Cristina García Miralles (1 de 2) Técnico de Contratación
Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx (1 de 2) Técnico de Contratación
Fecha Firma: 09/01/2015
HASH: 18480b53d2a62e3f6a3df428e54723ee
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA CONTRATAR, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, EL SUMINISTRO MEDIANTE ARRENDAMIENTO DE PAVIMENTO DE CESPED ARTIFICIAL, EQUIPAMIENTO DEPORTIVO E INSTALACIONES TÉCNICAS PARA EL CAMPO DE FUTBOL DE LA INSTALACIÓN DEPORTIVA RAFALAFENA
1ª.- OBJETO DEL CONTRATO, NATURALEZA, CODIFICACION Y NECESIDADES A SATISFACER
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx (2 de 2) Secretaria Delegada
Fecha Firma: 09/01/2015
HASH: c65948456799504e55c2b1567e2fe2c3
1.1.- El objeto del presente contrato lo constituye el arrendamiento así como la instalación y mantenimiento, de pavimento de césped artificial y equipamiento complementario a instalar en un campo de fútbol ya construido con base de asfalto en la instalación deportiva municipal ID Rafalafena dependiente del Patronato Municipal de Deportes (en adelante PMD). Comprende asimismo, la realización de las obras auxiliares necesarias para la colocación e instalación del equipamiento complementario, puesta en marcha de los riegos del campo y la prestación adicional de servicios de mantenimiento del equipamiento arrendado, todo ello conforme a las determinaciones que figuran en el presente pliego y en el proyecto que incluye el pliego de prescripciones técnicas (en adelante PPT) redactado por la aparejadora municipal.
No se admitirán más de una oferta por parte de cada empresario. Las ofertas irán referidas al objeto del contrato en su totalidad, no admitiéndose la división en lotes. Asimismo, no se admitirán variantes.
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1.2.- Naturaleza del contrato: El contrato tendrá carácter administrativo, conforme el artículo 19.1.a) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo TRLCSP), configurándose como de suministro según lo previsto en el artículo 9 del citado texto legal y, le será de aplicación lo dispuesto en los artículos 290 y siguientes del TRLCSP y los artículos 187 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante RGLCAP), no siendo un contrato sujeto a una regulación armonizada, y por lo tanto no susceptible de recurso especial en materia de contratación en virtud del artículo 40.1.a) del TRLCSP.
1.3.- La Codificación del objeto del contrato: La codificación que corresponde a la nomenclatura del Vocabulario Común de los contratos públicos según el Reglamento (CE) núm. 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo es la siguiente: 39293400-6 “Césped artificial".
1.4.- La necesidad administrativa a satisfacer mediante el presente contrato consiste en dotar al campo de futbol de la instalación deportiva Rafalafena de los medios necesarios para cubrir las necesidades vecinales y aspiraciones deportivas del municipio, posibilitando la prestación de un mejor servicio en condiciones de seguridad de uso así como la optimización y ahorro energético, todo ello dentro del marco competencial municipal previsto en el artículo 25.2.l) y 26.1.c) de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el articulo 1.2.b) de los Estatutos reguladores del PMD (B.O.P. xx Xxxxxxxxx, nº 111, de 16.09.2006).
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2ª.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
La adjudicación del presente contrato se lleva a cabo por el procedimiento abierto atendiendo a varios criterios de adjudicación para la selección del adjudicatario fijados en la cláusula 10ª del presente pliego, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 138, 157 y siguientes y, el artículo 150 del TRLCSP.
El expediente se tramita de forma ordinaria sin reducción de plazos en los términos señalados por el artículo 109 y 110 del texto refundido.
3º.- PLAZO DE ENTREGA Y DURACION DEL CONTRATO
La total entrega del suministro e instalación del pavimento y equipamiento e instalaciones técnicas objeto de arrendamiento, así como de las actuaciones complementarias, deberá realizarse en la instalación deportiva Rafalafena, en el plazo máximo de 4 semanas contadas desde la formalización del contrato en documento administrativo.
La vigencia del arrendamiento se iniciará el día siguiente a la entrega del pavimento de césped artificial, equipamiento deportivo e instalaciones técnicas, y tendrá una duración de 7 años.
4ª.- VALOR ESTIMADO Y PRESUPUESTO DEL CONTRATO
4.1.- A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado de la contratación a realizar, asciende a la cantidad de 124.993,55 euros, IVA excluido, según lo dispuesto en el artículo 88.4.a) del TRLCSP.
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4.2.- El presupuesto máximo del contrato para los siete años de duración, asciende a la cantidad, asciende a CIENTO VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES EUROS CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMOS DE EURO (124.993,55 €) a la baja, más VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO EUROS CON SESENTA Y CINCO CENTIMOS DE EURO (26.248,65 euros) en concepto de
Impuesto sobre el Valor Añadido.
4.3.- El coste mensual máximo para el pavimento y equipos suministrados e instalados, que coincide con el tipo de licitación susceptible de ser mejorado a la baja, será de 1.800,50 euros IVA incluido, resultando ser la base imponible 1.488,02 euros y el IVA (21%) 312,48 euros.
5ª.- FINANCIACION
5.1.- Por tratarse de un gasto plurianual, la financiación del contrato, IVA incluido, se hará de la siguiente forma:
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Ejercicio | Periodo | BI | IVA | TOTAL | ||
1º | 2015 | 9 meses | 1 marzo a 30 noviembre 2015 | 13.392,17 | 2.812,36 | 16.204,53 |
2º | 2016 | 12 meses | 1 dic.2015 a 30 nov. 2016 | 17.856,22 | 3.749,81 | 21.606.03 |
3º | 2017 | 12 meses | 1 dic.2016 a 30 nov. 2017 | 17.856,22 | 3.749,81 | 21.606.03 |
4º | 2018 | 12 meses | 1 dic.2017 a 30 nov. 2018 | 17.856,22 | 3.749,81 | 21.606.03 |
5º | 2019 | 12 meses | 1 dic.2018 a 30 nov. 2019 | 17.856,22 | 3.749,81 | 21.606.03 |
6º | 2020 | 12 meses | 1 dic.2019 a 30 nov. 2020 | 17.856,22 | 3.749,81 | 21.606.03 |
7º | 2021 | 12 meses | 1 dic.2020 a 30 nov. 2021 | 17.856,22 | 3.749,81 | 21.606.03 |
8º | 2022 | 3 meses | 1 dic.2021 al 28 febr.2022 | 4.464,06 | 937,46 | 5.401,52 |
5.2.- Existe crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria 700.342.203 para financiar las obligaciones derivadas de este contrato que asciende a 16.204,53 euros IVA incluido, en el ejercicio de 2015, incorporándose el certificado de existencia de crédito.
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Respecto a la financiación del gasto de los ejercicios 2016, 2017, 2018 2019 2020 2021 y 2022, el órgano de contratación adoptará compromiso de gasto plurianual con cargo a los Presupuestos del Patronato Municipal de Deportes para los ejercicios citados, para atender el gasto derivado del contrato, conforme establece el artículo 174 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (en adelante LRHL).
6ª.- GARANTÍAS DE LA CONTRATACIÓN
Para tomar parte en la presente contratación no se exige garantía provisional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del TRLCSP.
Conforme a lo dispuesto en el art. 151.2 del TRLCSP, el órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, constituya la garantía definitiva por importe equivalente al 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta.
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La citada garantía podrá constituirse en cualquier de las formas previstas en el artículo 96 del TRLCSP, en los artículos 55, 56, 57 y 58 del RGLCAP. En el caso de que la garantía se constituya mediante el aval o seguro de caución, las firmas deberán estar legalizadas. La verificación y bastanteo de los poderes de los firmantes, será realizado por fedatario público, que adjuntará diligencia al dorso.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 96.2 del TRLCSP modificado por el artículo 44 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, el licitador podrá solicitar constituir la garantía definitiva mediante retención en el precio del contrato. El importe de la garantía se retendrá de la primera factura y, si no resultara suficiente, de las siguientes hasta cubrir el importe total de la garantía (artículo 61.5 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas)
7ª.- LEGITIMACION
Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del TRLCSP, extremo que se podrá acreditar por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 73 del TRLCSP, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Las empresas deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
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8ª.- CONSULTA DEL EXPEDIENTE
El presente PCA y el PPT y proyecto, junto con los demás documentos que integran el expediente, estarán de manifiesto en el Negociado de Contratación del Patronato Municipal de Deportes de la Ciudad xx Xxxxxxxxx, sita en la ciudad de Castelló de la Plana, en la calle Columbretes, 22, hasta el momento en que finalice el plazo de presentación de proposiciones, de lunes a viernes.
Los pliegos podrán consultarse en el perfil de contratante de la página web del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx xxxx://xxx.xxxxxxxx.xx y podrán solicitarse por correo a la dirección XXXXXXX@XXXXXXXX.XX.
Cualquier información complementaria relativa a los mismos se obtendrá en dicho Negociado (teléfono 000.00.00.00, fax 000.00.00.00).
9ª.- PRESENTACION DE PROPOSICIONES
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1º.- Lugar de presentación de las proposiciones:
Las proposiciones, introducidas en los sobres a los que se refiere la cláusula posterior de este pliego, se entregarán en el siguiente lugar:
- Registro General del Patronato Municipal de Deportes de la Ciutat xx Xxxxxxxx, sito en la calle Columbretes, nº 22, de esta ciudad.
- Las proposiciones se presentarán únicamente en el lugar anteriormente citado, sin que sea válida la presentación en otros registros dependientes de otras Administraciones Públicas.
- Tampoco podrán presentarse por correo, salvo que se reciban las proposiciones en alguno de los lugares indicados antes de que finalice el plazo de presentación, o bien se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 80.4 del RGLCAP y regirá en todo caso, como hora límite de entrega en las oficinas de correos, las 13 horas del último día del plazo, lo que deberá acreditarse documentalmente. En caso de presentación de proposiciones por correo, el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación el mismo día en que se presente mediante fax al número 000.00.00.00 la remisión de la proposición. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, 10 días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
- No se admite la presentación de proposiciones ni la comunicación de la presentación de las proposiciones al amparo del artículo 80.4 indicado por correo electrónico.
- El registro municipal señalado en esta cláusula anotará los datos del licitador y la hora exacta en que se reciben los sobres.
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2º.- Plazo de presentación de proposiciones:
A tenor del artículo 159.2 del TRLCSP, el plazo de presentación de las proposiciones será de 15 días naturales contados desde la publicación del anuncio de este contrato en el Boletín Oficial de la Provincia conforme a lo establecido en el artículo 159.2 del TRLCSP. Las proposiciones deberán presentarse en el lugar detallado anteriormente en horario de 9:00 a 13:00 horas, de lunes a viernes. Si el último día de plazo de presentación de proposiciones fuera xxxxxx, xxxxxxx o inhábil a efectos administrativos, se entenderá prorrogado el plazo hasta el siguiente día hábil que no sea sábado. Las proposiciones que puedan presentarse transcurridas las 13 horas del último día del plazo serán inadmitidas.
En casos justificados, el órgano de contratación podrá suspender la licitación o ampliar el plazo de presentación de proposiciones, mediante anuncio publicado por los mismos medios que lo haya sido la licitación.
La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad del contenido del presente pliego y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, sin salvedad alguna.
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10ª.- PROPOSICIONES Y DOCUMENTACION COMPLEMENTARIA
Los licitadores presentarán sus ofertas mediante la entrega de tres sobres cerrados, señalados con las letras A, B y C, en cuyo exterior deberá figurar el título del contrato al que se licita y el número de referencia del expediente de contratación. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente.
Una vez presentada la citada documentación, ésta no podrá ser retirada o modificada bajo ningún pretexto.
SOBRE A: “DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL ARRENDAMIENTO DE PAVIMENTO DE CESPED ARTIFICIAL, EQUIPAMIENTO DEPORTIVO E INSTALACIONES TÉCNICAS PARA EL CAMPO DE FUTBOL DE LA INSTALACIÓN DEPORTIVA RAFALAFENA".
Dicho sobre incluirá los siguientes documentos, que deberán numerarse por el siguiente orden.
1º.- Declaración responsable que se ajustará al modelo que figura en el Anexo I del presente pliego, fechada y firmada por el licitador o persona que legalmente le represente indicando que el licitador cumple con las condiciones establecidas legalmente para contratar con el Patronato Municipal de Deportes xx Xxxxxxxxx en el momento de la finalización del plazo de presentación de proposiciones.
El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación estará obligado a acreditar el cumplimiento de las referidas condiciones, previamente a la adjudicación del contrato, mediante la aportación de los documentos que se relacionan en la cláusula 14ª y que a tal efecto le sean requeridos.
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2º.- En los casos de Uniones Temporales de Empresarios, cada una de ellas deberá presentar la declaración responsable citada en el párrafo anterior y, además, presentarán un documento firmado por los representantes legales de cada uno en que figure los nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno, el compromiso de constituirse formalmente en unión de empresarios en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la extinción del mismo.
SOBRE B: “DOCUMENTACION TÉCNICA PARA LA VALORACION DE LOS CRITERIOS NO CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL ARRENDAMIENTO DE PAVIMENTO DE CESPED ARTIFICIAL, EQUIPAMIENTO DEPORTIVO E INSTALACIONES TÉCNICAS PARA EL CAMPO DE FUTBOL DE LA INSTALACIÓN DEPORTIVA RAFALAFENA".
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En dicho sobre se incluirá por el licitador la siguiente documentación debidamente firmada y fechada:
1º) MEMORIA técnica descriptiva de la oferta presentada que refleje pormenorizadamente, las características técnicas de los equipamientos a suministrar, y que en ningún caso serán inferiores a las descritas en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Dicha memoria deberá incluir la oferta con detalle de punto por punto de cada uno de los apartados incluidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas en el siguiente orden SIN valoración económica:
- Pavimento de césped artificial
- Equipamiento deportivo
- Equipamiento sistemas técnicos: Riego y otros.
Se especificarán las características del pavimento de césped artificial:
- Marca, modelo y empresa suministradora.
- Proceso de producción
- Marca, modelo y tipo de material de las fibras.
- Peso de la fibra.
- Dtex de las fibras.
- Espesor y altura de la fibra.
- Marca, modelo ,tipo, material, espesor, peso y refuerzo de la lámina base.
- Número de puntadas por metro cuadrado.
- Galga
- Permeabilidad al agua.
Se especificarán las características del caucho y arena de relleno respectivamente:
- Empresa suministradora
- Características técnicas
- Granulometría
- Peso por metro cuadrado propuesto.
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- Altura en mm propuesta.
Para el conjunto de la oferta de césped artificial, equipamiento deportivo y sistemas xx xxxxx e iluminación se presentarán:
- Especificaciones técnicas (marcas, catálogos, folletos comerciales, fotos, manuales, fabricantes o suministradores...) sobre los componentes del pavimento de césped y de los otros equipamientos a suministrar.
- Certificaciones y homologaciones que acrediten o aseguren la calidad y ensayos de los equipos a suministrar, según se indica en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
- Mejoras al PPT sobre equipamiento y mantenimiento. Dichas mejoras se plantearán, argumentarán y documentarán expresamente.
- Otra documentación que el licitador considere de interés para la adjudicación.
No se incluirá ningún dato en este sobre del que pueda deducirse, directa o indirectamente, aspectos a valorar en el sobre C mediante fórmulas aritméticas, so pena de exclusión.
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2º) Plan de mantenimiento de los equipamientos suministrados:
- Declaración de la garantía específica de cada uno de los equipamientos suministrados y servicios de mantenimiento ofertados cumpliendo con los mínimos exigidos en el proyecto y PPT.
- Descripción cualitativa y cuantitativamente de las instalaciones, tecnología y medios puestos a disposición del contrato, relación de actividades a realizar, así como periodicidad de las mismas.
- Propuesta detallada de revisiones-periodicidades, elementos a revisar, formato de presentación de los informes.
Este plan contemplará necesariamente las actuaciones previstas en el PPT, así como todas aquellas que el licitador oferte expresamente y razonadamente como mejoras SIN valoración económica.
Dicho plan deberá se actualizado por el adjudicatario una vez haya concluido la ejecución del suministro, y deberá ser puesto en conocimiento de la persona responsable del contrato por parte del PMD.
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No se incluirá ningún dato en este sobre del que pueda deducirse, directa o indirectamente, aspectos a valorar en el sobre C mediante fórmulas aritméticas, so pena de exclusión.
3º).- Muestras
Los licitadores deberán presentar para el pavimento de césped artificial:
- Muestra acabada representativa del conjunto de césped artificial y rellenos ofertados en una cubeta transparente de al menos 30x30 cm.
- Retal de 30x30 cm de la hierba artificial ofertada.
- Bote con una muestra representativa del caucho ofertado.
- Bote con una muestra representativa de la arena de relleno ofertada.
- Retal de 50 cm. de longitud de cintas de pegado ofertadas.
- Trozo de 0,30 m. de los tipos de bandas ofertadas
Todas las muestras deberán estar bien identificadas y poseerán una pegatina en blanco que servirá para identificar la recepción. Se entregará en caja opaca y precintada.
SOBRE C: “DOCUMENTACION TÉCNICA PARA LA VALORACION DE LOS CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL ARRENDAMIENTO DE PAVIMENTO DE CESPED ARTIFICIAL,
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EQUIPAMIENTO DEPORTIVO E INSTALACIONES TÉCNICAS PARA EL CAMPO DE FUTBOL DE LA INSTALACIÓN DEPORTIVA RAFALAFENA".
Este sobre se incluirá por el licitador la siguiente documentación debidamente firmada y
fechada:
a) La Proposición económica que se ajustará al siguiente modelo:
D/DÑA.. , MAYOR DE EDAD, XXXXXX/A DE , CON DOMICILIO EN , PROVISTO DE N.I.F. Nº. EN NOMBRE PROPIO O REPRESENTACIÓN DE , CON DOMICILIO SOCIAL EN
, CON C.I.F. Nº. ) EN PLENA POSESIÓN DE SU CAPACIDAD JURÍDICA Y DE OBRAR, ENTERADO DE LOS PLIEGOS DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS INCLUIDO EN EL PROYECTO, QUE REGULAN LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL “ARRENDAMIENTO DE PAVIMENTO DE CESPED ARTIFICIAL, EQUIPAMIENTO DEPORTIVO E INSTALACIONES TÉCNICAS PARA EL CAMPO DE FUTBOL DE LA INSTALACIÓN DEPORTIVA RAFALAFENA ASÍ COMO SU INSTALACIÓN Y
MANTENIMIENTO ", se compromete a realizar dicho suministro según lo indicado en la propuesta técnica presentada en el Sobre B y ofrece una baja del % respecto del presupuesto base de licitación, quedando como precio la cantidad mensual total, incluido el I.V.A., con estricta sujeción a los documentos antes mencionados:
PRECIO TOTAL MENSUAL: euros, más en concepto de IVA.
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b) Mejoras relativas al suministro de equipamiento deportivo y técnico no previsto en las especificaciones del PPT que sea considerado de utilidad para la funcionalidad de la actividad del campo de fútbol objeto del contrato y sin coste para el PMD, debiendo estar valoradas económicamente.
(Fecha y firma del proponente)
No se admitirán las ofertas presentadas que no se ajusten a este modelo de proposición económica.
11ª.- CRITERIOS PARA LA ADJUDICACION DEL CONTRATO
A los efectos del artículo 67.2 del RGLCAP y conforme a lo previsto en el artículo 150 del TRLCSP para la valoración de las proposiciones presentadas y la determinación de la oferta económica más ventajosa se tendrán en cuenta los siguientes criterios con arreglo a la siguiente ponderación:
Criterios valorables mediante la mera aplicación de fórmulas 65 %
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1º.- Mejor oferta económica
Hasta un máximo de 50 puntos.
Se otorgará la puntuación máxima a la oferta más económica, valorándose el resto proporcionalmente. El tipo de licitación será la cuota mensual que se establece como máxima y sobre este importe el licitador aplicará un % de baja detallándose la cuota resultante.
2º.- Oferta de suministro de equipamiento deportivo y técnico no previsto en el PPT y que sea considerado de utilidad para la funcionalidad de la actividad en el campo de fútbol objeto del contrato. Hasta 15 puntos. Se otorgará la mayor puntuación a la oferta de mayor importe, valorándose el resto proporcionalmente.
Criterio cuya cuantificación depende de un juicio de valor 35 %
1º.- Mejoras en la calidad de pavimentos de césped artificial y equipamientos deportivos y técnicos a suministrar, por encima de las especificaciones del PPT:
Hasta un máximo de 20 puntos
2º.- Mantenimiento y asistencia técnica: Hasta un máximo de 15 puntos.
Medios asignados, garantías, mejoras en el contenido y tipos de trabajos respecto de los mínimos establecidos en el PPT.
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Conforme a lo previsto en la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP, en caso de igualdad entre dos o más licitadores, desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación, será preferida la proposición presentada por aquel licitador que, en el momento de acreditar la solvencia técnica, tenga en su plantilla un número de trabajadores discapacitados no inferior al 2% de la misma. Para ello se tendrá en cuenta la documentación aportada según lo dispuesto en este pliego.
Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2%, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
A estos efectos, el PMD requerirá a los licitadores correspondientes que acrediten tal extremo en el plazo de tres días hábiles, aportando los documentos TC2 correspondientes a todo el personal de la empresa y la relación de personas con discapacidad integradas en la plantilla especificando número de Documento Nacional de Identidad, acompañada de los respectivos justificantes de discapacidad. Asimismo, deberán presentar relación de los trabajadores fijos discapacitados junto con el contrato de trabajo.
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12ª- MESA DE CONTRATACION.
Estará presidida por la Presidenta del Patronato, la Sra. Concejala delegada de deportes, Dña. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, siendo sustituida en los casos xx xxxxxxx, ausencia, enfermedad u otra causa legal por uno de los restantes concejales del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, y formarán parte de la misma como Vocales de designación legalmente dispuesta la Secretaria delegada del PMD o en su defecto el titular de la Asesoría Jurídica y el Interventor delegado del PMD o en su defecto el Interventor General del Ayuntamiento y, como vocales de libre designación el Gerente del PMD, el Técnico en dirección y organización de actividades del PMD y dos miembros del Consejo Rector, xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx y don Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx. Actuará como Secretaria de la Mesa la Jefa del Negociado de Contratación del PMD o en su defecto la Jefa del Negociado de Información, inscripciones y subvenciones del PMD.
13ª.- APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACION
1.- SOBRE A
Los sobres A conteniendo la documentación administrativa presentados por los licitadores los abrirá la Mesa de contratación en acto no público, el tercer día hábil siguiente al día en que termine el plazo de presentación de las proposiciones, a partir de las diez horas.
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La Mesa calificará dicha documentación declarando la admisión, inadmisión o necesidad de subsanación de defectos u omisiones que considere subsanables, en cuyo caso lo comunicará mediante fax o email a los interesados, concediéndoles un plazo no superior a tres días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción del mencionado fax o email, para que los licitadores corrijan o subsanen las deficiencias, mediante escrito que deberán presentar en el Registro General del PMD.
2.- SOBRE B
La Mesa volverá a reunirse en acto público el día siguiente hábil o en su caso el siguiente día hábil a la finalización del plazo de subsanación de deficiencias, a partir de las diez horas.
En primer lugar, se dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los sobres A, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos y de las causas de exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, el de subsanación de defectos u omisiones.
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A continuación, la Secretaria de la Mesa procederá, en acto público, a la apertura de los sobres B conteniendo la documentación técnica para la valoración de los criterios no cuantificables automáticamente presentados por los licitadores admitidos, dando lectura a la relación de los documentos aportados respecto a los criterios de adjudicación a que se refiere el citado sobre.
A continuación, se dará por concluido el acto de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa, sometiéndose las ofertas presentadas a informe técnico al objeto de que se evalúen conforme a los criterios señalados en la cláusula 10ª del presente pliego.
3.- SOBRE C
Recibido el informe técnico que contendrá la valoración de las ofertas en cuanto a los criterios indicados, se notificará a través de fax o correo electrónico a todos los interesados la fecha y lugar en que se llevará a cabo la apertura del sobre C, conteniendo la oferta económica y la documentación relativa a los criterios de adjudicación evaluables en cifras y porcentajes.
Constituida la Mesa de Contratación en la fecha señalada, e iniciado el acto público, la Presidenta dará cuenta del resultado de la evaluación relativa a las proposiciones contenidas en el sobre B, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta.
La Secretaria de la Mesa procederá a la apertura de los sobres C de los licitadores admitidos, dando lectura a la oferta económica y a la relación de los documentos aportados respecto a los restantes criterios de adjudicación evaluables mediante cifras o porcentajes.
A continuación, se dará por concluido el acto de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa, sometiéndose las ofertas presentadas a informe técnico al objeto de que se evalúen conforme a los criterios cuantificables señalados en la cláusula 11ª del presente pliego.
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Una vez elaborado el informe técnico que contendrá la valoración de las proposiciones en cuanto a los criterios indicados, se constituirá nuevamente la Mesa de Contratación en sesión pública, previa comunicación a los interesados de la fecha y lugar en que se celebrará la reunión y elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación del contrato, que incluirá en todo caso la ponderación conjunta de los criterios indicados en la cláusula 11ª del presente pliego, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y de los informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación no dicte resolución de adjudicación del contrato.
14ª.- CLASIFICACION DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACION
De conformidad con lo establecido en el artículo 151 del TRLCSP, el órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido
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declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el artículo 152 TRLCSP. Para realizar dicha clasificación atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el presente pliego pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente original o copia autenticada por Notario de los siguientes documentos:
1º.- Acreditación de la personalidad jurídica y capacidad de obrar del licitador:
a) Empresas españolas cuyo titular sea una persona física: Únicamente Documento Nacional de Identidad del titular.
b) Empresas españolas cuyo titular sea una persona jurídica: Escritura de constitución de la Sociedad, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y adaptada a la vigente legislación societaria, o Estatutos o acto fundacional de la Asociación, Cooperativa, Fundación o persona jurídica de que se trate, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
c) Empresas extranjeras de Estados miembros de la Unión Europea, se estará a lo dispuesto en el artículo 58 del TRLCSP.
d) Empresas extranjeras de Estados que no sean miembros de la Unión Europea, se estará a los dispuesto en el artículo 55 del TRLCSP.
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2º.- Acreditación de la personalidad y representación de quien firme la documentación en nombre de la empresa:
Mediante el Documento Nacional de Identidad (o equivalente si es persona extranjera) del representante y poder bastanteado por la Secretaria delegada del Patronato Municipal de Deportes, el Titular de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx o Letrado Asesor. El poder deberá estar inscrito en el Registro Público correspondiente, en caso de que la normativa aplicable así lo exija. El licitador deberá presentar en la Secretaría del Patronato Municipal de Deportes toda la documentación necesaria para realizar el bastanteo con al menos 48 horas de antelación a la finalización del plazo de presentación de proposiciones.
3º.- Solvencia económica y financiera del licitador que deberá acreditarse mediante informe de institución financiera en el que se haga constar expresamente que el licitador tiene solvencia económica suficiente para hacer frente a las obligaciones derivadas de la presente contratación. Dicho informe deberá ajustarse al modelo que como Xxxxx XX se acompaña al presente pliego. De conformidad con el artículo 75.2 TRLCSP el licitador podrá acreditar su
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solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que considere apropiado.
4º.-Solvencia técnica o profesional de los licitadores que deberá acreditarse mediante relación fechada y firmada de los principales suministros, iguales o similares al objeto del presente contrato, efectuados durante los últimos tres años, indicando su importe, fechas y destino público o privado de los mismos.
En la documentación presentada deberá quedar suficientemente acreditada la solvencia económica, financiera y técnica del licitador para hacer frente a las obligaciones del contrato.
5º.- Declaración responsable de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar contenidas en el artículo 60 del TRLCSP, así como, de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con este Ayuntamiento, el PMD, y con la Seguridad Social impuestos por las disposiciones vigentes según modelo que figura como Xxxxx XXX.
6º.- Declaración de alta del IAE, cuota municipal, provincial o nacional en el epígrafe correspondiente, acompañado de copia del último recibo pagado y declaración del contratista de que no se ha dado de baja.
Si se tiene la condición de exento conforme el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se acreditará esta circunstancia por mera comunicación por escrito si se trata de personas físicas y si se trata de personas jurídicas, aportado bien el modelo 201 del Impuesto de Sociedades del último ejercicio presentado en la Delegación del Ministerio de Economía y Hacienda correspondiente o bien acompañando comunicación de la cifra de negocios regulada en la Orden HAC/85/2003, de 23 de enero, del Ministerio de Economía y Hacienda (B.O.E. número 24 de 28/01/2003).
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7º.- La documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o escrito autorizando al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, según modelo que figura como Xxxxx XX.
El PMD comprobará mediante los datos obrantes en la propia Tesorería Municipal el cumplimiento de las obligaciones tributarias con este PMD y el Ayuntamiento.
8º.- La documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva o la solicitud expresa de constituirla mediante retención en el precio según dispone la cláusula 6º del presente pliego, y de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir en la ejecución del contrato conforme al artículo 62.2 del TRLCSP..
En el caso de que la documentación relacionada en los apartados 1º a 5º ambos inclusive, de la presente cláusula se presente incompleta o con defectos subsanables, se concederá al licitador
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requerido un plazo no superior a tres días hábiles contados a partir de la recepción del fax o mail, para que corrijan o subsanen las deficiencias, mediante escrito que presentarán en el Registro General del PMD. Si el licitador no subsana o si lo hace fuera de plazo se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
Asimismo, en el caso de no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento respecto de lo dispuesto en los apartados 6º a 8º de la presente cláusula en el plazo señalado o si lo hace fuera del mismo, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el presente pliego.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener los extremos que establece el artículo 151.4 del TRLCSP.
Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 153 del TRLCSP. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato conforme al artículo 156.3 del TRLCSP.
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 146.4 del TRLCSP, en todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
15ª.- GASTOS DE ANUNCIOS
El adjudicatario vendrá obligado a pagar el importe de los gastos de publicidad de licitación del contrato en el Boletín Oficial de la Provincia con un límite máximo de 250,00 euros.
El importe exacto a que ascienden dichos gastos se comunicará al adjudicatario en el acuerdo de adjudicación para que proceda a su abono en el PMD, en el plazo de treinta días naturales desde la formalización del contrato.
En el caso de que el contratista no proceda al abono de los anuncios de licitación en dicho plazo su importe se descontará del pago de la primera factura al contratista.
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16ª.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Será preceptiva la formalización escrita del contrato que se efectuará en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151 del TRLCSP.
La formalización del contrato se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación indicando, como mínimo, los mismos datos mencionados en el anuncio de adjudicación, debiendo publicarse además, en el Boletín Oficial de la Provincia un anuncio en el que se dé cuenta de dicha formalización, en un plazo no superior a cuarenta y ocho días a contar desde la fecha de la misma.
17ª.- PRINCIPIO DE RIESGO Y XXXXXXX, REVISION DE PRECIOS
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 215 del TRLCSP.
No será aplicable en este contrato ningún tipo de revisión de precios puesto que en el calculo de las cuotas de arrendamiento y mantenimiento se han considerado las previsiones anuales de variaciones de precio que se puedan producir durante la vigencia del mismo.
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18ª.- RESPONSABLE SUPERVISOR DEL CONTRATO
El órgano de contratación designará un responsable del contrato quien supervisará la correcta realización de la prestación pactada, comprobando que se ajusta a lo establecido en el contrato y cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación en orden a asegurar la correcta ejecución del contrato.
19ª.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Además de las previstas en el pliego de prescripciones técnicas, se establecen las siguientes obligaciones:
1.- El contratista está obligado realizar el suministro objeto del contrato, de acuerdo con las condiciones establecidas en el PPT.
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2.- Recibidos el pavimento y los equipamientos suministrados e instalados de acuerdo con los términos del contrato y a satisfacción del PMD, se realizará un acto formal y positivo de recepción o conformidad suscribiéndose la correspondiente acta de recepción. En dicha acta se hará constar si el pavimento y equipamientos no se hallan en estado de ser recibidos y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro e instalación de conformidad con lo pactado.
3.- Los gastos que se deriven del transporte del material a suministrar, y todos aquellos inherentes a la entrega de los mismos, serán a cargo del contratista, entendiéndose incluidos en el importe de la oferta económica.
4.- El contratista dará cumplimiento estricto a los dispuesto en la legislación reguladora de la industria, en la legislación laboral y en la legislación que garantiza la protección de los consumidores.
5.- El PMD tiene la opción de adquirir el bien al arrendador al precio corriente xx xxxxxxx (el que tenga en el momento de finalizar el contrato).
20º.- FORMA DE PAGO
1.- El pago del arrendamiento se realizará, una vez entre en vigor el contrato, contra factura expedida mensualmente a mes vencido con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato y debidamente conformada por el Gerente del PMD y por el Técnico de organización y dirección de actividades, y tras su aprobación por el órgano correspondiente, previa fiscalización por la Intervención delegada del PMD. Dicha factura irá dirigida al Técnico de organización y dirección de actividades del PMD, y se presentará en el Registro de Entrada del PMD con la solicitud cuya copia se adjunta al presente pliego como ANEXO V.
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2.- Las facturas deberán cumplir las determinaciones exigidas en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre y se presentarán en el Registro de Entrada del Patronato Municipal de Deportes.
3.- A los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 de la Disposición adicional trigésimo tercera añadida al TRLCSP por el Real Decreto-Ley, 4/2013, de 22 de febrero, en las facturas que emita el contratista deberá constar la identificación del órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, siendo éste el Interventor delegado del PMD, el órgano de contratación, que es el Consejo Rector y el destinatario de las mismas que es el Gerente.
4.- Para determinar el vencimiento del derecho de cobro de la cantidad liquidada se estará a lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 4 del artículo 216 del TRLCSP, modificado por el citado texto legal.
21ª.– PLAZO DE GARANTÍA Y DEVOLUCION DE GARANTÍA
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No se establece plazo de garantía en la presente contratación, dadas las características del contrato, pues el uso del pavimento de césped artificial y los equipamientos deportivos y técnicos queda garantizado con el servicio de mantenimiento de los mismos, a cargo del contratista.
No obstante, no procederá la devolución de la garantía definitiva hasta que concluya la vigencia del contrato y por el responsable del contrato no se informe favorablemente acerca de la correcta ejecución del contrato.
22ª.- RESOLUCION DEL CONTRATO
El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las condiciones del contrato dará derecho al PMD a exigir su cumplimiento o a resolver éste. Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, le será incautada la garantía y deberá, además, indemnizar al PMD los daños y perjuicios ocasionados en lo que excede del importe de la garantía incautada.
Son causas de resolución además de las especificadas en el artículo 223 del TRLCSP, las señaladas en el artículo 299 del mismo, debiendo estar en cuanto a aplicación y efectos a lo dispuesto en los artículos 225 y 300 de dicho texto legal.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, incumpla las prestaciones definidas en el contrato o incurra en demora respecto al plazo de entrega del suministro, el órgano de contratación podrá imponer penalidades diarias con arreglo a lo dispuesto en el artículo 212 del TRLCSP, en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000,00 euros del precio del contrato.
23ª.- SUBCONTRATACIÓN
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Para la celebración de subcontratos que pueda realizar el contratista con terceros estará sometido al cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 227 y 228 del TRLCSP, sin que en ningún caso pueda el contratista subcontratar con personas inhabilitadas para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendidas en alguno de los supuestos del artículo 60 de dicho texto legal.
24ª.- CONFIDENCIALIDAD.
Sin perjuicio de las disposiciones del TRLCSP relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, el órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas.
El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en
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los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información.
25ª.- RÉGIMEN JURÍDICO.
En caso de discordancia de lo establecido en el PPT y este PCA prevalecerá éste último.
Dada la naturaleza administrativa del presente contrato, en lo no previsto en el mismo, en el PCA y en el PPT, se estará a lo dispuesto por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local; por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local en la parte que se mantiene vigente y, supletoriamente, por las demás normas del Derecho Administrativo, y en su defecto, por las normas del Derecho privado. En cuanto a las posibles responsabilidades penales se estará a lo dispuesto en el artículo 262 del Código Penal que tipifica el delito de alteración de precios en las subastas y concursos públicos.
26ª.- JURISDICCIÓN COMPETENTE.
El presente contrato es de carácter administrativo, de conformidad con el artículo 19 del TRLCSP, lo que determina que todas las cuestiones que el mismo plantee, una vez firmes en vía administrativa, se sustancien ante la jurisdicción contencioso-administrativa, conforme al artículo 21 del TRLCSP.
Ambas partes se someten a efectos de este contrato, a los tribunales con jurisdicción en esta Ciudad, con expresa renuncia a cualquier otro fuero.
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Xxxxxxxxx de la Plana,
La Jefa del Negociado de Contratación Fdo. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx
Conforme, La Directora Técnica Adm. del PMD Fdo. Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
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ANEXO I
MODELO DE DECLARACION RESPONSABLE PARA LICITAR
APELLIDOS | NOMBRE | NIF/NIE | ||
EN REPRESENTACION DE LA EMPRESA NOMBRE O RAZON SOCIAL: | CIF | |||
EN CALIDAD DE | ||||
DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRONICO: | ||||
FAX: |
De conformidad con lo previsto en el artículo 146.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), en su redacción dada por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización,
DECLARA bajo su responsabilidad:
- Que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con el Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Castellón de la Plana.
- Que en relación con el expediente de contratación del arrendamiento de pavimento de césped artificial, equipamiento deportivo e instalaciones técnicas para el campo de fútbol de la instalación deportiva Rafalafena, así como la instalación y mantenimiento, cumple los requisitos de solvencia, en su caso, exigidos en sus pliegos reguladores.
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- Que se compromete a acreditar documentalmente ante el Órgano de Contratación, en el caso de resultar propuesto como adjudicatario, todos y cada uno de los extremos requeridos por la Ley (artículo 146.1 TRLCSP) y los pliegos con anterioridad a la adjudicación, en el plazo conferido al efecto.
Y para que así conste y surta sus efectos ante el Órgano de Contratación del Patronato Municipal de Deportes de Castellón de la Plana, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 146.4 del TRLCSP, firma la presente.
En . a de de .
Sello de la empresa y firma autorizada Fdo.
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ANEXO II
MODELO DE INFORME DE INSTITUCIONES FINANCIERAS
La entidad ……............................ (razón social de la entidad financiera) …………………, con CIF ,
domiciliada en la calle/plaza/avenida ………. de ………, CP ………………., y en su nombre ……………..
(nombre y apellidos de los apoderados) , con poderes suficientes para obligarse en este
acto.
Informan:
Que ………(nombre y apellidos de la persona natural o razón social de la persona jurídica) ………..
con NIF o CIF ……….., xxxxxxxxxxx en .............................................................. es cliente de esta entidad financiera.
Que según los antecedentes obrantes en esta entidad financiera el mencionado licitador tiene la suficiente solvencia económica y financiera para contratar con el Patronato Municipal de Deportes del Excmo. Ayuntamiento de Castellón de la Plana, mediante procedimiento abierto el arrendamiento de pavimento de césped artificial, equipamiento deportivo e instalaciones técnicas para el campo de fútbol de la instalación deportiva Rafalafena, con un presupuesto máximo para los siete años de duración del contrato de 124.993,55 euros, más el IVA correspondiente (21%).
Y para que así conste y surta los efectos oportunos ante donde sea procedente, expido la presente en …., a …… de …… de ……. .
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(Firma y sello de la entidad financiera)
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ANEXO III
MODELO LICITADOR PERSONA FÍSICA:
D./Xx. , mayor de edad, con domicilio en
, con N.I.F. núm. , declara que no se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Asimismo, declara que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con el Ayuntamiento de Castellón de la Plana, con el Patronato Municipal de Deportes y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
, de de
Fdo.:
MODELO LICITADOR PERSONA JURÍDICA:
D./Xx. , mayor de edad, con domicilio en
, con N.I.F. núm. , en su condición de de la mercantil , con C.I.F. núm.
, declara que la mercantil a la que representa no se encuentra incursa en ninguna de las prohibiciones de contratar, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
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Asimismo, declara que la indicada mercantil se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con el Ayuntamiento de Castellón de la Plana, con el Patronato Municipal de Deportes y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
, de de
Fdo.:
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ANEXO IV
AUTORIZACIÓN DEL LICITADOR PARA QUE EL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES XX XXXXXXXXX PUEDA RECABAR DATOS A LA AGENCIA TRIBUTARIA Y A LA SEGURIDAD SOCIAL DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES PARA CONTRATAR CON EL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES.
D. ……………………….. con N.I.F. en nombre propio o en representación de ……………… , con C.I.F autoriza al Patronato Municipal de Deportes xx Xxxxxxxxx a solicitar de la Agencia
Estatal de la Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, los datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones con ambos organismos, para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos para contratar con este Ayuntamiento el “arrendamiento de pavimento de césped artificial, equipamiento deportivo e instalaciones técnicas para el campo de fútbol de la instalación deportiva Rafalafena”.
La presente autorización se otorga exclusivamente a los efectos de la adjudicación del “arrendamiento de pavimento de césped artificial, equipamiento deportivo e instalaciones técnicas para el campo de fútbol de la instalación deportiva Rafalafena” y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 95.1 K) de la Ley 58/2003, General Tributaria que permite, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones, así como lo previsto en el artículo 14.2.b del Real Decreto 209/2003, sobre la obtención de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social.
La presente autorización comporta el conocimiento y aceptación de las condiciones que rigen la cesión de datos conforme a las previsiones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento de Medidas de Seguridad de Ficheros Automatizados que contengan datos de Carácter Personal, aprobado por el real decreto 944/1999, de 11 xx xxxxx.
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Xxxxxxxxx de la Plana, a ....... de de 201
Fdo: Nombre, D.N.I. y título de representación
Nota: La autorización concedida por el firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al organismo solicitante
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