CONTRATO DE SERVICIOS DE PUBLICIDAD EN MEDIOS ALTERNATIVOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE ANTIGUO CUSCATLÁN
CONTRATO DE SERVICIOS DE PUBLICIDAD EN MEDIOS ALTERNATIVOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE ANTIGUO CUSCATLÁN
Contrato L.G. AMAC No. 001/2019
Nosotros, XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX, Licenciada en Relaciones Públicas y Publicidad, de ====== años de edad, del domicilio de =====, Departamento de ======, con mi Documento Único de Identidad número:
========, con Número de Identificación Tributaria: =========, actuando en nombre y representación de la ALCALDÍA MUNICIPAL ANTIGUO CUSCATLAN, con Número de Identificación Tributaria: ========, en mi calidad de Alcaldesa Municipal, y que en este instrumento me denominaré LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE, y por la otra parte, XXXXX DEL XXXXXX XXXX XXXXX, de
======= años de edad, Empleada, del domicilio de =======, Departamento de
======, con Documento Único de Identidad número: ========, con Número de Identificación Tributaria: ==========; que en este instrumento me denominaré “LA CONTRATISTA”, y en las calidades antes expresadas MANIFESTAMOS: Que hemos acordado otorgar y en efecto el CONTRATO DE SERVICIOS DE PUBLICIDAD EN MEDIOS ALTERNATIVOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE
ANTIGUO CUSCATLÁN, y que convenimos someternos de conformidad a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, que en adelante se denominará LACAP, su Reglamento que en adelante se denominará RELACAP, y a las cláusulas que se detallan a continuación: I) OBJETO DEL CONTRATO: La Contratista se compromete en proveer servicios de publicidad que implica: a) La recopilación de información, creación xx xxxxx para la construcción de cada infomercial, b) Filmación de actividades institucionales y grabación de escenas especiales con base a los criterios y especificaciones requeridas por el encargado del proyecto, c) Post producción de cada infomercial con distintivos institucionales
oficiales, musicalización y animación gráfica, d) Facilitación de todos los materiales audiovisuales a canales de televisión e instituciones requeridas por el cliente y resguardo de material sin editar par futuras utilizaciones, e) Publicación de nota periodística escrita junto al video producido con el fin de difundir de manera efectiva y lograr un mayor alcance en la promoción del trabajo de la comuna. Publicidad a realizarse en redes sociales institucionales y revista informática digital Panamerican Magazine, con más de cincuenta mil suscriptores. Se entregarán productos audio visuales en el formato y resolución requerido por el cliente: MPG, MPG3, MP4, FULL HD (0000X0000); 29.97 FPS y demás formatos establecidos para la diferentes plataformas digitales: a) dispositivos de almacenaje requeridos: USB o plataforma de transferencias On Line (WETRANSFER, GOOGLEDRIVE), b) el registro de los materiales se realizara con cámara profesionales: Sony A6500, Canon Vixia HF M50. Lentes Sony 16-50 mm f3.5; Sony 55-210 mmf3.5. Los programas de edición a utilizar serán: ADOBE PREMIER PRO CC, ADOBE AFTER EFECTS CC, ADOBE
AUDITION CC, ADOBE FOTOSHOP CC, c) grabación de audio a través de micrófonos de vos Sanheizer unidireccional y micrófono de solapa para garantizar la calidad deseada por el cliente en formato PCM WAV 2.0, d) las coberturas y filmaciones se realizaran en el lugar del evento y en cualquier otro sitio del territorio comprendido a la jurisdicción del municipio, e) las locaciones y días de rodaje, se decidirán en coordinación del cliente, según sean las necesidades de la producción. El traslado del equipo y personal de la productora correrá por cuenta de la Institución Contratante definiendo como punto de encuentro las instalaciones administrativas de la comuna. f) se realizan entregas de dos videos mensuales o más en la última semana calendario de cada mes hasta completar los cinco meses o la cantidad de videos comprendidos en contratación, mismos que serán sometidos a previa evaluación, aprobación y validación, en sus fases de creación xx xxxxx de grabación, pre-producción, producción y post producción por parte del Departamento de Comunicaciones y Prensa. II) DOCUMENTOS
CONTRACTUALES: Forman parte integral de este contrato los siguientes documentos: a) Términos de Referencia, b) Oferta presentada y aceptada por el Concejo Municipal de Antiguo Cuscatlán, c) Acuerdo de adjudicación, d) Garantía de Cumplimiento de Contrato, y e) otros documentos que emanaren del presente contrato, los cuales son complementarios entre sí y serán interpretados en forma conjunta. En caso de discrepancia entre alguno de los documentos contractuales y este contrato, prevalecerá el contrato. III) FUENTE DE LOS RECURSOS, PRECIO Y FORMA DE PAGO: Las obligaciones emanadas del presente instrumento serán cubiertas con cargo a Fondos Propios, para lo cual se ha verificado la correspondiente asignación presupuestaria. La Institución Contratante se compromete a cancelar a La Contratista la cantidad de DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO 50/100 DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($19,944.50). Pagaderas de la siguiente manera: TREINTA POR CIENTO (30%) en concepto de anticipo a la firma del contrato y el SETENTA POR CIENTO (70%) restante, según la entrega de los materiales conforme la demanda requerida de los productos a adquirir y su correspondiente facturación. Precio que incluye el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (I.V.A.). Debiendo La Contratista presentar su factura de cobro, orden de compra y el Acta de Recepción, debidamente firmadas por el Jefe del Departamento de Comunicaciones y Prensa, en la Tesorería Municipal, donde se tramitará el pago correspondiente. IV) PLAZO DE CONTRATO Y VIGENCIA: El plazo del contrato se contará a partir de la firma del contrato y hasta completar la entrega de los bienes a adquirir descritos en la cláusula romano I) de este contrato. V) GARANTÍAS: Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato La Contratista otorgará a favor de la Alcaldía Municipal Antiguo Cuscatlán, A) GARANTÍA DE BUENA INVERSIÓN DE ANTICIPO: de conformidad a lo establecido en el artículo treinta y cuatro de la LACAP, equivalente al CIEN POR CIENTO DEL VALOR DEL
ANTICIPO, equivalente a CINCO MIL NOVECIENTOS XXXXXXX X XXXX 00/000 XXXXXXX XX XXX XXXXXXX XXXXXX XX XXXXXXX ($5,983.35), la cual tendrá
una vigencia de sesenta días, contados a partir de la fecha de la Suscripción del Contrato; B) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: de conformidad al artículo treinta y cinco de la LACAP, equivalente al DIEZ POR CIENTO del valor total contratado, es decir, UN MIL NOVECIENTOS XXXXXXX X XXXXXX 00/000 XXXXXXX XX XXX XXXXXXX XXXXXX XX XXXXXXX ($1,994.45); la cual tendrá
vigencia por un período de DOCE MESES contados a partir de la fecha de suscripción del contrato y deberá entregarse a la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional de la Municipalidad de Antiguo Cuscatlán, dentro de los CINCO DÍAS HÁBILES, posteriores de la firma del contrato; C) GARANTÍA DE BUENA CALIDAD DE BIENES: de conformidad al artículo treinta y siete Bis, de la LACAP, equivalente al DIEZ POR CIENTO del valor total contratado; la cual tendrá vigencia a partir de la recepción definitiva de los suministros por un periodo de DOCE MESES, deberá entregarse a la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional de la Municipalidad de Antiguo Cuscatlán, dentro de los CINCO DÍAS HÁBILES, posteriores a la entrega del acta de recepción final. VI) ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO: El seguimiento al cumplimiento de las obligaciones contractuales estará a cargo del Administrador de Contrato, Jefe del Departamento de Comunicaciones y Prensa, teniendo como atribuciones las establecidas en los artículos ochenta y dos Bis de la LACAP, cuarenta y dos inciso tercero, setenta y cuatro, setenta y cinco inciso segundo, setenta y siete, ochenta y ochenta y uno del RELACAP; además, contará con un plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, posteriores a cada entrega parcial del suministro objeto del presente contrato, para presentar algún reclamo ya sea porque el producto haya sido entregado incompleto o bien por que la calidad del mismo sea inferior a la ofertada y contratada, de lo cual se le notificará por escrito para que en un plazo de cinco días hábiles, luego de presentado el reclamo, sea subsanado; si en el mismo sentido
se le hicieren tres observaciones por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, procederá a caducar el contrato de conformidad a los artículos noventa y cuatro literal b) LACAP y Articulo sesenta y cuatro RELACAP; con lo acarreará la ejecución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato. VII) ACTA DE RECEPCIÓN: Corresponderá al Administrador del Contrato en coordinación con La Contratista, la elaboración y firma del acta de recepción, la cual contendrá como mínimo lo que establece el artículo setenta y siete del RELACAP. VIII) MODIFICACIÓN: El presente contrato podrá ser modificado o ampliado en sus plazos y vigencia antes del vencimiento de su plazo, de conformidad a lo establecido en los artículos ochenta y tres A y B de la LACAP, debiendo emitir La Institución Contratante la correspondiente resolución, modificativa, debiendo La Contratista en caso de ser necesario modificar o ampliar los plazos y montos de las Garantías de Cumplimiento de Contrato y Garantía de Buena Calidad de los Bienes, según lo indique La Institución Contratante y formará parte integral de este contrato. IX) PRÓRROGA: Previo al vencimiento del plazo pactado, el presente contrato podrá ser prorrogado de conformidad a lo establecido en el artículo ochenta y tres de la LACAP y setenta y cinco del RELACAP; en tal caso, se deberá modificar o ampliar los plazos y montos de la Garantía de Cumplimiento de Contrato y Garantía de Buena Calidad de los Bienes; debiendo emitir La Institución Contratante la correspondiente resolución de prórroga. X) CESIÓN: Salvo autorización expresa de la Alcaldía Municipal Antiguo Cuscatlán, La Contratista no podrá transferir o ceder a ningún título, los derechos y obligaciones que emanan del presente contrato. La transferencia o cesión efectuada sin la autorización antes referida dará lugar a la caducidad del contrato, procediéndose además a hacer efectiva la garantía de cumplimiento de contrato. XI) CONFIDENCIALIDAD: La Contratista se compromete a guardar la confidencialidad de toda información revelada por La Institución Contratante, independientemente del medio empleado para transmitirla, ya sea en forma verbal o escrita, y se compromete a no revelar dicha información a terceras
personas, salvo que La Institución Contratante lo autorice en forma escrita. La Contratista se compromete a hacer del conocimiento únicamente la información que sea estrictamente indispensable para la ejecución encomendada y manejar la reserva de la misma, estableciendo las medidas necesarias para asegurar que la información revelada por La Institución Contratante se mantenga con carácter confidencial y que no se utilice para ningún otro fin. XII) SANCIONES: En caso de incumplimiento La Contratista expresamente se somete a las sanciones que emanaren de la LACAP ya sea imposición de multa por xxxx, inhabilitación, extinción, las que serán impuestas siguiendo el debido proceso por La Institución Contratante, a cuya competencia se somete para efectos de su imposición. XIII) SANCIONES PARTICULARES: si durante la vigencia del contrato se comprobare por la Dirección General de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, incumplimiento por parte de La Contratista a la normativa que prohíbe de trabajo infantil y de protección de la persona adolescente trabajadora, se deberá tramitar el procedimiento sancionatorio que dispone el artículo ciento sesenta LACAP, para determinar el cometimiento o no durante la ejecución del contrato de la conducta tipificada como causal de inhabilitación en el artículo ciento cincuenta y ocho romano v) literal b) LACAP relativa a la invocación de hechos falsos para obtener la adjudicación de la contratación. Se entenderá por comprobado el incumplimiento a la normativa por parte de la Dirección General de Inspección de Trabajo, si durante el trámite de re inspección se determina que hubo subsanación por haber cometido una infracción, o por el contrario si se remitiere a procedimiento sancionatorio, y en éste último caso deberá finalizar el procedimiento para conocer la resolución final. XIV) TERMINACIÓN BILATERAL. Las partes contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a La Contratista y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del contrato, sin más responsabilidad que la que
corresponda por los bienes entregados. XV) SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: En caso de conflicto ambas partes se someten a sede judicial señalando para tal efecto como domicilio especial la ciudad de Santa Tecla, departamento La Libertad, a la competencia de cuyos tribunales se someten; en caso de embargo a La Contratista, La Institución Contratante nombrará al depositario de los bienes que se le embargaren a La Contratista, quien releva La Institución Contratante de la obligación de rendir fianza y cuentas, comprometiéndose La Contratista a pagar los gastos ocasionados, inclusive los personales aunque no hubiere condenación en costas. XVI) INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO: La Alcaldía Municipal Antiguo Cuscatlán se reserva la facultad de interpretar el presente contrato, de conformidad a la Constitución de la República, la LACAP, el RELACAP, demás legislación aplicable, y los Principios Generales del Derecho Administrativo y de la forma que más convenga a los intereses de la Alcaldía Municipal Antiguo Cuscatlán, con respecto a la prestación objeto del presente instrumento, pudiendo en tal caso girar las instrucciones por escrito que al respecto considere convenientes. La Contratista expresamente acepta tal disposición y se obliga a dar estricto cumplimiento a las instrucciones que al respecto dicte la Alcaldía Municipal Antiguo Cuscatlán. XVII) MARCO LEGAL: El presente contrato queda sometido en todo a la LACAP, RELACAP, la Constitución de la República, y en forma subsidiaria a las Leyes de la República de El Xxxxxxxx, aplicables a este contrato. XVIII) NOTIFICACIONES: La Institución Contratante señalan como lugar para recibir notificaciones en Xxxxxxx Municipal, Boulevard Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Calle principal, número uno, Antiguo Cuscatlán, La Libertad, y; La Contratista señalan para el mismo efecto la siguiente dirección: ==============, Departamento de ============. Todas las comunicaciones o notificaciones referentes a la ejecución de este contrato serán válidas solamente cuando sean hechas por escrito en las direcciones que las partes han señalado. En fe de lo cual suscribimos el presente contrato, en la ciudad de
Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, a los once días del mes de enero del año dos mil diecinueve.
Licda. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx Sra. Xxxxx del Xxxxxx Xxxx Xxxxx
Alcaldesa Municipal de Antiguo Cuscatlán Contratista
En la ciudad de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, a las diez horas cinco minutos del día once de enero del año dos mil diecinueve.- Ante mí,
============, Notario del domicilio de ============, comparece: XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX, Licenciada en Relaciones Públicas y Publicidad, de ============ años de edad, del domicilio de ============, Departamento de ===========, a quien conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número: ===========, con Número de Identificación Tributaria: ==============, actuando en nombre y representación de la ALCALDÍA MUNICIPAL ANTIGUO CUSCATLAN, con Número de
Identificación Tributaria: =================, en su calidad de Alcaldesa Municipal, lo que acredita mediante: a) Credencial extendida por el Tribunal Supremo Electoral, en la Ciudad de San Xxxxxxxx, a los veinticinco días del mes xx xxxxx de dos mil dieciocho, en el cual se transcribe que resultó electa como Alcaldesa Municipal de Antiguo Cuscatlán, para el periodo que inicio el día uno xx xxxx del año dos mil dieciocho y que finaliza el treinta xx xxxxx de dos mil veintiuno, ambas fechas inclusive, y; b) Certificación del Acuerdo Número SEIS, del Acta Número
SETENTA Y CUATRO, asentada en el Libro de Actas de Concejo Municipal tomo III, extendida el día dieciocho de diciembre del año dos mil dieciocho, por la Licenciada Xxxxx Xxxxxxxxxxx en su carácter de Alcaldesa Municipal, y; la señora Xxxx xx Xxxxx Xxxxxxxx, en su carácter de Secretaria Municipal, Acuerdo tomado en Sesión Extraordinaria, celebrada por el Concejo Municipal a las once horas del día dieciocho de diciembre del año dos mil dieciocho, del que consta la autorización del Concejo Municipal para que celebre este contrato en los términos expresados, artículos cuarenta y siete, y cuarenta y ocho número uno del Código Municipal, que le confieren la Representación Legal, y los artículos diecisiete y dieciocho inciso final de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, quien en este instrumento se denominara LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE; y por la otra parte XXXXX DEL XXXXXX XXXX XXXXX, de ========== años de edad, Empleada, del domicilio de ==========, Departamento de =============, a quien conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número:
============, con Número de Identificación Tributaria: ==========, a la que en el instrumento que por este medio reconoce me denominaré LA CONTRATISTA; y en los caracteres dichos, ME DICEN: I) Que reconocen como propias las firmas que calzan el anterior CONTRATO DE SERVICIOS DE PUBLICIDAD EN MEDIOS ALTERNATIVOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE ANTIGUO CUSCATLÁN; II)
Que asimismo reconocen todos los derechos, obligaciones, pactos y renuncias de sus representados contenidos en las cláusulas que forman parte de dicho instrumento, el cual ha sido otorgado en esta ciudad y en esta fecha, constando de cuatro hojas simples y que entre sus cláusulas principales establece que la CONTRATISTA, se compromete a ejecutar a favor de la MUNICIPALIDAD DE ANTIGUO CUSCATLÁN, el suministro de filtros para la flota vehicular propiedad de la Alcaldía Municipal de Antiguo Cuscatlán, descrito en la cláusula primera del contrato; III) Que por el cumplimiento del objeto del presente contrato se pagará la cantidad de DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO 50/100
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($19,944.50)., monto que
incluye el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (I.V.A.); IV) PLAZO DE CONTRATO Y VIGENCIA: El plazo del contrato se contará a partir de la firma del contrato y hasta completar la entrega de los bienes a adquirir descritos en la cláusula romano I) de este contrato. Yo el suscrito Notario DOY FE: De ser auténticas las firmas que calzan al final del anterior documento, por haber sido puestas en mi presencia por las comparecientes en el carácter en que actúan, así como de ser legitima y suficiente la personería para actuar en nombre de sus representadas, por haber tenido a la vista la documentación antes relacionada. Además les expliqué claramente los derechos y obligaciones a los que se han sometido por medio de este instrumento. Así se expresaron las comparecientes, a quienes explique los efectos legales de la presente Acta Notarial que principia al pie del contrato ya relacionado y que consta de dos hojas simples y leído que les hube íntegramente todo lo escrito en un solo acto, sin interrupción, ratifican su contenido y para constancia firmamos. DOY FE.-
Licda. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx. Xxxxx del Xxxxxx Xxxx Xxxxx Alcaldesa Municipal de Antiguo Cuscatlán Contratista
Nota Aclaratoria: Se explica que se ha realizado una Versión Publica, del Contrato, en base a lo establecido en el Art. 30 Ley de Acceso a la Información Pública, donde establece que el ente obligado debe publicar documentos que contengan en su versión original información reservada o confidencial, deberá preparar una versión en que elimine los elementos clasificados con marcas que impidan su lectura, haciendo constar en nota una razón que exprese la supresión efectuada.