CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN Nº 21340002-001-2020 ENTRE
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN Nº 21340002-001-2020 ENTRE
LA FACULTAD DE INGENIERÍA DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA Y
LA EMPRESA CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P. SOBRE EL PROGRAMA “APOYO ECONÓMICO PARA UN ESTUDIANTE DE MAESTRÍA DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA”
De una parte, XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía número 7706947, quien en calidad de Decano de la Facultad de Ingeniería y en virtud del Acuerdo Superior 419 del 29 xx xxxxx de 2014, obra en nombre de LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA con NIT. 890.980.040-8, con domicilio en Medellín (Colombia), que en adelante se denominará “LA UNIVERSIDAD”; y de otra, Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía número 71.624.537, quien en su condición de Representante Legal de Celsia Colombia S.A. E.S.P., con NIT. 800.249.860-1, con domicilio principal en la ciudad de Yumbo, quien en adelante se denominará “Celsia”, manifiestan la voluntad de establecer programa de patrocinio para estudiante de Maestría de la Facultad de Ingeniería previas las siguientes consideraciones,
Consideraciones:
1. Que la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Antioquia desarrolla Posgrados donde se encuentran programas de Maestrías de la Facultad de Ingeniería que tienen como objetivo proporcionar a los profesionales formación avanzada con sólidos conocimientos en diferentes áreas de la Ingeniería, con capacidad para aplicarlos a la investigación, el análisis y la solución de problemas específicos.
2. Que la Universidad y Celsia tienen interés positivo a fin de sumar esfuerzos para establecer caminos de colaboración, por tanto, acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes,
Cláusulas:
PRIMERA. OBJETO: Establecer las condiciones por las cuales Xxxxxx xxxxxxxx un apoyo económico para el pago del valor de la matrícula y el estipendio mensual de sostenimiento, a un estudiante del programa de Maestría de la Facultad de Ingeniería que tenga interés en el área de las microrredes eléctricas y/o temas conexos y similares.
PARAGRAFO 1. El apoyo a estudiantes se dará exclusivamente por tres (3) de los cuatro (4) semestres regulares del programa de Maestría de la Facultad de Ingeniería.
PARÁGRAFO 2. El estudiante seleccionado deberá suscribir un compromiso con la UNIVERSIDAD, respaldado con un pagaré en el cual se obliga a que en caso de no culminar sus estudios por rendimiento insuficiente o por retirarse del programa, deberá hacer la devolución a la UNIVERSIDAD de los recursos aportados por Celsia, los cuales
se destinarán para apoyar a nuevos estudiantes que cumplan los requisitos de selección.
SEGUNDA. OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA.
1. Realizar el proceso de admisión de los estudiantes a los programas de Maestría de la Facultad de Ingeniería.
2. Informar a Celsia la admisión de estudiantes a los programas de Maestría de la Facultad de Ingeniería que tengan una propuesta de investigación a fin al área de microrredes eléctricas.
3. Destinar los recursos girados por Celsia unicamente al pago de la matrícula del programa de Maestría y del estipendio mensual que se otorgará al estudiante para su sostenimiento.
4. Informar a Celsia el rendimiento del estudiante beneficiario del apoyo económico cada semestre.
TERCERA. OBLIGACIONES DE Celsia.
1. Realizar los aportes para la matrícula y el estipendio de sostenimiento del estudiante de que habla la cláusula segunda.
2. Participar en el proceso de selección del estudiante al cual se le brindará el apoyo económico para la matrícula y estipendio mensual del programa de Maestría de la Facultad de Ingeniería.
CUARTA. DURACIÓN: El presente convenio tendrá una vigencia de dieciséis (16) meses correspondientes al tiempo en que Celsia patrocinará al estudiante durante la duración del programa de Maestría de la Facultad de Ingeniería al cual sea admitido el estudiante beneficiario, iniciando en el segundo semestre del año 2020; la vigencia del convenio se entenderá a partir de su perfeccionamiento. Podrá ser prorrogado de común acuerdo mediante acta suscrita por las Partes antes de su vencimiento.
QUINTA. VALOR: Los aportes de Celsia se estimarán en el costo del 100% de la liquidación de la matrícula de cada período académico del programa de Maestría de la Facultad de Ingeniería, más un estipendio mensual correspondiente a 1,5 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
PARÁGRAFO. Estos recursos serán entregados a favor de la Universidad de Antioquia en un solo pago por el segundo semestre del año 2020 corresponderá al 100% de la liquidación de la matrícula del periodo académico, más 6,0 salarios mínimos legales mensuales vigentes correspondientes a la totalidad del estipendio de sostenimiento para dicho semestre; el valor a pagar por cada semestre del año 2021 académico y previo al inicio del mismo. El valor a pagar cada semestre corresponderá al 100% de la liquidación de la matrícula del periodo académico, más 9,0 salarios mínimos legales mensuales vigentes correspondientes a la totalidad del estipendio de sostenimiento para dicho semestre. Dichos recursos ingresarán al centro de costos 21340002.
SEXTA. COORDINACIÓN: La coordinación del presente Convenio será realizada por la Directora de Posgrados de la Facultad de Ingeniería y por el profesor Director del estudiante beneficiario del apoyo.
SÉPTIMA. CESIÓN: Este convenio es celebrado en consideración a las partes firmantes y del objeto que se pretende desarrollar; en consecuencia, ninguna de las partes podrá cederlo sin el consentimiento expreso y por escrito de la otra.
OCTAVA. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Las partes buscarán solucionar en forma ágil y directa las diferencias y discrepancias surgidas con relación a la existencia, interpretación, ejecución y terminación del presente convenio, mediante los mecanismos alternos de solución de conflictos establecidos en la ley.
NOVENA. PROPIEDAD INTELECTUAL: Las partes acuerdan que Xxxxxx será el único titular de los derechos de propiedad intelectual sobre los resultados y/o creaciones derivados del presente convenio, otorgando el reconocimiento correspondiente a quienes hayan intervenido en la ejecución de dichos trabajos.
En consecuencia, con la firma del presente convenio, el estudiante patrocinado cede irrevocablemente a Celsia de forma ilimitada y exclusiva, el uso y todos los derechos patrimoniales de explotación de la propiedad intelectual que se desarrolle como resultado de la ejecución del presente convenio. Esta cesión, no tendrá ningún tipo de limitación territorial para efectos de realizar su uso o explotación comercial, que podrá realizarse por cualquier medio conocido o por conocer.
Las Partes se obligan a respetar los derechos de propiedad intelectual de los que sea cada una titular al momento de la firma del convenio.
DECIMA. TERMINACIÓN: El presente convenio podrá ser terminado antes de su vencimiento por mutuo acuerdo, o por manifestación de una de las partes de su deseo de darlo por terminado, dando aviso por escrito con una antelación no inferior a seis (6) meses.
UNDÉCIMA. DOMICILIO: Las partes establecen que su domicilio será el siguiente: UNIVERSIDAD: xxxxx 00 Xx 00-000, Xxxxxxxx, Xxxxxxxx; correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx. Celsia: Xxxxxxx 00 X Xx 0 X Xxx 000 Xxxxx Xxx Xxxx 0, Xxxxxxxx, Xxxxxxxx; correo electrónico xxxxxx@xxxxxx.xxx.
DUODÉCIMA. PERFECCIONAMIENTO: El presente convenio quedará perfeccionado con la firma de las partes.
DÉCIMA TERCERA. CONTROL PARA EL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN
DEL TERRORISMO: Las partes certifican que sus recursos y sus negocios no provienen ni se destinan al ejercicio de ninguna actividad ilícita, lavado de activos o financiación del terrorismo; asimismo las partes certifican que todas sus actividades están encaminadas a garantizar que sus socios, administradores, proveedores, empleados, etc. y los recursos de éstos, no se encuentren relacionados, afectados por actividades ilícitas, particularmente, lavado de activos o financiación del terrorismo.
En todo caso, si durante la vigencia de este convenio trato, las partes o alguno de sus socios, administradores, o socios llegaren a resultar inmiscuidos en una investigación de carácter penal relacionada con actividades ilícitas: lavado de dinero, financiación del
terrorismo o fuese incluido en listas de control como las de la ONU, OFAC o cualquier otra, esta situación será justa causa de terminación del Convenio en cualquier tiempo, antes de concluir el plazo contractual, el otro Cooperante queda facultado para terminar unilateralmente el Convenio, sin perjuicio de iniciar los proceso indemnizatorios a que haya lugar.
En señal de aceptación, firman las Partes el día 26 xx xxxxxx de 2020 en la ciudad de Medellín
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXX
Decano Representante Legal
Facultad de Ingeniería Celsia Colombia S.A. E.S.P.
Universidad de Antioquia Medellín, Antioquia. Medellín, Antioquia.