LICITACION PÚBLICA Nº 382-122-LPU18 PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PARA EL SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL INDICE
LICITACION PÚBLICA Nº 382-122-LPU18
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PARA EL SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL
INDICE
1. Procedimiento de contratación alcanzado.
2. Objeto.
3. Monto estimado de la contratación, moneda de cotización y moneda de pago.
4. Plazo de mantenimiento de oferta.
5. Competencia Judicial.
6. Descarga xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones – Domicilios y Notificaciones.
7. Consultas – Aclaraciones – Impugnaciones a los Pliegos de Bases y Condiciones.
8. Ofertas - Fecha y hora límite para su presentación – Apertura.
9. Contenido de la oferta.
10. Oferentes – Condiciones específicas.
11. Presentación de la oferta.
12. Condiciones y Plazo del servicio.
13. Garantía de cumplimiento de oferta.
14. Acta de apertura.
15. Empate de ofertas.
16. Mejora de oferta.
17. Información Complementaria. Muestras.
18. Dictamen de Preadjudicación.
19. Impugnación de la Preadjudicación
20. Modalidad de adjudicación - Adjudicación.
21. Perfeccionamiento del contrato.
22. Garantía de cumplimiento de contrato.
23. Modificaciones al contrato.
24. Facturas y pago.
25. Redeterminación de precios.
26. Seguros.
27. Del personal del prestador.
28. Exigencias sobre personal.
29. Obligaciones legales – Personal propio.
30. Sistema de control de asistencia y tareas.
31. Libro de órdenes de servicio y control.
32. Visita a instalaciones.
33. Caso Fortuito. Fuerza Mayor.
34. Incumplimientos – Sanciones.
35. Instancias competentes.
36. Obligaciones Fiscales del Oferente.
37. Consultas Técnicas y Administrativas.
ESPECIFICACIONES TECNICAS BASICAS ANEXO I - DENUNCIA DE DOMICILIO
XXXXX XX - DECLARACION JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR XXXXX XXX - DECLARACION JURADA DE ACEPTACION DE CONDICIONES
XXXXX XX - DECLARACION JURADA DE NO UTILIZACION DE MANO DE OBRA INFANTIL
ANEXO V - DECLARACION JURADA DE COMPETENCIA JUDICIAL ANEXO VI – DETALLE DE SUPERFICIES, FRECUENCIAS Y PERSONAL ANEXO VII – CERTIFICADO DE VISITA
XXXXX XXXX – PROCEDIMIENTO DE CONFORMIDAD DE SERVICIO DE LIMPIEZA
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PARA EL SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL.
ARTICULO 1º. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION ALCANZADO
El presente llamado se convoca en los términos del Régimen de Compras y Contrataciones vigente para el Sistema de Compras Electrónicas de la Provincia de Buenos Aires, en adelante “PBAC”, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10° y concordantes de la Ley N° 13.981, y del Anexo I del Decreto N° 1.300/16, Resolución N° 711/16 de la Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires que aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios, Resolución Conjunta N° 20/17 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y N° 92/17 del Contador General de la Provincia de Buenos Aires, Resolución N° 2017-5-E-GDEBA-CGP y el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas Básicas, que rigen para el procedimiento encuadrado en el artículo 17 de la Ley N°13.981, regulado por el artículo 17, inciso 1º del Anexo I del Decreto Nº1.300/16, Licitación Pública N° 382-122- LPU18 -, Expediente Nº 22700-20150/18.
ARTICULO 2º. OBJETO
La presente tiene por objeto contratar el servicio de limpieza integral en los edificios en que funcionan dependencias de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, conforme las condiciones del presente Pliego de Bases y Condiciones y las Especificaciones Técnicas Básicas, detallados a continuación:
Renglón | Cantidad | Unidad | Descripción |
1 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL SUBGERENCIA DE COORDINACION LA PLATA Y DEPENDENCIAS (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
Renglón | Cantidad | Unidad | Descripción |
2 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL GERENCIA GENERAL DE FISCALIZACION INDIVIDUALIZADA (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
3 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL GERENCIA GENERAL DE FISCALIZACION MASIVA (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
4 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL GERENCIA DE LOGISTICA Y SERVICIOS GENERALES (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
5 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL GERENCIA GENERAL DE TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN – CENTRO DE PROCESAMIENTO DE DATOS (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
6 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL SUBGERENCIA DE COORDINACIÓN XXXXXXXXXX Y DEPENDENCIAS (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
7 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL GERENCIA DE PLANIFICACIÓN DE ACCIONES TERRITORIALES (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
Renglón | Cantidad | Unidad | Descripción |
8 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL SUBGERENCIA DE COORDINACIÓN LA MATANZA Y DEPENDENCIAS (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
9 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL DEPARTAMENTO INSPECCIONES LA MATANZA (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
10 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL SUBGERENCIA DE COORDINACIÓN MORON Y DEPENDENCIAS (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
11 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL SUBGERENCIA DE COORDINACIÓN XXXXXXX XXXXX Y DEPENDENCIAS (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
12 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL SUBGERENCIA DE COORDINACIÓN TRENQUE LAUQUEN Y DEPENDENCIAS (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
Renglón | Cantidad | Unidad | Descripción |
13 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL SUBGERENCIA DE COORDINACIÓN MERCEDES Y DEPENDENCIAS (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
14 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL SUBGERENCIA DE COORDINACIÓN JUNÍN Y DEPENDENCIAS (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
15 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL GERENCIA DE COORDINACIÓN INTERIOR (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
16 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL DEPARTAMENTO FISCALIZACIÓN JUNÍN (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
17 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL SUBGERENCIA DE COORDINACIÓN DOLORES Y DEPENDENCIAS (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
18 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL DEPARTAMENTO INSPECCIONES DOLORES (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
Renglón | Cantidad | Unidad | Descripción |
19 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL SUBGERENCIA DE COORDINACIÓN XXX XXX XXXXX Y DEPENDENCIAS (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
20 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL DEPARTAMENTO INSPECCIONES XXX XXX XXXXX (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
21 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL GERENCIA DE PLANIFICACIÓN DE ACCIONES TERRITORIALES (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
22 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL GERENCIA DE COORDINACION INTERIOR (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
23 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL SUBGERENCIA DE COORDINACIÓN BAHÍA BLANCA Y DEPENDENCIAS (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
Renglón | Cantidad | Unidad | Descripción |
24 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL GERENCIA DE COORDINACION INTERIOR (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
25 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL SUBGERENCIA DE COORDINACIÓN AZUL Y DEPENDENCIAS (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
26 | 12 | Mes | SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL GERENCIA DE COORDINACION INTERIOR (en un todo de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexo VI) |
ARTICULO 3º. MONTO ESTIMADO DE LA CONTRATACION, MONEDA DE COTIZACION Y MONEDA DE PAGO
El presupuesto oficial de la presente contratación asciende a la suma de pesos noventa y cinco millones seiscientos seis mil quinientos diez con cuarenta centavos ($95.606.510,40). El pago se efectuará en moneda de curso legal.
ARTICULO 4º. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Los oferentes deben mantener y garantizar los términos de su oferta por el plazo de cuarenta (40) días hábiles, contados a partir de la fecha del acto de apertura.
Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no mantener su oferta con una antelación mínima xx xxxx (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial.
ARTICULO 5º. COMPETENCIA JUDICIAL
Ante cualquier cuestión judicial que pudiera suscitarse en torno al presente procedimiento de selección y perfeccionamiento del contrato conforme Ley N° 13.981, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Buenos Aires del Departamento Judicial de La Plata renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción (artículo 6º xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales).
ARTICULO 6º. DESCARGA XXX XXXXXX DE BASES Y CONDICIONES – DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES
El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas Básicas se encuentran a disposición de los interesados para su consulta en forma gratuita en el portal xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx. Para participar de un proceso de compra, es necesario ingresar con el usuario y contraseña asignados, buscar el proceso de compra y realizar la acción de “descargar el pliego”. Podrán descargar el Pliego quienes hubieren cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo de PBAC. Los avisos, citaciones, notificaciones, intimaciones, así como cualquier tipo de comunicaciones que efectúe la Autoridad Administrativa en el marco de la Ley N° 13.981, serán practicados digitalmente en el domicilio electrónico establecido en el Registro de Proveedores y Licitadores conforme lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley N° 13.981 y Decreto Reglamentario N° 1.300/16, Resoluciones Nº 711/16 y Nº 713/16 de Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 7º. CONSULTAS - ACLARACIONES - IMPUGNACIONES A LOS PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES
Quienes hubieren descargado el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas conforme a las pautas establecidas en el artículo 6° del presente podrán formular consultas sobre los mismos a través del PBAC hasta tres (3) días hábiles previos a la fecha establecida para la apertura de las ofertas, sin computar el día de la apertura.
El Comitente podrá elaborar aclaraciones o modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares de oficio o como respuesta a consultas de los potenciales
oferentes por medio de circulares que serán comunicadas al domicilio electrónico constituido por los interesados y publicada en los siguientes sitios web xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx, xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxx/xxxxxxxxxxx.xxx, xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxx y xxxx://xxx.xxx.xxx.xxx.xx/.
Las impugnaciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares serán recepcionadas por escrito ante el Departamento Gestión de Adquisiciones y Contrataciones, sito en xxxxx 00 x/ 0 x 0, 2º piso, corredor “A”, xxxxxxx 000, xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, días hábiles, en el horario de 8:00 a 16:00 horas, hasta tres (3) días hábiles previos a la fecha establecida para la apertura de ofertas, debiendo acreditar la constitución de la garantía de impugnación por el dos por ciento (2%) del presupuesto oficial indicado en el artículo 3º del presente Pliego de Bases y Condiciones de acuerdo a lo establecido en el artículo 19, apartado 1º, inciso d) del Anexo I del Decreto Nº1.300/16. Sólo tienen derecho a impugnar el pliego quienes hayan descargado el Pliego desde PBAC.
La garantía deberá constituirse mediante póliza de seguros de caución, emitida por las compañías autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del organismo contratante y contendrán el sometimiento a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de La Plata.
Los importes correspondientes a las garantías de impugnación serán reintegrados al impugnante si la misma fuera resuelta favorablemente.
ARTICULO 8º. OFERTAS – FECHA Y HORA LÍMITE PARA SU PRESENTACIÓN - APERTURA
El presente llamado se publicará y comunicará de acuerdo con lo establecido en los artículos 15 y 16 de la Ley N° 13.981 y Decreto Reglamentario N° 1.300/16.
A tal efecto, se deja constancia que la apertura de ofertas se realizará electrónicamente mediante el PBAC, el día 1° de noviembre de 2018 a las 14:00 horas.
ARTICULO 9º. CONTENIDO DE LA OFERTA
El contenido de la oferta deberá acreditar por si sólo el cumplimiento de los requisitos formales detallados a continuación:
Requisitos económicos:
1) La oferta económica por los renglones detallados en el artículo 2° del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, la que debe consignar el precio unitario, el total por renglón y el total general. Se debe consignar el precio neto, es decir, con sus descuentos e incluyendo impuestos;
2) Estructura de costos conformada de acuerdo a lo establecido en el artículo 25 de este Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Planilla de Desagregado de Costos”.
Requisitos técnicos:
1) Declaración jurada de aportes y contribuciones al Sistema de Seguridad Social correspondiente al último período vencido al momento de la fecha de apertura de ofertas (F931) y la constancia de presentación, a fin de acreditar que cuenta con la dotación de personal requerido para los renglones cotizados, conforme el artículo 10 del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “DDJJ F931”;
2) Certificados de visita obligatoria y/o declaración jurada de aceptación de las condiciones en la que se encuentran las dependencias, de cada una de las dependencias a intervenir, en los términos descriptos en el artículo 32 del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Generar archivo en formato PDF denominado “Anexo VII - Certificado de Visita/DDJJ a Instalaciones”;
3) Copia de título habilitante y constancia de matrícula vigente, del Responsable en Seguridad e Higiene en cumplimiento con lo requerido en el artículo 10 apartado 1° de este Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Generar archivo en formato PDF denominado “Responsable en Seguridad e Higiene”;
4) Antecedentes empresarios que acrediten la adecuación a los parámetros establecidos en el artículo 10 apartado 3° de este Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Generar archivo en formato PDF denominado “Antecedentes”;
5) El Oferente deberá incluir en su propuesta una descripción detallada de utensilios, equipamiento e insumos a proveer para el cumplimiento del servicio, según lo requerido en el punto 2.2 de las Especificaciones Técnicas Básicas. Generar archivo en formato PDF denominado “Utensillos, equipamiento e insumos”;
Requisitos administrativos:
1) Acreditar su inscripción o haber dado inicio al trámite de inscripción en el Registro de Proveedores y Licitadores. Específicamente, deberá acreditar inscripción en dicho Registro en el Rubro: 76 Servicios de limpieza industrial, Subrubro: 110.000 Servicios de limpieza y de consejería. Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Credencial Registro de Proveedores PBA”;
2) La indicación de los domicilios real, legal que se fije en la Provincia de Buenos Aires y electrónico del oferente. Este último será el provisto por el Registro de Proveedores de la Provincia, de acuerdo a lo establecido en la Resolución N° 263/16 y N° 713/16 de Contaduría General de la Provincia y la indicación de un número telefónico de contacto. Requiere documentación electrónica. Ver Anexo I “Denuncia de Xxxxxxxxx”;
3) Declaración jurada de aptitud para contratar. Requiere documentación electrónica. Ver Anexo II “Declaración Jurada de Aptitud Para Contratar” (artículo 9° xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales);
4) Declaración Jurada donde el oferente declara conocer todos y cada uno de los aspectos y las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas Básicas. Requiere documentación electrónica. Ver Anexo III “DDJJ aceptación de condiciones”;
5) Declaración jurada que indique que la firma no utiliza ni utilizará mano de obra infantil en ninguno de sus procesos, de conformidad con las normas legales vigentes. Requiere documentación electrónica. Ver Anexo IV “Declaración Jurada de no Utilización de Mano de Obra Infantil”;
6) Declaración Jurada donde el oferente manifiesta que ante cualquier cuestión judicial que pudiera suscitarse en torno al presente procedimiento de selección y perfeccionamiento del contrato, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Buenos Aires del Departamento Judicial de La Plata, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción (artículo 6º xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales). Requiere documentación electrónica. Ver Anexo V “DDJJ competencia judicial”;
7) Declaración del número de cuenta corriente o caja de ahorro, en moneda nacional, operativa en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, de la cual fuera titular, indicando el número de sucursal. Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Número de Cuenta Bancaria”;
8) En caso de corresponder, Certificado MIPyME de Micro, Pequeña y Mediana Empresa emitido por autoridad competente vigente a la fecha de apertura de ofertas. Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Certificado MIPyME”;
9) El oferente no deberá poseer deuda bajo ningún concepto ante el Fisco de la Provincia de Buenos Aires al momento de la apertura de la oferta (Certificado de Cumplimiento Fiscal – A404W-). Artículo 36 del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. No requiere documentación electrónica;
10) El oferente no deberá poseer deuda bajo ningún concepto ante el Fisco Nacional al momento de la adjudicación (Certificado Fiscal para Contratar ante AFIP). Artículo 36 del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. No requiere documentación electrónica;
11) Deberá presentar garantía de mantenimiento de oferta, según lo establecido en el artículo 13 de este Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTICULO 10. OFERENTES - CONDICIONES ESPECÍFICAS
Adicionalmente a las condiciones requeridas para los Oferentes detalladas en el artículo 4° xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, teniendo en cuenta la envergadura de las tareas y las intervenciones simultáneas requeridas, deberán reunir los requisitos que se describen a continuación:
1. El Contratista deberá designar, con carácter excluyente, un Responsable de Seguridad e Higiene, quien deberá ser un profesional matriculado según las exigencias de la Ley N° 19.587, Decreto 351/79 y sus modificaciones Decreto N° 1338/96, y se desempeñará de acuerdo a lo establecido en el artículo 27 apartado 2 del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
2. La contratista deberá contar con una dotación de personal mínima equivalente al cincuenta (50) por ciento del requerido para el/los renglones que se coticen, entendiendo como tal a la suma individual del personal que se indica en el “Anexo VI – Detalle de Superficies, frecuencias y personal” para cada dependencia que conforme el/los renglones, lo que se acreditará mediante la presentación con la oferta, del formulario 931 de la AFIP correspondiente al último vencimiento anterior a la fecha de apertura de la licitación.
3. La contratista deberá contar con una antigüedad empresaria mínima en el rubro de dos
(2) años, la que debe acreditar con la presentación de las correspondientes Órdenes de compra emanadas de Organismos Públicos y/o facturas de servicios prestados que cumplan con las exigencias previstas en la normativa fiscal nacional y provincial.
ARTICULO 11. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA.
Quienes hubieren descargado el Pliego de Bases y Condiciones Particulares conforme a las pautas establecidas en el artículo 6° del presente podrán formular las ofertas correspondientes. La presentación de la oferta se hará a través de los formularios electrónicos disponibles en PBAC cumpliendo todos los requerimientos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, de Condiciones Particulares y en las Especificaciones Técnicas Básicas y sus Anexos, adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en ellos en soporte electrónico. Asimismo, los documentos deberán ingresarse en el sistema PBAC en formato PDF, no pudiendo superar cada uno los 20 MB.
Los documentos que por sus características deban ser presentados en soporte papel serán individualizados en la oferta y entregados ante el Departamento Gestión de Adquisiciones y Contrataciones, sito en xxxxx 00 x/ 0 x 0, 2º piso, corredor “A”, oficina 230, de la ciudad de La Plata, días hábiles, en el horario de 8:00 a 16:00 horas, desde la fecha de publicación en el portal xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx, hasta la fecha y hora establecida para la apertura de ofertas. Toda documentación que se acompañe y que sea requerida en los pliegos, deberá encontrarse redactada en idioma castellano o en su defecto deberá acompañar la traducción realizada por un traductor oficial.
A fin de garantizar su validez, la oferta electrónicamente cargada deberá ser confirmada por el oferente, lo cual podrá realizarlo únicamente a través de un usuario habilitado para ello, conforme lo normado en el artículo 3° del Anexo Único de la Resolución Conjunta N° 20/17 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y N° 92/17 del Contador General de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 12. CONDICIONES Y PLAZO DEL SERVICIO.
La prestación del servicio se efectuará en las instalaciones de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires indicadas en el Anexo VI - Detalle de Superficies, Frecuencias y Personal, resultando las superficies allí detallas aproximadas.
Los gastos de traslados, flete y descarga correrán por cuenta del Adjudicatario.
Es dable indicar que, en los casos en que la superficie descubierta de patios interiores o exteriores y veredas contenga césped, deberá contemplarse el mantenimiento del mismo, reforzando el servicio en los meses desde septiembre hasta abril.
Asimismo, cuando se indique realizar limpieza dos (2) veces por semana la empresa deberá presentarse los días lunes y jueves. En caso de que alguno de los días indicados sea feriado, se efectivizará el día inmediatamente posterior. Cuando se indica tres (3) veces por semana se procederá de la misma forma, realizando el servicio lunes, miércoles y viernes de cada semana.
Cabe aclarar que, las ubicaciones de las unidades móviles están sujetas a posibles relocalizaciones, teniendo en cuenta razones operativas. En tanto, la ubicación y superficie de los Centros de Servicios Local de Xxxxxxx Xxxxxxxxxx y Xxxxxxxxxx puede variar.
Asimismo en caso que por razones operativas o fuerza mayor debiera trasladarse alguna de las dependencias afectadas al servicio, la empresa prestataria quedará obligada a continuar con la prestación en el nuevo domicilio bajo las mismas condiciones originales de la contratación.
Por último, la prestación de los servicios no incluye días domingos ni feriados.
El servicio deberá prestarse a partir del 1 de enero de 2019 o fecha posterior, de acuerdo al perfeccionamiento del contrato –conforme artículo 24 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales- y hasta el 31 de diciembre de 2019.
ARTICULO 13. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.
De corresponder, los oferentes deberán presentar e individualizar la garantía de mantenimiento de oferta en el formulario electrónico de PBAC. El original de instrumento deberá ser presentado ante el Departamento Gestión de Adquisiciones y Contrataciones, sito en xxxxx 00 x/ 0 x 0, 0x xxxx, xxxxxxxx “X”, xxxxxxx 000, xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, dentro del plazo de veinticuatro (24) horas computado a partir del acto de apertura, en sobre cerrado que indique los datos de la contratación. La fecha de emisión del instrumento de garantía no podrá exceder del día y hora de apertura de ofertas.
El monto de la garantía de mantenimiento de oferta deberá ser equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el artículo 19 de
la Ley N° 13.981, artículo 19 apartado 1 a) del Anexo I del Decreto Reglamentario N° 1.300/16 y artículo 19 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, con la excepción prevista en su apartado 3°.
La falta de presentación de la garantía producirá la desestimación de la oferta sin más trámite.
La garantía de mantenimiento de oferta se deberá constituir en las formas y condiciones detalladas en el artículo 19 del Anexo I del Decreto Nº 1.300/16.
ARTICULO 14. ACTA DE APERTURA
El acto de apertura de ofertas se efectuará a través del PBAC, liberándose las ofertas en el día y hora establecidos en el presente pliego, formulándose electrónicamente el Acta pertinente con los siguientes requisitos:
a) Xxxxx, hora, e identificación de la contratación;
b) Número de orden asignado a cada oferta;
c) Monto de cada oferta y sus variantes;
d) Nombre del oferente y número de C.U.I.T.;
e) Xxxxx y forma de la garantía cuando corresponda su presentación. Ninguna oferta puede ser desestimada en el acta de apertura.
ARTICULO 15. EMPATE DE OFERTAS
En caso de paridad de ofertas, se solicitará a través de PBAC, a los respectivos proponentes que, y dentro del término de tres (3) días, formulen una mejora de precios.
El silencio del oferente se entiende como mantenimiento de la propuesta sin modificación.
Si el importe de los renglones igualados no exceden de 5 UC, se procede directamente a adjudicar por sorteo público de las ofertas empatadas – artículo 20, apartado 3º, del Anexo I del Decreto Nº 1.300/16.
ARTICULO 16. MEJORA DE OFERTA
Cuando la Comisión Asesora de Preadjudicación estime que el precio de la mejor oferta presentada resulte excesivo con relación al monto estimado de la contratación, podrá solicitar, por PBAC una mejora en el precio de la oferta, a los fines de conseguir la más conveniente a los intereses de la Provincia. Ante la negativa del oferente de mejorar el
precio, dicha Comisión en su caso, aconsejará proseguir con la adjudicación o declarar la inconveniencia de todas las propuestas, exponiendo los fundamentos en su dictamen.
ARTICULO 17. INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA. MUESTRAS.
Para la evaluación de las ofertas, el organismo podrá requerir de los oferentes, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas. Dicho requerimiento se efectuará por PBAC.
La repartición se reserva el derecho de solicitar muestras y toda información adicional que considere necesaria de los insumos cotizados por los Oferentes para su evaluación.
ARTÍCULO 18. DICTAMEN DE PREADJUDICACIÓN.
Las ofertas serán analizadas por una Comisión de Preadjudicación.
La Comisión de Preadjudicación evaluará en cada oferta el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente y los establecidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas, la aptitud de los oferentes para contratar, los aspectos formales, legales, económicos, forma de cotización y técnicos de cada oferta.
El cuadro comparativo de precios será confeccionado automáticamente por PBAC tomando la información que surja de la cotización de las ofertas presentadas en el sistema.
En el Acta que se emita como consecuencia de su dictamen, se indicará si hay ofertas inadmisibles, explicando los motivos y disposiciones aplicables, siguiendo igual procedimiento en caso de ofertas manifiestamente inconvenientes. Se dejará constancia de la evaluación de las observaciones que se hayan efectuado y se consignarán los fundamentos normativos de la recomendación aconsejada en el dictamen.
La Comisión emitirá su dictamen mediante PBAC dentro de cinco (5) días hábiles contados desde la fecha de apertura de las propuestas indicando el orden de mérito de las ofertas que hayan sido aceptadas en el proceso de selección en forma fundada.
Dicho plazo se suspenderá por el requerimiento de informes técnicos o por la intimación a subsanar defectos formales, cursada a los oferentes. La Comisión deberá intimar al
oferente, bajo apercibimiento de desestimar la oferta, a subsanar deficiencias insustanciales de su oferta dentro del término que se fije en la intimación.
Es condición que al momento de la preadjudicación el oferente se encuentre inscripto en el Registro de Proveedores y Licitadores.
El dictamen de evaluación de las ofertas se notificará a todos los oferentes por avisos mediante mensajería de PBAC, en el domicilio electrónico declarado por los proveedores de acuerdo a los términos y condiciones establecidos en la Resolución N° 713/16 del Contador General de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 19. IMPUGNACIÓN DE LA PREADJUDICACIÓN.
El dictamen de preadjudicación se notifica electrónicamente a los oferentes haciéndoles saber el derecho a tomar vista de las actuaciones y a formular impugnaciones dentro del plazo de tres (3) días hábiles desde la notificación.
Los interesados podrán impugnarlo mediante PBAC dentro de los plazos establecidos en el párrafo anterior, debiendo previamente, presentar en forma física la garantía de impugnación ante la Comisión Asesora de Preadjudicación, sito en xxxxx 00 x/ 0 x 0, 0x xxxx, corredor “D”, xxxxxxx 000, xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, días hábiles, en el horario de 8:00 a 16:00 horas.
La garantía deberá constituirse por el tres por ciento (3%) del monto de la oferta del renglón impugnado, si el Dictamen de Preadjudicación no aconsejare la aceptación de ninguna oferta, el importe de la garantía se calculará sobre la base del monto ofertado por el impugnante por el renglón cuestionado, conforme lo establecido en el artículo 19, apartado 1, inciso f) del Anexo I del Decreto Nº 1300/16.
La garantía deberá constituirse mediante póliza de seguros de caución, emitida por las compañías autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del organismo contratante y contendrán la cláusula de liso, llano y principal pagador y el sometimiento a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de La Plata.
Las impugnaciones serán resueltas en el mismo acto administrativo de adjudicación, previa vista y nuevo Dictamen de Preadjudicación, el que no se sustanciará.
Los importes correspondientes a las garantías de impugnación serán reintegrados al impugnante si la impugnación es resuelta favorablemente.
ARTICULO 20. MODALIDAD DE ADJUDICACION - ADJUDICACION
La adjudicación será según lo dispuesto por el artículo 21 del Anexo I del Decreto Nº1.300/16 y los artículos 22 y 23 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales y, la misma se efectuará por lotes, por lo que para que un oferente resulte adjudicatario de un lote deberá cotizar la totalidad de los renglones que lo integran. Los mismos se conforman de la siguiente forma: Lote 1: renglones 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7; Lote 2: renglones 8 y 9; Lote 3: renglón
10; Lote 4: renglón 11; Lote 5: renglones 12 y 13; Lote 6: renglones 14, 15 y 16; Lote 7:
renglones 17, 18, 19, 20, 21 y 22; Lote 8: renglones 23 y 24; Lote 9: renglones 25 y 26.
ARTICULO 21. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la notificación de la orden de compra al adjudicatario o del instrumento que la sustituya, ello de acuerdo con los lineamientos vertidos en el artículo 23 de la Ley N° 13.981 y Decreto Reglamentario N° 1300/16.
ARTÍCULO 22. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Deberá constituir una garantía de cumplimiento de contrato, la que no podrá ser inferior al diez por ciento (10%) del valor total adjudicado, la misma deberá presentarse en el Departamento Órdenes de Compra y Facturación, sito en xxxxx 00 x/ 0 x 0, 1º piso, corredor “D”, xxxxxxx 000, xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación, ello de acuerdo a lo establecido en el artículo 19, apartado 1º, incisos b) y c) del Anexo I del Decreto Nº 1300/16.
La garantía deberá constituirse mediante póliza de seguros de caución, emitidas por las compañías autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del organismo contratante. Dicha póliza deberá mantener plena vigencia durante todo el plazo del Contrato y determinando que la Provincia de Buenos Aires, en la persona de la Agencia de Recaudación, será el asegurado secundario (coasegurado) y contendrán la cláusula de liso, llano y principal pagador y el sometimiento a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de La Plata.
ARTICULO 23. MODIFICACIONES AL CONTRATO.
El requerimiento del servicio podrá ser incrementado/reducido hasta un veinte por ciento (20%) del valor total adjudicado, conforme al procedimiento previsto en el artículo 26 – Modificaciones al Contrato - Pliego de Bases y Condiciones Generales, por la incorporación/eliminación de dependencias o sectores, acrecentándose/reduciéndose en cada caso la prestación y precio en directa proporción a la cantidad de personal afectado/desafectado, y en las mismas condiciones y precios establecidos para el servicio principal.
Conforme lo establecido en el artículo 26 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, la decisión de aumentar o disminuir en hasta un veinte por ciento (20%) será notificada antes de la finalización del plazo de ejecución contractual.
Asimismo el contrato podrá ser prorrogado por un plazo de noventa (90) días, pudiendo incluir o no un aumento o disminución en la cantidad o nivel de las prestaciones contratadas. En tal caso, el uso de dicha opción será notificada al cocontratante con anterioridad a la finalización del contrato.
En cualquier caso la notificación de la nueva orden de compra se producirá en un plazo no mayor a quince (15) días corridos computados desde el vencimiento del plazo de ejecución contractual, previa renovación de la garantía de cumplimiento de contrato. Los efectos de la nueva orden de compra se retrotraerán a la fecha de efectiva vigencia de la modificación.
Vencido el plazo indicado, se requerirá nueva conformidad del cocontratante
ARTICULO 24. FACTURAS Y PAGO
Las facturas serán presentadas en original por mes calendario vencido y deberán presentarse acompañadas de las “Planillas de Conformidad de Servicio” (de acuerdo a lo previsto en el Anexo VIII - Procedimiento de Conformidad de Servicio de Limpieza) respectivos, en el Departamento Órdenes de Compra y Facturación de la Gerencia de Adquisiciones y Contrataciones y cumplir con las exigencias previstas en la normativa fiscal, tanto Nacional como Provincial. El pago se efectuará conforme lo estipulado en el artículo 31 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales.
ARTICULO 25. REDETERMINACION DE PRECIOS
El Adjudicatario podrá solicitar ante Contaduría General de la Provincia la redeterminación de precios cuando los costos de los factores principales reflejen una variación promedio
ponderada superior en un cinco por ciento (5%) respecto del Acto de Apertura de Ofertas o al surgido de la última redeterminación de precios según corresponda.
El procedimiento se ajustará a lo normado en el artículo 7° apartado g) inciso 1° del Anexo I del Decreto N° 1.300/16 y la Resolución Nº857/16 de la Contaduría General de la Provincia. A tal efecto se detallan los factores principales que componen la estructura de costos estimada para el servicio que se licita, su incidencia y la fuente de los precios e índices correspondientes:
Ítem | Incidencia | Parámetros | |
1 | Mano de Obra | 70,00% | Básico del Convenio Colectivo de Trabajo N° 281/96 modificado por el Convenio Colectivo de Trabajo N° 74/99 – Categoría Oficial jornada completa. |
2 | Insumos | 20,00% | INDEC-IPIM- Nacional – Sustancias y Productos Químicos (24) |
3 | Otros Gastos | 10,00% | INDEC-IPIM-Nivel General |
Total | 100% |
Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de administrativo que apruebe el Acta de Redeterminación de Precios el adjudicatario deberá presentar en el Departamento Órdenes de Compra y Facturación, sito en xxxxx 00 x/ 0 x 0, 0x xxxx, corredor “D”, xxxxxxx 000, xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx la nueva garantía de cumplimiento de contrato, conforme lo determine la Autoridad de Aplicación.
ARTICULO 26. SEGUROS
1. Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación y en forma previa al perfeccionamiento del contrato, el Adjudicatario deberá presentar la póliza de seguro y el recibo del pago total del premio que, a satisfacción del Comitente, cubra los riesgos de responsabilidad civil, amplio, contra cualquier daño, pérdida, lesión o muerte, a terceros y a bienes, derivados de negligencia, imprudencia o inobservancia de las
reglas del buen arte, en las tareas a causa o como consecuencia del Contrato, por un monto mínimo individual de pesos tres millones ($3.000.000).
Dicha póliza deberá mantener plena vigencia durante todo el plazo del Contrato, sus ampliaciones y prórrogas y determinando que la Provincia de Buenos Aires, en la persona de la Agencia de Recaudación, será el asegurado secundario (coasegurado) y contendrán la cláusula de liso, llano y principal pagador y el sometimiento a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativos del Departamento Judicial de La Plata.
2. Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación y en forma previa al perfeccionamiento del contrato, el Adjudicatario deberá presentar ante el Departamento Órdenes de Compra y Facturación de la Gerencia de Adquisiciones y Contrataciones la póliza de seguro y el recibo del pago total del premio que, a satisfacción del Comitente, cubra los riesgos del trabajo regidos por la Ley N° 24.557 y sus Decretos Reglamentarios Nº 170/96 y Nº 334/96 (Contrato de afiliación con la ART) y el seguro de vida obligatorio, en ambos casos, sobre la totalidad de la dotación del personal a su cargo afectado y, de corresponder, copia de la póliza de Seguro de Accidentes Personales, de sujetos contratados por el prestador, que no se encuentren bajo relación de dependencia.
3. Incendio: Destrucción parcial o total de edificios, instalaciones y equipamientos afectados al servicio hasta un monto igual al del total del presente contrato. La póliza deberá estar endosada a favor de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.
4. Los seguros exigidos en este Pliego o aquellos que resulten obligatorios, serán extendidos por todo el plazo de ejecución contractual y por las prórrogas y/o ampliaciones que se autoricen y hasta la recepción definitiva de los trabajos. Dichos seguros incluirán a la Provincia de Buenos Aires en la persona de la Agencia de Recaudación de la provincia como cotitular y/o beneficiaria según corresponda.
5. Las pólizas deberán ser emitidas a nombre de la Contratista con indicación del asegurado tal como se halle consignado en la Orden de Compra.
6. Todos los seguros deberán ser contratados en compañías aseguradoras con domicilio en la Provincia de Buenos Aires, con un valor positivo en el indicador “H” igual o superior a 50 puntos, según el último informe disponible de la Superintendencia de Seguros de la Nación al mes anterior a la adjudicación.
ARTICULO 27. DEL PERSONAL DEL PRESTADOR
La Adjudicataria deberá afectar a las tareas personal idóneo y capacitado para la realización de los trabajos encomendados. Los equipos deberán estar en condiciones óptimas de uso y estos junto con las herramientas necesarias para la ejecución de los trabajos se integrarán en un pañol dotado del equipamiento necesario para el cumplimiento de las prestaciones comprometidas. En el curso de la ejecución de las tareas, la Adjudicataria se ajustará íntegramente a la documentación contractual y a las indicaciones de la Inspección.
1. Entidades Ley Nº 20.337 y modificatorias. En el caso de entidades encuadradas en la Ley Nº 20.337 y modificatorias, el personal afectado a la prestación de los servicios objeto del presente llamado, deberá revestir el carácter de asociados.
2. Designación de Representante Técnico y Representante en Higiene y Seguridad: Entre el personal necesario para cumplir las tareas, el Adjudicatario deberá contemplar la designación de un Representante Técnico, quien deberá poseer título universitario habilitante de acuerdo a las disposiciones de las Leyes N° 4.048 y N° 5.140, para lo cual deberá estar inscripto en los registros que estipulan las Leyes mencionadas. El Representante Técnico se hará directa y solidariamente responsable con la empresa Adjudicataria de la correcta y normal ejecución de los trabajos y de sus resultados. El oferente deberá presentar del Representante Técnico propuesto la copia de la matrícula habilitante, currículum vitae con antecedentes y copia del contrato de representación técnica que lo vincula. Queda entendido que la designación conlleva un conocimiento previo del mismo que habilita al oferente a prestar el servicio y lo califica para dicha tarea. Deberá contar con amplias facultades para decidir todo lo que haga al cumplimiento del servicio y tendrá la responsabilidad de recibir los requerimientos e instrucciones del Comitente, planificar la ejecución de los trabajos, ejercer la conducción del personal que la empresa adjudicataria designe para cumplir con el servicio y rubricar y presentar, por autorización escrita del Adjudicatario, toda documentación que correspondiese.
Asimismo deberá contar con un Representante en Seguridad e Higiene, quien deberá ser un profesional matriculado según las exigencias de la Ley N° 19.587, Decreto N° 351/79 y sus modificaciones y Decreto N° 1338/96, cuya presencia será obligatoria en las siguientes circunstancias:
2.1. Previo al inicio de cada intervención, con el fin de verificar las condiciones de seguridad de la misma y certificar el cumplimiento de las cláusulas técnicas xxx xxxxxx, de la legislación
vigente en materia de Seguridad y Medio Ambiente, y en especial de las Resoluciones SRT N° 51/97 y N° 231/96.
2.2. En tareas que impliquen coordinación entre el personal de la Agencia y el Adjudicatario, en asuntos de su competencia.
2.3. Ante cualquier requerimiento de la Agencia, según las obligaciones inherentes a su propia responsabilidad.
La Adjudicataria no podrá aducir desconocimiento por los temas de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente que fueron objeto de análisis y aprobación para el desempeño en el contrato que se trata por el motivo de no estar presente su responsable designado.
El Responsable de Seguridad e Higiene podrá asimismo estar a cargo de las tareas de supervisión general establecidas en el presente apartado.
3. Relevo de personal: El Adjudicatario deberá proceder al relevo del personal observado por el Comitente, cuando a su exclusivo juicio existieran razones para ello.
ARTICULO 28. EXIGENCIAS SOBRE PERSONAL
El personal que afecte el Adjudicatario a sus tareas deberá cumplir las siguientes exigencias:
1. No ser agentes al servicio del Estado Nacional, Provincial ni Municipal.
2. Contar con dieciocho (18) años de edad cumplidos como mínimo.
3. Contar con libreta sanitaria que estará obligado a presentar en toda ocasión que la repartición contratante se lo solicite.
4. Contar con uniforme completo de uso obligatorio y con tarjeta de identificación numerada con nombre y apellido o razón social del prestador, foto 4 x 4 y nombre y apellido del operario, que deberá exhibir permanentemente sobre el lado izquierdo del pecho. El uniforme deberá ser provisto por la Empresa contratista, responderá a un mismo color, tipo y modelo, las tarjetas de identificación se ajustarán a las mismas instrucciones.
5. Observar las normas de buena conducta y aseo pertinente, estando prohibido circular por las áreas que no tengan asignadas para la prestación del servicio.
6. Evitar su relación con el personal de la administración, salvo los casos que así lo exijan razones de trabajo.
ARTICULO 29. OBLIGACIONES LEGALES - PERSONAL PROPIO
La contratista será responsable de cualquier accidente que ocurra a su personal y/o terceros, haciendo suyas las obligaciones que de ello deriven, de acuerdo a lo que establece la legislación citada en este Pliego.
El adjudicatario está obligado a asegurar antes de la iniciación de los trabajos, a todo su personal, tanto administrativo como obrero, en una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) de conformidad a lo dispuesto en este Pliego en materia de seguros, sin perjuicio de obligarse a mantener indemne al Comitente ante cualquier reclamo que este sugiera como consecuencia de hechos o actos relativos a la relación de empleo del Contratista con el personal afectado a los trabajos.
La Contratista deberá, de acuerdo a las resoluciones vigentes en la materia, confeccionar y coordinar el Programa Único de Higiene y Seguridad. El mismo deberá ser presentado ante su A.R.T. para la aprobación y al Comitente. El plazo para presentar la aprobación del mismo a la inspección de obra es de 2 (dos) días hábiles a partir de la fecha de notificación al adjudicatario del inicio de los trabajos.
1. Pagar en término sueldos y jornales y toda retribución que le corresponda, en término xx Xxx.
2. Contar con los seguros xx Xxx (ART, Seguro de Vida Obligatorio y Seguro de Responsabilidad Civil).
3. Cumplir todas las obligaciones laborales y previsionales que la legislación vigente establezca o que se dicten en el futuro.
4. Cumplir las disposiciones de la Ley N° 19.587 y sus decretos reglamentarios, como así mismo toda otra normativa que la amplíe o reemplace, respecto de las normas de higiene y seguridad laboral.
5. Utilizar las normas técnicas, sanitarias, precautorias y de tutela del trabajador en cuanto a las condiciones ambientales, integridad psicofísica y prevención de los riesgos laborales.
6. Contar con la certificación de los exámenes preocupacionales correspondientes a cada uno de los empleados dependientes de la empresa que figuren en la nómina de servicios (artículo 5° inciso o) de la Ley Nº 19.587 - Decretos N° 351/79 y N° 1338/96).
7. El Comitente se reserva el derecho de verificar cuando lo considere oportuno, y a través de la Contaduría General de la Provincia y del Ministerio de Trabajo, el cumplimiento de las
leyes laborales, previsionales y sociales, pudiendo requerir al Adjudicatario la documentación necesaria para tal fin.
ARTICULO 30. SISTEMA DE CONTROL DE ASISTENCIA Y TAREAS
1. El Comitente implementará un sistema de control de personal de la empresa contratista, en la forma que más convenga a dichos fines.
2. El Adjudicatario, en forma previa a la iniciación de la prestación, cursará al Comitente el detalle de la nómina del personal con indicación de sus datos de identidad, filiación, domicilio, vínculo contractual y su fecha de inicio. Igual exigencia corresponderá para el personal que se incorpore en caso de relevos.
3. El Adjudicatario está obligado a informar por escrito las altas y bajas de su personal en relación de dependencia que se produzcan en la prestación del servicio, con el mismo alcance de las exigencias establecidas en el punto 2 del presente artículo. Las altas deberán ser comunicadas al menos con doce (12) horas de anterioridad a que el empleado inicie el servicio y las bajas deberán ser comunicadas por el Adjudicatario dentro del primer día hábil siguiente al de producido el cambio, debiendo acreditar que ninguna obligación se mantiene incumplida respecto del personal cuya baja se comunica.
ARTICULO 31. LIBRO DE ÓRDENES DE SERVICIO Y CONTROL
1. Las órdenes, instrucciones, observaciones o pedidos de aclaraciones que se deba transmitir al Adjudicatario, se efectuarán mediante el “Libro de Órdenes de Servicio y Notas de Pedido” en que deberán notificarse, periódicamente, hubieren o no, ocurrido novedades. En caso de negativa, el Comitente le entregará una copia de la Orden o Nota de Xxxxxx, firmando en el original un testigo que dará fe que la copia fue entregada. El Adjudicatario quedará notificado del contenido, comenzando a correr desde ese momento el plazo fijado para su cumplimiento.
2. A tales efectos, el Adjudicatario proveerá un (1) libro con doscientos (200) folios numerados, impresos en original y dos (2) copias, el que deberá ser rubricado por el Comitente.
3. De completarse el Libro de Órdenes y Notas de Pedido, el Adjudicatario proveerá inmediatamente un libro adicional para la continuación del proceso de comunicación. La
reposición de libros se efectuará cuantas veces sea necesario, estará a su cargo y a su exclusivo costo.
4. Mensualmente el Comitente certificará la conformidad respecto al servicio recibido, y asentará los incumplimientos relevados en caso de corresponder, de acuerdo a lo previsto en el Anexo VIII - Procedimiento de Conformidad de Servicio de Limpieza.
ARTICULO 32. VISITA A INSTALACIONES
Será responsabilidad del Oferente la verificación de las instalaciones donde se prestará el servicio en forma previa a su cotización, no pudiendo alegar desconocimiento ni al momento de cotizar, ni en caso de resultar adjudicatario, durante la ejecución del contrato.
Los Interesados deberán presentar con su Oferta el certificado de visita de las instalaciones que integran los distintos renglones debidamente rubricado por las autoridades del Comitente -que será entregado en oportunidad de efectuarse la misma, o en su defecto podrán ser suplidos por una declaración jurada manifestando el conocimiento de las instalaciones.
Los oferentes deberán presentar con su oferta el archivo digital correspondiente al certificado de visita de las instalaciones debidamente rubricado por las autoridades del Comitente de cada una de las dependencias a intervenir en oportunidad de efectuarse la misma, o declaración jurada de aceptación de las condiciones en que se encuentran las mismas.
La presentación del certificado de visita o en su defecto la declaración jurada de aceptación de las condiciones de las instalaciones implica el conocimiento y conformidad respecto del estado de los lugares donde se realizarán las tareas y de su envergadura. Serán rechazadas todas las cuestiones que los Oferentes/Adjudicatarios promuevan alegando factores o circunstancias no previstas o desconocidas al formular su cotización.
Asimismo, conforme lo indicado en el artículo 12 del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, en caso que por razones operativas o fuerza mayor debiera trasladarse alguna de las dependencias afectadas al servicio, la empresa prestataria quedará obligada a continuar con la prestación en el nuevo domicilio bajo las mismas condiciones originales de la contratación.
ARTICULO 33. CASO FORTUITO. FUERZA MAYOR.
El cocontratante tendrá la obligación de cumplir las prestaciones por sí en todas las circunstancias, salvo caso fortuito o fuerza mayor, no imputables a él, de tal gravedad que tornen imposible la ejecución del contrato. El caso fortuito o fuerza mayor deberá ser puesto en conocimiento a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires dentro de los diez (10) días hábiles de producido. Si el vencimiento fijado para el cumplimiento de la obligación fuera inferior a dicho plazo, la comunicación deberá efectuarse antes de las veinticuatro (24) horas del vencimiento.
La documentación probatoria de los hechos que se aleguen deberá presentarse a la autoridad citada dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que se puso en conocimiento la existencia del caso fortuito o fuerza mayor. Cuando el impedimento le conste, la Autoridad Administrativa, podrá eximir al proveedor de la obligación de cumplir las prestaciones. Transcurridos los plazos mencionados caducará todo derecho al respecto. Todo conforme artículo 8 inciso c) del Anexo I del Decreto N° 1300/16.
ARTICULO 34. INCUMPLIMIENTOS - SANCIONES
Cuando el Adjudicatario cumpliere parcialmente o dejare de cumplir con el servicio contratado o el mismo no resultare satisfactorio a solo juicio del Comitente, hecho que deberá resultar acreditado mediante inspecciones y notificaciones fehacientes de los incumplimientos, con detalle de los mismos al Adjudicatario, éste será pasible de las sanciones previstas en el artículo 24 del Anexo I del Decreto N°1.300/16, conforme lo indicado en el artículo 36 de las Condiciones Generales.
Sin perjuicio de lo indicado precedentemente, también será pasible de una sanción punitoria por incumplimiento en la implementación, en el tiempo y/o en la forma prevista en este Pliego de Bases y Condiciones Particulares, según el siguiente detalle:
1. Sanción punitoria por incumplimiento parcial de los trabajos, en el tiempo y/o en la forma prevista en las Especificaciones Técnicas Básicas, de un tres por ciento (3%) sobre el monto mensual contratado correspondiente a la dependencia en que se registren los mismos, por cada incumplimiento registrado.
2. Sanción punitoria por incumplimientos de horarios y puestos de trabajo a cubrir conforme el Anexo VI – Detalle de Superficies, Frecuencias y Personal, de cinco décimos por ciento (0,5%) sobre el monto mensual contratado correspondiente al
renglón de la dependencia en la que se registren los mismos, por cada incumplimiento registrado.
3. Sanción punitoria por incumplimiento en la provisión de maquinarias e insumos de cinco décimos por ciento (0,5%) sobre el monto mensual contratado correspondiente al renglón de la dependencia en la que se registren los mismos, por cada incumplimiento registrado.
Se entenderá como monto mensual contratado de una dependencia a los efectos de la aplicación de la presente, al valor resultante del producto del importe mensual correspondiente al renglón al que la dependencia pertenezca, por la proporción de metros cuadrados de superficie de limpieza de la misma respecto de dicho renglón, según surja del Anexo VI – Detalle de Superficies, Frecuencias y Personal.
ARTICULO 35. INSTANCIAS COMPETENTES
Las instancias administrativas o técnicas competentes del Organismo Contratante, con la intervención de Contaduría General de la Provincia y de los Órganos de Asesoramiento y Control cuando corresponda según la materia, serán quienes se expedirán respecto de la interpretación de las presentes Bases de la Contratación y demás documentación que, posteriormente, integre el contrato.
Serán también quienes intervendrán en todas las cuestiones que las Bases de la Contratación prevén, autorizan, reservan o imponen al Comitente.
En particular, la Gerencia de Logística y Servicios Generales será responsable de actuar como contraparte de la relación contractual y tendrá a su cargo la verificación del cumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones que las Bases de la Contratación establecen.
ARTICULO 36. OBLIGACIONES FISCALES DEL OFERENTE
Los oferentes al momento de la apertura de ofertas, no deberán poseer deuda alguna con el Fisco de la Provincia de Buenos Aires, como constancia de lo cual esta Agencia de Recaudación emitirá el correspondiente Certificado de Cumplimiento Fiscal (A404-W), en virtud de lo dispuesto por el artículo 37 de la Ley N° 11.904 (texto ordenado por Ley N° 14.333) y la Resolución Normativa N° 50/11 de este organismo.
Asimismo se verificará mediante la emisión del Certificado Fiscal para Contratar -según lo dispuesto por la Resolución General de AFIP N° 4164/17- que los mismos no poseen deuda bajo ningún concepto con el Fisco Nacional, requisito que podrá ser regularizado con carácter previo a la adjudicación.
ARTICULO 37. CONSULTAS TECNICAS Y ADMINISTRATIVAS
Para consultas técnicas referente a la utilización del sistema PBAC comunicarse al (0000) 000-0000 / 000-0000 / 000-0000 o enviar un correo a xxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xxx.xx, para consultas administrativas, enviar un correo a xxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx o comunicarse al teléfono (0000) 000-0000, en días hábiles, en el horario de 8:00 a 16:00 horas.