Contract
CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICO XXXXXX, EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “ITSI”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU RECTOR XX. XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXX Y POR LA OTRA PARTE, LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA UDENAR”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU RECTORA, LA DRA. XXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, A QUIENES EN SU CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, CONFORME A LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES
D E C L A R A C I O N E S
I. DECLARA EL “ITSI”:
1. Que es una entidad autónoma de derecho privado, con finalidad social, sin ánimo de lucro creada por el Ministerio de Educación mediante Resolución No. 1776 de fecha 19 de julio de 1984, y elevado a la categoría de Tecnológico mediante Acuerdo Ministerial No. 2894 de 19 xx xxxxxx de 1994.
2. Que El Consejo Nacional de Educación Superior CONESUP conforme a lo dispuesto por la décima tercera disposición transitoria de la Ley Orgánica de Educación Superior, registró al Instituto Superior Tecnológico “Xxxxxx” con el No. 10- 006 de 15 de noviembre de 2000, acreditado por el Consejo de Evaluación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior CEAACES, con fecha de 18 xx xxxx de 2016.
3. Que EL “ITSI” se rige por las normas del ordenamiento jurídico ecuatoriano, particularmente por la Constitución de la República, La Ley Orgánica de la Educación Superior y su Reglamento, el Reglamento General de Institutos Superiores Técnicos y Tecnológicos del Ecuador, su Estatuto y sus reglamentos internos.
4. Que EL “ITSI” tiene como misión formar profesionales técnicos y tecnológicos competitivos y participativos, dinámicos de los cambios de la comunidad y del país, propulsores de su cultura y su identidad, a través de una oferta académica que desarrolle actitudes, aptitudes, capacidades individuales y colectivas; basadas en procesos constructivos y productivos para ser importantes líderes con sólida capacitación científico-tecnológica; de altos valores humanos.
5. Que la representación legal de esta Institución recae en su rector, el Xx. Xxxxx X. Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, mayor de edad, domiciliado en la ciudad xx Xxxxxx, identificado con cédula de ciudadanía No.0000000000 de Ecuador, nombrado por el Honorable
Consejo de Regentes del Instituto Tecnológico Superior “Xxxxxx”, de acuerdo a lo previsto por el Estatuto Interno del Instituto, con fecha 15 de enero de 2021
6. Que, para los propósitos del presente Xxxxxxxx, señala como su domicilio legal en la ciudad xx Xxxxxx, provincia de Imbabura, en las calles: Av. Xxxxxxxxx y Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxx. 14-148.
II. DECLARA “LA UDENAR”:
1. Que es una Institución autónoma, de carácter oficial de orden departamental, creada mediante decreto No 49 de noviembre 7 de 1904, con personería jurídica, autonomía académica, administrativa financiera y patrimonio independiente, que elaborará y manejará su presupuesto de acuerdo con las funciones que le corresponde. En lo que se refiere a las políticas y la planeación del sector educativo, está vinculada al Ministerio de Educación Nacional.
2. Que la representación legal de esta Institución recae en su rectora, la Dra. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, mayor de edad, domiciliada en la ciudad xx Xxxxx, identificada con cédula de ciudadanía No.30.738.251 xx Xxxxx, designada como Rectora, mediante la Resolución 09 del 26 xx xxxx del 2021 y posesionada mediante acta No.040 del 04 xx xxxxx del 2021, actuando en nombre y representación de la Universidad Xx Xxxxxx, NIT. No. 800.118.954.-1.
3. Que La Universidad xx Xxxxxx, desde su autonomía y concepción democrática y en convivencia con la región sur de Colombia, forma seres humanos, ciudadanos y profesionales en las diferentes áreas del saber y del conocimiento con fundamentos éticos y espíritu crítico para el desarrollo alternativo en el acontecimiento mundo.
4. Que señala como su domicilio legal para los efectos del presente Convenio, el ubicado en la Ciudadela Universitaria Torobajo, Calle 18 con Carrera 50, PBX 0057
(0) 0000000, en la ciudad de San Xxxx xx Xxxxx, Nariño, Colombia.
III. DECLARAN “LAS PARTES”:
1. Que las entidades que celebran el presente Convenio, es decir, Instituto Superior Tecnológico “Xxxxxx” y la Universidad xx Xxxxxx, son entidades que incluyen entre sus objetivos, funciones y misiones la formación de seres humanos, ciudadanos y profesionales, con espíritu crítico y ético, generadores de procesos para la transformación social, y que por tanto la colaboración permitirá aprovechar al máximo sus potenciales.
2. Que es su voluntad dar paso al presente instrumento con el fin de contemplar actividades y alcances más extensos respecto de la cooperación que pretenden llevar a cabo.
3. Que están conformes en suscribir el presente Convenio Xxxxx de acuerdo con los términos insertos en las siguientes:
C L Á U S U L A S PRIMERA. OBJETO
ESTABLECER LAS BASES DE UNA MUTUA COLABORACION ENTRE LAS PARTES, PARA EMPRENDER CONJUNTAMENTE ACTIVIDADES ACADÉMICAS, CIENTÍFICAS Y CULTURALES, EN ÁREAS DE INTERÉS COMÚN PROPIOS DE SUS OBJETIVOS Y FUNCIONES, CON MIRAS AL LOGRO DE SUS FINES Y EL APROVECHAMIENTO RACIONAL DE SUS RECURSOS.
SEGUNDA. ALCANCES
Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, “LAS PARTES” están de acuerdo en llevar a cabo actividades como las enlistadas a continuación:
a. Estimular el intercambio de personal académico con el propósito de actualizar conocimientos en investigación académica, científica tecnológica y cultural en general;
b. Estimular la movilidad de los estudiantes vinculados a los programas académicos de la universidad, con el propósito de facilitar el intercambio en diferentes áreas del conocimiento, la investigación, las pasantías y el desarrollo de actividades culturales y deportivas en general;
c. Propiciar el intercambio de personal administrativo con el fin contribuir con el fortalecimiento de los procesos administrativos de ambas instituciones;
d. Contribuir en la definición de líneas de investigación conjunta y estructurar y desarrollar proyectos de investigación conjunta en áreas de interés común;
e. Facilitar la participación mutua en eventos académicos organizados por cualquiera de las dos instituciones;
f. Propiciar el intercambio de información entre ambas instituciones;
g. Programación conjunta de cursos y seminarios en áreas de interés común;
h. Publicaciones conjuntas;
i. Desarrollar programas de cooperación en docencia, investigación y de servicio a la comunidad en áreas de desempeño actual de “LAS PARTES”.
j. Toda otra acción que las partes decidan emprender de común acuerdo y con mutuo beneficio.
k. Toda otra forma de cooperación pedagógica, científica y técnica.
l. Facilitar las negociaciones y acuerdos para el cumplimiento de las actividades mencionadas con anterioridad.
Parágrafo uno: La ejecución de las presentes líneas de acción o colaboración deberán ser reglamentadas previamente a través de los correspondientes convenios específicos
Parágrafo dos: El presente convenio no impide a ninguna de las partes, el celebrar convenios similares con otras instituciones o universidades del orden nacional o internacional.
TERCERA. DESARROLLO
Para el desarrollo del presente convenio, “LAS PARTES” suscribirán convenios específicos, que definirán claramente las actividades que se desarrollarán, sus características, las condiciones de participación de cada una de “LAS PARTES”, objetivos, tareas, manejo de propiedad intelectual, términos y cronogramas, aspectos financieros, coordinación o responsables, y los demás aspectos que sean pertinentes. Tales convenios específicos se celebrarán de conformidad con las normas y competencias internas de cada una de las partes.
Para la elaboración de los convenios específicos, se tendrá en cuenta, la autonomía de las partes, el justo equilibrio entre los aportes y beneficios para las instituciones y la disponibilidad de recursos
CUARTA. COMPROMISOS COMUNES DE “LAS PARTES”
Para alcanzar el objeto del presente Convenio, “LAS PARTES”, tendrán como objetivos:
1. Elaborar un Plan de Trabajo dentro de los treinta (30) días hábiles después de suscrito el acuerdo, para organizar y programar el desarrollo de las actividades o Convenios Específicos a tramitar.
2. Tomar las medidas necesarias, pertinentes y conducentes a lograr el cumplimiento de los objetivos propios e inherentes del presente convenio.
3. Impulsar el desarrollo de investigaciones, trabajos y prácticas conjuntas en las áreas de interés.
4. Promover la formulación y desarrollo de programas académicos y de material educativo en las áreas de interés.
5. Promover y facilitar el intercambio docente y estudiantil, dentro de los programas académicos que las dos instituciones ofrecen.
6. Las demás que se deriven de la naturaleza de la alianza y que garanticen su cabal y oportuna ejecución.
QUINTA. TÉRMINOS FINANCIEROS
Los términos financieros de cualquier actividad en el marco de este Convenio se determinarán en los Convenios Específicos sobre la base de los recursos financieros disponibles. Es posible involucrar a otras organizaciones y fondos para financiar la cooperación. Se aclara que la suscripción del presente convenio, no conlleva erogaciones presupuestales para ninguna de las partes.
SEXTA. SUPERVISIÓN
La supervisión del presente Xxxxxxxx estará a cargo de Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Coordinadora del Departamento de Vinculación con la Sociedad del ITSI, y por parte de LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX, la supervisión estará a cargo de Xxxxxxx Xxxxx Xxxx Directora de Relaciones Internacionales. Ambos representantes harán el seguimiento a la ejecución del presente Convenio Específico y de su función desarrollarán las siguientes actividades:
1. Velar por el cumplimiento del convenio en los términos pactados.
2. Llevar el consolidado de la información que se genere en ejecución del convenio.
3. Organizar el archivo de la documentación que se genere en el desarrollo del convenio y remitirla a su expediente original.
4. Emitir informes sobre las diferentes circunstancias que se presenten en la ejecución del Convenio marco.
5. Tramitar oportunamente, de ser necesario las modificaciones del convenio, prórrogas, suspensiones y liquidación.
6. Verificar el cumplimiento de los requisitos de ejecución del convenio.
Parágrafo. Los supervisores presentarán anualmente y por escrito, todas las observaciones y sugerencias que consideren necesarias para el cabal desarrollo del objeto del convenio y el cumplimiento de las obligaciones de “LAS PARTES”.
SÉPTIMA. CONFIDENCIALIDAD
“LAS PARTES” aceptan, y declaran que:
1. Toda información de la otra Parte, tiene el carácter de confidencial;
2. Es de propiedad exclusiva de ésta, y
3. Ha sido, o le será revelada únicamente con el propósito de permitir el cabal cumplimiento del presente convenio o de los convenios específicos que surjan con ocasión de éste y no puede ser reproducida, comercializada, ni cedida a terceros, sin previa autorización de la parte generadora de la información.
El uso de la información una vez autorizada, obliga a reconocer los créditos correspondientes a las Partes, en todos los informes y publicaciones que se realicen
como resultado de cada convenio. En todo caso cualquier información suministrada por una parte a la otra, previa a la suscripción y/o durante la ejecución de este convenio o de los específicos, deberá mantenerse en reserva, y, por lo tanto, no podrá ser revelada a terceros, so pena de que la parte afectada con la revelación de la información de que trata esta cláusula, pueda exigir la indemnización de los perjuicios que le sean causados como consecuencia del incumplimiento de lo establecido.
OCTAVA. VIGENCIA
El término de duración del presente convenio será de cinco (5) años contados a partir de su perfeccionamiento, y podrá prorrogarse por el término que de común acuerdo establezcan las partes, previo análisis de los resultados obtenidos, y la suscripción del correspondiente modificatorio. Cada Parte puede rescindir este Convenio mediante notificación por escrito a la otra Parte, a más tardar 6 meses antes de la finalización de las relaciones.
Parágrafo: Si al operar la terminación anticipada, estuviesen pendientes tareas específicas de un proyecto o labor, éstas continuarán desarrollándose hasta su culminación, salvo estipulación en contrario que se realice en los documentos que se suscriban para pactar acciones concretas.
NOVENA. NO EXISTENCIA DE RELACIÓN LABORAL
En todas las acciones derivadas del presente acuerdo y de los subsecuentes acuerdos específicos, las partes convienen en que el personal de cada institución que sea comisionado para la realización conjunta de cada acción continuará en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la institución con la cual tiene establecida su relación laboral, independientemente de estar prestando otros servicios fuera de ella, o en las instalaciones de la institución a la que fue comisionado.
Si en la realización de una acción del acuerdo interviene personal ajeno a las partes, este continuará siempre bajo la dirección o dependencia de la institución o persona con quien esté contratado, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral de ninguna naturaleza o especie, con las instituciones firmantes. Este Convenio Xxxxx no excluye otras formas de cooperación que puedan ser propuestas para discusión por alguna de “LAS PARTES”.
DÉCIMA. SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS
“LAS PARTES” acuerdan que en el evento en que surjan diferencias entre ellas por ocasión del presente Xxxxxxxx, buscarán solucionarlo en forma ágil, rápida y directa, para lo cual acudirán a mecanismos de arreglo directo tales como conciliación,
amigable, composición y transacción, o cualquier forma extrajudicial, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.
DÉCIMA PRIMERA. CAUSALES DE TERMINACIÓN
Este Convenio se terminará por la ocurrencia de las siguientes causas:
1. Por vencimiento del plazo de duración.
2. Por mutuo acuerdo de las partes manifestado por escrito y con causa justificada con al menos un (1) mes de antelación a la terminación del mismo.
3. Por decisión unilateral de cualquiera de las partes suscribientes, manifestándolo por escrito, a más tardar 6 meses antes de la finalización de las relaciones.
4. Por el incumplimiento total o parcial de alguna de las obligaciones pactadas por las partes.
5. Por fuerza mayor o caso fortuito que impida en forma total el desarrollo del Convenio.
PARÁGRAFO. No obstante, las causas mencionadas anteriormente, las actividades, proyectos o programas que se estén desarrollando en ese momento, continuarán hasta la fecha programada o hasta que sea aprobada su conclusión.
DÉCIMO SEGUNDA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
“LAS PARTES” declaran con la firma de este convenio, que no se hallan incursas en causales de inhabilidad e incompatibilidad para la celebración de este convenio.
DÉCIMO TERCERA. SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO - SARLAFT
Las partes se obligan a cumplir en el desarrollo del presente convenio y de sus convenios específicos con las normas colombianas e internacionales vigentes en materia xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo soborno, soborno transnacional, o cualquier otra legislación que le sea aplicable, así como a implementar los mecanismos tendientes a detectar operaciones sospechosas y en general abstenerse a realizar cualquier conducta que sea considerada o pueda ser considerada, una actividad dirigida a lavar activos o financiar actividades terroristas o que sea ilícita. Las partes, declaran que ni su patrimonio, ni los bienes o elementos con los que se ejecuta la presente relación o aquella a consagrarse en los convenios específicos son producto de actividades ilícitas, ni están destinados para cualquier actividad ilícita. En el evento que una de las instituciones o sus empleados o alguno de sus socios, hagan parte de la lista OFAC (Office Of Foreign Assets Control) o lista Xxxxxxx, u otra de igual o similar naturaleza, de carácter nacional o internacional, o
haya(n) sido sentenciado judicialmente por cualquier delito, serán responsable por los daños y perjuicios que dicho reporte o sentencia ocasione a las demás partes. Adicionalmente, podrá darse por terminado unilateralmente el presente convenio en cualquier momento respecto de la parte implicada, por configurarse una causal objetiva de terminación del mismo.
DECIMO CUARTA. PERFECCIONAMIENTO
Para el perfeccionamiento del presente acuerdo se requiere la firma de “LAS PARTES” que en él intervienen, tomando como fecha de perfeccionamiento la última registrada por las entidades firmantes.
DÉCIMO QUINTA. DOMICILIO
Para todos los efectos del presente Convenio se fija como domicilio la Ciudad de Guayaquil, Ecuador y la ciudad xx Xxxxx, Colombia.
En constancia, las Partes firman el presente Convenio Xxxxx de Cooperación Interinstitucional.
EL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICO XXXXXX
Firmado electrónicamente por:
XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXX
Xxxxx X. Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Rector
UNIVERSIDAD XX XXXXXX
Firmado digitalmente por XXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Rectora
Fecha: Fecha:
Instituto Superior Tecnológico Xxxxxx
Av. Xxxxxxxxx y Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxx. 14-148. Ibarra-Ecuador
Tel: 000-0000000
Universidad xx Xxxxxx Ciudadela Universitaria Torobajo Calle 18 Carrera 50. Pasto Pasto – Colombia
Tel/fax: + 00 0000000000
Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Coordinadora del Departamento Vinculación con la Sociedad Instituto Superior Tecnológico Xxxxxx Av. Xxxxxxxxx y Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxx. 14- 148. Xxxxxx-Ecuador Tel: 000-0000000 | 17:06:19 -05'00' Xxxxxxx Xxxxx Xxxx Directora de Relaciones Internacionales Supervisora Universidad xx Xxxxxx Ciudadela Universitaria Torobajo Calle 18 Carrera 50. Pasto Pasto – Colombia Tel/fax: + 00 0000000000 |
Fecha: | Fecha: |
Firmado electrónicamente por:
XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX
Xxxxxxx del digitalmente por
Firmado
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Xxxxxxx del
Xxxxxx Xxxxx Xxxx
Xxxxx Xxxx Xxxxx: 2024.05.06