BASES
BASES |
PROCESO EXONERADO N° EXO-01-2008-GRA-PEMS |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE POLIZAS DE SEGUROS” |
ENTIDAD
AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES
Urb. La Marina E-8 Cayma
RUC Nº 20162554167
OBJETO
Contratación de Servicios Pólizas de Seguros para el PEMS.
ALCANCE DEL SERVICIO
De acuerdo a los términos de referencia del Anexo Nº 1
SISTEMA DE CONTRATACIÓN
A suma alzada.
CALENDARIO DEL PROCESO
-
Convocatoria
09-04-08
Registro de Participantes
09-04-08
Presentación de Propuestas
09-04-08
hasta las 14:00 horas
Evaluación de Propuestas y Otorgamiento de la Buena Pro
09-04-08 horas 16:00
VALOR REFERENCIAL
$. 332,876.71 (Trescientos Treinta y Dos Mil Ochocientos Setenta y Seis y 71/100 Dólares Americanos) incluido los impuestos xx Xxx.
MODALIDAD DE FINANCIAMIENTO
Recursos Ordinarios.
PLAZO
El plazo será por 90 días.
ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO
Área de Asesoría Legal.
FORMA DE PAGO
La moneda de pago será en Dólares Americanos.
El PEMS efectuara el pago correspondiente, a los 30 días del inicio de la cobertura del seguro, previa presentación de la factura por parte de la EMPRESA y conformidad de la prestación del servicio
DOCUMENTACION REQUERIDA COMO POSTOR
La documentación siguiente deberá ser presentada en la dirección señalada en el numeral 1.
Documentación Obligatoria
Declaración Jurada de Información Empresarial (Anexo Nº 02).
Declaración Jurada, de conformidad al Art. 76º del Reglamento (Anexo Nº 03).
Declaración Jurada de cumplimiento de términos de referencia.
Copia simple del Certificado de Inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores de Servicios.
ANEXO N° 01: TÉRMINOS DE REFERENCIA |
ESPECIFICACIONES TECNICAS
POLIZA DE OBRAS CIVILES TERMINADAS
“SEGURO DE TODO RIESGO DE INCENDIO Y LÍNEAS ALIADAS DE OBRAS CIVILES TERMINADAS”
ASEGURADO : Proyecto Especial Regional Majes - Siguas
VIGENCIA : 90 DIAS
MATERIA DEL SEGURO
Propiedad real y personal del asegurado y/o de terceros bajo su cuidado, custodia y control dentro de sus locales y/o de terceros bajo su responsabilidad. Propiedades en construcción, instalaciones, ensamblaje y montaje, incluyendo pero no limitado a lo siguiente:
Locales, correspondientes a edificios, obras civiles en general y sus respectivas instalaciones externas e internas, mejoras, maquinaria fija y permanente (mecánica o eléctrica) accesorios, instalaciones y cualquier otro bien del asegurado.
Todo activo nuevo del asegurado bajo su propiedad, propiedad de terceros, incluyendo trabajos en construcción y/o montaje, o cualquier otro activo mientras sea elevado y/o cargado y/o descargado y/o transportado.
Todas las obras que conforman el grupo denominado Infraestructura Hidráulica Mayor xx Xxxxx y Drenaje construidos por el Proyecto para las derivaciones, conducción, operación y distribución de agua para hidroenergético y/o irrigación y/o suministro a la población, incluyendo lotes de obras civiles, equipo electromecánico de los proyectos especiales.
Cobertura: Incendio Todo Riesgo de perdida o daño físico directo incluyendo Xxxxxxxxx, demás Riesgos de la Naturaleza, Riesgos Políticos, Rotura de Maquinaria
Territorio:
Perú, como definido en la póliza original y según detalle
COBERTURAS Y LIMITES ASEGURADOS
Ramo: TODO RIESGO DE INCENDIO PARA OBRA CIVIL TERMINADA
VALORES DECLARADOS
Valores Declarados: US$ 813’770,000
SUMAS ASEGURADAS:
A) Todo Riesgo a Primer Riesgo US$ 212`000,000
b) Terremoto y/o Erupción Volcánica US$ 160`600,000
c) Terrorismo, Sabotaje US$ 16`000,000
SUB LÍMITES: A Primer Riesgo
-
COBERTURAS
LIMITE
ASEGURADO
Gastos Extraordinarios
10`000,000
Honorarios de Ingenieros, Topógrafos y consultores (LUC)
Daños causados por asentamiento de terrenos, deslizamientos, caída de rocas u otros movimientos de masas de tierra, incluyendo reposición de masas de tierra. (LUC)
10`000,000
10’000,000
Transporte Incidental
250,000
Rotura de maquinaria
1’000,000
Rotura Accidental xx Xxxxxxx , Cristales y Avisos Luminosos
10,000
Car / Ear (Cláusulas A,B,C,E Y F, CRUZADA, OPA) (LUC)
Cláusula G
3’000,000
50,000
T.R.E.C.Incluye Equipos Móviles y/o Portátiles fuera de los Predios
150,000
Equipo Electrónico Secc. I,II y III (LUC)
2’000,000
Equipos móviles y/o portátiles fuera del predio
20,000
Infortunio (LAA)
5,000
Cobertura Automática por Nuevas Adquisiciones
4’000,000
Responsabilidad Civil Extracontractual, Patronal (LAA y LUC)
Responsabilidad Civil de Hidrocarburos
1’000,000
300,000
Arrendamiento
100,000
Vehículos de directores, empleados y/o terceros dentro de los predios del asegurado (LUC)
150,000
Gastos Extras – Cedula “F”
2’000,000
DEDUCIBLES
Xxxxxxxxx y Erupción Volcánica:
10% del monto indemnizable, mínimo US$ 730,000
Lluvias, inundaciones, deslizamiento, avenidas de tierra, huayco:
10% del monto indemnizable mínimo US$ 400,000, máximo US$ 1’500,000, cada evento.
Otros Riesgos de la Naturaleza:
10% del monto indemnizable, mínimo US$ 75,000
Huelgas y Conmociones Civiles, Daño Malicioso, Vandalismos, Terrorismo y Sabotaje:
US$ 130,000
Transporte Incidental:
10% del monto indemnizable, mínimo US$ 200.
Equipo Electrónico::
Secciones I y II: 10% del monto indemnizable mínimo US$ 2,500
Sección III: 03 días
Rotura de maquinaria:
US$ 50,000
Car / Ear :
Coberturas A, B, C, D, E, F y OPA, US$ 50,000
Coberturas G: Sin deducible
Responsabilidad Civil
10% del monto indemnizable, mínimo US$ 4,000.00, por demandante
Impacto de Vehículos
10% del monto indemnizable, mínimo US$ 800
Rotura Accidental xx Xxxxxxx, Cristales
Avisos Luminosos
10% del monto indemnizable, mínimo US$ 30
T.R.E.C.
10% del monto indemnizable, Mínimo US$ 2,000
Todos los demás riesgos:
10% del monto indemnizable, mínimo US$ 50,000.00
Vehículos de Terceros en predios del asegurado:
10% del monto indemnizable, mínimo US$ 1,000
Pérdida de Contenido:
10% del monto indemnizable
Asentamiento de terreno, deslizamiento, caída de rocas u otros movimientos de masas de tierra, incluyendo reposición de masas de tierra:
10% del monto indemnizable, mínimo US$ 80,000.00
Vehículos de directores, empleados y/o terceros dentro de los predios del Asegurado
10% del monto indemnizable, mínimo US $ 800
Infortunio:
10% del monto indemnizable, mínimo US$ 500
CLAUSULAS
Todas las secciones
Todo Riesgo
Primer Riesgo
Rehabilitación Automática de la Suma Asegurada, excepto Huelgas, Conmoción Civil, Daño Malicioso Vandalismo y Terrorismo
Adelanto del 50% del siniestro
Nombramiento de ajustadores
Traslado Temporal (cubre adicionalmente el contenido, por cualquier siniestro cubierto)
Propiedades fuera del control del asegurado
Propiedades de terceros
Reposición de Productos
Combustión Espontánea
Impacto de vehículos
Aparatos Eléctricos
Reemplazo
Errores ú Omisiones
Reparaciones y/o Reconstrucciones
Documentos y Modelos
Remoción de escombros
Honorarios de Arquitectos, Ingenieros y Topógrafos
Sellos y Marcas
Inclusión Automática para Nuevas Adquisiciones
Permisos y Privilegios
Responsabilidad Civil
Extracontractual
Locales y Operaciones
Vehículos Ajenos
Ascensores, grúas, montacargas, escaleras mecánicas y similares.
Uso xx Xxxxx de Fuego
Transporte de Mercadería Peligrosa
Locatarios (inmuebles)
Alimentos y Bebidas
Playa de Estacionamiento
Póliza de seguros de responsabilidad Civil
Contratistas Independientes
Eventos y similares
Responsabilidad civil de carga
Contaminación .
Patronal. Se incluyen Practicantes, Trabajadores Eventuales, Personal de Limpieza, de Vigilancia, cualquiera que fuera la modalidad del servicio.
Incendio, Explosión, Humo, Agua
Propietarios del edificio
Se consideran como terceros a trabajadores, los familiares de los trabajadores y el personal de contratistas y/o sub-contratistas.
Se ampara la Responsabilidad Civil de Hidrocarburos.
Responsabilidad Civil por vehículos propios y/o de terceros dentro de predios hasta US$ 25,000, en exceso de la póliza de vehículos.
Gastos Admitidos por US$ 3,000 por persona, límite agregado anual
Transporte Personal.
Responsabilidad Civil Contractual (hasta US$ 50,000 automáticamente para cualquier contrato).
Responsabilidad Civil Cruzada.
Gastos y/o Costos de Defensa Civil (hasta US$ 5,000), en límite agregado anual
Propiedades de Terceros
Cláusula de extensión de cobertura para pérdidas ocasionadas por accidentes donde intervengan trabajadores aunque no se encuentren en planillas, tales como contratistas, sub-contratistas y demás personas que operen temporalmente para el asegurado
Se cubren Pérdidas y/o Daños que se originen como consecuencia de inundación y/o desborde xx Xxxxxxx y/o Represas bajo la responsabilidad del Asegurado
Se extiende el plazo para la denuncia de los siniestros hasta por 30 días posteriores a la fecha de recepción por parte del asegurado de cualquier notificación o reclamo de terceros afectados
Responsabilidad Civil como consecuencia del uso de Maquinaria y/o Equipos Móviles, Vehículos sin placas de Rodaje
Gastos de defensa hasta US$ 5,000.00
Se amplía la Responsabilidad civil de Equipo Móvil para cubrir daños causados por operarios y/o pasajeros, puentes, Túneles, Viaductos, Carreteras, Tanto para Equipos Propios, como de terceros por los que el asegurado sea responsable.
Todo Riesgo Equipo de Construcción (TREC)
Condiciones:
Condicionado General del Seguro TREC
Condiciones Especiales:
Riesgos Sociales y Políticos tales como Huelga, Motín, Conmoción Civil, Daño Malicioso, Vandalismo, Sabotaje y Terrorismo.
Gastos Adicionales por horas extras, trabajo nocturno, trabajo en días feriados, flete expreso.
Accidentes durante el montaje, desmontaje, transporte, carga y/o descarga del equipo o maquinaria de construcción
La cobertura es extensiva a amparar las unidades mientras se encuentren estacionadas y/o en circulación y/o mientras se trasladen por sus propios medios, incluyendo vías no autorizadas.
Extensión de cobertura durante el desplazamiento de los equipos por reparaciones a depósitos y talleres, así como su permanencia en los mismos.
Cubre los Trabajos en las Riveras de los Xxxx
Para indemnización de Siniestros en los que el Asegurado no pueda obtener facturas o preformas se tomarán en cuenta los vales de salida xx xxxxxxx, los listados de costos, y/o órdenes de compra y/o inventarios
Extensión de Cobertura a Nivel Nacional
Negligencia del operario
Valor nuevo de reposición hasta 05 años de antigüedad en caso de pérdida total
Bajo la cobertura TREC se consideran aseguradas las carretas y su carga, remolcados por los vehículos asegurados bajo la cobertura TREC.
Gastos Extras – Cédula F
Flete Aéreo y/o Expreso – Suma asegurada hasta US$ 10,000
Maquinaria y Equipo Bajo Tierra
Infortunio:
Condicionado general de todo Riesgo de Infortunio
La cobertura de Infortunio se extiende a amparar los Equipos Portátiles, instrumentos, Herramientas, que tengan daños externos e internos y/o pérdidas por cualquier causa durante su almacenamiento, trabajo o transporte, utilizando para su traslado cualquier medio o vía incluyendo el robo, mientras se encuentre en cualquier medio de transporte, incluyendo en vehículos desocupados
Rotura de maquinaria
Gastos Adicionales por horas extras, trabajo nocturno, trabajo en días feriados, flete expreso hasta US$ 10,000.00
Flete aéreo hasta US$ 10,000.00
Maquinaria y equipo bajo tierra
Pérdida de Contenido hasta US$ 20,000.00
Cables metálicos y cables no eléctricos.
Se ampara las pérdidas o daños de los aceites lubricantes o refrigerantes contenidos en los equipos y maquinarias.
También están cubiertos los daños a las bombas sumergidas y xx xxxx profundo resultante de la falta de agua, colapso, hundimiento xxx xxxx, así como la destrucción de tubos o muros.
Se otorga Valor Nuevo de Reposición para perdida total hasta 5 años de antigüedad.
Se extiende la cobertura a maquinarias tanto en obras como cuando estén en depósitos o talleres.
Derrame de Tanques
Equipo Electrónico
Gastos Adicionales por horas extras, trabajo nocturno, trabajo en días feriados, flete expreso hasta US$ 5,000.00
Flete aéreo hasta US$ 5,000
Equipos móviles y portátiles dentro y fuera de los predios del asegurado US$ 20,000 con rehabilitación automática de la suma asegurada.
Contrato de mantenimiento.
Demoras en la reparación.
Terrorismo.
Asimismo, están cubiertos los daños causados directa o indirectamente por falla o interrupción en el aprovisionamiento de corriente eléctrica.
Valor nuevo de reposición en pérdidas parciales.
Valor nuevo de reposición para perdidas totales, para equipos de hasta 03 años de antigüedad.
Tubos y válvulas
Condición especial: en caso de ocurrencia de un eventual siniestro, de no existir en el mercado el modelo del equipo afectado, se indemnizará con un modelo inmediato superior.
Gastos Extraordinarios
La cobertura de Gastos Extraordinarios se extiende pero no limita a lo siguiente:
Documentos y Modelos
Honorarios de arquitectos, topógrafos, ingenieros y consultores.
Planilla de ejecutores con relación al siniestro
Licencias
Patentes de cualquier tipo que deba cancelarse a consecuencia de un siniestro amparado por la Póliza.
Impuestos específicos que deba pagar el Asegurado como consecuencia de daño físico por uno de los riesgos cubiertos por la póliza.
Defensa
Salvamento
Limpieza
Demolición y Remoción de escombros
Costos de extinguir un incendio y cualquier otros gastos con la excepción de la Pérdida de Beneficios
Reacondicionamientos provisionales
Transporte Incidental
Incluye además:
Maquinas y/o equipos en general propios y/o de terceros.
Cubre en todo el territorio nacional.
Cubre valor nuevo de reposición para maquinas y equipos.
Bajo la cobertura de Transporte Incidental, se indemnizará el costo de la mercadería según factura o valorización incluyendo Flete + Gastos.
CAR / EAR
Cláusulas:
Xxxxxxxxxx X,X,X,X,X y F
Cobertura A – Básica
Cobertura B – Xxxxxxxxx, Xxxxxxx, Maremoto
Cobertura C – Avenida , Inundación
Cobertura D – Mantenimiento Amplio
Cobertura E – Responsabilidad Civil por Daños Materiales
Cobertura F – Responsabilidad civil por daños Materiales
Cobertura G – Remoción de Escombros
Condiciones:
Condiciones Generales de la Póliza de Seguro de Todo Riesgo Contratistas
Condiciones Generales de la Póliza de Seguro de Todo Riesgo de Montaje
Responsabilidad Civil Cruzada
Estructuras en zonas sísmicas
Gastos extraordinarios
Estructuras existentes y propiedades adyacentes (OPA)
Condiciones Especiales:
Se deja constancia que esta cobertura se aplica para obras menores de refacción, reparación o construcción, bajo administración directa y regirá sólo durante la vigencia de la póliza. Obras de mayor envergadura, serán declaradas oportunamente por el Proyecto.
Se otorga prueba de equipos hasta por 30 días
La Suma Asegurada es un Límite Único y Combinado para ambas coberturas.
ESQUEMA ASEGURATIVO:
Coaseguro 90/10
Se deja constancia que el asegurado asumirá en todo y cada evento un coaseguro de 10%, y por tanto se convierte en su propio asegurador en dicho porcentaje. Es decir, el Asegurado participará con el 10% del monto indemnizable de cada pérdida, luego de aplicar todas las deducciones que correspondan (incluyendo los respectivos deducibles).
SUMAS ASEGURADAS – PRIMER RIESGO
El Asegurado en caso de un siniestro cubierto y luego de aplicarse los deducibles respectivos, tendrá derecho de ser indemnizado hasta consumir la suma asegurada, lo cual en virtud de lo estipulado en la cláusula anterior, representa el 90% de los límites y sub límites máximos mencionados en la póliza.
LIMITE GLOBAL POR OCURRENCIA.
Las sumas aseguradas representan los límites máximos de indemnización para cubrir todo aquel evento u ocurrencia que afecte cualquier obra o instalación de esta, o simultáneamente varias obras o instalaciones que contengan la materia de seguro.
Por lo tanto, en caso de siniestro, la suma asegurada se reinstalará en forma automática e inmediata. Es decir podrá ser utilizada nuevamente y en su totalidad en todo y cualquier momento, sin necesidad de haber antes reportado el siniestro.
Para todo efecto indemnizatorio (suma asegurada, deducible, etc.) en el caso de ciertos riesgos de índole catastrófica tales como terremoto, maremoto se consideran bajo una misma ocurrencia sólo aquellos que eventos o daños comprobadamente relacionados entre sí y que ocurran dentro de un mismo período consecutivo de 72 horas.
BASES DE AVALUO E INDEMNIZACION
EDIFICACIONES, OBRAS CIVILES Y ESTRUCTURACION ELECTRO - MECANICA:
Valor de reconstrucción, incluyendo cimentación, muros, losas o cubiertas, revestimientos, rellenos, instalaciones eléctricas y sanitarias, o de medición de caudales o de seguridad estructural, así como toda instalación fija y flotante incluyendo vitrales.
Estructuras metálicas de regulación, mecánica, electro mecánica u oleo hidráulica, equipos, tuberías, redes y demás contenido: Valor de reposición o reemplazo a nuevo, incluyendo costos de instalación, montaje, etc.
PAGO DE SINIESTROS
Dado que en caso de ocurrir un siniestro a la infraestructura mayor la entidad no estaría en capacidad de usar el IGV que se generaría por la reparación y/o reposición del daño, no se ha asegurado el IGV de estas obras civiles terminadas, y la compañía de seguros asumirá directamente el pago de la reposición y/o reparación de los daños cubiertos por la póliza de seguros.
CONDICIONES:
Ley y jurisdicción local aplicable
Riesgos catastróficos definidos para ser inundación, deslizamiento, huracán y terremoto.
Definición de evento según la cláusula de 72 horas.
CONDICIONES ESPECIALES:
Se extiende la cobertura de Incendio hasta por el sub límite respectivo a: Hundimiento del terreno, Asentamiento de tierra, deslizamientos, corrimiento de tierra, caída de rocas u otros movimientos de la tierra, incluyendo reposición de masas de tierra.
Suspensión de Suministro eléctrico
Corto circuito y/o Falla Eléctrica
Se extiende la cobertura de Incendio a canales, diques y viaductos.
Se incluye la cobertura para bombas sumergidas y xx xxxx profundo por daños debido a la falta de agua, colapso o hundimiento xxx xxxx o destrucción de tubos x xxxx
Se otorga Valor Nuevo de reposición para Pérdida Total hasta 05 años de antigüedad
Se extiende la cobertura a maquinarias, tanto en obras como cuando estén en depósitos o talleres.
Gastos de extinción de Incendios
CONDICIONES ESPECIALES ADICIONALES
Cláusula de Infraseguro: Los valores de reposición declarados bajo esta póliza representan el valor a nuevo de los mismos, no se aplicara la cláusula de infraseguro o “seguro insuficiente” cuando los valores declarados tengan una desviación de hasta el 30% entre el valor a nuevo Vrs. Valor declarado.
Se otorga valor nuevo de reposición para pérdida total hasta 05 años de antigüedad.
Se extiende la cobertura a maquinarias, tanto en obras como cuando estén en depósitos o talleres.
Bajo todo riesgo y rotura de maquinaria, también están cubiertos los gastos adicionales por horas extras como trabajo nocturno, días feriados, flete aéreo, la maquinaria y equipo bajo tierra (excluyendo socavón)
Para efectos de la indemnización bajo la cobertura de Rotura de Maquinaria estarán cubiertos los daños o pérdidas de las maquinarias y equipos, así estas hayan cumplido su vida útil de trabajo.
Están cubiertos los costos y gastos incurridos con el propósito de extinguir incendios en el predio del asegurado y/o las causadas ante amenazas inminentes de daño o pérdida y que tengan como objeto impedir o disminuir las pérdidas y/o daños a los bienes asegurados.
Bajo la póliza de Transporte Incidental, se indemnizará el costo de la mercadería según factura o valorización incluyendo Flete + Gastos.
En caso de siniestro y cuando la autoridad pertinente no permita o autorice la reconstrucción de las instalaciones y debido a ello, tengan que construir una nueva instalación en otro lugar, la póliza indemnizará como pérdida total sin descontar el monto del salvamento existente en el lugar del siniestro.
En caso de siniestro, el asegurado elegirá la modalidad de indemnización, en caso esta se produjera con la reposición del bien, la aseguradora pagará al proveedor el 100% del valor del bien y facturara al asegurado el importe correspondiente al deducible.
CUADRO DE VALORES DECLARADOS
DESCRIPCIÓN US$
P.E. Majes – Siguas:
Represa Condoroma 79’000,000
Aducción Tuti Tunel Terminal 446’000,000
Derivación Pitay Majes 75’360,000
Canales Pampa Alta de Majes 39’660,000
Canales Pampa Baja 5’750,000
Sistema Regulado del Chili:
Canal Pañe – Sumbay 26’000,000
Represa El Pañe 10’000,000
Represa El Xxxxxx 102’000,000
Represa Xxxxxx Xxxxxx 00’000,000
TOTAL 813’770,000
Los valores declarado constituyen valores pactados, por lo tanto, no se aplicara la cláusula de infraseguro.
SINIESTRALIDAD
Últimos cinco años: 0.00%
ANEXO Nº 02
DECLARACIÓN JURADA SOBRE INFORMACIÓN DEL POSTOR
Ref: PROCESO EXONERADO N° EXO-01-2008-GRA-PEMS
Arequipa,
Señores
Órgano Encargado de Contrataciones y Adquisiciones de Menor Cuantía
Gobierno regional de Arequipa Proyecto Especial Majes-Siguas (AUTODEMA)
Presente.-
Por intermedio de la presente tenemos el agrado de presentamos al proceso de selección de la referencia, indicando la siguiente información:
Razón Social o denominación del Postor;
Nombre completo y número del DNI del Representante legal del Postor que cuente con los poderes y facultades de representación suficientes.
Número del Registro Único de Contribuyentes (RUC) de la empresa postora.
Domicilio Legal y número de teléfono de la empresa postora.
Por la presente, declararnos BAJO JURAMENTO que la información contenida en el presente documento expresa la verdad, sujetándose a las disposiciones establecidas en los artículos 41° y 42° y demás aplicables de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, así como las establecidas en la LEY y EL REGLAMENTO.
Atentamente,
……………………………………………………………..
Nombre y Firma del Postor o Representante Legal y
Sello de la Empresa Postora
ANEXO Nº 03
DECLARACIÓN JURADA DE ACUERDO AL ARTÍCULO 76 DEL REGLAMENTO
Ref: PROCESO EXONERADO N° EXO-01-2008-GRA-PEMS
Arequipa,…………………………….
Señores
Órgano Encargado de las Contrataciones y Adquisiciones de Menor Cuantía
Gobierno regional de Arequipa Proyecto Especial Majes-Siguas (AUTODEMA)
Presente.-
Presento la siguiente Declaración Jurada en concordancia con el Artículo. 76° del REGLAMENTO:
No tener impedimento para contratar con el Estado, conforme al Artículo 9° de la LEY.
Que conocemos, aceptamos y nos sometemos a las Bases, condiciones y procedimientos del presente proceso de selección.
Que somos responsable de la veracidad de los documentos e información que presentamos para efectos del concurso.
Que nos comprometemos a mantener nuestra oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.
Que conocemos las sanciones contenidas en LA LEY y su REGLAMENTO, así como en la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, y demás disposiciones reglamentarias y modificatorias.
…………………………………………………………….
Nombre y Firma del Postor o Representante Legal y
Sello de la Empresa Postora
ANEXO N° 04PROFORMA DE CONTRATO |
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS PROFESIONALES
Conste por el presente documento, el Contrato de Servicios que celebran de una parte de el PROYECTO ESPECIAL MAJES - SIGUAS , en adelante LA ENTIDAD, con RUC N° XXXXXXXXX, con domicilio en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX debidamente representada por, Señor ......................, identificado con DNI ............... de conformidad con ........................... y de la otra parte ........................................ en adelante LA EMPRESA, con RUC N° ................, con domicilio en ...................................., debidamente representada por ........................., identificado con DNI ................con poder inscrito en el asiento .............. ficha .............del Registro de personas Jurídicas de Lima, de acuerdo con los términos y condiciones que se indican en las cláusulas siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA : ANTECEDENTES
Con fecha 04 xx xxxxx del 2008 el Consejo Regional toma el Acuerdo Regional Nº 035-2008-GRA/CR-AREQUIPA, en el que se aprueba la exoneración del proceso de selección para la adquisición de una póliza de seguro de cobertura los riesgos de la infraestructura mayor el Proyecto Especial Xxxxx Xxxxxx, por la Causal de situación de Desabastecimiento Inminente establecidos en el Artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
Por el presente documento LA EMPRESA se obliga con EL PEMS a brindar el servicio Seguros, según lo establecido en los Términos de Referencia que como Anexo Nº 01, forman parte de este Contrato.
Queda entendido que LA EMPRESA no podrá alterar, modificar ni sustituir las características y ofertas señaladas en su propuesta.
CLÁUSULA TERCERA: CONTRAPRESTACIÓN Y FORMA DE PAGO
El PEMS abonara a la EMPRESA como contraprestación, la suma de………………………
Este monto cubre además del valor de la adquisición, los gastos generales, los gastos de distribución, imprevistos y cualquier otro gasto en que tenga que incurrir la EMPRESA para el cumplimiento de sus obligaciones, de modo que en ningún caso el PEMS quedara obligada a pagos adicionales al fijado en la presente cláusula.
CLÁUSULA CUARTA: PLAZO
La prestación del servicio será por el plazo de noventa (90) días vigente el ……..de……….. del 2008, a partir de las 12:00 hrs.
CLÁUSULA SEXTA: PENALIDADES
En caso de retraso injustificado en el inicio del contrato, LA ENTIDAD aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto total del contrato, la que se calculará de acuerdo a la fórmula establecida en el artículo 222º del Reglamento del TUO xx Xxx Nº 26850.
Por xxxx
La penalidad se aplicará y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad diaria = 0.10 x Monto del Contrato
F x Plazo en días
Donde F = 0.25
En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contratado.
CLÁUSULA SÉTIMA: CONFORMIDAD
Para efectuar el pago será necesaria la conformidad del PEMS, para lo cual se tendrá en consideración que la EMPRESA haya cumplido con todos los requisitos establecidos en el contrato correspondiente.
En caso de haber observaciones, éstas serán descritas en un Acta, y LA EMPRESA, tendrá un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio, dicho plazo no será menor de dos (02) ni mayor xx xxxx (10) días. Si pese al plazo otorgado, LA EMPRESA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, el PEMS podrá resolver el contrato sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.
CLÁUSULA OCTAVA: RESOLUCIÓN DE CONTRATO
Serán causales de Resolución del Contrato las siguientes:
Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para ello.
Haya llegado a acumular el monto máximo de la penalidad por xxxx en la ejecución de la prestación a su cargo; o
Paralice o reduzca injustificadamente la ejecución de la prestación, pese a haber sido requerido para corregir tal situación.
En los casos señalados, EL PEMS podrá resolver el Contrato, mediante una comunicación escrita remitida notarialmente a LA EMPRESA.
CLÁUSULA NOVENA: PROHIBICIÓN DE CESIÓN
LA EMPRESA no podrá transferir parcial ni totalmente las obligaciones que por este contrato asume, y tendrá la responsabilidad directa y total por la ejecución y cumplimiento del mismo.
CLÁUSULA DÉCIMA: CONTROVERSIAS
Las partes acuerdan que cualquier controversia o reclamo que surja de, o se relacione con, la ejecución y/o interpretación del presente contrato, será resuelta de manera definitiva mediante conciliación o arbitraje de derecho conforme a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850, su Reglamento y la Ley General de Arbitraje.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: DECLARACIÓN JURADA
LA EMPRESA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitada de contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: DOMICILIO LEGAL
Para los efectos del presente contrato, ambas partes señalan que su domicilio legal son los consignados en la introducción del mismo. Cualquier cambio deberá ser comunicado por escrito y remitido notarialmente a la otra parte, surtiendo efectos legales a partir de recibida la comunicación.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: NORMAS APLICABLES
En todo lo no previsto por el presente Contrato, se tendrá en cuenta os documentos descritos en la Cláusula Primera de los Antecedentes y la cotización de la EMPRESA documentos que forman parte del mismo, se aplicará lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley 26850 y su Reglamento aprobado por D.S. N° 084-2004-PCM.
Las partes en señal de conformidad y ratificaron de las cláusulas precedentes, suscriben el presente contrato, aclarando además que en dicho negocio jurídico no ha mediado vicio de volunta alguno que pueda ser causal de su anulación, comprometiéndose a su fiel cumplimiento de los términos de este Contrato a los…… días del mes de ……. del 2008.
p. LA EMPRESA p. PROYECTO ESPECIAL MAJES - SIGUAS