería y Comedor ha sido autorizada previamente por el GISPASA /HUCA. | FC | Baja | N/A | N/A |
SP15 | Las cámaras frigoríficas que se instalen se mantendrán siempre en perfecto estado de funcionamiento. | FC | Alta | 1 hora | 24 Horas |
SP16 | Se pondrá especial atención a los elementos eléctricos terminales (camisas, bases de enchufes, etcétera) que sufran cualquier tipo de rotura o deterioro | FC | Alta | Inmediata | Inmediata |
SP17 | Se mantienen los stocks de alimentos almacenados, exigiendo que la cantidad mínima sea suficiente para hacer frente durante quince días a cualquier eventualidad en el suministro. | FC | Alta | Inmediata | Inmediata |
Ref. | Parámetro | Tipo de fallo | Categor ía | Tiempo de respuesta de servicio | Tiempo de Rectificación |
SP18 | El mantenimiento correctivo se lleva a cabo de acuerdo con los tiempos de respuesta y rectificación del servicio, los estándares del servicio, las leyes y las buenas prácticas en la Industria. | FC | N/A | 12 Horas min. | Reparación Ordinaria: 24 h Reparación de medio o largo alcance: el razonable previa comunicación a GISPASA |
SP19 | Se realiza el mantenimiento preventivo planificado. | FC | Media | N/A | N/A |
SP20 | Se requerirá la autorización previa de GISPASA o persona en quien aquella delegue para llevar acabo aquellas reparaciones de mantenimiento correctivo que impliquen parada de equipos o instalaciones, o riesgo xx xxxxxx sobre otras instalaciones subsidiarias en marcha y serán realizadas en los horarios más idóneos a su juicio. | FC | Alta | N/A | N/A |
SP21 | Todas las actuaciones de mantenimiento se ejecutan con el conocimiento y autorización previa del Servicio Técnico de Mantenimiento de GISPASA. | FC | Baja | N/A | N/A |
Ref. | Parámetro | Tipo de fallo | Categor ía | Tiempo de respuesta de servicio | Tiempo de Rectificación |
SP22 | El mantenimiento técnico - legal se realiza de acuerdo a las especificaciones de los reglamentos industriales o sanitarios, tanto de carácter general, Comunitario, nacional o autonómico, de obligado cumplimiento, lo requieran o bien GISPASA defina. | FC | Alta | N/A | N/A |
SP23 | Los Libros Oficiales de Mantenimiento son legalizados, actualizados y cumplimentados correctamente. | FC | Alta | N/A | N/A |
SP24 | El mantenimiento técnico – legal incluye las inspecciones periódicas a realizar por las empresas colaboradoras de la Administración competente, en orden al cumplimiento de la normativa vigente. | FC | Alta | N/A | N/A |
SP25 | Se notificará a GISPASA cualquier cambio en la legislación, durante la vigencia del contrato, que obligue a la modificación total o parcial de las instalaciones o equipos. | FC | Alta | N/A | N/A |
SP26 | Existe suficiente soporte administrativo, tanto personal como de sistemas que permita disponer en todo momento de información actualizada de las instalaciones, elaborando, una amplia base de datos con la explotación de las mismas. | FC | Alta | N/A | N/A |
Ref. | Parámetro | Tipo de fallo | Categor ía | Tiempo de respuesta de servicio | Tiempo de Rectificación |
SP27 | El soporte administrativo, tanto personal como de sistemas se encuentra permanentemente a disposición de GISPASA. | FC | Alta | N/A | N/A |
SP28 | Se remiten los informes mensuales sobre los trabajos y tareas efectuadas | FC | Alta | Mensual | N/A |
SP29 | Se remiten los registros y resto de informes requeridos por GISPASA sobre los trabajos y tareas efectuadas | FC | Alta | Trimestral o según petición de GISPASA | N/A |
SP30 | Se ejecutan los Planes de Formación de los Manipuladores de Alimentos y resto de personal. | FC | Media | N/A | N/A |
SP31 | Todos los equipos utilizados en el suministro del Servicio estarán en buen estado de funcionamiento, llevarán la documentación y los permisos correctos y vigentes y serán utilizados por un operario instruido (cuando corresponda) | FC | Media | N/A | N/A |
SP32 | El adjudicatario tiene una acreditación ISO 9001 válida, o acredita que está en proceso de su obtención. | FC | Alta | N/A | N/A |
SP33 | El adjudicatario tiene una acreditación ISO 14001 válida, o acredita que está en proceso de su obtención. | FC | Alta | N/A | N/A |